Licitación ID: 3735-31-LR21
MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETÉN, LAJA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LAJA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 17
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETÉN, LAJA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETÉN, LAJA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
EJECUCIÓN DE PROYECTO FNDR “MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETÉN, LAJA”. DE FINANCIAMIENTO DEL GOBIERNO REGIONAL REGIÓN DEL BIOBIO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Secplan
R.U.T.:
69.170.300-2
Dirección:
Balmaceda 292
Comuna:
Laja
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-08-2021 15:00:00
Fecha de Publicación: 18-06-2021 18:42:00
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2021 18:46:00
Fecha final de preguntas: 30-06-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-07-2021 22:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-08-2021 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-08-2021 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-08-2021 9:03:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO DE CARÁCTER OPCIONAL EL DÍA VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021, A LAS 12:00 HRS., SALIDA DESDE DEPTO SECPLAN. 25-06-2021 12:00:00
ENTREGA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: HASTA LAS 13:40 DEL DÍA MIÉRCOLES 04 DE AGOSTO DE 2021, EN OFICINA DE PARTES DE LA MUNICIPALIDAD DE LAJA, UBICADA EN AV. BALMACEDA Nº 292 LAJA. 04-08-2021 13:40:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Identificación Completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en caso de ser persona jurídica se acompañará el certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los 60 días y anexar fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, de acuerdo a formato (ANEXO Nº 1). En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.
2.- b) Declaración Jurada Simple de acuerdo a formato (ANEXO Nº 2).
3.- c) Documento de CAPITAL COMPROBADO actualizado emitido por la entidad Bancaria correspondiente (documento emitido por entidad bancaria con fecha de emisión año 2021).
4.- d) Anexo de Capital Comprobado con firmas respectivas, según formato (ANEXO Nº 3).
5.- e) Certificado de inscripción vigente del oferente en Registro de Contratistas del MINVU o MOP, sólo si posee.
Documentos Técnicos
1.- a) Análisis de precios Unitarios de las Partidas, excepto las Globales.
 
2.- b) Certificados obras ejecutadas por el oferente, emanados por entes públicos de obras similares en construcción o mejoramiento de parques o plazas: mandantes municipalidad o servicio público, se validarán desde enero del 2015 a la fecha, sólo si posee. Este documento debe contener al menos la siguiente información: Nombre proyecto, año de ejecución, nombre contratista y nombre mandante, para su validación sólo si posee. Además, debe acompañar el listado de las obras en las tipologías a avaluar en el ANEXO N° 4.
 
3.- c) Flujo de caja estimado para la obra.
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado Público y además debe anexar los siguientes documentos por ítem a ofertar: - Oferta Económica, según formato (ANEXO Nº 5).
2.- - Presupuesto por Partidas (según formato adjunto).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 INSCRIPCIÓN VIGENTE REGISTRO MINVU O MOP Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, primera categoría: 100 puntos Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, segunda categoría: 80 puntos Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, tercera categoría: 30 puntos Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, cuarta categoría: 10 puntos No Tiene Inscripción Vigente: 0 puntos. 20%
2 Experiencia del oferente b) Certificados obras ejecutadas por el oferente, emanados por entes públicos de obras similares en construcción o mejoramiento de parques o plazas: mandantes municipalidad o servicio público, se validarán desde enero del 2015 a la fecha, sólo si posee. Este documento debe contener al menos la siguiente información: Nombre proyecto, año de ejecución, nombre contratista y nombre mandante, para su validación sólo si posee. Además, debe acompañar el listado de las obras en las tipologías a avaluar en el ANEXO N° 4. -Oferta acredita Mayor Nº de certificados por obras validadas, ejecutadas por el oferente, emanados por entes públicos de obras similares en construcción o mejoramiento de parques o plazas: 100 puntos. -Las demás ofertas tendrán un puntaje inversamente proporcional al Nº de documentos u obras validados. 30%
3 Capacidad económica De acuerdo a lo indicado en formulario Anexo 3, documento debe estar firmado por contador del oferente y por el oferente. El monto indicado en el Anexo 3 se le aplicará la siguiente formula Puntaje= ((Monto de Capital efectivo en pesos Oferente n) / (Monto de oferente con mayor de Capital efectivo en pesos)) x 100 30%
4 Cumplimiento De Requisitos Formales Sólo se consideran los antecedentes administrativos -Presentación completa de los requisitos formales: 100 puntos. -Oferente completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas desde la solicitud realizada por el foro inverso del portal: 50 puntos. -Oferente no completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro inverso del portal se desestimará la oferta. 5%
5 Precio ofertado Puntaje= ((precio mínimo ofertado) / (precio oferta)) x 100 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Gobierno Regional del Biobío
Monto Total Estimado: 1510126000
Justificación del monto estimado MONTO REAL ACTUALIZADO 1.510.126.000 IMPUESTO INCLUIDO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
e-mail de responsable de pago: finanzas@munilaja.cl
Nombre de responsable de contrato: SECPLAN
e-mail de responsable de contrato: secplan@munilaja.cl
Teléfono de responsable del contrato: 34-35-2524635-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Laja
Fecha de vencimiento: 18-10-2021
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: La Garantía de la Seriedad de la Oferta, consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto de $1.000.000, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2, con una vigencia de 90 días a contar del día de apertura de la propuesta.
Glosa: La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar la seriedad de la oferta del MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA.
Forma y oportunidad de restitución: La que se devolverá una vez concluido el proceso de evaluación a petición escrita.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. Municipalidad de Laja
Fecha de vencimiento: 24-10-2022
Monto: 10 %
Descripción: Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado, deberá presentar una garantía por el fiel cumplimiento del contrato consistente en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto no inferior al 10% del monto del contrato y deberá tener vigencia igual al plazo o período de ejecución del proyecto, más 90 días corridos, a contar del día de la firma del contrato, tomada a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2. Fecha de vencimiento referencial, depende de la fecha de la firma del contrato.
Glosa: La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta una vez realizada la recepción provisoria sin observaciones del contrato y a petición escrita.
    Otras Garantías
Beneficiario: I. Municipalidad de Laja
Fecha de vencimiento: 31-08-2023
Monto: 5 %
Descripción: La Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2. Esta boleta debe ser emitida por un monto no inferior al 5% del contrato y deberá tener vigencia igual a 13 meses, a contar de la fecha de Recepción Provisoria de la obra, la cual se devolverá una vez sancionada por Decreto Alcaldicio la liquidación del contrato. Esta garantía debe ser entregada en la Municipalidad en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción provisoria sin observaciones y la no entrega considerará una multa de 1,0 UF por cada día de atraso. Fecha de vencimiento referencial dependerá de la fecha de recepción provisoria.
Glosa: La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar la correcta ejecución de la obra MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía se devuelve cuando se proceda a la liquidación final del contrato, a petición escrita.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

