Licitación ID: 2239-5-LP14
CM Venta,Arriendo,Accesor y Suministros Impresoras
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, División de Convenio Marco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Impresoras multifunción o multifuncionales 1 Unidad
Cod: 43212110
Convenio Marco de Venta, Arriendo y Suministros de Impresoras.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CM Venta,Arriendo,Accesor y Suministros Impresoras
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La DCCP, de acuerdo a las atribuciones que le confiere la ley N° 19.886, artículo 30, letra d), llama a Licitación Pública, a través de la suscripción de Convenio Marco para la adquisición y el arrendamiento de impresoras; y para la adquisición de suministros de Impresoras.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Dólar Americano
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-09-2014 15:00:00
Fecha de Publicación: 28-08-2014 19:42:22
Fecha inicio de preguntas: 29-08-2014 0:15:00
Fecha final de preguntas: 03-09-2014 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-09-2014 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-09-2014 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-09-2014 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 19-02-2015 9:28:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Reunión informativa, de asistencia voluntaria, en monjitas 392. Los interesados deberán confirmar su asistencia al correo electrónico: reunion.informativa@chilecompra.cl, hasta un día antes de la fecha indicada. 02-09-2014 9:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos para Participar en la Oferta: No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los oferentes en la presente licitación (anexo N° 1), sin perjuicio de las facultades de la DCCP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleve la Dirección del Trabajo. Anexo N° 1 “Declaración Jurada”, debe ser enviado a través del sistema www.mercadopublico.cl
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2 “Declaración jurada cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”, el cual debe ser enviado a través del sistema www.mercadopublico.cl
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica debe ser presentada a través de la “Ficha Electrónica de la Oferta”, disponible en el Formulario CM, al cual puede acceder desde el paso 3 “Ingresar documentación Anexa” de su oferta, a través del sistema www.mercadopublico.cl. La imagen de la “Ficha Electrónica de la Oferta” se encuentra contenida en el Anexo N° 3.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada, según formato del anexo 7, suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la ley N° 19.886.
- Fotocopia de su Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del repr
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
- I18n entry not found: Declaración jurada, según formato de anexo 7, suscrita por el representante legal del adjudicatario, que acredite que el proveedor no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la ley N° 19.886.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Final = (precio de producto + flete pondera Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 65%
2 Servicio de Post venta Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 5%
3 Garantía Extendida Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 8%
4 Servicio técnico autorizado Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 5%
5 Cumplimiento de requisitos formales Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 2%
6 Certificado de normas de calidad Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 10%
7 Desarrollo sustentable Ver Cláusula Procedimiento de Evaluación de Ofertas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No Aplica
Monto Total Estimado: 447216140
Justificación del monto estimado Monto total en dólares americanos, estimado en función del periodo de vigencia que tendrá el presente convenio correspondiente a 72 meses. Lo anterior se calculó tomando como base los montos transados en los CM ID 2239-23-LP09 e ID 2239-9-LP11, proyectad
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto total en dólares americanos, estimado en función del periodo de vigencia que tendrá el presente convenio correspondiente a 72 meses. Lo anterior se calculó tomando como base los montos transados en los CM ID 2239-23-LP09 e ID 2239-9-LP11, proyect
Tiempo del Contrato 72 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: No Aplica
e-mail de responsable de pago: xxx@xxx.xx
Nombre de responsable de contrato: Lily Coliman
e-mail de responsable de contrato: lily.coliman@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2904400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se permite la subcontratación parcial de servicios, sin perjuicio que la responsabilidad deberá permanecer en el adjudicatario. En todo caso, los montos subcontratados no podrán exceder del 40% del monto total estimado del contrato. Adicionalmente, cabe p
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública
Fecha de vencimiento: 29-04-2021
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La respectiva garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Calle Monjitas N° 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación correspondiente totalmente tramitada. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 6 “Formulario Datos de Garantía”, el que debe ser completado con los datos que se solicitan. La garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de Convenio. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Convenio Marco para la adquisición y el arrendamiento de impresoras; y para la adquisición de suministros de Impresoras”
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de la respectiva garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera; en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá a sancionar al proveedor con la suspensión del Catálogo. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la respectiva garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después del término de la vigencia del Convenio Marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de la respectiva garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. La restitución de la garantía correspondiente será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto 3, “Etapas y Plazos” de las presentes bases.

 Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el punto 3.

Modificaciones a las bases

La DCCP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web http://www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

Asimismo, dependiendo de la complejidad y alcance de las modificaciones, esta Dirección podrá fijar una nueva instancia de preguntas y respuestas y una nueva convocatoria a reunión informativa, en las fechas, horario y lugar que oportunamente se informe en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID de la respectiva licitación.

Categorías Licitadas

La Dirección de Compras y Contratación Pública, en esta propuesta pública, licitará las categorías y tipos de productos que a continuación se indican:

Categoría

Tipo de Producto

IMPRESORAS

IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA

IMPRESORA BRAILE

IMPRESORA LÁSER

IMPRESORA MATRIZ DE PUNTOS

IMPRESORA MULTIFUNCIÓN

IMPRESORA TÉRMICA

IMPRESORA 3D

PLOTTER

PLOTTER DE CORTE

ROTULADOR

Categoría

Tipo de Producto

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE IMPRESORA LÁSER

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE IMPRESORA MATRIZ DE PUNTOS

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE IMPRESORA MULTIFUNCIÓN

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE IMPRESORA TÉRMICA

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE IMPRESORA 3D

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE PLOTTER

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO FIJO + COSTO VARIABLE PLOTTER DE CORTE

Categoría

Tipo de Producto

ARRIENDO DE IMPRESORA COSTO VARIABLE

ARRIENDO COSTO VARIABLE IMPRESORA DE INYECCIÓN DE TINTA

ARRIENDO COSTO VARIABLE IMPRESORA LÁSER

ARRIENDO COSTO VARIABLE IMPRESORA MATRIZ DE PUNTOS

ARRIENDO COSTO VARIABLE IMPRESORA MULTIFUNCIÓN

ARRIENDO COSTO VARIABLE IMPRESORA TÉRMICA

ARRIENDO COSTO VARIABLE IMPRESORA 3D

ARRIENDO COSTO VARIABLE PLOTTER

ARRIENDO COSTO VARIABLE PLOTTER DE CORTE

Categoría

Tipo de Producto

SUMINISTROS REMANUFACTURADOS PARA IMPRESORAS

TONER REMANUFACTURADO

CARTUCHO DE TINTA REMANUFACTURADO

Categoría

Tipo de Producto

SUMINISTROS ORIGINALES DE IMPRESORAS

TONER

CARTUCHO DE TINTA

CINTA PARA IMPRESORA

Categoría

Tipo de Producto

ACCESORIOS Y REPUESTOS  PARA IMPRESORAS

CABLE PARA IMPRESORAS

CUCHILLAS DE LIMPIEZA PARA IMPRESORAS

BANDEJA PARA IMPRESORA

TARJETA DE RED

TARJETA DE MEMORIA

TARJETAS DE PVC PARA IMPRESIÓN

ALIMENTADOR AÚTOMATICO (ADF)

