I.
GENERALIDADES
1.
OBJETIVO
Las presentes Bases Administrativas y documentación
anexada al Portal Mercado Público, tienen por objeto regular los procesos de: Licitación
Pública, Apertura, Evaluación, Adjudicación, celebración del contrato respectivo
y aprobación de este, motivo de la presente licitación y prestación de los servicios
licitados.
2.
DEFINICIONES
Nos remitimos
en este punto a las definiciones previamente dadas por la Ley N°19.886, de Bases
sobre Contratos de Administrativos y Suministro de Prestación de Servicios y su
Reglamento.
II.
LICITACION
3.
TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública
se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en
un mismo acto la Oferta Técnica, Oferta Económica y Antecedentes
Administrativos, a través del sistema de información.
Las ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del
cual se determinará el oferente adjudicado.
4.
REQUERIMIENTO (SERVICIOS)
La presente licitación pública tiene por
objetivo contratar servicios de médicos y no médicos bajo la condición de
compra de servicios, para realizar intervenciones quirúrgicas: “Infiltración
Facetaria Columna y Radicular” y “Hernia Núcleo Pulposo (HNP) Lumbar”.
Las intervenciones, más abajo
individualizadas, serán realizadas a pacientes beneficiarios FONASA, Ges y No
Ges del Hospital Las Higueras. Dichos pacientes serán intervenidos en horario
inhábil de funcionamiento del Hospital.
Por lo anterior, se requiere contratar los
servicios para realizar lo siguiente:
El número de intervenciones indicadas en el
recuadro anterior es referencial, y está calculado para que éstos se ejecuten
en un periodo de doce meses dependiendo de los requerimientos del hospital.
El oferente que participe de la propuesta
deberá ofertar la totalidad de los servicios licitados, debido a que su
oferta será evaluada en forma global. El oferente que en su conjunto
ofrezca la alternativa más conveniente para los intereses del Hospital, resultará
adjudicado.
Las cirugías deberán ser realizadas por
profesionales y técnicos del área de la salud debidamente registrados en la
Superintendencia de Salud, con título profesional, especialidad y
subespecialidad, cuando corresponda. En virtud de lo anterior, el oferente que
participe en la presente propuesta deberá contar con un equipo médico y no
médico conformado, como mínimo, por:
Ø 4 Médicos cirujanos con
especialidad en trauma y ortopedia, subespecialistas en cirugía de columna.
Ø 3 Médicos con especialidad en
anestesiología.
Ø 3 Enfermeros
Ø 7 Técnicos de enfermería de
nivel superior (TENS), en las calidades de:
o
1 pabellonero.
o
3 auxiliar de anestesia.
o
3 arsenaleros.
Ø 1 Operador de rayos equipo
arco C Técnico profesional con título en el área de la salud, además debe
contar con la autorización vigente de operador radiólogo de segunda categoría.
Para cada prestación se requerirá al menos:
EQUIPO PROFESIONAL INFILTRACIÓN FACETARIA
COLUMNA Y RADICULAR
Ø 1 Médico cirujano con
especialidad en trauma y ortopedia, subespecialistas en cirugía de columna, en
calidad de primer cirujano.
Ø 1 Médico anestesiólogo.
Ø 1 Enfermero.
Ø 1 TENS pabellonero.
Ø 1 TENS arsenalera.
Ø 1 TENS auxiliar de anestesia.
Ø 1 Operador de RX.
EQUIPO PROFESIONAL HERNIA NÚCLEO PULPOSO
(HNP)LUMBAR
Ø 2 Médicos cirujanos con
especialidad en trauma y ortopedia, subespecialistas en cirugía de columna, en
calidad de primer cirujano y segundo cirujano.
Ø 1 Médico anestesiólogo.
Ø 1 Enfermero.
Ø 1 TENS pabellonero.
Ø 1 TENS arsenalera.
Ø 1 TENS auxiliar de anestesia.
Ø 1 Operador de RX.
El oferente deberá garantizar la
disponibilidad del equipo indicado para cada tipo de cirugía. No dar cumplimiento a lo anterior, será
causal de aplicación de Multa, conforme lo establezca las bases.
Los Profesionales a través del cual el oferente
otorgue las prestaciones, no deben haber sido objeto de sanción en algún
Servicio Público, de conformidad al siguiente criterio:
·
Destitución en los 5 años anteriores a la fecha de cierre de las
ofertas.
·
Suspensión del empleo desde treinta días a tres meses, y/o multa dentro
de los tres años anteriores a la fecha de cierre de las ofertas.
Serán obligaciones del
oferente adjudicado:
· Cumplir
con los registros correspondientes, de acuerdo con los formatos, protocolos y
normas que regulen el funcionamiento del Hospital las Higueras, en los medios
que éste disponga.
· Cumplir
con la confidencialidad de la información relativa a pacientes y su
diagnóstico.
· Uso
adecuado de infraestructura y equipamiento, de acuerdo con los manuales de
funcionamiento.
El oferente deberá informar en el Formulario Nº4 “Datos
del Prestador”, con los datos personales de cada participante, estos son, profesionales
y técnicos que componen el equipo médico y no médico.
Los servicios
serán prestados en las dependencias de
Hospital Las Higueras, por lo tanto, todos los materiales, accesorios,
instrumentos y equipos necesarios para la correcta prestación de los servicios,
serán de responsabilidad del Establecimiento.
Las propuestas no podrán alterar las condiciones
de las presentes Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las
mismas de cualquier especie, tales como: condiciones para su adjudicación, montos
mínimos de servicios. La sola mención en la oferta presentada, de alguna de las
circunstancias señaladas será causal suficiente para desestimarla y declararla inadmisible
conforme a los establecido en el punto N°14 de las presentes Bases Administrativas.
Ø PROCEDIMIENTO
DE PAGO Y DEVOLUCIÓN DE HORAS
Una vez realizada la prestación, y en los
casos que el prestador que ejecuta el servicio mantiene un contrato vigente con
el hospital y la prestación inicie fuera del horario institucional y se
prolongue o finalice dentro de la jornada laboral del establecimiento y dentro
de su horario funcionario, será responsabilidad de éste de informar a su
jefatura directa, para coordinar reagendamiento de sus actividades
interrumpidas por la prestación de urgencia, devolución que deberá ser
realizada durante la misma semana o la siguiente en que se
realizó la prestación de servicios, salvo eventualidades, las que deberán ser
coordinadas, con jefatura directa y el Área de Operaciones y Gestión de las
Personas.
Para lo anterior:
· La jefatura directa certificará la devolución del tiempo del prestador,
y una vez devuelto, informará por escrito al Área de Operaciones y Gestión de
las Personas, día, horario que el prestador realizó la devolución.
· El Área de Operaciones y Gestión de las Personas, una vez recibida la
información por parte de la jefatura directa, gestionará resolución exenta que
formaliza la devolución horaria del prestador enviando copia al Área de Gestión
Documental y al jefe directo como respaldo para el posterior cobro/pago de los
servicios.
· Cuando no se cumpla con lo anterior, el Área de Gestión Documental no
validará la prestación, devolviendo el expediente al proveedor, con copia a la
Subdirección de Gestión Clínica, informando la irregularidad.
· Será la Subdirección de Gestión Clínica, la responsable de informar al
Jefe Directo del prestador de la situación quien deberá indicar y certificar el
tiempo devuelto. No cumplir con el acuerdo de devolver las horas funcionarias
utilizadas, en el periodo comprometido, será causal de sanción. Lo
anterior, no lo libera de la responsabilidad de devolver el tiempo utilizado.
· Con la copia de la Resolución Exenta que regulariza “la sobre posición
horaria”, el prestador podrá gestionar el cobro/pago de este servicio,
siguiendo el proceso administrativo inicial indicado en el punto N°26 “PROCEDIMIENTO
DE PAGO DE LOS SERVICIOS” de la presente resolución.
ü Esta condición “CONDICIONES DE
PAGO”, es aplicable solo para aquellos prestadores del staff que mantuviesen un
contrato vigente con el hospital y tengan topes de horarios en su
participación, por lo que no invalida el pago a aquellos prestadores que no son
funcionarios del establecimiento.
INCORPORACIÓN DE PRESTADOR
Corresponderá incorporar a
otro prestador, durante la vigencia del contrato o su prorroga en los
siguientes casos:
·
Cuando el
adjudicado requiera incorporar a otro prestador en reemplazo
de alguno que ya sea parte del staff.
·
Cuando la
unidad requirente solicitase de manera fundada aumentar el staff por
necesidades del servicio.
En ambos
casos, el prestador a incorporar deberá acreditar el cumplimiento de los
requisitos solicitados en las bases y cumplir con el o los tramo/s y
puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos de evaluación por parte del
adjudicado en relación a los prestadores indicados inicialmente en su oferta a
través del Formulario N°4.
El adjudicado deberá
completar la solicitud de incorporación (anexo 1), adjuntar del prestador a
incorporar los respaldos que son requisito de las bases y la documentación que
acredite las competencias o el tramo y puntaje obtenido de los criterios
técnicos, a través del proceso de evaluación, según corresponda; entregar la
solicitud referida en la secretaría de la unidad requirente del Hospital Las
Higueras, para autorización del Supervisor del Contrato, o quien le subrogue
o reemplace, quien, además, tiene la responsabilidad de verificar que el
prestador a incorporar cumpla con igual idoneidad que los prestadores indicados
en la propuesta y respectivamente acreditados post evaluación.
Una vez aprobada
la incorporación, la unidad requirente debe hacer llegar una copia de la
respectiva autorización a la secretaría del Área de Abastecimiento para ser
adjuntado al expediente de la licitación y secretaría del Área de Gestión Documental como respaldo
para el pago de sus servicios.
Por lo relevante
que es contar con prestadores acreditados y evaluados para ejecutar los
respectivos servicios, se establece que éstos deben ser realizados por los
prestadores indicados en la propuesta del oferente adjudicado, a través de
Formulario N°4 “Datos del prestador”, o hayan sido autorizados
previamente por el Supervisor del Contrato y/o Subdirector Administrativo del
Hospital mediante el formulario de solicitud de incorporación (anexo 1), este último cuando se trate de una
incorporación por aumento de staff. De lo contrario, no se pagará la prestación.
5.
COORDINACIÓN PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS
El Hospital coordinará la ejecución de las
intervenciones quirúrgicas asegurando la disponibilidad de equipamiento,
insumos y asistencia del oferente adjudicado y su equipo médico y no médico.
Posteriormente el Servicio de Traumatología
preparará al paciente, gestionará su hospitalización y, mediante comunicación
electrónica y/o telefónica, solicitará la asistencia del oferente adjudicado y el
equipo médico y no médico que participarán de las
intervenciones quirúrgicas, según
corresponda.
Será responsabilidad del Jefe del Servicio de
Traumatología, o de quien le subrogue o reemplace, resguardar las medidas de
verificación de estas prestaciones, asegurando el cumplimiento de las
obligaciones y funciones durante las intervenciones ejecutadas.
6.
PRESUPUESTO Y CONDICIONES DE PAGO
El presupuesto disponible para los servicios licitados
es de $199.000.000.- (Ciento noventa
y nueve millones de pesos), para un periodo de doce meses.
El oferente deberá pagar los siguientes valores al
equipo dependiendo de la intervención quirúrgica y lo que indique en su
formulario N°5
|
ítem
|
Código Abex
|
Requerimiento
|
Valor de pago al equipo médico y no médico
|
Cantidad de Intervenciones quirúrgicas referenciales
|
|
1
|
104-0844
|
Intervención Quirúrgica “Infiltración
Facetaria Columna y Radicular” – Código Fonasa 1103048
|
$ 598.252
|
240
|
|
2
|
104-0845
|
Intervención Quirúrgica Hernia Núcleo
Pulposo (HNP) Lumbar – Código Fonasa 1103049.
|
$ 1.262.001
|
36
|
El oferente deberá respetar los valores a pagar a
cada uno de los prestadores de servicios, conforme a su calidad dentro de la
intervención quirúrgica, de acuerdo con los valores indicados en el formulario
N°5 “Oferta Económica”.
El oferente deberá ofertar un valor unitario por cada intervención
quirúrgica, según se desglosa en el formulario N°5. En el referido valor debe contemplar su gasto de administración.
Dado que la orden de compra se emitirá de forma global, el oferente
deberá registrar en la ficha del portal Mercado Público el Valor Total Neto Ofertado, conforme a lo indicado en el Formulario N°5.
Las prestaciones ejecutadas, serán contabilizadas “mensualmente” y se pagarán los
servicios efectivamente ejecutados, sin reajustes y conforme a lo establecido
en las presentes bases administrativas.
El oferente que ofrezca
la alternativa más conveniente para los intereses del hospital resultará
adjudicado.
7.
CONTACTO PARA LA LICITACIÓN.
Las comunicaciones y contactos
durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información
(www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando
al ID asignado a la presente licitación.
8.
