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RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de igualdad en la puntuación entre dos o más oferentes, se adjudicará al proveedor mejor calificado en el factor con mayor ponderación, es decir, criterio Precio. En caso de mantenerse el empate se considerará como segundo factor el criterio Cumplimiento de Requerimientos Técnicos. Si persiste el empate se adjudicará al mejor calificado en el criterio Compromiso de Servicio.
No obstante, de persistir el empate, y en caso de que el proceso adquisitivo lo amerite, la elección de la oferta a adjudicar será definida por la unidad requirente, privilegiando los intereses y recursos de la Dirección de Recursos Humanos, de la Universidad de La Serena.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. |
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El vínculo entre las partes se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por parte de la Universidad de La Serena y la aceptación por parte del proveedor adjudicado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Para todos los efectos legales, el oferente adjudicado acepta que las presentes bases, al igual que su oferta, como asimismo las consultas, respuestas y las aclaraciones, formarán parte integrante del contrato.
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PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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VIGENCIA DEL CONTRATO. |
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El contrato entrará en vigencia desde la emisión y aceptación de la Orden de Compra en el sistema de información mercadopublico.cl, hasta la recepción conforme por parte de la Universidad.
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. |
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Para efectos de coordinación entre la Universidad y el adjudicatario, en cuanto a la administración del contrato y a la responsabilidad técnica y supervisión de la correcta ejecución del contrato, la Dirección de Recursos Humanos de la Universidad de La Serena, designa a la Encargada del Departamento de Desarrollo de Personas, como Administradora ULS del contrato, o a quien el Director de Recursos Humanos designe, en caso de ausencia.
Asimismo, el proveedor deberá informar, una vez aceptada la orden de compra, por medio de un correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico institucional de la Administradora ULS del contrato: mgzuniga@userena.cl, los datos de la persona que será encargada de realizar la contraparte, indicando nombre, teléfono de contacto y correo electrónico. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato del oferente adjudicado deberá, a lo menos:
a. Informar oportunamente a la Universidad de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento de los servicios contratados.
b. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del servicio.
c. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este servicio.
Todo cambio en la designación del coordinador posterior a su designación, deberá ser notificado al Administrador(a) ULS de contrato por parte de la Universidad, a más tardar dentro de las 24 horas hábiles siguientes de efectuada la designación de cambio, mediante envío de correo electrónico, a la casilla de correo electrónico institucional.
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AUMENTO O DISMINUCIÓN. |
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Eventualmente la cantidad de Uniformes podría sufrir alguna variación durante el proceso de contratación, debido a la movilidad de la planta de funcionarias de la Universidad. Esta variación en ningún caso, superará la cantidad de 10 (diez) Uniformes, como disminución o aumento.
Para efectos de facturación, el proveedor adjudicado deberá efectuar el cobro de la cantidad total de Uniformes que efectivamente entregue, considerando el aumento o disminución a la cantidad total, originalmente estimada.
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PRESUPUESTO ESTIMADO. |
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El presupuesto estimado establecido por la Universidad de La Serena para la contratación objeto de esta Licitación es de $22.999.827.- (Veintidós millones novecientos noventa y nueve mil ochocientos veintisiete pesos) impuestos y despacho incluidos, pudiendo adjudicar al oferente que realice una propuesta por un monto superior, siempre y cuando no exceda en un 5% el presupuesto antedicho y el acto administrativo adjudicatorio exprese los motivos para aquello. El tipo de moneda establecido para esta Licitación es ($) Peso Chileno, por tanto, aquella oferta que se presente en otra moneda será declarada inadmisible.
Importante: El monto de la oferta publicada en el portal debe ser en valor neto, pues, la misma plataforma se encarga de agregar los impuestos al momento de la emisión de la orden de compra.
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