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IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
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Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario-
el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en siete (7) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
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Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso primero y sexto, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores toda asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones. La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XV letra b) de las presentes Bases Administrativas.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR |
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1) La adjudicataria, deberá estar inscrita en ChileProveedores y tener digitalizados los documentos legales para contratar .
En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación y será su responsabilidad verificar que los documentos señalados en el párrafo anterior se encuentren digitalizados en el Sistema de Información. De no realizarse la inscripción en la forma y plazo aludido, se tendrá a éste por desistido de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
Si no tuviese digitalizados los citados documentos deberá acompañarlos dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, sea en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, en este último caso deberá adjuntarlos en un sobre cerrado indicando el N° de ID de la licitación y el nombre del proveedor.
2) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, contados desde la fecha de notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información. Lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 22 Nº 9, del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexan a las presentes Bases de licitación los formatos respectivos (Anexo N°1 o N°2, según corresponda).
3) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta que no se encuentra condenada por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexa a las presentes Bases de licitación el formato respectivo (Anexo N°3.)
Si la adjudicataria corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, las condiciones dispuestas en los numerales 1, 2 y 3 del presente capítulo serán exigibles respecto de cada uno de los proveedores que la integran.
De no entregar la adjudicataria los documentos requeridos en los numerales precedentes, dentro del plazo aludido de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, se le tendrá por desistida de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, declare desierta la licitación o la adjudique al proponente cuya oferta le suceda en la calificación y así sucesivamente.
Finalmente, cabe hacer presente que no podrán contratar con la Subsecretaría las personas jurídicas, que se encuentren condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado. La Subsecretaría verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. En caso que esta prohibición recaiga sobre el proveedor adjudicado, se tendrá a éste por desistido de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por los siguientes funcionarios de la Subsecretaría, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el Capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas:
1.- Sra. Brunilda Vergara Gálvez, Directivo, 7° E.U.S., Jefa del Departamento Adquisiciones e Inventario.
2.- Sra. Paola Contreras Villanueva, Técnico, 9° E.U.S., funcionaria del Departamento Adquisiciones e Inventario.
3.- Sra. Carolina Fierro Povea, Profesional, 9° E.U.S., funcionario del Departamento Adquisiciones e Inventario
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será(n) reemplazado(s) por los siguientes funcionarios, en el orden en que a continuación se individualizan:
- Sr. Rodrigo Rubio Rodríguez, Técnico, 16° E.U.S., funcionario del Departamento Adquisiciones e Inventario.
- Sra. Claudia Andrade, Técnico, 11° E.U.S., funcionaria del Departamento Adquisiciones e Inventario.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido a la Jefa de la División Administración y Finanzas, rotulado: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada: Servicio de mantención, reparación y remodelación de las dependencias de la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, y con el nombre de la proponente.
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
1. Oferta económica (*).
Ponderación 30%
Fórmula de cálculo:
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula (precio mín. / precio oferta)*100.
(*) Sólo se evaluará el monto total del servicio, sin incluir impuestos (valor total neto por los 24 meses de prestación del servicio), excluyéndose los valores requeridos a presentar en los formatos expuestos en ANEXOS N° 4, y 6 de las presentes Bases de licitación.
2. Experiencia del proponente en el servicio a contratar (*):
Ponderación 20%
Fórmula de cálculo:
- Más de cinco (5) años: 100 puntos.
- Más de dos (2) años y hasta cinco (5) años: 80 puntos.
- Más de un (1) año y hasta dos (2) años: 60 puntos.
- Entre seis (6) meses y un (1) año: 40 puntos.
- Menos de seis (6) meses, no tiene o no informa: 0 punto.
(*)Para la evaluación de este criterio se propone completar la tabla contenida en el ANEXO N°7 de las presentes Bases de licitación.
3. Cantidad de personas ofertadas para prestar el servicio:
Ponderación 20%
Fórmula de cálculo:
- Más de doce (12) personas: 100 puntos.
- Doce (12) personas: 75 puntos.
4. Asistencia a Visita Inspectiva:
Ponderación 10 %
Fórmula de cálculo:
- Proponente asiste a visita inspectiva: 100 puntos.
- Proponente no asiste a visita inspectiva: 0 puntos.
5. Condiciones de empleo (tipo de contrato y remuneración bruta mensual) con que cuentan los trabajadores del oferente que serán destinados al desarrollo de las actividades objeto de la presente licitación.