ETAPAS Y PLAZOS DEL PORTAL MERCADO PÚBLICO
Los plazos y etapas serán los señalados
en el Portal Mercado Público y en las presentes Bases Administrativas, para la presentación
de las ofertas.
|
ETAPAS
|
PLAZOS
|
|
Fecha de Publicación
|
Máximo 10 días a partir de la total tramitación de la resolución
aprobatoria de las presentes Bases Administrativas, o el día hábil siguiente,
hasta las 15:00 horas.
|
|
Fecha Inicio de Preguntas
|
A partir del día y hora de la publicación de las Bases
Administrativas.
|
|
Fecha Final de Preguntas
|
Hasta el día quinto, contado desde el día de la fecha de publicación
de las Bases Administrativas.
|
|
Fecha de Publicación de Respuestas
|
Desde el primer hasta el octavo día, contado desde el día de la fecha
de publicación de las Bases Administrativas.
|
|
Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
|
El día décimo primero, contado desde la fecha de publicación de las
Bases Administrativas. El plazo de cierre no podrá vencer en días inhábil ni
en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
(Art. N°46 del Reglamento de Compras Públicas).
|
|
Fecha de Apertura Técnica Y Económica
|
El día décimo primero contado desde la fecha de publicación de las
Bases Administrativas o el día hábil siguiente, a las 15:02 horas.
|
|
Plazo de Evaluación de las Ofertas
|
Desde primer al décimo día, contado desde la fecha y hora de Apertura
Técnica y Económica.
|
|
Fecha de Adjudicación
|
Entre el primer y décimo quinto día contado desde la fecha del Informe
de Apertura y Evaluación de Ofertas
|
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Fecha de Firma de Contrato.
|
Hasta el día treintavo, a contar de la fecha de notificación de la
Resolución de Adjudicación.
|
9.
CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL
PROCESO DE LICITACION
La Unidad Técnica podrá efectuar, aclaraciones y/o alcances a las Bases o
Ficha de Licitación y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de
las ofertas, y hasta el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación
como fecha de término de consultas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del
plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello
de acuerdo con lo que resuelva el Hospital. De verificarse una ampliación, ella
será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema
de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de
la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a
lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases Administrativas,
en el período señalado en Etapas y Plazos de la Ficha del Portal Mercado Público
haciendo referencia explícita al punto de las Bases Administrativas o documentos
que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también publicadas
en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario
de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o
respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán
que forman parte de las presentes Bases Administrativas y del contrato de prestación
de servicios que se celebrará, para todos los efectos correspondientes.
El Hospital deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta
de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de
aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones,
se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas y Formularios,
documentos que integran la presente propuesta.
En todo caso, las modificaciones que pudieran
realizarse para efectos de aclaraciones que se hagan en este periodo, deberán ser
aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo, en cuyo caso se considerará
una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
No se
dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo
o en forma distinta a la indicada anteriormente, a menos que procedan las circunstancias
excepcionales contempladas en el Art. 115 del Decreto N°661 del 2024, del Ministerio
de Hacienda.
10.
DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN.
|
ETAPAS
|
Una
sola.
|
|
PRESUPUESTO DISPONIBLE
|
$199.000.000.- (Ciento noventa y nueve
millones de pesos), impuestos incluidos, para un periodo de
doce meses.
La
cantidad mencionada no será obligatoria para la entidad licitante, y dependerá
exclusivamente de la cantidad de requerimientos solicitados, por lo que ningún
oferente podrá exigir el cumplimiento de esta referencia económica.
|
|
PARTICIPANTES
|
Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales
y/o jurídicas, chilenas o extranjeras que cumplan con los requisitos exigidos
en las presentes Bases Administrativas, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad,
con la documentación correspondiente.
|
|
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS
|
Todos
los plazos son de días corridos, salvo
en aquellos casos en que expresamente se señalen plazos de días hábiles.
|
|
COMUNICACIÓN CON EL HOSPITAL
|
Exclusivamente
a través del Portal Mercado Público.
|
11.
PRESENTACION OFERTAS.
Todo
proponente u oferente interesado en ofertar, deberá estudiar cuidadosamente las
Bases Administrativas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna
manera afecten el costo de los servicios licitados, tales como permisos y licencias
que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros.
Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será
el responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El oferente
que participe en la licitación acepta todas las condiciones de ésta.
A la
época de presentación de la oferta, el oferente deberá presentar todos los antecedentes
y formularios, los que deberán ser anexado a las respectivas ofertas presentadas,
en formato digitales utilizando para este efecto Word (como procesador de textos)
e imágenes digitalizadas en formato PDF, todos los anexos deben venir en idioma
español, debidamente firmado si correspondiere.
Los oferentes no deberán estar afectos a alguna de las inhabilidades contempladas
en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595 y 35 quáter de la ley N°19.886, en caso contrario,
su oferta será declarada inadmisible. En este último caso, salvo, las circunstancias
excepcionales indicadas en la mencionada Ley, en cuyo caso el contrato deberá hacerse
por resolución fundada.
En el caso de que dos o más
oferentes se unan para el efecto de participar en el presente proceso licitatorio,
deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del
2024, del Ministerio de Hacienda.
Los proveedores que oferten
bajo el artículo 180 y 181 del Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda,
deberán ingresar un documento que declare dicha unión, nombrando un apoderado.
Para
la presente licitación los documentos requeridos serán los siguientes:
11.1
Antecedentes administrativos:
·
Formulario N°1: Identificación del Oferente,
esto, a más tardar
en el plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación
de la consulta (Su incumplimiento habilitará para declarar inadmisible la oferta).
·
Declaración jurada en línea: Los oferentes
deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual
será generada completamente en línea a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. (inadmisible).
·
Formulario N°2: Datos de Contacto. El
oferente deberá establecer los siguientes datos: nombre de contacto, correo
electrónico y número de teléfono directo, para coordinar la prestación de los
servicios. El citado formulario, deberá tener estampada la firma del oferente,
que legitima lo escrito (Su incumplimiento
habilitará para declarar inadmisible la oferta).
·
Formulario N°3: Cumplimiento Programa de
Integridad (evaluable).
11.2 Antecedentes Técnicos:
·
Experiencia del equipo médico (evaluable).
·
Experiencia del equipo no médico (evaluable).
·
Formulario N°4: “Datos del Prestador”:
Nombre y dos apellidos, Cédula de Identidad, registro de la SIS, Profesión/especialidad
y firma del prestador que ejecuta el servicio (Inadmisibilidad).
·
Certificados de título profesional y de
especialidad en traumatología y ortopedia de los médicos cirujanos que
participarán en las intervenciones quirúrgicas como primer o segundo cirujano, debidamente
registrados en la Superintendencia de Salud como prestadores con dicha
especialidad (Inadmisibilidad).
·
Certificado emitido por una universidad o
institución competente que acredite la subespecialidad en cirugía de columna de
los médicos cirujanos con especialidad en traumatología y ortopedia que
participarán en las intervenciones quirúrgicas como primer o segundo cirujano (Inadmisibilidad).
·
Certificados de título profesional y de
especialidad en anestesiología de los médicos cirujanos que participarán en las
intervenciones quirúrgicas como anestesistas, debidamente registrados en la
Superintendencia de Salud como prestadores con dicha especialidad. (Inadmisibilidad).
·
Certificados de título profesional de
enfermería, de los prestadores que participarán en las intervenciones
quirúrgicas en calidad de enfermero/a, registrado en la Superintendencia de
Salud (Inadmisibilidad).
·
Certificados de título técnico de nivel
superior en enfermería (TENS) de los prestadores que participarán en las
intervenciones quirúrgicas en calidad de pabellonero, arsenalero o auxiliar de
anestesia, registrados en la Superintendencia de Salud (Inadmisibilidad).
·
Certificados de título técnico profesional
del área de la salud de los prestadores que operarán el equipo de rayos arco C,
registrados en la Superintendencia de Salud (Inadmisibilidad).
·
Autorización vigente de operador radiólogo
de segunda categoría de los prestadores operadores de rayos equipo arco C (Inadmisibilidad).
11.3 Antecedentes
Económicos:
·
Formulario N°5: Oferta Económica (Inadmisibilidad). El citado formulario, deberá tener estampada
la firma del oferente, que legitima lo declarado en el referido formulario.
En Comprobante
de oferta en el portal mercado público, el precio debe estar expresado en
moneda nacional, es decir, en pesos chilenos CLP.
12.
VALIDEZ DE LA OFERTA
Las
ofertas tendrán una validez mínima de 120 (ciento veinte) días desde la fecha
de la publicación de las presentes Bases Administrativas que regulan el llamado
a licitación pública. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la
adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes, a través del
Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a
cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, la prórroga de las
propuestas, antes de su expiración.
Si
alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada
en el proceso de evaluación y adjudicación.
III.
APERTURA
Y EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA
13.
ACTO DE APERTURA
La apertura se realizará en forma
electrónica a través de la plataforma del Mercado Público, en la fecha y hora establecida
en el calendario de plazos de la presente licitación, esto es, el día décimo
primero a las 15:02 horas, contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas.
Estas ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará
el oferente adjudicado.
El Hospital
Las Higueras adjudicará la presente licitación, a quien presente la oferta que haya
obtenido el más alto puntaje, de acuerdo a la evaluación realizada en forma global,
asimismo declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, y podrá
declarar desierta la licitación, por no convenir a los intereses institucionales,
ya sea por lo elevado del precio ofertado o por alguna razón fundada, declarará
inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos
en estas Bases.
Si existiesen ofertas simultáneas
por parte de proveedores de un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí,
respecto de un mismo bien o servicio, se
considerará para la evaluación de la licitación sólo la oferta más conveniente entre
ellos. Para esto, se revisarán y compararán las ofertas de los proveedores
antes mencionados, según los criterios establecidos en el punto N°16 de las presentes
bases administrativas. Las ofertas no seleccionadas, serán declaradas inadmisibles,
de conformidad a lo establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60
del Decreto N°661, del Ministerio de Hacienda.
14.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
La oferta se declarará inadmisible en los siguientes
casos.
· Cuando en la ficha del portal mercado público la oferta exceda el
presupuesto señalado en el punto N°6 y 10 de la presente base administrativa.
· Cuando no presente, no complete o presente incompleto, a más tardar en el
plazo del Foro Inverso, esto es, dentro de las 24 horas de la notificación de la
consulta, el Formulario N°1 Identificación del
Oferente” y/o Formulario N°2 “Datos de Contacto”, esto es dentro de las 24 horas
de notificada la consulta en el Portal Mercado Público.
· Cuando no complete, o no presente, o presentación incompleta, a más
tardar dentro del plazo de cierre, esto es el día décimo primero, contado desde
la fecha de publicación de las Bases Administrativas, el Formulario N°4 “Datos
del Prestador” y/o el Formulario N°5 “Oferta Económica”.
· Si la propuesta altera las condiciones de las presentes Bases, o contiene
exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, tales
como: condiciones para su adjudicación o montos mínimos de servicios
· Cuando la oferta no cumpla con los requisitos establecidos en el punto 4
de las bases administrativas.
· Cuando el proveedor a través de su formulario N°4 no presente a lo menos
a los siguientes prestadores:
o 4 Médicos cirujanos con especialidad en trauma y ortopedia,
subespecialistas en cirugía de columna.
o 3 Médicos anestesiólogos
o 3 Enfermeros
o 7 Técnicos de enfermería de nivel superior (TENS), en las calidades de:
§ 1 pabellonero
§ 3 auxiliar de anestesia.
§ 3 arsenaleros.
o 1 Operador de rayos equipo arco C Técnico profesional con título del
área de la salud, además debe contar con la autorización vigente de operador
radiólogo de segunda categoría.
· Cuando algún integrante del equipo médico indicado por el oferente en el
Formulario N°4, no registre en la Superintendencia de Salud su título de médico
cirujano y especialidad, y tratándose de especialistas en traumatología y
ortopedia, no se presente certificado de su subespecialidad en cirugía de
columna, a
menos que quienes acrediten, sea una cantidad igual o mayor a la establecida
en las bases. En estos casos, quienes no acrediten, no podrán prestar servicios
durante la vigencia del convenio, hasta que hayan dado cumplimiento a los
requisitos mínimos establecidos en las bases.
· Cuando algún integrante del equipo no médico indicado por el oferente en
el Formulario N°4, no registre en la Superintendencia de Salud su título profesional
o técnico profesional, según corresponda, a menos que quienes acrediten, sea una
cantidad igual o mayor a la establecida en las bases. En estos casos,
quienes no acrediten, no podrán prestar servicios durante la vigencia del convenio,
hasta que hayan dado cumplimiento a los requisitos mínimos establecidos en las
bases.
· Cuando el operador de rayos equipo arco
C indicado por el oferente en su formulario N°4, no presente su autorización
vigente de operador radiológico de segunda categoría.
· Cuando postule como Unión Temporal y no esté
conformada en su totalidad por empresas de menor tamaño, con excepción de lo
señalado en el artículo 184 del Decreto 661 del Ministerio de Hacienda.
· Cuando el oferente no firme de manera electrónica
la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar. En el caso de postular como
UTP, firmará cada integrante o el apoderado en representación de los demás
integrantes.
· Cuando el oferente no posea la actividad o giro económico vigente,
atingente a los servicios licitados, a más tardar dentro del plazo de cierre,
esto es el día décimo primero, contado desde la fecha de publicación de las
Bases Administrativas. Lo anterior, de acuerdo a Situación Tributaria de
Terceros del Servicio de Impuestos Internos.
·
Cuando al oferente le afecta alguna de las inhabilidades
contempladas en los artículos 33 de la ley N°21.595; 8 y 10 de la ley N°20.393 sustituidos
por el artículo 50 de la Ley N°21.595; artículo 4°, inciso sexto y 35 quáter de
la ley N°19.886. Siempre que no se den las situaciones de excepcionalidad contempladas
en la Ley.