BASE PARA IMPRESORAS

PRINT SERVER

DUPLEX

FAX PARA IMPRESORA

FINISHER

VISOR

CABEZAL DE IMPRESIÓN

FOTORECEPTOR

KIT DE MANTENCIÓN

COMPAGINADOR

CORCHETES

CORREAS PARA PLOTTER

UNIDAD DE TRANSFERENCIA

ROLLER

UNIDAD FOTOCONDUCTORA

RODILLO DE ACEITE

TAMBOR DE IMPRESIÓN

FUSOR

RECOLECTOR DE TONER

RECOLECTOR DE RESIDUOS DE IMPRESIÓN

MÓDULO LAMINADOR

POLIMEROS PARA IMPRESIÓN

CORREA PARA IMPRESORA

SOFTWARE DE IMPRESIÓN

MATRIZ DE IMPRESIÓN

CODIFICADOR DE BANDA MAGNÉTICA PARA IMPRESORA

REVELADOR PARA IMPRESORA

BRAZALETES PARA IMPRESIÓN

CINTURON DE ARRASTRE PARA IMPRESORA

Categoría

Tipo de Producto

Arriendo de Accesorios para Impresoras

ARRIENDO DE BANDEJA PARA IMPRESORA

ARRIENDO DE TARJETA DE RED PARA IMPRESORA

ARRIENDO DE TARJETA DE RED PARA PLOTTER

ARRIENDO DE TARJETA DE MEMORIA PARA IMPRESORA

ARRIENDO DE TARJETA DE MEMORIA PARA PLOTTER

ARRIENDO DE ALIMENTADOR AÚTOMATICO (ADF)

ARRIENDO DE BASE PARA IMPRESORAS

ARRIENDO DE PRINT SERVER

ARRIENDO DE DUPLEX

ARRIENDO DE FAX PARA IMPRESORA

ARRIENDO DE FINISHER

ARRIENDO DE VISOR

ARRIENDO DE COMPAGINADOR

ARRIENDO DE ROLLER

ARRIENDO DE MÓDULO LAMINADOR

ARRIENDO DE CODIFICADOR DE BANDA MAGNÉTICA PARA IMPRESORA

Se deja expresa constancia que todos los productos ofertados dentro de las categorías antes detalladas, deben cumplir con toda la normativa chilena vigente respecto de su producción y comercialización. El incumplimiento de esta cláusula derivará en la aplicación de la sanción consistente en el término anticipado del convenio para el proveedor incumplidor, sin perjuicio de lo relativo al cobro de la garantía.

Los productos  licitados serán descritos en su totalidad en las fichas de productos dispuestas en www.mercadopublico.cl.

Los oferentes sólo podrán incorporar en su oferta nuevos productos, distintos de aquellos singularizados en el respectivo anexo disponible en el ID de la licitación, siempre y cuando aquéllos se enmarquen dentro de los tipos de producto licitados. La incorporación de nuevos productos no podrá exceder la cantidad máxima de 100 productos por oferente. En caso que un proponente oferte una cantidad superior a la indicada, se procederá a excluir su oferta de nuevos productos y se considerarán sólo aquellos productos ofertados descritos en el anexo disponible en el ID de la licitación, a través del formulario de CM dispuesto para que los proponentes realicen su oferta.

Los productos  ofertados y también los posteriormente adjudicados deberán contar con una Garantía Mínima por defectos de fabricación de 6 meses a contar de la fecha de recepción conforme de la Guía de Despacho o su equivalente.

Procedimiento de Evaluación de Ofertas

La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora, conformada por tres funcionarios de la DCCP designados por el Director a través de una resolución.

Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

Evaluación de las Ofertas:

1° Para efectos de esta evaluación, se considerarán sólo los productos ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y que además correspondan a las categorías y tipos de producto solicitados en esta Licitación.

 

2° Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 6 “Instrucciones para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal, quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación. El oferente podrá ofertar por uno o más productos licitados, no siendo obligatorio postular a todos ellos.

 

3° La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

 

4° Criterios de Evaluación:

La evaluación de las ofertas, se realizará sobre la bases de los siguientes criterios:

 

Categoría “Impresoras”:

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final = (precio de producto + flete ponderado) – descuento ponderado

65%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

10%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Servicio técnico autorizado

5%

Garantía Extendida

8%

Servicio de Post venta

5%

 

Categoría Arriendo de Impresora Costo Fijo + Costo Variable

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final= (precio de producto+ flete ponderado) – descuento ponderado

55%

Precio costo variable

15%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

10%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Servicio técnico autorizado

3,5%

Garantía Extendida

2,5%

Servicio de Post venta

2,5%

Niveles Mínimos de Servicio

4,5%

 

Categoría Arriendo de Impresora Costo Variable

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final= (precio de producto+ flete ponderado) – descuento ponderado

70%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

10%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Servicio técnico autorizado

3%

Garantía Extendida

2,5%

Servicio de Post venta

2,5%

Niveles Mínimos de Servicio

5%

 

Categoría Suministros Originales de Impresoras:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final= (precio de producto + flete ponderado) – descuento ponderado

80%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

13%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

 

 

SUMINISTROS  REMANUFACTURADOS PARA IMPRESORAS

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final= (precio de producto + flete ponderado) – descuento ponderado

73%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

20%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

 

 

Categoría Accesorios y Repuestos para Impresoras

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final= (precio de producto+ flete ponderado) – descuento ponderado

75%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

10%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Garantía Extendida

8%

 

Categoría Arriendo de Accesorios para Impresoras

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Precio Final= (precio de producto + flete ponderado) – descuento ponderado

65%

Desarrollo sustentable

5%

Certificado de normas de calidad

10%

Cumplimiento de requisitos formales

2%

Servicio técnico autorizado

4,5%

Garantía Extendida

4,5%

Servicio de Post venta

4,5%

Niveles Mínimos de Servicio

4,5%

 

Los puntajes por producto serán obtenidos por medio de la aplicación de los criterios de evaluación y sus ponderaciones.

 

DEFINICIÓN Y ASIGNACIÓN DE PUNTAJE

 

A continuación se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:

 

1.- EVALUACIÓN CRITERIO PRECIO FINAL (PARA TODAS LAS CATEGORÍAS): 

 

Este Criterio Aplica a todas las categorías. Los precios finales de los productos ofertados en las fichas electrónicas por los proveedores serán comparados por productos idénticos, es decir, productos con idéntico Tipo de Producto, Marca, Modelo, Medida, y Part Number (dato obligatorio).

Dicha comparación se realizará de manera regional, utilizando para ello la región de origen del proveedor.

 

Entiéndase por precio final el precio del producto más el recargo por flete ponderado ofertado por el proveedor, menos el descuento ponderado aplicado.

 

Se informa además que serán desestimados de la evaluación:

 

1.            Los productos que no se enmarquen dentro de las Categorías y tipos de productos licitados.

2.            Productos con precio USD 0 ó USD 1

3.            Productos nuevos que no completen correctamente el Tipo de Producto, Marca, Modelo, Medida y el atributo extendido definido para ingresar el Part Number. 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN  CRITERIO PRECIO FINAL

 

Paso 1: Definir precio Final de cada producto:

 

Para definir el precio final se debe calcular el Descuento  Ponderado y  el Flete Ponderado para cada oferente

 

Descuento Ponderado:

 

El oferente deberá indicar en el Formulario CM un porcentaje de descuento por orden de compra para cada tramo definido, el cual se aplicará sobre los montos de la orden de compra en el momento de emisión desde la tienda.

