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POSIBILIDAD DE SUBSANAR ERRORES U OMISIONES FORMALES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS. |
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1. SERVIU Región de Coquimbo declarará INADMISIBLE cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40, inciso primero, del Reglamento de la Ley N°19.886.
2. En conformidad con el artículo 40, inciso primero, del Reglamento de la Ley N°19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, SERVIU Región de Coquimbo, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Las aclaraciones y complementaciones solicitadas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato que se suscriba, en caso de serle adjudicado.
3. Para la subsanación, señalada en el punto anterior, se otorgará un plazo fatal de 48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
4. En conformidad con el artículo 40, inciso segundo, del Reglamento de la Ley N°19.886, SERVIU Región de Coquimbo, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
5. Para las presentaciones de certificaciones o antecedentes señalados en el punto anterior, se otorgará un plazo fatal de 48 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la SERVIU Región de Coquimbo, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
6. Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, de acuerdo con la tabla establecida en las presentes bases de licitación.
7. El SERVIU se reserva el derecho de comprobar la veracidad de cualquier antecedente presentado por el oferente, sea en uso de la prerrogativa señalada en este punto de las bases administrativas o en cualquier oportunidad dentro del proceso licitatorio. De constatarse la falsedad de cualquiera de éstos, el oferente quedará fuera del Proceso de Licitación. Además, en caso que existan presunciones fundadas de hechos constitutivos de delito, se realizará la denuncia correspondiente a la Fiscalía competente. Todo lo anterior, sin perjuicio de que SERVIU Región de Coquimbo deberá hacer efectivas las garantías de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en su caso, e incluso terminar inmediata y anticipadamente los contratos que correspondan, sin indemnización para el o los oferentes o proveedores.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en las presentes Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y durante la ejecución del contrato respectivo.
- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las presentes Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos de referencia y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se compromete especialmente a respetar y acatar el punto LEGISLACIÓN LABORAL Y PREVISIONAL Y DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES, de las Bases Administrativas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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Sin que la singularización siguiente sea taxativa, toda información, datos, documentos, registros, estadísticas y archivos de todo tipo que el adjudicatario o los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, subcontratistas u otras personas vinculadas a ella, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del Fisco de Chile (SERVIU Región de Coquimbo). El adjudicatario no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por SERVIU Región de Coquimbo, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada o Protección de Datos de Carácter Personal. La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, o cualquier clase de incumplimiento de la presente cláusula facultará a este Servicio para poner término anticipado al contrato mediante resolución fundada de la Dirección de SERVIU, notificada al adjudicatario; hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato de conformidad a los términos de las presentes Bases; y ejercer las acciones legales que correspondan, haciéndose responsable solidariamente el adjudicatario de las acciones de sus empleados, o de quienes resulten responsables. Lo anterior, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios, y demás acciones legales, si proceden. Las disposiciones de este párrafo no serán aplicables en los siguientes casos: 1) Cuando la información, a la fecha en que se revela, sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del adjudicatario, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, subcontratistas u otras personas relacionadas con ella; o 2) Cuando por virtud de la ley o por resolución judicial el adjudicatario sea obligado a revelar la referida información.
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