·
Cuando la oferta de un proveedor, se presente
de manera simultánea, a otra oferta presentada por parte de una empresa perteneciente
al mismo grupo empresarial o relacionada entre sí, respecto de un mismo bien o servicio,
y no resulte ser la más conveniente para este organismo; esto de conformidad a lo
establecido en el artículo N°9 de la Ley 19886 y artículo 60 del Decreto N°661,
del Ministerio de Hacienda.
En estos
casos, la oferta será considerada inadmisible, significando que no pasará a la etapa
de evaluación.
El
oferente se obliga a entregar antecedentes, documentos, instrumentos
tributarios, certificados y demás exigidos por las bases administrativas, que
se encuentren debidamente regularizados y válidos, por lo que el incumplimiento
de lo anterior traerá consigo el efecto de inadmisibilidad de la oferta.
15.
COMISIÓN Y SUS FUNCIONES:
Comisión de Apertura y Evaluación.
La apertura en el Portal Mercado Público, y la respectiva evaluación, calificación
de las ofertas de manera administrativa, técnica y económica, estará a cargo de
una Comisión de Apertura y Evaluación, la que estará integrada por los siguientes
profesionales funcionarios del Hospital Las Higueras:
·
Subdirector
Administrativo,
·
Jefe de la Unidad
de Licitaciones,
·
Jefe del Servicio
de Traumatología,
o quienes los subroguen o reemplacen legalmente.
En el
caso de considerarlo pertinente, la comisión podrá requerir asesoría a la Unidad
Jurídica del Hospital Las Higueras de Talcahuano.
La Comisión
de apertura y evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Hospital
Las Higueras, de acuerdo con el contenido de este capítulo y demás antecedentes
de las presentes Bases Administrativas, tendrá las siguientes facultades:
a)
Resolver dudas o discrepancias que en el acto
de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes
Bases Administrativas o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
b)
Solicitar a los oferentes las aclaraciones a
sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas,
las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través
del Sistema de Información. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se
comunicarán a los demás oferentes, solo para efectos que éstos tomen conocimientos
de estas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o incumplimiento
del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes
para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas. Exceptuándose las situaciones
descritas precedentemente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán
mantener contacto alguno con la Comisión.
c)
Solicitar a los oferentes que salven errores
u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones
no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción
a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto
de los oferentes a través del Sistema de Información. Estos requerimientos se solicitarán
por escrito a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, debiendo
el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro del plazo señalado, esto es,
dentro del plazo de evaluación de ofertas, 24 horas desde que se realiza la notificación
a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
d)
Podrá permitir la presentación de certificaciones
o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar
la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido
u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se
refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación.
e)
Revisará y estudiará la documentación solicitada,
evaluará las ofertas, técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo
entre los oferentes.
f)
De existir empate en la nota final entre dos
o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo
de dos decimales, dicho empate deberá dirimirse en primer lugar a través del análisis
del criterio “Precio
del Servicio”, en segundo lugar, a través del criterio “Experiencia
del equipo médico”; y así sucesivamente en el mismo orden indicado en el punto 16
“Notas y Criterios de Evaluación”, de las bases administrativas. En caso de persistir
el empate a pesar de aplicar los criterios de desempate referidos, se seleccionará
la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
g)
Confeccionará un “Informe de Apertura y
Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos
a los oferentes, sean estos de carácter administrativo, técnico, legal,
económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso
de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o
nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de
evaluación.
h)
Firmará el “Informe de Apertura y
Evaluación”, mediante el cual propondrá a la Sra. Directora adjudicar o
desestimar la propuesta, si de la evaluación se determina que no se ajusta a
las necesidades del Hospital o excedieren de su presupuesto.
i)
Suscribirán una declaración jurada en la
que manifiesten expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se
obliguen a guardar confidencialidad sobre el proceso de contratación de que se
trata, conforme con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la ley N°19.886.
16.
NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Para la evaluación
de las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo con lo
establecido en las presentes Bases Administrativas y a los porcentajes que se indican
en la ficha técnica del Portal Mercado Público, los que serán evaluados según nota
de uno (1) a cien (100), siendo el cien (100) la mayor nota de las ofertas. Dicho
proceso estará considerado en el informe de evaluación.
Los criterios que evaluar serán los siguientes:
|
CRITERIOS DE EVALUACION
|
PONDERACIÓN
|
|
Criterios Económicos
|
50%
|
|
Precio
del Servicio (50%)
|
|
Criterios Técnicos
|
45%
|
|
Experiencia del equipo médico, según subcriterios (25%)
|
|
Experiencia del equipo no médico, según subcriterios (20%)
|
|
Criterios Administrativos
|
5%
|
|
Cumplimiento en la Presentación de Antecedentes (3%)
|
|
Cumplimiento Programa de Integridad (2%)
|
La evaluación de los criterios se realizará de la siguiente forma:
Precio del Servicio, en Porcentaje (50%)
El precio será el establecido por cada
oferente en la oferta presentada en el Portal Mercado Público a través de
Formulario N°5, el que será sometido a ejercicio de evaluación por el organismo
comprador.
La
oferta que presente el menor precio en forma global, impuestos incluidos, se
calificará con cien puntos (100), las demás ofertas tendrán nota de acuerdo al
porcentaje de cercanía a la oferta menor, de acuerdo a la siguiente fórmula:

Experiencia
del Equipo Médico según subcriterios (25%)
Para
la aplicación de este criterio, se considerarán tres subcriterios: Experiencia
de los Traumatólogos; Cantidad de Intervenciones
Quirúrgicas de columna de los Traumatólogos; y Experiencia de los Médicos
Anestesiólogos. Se tomará como base la información adjunta a su propuesta,
respecto a la experiencia basada en los médicos cirujanos con especialidad en
Traumatología y Ortopedia indicados por el oferente a través de Formulario N°4.
Puntaje obtenido en cada subcriterio, se calculará de la siguiente
manera:

Subcriterio
N°1: Experiencia de los Traumatólogos (35%)
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 35% al puntaje
obtenido en la tabla que a continuación se indica:
(Puntaje
Experiencia de los Traumatólogos x 35%)
|
Experiencia
de los Traumatólogos (35%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la
experiencia del oferente (basada en los médicos cirujano con especialidad
en Traumatología y ortopedia, consiste en 24 o más meses cumpliendo
funciones en instituciones públicas o privadas del área de la salud
|
100
|
|
Sí el promedio de la
experiencia del oferente (basada en los médicos cirujano con especialidad
en Traumatología y ortopedia, mencionados en el Formulario N°4, es igual
o mayor a 18 meses y menor a 24 meses cumpliendo funciones en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la
experiencia del oferente (basada en los médicos cirujano con especialidad
en Traumatología y ortopedia, mencionados en el Formulario N°4, es igual
o mayor a 12 meses y menor a 18 meses cumpliendo funciones en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la
experiencia del oferente (basada en los médicos cirujano con especialidad
en Traumatología y ortopedia, mencionados en el Formulario N°4, es igual
o mayor a 6 meses y menor a 12 meses cumpliendo
funciones en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la
experiencia del oferente (basada en los médicos cirujano con especialidad
en Traumatología y ortopedia, mencionados en el Formulario N°4, es menor
a 6 meses cumpliendo funciones en instituciones públicas o privadas del
área de la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no
se acredita experiencia cumpliendo funciones en instituciones públicas o
privadas del área de la salud.
|
1
|
La
experiencia deberá ser acreditada mediante certificados de instituciones
públicas o privadas, donde se detalle a lo menos la siguiente información:
· Razón
social de la empresa/institución donde el oferente evaluado prestó los
servicios.
· Identificación
del oferente participante en el citado documento.
· Periodo
(tiempo DD/MM/AA: desde – hasta) en el que se prestaron los servicios.
· Descripción
de tareas relacionadas con los servicios a contratar.
El
Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia cumpliendo
funciones en instituciones públicas o privadas del área de la salud, dentro del
plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el día décimo primero
contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas, el oferente
obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Subcriterio
N°2: Cantidad de Intervenciones Quirúrgicas de columna
de los Traumatólogos (35%)
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 35% al puntaje
obtenido en la tabla que a continuación se indica:
(Puntaje
Cantidad de Intervenciones Quirúrgicas de columna de los Traumatólogos x 35%)
|
Cantidad de Intervenciones Quirúrgicas de
columna de los Traumatólogos (35%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Traumatología y ortopedia, mencionados en
el Formulario N°4, han ejecutado servicios en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, igual o más de 100 intervenciones quirúrgicas
de columna.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Traumatología y ortopedia, mencionados en
el Formulario N°4, han ejecutado servicios en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, igual o más de 75 intervenciones quirúrgicas de
columna y menos de 100 intervenciones quirúrgicas de columna.
|
80
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Traumatología y ortopedia, mencionados en
el Formulario N°4, han ejecutado servicios en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, igual o más de 50 intervenciones quirúrgicas de
columna y menos de 75 intervenciones quirúrgicas de columna.
|
60
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Traumatología y ortopedia, mencionados en
el Formulario N°4, han ejecutado servicios en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, igual o más de 25 intervenciones quirúrgicas de
columna y menos de 50 intervenciones quirúrgicas de columna.
|
40
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Traumatología y ortopedia, mencionados en
el Formulario N°4, han ejecutado servicios en instituciones públicas o
privadas del área de la salud, igual o más de 15 intervenciones quirúrgicas de
columna y menos de 25 intervenciones quirúrgicas de columna.
|
20
|
|
o no acredita experiencia en intervenciones quirúrgicas de columna o
la experiencia informada y declarada es inferior a 15 intervenciones
quirúrgicas de columna.
|
1
|
Para
todos los casos, la experiencia deberá ser acreditada mediante certificados de
instituciones públicas o privadas, donde se detalle a lo menos la siguiente
información:
·
Razón social de la empresa/institución
donde el oferente evaluado prestó los servicios.
·
Identificación del oferente participante en
el citado documento.
·
Que en dicho documento se señale la
cantidad de intervenciones quirúrgicas de columna.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la ejecución de intervenciones
quirúrgicas de columna, dentro del plazo establecido para la recepción de
ofertas, esto es, el día décimo primero contado desde la fecha de publicación
de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas
Subcriterio
N°3: Experiencia de los Médicos Anestesistas (30%)
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 30% al puntaje
obtenido en la tabla que a continuación se indica:
(Puntaje
Experiencia de los Médicos Anestesistas x 30%)
|
Experiencia de los Médicos Anestesistas (30%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Anestesiología, consiste en 12 o más
meses realizando procedimientos anestésicos en instituciones públicas o
privadas del área de la salud
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Anestesiología, mencionados en el
Formulario N°4, es igual o mayor a 9 meses y menor a 12 meses realizando
procedimientos anestésicos en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
50
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Anestesiología, mencionados en el
Formulario N°4, es igual o mayor a 6 meses y menor a 9 meses realizando
procedimientos anestésicos en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
30
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Anestesiología, mencionados en el
Formulario N°4, es igual o mayor a 3 meses y menor a 6 meses realizando
procedimientos anestésicos en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
20
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los médicos
cirujano con especialidad en Anestesiología, mencionados en el
Formulario N°4, es menor a 3 meses realizando procedimientos
anestésicos en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
10
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia cumpliendo funciones en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
Para
todos los casos, la experiencia deberá ser acreditada mediante certificados de
instituciones públicas o privadas, donde se detalle a lo menos la siguiente
información:
·
Razón social de la empresa/institución
donde el oferente evaluado prestó los servicios.
·
Identificación del oferente participante en
el citado documento.
·
Periodo (tiempo DD/MM/AA: desde – hasta) en
el que se prestaron los servicios.
·
Descripción de tareas relacionadas con los
servicios a contratar.
El
Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia realizando
procedimientos anestésicos, dentro del plazo establecido para la recepción de
ofertas, esto es, el día décimo primero contado desde la fecha de publicación
de la Bases Administrativas, el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Experiencia del Equipo no
Médico (20%)
Para
la aplicación de este criterio, se considerarán 2 subcriterios: Experiencia de
los Enfermeros y Experiencia de los Técnicos. Se tomará
como base la información adjunta a su propuesta, respecto a la experiencia
basada en los enfermeros y técnicos indicados por el oferente a través de
Formulario N°4.
Puntaje obtenido en cada subcriterio, se calculará de la siguiente
manera:

Subcriterio
N°1: Experiencia de los Enfermeros (50%)
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 35% al puntaje
obtenido en la tabla que a continuación se indica:
(Puntaje
Experiencia de los Enfermeros x 50%)
|
Experiencia de los Enfermeros (50%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los enfermeros(as)
prestadores de servicio, consiste en 36 o más meses participando en
pabellones de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los enfermeros(as)
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
30 meses y menor a 36 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
90
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los enfermeros(as)
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
24 meses y menor a 30 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
80
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los enfermeros(as)
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
18 meses y menor a 24 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
70
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los enfermeros(as)
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
12 meses y menor a 18 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
60
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los enfermeros(as)
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es menor a 12
meses participando en pabellones de cirugía mayor en instituciones
públicas o privadas del área de la salud.
|
40
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia cumpliendo funciones en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
La
experiencia deberá ser acreditada mediante certificados de instituciones
públicas o privadas, donde se detalle a lo menos la siguiente información:
·
Razón social de la empresa/institución
donde el oferente evaluado prestó los servicios.
·
Identificación del oferente participante en
el citado documento.