Tramo

Límite Inferior

(en USD)

Límite Superior

(en USD)

Ponderador

Tramo 1

50

250

25%

Tramo 2

251

1.000

30%

Tramo 3

1.001

10.000

25%

Tramo 4

10.001

Y más

20%

 

En caso que el proveedor no informe descuento para alguno de los tramos este se considerará como descuento cero.

Para el cálculo del descuento ponderado se aplicará el siguiente polinomio:

 

Descuento  Ponderado = descuento tramo 1* 0,25 + descuento tramo 2* 0,3 + descuento tramo 3* 0,25 + descuento tramo 4 * 0,2

 

Flete Ponderado:

 

El oferente deberá indicar en el Formulario CM un porcentaje (%) para el recargo por entrega de productos (flete) en regiones distintas a la de origen, dicho porcentaje debe ser expresado en números enteros, con máximo de un decimal.

 

Los precios ofertados deben considerar el valor que implica la entrega del producto en la región de origen declarada por el oferente. Por lo tanto, NO DEBE indicar un valor para el flete en la región de origen, es decir debe ingresar valor 0 en dicha región.

 

En caso que algún proveedor, declarase un valor para el flete en la región de Origen, la DCCP eliminará la cobertura para esa región, no siendo considerado dicho valor para efectos de cálculo del flete ponderado. Serán descartados del proceso de evaluación, todos aquellos proponentes que declaren sólo distribuir productos en su región de origen e ingresen un valor distinto de cero para flete.

 

Serán desestimadas todas aquellas ofertas en las cuales se establezca un porcentaje de recargo por flete que no se encuentre expresado en la manera que se exige en las presentes bases.

 

Para el cálculo del flete ponderado o recargo por entrega de productos en regiones ponderado, se utilizará el siguiente polinomio:

 

Flete Ponderado = sumatoria de los flete por región * coeficiente de la región/sumatoria de coeficientes de las regiones ofertadas.

 

Los coeficientes definidos para cada Región son los siguientes:

Región

Coeficiente

Arica y Parinacota

             1

Tarapacá

             1

Antofagasta

             4

Atacama

             2

Coquimbo

             5

Valparaíso

           12

Metropolitana

           35

Lib. Gral. Bdo. O'Higgins

             5

Maule

             6

Bío-Bío

           12

Araucanía

             6

Los Ríos

             3

Los Lagos

             6

Aysén

             1

Magallanes y Antártica

             1

 

Para el caso que algún oferente no complete los valores de recargo, en alguna o algunas de las regiones que declara ofertar en el Formulario Electrónico de Oferta, se considerará como “0” el porcentaje de recargo por flete.

 

Una vez definidos el Descuento Ponderado y el Flete Ponderado para cada oferente se debe aplicar el siguiente polinomio para determinar el precio final de cada ítem.

 

Precio Final = (precio ofertado * (1+ flete ponderado))* (1 - descuento ponderado)

 

 

Paso 2:  Definición de un intervalo de confianza

 

La DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para la definición de un intervalo de confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio final para cada producto, de manera de ser considerado como oferta válida, esto de acuerdo a lo que se detalla a continuación:

IC=[P - S, P + S]

 

ónde:

IC= Intervalo de Confianza

P= Promedio de los valores ofertados

S= Desviación Estándar (*)

Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde se determinará una banda de precios.

 

(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos respecto del valor promedio

 

Los precios finales que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo no serán considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en este criterio.

 

El procedimiento de cálculo para la definición del intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N°5 “Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar”.

 

Paso 3: Variación Porcentual entre el precio mínimo y el precio máximo de un intervalo de confianza

 

La DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para calcular la  variación porcentual entre el precio mínimo y el precio máximo de un intervalo de confianza

 

Variación Porcentual = (Precio Max – Precio Min) / Precio Min

 

Los productos que tengan una variación porcentual mayor a 100% no serán considerados para la evaluación.

 

Paso 4 Asignación de puntaje

 

A las ofertas de precios que se encuentren dentro del intervalo de confianza de aquellos productos que no fueron descartados por variación porcentual se le aplicará la siguiente fórmula, a través de la cual se comparará el precio Final del producto ofertado entre todos los proveedores, respecto del Precio Mínimo para el mismo producto evaluado en una misma región de origen:

 

Puntaje Precio Final= (Precio Mín. Producto Final/ Precio producto Final                 Ofertado)*100

 

 

La DCCP podrá verificar que los precios ofertados corresponden a aquellos propios de las transacciones normales del negocio, contrastando los precios ofertados contra los precios de los productos activos del Catálogo Electrónico durante el periodo de evaluación. En los casos que la DCCP no encuentre disponible en el Catalogo Electrónico los precios de referencia, podrá solicitar un número representativo de facturas bajo el concepto de “aclaraciones a la oferta”, o bien, verificar precios en el mercado.

 

La DCCP podrá verificar los precios de aquellos productos con una sola oferta, mediante la solicitud de un número representativo de facturas, bajo el concepto de “aclaraciones a la oferta”, o verificar precios en el mercado;

 

2.- EVALUACIÓN  PRECIO COSTO VARIABLE (SÓLO PARA LA CATEGORÍA: ARRIENDO DE IMPRESORAS COSTO FIJO + COSTO VARIABLE):

 

Los oferentes que deseen participar en la categoría “arriendo de impresora costo fijo más costo variable deberán ingresar en el campo precio el valor del costo fijo, y los valores para el costo variable por 100 hojas blanco y negro y/o el costo variable por 100 hojas color, en los atributos variables definidos para cada caso en la ficha de producto.

 

Los proveedores deberán considerar el costo de utilización de Tóner y/o Cartridge de cada impresión, en el valor de los atributos variables ingresados en cada ficha de producto: “costo variable por 100 hojas blanco y negro” y “costo variable por 100 hojas a color”.  Ya que durante la vigencia del contrato de arriendo, el adjudicatario deberá entregar los suministros para la impresora en arriendo sin costo adicional para los compradores, excluyendo el papel para la impresión en la entrega de suministros.

 

Los valores ofertados por los proveedores en los atributos variables en cada ficha electrónica serán comparados con  los productos idénticos por igual periodo de tiempo del Arriendo (12, 24, 36 meses),  es decir,  productos con idéntico Part Number (dato obligatorio), Tipo de Producto, Marca, Modelo, Medida y Formato. Dicha comparación se realizará de manera regional, utilizando para ello la región de origen del proveedor.

 

PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN  CRITERIO PRECIO COSTO VARIABLE

 

Paso 1: cálculo puntaje para  precio costo variable hoja color:

 

Para definir el puntaje se deberá realizar lo siguiente:

 

Definición de un intervalo de confianza

 

La DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para la definición de un intervalo de confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio para el costo variable hoja a color para cada producto perteneciente a la categoría arriendo de impresora costo fijo más variable, de manera de ser considerado como oferta válida, esto de acuerdo a lo que se detalla a continuación:

IC=[P - S, P + S]

 

Dónde:

IC= Intervalo de Confianza

P= Promedio de los valores ofertados

S= Desviación Estándar (*)

Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde se determinará una banda de precios.