En el caso de existir igual en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:

-       Experiencia.

-       Registro del contratista.

-       Capacidad Económica.

-       Precio ofertado.

-       Cumplimiento de requisitos formales. 

De persistir el empate, ganará el oferente que ingresó primero su oferta al portal mercado público.

__________________________________

BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

1.             GENERALIDADES

La Municipalidad de Laja llama a Licitación Pública, a través del portal Mercado Público, para contratar la ejecución del Proyecto FNDR “MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA”. 

UNIDAD TÉCNICA Y MANDANTE: MUNICIPALIDAD DE LAJA.

FINANCIAMIENTO: FONDO NACIONAL DE DESARRROLLO REGIONAL, REGIÓN DEL BIOBIO

CÓDIGO BIP: 40010847-0

PRESUPUESTO MONTO REAL: M1.510.126 IVA INCLUIDO      
La Propuesta se realizará a suma alzada, sin intereses y sin reajustes. Las cubicaciones serán responsabilidad de cada oferente.

2.             APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas Especiales, y antecedentes del proyecto como: Especificaciones técnicas, Memoria, Planos, presupuesto (formato), anexos, documento de consultas y aclaraciones si lo hubiere, Convenio Mandato, Resolución Exenta del GORE: Nº 006 de fecha 11.03.2021 además del contenido de la Propuesta aceptada, que se entiende forma parte de las referidas Bases. 

Una vez adjudicada la Licitación, todos los referidos documentos que rigen la propuesta aceptada serán obligatorios y se entenderá que forman parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 

Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.

El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el Portal deberá ser en Word, Excel (versión office 2003 o anterior), JPG o PDF, sino cumpliesen con esto quedarán fuera de bases. 

La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases administrativas, será causal suficiente para declarar fuera de bases la propuesta presentada. 

3.             ANTECEDENTES:

Adjunto a estas Bases Administrativas Especiales se entregan Bases Generales:

Antecedentes técnicos, EETT y memoria de obra y letrero de obra FNDR

Convenio Mandato

Planos

Anexos

Presupuesto (formato) 

4.             INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LICITACION

Para la interpretación de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente orden de prelación: 

1)     Documento de Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere.

2)     Bases Administrativas Especiales.

3)    Contrato. 

5.             DEL PROYECTO

El proyecto consiste en el mejoramiento del espacio público emplazado en sector urbano Polcura – Nivequetén, superficie de intervención aprox.12.835 metros cuadrados, considera limpieza, despeje y demoliciones en la zona de intervención, las obras consisten en:

- Construcción de 720 m2 de adocésped.

- 1.300 m2 de vías de circulación en hormigón G 25 con pastelón de hormigón en el perímetro.

- 1.420 m2 de adocreto para las zonas de accesos.

- 45 m3 de hormigón G 25 estampado para las zonas de descanso escaños.

- 90 m3 de maicillo en zonas de juego.

- 1.465 m2 de superficie de plantas: compactación, base estabilizada y tierra de hojas.

- 5.535 m2 de césped (compactación, base estabilizada, tierra de hojas y césped en rollo).

- 1.305 m2 piso de caucho pigmentado in situ zona de anfiteatro.

- Construcción de 127 ml de barandas, 470 ml de pasamanos, mantención de gradas, considera 880 asientos para gradas y 55 m2 de escaleras.

-Mobiliario urbano construido in situ: 3 escaños tipo 1, 4 escaños tipo 2 y 1 escaño tipo 3.

-Maceteros construido in situ: 1 macetero tipo 1 y 1 macetero tipo 2, considera 6 sombreadero-paradero y columpio inclusivo.

-Mobiliario urbano prefabricado: 1 juego modular, 1 juego de cuerda, 3 taca taca y 3 sombreaderos para zonas de juegos, 5 Basureros y 2 bicicleteros.

-Paisajismo: 35 canelos, 35 quillay, 70 alcorques, 31,5 m2 de vegetación arbustiva, 1.465 m2 de rosas enanas y 2.350 ml de solerillas.

-Proyectos: eléctricos, riego, AALL, construcción de contenciones y otros.

Todo lo anterior de acuerdo a proyecto técnico definido en planos y especificaciones técnicas adjuntas y normativa vigente para este tipo de obra. 

6.             DE LOS PARTICIPANTES

Sin perjuicio de los requisitos establecidos para contratar, podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley de Compras.

Los oferentes que tengan la calidad de Personas Naturales, no podrán ser representados por una tercera persona. Las Personas Jurídicas serán representadas por su Representante Legal. 

Los interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las Bases Administrativas y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedores. 

DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la UTP individualmente considerado.

En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuara con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente: 


a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 

c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.


MODIFICACIONES DE LA UTP: Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.


DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. 


TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes:

a. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 

b. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

c. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 

d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

e. Disolución de la UTP.      

Aplicación de Normas de Derecho

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Términos Técnicos y Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación. 

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA 
-Consultas y Aclaraciones, si las hubiere. 
-Bases Administrativas y sus Anexos.
-Bases Generales
-Normativa Vigente.
-Oferta. 
-Contrato. 