·
Periodo (tiempo DD/MM/AA: desde – hasta) en
el que se prestaron los servicios.
·
Descripción de tareas relacionadas con los
servicios a contratar.
El
Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia participando en
pabellones de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área de la
salud, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el
día décimo primero contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas,
el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Subcriterio
N°2: Experiencia de los Técnicos (50%)
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 50% al puntaje
obtenido en la tabla que a continuación se indica:
(Puntaje
Experiencia de los Técnicos x 50%)
|
Experiencia de los Técnicos (35%)
|
Puntaje
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los técnicos
prestadores de servicio, consiste en 36 o más meses participando en
pabellones de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área de
la salud.
|
100
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los técnicos
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
30 meses y menor a 36 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
90
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los técnicos
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
24 meses y menor a 30 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
80
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los técnicos
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
18 meses y menor a 24 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
70
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los técnicos
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es igual o mayor a
12 meses y menor a 18 meses participando en pabellones de cirugía
mayor en instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
60
|
|
Sí el promedio de la experiencia del oferente (basada en los técnicos
prestadores de servicio, mencionados en el Formulario N°4, es menor a 12 meses
participando en pabellones de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas
del área de la salud.
|
40
|
|
Si no se informa o no se acredita experiencia cumpliendo funciones en
instituciones públicas o privadas del área de la salud.
|
1
|
La
experiencia deberá ser acreditada mediante certificados de instituciones públicas
o privadas, donde se detalle a lo menos la siguiente información:
·
Razón social de la empresa/institución
donde el oferente evaluado prestó los servicios.
·
Identificación del oferente participante en
el citado documento.
·
Periodo (tiempo DD/MM/AA: desde – hasta) en
el que se prestaron los servicios.
·
Descripción de tareas relacionadas con los
servicios a contratar.
El
Hospital Higueras podrá verificar los antecedentes señalados en los documentos
correspondientes.
Si
los documentos no contienen la información antes indicada, éstos podrán ser
desestimados y no ser considerados en la evaluación del criterio de experiencia
y evaluar sólo los certificados acompañados correctamente.
Si
no se acompañan los antecedentes que acrediten la experiencia participando en
pabellones de cirugía mayor en instituciones públicas o privadas del área de la
salud, dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, esto es, el
día décimo primero contado desde la fecha de publicación de la Bases Administrativas,
el oferente obtendrá un punto en este criterio.
Sólo
se considerará la experiencia previa a la fecha de publicación de las presentes
bases administrativas.
Cumplimiento en la
Presentación de Antecedentes (3%)
Si
el oferente ingresa al Portal Mercado Público tanto el Formulario N°1 y N°2
solicitados en punto 11.1 de “Presentación Ofertas” de las presentes Bases
Administrativas, a más tardar el día y hora de cierre de recepción de ofertas
de la presente licitación pública, será evaluada con 100 (cien) puntos.
Si
un oferente omite uno o más de los Formularios antes mencionados o alguno de
éstos tiene error de forma, la comisión de evaluación solicitará a través del
Portal (foro inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección
de éstos, dando un plazo de 24 horas desde
que se realiza la notificación a través del Sistema de Información de la
Dirección de Compras, para subsanar, pudiendo optar a una nota 1 (uno).
En caso que el oferente no responda dentro del nuevo plazo otorgado vía
foro inverso y éste no ingrese o no subsane error de forma, en relación al
Formulario N°1 y/o Formulario N°2, la oferta será declarada inadmisible, ya que
el oferente no cumple con los requerimientos establecidos en las Bases
Administrativas, por lo que su oferta no pasará a la siguiente etapa de
evaluación.
La
ponderación de la nota será la que resulte de aplicar el 3% al puntaje obtenido
de acuerdo a la siguiente tabla:
|
Cumplimiento en la
Presentación de Antecedentes
|
Puntaje
|
|
Ingresa Formulario N°1 y N°2, a más tardar el día y hora de cierre de
recepción de las ofertas, esto es el día décimo primero, contado desde la
fecha de publicación de las Bases Administrativas.
|
100
|
|
Ingresa documentos omitidos o subsana errores de forma dentro del
nuevo plazo.
|
1
|
|
No ingresa Formulario N°1 y/o N°2, o no subsana errores de forma de
éste, dentro del nuevo plazo otorgado (foro inverso)
|
Oferta Inadmisible
|
Cumplimiento
Programa de Integridad (2%)
El
programa de integridad de una empresa u organización se entiende como un
conjunto de instrumentos o herramientas que fomentan entre sus integrantes un
comportamiento apegado a determinados valores que contribuyan a instalar
estándares de integridad, fortaleciendo una conciencia ética que permita
combatir la corrupción.
Para
la aplicación de este criterio, se tomará como base la documentación presentada
por el oferente a través de su propuesta, que respalda la existencia de
programa/s de integridad en su empresa.
|
Cumplimiento Programa de Integridad
|
Puntaje
|
|
|
|
El
oferente, cuenta con programa de integridad y difusión a su personal.
|
100
|
|
|
Si no adjunta Formulario N°3 no completa o no acredita lo solicitado
en este criterio.
|
1
|
|
El oferente deberá adjuntar copia del
programa de integridad utilizado y acreditar, además, la difusión del mismo a
su personal; para esto último, podrá presentar copia de correo corporativo de
difusión, copia de participación de los trabajadores en charlas o
capacitaciones o cualquier otro antecedente que permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no
contienen la información necesaria para acreditar que cuenta con programas de
integridad y fueron difundidos a su personal, serán desestimados y no serán
considerados en la evaluación del criterio de “cumplimiento programa de
integridad”.
Si
no se acompañan los documentos dentro del plazo establecido para la recepción
de ofertas, esto es, el día décimo primero contado desde la fecha de
publicación de la Bases Administrativas, así también, si los antecedentes
tienen fecha posterior a la publicación de las presentes bases, el oferente
obtendrá un punto en este criterio.
IV.
ADJUDICACIÓN
Y CONTRATO.
17.
RESOLUCION DE LA PROPUESTA.
a)
Jefe del Área de Finanzas o quien lo
subrogue, deberá firmar el “Certificado de Disponibilidad Presupuestaria”.
b)
Posteriormente, la Unidad Técnica procederá
a la elaboración de la resolución de adjudicación.
c)
Jefe Superior de la Institución mediante
resolución administrativa procederá a adjudicar o desestimar la propuesta de
acuerdo con lo propuesto por la Comisión de apertura y evaluación. Así
como también, tendrá la facultad de dejar sin efecto todo el proceso, cuando
existan errores, vacíos o incongruencias en las bases administrativas.
d)
En el caso que la
Directora del establecimiento decida acogerse a la excepcionalidad contenida en
el artículo 35° quáter de la ley N° 21.634/11-12-2023, deberá emitir resolución
fundada en los términos del artículo respectivo, justificando su decisión y
detallando procedimientos internos de aplicación si así procede.
e)
Tramitada la resolución de adjudicación, se
subirán al Portal los siguientes documentos:
·
Informe de Apertura y Evaluación.
·
Certificado de Disponibilidad
Presupuestaria.
· Resolución
de Adjudicación.
· Contrato.
· Declaración
jurada de conflictos de interés de los miembros de la comisión evaluadora.
f)
La adjudicación será publicada en el portal
Mercado Público, entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los
oferentes, transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al
artículo N°9 del Reglamento de la Ley N°19.886.
g)
Una vez notificado, el oferente adjudicado
deberá hacer llegar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y la
documentación exigida en el punto 23 de las bases, esto, a más a tardar en el
plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere notificado de
la Adjudicación.
h)
Recibida la documentación anteriormente
señalada, se remitirán los antecedentes al encargado de contrato para la
redacción del respectivo “contrato” y “resolución aprobatoria del mismo”.
i)
El hospital se reserva el derecho de
declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas
no resulten convenientes a sus intereses. Para declarar desierta la licitación,
se requerirá Resolución fundada que así lo disponga y será publicada en www.mercadopublico.cl.
j)
Una vez que entre en vigencia los
servicios, la validación y solicitud de documento de cobro de las prestaciones
efectivamente ejecutadas, será de responsabilidad del Área de Gestión
Documental.
18.
MODIFICACION DE LA FECHA DE ADJUDICACION
El Hospital
Las Higueras podrá aplazar hasta en 10 días corridos la fecha de adjudicación señalada
en el Portal en los siguientes casos:
· Cuando no fuere posible reunir a la Comisión en el periodo de evaluación
establecido en las presentes Bases Administrativas.
· Cuando se presenten más de 5 ofertas y en consecuencia se requiera de más
tiempo para el estudio de estas.
· Cuando se soliciten aclaraciones, a través de la opción “Aclaraciones Ofertas” del Portal Mercado
Público.
· Cuando la comisión reunida, requiera ver situaciones discrepantes no claras
al momento de la evaluación, requiriendo postergar resolver el proceso administrativo
o técnico.
Todo lo anterior será debidamente informado en el portal, a todos los oferentes,
mediante tramitación del acto administrativo que dé cuenta de la postergación de
la fecha de adjudicación.
19.
MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACION.
Se deja
constancia que, ante consultas sobre el proceso de adjudicación, éstas podrán efectuarse
a través del Sistema de Información, identificando el ID de licitación, dentro de
un plazo de 48 horas, desde que haya sido adjudicada la licitación, las cuales serán
respondidas dentro de 5 días hábiles. Vencido el plazo para consultas indicado anteriormente,
no se dará lugar a las respuestas.
En el
caso que se formulen consultas, sus respuestas serán publicadas en la plataforma
del Portal Mercado Público.
20.
READJUDICACIÓN
El
Hospital podrá readjudicar la licitación en los siguientes casos:
· Si
el adjudicatario desiste de su oferta.
· Si
no presenta garantía Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de 15 días
corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación.
· Cuando
el adjudicatario no haga entrega de la documentación exigida en el punto 23 de
las bases administrativas, dentro de 15 días corridos, contados desde la fecha
de notificación de la Resolución de Adjudicación.
· Si
no concurre a la firma del contrato dentro de los 30 días corridos,
contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación a través del
portal mercado público.
En
caso de que no sea posible la
readjudicación por no contar con una segunda oferta evaluada, u otra
causa, se procederá a dejar sin efecto la resolución de adjudicación y se
levantará un nuevo llamado licitatorio.
21.
RETROTRAER EL PROCESO
El hospital
podrá retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso
de evaluación de la propuesta y/o se detectaren errores, vicios u omisiones en la
propuesta adjudicada.
Procedimiento
Se notificará
a los interesados que hubieren participado en el procedimiento la interposición
de los recursos, mediante la publicación en la Plataforma de Mercado Público, resolución
fundada dejando sin efecto la adjudicación, los cuales de acuerdo con el principio
de impugnabilidad previsto en los artículos 9° de la Ley N°18.575 y 15° inciso primero
de la Ley N°19.880, podrán reclamar de esa determinación por la vía administrativa
mediante los recursos regulados en el último
texto legal, teniendo un plazo de cinco días
para que aleguen cuanto consideren procedente en defensa de sus intereses.
Ya retrotraído
el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de
evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación.
En caso
de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones
se revocará la propuesta, con resolución fundada, se revisará el requerimiento y
se levantará un nuevo llamado licitatorio.
22.
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Con
el fin de garantizar el fiel cumplimiento del contrato el Hospital Las Higueras
exigirá la entrega de una garantía con los términos señalados en el
siguiente recuadro.
La
referida garantía, deberá ser recepcionada por el hospital, dentro de
15 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la Resolución
de Adjudicación.
Deberán entregarse en sobre cerrado y caratulado con el ID, nombre del oferente
adjudicado y nombre de la propuesta a que se refiere en la Oficina de Partes
del Hospital Las Higueras ubicada en el primer piso del edificio
administrativo, en Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano. Su
horario de atención, en días hábiles, de lunes a viernes de 08:30 a 15:00
horas, horario continuado.
La
no presentación oportuna de esta garantía facultará al Hospital para
readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado.
|
Tipo
de documento
|
Con el fin
de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el Hospital Las
Higueras exigirá la entrega de cualquier documento que asegure el pago de la
garantía de manera rápida y efectiva, tomada a nombre del Hospital Las
Higueras y que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 121 del
Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de Hacienda (pagadera a la vista y de
carácter irrevocable). En los casos en que se otorgue la garantía de manera
electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley N°19.799 sobre
Documentos Electrónicos, Firmas Electrónica y Servicios de Certificación de
dicha firma.
|
|
Solución
de Conflictos
|
La
Garantía contratada no podrá contener cláusulas de arbitraje para la
resolución de conflictos entre las partes y la entidad aseguradora.
|
|
Beneficiario
|
Hospital
Las Higueras.
|
|
Rut
del Beneficiario
|
61.607.202-1
|
|
Pagadera
|
A
la vista y de carácter irrevocable.
|
|
Vigencia
|
Tendrá
una vigencia de a lo menos 120 días corridos desde el término del respectivo
contrato.
|
|
Tipo
de moneda
|
Pesos
Chilenos/UF (Unidad de Fomento), la que debe consignar su equivalencia en
pesos chilenos, al valor del día en que sea tomada dicha garantía.
|
|
Monto
|
Será
por el 5% del monto neto adjudicado.
|
|
Glosa
|
Para
garantizar fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta “Contratación de Servicios para Realizar Intervenciones Quirúrgicas
Traumatológicas de Infiltración Facetaria Columna y Radicular y HNP Lumbar”.
|
|
Devolución
|
Cumplido íntegramente el contrato y el plazo de vigencia de la
garantía, a satisfacción del Hospital, la garantía será devuelta al
adjudicado vía correo certificado al domicilio indicado por éste en los
antecedentes de la propuesta, sin perjuicio de devolverla directamente en el
caso de que lo solicite.