 

(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del valor promedio

 

Los productos cuyo precio para el costo variable hoja a color que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo no serán considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en este criterio.

 

El procedimiento de cálculo para la definición del intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N°5 “Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar”.

 

Asignación de puntaje

 

 A las ofertas de precio para el costo variable hoja a color que se encuentren dentro del intervalo de confianza se le aplicará la siguiente fórmula, a través de la cual se comparará el precio ofertado para el costo variable hoja a color del producto, respecto del precio mínimo para el costo variable hoja a color para el mismo producto evaluado en una misma región de origen:

 

Puntaje Precio costo variable hoja a color= (Precio mínimo costo variable hoja a color / Precio ofertado para el costo variable hoja a color)*100

 

 

Paso 2: Cálculo puntaje para  precio costo variable hoja blanco y negro:

 

Para definir el puntaje se deberá realizar lo siguiente:

 

Definición de un intervalo de confianza

 

La DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para la definición de un intervalo de confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio para el costo variable hoja blanco y negro para cada producto perteneciente a la categoría arriendo de impresora costo fijo más variable, de manera de ser considerado como oferta válida, esto de acuerdo a lo que se detalla a continuación:

IC=[P - S, P + S]

 

Dónde:

IC= Intervalo de Confianza

P= Promedio de los valores ofertados

S= Desviación Estándar (*)

Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde se determinará una banda de precios.

 

(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del valor promedio

 

Los productos cuyo precio para el costo variable hoja blanco y negro que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo no serán considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en este criterio.

 

El procedimiento de cálculo para la definición del intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N°5 “Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar”.

 

Asignación de puntaje

 

A las ofertas de precio para el costo variable hoja a blanco y negro que se encuentren dentro del intervalo de confianza se le aplicará la siguiente fórmula, a través de la cual se comparará el precio ofertado para el costo variable hoja a blanco y negro del producto, respecto del precio mínimo para el costo variable hoja a blanco y negro para el mismo producto evaluado en una misma región de origen:

 

Puntaje Precio costo variable hoja a blanco y negro = (Precio mínimo costo variable hoja a blanco y negro / Precio ofertado para el costo variable hoja a blanco y negro)*100

 

 

Paso 3: Cálculo puntaje para  criterio precio costo variable:

 

Una vez realizados los pasos 1 y 2 se procederá a calcular un promedio simple con ambos resultados con el fin de determinar el puntaje para cada producto respecto del criterio precio costo variable.

 

3.- EVALUACIÓN CRITERIO CUMPLIMIENTO DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD (S)

 

Este criterio se evaluará de la misma manera para todas las categorías.

 

La asignación de puntajes en este criterio, será realizada de acuerdo al nivel de cumplimiento de las materias y contenidos que a continuación se indican y de la entrega de los respectivos medios de verificación, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

MATERIAS Y CONTENIDOS

MEDIO DE VERIFICACIÓN

a) Cuenta Programa de gestión ambiental que permita prevenir la contaminación generada por sus productos y operaciones.

Certificado ISO 14001-2004 vigente o norma chilena equivalente o Certificación de Acuerdo de Producción Limpia (APL).

b) Cuenta con un programa de gestión de residuos.

Acuerdos de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio.

c) Cuenta con un programa para promover la conciencia ambiental en su personal.

Enviar descripción del programa y Declaración Jurada.

d) Dispone de reporte de sostenibilidad.

Copia digital del informe bajo en estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.

 

El proveedor deberá declarar afirmativa o negativamente (Declarando SI o NO), conforme a lo dispuesto en el Anexo N° 2, “Declaración jurada cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”, respecto de si cumple con las materias y contenidos detallados en éste.

 

En caso de declarar Si en uno o más de los contenidos de sustentabilidad  del Anexo N° 2, “Declaración jurada cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”, anteriormente señalados, el oferente DEBERÁ adjuntar la documentación de respaldo que acredite su cumplimiento, la que podrá ser validada y acreditada por la Dirección ChileCompra.

 

En caso de no contar con alguno de los contenidos de sustentabilidad, el oferente deberá declarar la opción “NO” en los casos que corresponda. Asimismo, se entenderá por declaración negativa (“NO”), en caso que:

 

1.            El oferente omita acompañar el citado Anexo, o presentando dicho documento no declare si cumple o no con alguno de los contenidos de sustentabilidad.

 

2.            No acompañar la documentación de respaldo que se requiere para cada contenido de sustentabilidad. En este caso se asumirá que declara “NO”, en cada uno de los contenidos de sustentabilidad en los cuales no se adjunte el documento de respaldo o medio de verificación correspondiente.

 

3.            No obstante acompañar la Declaración Jurada y documentación de respaldo, no se logre acreditar o validar la existencia y/o veracidad y/o contenido de la documentación.  En este caso se asumirá que declara “NO”, en cada uno de los contenidos de sustentabilidad en los cuales no se logre acreditar o validar la existencia y/o veracidad y/o contenido.

 

 

 

 

Cálculo de Puntaje:

 

-              Proveedor Declara “SI” y presenta respaldo correspondiente a   punto “d)” (Copia digital del informe bajo en estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente que automáticamente) recibe 100 puntos

-              Proveedor  Declara “SI” y presenta respaldo para 3 de las 4 materias solicitados : 90 puntos

-              Proveedor  Declara “SI” y presenta respaldo para 2 de las 4 materias solicitados : 75 puntos

-              Proveedor Declara “SI” y presenta respaldo para 1 materia solicitada (salvo para el punto “d)” que automáticamente recibe 100 puntos): 50 puntos.

-              Declara que “NO”  en todas las materias solicitadas, No informa o No acompaña los respaldos solicitados: 0 puntos

 

 

Medios de Verificación:

 

A continuación se detalla la documentación de respaldo que deberá ser presentada por el proponente como medio de verificación, para la acreditación, validación y/o comprobación del cumplimiento de los contenidos de sustentabilidad:

 

a) El Certificado ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas).

 

Para acreditar el cumplimiento de estas normas, el oferente deberá presentar, el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación, deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

 

En caso de no disponer del Certificado ISO 14001-2004 o equivalente, también podrá presentar el certificado de producción limpia (Certificado de cumplimiento de Acuerdo de Producción Limpia -APL), con una vigencia mínima de 1 año, contado desde la fecha de presentación de la oferta, o bien, copia del Logo del Certificado de Cumplimiento de los APL “Estrella Azul”, con copia simple del “Contrato de Licencia de Uso de Marca”, debidamente suscrito. La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de validar la información así como el contenido entregado por el oferente, ante el Consejo Nacional de Producción Limpia.

 

Presentar el certificado de producción limpia de todas las empresas y/o instalaciones productivas del oferente, acompañando una declaración jurada ante notario, adjuntada como archivo electrónico, individualizando tales empresas y/o instalaciones, haciendo expresa declaración de que son las únicas con que cuenta el oferente al momento de presentación de la oferta.

