Artículo 1°. Generalidades.
En todo lo no regulado por las presentes Bases Administrativas Especiales (en adelante e indistintamente “BAE”) y en las Bases Técnicas (en adelante e indistintamente “BT”), la presente Licitación se regirá supletoriamente por lo señalado en la Resolución Nº841/2025 de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, de fecha 09 de septiembre de 2025, la cual aprueba las Bases Administrativas Generales (en adelante e indistintamente las “BAG”), para la Adquisición de Bienes, Prestación de Servicios o Ejecución de Obras, a través de Licitación Pública o Privada, y en subsidio, por lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, “Ley de Compras Públicas”), y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 661, de 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda (en adelante también el “Reglamento”), y por todos aquellos textos normativos vigentes que fueren pertinentes y aplicables, en especial las disposiciones legales y reglamentarias establecidas las presentes “BAE” y en las “BT”.
Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato a que dé lugar la adjudicación, los documentos consignados en el artículo 3° de las “BAG” y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación. Para el correcto cumplimiento de los términos del Contrato y sus Anexos, se estará a lo establecido en el artículo 38° y siguientes de las “BAG”.
Serán de cargo del oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, conforme lo previsto en los Artículos 4°, 16°, 44° y 54° de las “BAG”. La Corporación en ningún caso será responsable de dichos costos.
Artículo 2°. Objeto de la Licitación.
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “Corporación”, llama a licitación pública SERVICIOS ODONTOLÓGICOS PARA EL CENTRO DE ESPECIALIDADES, con el objetivo de contar con un equipo de profesionales para la prestación de servicios odontológicos requeridos en la ejecución de atenciones dentales en el Centro de Especialidades Odontológicas Leng dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, por un período de 24 meses.
En todo lo no regulado en las presentes Bases Administrativas Especiales y Bases Técnicas de este proceso licitatorio, se regirá por las Bases Administrativas Generales.
Las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 3°. Condiciones particulares.
Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución de la contratación, de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:
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Moneda de la Oferta
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Moneda nacional
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Monto del contrato
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N°
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Línea
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Presupuesto Disponible
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1
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Endodoncia
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$166.000.000
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2
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Ortodoncia
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$128.000.000
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3
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Cirugía
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$32.000.000
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4
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Implantología
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$100.000.000
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5
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Integral, Odontopediatría y Rayos
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$170.000.000
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6
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Rehabilitación Oral y Odontogeriatría
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$330.000.000
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7
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Periodoncia y Trastorno Temporomandibulares y Dolor Orofacial
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$170.000.000
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TOTAL
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$1.096.000.000
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Garantía de Seriedad de la Oferta
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1% del presupuesto disponible total de todas las líneas ofertadas por el proponente.
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Garantía de Fiel Cumplimiento
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5% del monto neto adjudicado.
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Formalización de la contratación
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Contrato.
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Plazo del Contrato
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24 meses.
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Administrador del Contrato
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Rodrigo Legue Donoso.
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De conformidad a los dispuesto en el artículo 15 de las “BAG”, el plazo de validez de las ofertas será de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Artículo 4°. Etapas y plazos.
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo
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Publicación
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Una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución que aprueba las Bases de Licitación.
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Inicio Período de Consultas
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Desde la publicación de las bases en la plataforma www.mercadopublico.cl.
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Cierre Período de Consultas
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Hasta las 12:00 horas del 10° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación.
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Publicación de Respuestas
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A las 23:59 horas del día 20° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Si el 20° día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
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Cierre de recepción de las ofertas
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Hasta las 16:00 horas del 30° día contado desde la publicación de las Bases de Licitación.
Si el 30 día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
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Acto de Apertura de las Ofertas
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A las 16:01 horas del día de cierre de recepción de ofertas.
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Fecha y hora de presentación Garantía de Seriedad de la Oferta
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En caso de presentarse en forma electrónica, se podrá presentar hasta el día y hora del cierre de la recepción de las ofertas y en caso de presentarse en Oficina de Partes, hasta las 16:00 horas del día indicado para el Acto de Apertura de las ofertas.
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Período de Evaluación de las Ofertas
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10 días hábiles desde el Acto de Apertura.
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Fecha de Adjudicación
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Dentro de los 30 días hábiles contados desde la fecha del Acto de Apertura de las Ofertas.
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Suscripción de la contratación
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Dentro de los 10 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución de Adjudicación en el sistema de información.