Ponderación 10%
5.1. Tipo de Contrato:
Ponderación 5%
Fórmula de cálculo:
- Todos los trabajadores destinados a la ejecución de las actividades tienen contrato indefinido: 100 puntos.
- 50% o más de los trabajadores destinados a la ejecución de las actividades tienen contrato indefinido: 80 Puntos.
- Menos del 50% de los trabajadores destinados a la ejecución de las actividades tienen contrato indefinido: 60 puntos.
- Ninguno de los trabajadores tiene contrato indefinido: 0 punto.
5.2. Remuneraciones (*) (**):
Ponderación 5%
Fórmula de cálculo:
- Todos los trabajadores destinados a la prestación del servicio perciben una remuneración bruta mensual superior en al menos un 30% al sueldo mínimo: 100 puntos.
- 50% o más de los trabajadores destinados a la prestación del servicio perciben una remuneración bruta mensual superior en al menos un 30% al sueldo mínimo y el resto de los trabajadores recibirá una remuneración bruta mensual al menos igual al sueldo mínimo: 80 puntos.
- Menos del 50% de los trabajadores destinados a la prestación del servicio perciben una remuneración bruta mensual superior en al menos un 30% al sueldo mínimo y el resto de los trabajadores recibirá una remuneración bruta mensual al menos igual al sueldo mínimo: 60 puntos.
- Todos los trabajadores destinados a la ejecución de las actividades perciben una remuneración bruta mensual igual al sueldo mínimo, o superior a este en un porcentaje inferior al 30%: 40 puntos.
(*) Se entenderá por remuneración, el concepto legal del artículo 41° del Código del Trabajo, que indica que la constituyen “las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo”, añadiendo su inciso segundo que “No constituyen remuneración las asignaciones de movilización, de pérdida de caja, de desgaste de herramientas y de colación, los viáticos, las prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley, la indemnización por años de servicios establecida en el artículo 163 y las demás que proceda pagar al extinguirse la relación contractual ni, en general, las devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.” Además el proponente deberá adoptar todas las medidas necesarias para considerar en su propuesta un eventual reajuste del sueldo mínimo.
(**) Los contratos de trabajo acompañados dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, de acuerdo a lo solicitado en el capítulo VIII N° 5, letra b) de las Bases Administrativas, deben guardar estricta coherencia con lo consignado en la respectiva declaración jurada adjuntada a su oferta técnica, pues de lo contrario, se tendrá al proveedor adjudicado por desistido de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
6. Oportunidad en la presentación de los antecedentes no evaluados que conforman la oferta técnica del proponente (maquinarias e insumos requeridos en el capítulo I, letra d, de las Bases Técnicas).
Ponderación 10%
Fórmula de cálculo:
- El proponente acompañó dentro del plazo para la presentación de ofertas todos los antecedentes no evaluados que conforman la oferta técnica: 100 puntos.
- El proponente no acompañó dentro del plazo para la presentación de ofertas todos los antecedentes no evaluados que conforman la Oferta Técnica, pero subsanó dicha omisión, dentro del plazo establecido para dicho efecto(*): 50 puntos.
(*) El plazo para subsanar la omisión de los antecedentes referidos es el señalado en el párrafo cuarto del presente capítulo. Será declarada inadmisible la oferta del proponente que no subsane la omisión señalada.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 1
2° Criterio N° 3
3° Criterio N° 2
4° Criterio N° 4
5° Criterio N° 5
6° Criterio N° 6
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, éste no se produce, se definirá la licitación adjudicando la licitación al proponente que oferte el mayor número de servicios adicionales relacionados con la prestación licitada, de entre aquellos servicios a que se refiere el Capítulo I, numeral 5) de las Bases Técnicas.
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ADJUDICACIÓN |
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La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la resolución de Adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo V, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta. En este caso, tal como se señala en el capítulo X, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta entregada por la adjudicataria.
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CONTRATO |
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La Subsecretaría y la adjudicataria, suscribirán un contrato dentro del plazo de veinte (20) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. En caso que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó a la oferta respectiva o se acompañó con posterioridad si el primero no constaba en escritura pública. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá a la Sra. Subsecretaria firmar el contrato en representación de la Subsecretaría.
Una vez firmado el respectivo contrato por las partes, se procederá a dictar el acto administrativo que lo apruebe formalmente.