 

b) Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, papel y/o vidrio. Para acreditar el cumplimiento de este acuerdo deberá adjuntar los convenios de reciclaje de desechos vigente, que su representada mantenga hasta antes del cierre de presentación de las ofertas. Un ejemplo de este tipo de acuerdo es el de la Fundación San José.

 

•             http://www.fundacionsanjose.cl/como-ayudar/reciclaje/.

•             http://www.fundacionsanjose.cl/inscripcion-campanas/

 

c) Programa para promover la conciencia ambiental en el personal de su empresa. Para acreditar el cumplimiento de este programa, el oferente deberá informar de manera completa y consistente al menos lo siguiente:

 

•             Programa y objetivos

•             Monitoreo del programa

•             Evaluación del programa

 

d) Reporte de sustentabilidad bajo estándar GRI: Corresponde a una Iniciativa de Reporte Global (acreditable a través de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Para mayor información puede visitar el siguiente link:

 

https://www.globalreporting.org/languages/spanish/Pages/default.aspx o equivalente.

 

Se deja expresa constancia, que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y acreditar la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas, así como el contenido de las mismas.

 

4.- EVALUACIÓN CRITERIO CERTIFICACIÓN DE NORMA DE CALIDAD (CAL)

 

Este criterio se aplicará de la misma manera para todas las categorías.

 

Se considerará la declaración que el oferente haga en las Garantías Generales de la Oferta del formulario CM, respecto si el oferente posee certificaciones por la implementación de sistemas de gestión para la calidad

 

Para acreditar su certificación el oferente debe adjuntar a su oferta una copia vigente del o los certificados de calidad ISO vigentes y/o Certificación de Norma de calidad Chilena N°2909 que posea. El puntaje se asignará según el siguiente detalle:

 

CRITERIO

Puntaje

No tiene, no se puede comprobar la validez de la certificación o no adjunta certificado

0 puntos

Certificación de calidad.

100 puntos

 

La empresa que otorga la certificación debe contar con el reconocimiento del Instituto Nacional de Normalización (INN).

 

Para la categoría de “Suministro Remanofacturados para Impresoras” el certificado debe indicar en el alcance “Remanofacturación” para que sea considerado en el cálculo del puntaje.

 

 

5.- EVALUACIÓN CRITERIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (R)

 

Este criterio se aplicará de la misma manera para todas las categorías.

 

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 puntos en este sub-criterio.

 

Para obtener el puntaje en este criterio, se ha dispuesto la siguiente tabla:

CRITERIO

PUNTOS

Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta antes del cierre de la licitación              

100 puntos

No Cumple con los requisitos formales de presentación de oferta antes del cierre, pero lo efectúa dentro del plazo especial.     

0 puntos

 

6.-  EVALUACIÓN CRITERIO SERVICIO TÉCNICO AUTORIZADO

 

Se considerará la presencia de servicio técnico autorizado en la o las regiones ofertadas por el proponente, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

CRITERIO

PUNTOS

Presenta servicio técnico autorizado en todas las regiones de su oferta               

100 puntos

No Presenta servicio técnico autorizado en todas las regiones su oferta

0 puntos

 

 

Se considerará que el oferente posee Servicio Técnico Autorizado cuando indique en la Ficha Electrónica de Oferta (Formulario CM), en la sección Condiciones Regionales para los productos o Ítems ofertados, un Servicio Técnico Autorizado para el periodo de garantía, en cada una de las Regiones en las cuales postule (este convenio permite subcontratación para este ítem).

 

7.- EVALUACIÓN CRITERIO GARANTÍA EXTENDIDA

 

Para las categorías “Impresoras” y “Accesorios y Repuestos  Para Impresoras” se considerará la declaración que el oferente haga, respecto de la entrega de garantías por sobre los tres meses legales. Se recuerda que todos los productos nuevos, tienen una garantía legal de 3 meses desde que se reciben, de conformidad a la Ley N° 19.496, lo que significa que las entidades compradoras podrán elegir entre exigir su reemplazo, repararlo o recuperar el dinero que se pagó.

 

El puntaje se asignará según el siguiente detalle:

 

-              El oferente entrega garantía menor a 12 meses: 0 puntos.

-              El oferente entrega garantía igual o superior a 12 meses e inferior a 24 meses: 50 puntos.

-              El oferente entrega garantía igual o superior a 24 meses: 100 puntos

Respecto de las categorías “Arriendo de Impresoras Costo Fijo más Variable”, “Arriendo de Accesorios para Impresoras” y “Arriendo de Impresora Costo Variable”, los productos ofertados contarán con Garantía por defectos de fabricación y/o uso, por todo el tiempo del contrato entre las partes. Una vez finalizado dicho contrato, el adjudicatario podrá ofrecer garantías adicionales una vez que el comprador ejerza la opción de compra. En este sentido, las garantías y los puntajes a asignar bajo este criterio son:

 

-              No oferta Garantía adicional: 0 puntos.

-              Ofrece Garantía adicional: 100 puntos.

 

Se considerara que el oferente posee Garantía cuando lo indique en la Ficha Electrónica (Formulario CM).

 

8.- EVALUACIÓN CRITERIO SERVICIO POST VENTA

 

Se refiere a la asesoría prestada a las entidades tendientes a determinar el uso óptimo de los equipos. Esto deberá contener capacitación en el uso de los equipos y software asociado que debe realizarse en la unidad de informática, secretarias y otros usuarios de la entidad compradora incluyendo la capacidad del proveedor de atender los requerimientos, frente a consultas u orientaciones respecto de compras realizadas en el presente convenio.

 

El puntaje se asignará según el siguiente detalle:

 

-              Entrega servicio de post venta: 100 puntos

-              No declara o no entrega servicio de post venta: 0 puntos.

 

Se considerara que el oferente cuenta con servicios de post venta cuando lo indique en la Ficha Electrónica (Formulario CM).

 

9.- EVALUACIÓN CRITERIO NIVELES MÍNIMOS DE SERVICIO:

 

Consiste en el ofrecimiento de  los siguientes niveles de servicio:

-              Tiempo de Respuesta Máximo: 2 horas en horario de oficina de lunes a viernes.

-              Tiempo de Solución: 2 días hábiles.

-              Soporte técnico en terreno para las categorías de arriendo de impresora.

 

Para efectos de esta licitación se considerará como:

Tiempo de Respuesta: el tiempo que media entre el primer llamado del cliente y la toma de la solicitud de la falla detectada.

 

Tiempo de Solución: Tiempo transcurrido desde tomada la solicitud y la solución efectiva del problema.

 

Se considerará que el oferente cumple con el ofrecimiento de los niveles mínimos de servicio, según lo establecido anteriormente, cuando lo indique en la Ficha Electrónica de Oferta (Formulario CM), en la sección Condiciones Comerciales

 

El puntaje se asignará según el siguiente detalle:

 

-              Posee niveles mínimos de servicio: 100 puntos

-              No declara o no posee niveles mínimos de servicio: 0 puntos.