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La Corporación podrá ampliar el plazo de “Publicación de Respuestas” hasta en 48 horas, pudiendo modificar el cronograma antes del cierre de recepción de ofertas solo si con relación a las preguntas o la cantidad de éstas, así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.
Artículo 5°. Contenido de las Ofertas.
Los oferentes deberán presentar su propuesta en los formatos (Word, Excel o PDF) que estarán disponibles en la ficha de licitación respectiva en el Portal de Mercado Público, de acuerdo a lo siguiente:
- Antecedentes Administrativos:
1.1. Formulario Anexo N°1, denominado “Identificación del Oferente”.
1.2. Declaración Jurada Simple. Deberá ser presentada solo en caso de presentarse propuestas fuera del Sistema de Información conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”.
1.3. Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, en el caso que corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo N°10 de las “BAG”.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
1.4. Formulario Anexo N°3, denominado “Declaración Jurada Simple Programas de Integridad”, debidamente completado.
En el presente Anexo los oferentes deberán declarar si cuentan con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal, adjuntando el documento asociado a dicho Programa.
Para estos efectos se entiende por programas de integridad un conjunto de instrumentos o herramientas que fomenten entre sus trabajadores un comportamiento apegado a los valores que contribuyen a instalar estándares de integridad, fortalecimiento de una conducta ética que permita combatir la corrupción.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, cada miembro de ésta deberá completar el presente formulario.
En caso de tratarse de una persona natural, para efectos de evaluación se considerará que cuenta con dicho programa si se acredita la realización de cursos, capacitaciones, diplomados u otros mediante la presentación de documentos fidedignos en que conste que se han capacitado en integridad o compliance, debiendo declararlo así en el correspondiente Anexo.
En caso de que se omitan o no se presenten debidamente estos documentos, podrán ser requeridos de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG”. En caso de haber sido solicitado y no presentarse dentro del plazo otorgado su oferta se evaluará con 0 puntos.
- Antecedentes Económicos:
2.1. Formulario Anexo N°2, denominado “Oferta Económica”.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica expresada como el porcentaje del valor total de la prestación, determinado conforme al Arancel CEO, que la Corporación pagará al prestador del servicio por su ejecución. Dicho porcentaje deberá considerar los impuestos que correspondan y no considerará reajustes ni variaciones de precio, salvo que en las presentes bases se establezca algo distinto.
En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el Anexo N°2 y el valor ingresado en el Portal, prevalecerá la oferta subida en el Anexo. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
- Antecedentes Técnicos:
3.1. Formulario Anexo N°4 “Identificación del equipo de trabajo”.
El oferente deberá presentar el Formulario Anexo N°4, denominado “Identificación del equipo de trabajo”, en el cual deberá individualizar a los profesionales propuestos para cada línea de la licitación.
Todos los profesionales declarados deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
- Poseer título de Cirujano Dentista, con o sin especialidad certificada, de conformidad con lo señalado en el artículo N°2 de las Bases Técnicas de la línea correspondiente.
- Contar con un mínimo de cuatro (4) años de ejercicio profesional como Cirujano Dentista.
Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, el oferente deberá indicar el número de Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud correspondiente a cada profesional. La Comisión Evaluadora estará facultada para revisar y validar dicha información en el sitio web oficial de la Superintendencia de Salud. En caso de verificarse que alguno de los profesionales declarados no cumple con los requisitos exigidos, la oferta será declarada inadmisible.
Adicionalmente, para cada línea de la licitación, al menos uno de los profesionales que integren el equipo de trabajo, ya sea el mismo o distintos entre sí según corresponda, deberá cumplir con los requisitos específicos establecidos en el artículo N°2 de las bases técnicas de la línea respectiva.
Para acreditar el cumplimiento de dichos requisitos técnicos, el oferente deberá adjuntar, según corresponda, la siguiente documentación:
- Copia de certificados de cursos y/o diplomados, realizados en modalidad presencial o semipresencial.
- Certificado vigente de membresía en una sociedad científica de la especialidad correspondiente.
- Anexo N°4-A “Declaración de ejercicio de servicios”, debidamente firmado.
Los oferentes deberán procurar que todos los documentos que integren su oferta sean legibles, completos y permitan verificar claramente el cumplimiento de los requisitos exigidos por la CORPORACIÓN, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
En caso de que se omita o no se presente debidamente el formulario requerido, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
Los antecedentes o documentos de respaldo podrán ser solicitados de conformidad al artículo N°33 de las “BAG”. En caso de haber sido solicitados y no haberlos presentados, su oferta será declarada inadmisible.