PRELACIÓN TÉCNICA
-Consultas y Aclaraciones, si las hubiere. 
-Normativa Vigente. 
-Especificaciones Técnicas y memorias del proyecto.
-Planos.
 

7.             VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de al menos 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta. 

Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. 

8.             SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento de todos estudios, proyecto, distancias, riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas Bases. 

9.             DEL PAGO

El Contratista debe formular mensualmente estados de pagos de acuerdo con el avance físico de la obra contratada, el que debe ser ingresado a más tardar el día 10 del mes en curso, en caso de existir observaciones tendrá plazo hasta el día 15 del mes en curso. A partir del día 16 del mes en curso se le multará al contratista 1 UF por día de atraso. 

Para lo anterior tendrá que acompañar a lo menos la siguiente documentación en 2 ejemplares:

a)    Carta solicitud de Contratista

b)    Ficha de avance, el que deberá incluir el avance físico de la obra en porcentaje, de acuerdo a formato del Gobierno Regional del Bio Bío.

c)     Ficha de Inversión realizada (presupuesto contratado) con firma del inspector técnico de obras, de acuerdo a formato del Gobierno Regional del Bio Bío.

d)    Declaración jurada simple del ITO que certifique la efectiva realización de las partidas ejecutadas y el cumplimiento de las obligaciones del contrato de obras por parte del contratista o subcontratista.

e)    Certificado de la Inspección del Trabajo que acredite que el Contratista y/o el Subcontratista no tiene reclamaciones laborales pendientes con relación a la obra.

f)      Certificaciones de calidad de los materiales solicitados por la ITO, según normativa vigente.

g)    Libro de Obra al día y debidamente firmado.

h)    Al menos 6 fotos representativas de diversos aspectos del avance de la obra en cada estado de pago (la entrega de las fotos debe ser tanto digitales como impresas en papel fotográfico a color). El tamaño de las fotos en papel será de al menos 15x20 cm., 6 fotografías antes de comenzar los trabajos las que deben incluirse en el primer estado de pago, 6 al finalizar las obras éstas debe incluirlas en el último estado de pago.

i)      Fotografía clara y legible del Letrero de Obras Instalado (para primer estado de Pago).

j)      Y otros que la unidad mandate estime conveniente. 

El estado de pago se cancelará contra la disponibilidad de los recursos del GORE BIO BIO. 

En caso de faltar algún antecedente o efectuarse alguna observación, deberá subsanar la observación o acompañar el antecedente en su caso. Luego, el Contratista podrá presentar la factura correspondiente. 

Factorización de estados de pagos: El contratista tendrá la obligación de informar oportunamente a la municipalidad en caso de factorizar documentos de pago y la municipalidad se reserva el derecho a no cancelar mientras no esté cotejada la información correspondiente. 

La Municipalidad se reserva el derecho de impugnar la factura, en el plazo de 30 días desde su recepción por oficina de partes municipal.  

Al momento de presentar la factura respectiva, el contratista deberá entregar a la Municipalidad mandante la cuarta copia, en caso que no haya factorizado su pago.   

10.          DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA

Los interesados deberán ingresar oferta en el ítem de licitación correspondiente: 

Todos los siguientes antecedentes se deberán presentar en formato digital (escaneados) en el portal www.mercadopublico.cl. 

10.1.     Antecedentes Administrativos en el portal:

a)    Identificación Completa de la persona natural o jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en caso de ser persona jurídica se acompañará el certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los 60 días y anexar fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, de acuerdo a formato (ANEXO Nº 1). En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. 

b)    Declaración Jurada Simple de acuerdo a formato (ANEXO Nº 2).

c)     Documento de CAPITAL COMPROBADO actualizado emitido por la entidad Bancaria correspondiente (documento emitido por entidad bancaria con fecha de emisión año 2021).

d)    Anexo de Capital Comprobado con firmas respectivas, según formato (ANEXO Nº 3).

e) Certificado de inscripción vigente del oferente en Registro de Contratistas del MINVU o MOP, sólo si posee.


NOTA: Para los oferentes inscritos en Chileproveedores, los documentos señalados anteriormente, que estén ingresados en el link "Documentos Acreditados" de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link los documentos deben contar con la emisión del documento señalada anteriormente. 

En caso de que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de la municipalidad a través por el portal. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a la completitud de la oferta, según lo indicado en los criterios de evaluación. Sin embargo, la no presentación dentro del plazo fatal declarará fuera de bases la oferta. El documento o antecedente requerido deberá tener fecha máxima de formalización el día en que se realiza la apertura de la licitación. 

10.2.     Antecedentes Técnicos en el portal:

a)      Análisis de precios Unitarios de las Partidas, excepto las Globales.

b)  Certificados obras ejecutadas por el oferente, emanados por entes públicos de obras similares en construcción o mejoramiento de parques o plazas: mandantes municipalidad o servicio público, se validarán desde enero del 2015 a la fecha, sólo si posee. Este documento debe contener al menos la siguiente información: Nombre proyecto, año de ejecución, nombre contratista y nombre mandante, para su validación sólo si posee. Además, debe acompañar el listado de las obras en las tipologías a avaluar en el ANEXO N° 4.


c)      Flujo de caja estimado para la obra. 

El análisis de costos unitarios que se solicita tiene por objeto facilitar el estudio de la propuesta y debe contener un análisis de la valorización de los materiales, mano de obra, equipos, etc. para la obtención del precio unitario respectivo. 

10.3.     Antecedentes soporte en papel:

La Garantía de Seriedad de la Propuesta original esta deberá ser ingresada en un sobre cerrado con el ID de la licitación, nombre del proyecto, e identificación del oferente por oficina de partes del municipio, como máximo hasta las 13:40 horas del día de cierre de recepción de ofertas. 

10.4.     Antecedentes Económicos en el portal:

Se deberá ingresar en el Portal Mercado Público a más tardar el día y horario definido en el Cronograma de Licitación, de acuerdo a formato correspondiente. 