 

Aquellos Proveedores que declaren NO ofrecer niveles mínimos de servicio, deberán entregar una solución efectiva del problema reportado por el cliente en un plazo máximo de 10 días hábiles y deberá velar por la continuidad del servicio prestado, es decir, proporcionar un equipo de reemplazo por el periodo que dure la reparación.

 

Solicitud de aclaraciones y antecedentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

 

Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.

 

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.

 

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes

Adjudicación

La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

La Dirección ChileCompra podrá declarar desierta la licitación o parte de ella, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada.

La DCCP adjudicará por categoría a los proveedores. Los productos adjudicados serán aquellos que hayan obtenido 75 puntos ponderados o más en su evaluación, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación.

La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada

Regulación de la licitación y del Convenio Marco

Las licitaciones se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes bases y sus anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por esta Dirección de oficio.

El convenio marco se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

a)            La ley N° 19.886 y su reglamento.

b)            Las bases de licitación, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones.

c)            Oferta efectivamente adjudicada.

d)            La resolución de adjudicación

e)            Contrato Marco celebrado entre la  DCCP y el adjudicatario.

f)             Órdenes de Compra que emitan organismos habilitados para utilizar el sitio www.mercadopublico.cl.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.

Acuerdo Complementario

Podrá suscribirse un Acuerdo Complementario entre las partes, en el cual se consigne la garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto no podrá ser inferior a un 5% del monto total del mencionado acuerdo, según lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la ley N° 19.886, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como la oportunidad y forma de entrega, el precio y la forma de pago, las características específicas de los bienes, la vigencia, entre otros. Tales condiciones particulares no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el Convenio Marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

El plazo de vigencia del acuerdo complementario no podrá extenderse más allá de un año contado desde el término de la vigencia del presente Convenio Marco.

Para la firma del Acuerdo Complementario, el organismo comprador deberá exigir al proveedor una declaración jurada simple que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley 19.886. Adicionalmente en dicho acuerdo deberá tenerse presente lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

Una vez firmado el acuerdo complementario, el organismo comprador deberá adjuntar el mencionado acuerdo a la Orden de Compra respectiva.

Vigencia de las Condiciones Comerciales

Las condiciones comerciales ofertadas de los Productos serán publicadas en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco y se mantendrán vigentes por toda la duración del convenio, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente convenio. Asimismo, el Catálogo Electrónico contendrá los valores para los montos que serán solicitados a través de las órdenes de compra.

El Adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes respecto de los productos o servicios pertinentes a este Convenio Marco.

En el evento de que el Adjudicatario ofrezca mejores condiciones comerciales a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), aquél deberá incorporar dichas condiciones en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco con las herramientas dispuestas por la DCCP.

De acuerdo a lo anterior, durante la vigencia del Convenio Marco, él o los proveedores adjudicados podrán aumentar sus descuentos o rebajar los precios para todas las Entidades, de todos o algunos de los productos o servicios adjudicados. Estas rebajas y descuentos se mantendrán hasta el término del Convenio Marco, salvo que el proveedor mejore nuevamente las condiciones comerciales de acuerdo con lo establecido en este punto. La DCCP publicará en el Catálogo los nuevos valores en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

Se deja expresa constancia que la DCCP, en su misión de mantener precios competitivos en la tienda ChileCompra Express, y con el objetivo de generar ahorros significativos en el proceso de contratación de los Organismos Públicos, podrá realizar un monitoreo continuo de los precios de los productos o servicios adjudicados por cada proveedor.

Para realizar esta labor, esta Dirección efectuará un levantamiento de precios de los productos o servicios disponibles en la tienda y comparará sus precios con los valores obtenidos desde licitaciones de otras instituciones publicadas en www.mercadopublico.cl, páginas web de catálogos electrónicos, listas de precios por internet u oficios de organismos públicos informando mejores condiciones por fuera de la Tienda.

En caso de detectar que el proveedor adjudicado no mantiene las condiciones más ventajosas a través de ChileCompra Express, o que en el mercado las condiciones económicas son más favorables que al contratar por dentro de la tienda, la DCCP se reserva la facultad de bloquear aquellos productos o servicios que luego de comparar los precios resulten ser menos convenientes, y sólo serán habilitados una vez que el proveedor refleje dicho valor como un precio permanente dentro de la Tienda y no por medio de una oferta especial. Adicionalmente, la DCCP podrá solicitar facturas que avalen el precio de transacción del bien en la Tienda, la cuales deberán ser legibles en su totalidad.

Modalidad Arriendo de Equipos

Respecto de las categorías “Arriendo de Impresora Costo Fijo + Costo Variable”, “Arriendo de Impresora Costo Variable” y “Arriendo de Accesorios para Impresora”, opera la siguiente modalidad: 

Esta opción permite a los organismos compradores acceder a la alternativa de equipos a través del pago de una renta mensual, con la opción de que al terminar el plazo de arriendo la entidad compradora pueda o no ejercer la opción de compra sobre el producto arrendado, a través del pago de un diferencial, el cual, de existir, será equivalente a una renta adicional, al final del plazo de contrato.

Los plazos considerados para arriendos son de 12, 24 y 36 meses. Los organismos del Estado que deseen adquirir equipos bajo esta modalidad, deberán emitir una orden de compra desde el catálogo electrónico al proveedor seleccionado, por el monto total del contrato de arriendo, el cual se debe concretar mediante la suscripción de un acuerdo complementario, el que regulará la parte operativa entre las partes.

Dentro de la cuantificación del monto para la Orden de Compra y/o Acuerdo Complementario, el comprador debe considerar una estimación de hojas a utilizar durante la vigencia del acuerdo (12, 24 o 36 meses). En el caso de “arriendo costo fijo más costo variable”, cuando la estimación de hojas no resulta suficiente, el comprador puede utilizar la ficha electrónica definida para el ajuste de estimación de hojas, la cual debe ir acompañada de un informe que justifique la utilización de esta ficha e indique la OC, acuerdo complementario y/ o proceso de Gran Compra que requiere dicho ajuste.

Será responsabilidad del adjudicatario el entregar los suministros de tinta, tóner y/o productos afines para la operación de las máquinas durante la vigencia del arriendo.

El adjudicatario deberá arrendar sólo equipos nuevos y la entrega de suministros originales para las categorías de “arriendo de impresoras costo fijo más variable” y “arriendo de impresoras costo variable”.

Debido a que el precio de los productos de esta licitación está en dólares americanos, la transformación a peso chileno, será de acuerdo al dólar observado del Banco Central, del día de emisión de la respectiva factura.

Operatoria del Convenio Marco

Una vez que el Convenio Marco entre en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico disponible en el sitio www.mercadopublico.cl, al cual cualquier Entidad, podrá acceder y emitir a través de él directamente Órdenes de Compra al Adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad.

Para los efectos del presente Convenio Marco, las Órdenes de Compra deberán acompañar como archivo adjunto, el certificado extendido por la autoridad competente, acreditando que cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para adquirir los productos o servicios requeridos y que se generen y emitan a través del sitio www.mercadopublico.cl.