3.2. Formulario Anexo N°5 “Experiencia del Equipo de Trabajo”.
El oferente deberá presentar el Formulario Anexo N°5, denominado “Experiencia del equipo de trabajo”, en el cual se resumirá la experiencia de los profesionales declarados en el Anexo N°4 “Identificación del equipo de trabajo”, la cual deberá acreditarse mediante los documentos señalados en los párrafos siguientes.
Para acreditar la experiencia declarada y que esta sea considerada en la evaluación, los oferentes deberán adjuntar copias de contratos suscritos entre el profesional y la institución mandante o certificados emitidos por dicha institución, en los que se indique, a lo menos, el servicio prestado, la fecha y duración en meses de la prestación, y el nombre del profesional.
Los documentos presentados deberán corresponder a servicios odontológicos prestados en Centros de Especialidades Comunales, hospitales (incluidos los CRS) o Centros Odontológicos, tanto del sector público como privado. Asimismo, dichos documentos deberán haber sido emitidos o las prestaciones haberse realizado dentro de los últimos cuatro (4) años, contados desde la fecha de publicación de la presente licitación.
En caso de presentarse múltiples documentos que acrediten la prestación de servicios durante un mismo mes, solo se contabilizará uno de ellos, descartándose cualquier superposición de antecedentes para efectos de la asignación de puntaje. Por ejemplo, si un profesional presenta dos certificados que acreditan experiencia durante enero de 2025 (uno en la institución X y otro en la institución Y), se considerará únicamente uno de ellos, contabilizándose solo un mes de experiencia.
El puntaje se determinará mediante el siguiente procedimiento: en primer lugar, se sumarán los meses de experiencia de cada profesional por línea; posteriormente, se calculará el promedio de experiencia del equipo de trabajo correspondiente a dicha línea. Una vez obtenido dicho promedio, se asignará el puntaje correspondiente conforme a lo establecido en el numeral II del artículo N°9 de las presentes bases.
Los oferentes deberán procurar que los documentos que respalden la experiencia declarada sean legibles y contengan la información necesaria para verificar claramente las características del servicio prestado, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
La Comisión podrá verificar la veracidad de la información contenida en los certificados acompañados por los oferentes.
En caso de omisión del formulario requerido en el presente punto, este podrá ser solicitado conforme a lo dispuesto en el artículo N°33 de las “BAG”, siempre que se hayan acompañado los antecedentes o documentos de respaldo correspondientes.
Del mismo modo, los antecedentes o documentos de respaldo podrán ser solicitados conforme al citado artículo N°33 de las “BAG”, siempre que el formulario haya sido presentado al momento de ingresar la oferta y los antecedentes se encuentren debidamente individualizados en él. En caso contrario, dichos antecedentes no podrán ser solicitados y la oferta será evaluada con 0 puntos en este criterio.
3.3. Formulario Anexo N°6 “Condiciones de empleo y remuneración”.
El oferente deberá presentar el Formulario Anexo N°6, denominado “Condiciones de empleo y remuneración”, en el cual deberá declarar las mejoras en las condiciones de empleo y remuneración de los profesionales odontólogos que integrarán el equipo de trabajo.
La evaluación de este criterio se realizará sobre la base de la información declarada en el referido Anexo N°6, en el cual el oferente deberá indicar el porcentaje del pago que será efectivamente destinado a los odontólogos, respecto del porcentaje del Arancel CEO ofertado al proveedor en el Anexo N°2, considerando los impuestos incluidos cuando corresponda.
En caso de que se omita o no se presente debidamente este documento, no podrá ser requerido de conformidad al Artículo N°33 de las “BAG” y su oferta será declarada inadmisible.
Se hace presente que, dentro de los subcriterios de evaluación, se asignará el puntaje que se señale en la “Metodología y Pauta de Evaluación”, a los oferentes que tengan un “Buen Comportamiento Base". Se entiende que un oferente tiene “Buen Comportamiento Base”, si su nota de calificación es igual o superior a 4/5 o si no tiene nota, mediante la glosa "Sin Información”.
Para estos efectos se considerará la información que proporciona la Ficha Electrónica del Proveedor del portal www.mercadopublico.cl, no siendo necesario que el oferente adjunte documentos para estos efectos.