La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado Público y además debe anexar los siguientes documentos por ítem a ofertar:

-       Oferta Económica, según formato (ANEXO Nº 5).

-       Presupuesto por Partidas (según formato adjunto). 

11.          DE LA VISITA A TERRENO, LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIÓN DE BASES

La visita a terreno es de carácter opcional la fecha y hora estipulada en el cronograma de licitación.

Las Consultas sobre los antecedentes de esta Licitación deberán formularse en el portal Mercado Público.

Las Consultas se recibirán el día definido en el Cronograma de Licitación. No se Aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica otro mecanismo informal.

La Municipalidad de Laja, a través del Portal dará respuesta a las consultas recibidas mediante el portal, el día definido en el Cronograma de Licitación, por lo que será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.

El departamento de SECPLAN es responsable de este proceso de licitación hasta la firma del contrato respectivo.

La Municipalidad se reserva el derecho de: modificar las bases de licitación, ampliar los plazos de la licitación, en tales casos se dictará decreto alcaldicio y se comunicara a través del mismo Medio de lo obrado. 

12.          DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS

Se realizará como máximo en la forma, fecha, lugares y horario establecidos en estas Bases y en el cronograma de licitación. A menos que se produzca la situación definida en el último párrafo del artículo 11. 

13.          DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de antecedentes es electrónica, se realizará el día y hora señalado en el Cronograma de Licitación 

Si en la apertura de los antecedentes y/o evaluación, faltan documentos que forman parte de los antecedentes técnicos o económicos o estos están incompletos, ilegibles o mal extendidos por el proponente, o sino ingreso garantía de seriedad de la oferta, en tales casos se rechazará la oferta. 

Sólo se tomarán en consideración para evaluación las Propuestas que hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el Cronograma de Licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se admitirá Propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas. 

Sólo se imprimirán los antecedentes que fueron solicitados de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.   

La facultad de declarar fuera de Bases corresponderá a la Comisión de Evaluación, en caso que el incumplimiento referido se detecte durante el proceso de apertura electrónica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y análisis detallado de las propuestas presentadas, como por ejemplo el no ingresó formal de la garantía en el plazo estipulado en el cronograma de licitación. 

14.          DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTA.

La Comisión de Evaluación se realizará por una comisión formada para tal efecto.

La Comisión de Evaluación procederá al estudio y evaluación de las ofertas recibidas, dentro de un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de apertura de la propuesta. 

Las Pautas de Evaluación que se considerara en esta licitación será:

FACTORES A EVALUAR

PONDERACIÓN

Precio ofertado

15%

Capacidad económica

30%

Experiencia del oferente

30%

Registro MINVU o MOP

20%

Cumplimiento de requisitos formales

5%




PRECIO OFERTADO

Puntaje= ((precio mínimo ofertado) / (precio oferta)) x 100

CAPACIDAD ECONÓMICA

De acuerdo a lo indicado en formulario Anexo 3, documento debe estar firmado por contador del oferente y por el oferente. El monto indicado en el Anexo 3 se le aplicará la siguiente formula

Puntaje= ((Monto de Capital efectivo en pesos Oferente n) / (Monto de oferente con mayor de Capital efectivo en pesos)) x 100


EXPERIENCIA

b) Certificados obras ejecutadas por el oferente, emanados por entes públicos de obras similares en construcción o mejoramiento de parques o plazas: mandantes municipalidad o servicio público, se validarán desde enero del 2015 a la fecha, sólo si posee. Este documento debe contener al menos la siguiente información: Nombre proyecto, año de ejecución, nombre contratista y nombre mandante, para su validación sólo si posee. Además, debe acompañar el listado de las obras en las tipologías a avaluar en el ANEXO N° 4.

-Oferta acredita Mayor Nº de certificados por obras validadas, ejecutadas por el oferente, emanados por entes públicos de obras similares en construcción o mejoramiento de parques o plazas: 100 puntos. 

-Las demás ofertas tendrán un puntaje inversamente proporcional al Nº de documentos u obras validados.

INSCRIPCIÓN VIGENTE REGISTRO MINVU O MOP

Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, primera categoría: 100 puntos

Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, segunda categoría: 80 puntos

Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, tercera categoría: 30 puntos

Tiene Inscripción Vigente Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP, cuarta categoría: 10 puntos

No Tiene Inscripción Vigente: 0 puntos.

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES

Sólo se consideran los antecedentes administrativos

REQUISITOS FORMALES

PUNTOS

Presentación completa de los requisitos formales

100

Oferente completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas desde la solicitud realizada por el foro inverso del portal

50

Oferente no completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro inverso del portal se desestimará la oferta 

 




En el caso de existir igual en la ponderación de ofertas se seleccionará la oferta en el siguiente orden:


-       Experiencia.

-       Registro del contratista.

-       Capacidad Económica.

-       Precio ofertado.

-       Cumplimiento de requisitos formales. 

De persistir el empate, ganará el oferente que ingresó primero su oferta al portal mercado público.

La comisión podrá solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectadas durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40º del reglamento de la Ley 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. 

La evaluación establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones. Luego la comisión informará la evaluación de las propuestas al Sr. Alcalde. 

La comisión podrá dejar fuera de Bases a los oferentes que presenten inconsistencias en sus antecedentes o que al revisar la documentación se observen anomalías, falsificaciones o adulteraciones de los mismos. 

15.          DE LA ADJUDICACIÓN

La Municipalidad podrá adjudicar el proyecto cuando el monto ofertado no supere el monto real al autorizado por el Consejo Regional.

La Comisión de Evaluación, presentará al Sr. Alcalde un acta de Evaluación y la sugerencia correspondiente.

De acuerdo a la normativa vigente, se deberá presentar al Concejo Municipal, con el fin de tomar acuerdo para celebrar el contrato, en atención que el monto del contrato supera las 500 UTM.