Cabe advertir que en caso que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma.
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
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a) Presupuesto de la contratación:
El presupuesto para la contratación del servicio objeto de la presente licitación asciende a la suma de $170.000.000.- (ciento setenta millones de pesos), impuestos incluidos, más los recursos que resulten necesarios para cubrir el reajuste de la Oferta Económica del contratista, a partir del 13° mes de vigencia del contrato, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado de los doce 12 meses anteriores.
Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría dispone de un presupuesto referencial por todo el periodo contractual ascendente a $8.000.000.- (ocho millones de pesos) correspondientes a la adquisición de insumos adicionales, a la contratación de personal adicional y/o a extensión horaria en la prestación del servicio, si así se requiriese.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que al 1 de enero de 2022 se encuentre pendiente la tramitación del contrato respectivo, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán iniciarse en dicha fecha, quedando su pago sujeto a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
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La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en el proyecto estará integrada por dos (2) funcionarios del Departamento Adquisiciones e Inventario, de la División Administración y Finanzas.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar los servicios prestados durante la ejecución del contrato; aclarar, coordinar y/u orientar respecto del desarrollo de las actividades, en los casos que se requiera; aprobar o rechazar los cambios del personal destinado a cumplir las obligaciones del contrato; aprobar el consumo de insumos adicionales; aprobar el ingreso de maquinarias; recibir conforme los servicios contratados; y, en caso de atraso en la entrega de los servicios o productos contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
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FORMA DE PAGO |
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a) Forma de pago
Se pagará al contratista de forma mensual el monto correspondiente al total de los servicios prestados en el mes respectivo -acorde a los precios establecidos en su oferta económica-, siempre que se dé cumplimiento a los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado;
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de los servicios prestados por el contratista;
iii) Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago;
iv) Que el contratista presente semestralmente junto con la boleta o factura correspondiente, “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información, si procede.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, el pago se realizará al integrante o representante designado para ello en el documento de constitución, de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas, acápite “Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores”.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas.
La Subsecretaría exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el contratista no podrá participar.
Los pagos se realizarán, dentro de los 30 días corridos siguientes de recibida la factura o boleta.
b) Multas o sanciones
Si por razones no imputables a la Subsecretaria se produjesen atrasos y/o incumplimientos en la prestación de los servicios objeto de la licitación, ésta podrá aplicar al contratista las siguientes multas por incumplimiento de contrato:
CONDUCTA INFRACTORA MULTA
a) El contratista utiliza un número de trabajadores inferior al debido para prestar el servicio de aseo en las distintas dependencias, conforme al detalle del personal requerido indicado en el capítulo III de las Bases Técnicas. Para estos efectos, el contratista dispondrá de un período de dos (2) horas por turno para la reposición del personal faltante, transcurrido este tiempo se aplicará la multa correspondiente.
Valor de las horas hombre no trabajadas más un recargo del 50%.
Para estos efectos se considerará el valor hora hombre ofertado por el proponente en el Anexo N°4de las presentes Bases de Licitación.
b) Cada cuatro (4) atrasos o ausencias del personal en un (1) mes. 5% del monto mensual a pagar.
c) El contratista no cumple con alguna de las actividades exigidas en las presentes Bases (consignadas en el capítulo IV de las Bases Técnicas). 1 U.F. por cada incumplimiento.
d) Retraso en la entrega mensual de insumos en la bodega de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, ubicada en calle Amunátegui N°139, subterráneo, comuna y ciudad de Santiago. El plazo de dicha entrega vence el día 1° de cada mes o el día hábil siguiente, en caso de ser éste un día domingo o festivo. 2 U.F. por cada día de atraso (*) con un tope de 3 días hábiles.
(*) Se considerará como día completo, aquella fracción superior a seis (6) horas.
Sin perjuicio de lo anterior, durante el mes de servicio respectivo, las multas cursadas por la Subsecretaría no podrán superar el 20% del monto total de la mensualidad a pagar al contratista, definida en el capítulo XVII, letra a) de las presentes Bases Administrativas.