Artículo 6°. Oferta Económica.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica expresada como el porcentaje del valor total de la prestación, determinado conforme al Arancel CEO, que la Corporación pagará al prestador del servicio por su ejecución. Dicho porcentaje deberá considerar los impuestos que correspondan y no considerará reajustes ni variaciones de precio, salvo que en las presentes bases se establezca algo distinto.
El porcentaje ofertado deberá encontrarse dentro del rango comprendido entre el 45% y el 49%. Las ofertas que se presenten por debajo o por sobre dicho rango serán declaradas inadmisibles.
En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el Anexo N°2 y el valor ingresado en el Portal, prevalecerá la oferta subida en el Anexo. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
El valor que deberán ingresar los oferentes en su oferta en el portal de Mercado Público deberá de $1 peso.
Artículo 7°. Garantía de Seriedad de la Oferta.
De conformidad con lo señalado en el del artículo 52 del Decreto Supremo N°661, de 3 junio de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Compras Públicas, se requerirá una garantía de seriedad dada la complejidad de los servicios requeridos.
Monto: 1% del presupuesto disponible total de todas las líneas ofertadas por el proponente.
Plazo de vigencia mínimo: 90 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de ofertas.
Glosa: Identificación del llamado a licitación y deberá señalar que su objeto es asegurar la seriedad de la oferta.
Pagadera: Santiago.
A favor de: Corporación de Desarrollo Social de Providencia, RUT N°69.070.301-7.
En todo lo no regulado en este artículo se estará a las disposiciones contendidas en el Título VI de las Bases Administrativas Generales.
Artículo 8°. Visita a Terreno.
La presente licitación NO considera una visita a terreno.
Artículo 9°. Metodología y Pauta de Evaluación.
- EVALUACIÓN TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y ECONÓMICA.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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- Oferta Económica.
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40%
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- Oferta Técnica.
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2.1. Experiencia del equipo de trabajo.
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50%
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- Condiciones de empleo y remuneración.
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7%
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- Programas de integridad.
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1%
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- Cumplimiento de requisitos formales.
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1%
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- Comportamiento Base.
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1%
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- ASIGNACIÓN DE PUNTAJES.
i. EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA.
Los oferentes deberán presentar su oferta económica expresada como el porcentaje del valor total de la prestación, determinado conforme al Arancel CEO, que la Corporación pagará al prestador del servicio por su ejecución. Dicho porcentaje deberá considerar los impuestos que correspondan y no considerará reajustes ni variaciones de precio, salvo que en las presentes bases se establezca algo distinto.
El puntaje del criterio se obtendrá conforme al siguiente cuadro:
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PORCENTAJE DEL ARANCEL CEO A PAGAR AL PROVEEDOR, CON IMPUESTOS INCLUIDOS SI CORRESPONDE (%)
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PUNTAJE
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45%
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100
|
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46%
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80
|
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47%
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60
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48%
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40
|
|
49%
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20
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El proponente deberá ofertar su porcentaje en números enteros, sin decimales.
En caso de ofertar porcentajes con decimales, estos serán aproximados al número más cercano, por ejemplo, si oferta un 46,6%, se entenderá que oferta un 47%, y dicho porcentaje será el evaluado y el que se pagará en caso de resultar adjudicada dicha oferta.
ii. EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO.
El puntaje se determinará mediante el siguiente procedimiento: en primer lugar, se sumarán los meses de experiencia de cada profesional por línea; posteriormente, se calculará el promedio de experiencia del equipo de trabajo correspondiente a dicha línea. Una vez obtenido dicho promedio, se asignará el puntaje correspondiente conforme a lo establecido en el siguiente cuadro:
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PROMEDIO DE MESES DE EXPERIENCIA
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PUNTAJE
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Entre 37 a 48 meses
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100
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Entre 25 a 36 meses
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75
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Entre 13 a 24 meses
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50
|
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Entre 1 a 12 meses
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25
|
|
0 meses
|
0
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En caso de presentarse múltiples documentos que acrediten la prestación de servicios durante un mismo mes, solo se contabilizará uno de ellos, descartándose cualquier superposición de antecedentes para efectos de la asignación de puntaje. Por ejemplo, si un profesional presenta dos certificados que acreditan experiencia durante enero de 2025 (uno en la institución X y otro en la institución Y), se considerará únicamente uno de ellos, contabilizándose solo un mes de experiencia.