Rechazo Órdenes de Compra

El adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio en los siguientes casos:

a)            Que la Entidad que emite la orden de compra tenga una deuda vencida con el Adjudicatario o con cualquier proveedor del presente Convenio Marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio Adjudicatario.

b)            Que el valor de la orden de compra recepcionada por el Adjudicatario, sea inferior al monto mínimo de despacho declarado por el oferente en su oferta.

c)            No adjuntar a la orden de compra, el certificado debidamente autorizado, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos consignados en ella.

d)            Inconsistencia entre los valores de OC y las condiciones ofertadas por el proveedor.

El adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al presente convenio.

El proveedor adjudicado es responsable de la garantía de los productos y servicios adquiridos mediante este Convenio Marco.

Asimismo el adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los productos y servicios que preste a los usuarios del presente convenio, so pena de la sanción que pueda aplicar la DCCP, en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado.

 

Bloqueo de Productos :

La DCCP procederá al bloqueo de productos o servicios en el Catálogo Electrónico, en los casos siguientes:

a)            Si detecta que algunos de los productos o servicios presentan condiciones comerciales menos favorables que los que se encuentran disponibles en el mercado. El tiempo de bloqueo del producto o servicio será hasta que el proveedor subsane la situación.

b)            Cuando en la Tienda Electrónica, existan productos o servicios que en un periodo de 12 meses o más, no experimenten transacciones derivadas de compras realizadas a través de ChileCompra Express. En este caso, los productos o servicios se mantendrán bloqueados hasta que el adjudicatario fundamente la necesidad de mantener dichos productos o servicios en la tienda y esta justificación sea aceptada por la DCCP.

c)            Si se detecta la incorporación de productos que por su naturaleza no corresponden a este convenio marco, o en general por cualquier otra circunstancia que implique la utilización de una ficha de producto o servicio para la adquisición de un bien distinto al especificado en la misma. El tiempo de bloqueo del producto o servicio será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún tipo de sanción en contra del adjudicatario.

d)            Todos aquellos productos que no cumplan con la normativa chilena vigente.

 

Bloqueo de Adjudicatario

La DCCP deshabilitará del Catálogo al adjudicatario que se encuentre inhábil en ChileProveedores. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de ChileProveedores. El adjudicatario será habilitado nuevamente, cuando se encuentre hábil en el registro, para lo cual deberá informar a la DCCP de dicho estado por los medios que esta estime.

 

Capacitaciones

El proveedor deberá estar disponible para capacitarse en la operatoria del convenio marco, así como conocer y respetar los términos de usabilidad del portal.

 

Derechos e Impuestos

Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Convenio Marco, tales como los gastos notariales de celebración de Convenio, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el Convenio o las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.

Será responsabilidad del Comprador solicitar las debidas cauciones (garantías) que aseguren el cumplimiento de los respectivos Acuerdos -según lo indicado en la cláusula 10.2 Acuerdo Complementario-, así como también las certificaciones y resoluciones correspondientes para los servicios y productos adquiridos a través de este Convenio Marco

Incorporación de Productos y/o Servicios al Catálogo

Los productos adjudicados y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicados en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl, lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el adjudicatario cumpla con lo siguiente:

a)            Deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación.

b)            Haber entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento de Convenio establecida en las bases de licitación.

c)            Deberá dar cumplimiento a los requerimientos de catalogación que DCCP establezca para todos los adjudicatarios. Para ello deberá completar toda la información que la DCCP le requiera respecto de los productos adjudicados, esto implica entregar a la Unidad de Catalogación para cada producto, lo siguiente:

•             Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas.

•             Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar hasta 4 fotos, pero al menos debe proveerse de una).

•             Sólo en caso que la DCCP lo requiera, ésta enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde deberá completarse toda la información: una columna con el ID Producto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada ID Producto. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta.

•             El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:

•             Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg

•             Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg

•             Ejemplo:  ID Producto = 2031

•             Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg

•             Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.

El proveedor deberá entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los productos y/o servicios, para una mejor caracterización y descripción de estos.

La propiedad de la ficha electrónica será de la DCCP, la que se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.

La DCCP se reserva el derecho a deshabilitar productos o servicios cuyas fichas estén defectuosas, es decir, con fotos en blanco o mal dimensionado, fichas incompletas, datos falsos u otros que estime conveniente para el buen funcionamiento del catálogo.

Descuentos Especiales (Ofertas)
El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios o descuentos vigentes en el Convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos descuentos especiales tendrán el carácter de oferta especial la que en ningún caso podrá ser inferior a un 1% de descuento de su precio catalogado y se deberán mantener por un plazo mínimo de 3 días hábiles desde su publicación en el Catálogo. La DCCP, publicará en la tienda dichas ofertas especiales, al día siguiente corrido, contado desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.
Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades
El Adjudicatario, no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en convenio marco, sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades, a excepción de las ofertas realizadas para un proceso de Gran Compra.
Compras mayores a 1.000 UTM (Mil UTM)

En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar, a través del Sistema, la intención de compra a todos los proveedores que tengan adjudicado el producto requerido, en los términos que establece el artículo 14 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

La comunicación será realizada con la debida antelación, plazo que en ningún caso podrá ser inferior a 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra.

Las ofertas recibidas serán evaluadas debiendo confeccionarse un cuadro comparativo que será fundamento y anexo de la resolución que aprueba la adquisición, la que deberá ser publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda vez que la naturaleza de la contratación lo requiera, la entidad podrá incorporar en su intención de compra lo siguiente:

a)            Garantías adicionales a las establecidas en estas bases, mediante la firma de un acuerdo complementario.

b)            Posibilidad de seleccionar a la segunda mejor oferta, en caso que el proveedor seleccionado en primera instancia desista de su oferta.

c)            Visita a Terreno, cuando la complejidad de la adquisición, las condiciones especiales y la naturaleza de los bienes a adquirir, así lo requieran.

El comprador no podrá, considerar en la “Intención de Compra”, criterios de evaluación adicionales o nuevos Sub-criterios, distintos a los previamente considerados en las presentes bases de licitación.

A la luz de los resultados obtenidos, la Entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según el resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las bases de licitación de convenio marco, en lo que les sean aplicables, cuadro que será adjuntado a la orden de compra que se emita y servirá de fundamento de la resolución que apruebe la adquisición.

Las entidades públicas procurarán efectuar sus procesos de grandes compras, de conformidad a lo señalado en la Directiva de Compras N° 15, publicada en el portal www.chilecompra.cl.

 

Resolución de empates:

Las Entidades podrán establecer en la “Intención de Compra” la aplicación de criterios de desempates, en el caso que dos o más proveedores obtuviesen el mismo puntaje final. Para ello se deberán determinar en la “Intención de Compra” los criterios y sub-criterios que serán considerados para dirimir el desempate, así como el orden de prelación en el que aquéllos serán aplicados.  

Actualización de Productos y Servicios Adjudicados

 Durante la vigencia de los Convenios Marco, el Adjudicatario deberá mantener en el Catálogo Electrónico los productos adjudicados con las condiciones más ventajosas para las Entidades. Para ello, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

a)            Eliminar, Bloquear o descontinuar uno o más productos adjudicados, a partir del tercer mes de la entrada en operación del Convenio Marco. 

b)            Agregar nuevos productos a su oferta de productos en la Tienda, definidas en el Anexo N° 8, para lo cual será requisito lo siguiente:

•             La identidad del nuevo producto con la categoría adjudicada, de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo N° 8 de estas bases.

