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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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adjudicación |
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1.- El AGB- 46, designará una Junta de Selección de ofertas integrada por el Jefe Depto. Ingeniería, el Encargado de Adquisiciones y el Jefe Depto. Adquisiciones y fzas, o quienes los subroguen. con proponer la correspondiente adjudicación. La Junta de Selección de Ofertas antes señalada confeccionará la Matriz de Evaluación de Ofertas y Propuesta de Adjudicación. Declarará las ofertas inadmisibles y la Licitación Desierta por la falta de ofertas o por no conveniencia a los intereses del AGB- 46. Emitirá el Certificado de Conformidad de Precios (cuando corresponda) y la Resolución de Adjudicación. 2.- En caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá considerando el mayor puntaje obtenido en el criterio “Plazo de entrega” si aun así persiste el empate, se considerara el mejor puntaje logrado en el criterio “Precio”, de continuar la igualdad de puntaje, se considerará la mayor evaluación obtenida en el criterio “Garantía el producto”, de continuar la igualdad de puntaje, se considerará la mayor evaluación obtenga en el criterio “Comportamiento Contractual Anterior”, si aun así persiste el empate, se considerará el mejor puntaje logrado en el criterio “Programa de Integridad”. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de la oferta. 3.- Las ofertas serán evaluadas tomando en consideración el monto disponible descrito en las bases administrativas letra B, punto 3. 4.- Evaluadas las ofertas se efectuará la adjudicación a un solo oferente por línea de producto, lo que se comunicará al que resulte favorecido, mediante el Sistema de Información Mercado Público. 5.- El plazo máximo para efectuar la adjudicación de la presente licitación en el portal Mercado Público, será de treinta (30) días corridos contados desde la apertura. En caso de no cumplirse con el plazo de adjudicación indicado, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando las razones del atraso mediante resolución fundada. 6.- El AGB-46 se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente o declarar desierta la presente propuesta, en resguardo de los intereses institucionales, en el evento que no se presenten ofertas, o que las ofertas presentadas no cumplan con las Bases Administrativas y Técnicas o excedan el marco presupuestario previsto o éstas no resulten convenientes a sus intereses. 7.- La idoneidad técnica y financiera de los proveedores, será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores, según lo indicado en al artículo 26 del nuevo Reglamento de Compras Públicas. 8.- Si el oferente adjudicado fuere persona jurídica o apoderado de la UTP, dentro del plazo máximo de diez (10) días contados desde la notificación de la adjudicación, deberá presentar copia de la Inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio y copia de la personería de su representante, ambos con Certificado de Vigencia, con fecha de emisión no superior a treinta (30) días a la fecha de apertura de las ofertas. En caso de ser persona natural, dentro del mismo plazo signado precedentemente, deberá acompañar fotocopia legalizada de la cédula de identidad y de la iniciación de actividades. Estos documentos se anexarán a la Orden de Compra. 9.- La vigencia de la UTP no podrá ser inferior al plazo de entrega ofertado y adjudicado. 10.- Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, El AGB-46 podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, según lo preceptuado en el Artículo 58, inciso final del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. 11.- En caso de que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. El AGB-46 deberá exigir que el proveedor adjudicado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor adjudicado, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el proveedor no podrá participar, conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. 12.- Los oferentes participantes podrán efectuar consultas al proceso de adjudicación, dentro de un plazo no superior a los dos (02) días hábiles siguientes, contados de la notificación respectiva, a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Las respuestas y/o correspondientes aclaraciones, serán publicadas en el citado Sistema en un plazo no superior a los diez (10) días hábiles contados desde la fecha de notificación de la respectiva Adjudicación. 13.- Si el oferente adjudicado no se encuentra inscrito en el Portal Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo fatal de dos (02) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. La misma exigencia se aplicará a todos los integrantes de una UTP. Si el oferente adjudicado no cumple con este requisito, se dictará una Resolución que deje sin efecto la adjudicación, procediendo a readjudicar al oferente siguiente mejor evaluado.
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