La Municipalidad podrá adjudicar el proyecto cuando el monto ofertado supere el monto real al autorizado por el Concejo Regional. En el caso de que oferta más ventajosa superar el monto real, la Unidad Técnica podrá solicitar al Gobierno Regional autorización que signifique un incremento de los recursos aprobados de hasta un 10%, siempre previo a la adjudicación.

El Municipio adjudicará la licitación mediante decreto alcaldicio aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación del decreto alcaldicio respectivo en el sitio www.mercadopublico.cl

Conforme a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Municipio podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en estas bases.

El Municipio podrá en caso que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las ofertas y así sucesivamente hasta que no existan proponentes a los cuales adjudicar. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación.

Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza. 

En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación por el sistema de compras. En caso que no lo haga la municipalidad podrá entender desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al oferente que haya resultado según mejor evaluado (si corresponde), y así sucesivamente. 

DE LA FACULTAD DE READJUDICAR

En los siguientes casos:

a)    Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.

b)    Si el adjudicatario no entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

c)     Si el adjudicatario se desiste de su oferta.

d)    Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

e)    Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. 

Fecha de Adjudicación:

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, la municipalidad publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del atraso. 

16.          CONTRATO

Una vez resuelta la adjudicación posteriormente se procederá a la suscripción del contrato respectivo el cual se legalizará ante notario, sólo se firmará el contrato previa presentación de la garantía que cauciona el fiel cumplimiento del contrato, enseguida se emitirá la orden de compra a través del sistema de compras.

Todos los gastos que se originen tanto para la presentación de la Propuesta como la legalización del contrato ante Notario serán de cargo del contratista. 

El contratista   tendrá un plazo de 15 días hábiles para suscribir el contrato, a partir de la notificación de adjudicación de la propuesta en el portal de compras.

El contrato se hará si la empresa esta habilitada según lo establecido en la Ley 19.886.

Si el adjudicatario no  suscribiese  el  contrato  en el  plazo  señalado,  la  Municipalidad  podrá  dejar  sin  efecto  el  Decreto  de  Adjudicación,  en  cuyo  caso  se  hará  efectivo  administrativamente  el  documento  de  garantía  de  “Seriedad  de  la  Oferta” y se adjudicará a la empresa que resultare segunda en la evaluación y así sucesivamente. En el caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación. 

17.          DE LOS SUBCONTRATOS

El Contratista sólo podrá subcontratar parte del proyecto, hasta un 30% del monto del contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el Contratista es el único responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato y las presentes Bases.

Toda Subcontratación, deberá ser consultada y presentada a la I.T.O. quien podrá autorizar o rechazarla, según corresponda.

En caso de superar el 30% esto deberá ser consultado a la I.T.O. quien podrá autorizar o rechazarla, según corresponda. 

18.          DE LAS GARANTÍAS.

Las garantías serán verificadas su autenticidad mediante consulta a las entidades que las emitan. No se aceptarán garantías tomadas por terceros.

El oferente deberá indicar contacto del ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de las garantías indicadas en los puntos 18.1, 18.2 y 18.3. 

18.1  GARANTÍA DE LA SERIEDAD DE LA OFERTA

La Garantía de la Seriedad de la Oferta, consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto de $1.000.000, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2, con una vigencia de 90 días a contar del día de apertura de la propuesta. La que se devolverá una vez concluido el proceso de evaluación a petición escrita. 

La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar la seriedad de la oferta del MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA.

En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior. 

18.2.     GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado, deberá presentar una garantía por el fiel cumplimiento del contrato consistente en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto no inferior al 10% del monto del contrato y deberá tener vigencia igual al plazo o período de ejecución del proyecto, más 90 días corridos, a contar del día de la firma del contrato, tomada a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2.

La garantía será devuelta una vez realizada la recepción provisoria sin observaciones del contrato y a petición escrita. 

La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA.

En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior. 

18.3.     GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA

La Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Laja, R.U.T. 69.170.300-2. 

Esta boleta debe ser emitida por un monto no inferior al 5% del contrato y deberá tener vigencia igual a 13 meses, a contar de la fecha de Recepción Provisoria de la obra, la cual se devolverá una vez sancionada por Decreto Alcaldicio la liquidación del contrato. Esta garantía debe ser entregada en la Municipalidad en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción provisoria sin observaciones y la no entrega considerará una multa de 1,0 UF por cada día de atraso. 

La glosa en el caso de presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar: Para garantizar la correcta ejecución de la obra MEJORAMIENTO ESPACIO PÚBLICO SECTOR POLCURA-NIVEQUETEN, LAJA. 

En caso de que el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior. 

La garantía se devuelve cuando se proceda a la liquidación final del contrato, a petición escrita. 

19.          DE LOS PLAZOS.

El plazo máximo de ejecución será de 10 meses contados desde el día hábil siguiente a la firma del acta de entrega de terreno, que no podrá ser superior a los 10 días hábiles desde la firma del contrato, la fecha de entrega a terreno la definirá el ITO, en el plazo antes indicado. Cada oferente podrá ofrecer un plazo de ejecución menor el que NO será considerado en la evaluación. Si el oferente considera un plazo de ejecución superior a 10 meses su oferta se declarará fuera de bases. 

20.          DE LA RECEPCION PROVISORIA.

Una vez terminados los trabajos, el Contratista solicitará por escrito la Recepción Provisoria de las Obras a la I.T.O., solicitud que deberá ser ingresada a la Oficina de Partes. 

El mandante usará o explotará la obra, después de la Revisión Provisoria de la Obra. Sin embargo, el Contratista será siempre responsable durante el plazo de la garantía por la correcta ejecución de la misma, a menos que estos se deban al uso o explotación inadecuada de la obra y deberá repararlos a su costo antes de la fecha del plazo de garantía. 

Será requisito necesario para solicitar la Recepción provisoria presentar los siguientes documentos:

-       Certificado de la Inspección del Trabajo, que acredite no tener deudas pendientes con sus trabajadores por la obra ejecutada en caso de no tener debe presentar la solicitud del certificado, pero el certificado debe ser presentado para el pago correspondiente.