En
el caso de renovación o modificación del contrato la garantía deberá ser
reemplazada por otra de acuerdo con nuevo monto y su vigencia deberá
extenderse al nuevo plazo contractual más los 120 días exigidos.
|
Con
cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrán hacer efectivas,
en su caso, las multas y sanciones que se establecen en las presentes Bases
Administrativas, garantía que asegurará, además el cumplimiento de las
obligaciones laborales y sociales del oferente adjudicado para con sus
trabajadores.
Todo
lo anterior se hará efectivo ipso facto de pleno derecho y sin necesidad de
declaración judicial alguna, en caso de ocurrencia de algunos de los hechos
señalados anteriormente.
En
el evento de haberse hecho efectivas las multas que no dan lugar al término
anticipado del convenio, según punto 29 “sanciones y multas”, el contratado
deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato dentro de 15 días corridos, a contar de la notificación de la
resolución que aplica la multa, en portal Mercado Público. En dicho contexto,
en el caso de sustituirse la garantía referida precedentemente, el monto de la
nueva caución corresponderá al 5% del saldo insoluto del contrato a la época en
que se efectúe el reemplazo, como lo exige el inciso cuarto del artículo 121
del Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
23.
CONTRATO
Se celebrará un contrato de Servicios para Realizar
Intervenciones Quirúrgicas Traumatológicas de Infiltración Facetaria Columna y
Radicular y HNP Lumbar, el que se formalizará dentro de un plazo de 30
días corridos, a contar de la fecha de notificación de la Resolución de
Adjudicación al oferente adjudicado. El contrato entrará en vigencia una vez formalizado,
salvo alguna disposición especial indicada en el mismo contrato.
En caso de que la Orden de Compra no haya
sido aceptada, la entidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose
definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha
solicitud.
Una vez adjudicada la licitación, el
adjudicatario deberá hacer llegar, en un plazo no superior a 15 días corridos,
contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación a
través del Portal Mercado Público, la correspondiente garantía de fiel y
oportuno cumplimiento de contrato, por el 5% del valor neto adjudicado, la cual
deberá tener un vencimiento mínimo superior a 120 días, a la fecha de término
del contrato. Dentro del mismo plazo el oferente deberá hacer llegar la
documentación exigida para la redacción del contrato de la compra de servicios.
Recibida la garantía y la documentación
requerida, que más adelante se detalla, se procederá a la redacción del
contrato de la compra de servicios. Su contenido deberá ajustarse a lo
establecido en el artículo 118 del Decreto N°661 del 2024, del Ministerio de
Hacienda. Dicho contrato deberá firmarse dentro del plazo de 30 días, contado
desde la notificación vía portal mercado público de la Resolución de
Adjudicación al oferente.
Los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación pública y del respectivo contrato de compra de servicios,
serán intransferibles.
Para todos los efectos de esta licitación,
el adjudicatario fijará su domicilio en la comuna de Talcahuano.
El adjudicatario debe presentar a más a tardar
en el plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que fuere
notificado de la Resolución de Adjudicación, la siguiente documentación para la
redacción del contrato:
PERSONA NATURAL:
·
Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores.
En el evento que el adjudicado
se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de
remuneraciones, o no acompañe los certificados respectivos, no podrá contratar
con el estado mientras no subsane el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6°
de la ley N°21.722 del 2024, sobre presupuesto del año 2025.
· Declaración
Jurada de Inhabilidad para contratar con el Estado.
· Declaración
Jurada simple que indique no encontrarse afectos a la prohibición de contratar
con los órganos del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del decreto
ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
· Declaración
Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el
Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35
quáter.
· Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el
artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
· Datos para Transferencia
bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del 2024, sobre
presupuesto del año 2025.
PERSONA JURÍDICA.
·
Fotocopia legalizada Rut de la Empresa.
·
Fotocopia legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
·
Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
·
Copia autorizada de la escritura social.
·
Certificado de Vigencia, modificación y poderes de la Sociedad de una
antigüedad no superior a 30 días en relación a la fecha de presentación de sus
ofertas.
·
Copia de inscripción del extracto en el registro de comercio.
·
Formulario F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o
Formulario F30 certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores.
En el evento que el adjudicado se encuentre incorporado en algún
registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los
certificados respectivos, no podrá contratar con el estado mientras no subsane
el incumplimiento que lo afecte, conforme al artículo 6° de la ley N°21.722
del 2024, sobre presupuesto del año 2025.
· Declaración
Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
· Declaración
jurada simple que indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar
con los órganos de la Administración del Estado prevista en la letra d) del
artículo 26 del decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
· Declaración
Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el
Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35
quáter.
· Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el
artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
· Datos para Transferencia
bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del 2024, sobre
presupuesto del año 2025.
PERSONA JURÍDICA CONSTITUIDA EN
SISTEMA SIMPLIFICADO LEY N°20.659:
· Fotocopia
Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal.
· Certificado
de Estatuto Actualizado, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
· Fotocopia
de Iniciación de Actividades en SII.
· Certificado
de Vigencia, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
· Certificado
de Anotaciones, emitido por Registro de Empresas y Sociedades.
· Formulario
F30-1 certificado de cumplimiento laboral y previsional o Formulario F30
certificado de Antecedentes laborales y previsionales respecto de sus
trabajadores.
· Declaración
Jurada simple que indique no tener Inhabilidad para contratar con el Estado, de
acuerdo con el artículo 8 y 10 de la Ley N°20.393, Establece la Responsabilidad
Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, sustituidos por
el artículo 50 de la Ley N°21.595.
· Declaración jurada simple que
indique No encontrarse afectos a la prohibición de contratar con los órganos de
la Administración del Estado prevista en la letra d) del artículo 26 del
decreto ley N°211, de 1973 (aplica oficio N°1.622, de 2019).
· Declaración
Jurada de Inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el
Capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificatoria 21.634, artículo N°35
quáter.
· Declaración jurada de inhabilidades de contratación previstas en el
artículo 4°, inciso sexto, de la ley N°19.886
· Datos para Transferencia
bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del 2024, sobre
presupuesto del año 2025.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES
(UTP):
· Escritura
pública donde conste la Unión Temporal.
· Los
demás antecedentes requeridos precedentemente respecto de cada uno de los
proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su
naturaleza.
· Datos para Transferencia
bancaria de conformidad al artículo 8 de la ley N°21.722 del 2024, sobre
presupuesto del año 2025.
Lo
anterior, salvo si los antecedentes exigidos se encuentren acreditados en Chile
proveedores.
Una
vez recepcionado conforme estos documentos, se emitirá la orden de compra
global.
24.
DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD
El adjudicado
deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo
de la prestación de los servicios, ya sean aquellos proporcionados por el hospital
y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos. De esta manera, bajo ninguna circunstancia
el adjudicado podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar,
vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar,
dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea tanto durante
la vigencia del contrato como después de su término, salvo autorización expresa
del Hospital, otorgada a través de su Director.
Esta
prohibición afecta al adjudicado y a su personal, y su responsabilidad será solidaria,
incluso después del término de contrato. El adjudicado sólo podrá copiar o reproducir
la información que sea necesaria para dar cumplimiento a los servicios contratados.
En caso
de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el Hospital pondrá término anticipado
al contrato de prestación de servicios celebrado con el contratado, pasando a constituir
dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato, conforme a lo dispuesto
en las Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar las acciones legales correspondientes.
25.
PRE FACTURACIÓN
Se tomará como prefacturación
el Anexo 2, formato adjunto a las presentes bases
administrativas, indicando, a lo menos: Fecha de la prestación, Código y
nombre de la intervención, hora de inicio y término de la intervención
quirúrgica, Nombre y Rut del paciente, datos del equipo médico y no médico
que participa en la intervención. Considerando que estas prestaciones no son
pagadas por hora, su control de inicio y término se realizará a través
del sistema informático de registro de control de pabellón vigente al momento
de realizar la prestación.
Para cumplir con los tiempos de revisión señalados
en el procedimiento administrativo interno y pago oportuno, el
adjudicado deberá entregar la pre factura (anexo 2) con el detalle de las Intervenciones
Quirúrgicas Traumatológicas de Infiltración Facetaria Columna y Radicular y HNP
Lumbar ejecutadas, de preferencia, el primer día hábil del mes siguiente de
realizado los servicios.
Serán obligaciones del adjudicado y de las
distintas unidades las siguientes:
· SERVICIO CLINICO DE TRAUMATOLOGÍA
Este
servicio tiene la obligación de revisar lista de espera y establecer los
pacientes que serán intervenidos.
Ø El Jefe del Servicio de Traumatología en conjunto el estamento de
enfermería del policlínico de Traumatología, es responsable de:
o Hacer seguimiento de las prestaciones agendadas, con el fin de confirmar
la ejecución de la prestación en el paciente agendado y poder bajar de lista de
espera dicho paciente.
o Que sea el tipo de intervenciones contratadas, bajo la modalidad de
compras de servicios.
o De existir alguna irregularidad en los puntos antes mencionados, deberá
informar al Área de Abastecimiento, para la aplicación de sanción y/o multas,
de acuerdo con lo establecido en las bases.
Ø Será responsabilidad del médico jefe del Servicio de Traumatología
verificar, en caso de que el prestador sea funcionario del establecimiento y la
cirugía se inicie fuera del horario institucional prolongándose dentro del
horario funcionario, que el prestador cumpla con la respectiva devolución de
horas.
· EL ADJUDICADO
Ø El prestador deberá ACEPTAR la orden de compra global dentro de
24 horas siguientes a la notificación de ésta a través del portal
www.mercadopublico.cl En caso contrario, se entenderá aceptada si no es
rechazada dentro del mismo plazo señalado anteriormente.
ü De preferencia, el primer día hábil siguiente del mes en que se
ejecutaron las prestaciones, deberá entregar en la secretaría del C.C. Pabellón
Anestesia y Post Operados de Hospital Las Higueras, la prefactura “firmada” con
el detalle de todas las intervenciones quirúrgicas Traumatológicas de Infiltración
Facetaria Columna y Radicular y HNP Lumbar, ejecutadas en el mes a cobrar,
según anexo 2. También deberá adjuntar algún documento
que acredite pago de los prestadores que realizaron los turnos en base al
último pago que el hospital realizó al adjudicado con cargo a esta licitación, siempre
y cuando al momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación.
Esto, como comprobante de pago de los servicios realizado por cada uno de sus
prestadores.
Ø Será de responsabilidad del adjudicado llevar el control de los
servicios prestados, en el sentido de no superar el presupuesto adjudicado.
Documento
de Cobro.
Una
vez que los servicios sean validados y cumpla con todos los procesos
administrativos necesarios para dar curso al pago, deberá emitir documento de
cobro, al cual deberá adjuntar todos los antecedentes solicitados por el área
de Gestión Documental.
El
adjudicado deberá adjuntar, además, algún documento que acredite pago de los
prestadores que realizaron los turnos en base al último pago que el hospital
realizó al adjudicado con cargo a esta licitación, siempre y cuando al momento
de la rendición existan pagos asociados a esta licitación. Esto, como
comprobante de pago de los servicios realizado por cada uno de sus prestadores.
El
contratado (a) o sus prestadores de servicio deberán cotizar conforme a la Ley
N°21.133, no obstante, a ello, mantendrán voluntariamente su cotización para
efectos de salud, por el monto total de sus rentas. Además, los contratados
eximidos, de conformidad a la misma ley, deberán contar con seguro de
accidentes laborales y enfermedades profesionales.
El
contratado (a) o sus prestadores de servicio deberán cotizar conforme a la Ley
N°21.133, no obstante, a ello, mantendrán voluntariamente su cotización para
efectos de salud, por el monto total de sus rentas. Además, los contratados
eximidos, de conformidad a la misma ley, deberán contar con seguro de
accidentes laborales y enfermedades profesionales.
·
C.C. PABELLÓN ANESTESIA Y POST OPERADOS.
Será
responsabilidad de la jefe del C.C. Pabellón Anestesia y Post Operados, o quien
le subrogue, reemplace o designe llevar el control de las intervenciones
realizadas por el adjudicado en los pabellones del hospital y “resguardar”
las medidas de verificación de estas prestaciones, el cumplimiento de sus
obligaciones y funciones durante las intervenciones quirúrgicas ejecutadas en
el pabellón.
Una
vez recibida la pre factura (anexo 2) con el detalle de las intervenciones
quirúrgicas ejecutadas, deberá cotejar:
Ø Que la prefactura coincida con las cirugías efectivamente ejecutadas en
el C.C. Pabellón del hospital.
Ø Que Anexo
2 contenga en
sus celdas, la información requerida.
Ø Otorgar visto bueno en el Anexo 2 para acreditar la veracidad de la
información.
Ø En los casos de existir reparos, deberá subsanar directamente con el
adjudicado.
Ø Una vez validadas las intervenciones, remitirá los antecedentes al Área
de Gestión Documental, mediante documento conductor, en el cual deberá señalar
al menos, la siguiente información:
§ Mes en que se ejecutaron las cirugías.
§ Número de ID de licitación.