iii. CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN
La evaluación de este criterio se realizará sobre la base de la información declarada en el Anexo N°6, en el cual el oferente deberá indicar el porcentaje del pago que será efectivamente destinado a los odontólogos, respecto del porcentaje del Arancel CEO ofertado al proveedor en el Anexo N°2, considerando los impuestos incluidos cuando corresponda
La obtención del puntaje se realizará según la siguiente tabla:
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CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN
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FACTOR
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PUNTAJE
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Porcentaje (%) del monto que el proveedor pagará efectivamente a los odontólogos que formen parte de su equipo en la prestación del servicio, calculado respecto del porcentaje del Arancel CEO que la Corporación pagará al proveedor, según lo ofertado en el Anexo N°2, incluyendo los impuestos que correspondan.
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98% o más
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100
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Entre 95% y 97%
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70
|
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Entre 91% y 94%
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50
|
|
Igual o menos al 90%
|
0
|
Durante la vigencia del contrato, la Corporación podrá requerir los medios probatorios que acrediten el cumplimiento de lo ofertado, a través de cualquier medio que resulte idóneo para ello, como contratos, boletas de honorarios, entre otros.
iv. PROGRAMA DE INTEGRIDAD.
Este criterio de evaluación considera que el proveedor señale en el Anexo “Declaración Jurada Simple Programas de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio.
Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
|
|
Cuenta con Programa de integridad
|
100
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|
No cuenta con Programa de Integridad
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0
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v. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.
Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:
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FACTOR A EVALUAR
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PUNTAJE
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|
La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
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100
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|
La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios a través de foro inverso y el proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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50
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La oferta cumple todos los requisitos formales para ofertar, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos que no sean obligatorios través de foro inverso y el proveedor NO corrige y/o subsana en tiempo y forma.
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0
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vi. COMPORTAMIENTO BASE.
Para la evaluación del criterio Comportamiento Contractual Anterior (CCA), se revisará la nota del “comportamiento base” en la Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público.
Lo anterior será evaluado de acuerdo con los siguientes puntajes:
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Proveedor registra nota entre 4/5
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100
|
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Proveedor registra nota inferior a 4
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0
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En el caso de que el proveedor no registre nota del comportamiento base (Sin información) en su Ficha del proveedor en el Portal de Mercado Público, se asignarán 100 puntos.
Artículo 10°. Resolución de Empates.
Si al finalizar la evaluación, dos o más ofertas tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio “oferta técnica”. En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "oferta económica".
En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "condiciones de empleo y remuneración". Si aun así se mantiene el empate, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “comportamiento Base”. Si aun así se mantiene el empate, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “cumplimiento de los requisitos formales”. En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programa de Integridad”.
Por último, se resolverá por aquella oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl
Artículo 11°. Adjudicación.
Para la presente licitación se seleccionará la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta los puntajes obtenidos en cada criterio de evaluación y sus respectivas ponderaciones. La adjudicación se realizará a un solo oferente por línea, según el presupuesto disponible para cada una de ellas. En ningún caso se podrá adjudicar la línea a dos o más oferentes.
Artículo 12°. Formalización de la Contratación.
La contratación con el adjudicatario se formalizará mediante la suscripción de un contrato en los términos del Título XI las “BAG”.
Artículo 13°. Antecedentes adicionales a presentar por el adjudicatario.
Resuelta la adjudicación de la licitación y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá presentar los antecedentes indicados en las “BAG” y en las presentes Bases:
- Personería de la empresa, si corresponde, e informar el o los representantes legales que firmarán el contrato.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, (F30 y F30-1) en donde la Dirección del Trabajo informa situación del Contratista, en cuanto a: multas ejecutoriadas (no incluidas en boletín de infractores), deuda previsional (boletín de infractores) y resoluciones de multa (boletín de infractores).
Artículo 14°. Modificaciones al Contrato.
La Corporación podrá aumentar o disminuir el contrato, de acuerdo con las exigencias estipuladas en el artículo 57° y siguientes del Título XV “Modificaciones de Contrato” de las “BAG”. En tal caso, no podrán alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases, igualdad de los oferentes y el equilibrio financiero del contrato.
Los aumentos o disminuciones no podrán superar el 30% del valor total del contrato y deberán ser aprobados por la Secretaría General de la Corporación y ordenadas por Resolución. Para estos efectos, los aumentos y disminuciones serán propuestos a través de Informe Técnico por parte del Administrador del Contrato, manteniéndose siempre los valores adjudicados al proveedor, según el respectivo Anexo Económico. Para que sea autorizado, se requerirá la aprobación de la Secretaría General o de quien ésta haya delegado dicha facultad, mediante la correspondiente resolución. Asimismo, se deberá contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, correspondiente.