-       Certificación de Control de Calidad y/o ensayos de los materiales que correspondan y/o solicitados por la ITO.

-       Libro de Obras debidamente firmado y al día.

-       Y otros que la ITO estime conveniente. 

Posterior a la presentación del contratista, el ITO verificará que la obra esté terminada, emitirá Informe Técnico y en caso contrario informará al contratista que la obra no está terminada. 

Si la obra está terminada se procederá a nombrar una Comisión compuesta por funcionarios designados por la autoridad competente. 

La Comisión deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de su designación. 

Una vez verificado por la Comisión, el cabal cumplimiento del contrato, está dará curso a la recepción y levantará un Acta dentro del plazo de 7 días contados del día de la Recepción en Terreno y que será firmada por los miembros asistentes y por el Contratista, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de las obras, la fecha que haya indicado la I.T.O.  

Si al momento de la recepción los trabajos tuviesen defectos o detalles fácilmente reparables, o no se ejecutaron de acuerdo a planos especificaciones técnicas y reglas de la técnica, la comisión entregará un plazo adicional con el fin de que se efectúen las reparaciones observadas, este plazo no podrá ser superior al 20% del plazo contratado. Se levantará un Acta con Recepción con las observaciones encontradas y pasado el plazo otorgado se constituirá nuevamente para verificar que estas observaciones fueron subsanadas y procederá a efectuar la recepción provisoria si fuera el caso. 

Si el contratista no subsana las observaciones se procederá administrativamente hacer cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, además se descontará las partidas no ejecutadas proporcionalmente. Con los recursos correspondientes a las partidas no subsanadas se procederá a realizar la contratación de la ejecución de las partidas de acuerdo a lo dispuesto en Ley Nº 19.886 Art. 8 letra b), Si se tratara de contratos que correspondieran a la realización o terminación de un contrato que haya debido resolverse o terminarse anticipadamente por falta de cumplimiento del contratante u otras causales y cuyo remanente no supere las 1.000 unidades tributarias mensuales se puede contratar con dicha excepcionalidad; En caso del remanente supere las 1.000 UTM se realizará contratación por licitación.  

21.          RECEPCION DEFINITIVA.

Se realizará a solicitud del Contratista, transcurrido un año desde la fecha de la Recepción Provisoria y será de responsabilidad del ITO la recepción definitiva, deberá levantar informe respectivo y resguardar que se encuentre vigente la garantía de correcta ejecución de la obra.

El ITO verificará  básicamente durante la Recepción Definitiva de la obra lo siguiente:

a)    La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa).

b)    La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados).

c)     Será requisito retiro del letrero de obras y dispuesto en pañol municipal, con V° B° de la ITO. 

Si en el transcurso de este año se verificará deficiencias en los trabajos, atribuibles a la mala o deficiente ejecución de obras, el ITO le comunicará a la empresa en forma escrita, y se le dará un plazo para realizar las reparaciones correspondientes, si no se hicieran o se realizaran en forma deficiente o fuera del plazo entregado, se procederá al cobro administrativo de la Boleta de Garantía por la correcta ejecución de los trabajos. 

22.          RETENCIONES Y ANTICIPOS.

Retenciones No se consideran.

Para el caso del anticipo el monto no podrá exceder al 10% del Aporte del F.N.D.R. para obras civiles, de acuerdo a la Ley de Presupuesto vigente, previa confirmación de disponibilidad presupuestaria por parte del Gobierno Regional, el que deberá ser debidamente caucionado mediante las garantías por el monto total del anticipo, previa consulta al Gobierno Regional sobre su disponibilidad presupuestaria antes de su emisión. 

El contratista deberá caucionar éste anticipo mediante la presentación de una garantía consistente en una Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de Seguro a nombre del Gobierno Regional del Bío Bío, con un mínimo de validez equivalente al plazo ofrecido de ejecución de las obras, más 90 días corridos y por un monto en pesos correspondiente al total del anticipo. 

23.          LETRERO DE OBRAS.

El Contratista tendrá la obligación de confeccionar e instalar en la Obra un letrero de acuerdo de 5x3 m de acuerdo a diseño de la fuente de financiamiento del FNDR del Gobierno Regional del Bio Bío medidas (M) 5 X 3 y diseño en archivo adjunto en licitación y deberá ser instalado en lugar que la I.T.O le indique. 

24.          PARALIZACIÓN TEMPORAL, AUMENTO Y/O DISMINUCIONES DE OBRAS Y PLAZOS.

La Municipalidad con el fin de llegar a un mejor término de las obras podrá, en común acuerdo con la empresa contratada, paralizar las obras y/o plazo mediante decreto Alcaldicio, la solicitud del contratista debe ser con  antelación es decir antes de expirar el plazo contractual. Si hay aumentos de plazos el contratista deberá velar que el contrato cuente con garantía vigente. Los aumentos de plazos deben ser informados por oficio al Gobierno Regional. 

Toda modificación de contrato que implique alteración de los recursos comprometidos por el Gobierno Regional o altere sustancialmente la iniciativa de inversión aprobada técnicamente y financiada mediante aportes del Gobierno Regional deberá ser autorizada por este, previa a su ejecución. 

Cuando la Entidad Receptora realice modificaciones de plazos deberá obligatoriamente informar lo obrado a través de oficio al Gobierno Regional, adjuntando a estos todos las antecedentes que sirvieron de base a la modificación.   

En el evento de presentarse la necesidad de ejecutar obras extraordinarias o situaciones no previstas y siempre que el monto contratado originalmente no haya excedido el valor real del proyecto (que los montos no superen el 10% del valor real de la recomendación favorable) y estas no impliquen cambios sustantivos del proyecto respecto a lo originalmente autorizado, sólo se requerirá la autorización previa del Gobierno Regional, la que se expresará mediante oficio favorable del Intendente Regional. Todo lo anterior siempre previo a la ejecución de las obras involucradas en las modificaciones solicitadas. 