§ Certificar el cumplimiento de las cirugías ejecutadas en el mes.
§ Adjuntar pre-factura según Anexo 2, con el detalle de las cirugías ejecutadas.
· ÁREA DE GESTIÓN DOCUMENTAL.
Con
la documentación validada por el C.C. Pabellón Anestesia y Post Operados, será
responsable de cotejar:
Ø Revisar y controlar que las prestaciones señaladas en el anexo 2 sean
coincidente con las ingresadas en el Sistema informático de registro de control
de pabellón vigente al momento de realizar la prestación.
Ø Revisar que las intervenciones quirúrgicas se hayan prestado en el horario
indicado en el punto N°28 de las presentes bases.
Ø Cuando la prestación sea realizada a un paciente Isapre, Capredena,
Dipreca u otra previsión que no sea Fonasa o Prais, se cargará la prestación a
esta licitación, debiendo esta área informar a la Unidad de Recaudación al
correo electrónico de esa Unidad, que será indicado en la resolución de
adjudicación, para su revisión correspondiente.
Ø Verificar que el equipo quirúrgico que realiza la intervención sean los
informados por el adjudicado a través de Formulario N°4 o se hayan incorporado previamente a través
de solicitud de incorporación, según lo indicado en el punto N°4.
Ø Verificar, que durante las intervenciones
quirúrgicas en las cuales participase el prestador, este no se encontrase
realizando turnos originado por la contratación de otra compra de servicio de
este establecimiento. De evidenciarse esta situación, deberá ser informado
por la Jefe de Área de Gestión Documental, y no se procederá al pago de
la prestación indicada, conforme a lo establecido al punto 29 de las
presentes bases.
Ø Identificar al profesional involucrado en
la compra de servicios y revisar que haya prestado sus servicios;
además, velar porque el profesional que realiza la prestación, no se
encuentre inhabilitado por alguna de las causales de inhabilidad prevista
en el artículo 56° de la Ley N°19.653, o por alguna de las causales
contempladas en la normativa, que lo imposibilite para contratar con la
administración del Estado, sea a honorarios a Suma Alzada y/o por Compras de
Servicios, esto, en relación al incumplimiento al programa de formación y del
periodo asistencial obligatorio (PAO); y/o si es Jefe de Servicio del
establecimiento; o, aun cuando no sea jefe de servicio, si en la medida que los
obliga a no desempeñar otra función remunerada; o por alguna inhabilidad
contemplada en el capítulo VII de la ley 19.886 y su ley modificada 21.634,
articulo N°35 quáter, esto, durante toda la vigencia del contrato, incluyendo
la apertura y evaluación de la propuesta, a menos que exista alguna
circunstancia excepcional, respaldado por un Informe fundado que autorice
su participación bajo la modalidad de compra de servicios.
Ø En caso de que el staff de
prestadores adjudicado cuente con prestadores que mantuviesen contrato
vigente con el hospital y la intervención de quirúrgica, sea ejecutada fuera del horario institucional
pero dentro de la jornada laboral del médico funcionario del hospital, controlar la devolución de
hora de los prestadores bajo esta condición, pagando la prestación siguiendo el procedimiento que se indica en el punto 4 de
las presentes bases que dice “PROCEDIMIENTO
DE PAGO Y DEVOLUCIÓN DE HORAS”.
ü Lo anterior, es aplicable solo
para aquellos prestadores del staff que mantuviesen un contrato vigente con el
hospital y tengan topes de horarios en su participación, por lo que no invalida
el pago a aquellos prestadores que no son funcionarios del establecimiento.
Ø De existir reparos
subsanables, deberá comunicarse
directamente con el adjudicado o con entidades validadoras de Hospital Las
Higueras, según corresponda.
Ø Cuando El anexo 2, previamente firmado por Adjudicado y
Supervisor del Contrato, presente errores de tipeo en alguna de las
columnas, Gestión Documental como ultimo validador corregirá en conjunto
con C.C. Pabellón y enviará vía correo electrónico al Adjudicado y Supervisor
del Contrato nómina final previamente corregida, para su conocimiento y visto
bueno; de igual forma, podrá también informar de alguna prestación indicada en
el anexo, que no haya pasado el proceso de validación. Por lo anterior, el
Supervisor del Contrato y el Adjudicado, por la misma vía, deberá otorgar su
visto bueno a la nómina final, que servirá de respaldo para pasar expediente a
contabilidad para su pago.
Ø En caso de que no existan reparos, procederá a realizar el cálculo de
las prestaciones a pagar, de acuerdo con la cantidad de turnos validados y el
valor hora adjudicado, adjuntará la orden de compra del portal mercado público
y solicitará al adjudicado el respectivo documento de cobro, el cual deberá
adjuntar algún documento que acredite el pago a los prestadores que realizaron
los turnos, anteriores al mes de la prestación que se está cobrando, siempre y
cuando al momento de la rendición existan pagos asociados a esta licitación.
Esto, como comprobante de pago de los servicios realizados por cada uno de
ellos, Formulario
F30 Certificado de antecedentes laborales y previsionales o Formulario F30-1
Certificado de cumplimiento laboral y previsional y
Certificado de afiliación a Seguro Social Obligatorio Contra Riesgos de
Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, según lo establece la ley
N°16.744, esto, correspondiente al período anterior a aquél que se solicita el
cobro. No presentarlos, facultará al Área de Gestión Documental, rechazar
la recepción del documento de cobro, hasta el cumplimiento de dichos documentos.
Lo
anterior, no se solicitará en caso de que el adjudicado entregue dentro de sus
documentos requeridos para contratar, una Declaración Simple expresando no
contar con trabajadores contratados por el código del Trabajo.
Ø Cuando durante el procedimiento quirúrgico, se realice una intervención
quirúrgica adicional; distinta a la que se estipule en las presentes bases, se
deberá realizar el pago, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Exenta
N°50/2009, que establece normas técnico administrativas para la aplicación del
arancel del régimen de prestaciones de salud del libro II del DFL N°1 de 2005,
del Ministerio de salud, en modalidad de atención Institucional.
No se pagará la
prestación:
ü Cuando se compruebe que el prestador que participó de las
intervenciones quirúrgicas participó simultáneamente en la realización de
turnos a través de compras de servicios, Esta disposición aplica únicamente a
las intervenciones quirúrgicas que coincidan en horario con la realización de
turnos mediante compras de servicios.
ü Cuando el profesional que
participa en la prestación con cargo a esta licitación no figura en Formulario N°4
y/o, antes de realizar la prestación, no solicite al Supervisor del Contrato la
autorización de su incorporación, esto, a través de la solicitud de incorporación
adjunto en las presentes bases.
Con
el documento de cobro correctamente emitido y la documentación de respaldo, se
procederá a realizar la recepción conforme en Sistema ABEX, para el posterior
envío del expediente a la Unidad de Contabilidad.
La
Unidad de Insumos No Clínicos, realizará la recepción conforme a través de la
plataforma de mercado público.
· CONTABILIDAD.
Al
momento de recibir el expediente, deberá:
Ø Revisar
que la boleta o factura, adjunte la nómina de los “turnos” ejecutados y sus
respectivas validaciones; orden de compra de Portal Mercado Público y Recepción
en sistema ABEX.
Ø En
los casos de revelar algún error en el expediente, deberá regularizar con la
unidad correspondiente.
Ø Revisar
que las prestaciones coincidan con el valor adjudicado (orden de compra versus
facturación y nómina de respaldo).
Ø Además,
deberá revisar que se adjunte a documento de cobro:
Documentación
de antecedentes laborales y previsionales y certificado de afiliación a Seguro
Social Obligatorio Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, a menos que certifique a través de una Declaración Simple no
contar con trabajadores contratados por el código
del Trabajo, cuando corresponda.
Documento
que acredite el pago a los prestadores que realizaron los turnos, anteriores al
mes de la prestación que se está cobrando, siempre y cuando al momento de la
rendición existan pagos asociados a esta licitación. Esto, como comprobante de
pago de los servicios realizados por cada uno de ellos.
Para
el caso de prestaciones que no se hayan cobrado oportunamente o que subsanaron
observación, se debe seguir el mismo procedimiento indicado anteriormente.
Este procedimiento administrativo interno, podrá ser modificado, de
acuerdo con las necesidades y contingencias del establecimiento, lo cual, se
formalizará a través de resolución exenta que lo apruebe.
27.
FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO:
Deberá emitir la factura, a nombre del Hospital Las Higueras, RUT 61.607.202-1,
Dirección: Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras, Talcahuano, indicando claramente
en su glosa lo siguiente:
·
N°de la orden de compra.
·
Detalle y período del servicio otorgado
Ø Todo Documento Tributario Electrónico emitido, debe hacer referencia a la
orden de compra asociada y generada en mercado público, en el campo 801 destinada
para ello.
Ø El Documento Tributario Electrónico – DTE debe ser enviado en un plazo no
mayor a 48 horas a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
Ø Las facturas deben tener como forma de pago “crédito”
No cumplir
con lo anterior, se procederá al rechazo del documento, a través de la plataforma
del Servicio de Impuestos Internos.
Pago:
El pago
se realizará por transferencia electrónica, por mes
vencido, dentro de 30 días corridos, contados desde la fecha en que el documento
de pago es aceptado, de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Presupuesto N°21.722 de 2024 para el sector público
correspondiente al año 2025, Partida
16 del Ministerio de Salud Glosa 02 letra e) “Las obligaciones devengadas de
cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30
días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.
De acuerdo
con instructivo del Ministerio de Hacienda, los pagos serán realizados por la Tesorería
General de la República.
Los proveedores,
podrán consultar sus pagos en la página del banco estado, para lo cual deben realizar
lo siguiente:
1. Entrar al sitio
http://www.servibanca.cl/PMASI_CltProve/Clt_Login.aspx?idCon=9290&ce=7202
2. Ingresar con los últimos 4 dígitos del RUT
sin el dígito verificador.
3. Para consultas o inconvenientes deben dirigirse
a: soportei@bancoestado.cl.
Aquellos proveedores que no tengan registrados sus datos
para transferencia en nuestra base de datos lo pueden realizar enviando un correo
electrónico a cheryl.moreno@redsalud.gob.cl
28.
DEL LUGAR Y HORARIO EN QUE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS.
Los servicios serán
prestados fuera del horario institucional, en los pabellones quirúrgicos del
Hospital Las Higueras, ubicado en el cuarto piso de la segunda etapa del
hospital, en Avenida Alto Horno N°777 Las Higueras Talcahuano, en el siguiente
horario:
· Viernes
de 16:01, hasta el término de los procedimientos contratados (finalizado todo
el proceso que ello conlleva.
Excepcionalmente, se podrá fijar la
prestación en días y horarios diferentes como: lunes, martes miércoles y jueves
a contar de las 17:01 y hasta el término de los procedimientos contratados, y
sábados o domingos entre las 08:00 y las 14:00 hrs. Esto se realizará previo
acuerdo y coordinación entre las partes, y se reservará para aquellos casos en
que no se hayan podido efectuar dentro de los horarios establecidos (feriados,
suspensión, etc.) y que por incumplimiento de metas sea imperativo tenerlos
operados, siempre que exista la disponibilidad necesaria de pabellón, de camas
y de cajas de instrumental.
Cualquier modificación horaria, podrá
realizarse, previo acuerdo de las partes y autorización del Subdirector de
Gestión Clínica, o quien le subrogue o reemplace. Para formalizar la
autorización antes descrita, el Subdirector Gestión Clínica con su visto bueno,
deberá remitir la autorización al Área de Abastecimiento, para la redacción de
la resolución exenta que lo aprueba.
29.
SANCIONES/ MULTAS.
En caso de que el adjudicado
no de cumplimiento al contrato de prestación de servicios respectivo o, si lo cumple
en forma deficiente o tardía (en lo que dice relación con la prestación ininterrumpida
de los servicios) el Hospital Las Higueras de Talcahuano cobrará una multa. Consecuentemente,
la multa corresponderá a la sanción que se aplica por incumplimiento del contrato
de prestación de servicios, que no constituya causal de término de este, lo que
se determinará de acuerdo con la gravedad de la infracción.
Según lo dispuesto en las Bases Administrativas y detalles
entregados en su oferta, el Hospital Las Higueras cobrará una multa, en U.F.,
equivalente en pesos del día que se originó la infracción, esto, en los siguientes
casos:
·
Multa de 2 U.F cuando alguno de los
prestadores no se presente para realizar los servicios contratados, sin previa
notificación. Dicho incumplimiento deberá ser informado
por el Jefe del Servicio de Traumatología o la Jefe del C.C. Pabellón Anestesia
y Post Operados, o quienes le subroguen o reemplacen.
·
Multa de 2 U.F., cuando alguno de los prestadores presentado por el adjudicado es
funcionario del establecimiento y no realice la devolución de tiempo,
dentro del plazo establecido en el procedimiento indicado en el punto 4 de las
bases. Dicho incumplimiento deberá ser informado por la jefe del Área de
Gestión Documental, o quien le subrogue o reemplace.
·
Multa de 2 U.F cuando el prestador no cumpla
con las actividades contratadas o no respete normas del establecimiento. Dicho incumplimiento deberá ser informado por el
Jefe del Servicio de Traumatología o la Jefe del C.C. Pabellón Anestesia y Post
Operados, o quienes le subroguen o reemplacen
En todo caso, el tope máximo de multas aplicadas, no
podrá exceder el 30% del valor del contrato, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 136 del decreto 661/2024.