Respecto de las conductas infractoras descritas precedentemente, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo XIX de las presentes Bases Administrativas.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por la contratada, entendiéndose que éste existe si la suma total de eventos que generan incumplimiento en la prestación de los servicios convenidos con el contratista durante la vigencia del contrato -de acuerdo al capítulo XVII, letra b), denominado “Multas”, de las presentes Bases Administrativas- es igual o superior a veinticuatro (24), si las multas cursadas durante un mes de servicio superan el 20% del monto total de la mensualidad a pagar al contratista, definida en el capítulo XVII, letra a) de las presentes Bases, o si el retraso en la entrega mensual de insumos en la bodega de la Subsecretaría de Telecomunicaciones supera los 3 días hábiles.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
3. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
4. La notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
6. Si el contratista registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa, cobro de garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
El contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante una resolución fundada. En caso que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de 5 días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
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El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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NORMAS DE TRABAJO |
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Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la Información:
Toda información relativa a la Subsecretaría o a terceros a la que el contratista tenga acceso con motivo del contrato a que dé lugar la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada y el contratista no podrá hacerla pública, ni difundir opiniones sobre ésta. En caso contrario, el contratista deberá responder de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación, reservándose la Subsecretaría el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
b) Cambios en el equipo de trabajo definido inicialmente en la oferta:
Si el contratista desea efectuar cambios en el equipo de trabajo destinado a cumplir las obligaciones del contrato, deberá informar, justificar y solicitar la aprobación de los cambios a la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, con una antelación no inferior a siete (7) días hábiles. El contratista deberá identificar, con sus respectivos currículums a los trabajadores propuestos. Asimismo, deberá adjuntar respecto de éstos los documentos solicitados en el numeral 5) del capítulo VIII de las Bases Administrativas denominado “Antecedentes Legales para Contratar”. El contratista deberá tener presente que las condiciones laborales del/los nuevo(s) integrante(s) del equipo de trabajo deberán ser iguales o superiores a las de la(s) persona(s) que reemplaza. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría aprobará o rechazará la petición, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recepcionada la solicitud.
c) Subcontratación: Se prohíbe la subcontratación:
En caso que el contratista contravenga la prohibición establecida en el párrafo precedente se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
d) Cambios en las actividades definidas:
La Subsecretaría podrá eliminar actividades específicas descontándolos proporcionalmente del valor total a pagar, o bien podrá reemplazar por otras actividades cuyos costos sean similares, siempre que existan fundamentos plausibles para ello.
Conforme a lo anterior, se entenderá que las actividades susceptibles de eliminar y/o reemplazar serán las contenidas en el capítulo IV, N°1, de las Bases Técnicas.
e) Cambios en los horarios definidos:
La Subsecretaría podrá modificar los horarios del personal, descontándolos o aumentándolos proporcionalmente del valor total a pagar, según corresponda, siempre que existan fundamentos plausibles para ello.
Conforme a lo anterior, se entenderá que los horarios susceptibles de modificar serán los contenidas en el capítulo IV, N°3, de las Bases Técnicas.
f) Cambios en la dotación del personal:
La Subsecretaría podrá aumentar o disminuir la dotación de personal de aseo solicitada inicialmente, cuando ello resulte necesario para el cumplimiento de los objetivos de la Entidad y siempre que existan fundamentos plausibles para ello. En caso que se verifique lo anterior, la Subsecretaría incrementará o descontará del monto mensual a pagar -según sea el caso-, la suma correspondiente a la dotación aumentada o disminuida, la que será calculada de acuerdo a los valores consignados en la oferta económica presentada por el contratista, conforme al formato del ANEXO N° 4 de las presentes Bases de licitación.
g) Requerimientos de insumo de baños y servicios adicionales:
En caso que durante la ejecución del contrato la Subsecretaría requiera contar con cantidades de insumos de baño adicionales a las consignadas en el capítulo VI de las Bases Técnicas de la presente licitación y/o con la prestación de servicios adicionales ofertados por el contratista, la Subsecretaría podrá solicitar a este el suministro o prestación, según sea el caso, cuyos valores serán los consignados en la oferta económica presentada por el contratista, conforme al formato de los ANEXOS Nros. 5 y 6 de las presentes Bases de licitación.
h) Cambios en la ubicación de dependencias:
La Subsecretaría podrá trasladar los servicios contratados a nuevas dependencias, si fuese necesario, debiendo para ello la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informar al contratista con una antelación de treinta (30) días corridos a la fecha de traslado a las dependencias respectivas.
