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PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO LABORAL, SEXUAL O DE VIOLENCIA EN EL |
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PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO LABORAL, SEXUAL O DE VIOLENCIA EN EL TRABAJO:
a) El oferente declara que, en caso de adjudicarse la presente licitación, se obliga a adoptar todas las medidas necesarias para prevenir y denunciar cualquier conducta de acoso sexual, acoso u hostigamiento laboral o violencia, conforme a lo establecido en el artículo 2 del Código del Trabajo.
Dicho deber se extiende a cualquier situación que ocurra en el ejercicio de los servicios contratados, ya sea que involucre a funcionarios municipales, trabajadores propios del oferente o personal bajo régimen de subcontratación.
Ante la ocurrencia de estos hechos, el oferente deberá remitir de manera inmediata los antecedentes correspondientes al encargado de Recursos Humanos de la Municipalidad, al correo denunciasleykarin@muniprimavera.cl, o bien informar directamente a su contraparte técnica.
En todo momento procurará resguardar la privacidad y la honra de los involucrados.
b) El oferente declara que en caso de adjudicarse la presente licitación se obliga a contar con protocolos de prevención e investigación en casos de acoso y violencia, Informar a sus trabajadores semestralmente de los canales apropiados para poder realizar denuncias, informar a los denunciantes a respecto a la posibilidad de denunciar ante la Inspección del Trabajo junto con la posibilidad de que esta institución lleve a cabo la investigación en los casos que corresponda, informar a las personas cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos los canales de denuncias ante el Ministerio Público, Carabineros o la Policía de Investigaciones, dar correcto cumplimiento a las medidas de resguardo y derivar a la persona denunciante a los programas de atención psicológica temprana que disponga su organismo administrador de la Ley N°16.744, garantizando el debido acceso a las prestaciones de los referidos organismos.
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Resolución de Empates |
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas que queden en primer lugar una vez terminada la evaluación. Los criterios de desempate serán los siguientes:
• En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente la mejor puntuación por experiencia.
• En segundo lugar, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presente la mejor puntuación en oferta de Garantía de buena ejecución de la Obra.
• En tercer lugar, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presente la mejor puntuación en Condiciones de empleo y remuneración.
• En cuarto lugar, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presenta en Comportamiento contractual anterior.
• En quinto lugar, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presente la mejor puntuación en Cumplimiento de requisitos formales.
• En sexto lugar, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente presente la mejor puntuación en Propuesta Económica.
• En séptimo lugar, se escogerá aquella propuesta cuyo oferente haya asistido a la vista a terreno.
• En caso de preservarse el empate, se considerará como criterio complementario a la empresa que promueva la igualdad de género y sea liderado por una mujer (representante legal), con el fin de impulsar esta participación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Se aceptarán consultas posteriores a la adjudicación al correo electrónico adquisiciones@muniprimavera.cl, hasta un plazo de dos días habiles publicada la resolución de adjudicación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Según lo indicado en las BBAA:
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Los errores u omisiones detectados durante la evaluación, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
• Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
• La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas.
• La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Para dicha subsanación se otorgará el plazo determinado en el portal de compras, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Asimismo, la comisión podrá hacer consultas (por el medio que estime pertinente) a unidades técnicas de otros municipios de la región respecto del comportamiento contractual de los oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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