No se pagará la
prestación:
·
Cuando el prestador que ejecuta
el servicio no figura en el Formulario N°4 original y tampoco se haya
solicitado previamente la autorización al supervisor del contrato de la
incorporación de un nuevo integrante. Dicho incumplimiento deberá ser
informado por la Jefe de Área de Gestión Documental, o quien le
subrogue o reemplace.
·
Cuando se compruebe que el prestador que
participó de las intervenciones quirúrgicas participó simultáneamente en
la realización de turnos a través de compras de servicios, Esta
disposición aplica únicamente a las intervenciones quirúrgicas que coincidan en
horario con la realización de turnos mediante compras de servicios. Dicho
incumplimiento deberá ser informado por la Jefe de Área Gestión Documental, o
quien le subrogue o reemplace.
PROCEDIMIENTO PARA APLICAR MULTAS.
El
Jefe del Servicio de Traumatología o la Jefe del C.C. Pabellón Anestesia y Post
Operados, o quienes le subroguen o reemplacen, deberán informar los
incumplimientos en la prestación de los servicios por parte del proveedor
adjudicado a la Jefa del Área de Abastecimiento, quien derivará a la jefatura
de la Unidad de Insumos No Clínicos, o quien le subrogue o reemplace, con el
fin de gestionar la notificación de la multa correspondiente.
En el caso de acreditarse una infracción por parte del adjudicado y que
origine la aplicación de la multa correspondiente, el Área de Abastecimiento
comunicará mediante oficio al proveedor al correo electrónico señalado en el
formulario N°1, de conformidad con lo establecido en el artículo N°140 del
Decreto 661 del Ministerio de Hacienda, quien dispondrá de 5 días hábiles para
presentar sus descargos, a contar de la notificación, mediante un escrito
indicando el ID del portal asociado a la propuesta, identificación del oferente
y asunto “descargos, remitido a la casilla electrónica claudia.maldonadof@redsalud.gob.cl.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá
aceptada la sanción interpuesta. En caso de presentarlos, éstos serán enviados
con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el contratante haya aportado,
al director del Establecimiento, o a quien ella designe, quien resolverá en un
plazo de 30 días corridos contados desde la recepción del descargo del
proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
De acogerse los
descargos presentados por el adjudicado, disponiendo la no aplicación de la
multa, el adjudicado será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio
indicado en el contrato.
En el caso de
resolver aplicar la multa, se procederá a dictar la resolución respectiva que
resolverá la aplicación de ésta y su cuantía, el que será debidamente
notificado a éste mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto,
el adjudicado podrá deducir en contra de la resolución que dispone la
aplicación de multas, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos
de la Administración del Estado.
ALTERNATIVAS PARA EL PAGO DE LA MULTA
Una vez que el proveedor sea notificado de
la aplicación de la multa, existen las siguientes alternativas para su pago:
a) Pago directo del proveedor.
Una vez que el proveedor sea notificado de
la aplicación de multa, deberá realizar el pago directo de la misma.
El proveedor, tendrá un plazo de 10 días
hábiles a contar de la notificación de parte de la Unidad de Contabilidad y
Presupuesto de Hospital Las Higueras de Talcahuano, para proceder a efectuar el
depósito a la cuenta corriente y datos indicados por el funcionario de la
Unidad de Contabilidad y Presupuesto de Hospital.
Una vez coordinado y recepcionado el
depósito de parte del proveedor, la Unidad de Contabilidad y Presupuesto
procede a resguardar la información y realizar la contabilización correspondiente.
Si dentro de 10 días hábiles desde la
notificación de la aplicación de la multa, no ha realizado el pago de la
sanción, el funcionario de la Unidad de Contabilidad y Presupuesto procederá a
realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
b) Cobro de garantía.
El cobro de la garantía se hará efectivo
cuando no se realice la opción anterior, es decir, cuando el proveedor no opte
por el pago directo, siempre y cuando la garantía se encuentre vigente.
Para confirmar la aplicación de multas a
los proveedores, el encargado de atención de proveedores de la Unidad de
Contabilidad y Presupuesto será el responsable de dar aviso mediante correo
electrónico al contacto informado por el proveedor en el Formulario N°1, sobre
el cobro realizado, dentro de un plazo de 10 días hábiles a contar de la
notificación a través de panel documental de Oficina de Partes del Hospital Las
Higueras de Talcahuano.
30.
CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES.
El adjudicado
no podrá, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos
y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública, en especial
los establecidos en el contrato de prestación de servicios definitivo. La infracción
de esta prohibición dará derecho a la Dirección del Hospital Las Higueras para poner
término anticipado al contrato, en forma inmediata, conforme a lo establecido en
el punto número 37 de las presentes Bases Administrativas. Los documentos justificativos
de los créditos, en favor del adjudicado, para el pago de los servicios contratados,
serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
31.
DE LA SUBCONTRATACIÓN
El adjudicado podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del
contrato, cuyo porcentaje no podrá superar el 30%, y siempre que el prestador se
encuentre impedido de otorgar el servicio y que se trate de prestadores de igual
idoneidad técnica del adjudicado, esto, previa autorización escrita de parte de
la Dirección del Hospital, y sin perjuicio de que la responsabilidad que se origine
por el incumplimiento en la prestación de los servicios subsistirá en el adjudicado.
Sin embargo, no podrá subcontratar prestadores sancionados con medidas disciplinarias
de suspensión o destitución, por el período en que se encuentra vigente la sanción.
Se establece, que el responsable por incumplimientos o faltas siempre será
el adjudicado.
32.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Cualquier
dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la
interpretación, aplicación y ejecución de las presentes Bases Administrativas o
Especificaciones Técnicas contenidas en ellas, o si durante la ejecución del contrato
se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, el Referente Técnico en conjunto
con el Área de Abastecimiento presentarán
los antecedentes a la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital Las Higueras, quienes
presentarán a la Directora un informe en derecho, el que será sometido a su consideración.
33.
VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato de prestación de los servicios podrá
iniciar su vigencia una vez sea formalizado, salvo alguna disposición especial
indicada en el mismo contrato, y tendrá una vigencia de 12 meses,
siempre que exista disponibilidad presupuestaria para los periodos vigentes a
la fecha de los respectivos pagos o en su defecto hasta agotar el
presupuesto adjudicado.
En el caso de que existiese presupuesto
disponible al término por plazo de la vigencia del contrato, se podrá realizar
de mutuo acuerdo con el proveedor adjudicado, la prórroga del mismo, en las
mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado
completamente.
El contrato podrá ser renovado previo
acuerdo de las partes, por un monto que en conjunto con el contrato original no
exceda las 10.000 UTM, esto, por un período igual o menor a 12 meses, por una
sola vez, en el evento de ser necesario para una adecuada marcha del
establecimiento, previa evaluación y resolución fundada de este y la existencia
de la disponibilidad presupuestaria para dicho período; en todo caso, en las
mismas condiciones en las que fue celebrado, hasta que sea agotado
completamente.
Se
establece que en lo que concierne a la renovación, dicha facultad sólo es
pertinente en la medida que concurran los elementos que se detallan en el
informe mencionado precedentemente, pero en el entendido que el nuevo proceso
licitatorio está en curso o que la ampliación resulta necesaria para la
instalación del nuevo proveedor adjudicado.
En
tal sentido, el adjudicatario deberá caucionar su fiel cumplimiento en dicho
periodo mediante una garantía otorgada en los mismos términos previstos en el
punto N°22 de las presentes bases administrativas.
Lo indicado en los puntos anteriores,
siempre y cuando exista razones fundadas por parte del Supervisor del Convenio,
mediante informe técnico enviado al Área de Abastecimiento.
34.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá
modificarse durante su vigencia, previo acuerdo entre el Hospital y el
proveedor adjudicado, en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la
correcta satisfacción de las necesidades de la institución. Lo anterior, por
motivos fundados del supervisor del contrato.
La modificación, formará
parte integrante del respectivo contrato y no podrá alterar los elementos
esenciales de la contratación, descritas en el artículo 129 del Decreto 661 del
Ministerio de Hacienda, en cualquier caso, no podrá aumentarse el monto del
contrato más allá de un 30% del valor total del respectivo contrato.
La modificación del
contrato, entrará en vigencia una vez tramitado totalmente el acto
administrativo que lo apruebe, y de corresponder, el proveedor deberá hacer
entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento, que cubra el nuevo monto
y/o periodo de ejecución.
35.
REFERENTE TECNICO.
El Jefe del Servicio de Traumatología, o
quien le subrogue o reemplace,
será responsable de:
ü Entregar las especificaciones técnicas con los requerimientos necesarios
para la elaboración de las bases administrativas, aclarando las dudas generadas
por parte del licitante, durante la preparación de éstas.
ü Una vez publicada la licitación en el portal, responder las consultas
técnicas presentadas por el o los oferentes, a través de Foro de Consulta.
ü Una vez cerrada la licitación, revisar, técnicamente, las ofertas
recibidas, en base a las especificaciones técnicas entregadas inicialmente.
ü Participar en conjunto con el Área de Abastecimiento en la solución de
controversias, de acuerdo con el punto 32 de las Bases Administrativas.
36.
SUPERVISOR DEL CONTRATO
El Jefe del
Servicio de
Traumatología, o quien le subrogue o reemplace, una vez adjudicado el
servicio, será Supervisor y responsable del cumplimiento de los requerimientos
y disposiciones indicados en las Bases Administrativas y las condiciones
ofertadas por el adjudicado. Así también, y en paralelo con Jefe de Área Gestión Documental y/o Jefa del
C.C. de Pabellón, Anestesia y Post-Operados, o quienes les subroguen o
reemplacen, responsables de reportar al Área de
Abastecimiento en el caso de incumplimientos en la prestación de los servicios
por parte del adjudicado, para la aplicación de multas o término anticipado del
contrato, según corresponda.
Como Supervisor del
Contrato, jefe
de Servicio de Traumatología, o quien le
subrogue o reemplace,
será responsable de solicitar, con a lo menos
cuatro meses de anticipación la preparación de un nuevo proceso licitatorio, de ser necesario
dar continuidad del servicio.
37.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 13 de la ley N°19.886, y el
artículo 130 del Decreto 661 del año 2024 del Ministerio de Hacienda, el
Hospital pondrá término anticipado al contrato fundado en alguna de las
siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas
por el adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave lo siguiente:
·
La aplicación al adjudicado
de 4 multas en un periodo de seis
meses.
·
El incumplimiento
de la obligación de confidencialidad establecida en el punto 24 de las
presentes Bases Administrativas.
·
Subcontratación
total.
· Subcontratación parcial, sin autorización previa de
la Directora.
· Cuando
el Prestador que realiza el servicio, esté inhabilitado por alguna de las
causales contempladas en la normativa, de no asumir cargos en la administración
del Estado; esto, durante toda la vigencia del contrato.
· En
todos aquellos casos en que el contratante supere los topes establecidos y la
multa máxima a aplicar, en alguna de las situaciones indicadas en el punto 29
Sanciones y Multas, de las presente bases.
Procede
también término anticipado del contrato, a aquel oferente adjudicado que haya
participado bajo el artículo 180 y 181 del Decreto 661
del 2024 del Ministerio de Hacienda,
según las siguientes causales:
· La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores – UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar Ia libre
competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes
pertinentes a Ia Fiscalía Nacional Económica.
· Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera
de sus miembros.
· inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en Ia medida que
la Unión Temporal de Proveedores – UTP no pueda continuar ejecutando el
contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
· Si uno de los integrantes de Ia UTP se retira de ésta, y dicho
integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de
la oferta.
· Disolución de la Unión Temporal de Proveedores – UTP.
b) En el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595,
de Delitos Económicos.
c)
En caso de que el contratado se le imponga
la pena de inhabilitación para contratar con el estado prevista en los
artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393, sustituidos por el
artículo 50 de la Ley N°21.595.
d) Estado
de notoria insolvencia del adjudicado, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes
para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de
ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f) En caso de término de giro, liquidación o disolución
de la sociedad ejecutora.
g) Si cede o transfiere en forma alguna, total o
parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la
presente licitación, y en especial, de los establecidos en el contrato
definitivo, sin autorización del hospital.
h) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
i) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
En caso de acreditarse incumplimiento del contrato de servicios, que
origine el término anticipado de contrato, el Área de Abastecimiento comunicará
mediante oficio al proveedor en el domicilio indicado en el contrato, quien
tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos, a contar de la
notificación de la carta certificada (se
entiende notificada al tercer día siguiente a su recepción en la oficina de
correos que corresponda), debiendo presentar en
Oficina de Partes del Hospital Las Higueras, ubicada en el primer piso del
edificio administrativo, en Avenida Alto Horno N°777, Las Higueras Talcahuano, un
escrito indicando el ID del portal
asociado a la propuesta, identificación del oferente y asunto “descargos”.
Transcurrido este plazo, si no presentara sus descargos, se entenderá
aceptado el término anticipado de contrato. En caso de presentarlos, éstos
serán enviados con todos los antecedentes que el Hospital disponga y/o el
contratante haya aportado, a la Directora del Establecimiento, o a quien ella
designe, quien resolverá en un plazo de 30 días corridos contados desde la
recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos.
De acoger o rechazar los descargos presentados por el contratante, éste
será debidamente notificado mediante oficio a su domicilio indicado en el
contrato.