En caso de que la modificación implique un aumento de monto de la contratación, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, en los mismos términos dispuestos en las presentes bases de licitación.
La ejecución de dichos aumentos o disminuciones de los servicios contratados no podrán realizarse sin previa notificación al proveedor de la respectiva resolución que lo disponga. Todo lo anterior, según lo dispuesto en el Art. 129° del Decreto N°661/2024.
Artículo 15°. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Monto: 5% del monto NETO adjudicado.
Plazo de vigencia mínimo: 6 meses posterior a la finalización del contrato.
Glosa: Identificación del llamado a licitación y deberá señalar que su objeto es asegurar el fiel cumplimiento del contrato.
Pagadera: Santiago.
A favor de: Corporación de Desarrollo Social de Providencia, RUT N°69.070.301-7.
En todo lo no regulado en este artículo se estará a las disposiciones contendidas en el Título VII de las Bases Administrativas Generales.
Artículo 16°. Plazo del Contrato y Prórroga.
La vigencia del contrato será desde la fecha de notificación del acto administrativo que lo aprueba, y tendrá una duración de 24 meses contados desde la fecha de iniciados los servicios, conforme al Acta que deberá suscribirse entre ambas partes.
El Acta de Inicio de Servicios deberá suscribirse en un plazo no superior a 10 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que aprueba la contratación.
El plazo del contrato podrá ser suspendido en caso de fuerza mayor, caso fortuito o cualquier otra circunstancia no imputable al Contratista, debidamente calificada y fundada mediante informe del Administrador del Contrato, dictándose la correspondiente Resolución. La suspensión se mantendrá vigente mientras dure el evento a que le dio lugar.
Se deja constancia que el tiempo máximo de prórroga no podrá exceder 6 meses contados desde el vencimiento original del período de servicio. El contrato que emane de esta licitación no podrá ser renovado, ni modificado, en su vigencia, con la finalidad de extenderla en contravención a lo indicado en este párrafo.
La prórroga del contrato deberá dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 14 que establece que la modificación del monto del contrato no puede implicar un aumento de más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Artículo 17°. Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No se contemplan causales de cobro de esta garantía adicionales a las reguladas en el artículo N°27 de las “BAG”.
Artículo 18°. Otras Garantías y Seguros.
Se deben considerar un seguro de responsabilidad civil o malpraxis para todos los odontólogos que realicen acciones clínicas, el cual deberá estar vigente durante la vigencia del contrato. La cobertura del seguro deberá ser de mínimo 2.500 Unidades de Fomento (UF).
Artículo 19°. Anticipo y Garantía.
No se considera entrega de anticipo para la presente contratación.
Artículo 20°. Precio del Contrato y forma de pago.
El precio total del contrato corresponderá al presupuesto disponible por cada línea, expresado en pesos chilenos.
El pago por los servicios prestados se efectuará conforme al porcentaje del Arancel CEO ofertado por el proveedor en el Anexo N°2, el cual deberá considerar los impuestos que correspondan, cuando proceda. Dicho porcentaje corresponderá al monto que la Corporación pagará al prestador por la ejecución de los servicios y no estará sujeto a reajustes ni variaciones de precio.
Para efectos de la determinación del monto a pagar, el Arancel CEO contemplará dos componentes con valores diferenciados: Arancel CEO Base y Arancel CEO Preferencial.
El pago se realizará aplicando el porcentaje ofertado por el proveedor al valor de la prestación correspondiente según el Arancel CEO vigente, de acuerdo con el tipo de arancel aplicable a cada prestación.
Respecto de las prestaciones contenidas en aranceles de convenios, el pago corresponderá al 100% del valor de cada prestación efectivamente realizada, de conformidad con el listado contenido en dicho arancel.
Los servicios prestados se pagarán mensualmente, en pesos chilenos, de acuerdo con el porcentaje ofertado por el proveedor, el valor establecido en el listado de aranceles y lo dispuesto en las presentes bases.
La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N° 69.070.301-7, con el detalle del número de Orden de Compra emitida. Los documentos de cobro deberán ser enviados al correo electrónico tesoreria@cdsprovidencia.cl de la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación, con copia al Administrador del Contrato (vtapia@cdsprovidencia.cl y rlegue@cdsprovidencia.cl).