Cuando las modificaciones y/o solicitudes de recursos extraordinarios signifiquen cambios cualitativos y/o cuantitativos en alguno de los ítems inicialmente aprobados por el Ministerio de Desarrollo Social y/o por la Unidad de Preinversión del Gobierno Regional y/o del monto aprobado originalmente, la entidad receptora deberá solicitar al Gobierno Regional, la reevaluación de la iniciativa de inversión, quien evaluará dicha petición y derivará si correspondiere al Ministerio de Desarrollo Social o a la Unidad de Preinversión del Gobierno Regional, instancia que emitirá una nueva recomendación técnico-económica. Si la recomendación resultare favorable, se solicitarán recursos extraordinarios al Consejo Regional, los que una vez aprobado darán paso a la modificación del presente convenio y al contrato correspondiente entre la entidad receptora y la empresa ejecutora, Las modificaciones de las Resoluciones afectas, deben ser aprobadas por el pertinente acto administrativo afecto a toma de razón. 

25.          CONOCIMIENTO DE LAS BASES.

Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las Bases y antecedentes, además del terreno, la topografía y abastecimiento de materiales y vialidad de la zona y por el hecho de participar en la Licitación, se entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad en la adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de vista técnico. 

26.          DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad podrá poner término administrativo y en forma anticipada un contrato sin derecho de indemnización alguna en los siguientes casos: 

a.     Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o si tratándose de una Empresa lo fuese uno de los socios o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de sus miembros del Directorio o el Gerente.

b.     Si el Contratista fuere declarado en quiebra.

c.     Si el Contratista no concurriere a la Entrega de Terreno, de acuerdo a lo estipulado en las Bases.

d.     Si el Contratista no diere cumplimiento al Programa de Trabajo.

e.     Si el Contratista no acatara órdenes e instrucciones que le dé la supervisión de Obras.

f.      Si la obra se paralice sin causa justificada por un tiempo superior al 20% del plazo de ejecución del mismo. Sin perjuicio de lo anterior, las Bases podrán fijar un plazo diferente.

g.     Si se produjeren atrasos injustificados ajuicio de la autoridad correspondiente, de un 30% o más con respecto al avance de las actividades consultadas.

h.     Cuando la Municipalidad de común acuerdo con el Contratista resuelve liquidar el contrato.

i.      Si por errores quedaran con defectos graves que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran la seguridad de ellas u obligasen a modificaciones sustanciales del proyecto.

j.      Lo exija el interés público o la seguridad nacional 

En el caso de efectuarse resciliación del contrato, en virtud a la letra h) del orden cronológico que debe seguirse para obtener la Liquidación del Contrato es el siguiente:

1.     Convenir la Liquidación anticipada

2.     Aprobar el Convenio

3.     Recibir las obras inconclusas, y

4.     Una vez hecha la Recepción de las obras inconclusas mediante Acta ratificada por Decreto Alcaldicio, luego se aprobará la Liquidación del Contrato. 

Puesto término anticipado a un Contrato por cualquiera de las causales señaladas en este artículo, salvo la estipulada en la letra h) se cobrarán las garantías y retenciones del contrato en poder del municipio, las que servirán para responder del mayor precio que pueden constar las obras por un nuevo contrato, asimismo, de las multas que corresponda pagar por el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la Municipalidad. 

De igual forma la ITO podrá exigir la separación de la obra cualquier trabajador por insubordinación, desorden, incapacidad, irresponsabilidad u otro motivo justificado, quedando siempre responsable el Contratista de los actos de sus trabajadores dentro de la faena. 

En el caso de muerte del Contratista o del concesionario, el contrato o la concesión quedará resuelto, y se procederá administrativamente a las liquidaciones de los trabajos conforme al avance de las obras y al valor de éstos. 

27.          OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Será obligación del Contratista ejecutar el proyecto con sujeción estricta a las Especificaciones Técnicas, demás antecedentes, metodologías y reglamentación respetiva. 

Cualquier discordancia entre lo existente en terreno, planos y ee.tt. deberá ser solucionada considerando la mejor solución técnica y que vaya en pro de resaltar positivamente este proyecto.  

Deberá contar con instalación de faenas de acuerdo a lo detallado en especificaciones técnicas, lo que el ITO exigirá cumplimiento en la ejecución de la obra. El contratista al inicio de la obra debe entregar al ITO carpeta de arranque seguridad y salud ocupacional y Medio Ambiente, el contenido de esta carpeta se encuentra en anexo en licitación. 

Será obligación del contratista dar cumplimiento a todas y cada una de las leyes sociales y previsionales que afecten a las personas que trabajen en la realización de los trabajos contratados. 

El Contratista responderá de fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo de las Leyes sobre Medicina Preventiva y Curativa, sobre Accidentes del Trabajo y enfermedades profesionales y en general de toda la legislación social y previsional vigente o que se dicte en el futuro sobre las materias indicadas. 

Los accidentes, incendios o cualquier otro siniestro que deterioren o destruyan las obras y que ocasione pérdidas de materiales o bien que afecten vidas o bienes de terceros, serán soportados por el Contratista. El Contratista será responsable exclusivo de los daños y perjuicios que se causaren a terceros, ya sea por la mala calidad de los materiales empleados, por defectos de la construcción, por la infracción de los reglamentos y Ordenanzas Municipales y en general por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes. 

Será labor del Contratista arbitrar los medios necesarios para que la ejecución de la Obra se lleve a cabo, sin ocasionar daño y dificultades a terceros y asegurar la instalación de carteles con indicaciones al público en general.    

El Contratista podrá Subcontratar y/o traspasar parte del contrato, sólo con la autorización de la municipalidad, siempre y cuando las personas naturales y/o jurídicas estén inscritas en los registros exigidos a la empresa contratada en primera instancia, entendiéndose que la empresa originariamente es responsable de las obligaciones contraídas ante el municipio y a las Normativas relacionadas con el tema de la Subcontratación. 