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PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
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La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información -sitio www.mercadopublico.cl-, y de los demás antecedentes que procedan, conforme a lo dispuesto en el inciso final del artículo 62 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El proponente deberá realizar exclusivamente en el portal www.mercadopublico.cl, ambiente privado del proveedor, su oferta económica, su oferta técnica y anexar los antecedentes administrativos solicitados, que sean pertinentes.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá hasta el 5 de enero de 2022.
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada Anexo serán los siguientes:
⮚ Contenido de la Oferta Técnica:
La descripción del contenido de cada uno de los antecedentes que a continuación se individualizan, se encuentra detallado en las Bases Técnicas, capítulo I.
1) Currículum de la persona natural o jurídica participante.
2) Condiciones de empleo del equipo de trabajo destinado a la ejecución de las labores
objeto de la presente licitación.
3) Descripción del trabajo a realizar y su metodología.
4) Maquinarias e insumos.
5) Servicios Adicionales.
(*) Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
(**) Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiestan su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
⮚ Contenido de la Oferta Económica:
El proponente deberá presentar una oferta económica que indique claramente el valor total por los servicios ofertados durante toda la vigencia del contrato (24 meses), SIN INCLUIR IMPUESTOS. El precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación, el que asciende a $170.000.000.- (ciento setenta millones de pesos), impuestos incluidos, de acuerdo a lo establecido en el numeral XIII, letra a) de estas Bases. El proponente al digitar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el valor total neto por los 24 meses de prestación del servicio.
* Los proponentes deberán enviar la oferta económica adjuntándola electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Económicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
Además, el proponente deberá presentar en su oferta económica el precio por personal adicional en caso que la Subsecretaría requiera trabajadores extras. El precio deberá expresarse en moneda nacional, sin incluir impuestos y de acuerdo al formato dispuesto en el ANEXO N° 4 de las presentes Bases de licitación, denominado “PERSONAL ADICIONAL”.
Asimismo, el proponente deberá indicar en su oferta económica el precio de los insumos adicionales de baño, en caso que la Subsecretaría lo requiera. El precio deberá expresarse en moneda nacional, sin incluir impuestos, y de acuerdo al formato dispuesto en el ANEXO N° 5 de las presentes Bases de licitación, denominado “INSUMOS DE BAÑO ADICIONALES”.
Si el proponente no indica en su oferta económica la información contenida en los ANEXOS Nros. 4 y 5 indicados precedentemente, su propuesta será declarada inadmisible.
Finalmente, en caso que el proponente preste cualquiera de los siguientes servicios: sanitización, desinfección, desinsectación y desratización, deberá indicarlo en su oferta técnica, completando además los respectivos precios, expresados en moneda nacional, sin incluir impuestos y de acuerdo al formato dispuesto en el ANEXO N° 6 de las presentes Bases de Licitación. En caso que el oferente nada indique, se entenderá que no presta los servicios señalados.
* Los proponentes deberán enviar la oferta económica digitándola en el sistema de información en el apartado destinado a dicho efecto, acompañando además la información requerida en los formatos contenidos en los ANEXOS Nros. 4 y 5. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
⮚ Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación:
Declaración jurada simple del proponente, acreditando que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades que se describen a continuación:
1.- No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o el contrato) (art. 4° ley 19.886).
2.- Como persona jurídica, no haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos de la Ley General de Pesca (art. 10 ley 20.393).
3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (art. 4° ley 19.886).
4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26, letra d., de DL 211).
5.- No tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (art. 4° ley 19.886).
Las señaladas inhabilidades están definidas en el artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y otros cuerpos legales.
*La referida declaración será visualizada al momento de realizar la oferta en el Sistema, como parte de los “Antecedentes para incluir en la oferta”. Su completitud y envío es obligatorio para que su oferta sea admisible, sin perjuicio de las excepciones que al efecto establece el artículo 62, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
** En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, en cambio, deberá enviarse una declaración por cada uno de sus integrantes, remitiéndose firmado a través del Sistema de Información, Anexo Antecedentes Administrativos. Para tales efectos deberá considerarse el mismo formato proporcionado por la Dirección de Compras, debe considerarse también que en este caso la remisión no se realiza de manera automática.
⮚ Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores:
1. En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, una escritura pública o privada firmada por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente.
En caso que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento privado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del contrato.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIII letra b) de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo deberán indicar la persona natural o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
* Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntándola electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible, sin perjuicio de las excepciones que al efecto establece el artículo 62, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
3. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, ésta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la ley Nº 19.886.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo XI, de las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
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