En el caso de resolver el término anticipado del contrato, se procederá
a dictar la resolución respectiva, el que será debidamente notificado a éste
mediante su publicación en el Portal Mercado Público.
Con excepción de las causales contempladas en las letras h) e i), la
resolución que ponga término anticipado al contrato, dispondrá el cobro de la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, sin necesidad de
requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones
legales que le pudieren corresponder en contra del contratante, en el evento de
que el perjuicio originado sea mayor al valor de la garantía referida.
Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, el contratante podrá deducir
en contra de la resolución que ponga término anticipado al contrato de
servicios, los recursos contemplados en la ley 19.880 que Establece Bases de
los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
Si
el término anticipado del contrato obedece a uno de los puntos consignados en
las causales de las letras h) e i), sólo, se dictará el acto administrativo
respectivo que dispondrá el término anticipado del contrato.
38.
ASPECTOS POR CONSIDERAR EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA
a.
El valor ofertado en
comprobante de la oferta del portal mercado público debe coincidir con el total de la oferta indicado a través de formulario N°5 “Oferta
Económica”, en caso de discrepancias,
prevalecerá lo señalado en el Formulario N°5.
b.
Los precios se deberán cotizar en moneda nacional.
39.
OBLIGACIONES LEGALES DEL ADJUDICADO
El adjudicado queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del
Trabajo y a la legislación complementaria de éste, en las relaciones que mantenga
con sus trabajadores, en especial a las normas relativas a Seguridad Social y a
la normativa legal y reglamentaria que rija el funcionamiento del Hospital Higueras.
Otras
obligaciones del Adjudicado:
a. El adjudicado deberá dar cumplimiento a las obligaciones contractuales y previsionales respecto
a sus trabajadores.
b. En la valorización de los servicios se deberá considerar
los salarios, leyes sociales, seguros, implementos de seguridad, transportes materiales,
equipos y, en general, todos los gastos inherentes a las características de los
servicios a prestar.
1º.
TÉNGASE presente que los documentos singularizados en el numerando primero, esto
es, Bases Administrativas, especificaciones técnicas y Formularios, forman parte
integrante de la presente Resolución, para todos los efectos correspondientes. Los
formularios son los siguientes:
FORMULARIO N°1
IDENTIFICACION DEL
OFERENTE
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS TRAUMATOLÓGICAS DE INFILTRACIÓN
FACETARIA COLUMNA Y RADICULAR Y HNP LUMBAR”
PERSONA
JURIDICA
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (RAZON SOCIAL) :
2.- RUT. DEL OFERENTE (DE LA EMPRESA) :
3.- DIRECCION COMERCIAL :
4.- CIUDAD :
5.- FONO EMPRESA :
6.- NOMBRE COMPLETO REPR. LEGAL :
7.- DIRECCION REPR. LEGAL :
8.- FONO REPR. LEGAL :
9.- RUT. REPRESENTANTE LEGAL :
10.- CORREO ELECTRÓNICO :
____________________
Firma representante legal
Talcahuano, __________________________, 2025
PERSONA
NATURAL
1.- NOMBRE DEL OFERENTE (Nombre y apellidos) :
2.- RUT (Cédula de Identidad) :
3.- PROFESION U OFICIO :
5.- DIRECCION :
6.- FONO :
7.- CORREO ELECTRÓNICO :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, __________________________, 2025
FORMULARIO N°2
DATOS DE
CONTACTO
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REALIZAR
INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS TRAUMATOLÓGICAS DE INFILTRACIÓN FACETARIA COLUMNA Y
RADICULAR Y HNP LUMBAR”
El oferente deberá indicar en este formulario los siguientes datos de
contacto, para coordinar la prestación de los servicios licitados.
Nombre de contacto _____________________________________________
Correo electrónico _______________________________________________
N°de teléfono ___________________________________________________
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
________________________________, 2025
FORMULARIO N°3
CUMPLIMIENTO
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS TRAUMATOLÓGICAS DE INFILTRACIÓN
FACETARIA COLUMNA Y RADICULAR Y HNP LUMBAR”
El compareciente,
en su calidad de representante legal del proponente, declara bajo juramento
que:
|
Programa de integridad
|
SÍ
|
NO
|
|
Cuenta con programa de integridad y difusión a su
personal.
|
|
|
NOMBRE DE LA
EMPRESA :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE
REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano, ________________________________,
2025
FORMULARIO N°4
DATOS DEL
PRESTADOR
(equipo médico)
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE
SERVICIOS PARA REALIZAR INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS TRAUMATOLÓGICAS DE INFILTRACIÓN
FACETARIA COLUMNA Y RADICULAR Y HNP LUMBAR”
|
Nombre del prestador
|
Cédula Identidad
|
N°Registro Superintendencia de Salud
|
Profesión
|
Calidad del prestador
|
Firma del Prestador
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|
v El oferente que participe en las bases debe contar con un equipo médico
y no médico conformado, como mínimo, por los siguientes prestadores:
·
4 Médicos cirujanos con especialidad en trauma y ortopedia,
subespecialistas en cirugía de columna.
·
3 Médicos con especialidad en anestesiología.
·
3 Enfermeros
·
7 Técnicos de enfermería de nivel superior (TENS), en las calidades de:
o
1 pabellonero .
o
3 auxiliar de anestesia.
o
3 arsenaleros.
·
1 Operador de rayos equipo arco C Técnico profesional con título en el
área de la salud, además debe contar con la autorización vigente de operador
radiólogo de segunda categoría.
v Al firmar el presente formulario, los prestadores de servicios ratifican
su participación, aceptan las disposiciones de las bases administrativas y se
adhieren a las condiciones de la oferta presentada por el proveedor.
NOMBRE DEL OFERENTE :
RUT. :
DIRECCION :
NOMBRE DEL REPRESENTANTE
LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
________________________________, 2025
OFERTA ECONÓMICA
PROPUESTA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REALIZAR
INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS TRAUMATOLÓGICAS DE INFILTRACIÓN FACETARIA COLUMNA Y
RADICULAR Y HNP LUMBAR”
El oferente deberá indicar en este formulario el gasto de administración
para cada tipo de intervención quirúrgica, sin modificar los valores asignados
a cada miembro del equipo, de acuerdo a su rol. Lo anterior, sin perjuicio de
que el pago será global, de acuerdo con el monto presentado en su oferta.
|
ÍTEM 1
INTERVENCIÓN QUIRURGICA "INFILTRACIÓN FACETARIA COLUMNA Y RADICULAR
|
|
Profesión
|
Especialidad
|
Calidad
|
Valor ($)
|
|
Médico cirujano
|
Traumatólogo
|
1er. Cirujano
|
$ 295.180
|
|
Médico cirujano
|
Anestesista
|
Anestesista
|
$ 118.072
|
|
Enfermera/o
|
-
|
Enfermero/a
|
$ 65.000
|
|
TENS
|
|
Pabellonero/a
|
$ 30.000
|
|
TENS
|
-
|
Arsenalero/a
|
$ 30.000
|
|
TENS
|
-
|
Auxiliar
Anestesia
|
$ 30.000
|
|
Operador de Rayos
equipo Arco C
|
-
|
Operador de rayos equipo arco C
|
$ 30.000
|
|
Gastos de
Administración
|
$
|
|
Valor Total por Intervención ($) Ítem 1
Intervención Quirúrgica "Infiltración Facetaria Columna y Radicular
|
$
|
|
|
|
ÍTEM 2
INTERVENCION QUIRURGICA HERNIA NÚCLEO PULPOSO (HNP) LUMBAR
|
|
Profesión
|
Especialidad
|
Calidad
|
Valor ($)
|
|
Médico cirujano
|
Traumatólogo
|
1er. Cirujano
|
$ 616.616
|
|
Médico cirujano
|
Traumatólogo
|
2do. Cirujano
|
$ 154.154
|
|
Médico cirujano
|
Anestesista
|
Anestesista
|
$ 231.231
|
|
Enfermera/o
|
-
|
Enfermero/a
|
$ 80.000
|
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TENS
|
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Pabellonero/a
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$ 45.000
|
|
TENS
|
-
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Arsenalero/a
|
$ 45.000
|
|
TENS
|
-
|
Auxiliar
Anestesia
|
$ 45.000
|
|
Operador de Rayos
equipo Arco C
|
-
|
Operador de rayos equipo arco C
|
$ 45.000
|
|
Gastos de
Administración
|
$
|
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Valor Total por Intervención ($) Ítem 2
Intervención Quirúrgica Hernia Núcleo Pulposo (HNP) Lumbar
|
$
|
|
|
|
|
|
Valores totales:
|
Ítem
|
Código Abex
|
Requerimiento
|
Cantidad de Intervenciones
quirúrgicas referenciales
|
Valor total por intervención
($)
|
Valor total ofertado
(Cantidad de intervenciones
referenciales x valor total por intervención ($)
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1
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104-0844
|
Intervención Quirúrgica “Infiltración Facetaria Columna
y Radicular” – Código Fonasa 1103048
|
240
|
$
|
$
|
|
2
|
104-0845
|
Intervención Quirúrgica Hernia Núcleo Pulposo (HNP)
Lumbar – Código Fonasa 1103049.
|
36
|
$
|
$
|
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VALOR TOTAL NETO OFERTADO
(Suma de ambos ítems)
|
|
Observaciones:
Ø Valor es exento de I.V.A.
Ø El oferente no puede alterar el valor a pagar al equipo de
prestadores.
Ø El oferente debe indicar el gasto de administración en cada ítem.
Ø En la ficha de la página del portal Mercado Público el oferente
deberá indicar el Valor Total Neto Ofertado (Suma de ambos ítems) señalado a
través del formulario N°6.
Ø El oferente que no presente el
Formulario “Oferta Económica”, o no complete o presentación incompleta, a más tardar al cierre de la
presentación de las ofertas, esto es, el día décimo primero contado desde la fecha de publicación de las Bases Administrativas en
el Portal Mercado Público, su oferta será declarada “Inadmisible”.
NOMBRE
DEL OFERENTE :
RUT.
:
DIRECCION :
NOMBRE
DEL REPRESENTANTE LEGAL :
___________________
Firma del Oferente
Talcahuano,
________________________________, 2025
Anexo 1:
SOLICITUD
DE AUTORIZACIÓN DE INCORPORACIÓN
PARA
REEMPLAZO DE STAFF ADJUDICADO
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Fecha de emisión
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Nombre de Representante o Apoderado de UTP
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|
Nombre del adjudicado (Natural o Jurídica)
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|
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Rut del adjudicado (Natural o Jurídica)
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Solicita
a través de este medio, autorización para agregar al (los) siguiente (es)
prestador (es) al staff informado en nuestra oferta adjunta a licitación ID
__________________________:
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Nombre del profesional
a incorporar
|
Cédula
Identidad
|
Profesión
|
Registro de
SIS
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|
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El prestador a incorporar deberá acreditar el
cumplimiento de los requisitos solicitados en las bases; además, acreditar las
mismas o mayores competencias que los prestadores presentados por el oferente
adjudicado, indicados a través del Formulario N°3.
Por lo tanto, deberá adjuntar:
_____ Documento que acredite a
lo menos con el o los tramo/s y puntaje/s obtenido/s en los criterios técnicos
de evaluación por parte del adjudicado en relación a los prestadores indicados
inicialmente en su oferta a través del Formulario N°3, si correspondiere
(evaluable). Solo se considerarán los documentos emitidos, previos a la
fecha de incorporación.
______ Certificados
de título profesional y de especialidad en traumatología y ortopedia de los
médicos cirujanos que participarán en las intervenciones quirúrgicas como
primer o segundo cirujano, debidamente registrados en la Superintendencia de
Salud como prestadores con dicha especialidad.
______ Certificado emitido por una universidad o
institución competente que acredite la subespecialidad en cirugía de columna de
los médicos cirujanos con especialidad en traumatología y ortopedia que
participarán en las intervenciones quirúrgicas como primer o segundo cirujano.
______ Certificados de título profesional y de especialidad
en anestesiología de los médicos cirujanos que participarán en las
intervenciones quirúrgicas como anestesistas, debidamente registrados en la
Superintendencia de Salud como prestadores con dicha especialidad.
______ Certificados de título profesional de
enfermería, de los prestadores que participarán en las intervenciones
quirúrgicas en calidad de enfermero/a, registrado en la Superintendencia de
Salud.
______ Certificados de título técnico de nivel
superior en enfermería (TENS) de los prestadores que participarán en las
intervenciones quirúrgicas en calidad de pabellonero, arsenalero o auxiliar de
anestesia, registrados en la Superintendencia de Salud.
______ Certificados de título técnico profesional del
área de la salud de los prestadores que operarán el equipo de rayos arco C,
registrados en la Superintendencia de Salud.
______ Autorización vigente de operador radiólogo de
segunda categoría de los prestadores operadores de rayos equipo arco C.
_____ Documento emitido por la Unidad Requirente
que fundamente la incorporación por necesidades de servicio (Solo en los
casos de aumento de Staff).
|
|
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|
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_______________________________
Nombre
y Firma de Representante
Transcrito
Fielmente
MINIS
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|
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_____________________________________
Nombre
y Firma de Supervisor del Contrato
V°B°
Transcrito
Fielmente
MINISTRO
DE FE
|
|
SOLICITUD
DE AUTORIZACIÓN DE INCORPORACIÓN
POR AUMENTO DE STAFF
_____________________________
V°
B° SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO
HOSPITAL LAS HIGUERAS
Anexo 2