El Contratista sólo podrá subcontratar parte de las actividades del contrato con autorización expresa del Municipio, manteniéndose su responsabilidad respecto de todas las obligaciones contraídas, tanto con el Municipio como con terceros. 

En todo caso el contratista siempre debe velar por que se cumpla la Ley Nº 20.123 y Reglamentación que regula el trabajo en Régimen de Subcontratación y la reglamentación  de la Ley Nº 16.744 Articulo 66 bis  sobre la Gestión  de la Seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o Servicios. 

Es obligación del Contratista mantener en forma expedita y a su costo, el tránsito por las vías públicas y el paso de las aguas, con motivo de la ejecución de los trabajos, siendo de su responsabilidad los perjuicios que se ocasionen a terceros en bienes fiscales, municipales o nacionales de uso público, de acuerdo con las leyes y ordenanzas respectivas.

El contratista deberá mantener la seguridad en el trabajo, instalando las señalizaciones y medidas de seguridad en conformidad a las normas legales que regulan esta materia, para lo cual deberá equipar a su personal con todos los elementos de seguridad adecuados. 


Daños a Instalaciones de Terceros.

Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a instalaciones de terceros será de responsabilidad y costo exclusivo del contratista. 

El contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño que en opinión de Inspector Técnico sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de ellas. 

28.          MEDIDAS DE GESTION Y CONTROL DE CALIDAD

Se contará en la obra con un libro de obras tipo foliado, en triplicado y autocopiativo que estará presente en todo momento en obra. 

Se deberá considerar por el contratista todos los ensayos de laboratorio de terreno y la todas las certificaciones de los materiales a utilizar de  acuerdo a la Norma Chilena y la Normativa Vigente y a solicitud de la ITO, si correspondiera. 

29.        DE LAS SANCIONES Y MULTAS E LAS MULTAS

29.1      Por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución de la obra, el Contratista deberá cancelar una multa equivalente a $100.000 por día de atraso, incluidas sus modificaciones, el que será descontado en forma administrativa del estado de pago pendiente y/o de las retenciones o garantías.

Esta multa que será en pesos deberá cobrarse hasta máximo 15 días corridos. Si transcurridos este tiempo el contratista no hiciera entrega de las obras terminadas, la Municipalidad de Laja, dará término anticipado del Contrato y hará efectiva la Garantía que cauciona el contrato como así mismo las multas que correspondan sin intervención de los tribunales de justicia. En caso que la entrega de las obras fuera antes del plazo estipulado, sólo se aplicará la multa correspondiente a los días afectos al retraso. El contratista comunicará por escrito el término de las obras al ITO quién verifique lo informado.

29.2     Se multará con una suma equivalente a $80.000 cuando el Contratista no cumpla instrucciones vertidas por la Inspección Técnica, por evento. De persistir el incumplimiento por más de 10 eventos, la Municipalidad de Laja sancionará con el término anticipado del Contrato y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

29.3     Se multará con una suma equivalente a $100.000 cuando el Profesional Residente no cumpla instrucciones vertidas por la Inspección Técnica, por evento. En el caso de ser reiterativas se procederá a solicitar el cambio de profesional a la Empresa Contratista. En caso que la ausencia sea de 4 eventos o más, sin causa justificada, facultará a la Municipalidad de Laja para solicitar el cambio de profesional.

29.4       Se multará con una suma equivalente a $100.000 cada vez que la Inspección Técnica detecte que no se cumple con las actividades y plazos definidos en Carta Gantt, sin razón fundada y aceptada por la ITO. De persistir el incumplimiento por más de 6 eventos, la Municipalidad de Laja sancionará con el término anticipado del Contrato y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

29.5       Se multará con una suma equivalente a 1,0 UF por cada día de atraso por incumplimiento de permiso de edificación d acuerdo a la carta Gantt presentada por contratista y validada por el ITO.

29.6     Se multará con una suma equivalente a $100.000 si se detectare errores, omisiones y/o información adulterada de los trabajos u obras contratadas, o por la no mantención del libro de obras en el lugar de las obras, o en caso por adulteración, pérdida o destrucción parcial o total del mismo, esto por cada evento que se incurra lo anterior. De persistir el incumplimiento por más de 5 eventos, la Municipalidad sancionará con el término anticipado del Contrato y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

29.7     El oferente adjudicado que renuncia a la terminación del contrato sin cumplirlo totalmente, será sancionado con una multa equivalente a 100 U.T.M, y en consecuencia se hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por simple resolución administrativa.

29.8     El cobro de las multas será independiente del cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento el Contrato.  

30.        DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA.

Se entiende por Inspección Técnica a la o las personas que, nombradas por decreto Alcaldicio por la Municipalidad, asumen el derecho y la obligación de fiscalizar el cumplimiento de las Bases y demás antecedentes de este proyecto. 

La Inspección Técnica de la Obra I.T.O. estará a cargo de un profesional de la Dirección de Obras Municipales.  

El Contratista deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que imparta por escrito la inspección técnica, conforme a los términos y condiciones de las Bases. 

El incumplimiento de una orden dará lugar a aplicar las sanciones indicadas en estas Bases.

El control que ejerza la Municipalidad por medio de la Inspección Técnica, no libera al Contratista de la responsabilidad técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del trabajo será exclusivamente del Contratista. 

31.       PROFESIONAL A CARGO DE LAS OBRAS

Se exigirá la permanencia jornada completa de un profesional de la construcción (Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor o Constructor Civil) durante el transcurso de las faenas. Si no se diere cumplimiento a esto, el Municipio cobrará una multa equivalente a $150.000 por cada ocasión que el I.T.O. detecte que el profesional no se encuentre en la faena. El profesional a cargo de las obras tomará conocimiento de las anotaciones, sugerencias, instrucciones y/u observaciones del I.T.O. a través del libro de obras. 

En caso de que por diversos motivos se cambie el profesional residente indicado en la oferta, el contratista deberá presentar los antecedentes del nuevo profesional. Lo anterior para que el ITO  de él  V° B° antes del reemplazo. 

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.