La documentación de respaldo que deberá ser presentada para el pago de una factura, será la siguiente:
Listado de Pago Directo Arancel CEO:
Corresponde a las prestaciones realizadas que hayan sido pagadas directamente por el usuario, financiadas mediante descuento por planilla o a través del programa municipales donde aplica el arancel CEO en sus dos componentes (base o preferencial).
Este documento deberá ser elaborado por la Encargada Administrativa del Centro de Especialidades Odontológicas y validado por el Director del mismo establecimiento.
El listado contendrá la siguiente información:
- Número de plan de tratamiento
- Nombre completo del paciente
- Acción o prestación realizada
- Fecha de avance de prestación
- Monto de pago
- Medio de pago
- Total pagar
- Número de liquidación
- Fecha de liquidación
- Nombre y rut del tratante
- Resumen de liquidación y total
-
Listado de Pago por Convenios Ministeriales:
Corresponde a las prestaciones realizadas en el marco de Convenios Ministeriales y que se encuentran debidamente financiadas, en donde aplica el Arancel Convenios.
Este documento deberá ser elaborado por la Encargada Administrativa del Centro de Especialidades Odontológicas y validado por el Director del mismo establecimiento.
El listado contendrá la siguiente información:
- Número de listado
- Proyecto
- Mes de liquidación
- Nombre, apellido y RUT del paciente
- Prestación realizada
- Fecha de avance de prestación
- Total a pagar
Las facturas estarán respaldadas con la información del listado proporcionada por el Centro de Especialidades Odontológicas.
Además, deberá presentar certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, (F30 y F30-1) en donde la Dirección del Trabajo informa situación del Contratista, en cuanto a: multas ejecutoriadas (no incluidas en boletín de infractores), deuda previsional (boletín de infractores) y resoluciones de multa (boletín de infractores), en caso de que corresponda.
Artículo 21°. Administrador del Contrato.
El administrador del Contrato será Rodrigo Legue Donoso, quien realizará, a lo menos, las funciones señaladas en el artículo N° 46 de las “BAG”.
Artículo 22°. Multas por Incumplimiento.
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, el Administrador del Contrato, aplicará las multas que a continuación se detallan, de acuerdo con el procedimiento fijado en el Título XVII “Sanciones y Multas” de las “BAG”, con un tope máximo de un 30% del monto total contratado, conforme a lo dispuesto en el Artículo 136 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Este tope no constituye una limitación a la responsabilidad del Proveedor en relación con otras estipulaciones del contrato. Dichas multas serán diarias o por evento, y se aplicarán según lo siguiente:
Nº
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MULTA
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MONTO
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1
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Tratamientos defectuosos, según lo definido en el artículo N°2 de las bases técnicas.
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1 U.T.M por evento
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2
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Atención de pacientes por profesionales con especialidades distintas a las previstas en las bases técnicas.
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2 UTM por día corrido
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3
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No prestar servicios en los horarios convenidos en las bases técnicas.
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0,5 UTM por evento
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4
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Cambio de plan de tratamiento sin validación del Administrador del Contrato
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0,5 U.T.M por evento
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5
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No presentación del profesional a la jornada programada
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2 U.T.M por día hábil de incumplimiento.
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6
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Realizar prestaciones no contempladas en Arancel CEO o Convenios
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1 U.T.M por evento
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7
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Incumplimiento de los estándares mínimos de calidad de insumos (conforme a planilla anexa).
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1 U.T.M por incumplimiento
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8
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Registrar avance de prestaciones que no han sido realizadas clínicamente.
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0,5 U.T.M por cada evento.
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9
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Más de dos reclamos de usuarios en el mes calendario.
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0,5 U.T.M por evento.
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10
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Incumplimiento de la normativa vigente Ministerial, corporativas o propias del Centro de Especialidades Odontológicas.
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1 U.T.M por incumplimiento.
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11
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No emplear los elementos de protección personal (EPP) en la ejecución del servicio.
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0,5 U.T.M por incumplimiento
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12
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No acatar solicitudes relacionadas al servicio prestado por parte del Administrador de Contrato.
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2 U.T.M por evento.
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Artículo 23°. Causales adicionales de término anticipado del contrato.
Las causales de término anticipado del contrato, será las contempladas en el artículo N°58 de las “BAG”.