•             La mantención de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta.

b.1) En caso de que el producto o servicio que se pretenda agregar no se encuentre en el Catálogo de productos licitado de acuerdo a estas bases, la DCCP verificará que su precio sea igual o inferior al mejor precio ofrecido por el mismo proveedor a sus clientes particulares (fuera del convenio marco). Lo señalado deberá ser acreditado mediante lo siguiente:

•             La presentación de facturas emitidas con una antigüedad mínima de 30 días corridos y que hayan sido recepcionadas por el comprador; o por listados públicos; o por otros medios que la DCCP estime necesarios para comprobar la efectividad de lo informado y/o,

•             Presentar los precios de lista, documento que deberá estar firmado por el Gerente General o Representante Legal de la empresa, respetando el tipo de moneda establecido para esta licitación.

•             Adicionalmente, la DCCP podrá verificar que el precio ofertado sea más barato que en el mercado, para esto podrá verificar los precios por internet, catálogos, revistas, entre otras. En caso del no cumplimiento de esta condición el producto o servicio podrá ser rechazado.

b.2)  En caso que el producto que se pretenda agregar se encuentre en el Catálogo del Convenio Marco se aplicará la fórmula descrita a continuación y su resultado deber ser igual o superior a los 85 puntos.

Fórmula:

Puntaje = (Precio Mín. en tienda / Precio Ofertado)*100

c)            Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como, disminuir los precios de los productos, disminuir los porcentajes de flete, aumentar los porcentajes de descuento ofrecidos por volumen, disminuir los plazos de entrega y de reposición, ya sea para algunas o todas las regiones ofrecidas.

d)            Transferir parte o el total de los descuentos por volumen al valor de los servicios adjudicados.

e)            Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los servicios publicados en tienda, a otras regiones, considerando para ello que el porcentaje de flete sea menor que el mayor valor existente en el convenio para la región en cuestión.

f)             El adjudicatario deberá completar todos los atributos extendidos de la ficha de producto que desee incorporar  de manera correcta

Las actualizaciones de los productos adjudicados señalados precedentemente, deberán solicitarse a través de la herramienta de BackOffice de Convenio Marco que la DCCP destine para dichos efectos en el Catálogo Electrónico, adjuntando en la misma, los documentos de respaldo necesarios para validar el cumplimiento de las condiciones requeridas.

La DCCP realizará un análisis de las solicitudes, pudiendo aceptarlas o rechazarlas, en un plazo de 10 días hábiles, contados desde su recepción.

Sin perjuicio de lo señalado, la DCCP podrá reemplazar el mecanismo de revisión de solicitudes de actualización de servicios en el Catálogo por un monitoreo posterior de las mismas. En caso que la DCCP detecte, a través del monitoreo posterior que realice, el no cumplimiento de las condiciones requeridas en estas bases para la actualización de productos o la no acreditación de la documentación solicitada que permita verificarlas, el producto o servicio respectivo será excluido del Catálogo y se procederá con la aplicación de la sanción que corresponda.

En cada solicitud de remplazo o incorporación de productos, un proveedor no podrá contener más de 30 productos nuevos, esto es, que al momento de la solicitud no hayan estado ya catalogados en el presente Convenio Marco.   En caso de no cumplirse lo anterior, la DCCP procederá a rechazar la solicitud. En todo caso, lo señalado no obsta a que los productos puedan ser posteriormente incorporados a raíz de nuevas solicitudes de actualización por parte del mismo adjudicatario.

Reajuste de productos y/o servicios
Este convenio no establece ni contempla condiciones de reajustabilidad.
Nuevos Llamados a licitación

La DCCP podrá realizar nuevos llamados a través del Sistema de Información, a fin de que nuevos proponentes presenten sus ofertas, de acuerdo a los productos singularizados en el Anexo disponible en el ID de la licitación (que comprende a los productos que hayan sido posteriormente incorporados de acuerdo a las reglas de actualización establecidas en el punto “10.10.- Actualización de productos adjudicados”).

Tratándose de los nuevos llamados, los oferentes sólo podrán incorporar en su oferta nuevos productos, distintos de aquellos singularizados en el párrafo anterior, siempre y cuando aquéllos se enmarquen dentro de los tipos de producto licitados. La incorporación de nuevos productos en una oferta, no podrá exceder la cantidad máxima de 20 productos.  En este último caso, los productos nuevos serán evaluados de acuerdo a las reglas de evaluación establecidas en la cláusula 9.2 de las presentes bases.

Los nuevos llamados podrán circunscribirse a todas las categorías, a algunas de ellas o tan solo a una de ellas, decisión que será oportunamente adoptada por la DCCP, tomando en consideración el comportamiento del convenio marco.

Las propuestas presentadas en respuesta a los nuevos llamados serán evaluadas por la DCCP de acuerdo a las reglas contenidas en el presente formato tipo de bases. Por lo tanto,  en los nuevos llamados a licitación, los plazos  para la presentación de las ofertas, para la evaluación y para la adjudicación, así como los requisitos de la oferta y los criterios de evaluación que se utilicen en los nuevos llamados, serán los mismos que se establecen en las presentes bases.

 

 Requisito especial de adjudicación en los nuevos llamados:

Con todo, antes de proceder a la adjudicación en los nuevos llamados a licitación, la DCCP constatará que los precios de los productos que se encuentren en condiciones de ser adjudicados, sean iguales o inferiores a los precios promedios catalogados a la época del cierre de las ofertas, relativos al mismo producto, sin considerar los “descuentos u ofertas especiales” (punto 10.7 de las bases). Si los precios de los señalados productos no cumplen con la condición señalada, aquéllos no podrán ser adjudicados en los nuevos llamados y no serán considerados para la evaluación.

Subcontratación

Se permite la subcontratación parcial de servicios, sin perjuicio que la responsabilidad deberá permanecer en el adjudicatario. En todo caso, los montos subcontratados no podrán exceder del 40% del monto total estimado del contrato. Adicionalmente, cabe precisar que tan sólo se podrán subcontratar los siguientes servicios: Servicio Técnico; packing, almacenaje y distribución.

Con todo, cabe señalar que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acuerdos complementarios, si es que existieren que se firmasen con las entidades compradoras (Art. 76 del reglamento de la ley N° 19.886).

Multas y Sanciones

Los adjudicatarios podrán ser sancionados con una o más de las siguientes medidas:

Multas:

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades contratantes con el pago de multas por atrasos en la entrega de los productos. 

Los plazos para las entregas comenzarán a correr desde la aceptación de la respectiva OC, de acuerdo al Art. 63 del reglamento de la ley N° 19.886.

Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, en relación al plazo ofertado y/o acordado, según corresponda, y se calcularán como un 2% del valor neto del producto solicitado y aplicable a las cantidades que se entreguen atrasadas respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor, con un tope de 10 días hábiles. Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de las Entidades de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Procedimiento para aplicación de multas:

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo,  lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

 Procedimiento de Reposición:

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente, resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y al Director de la DCCP.

Cobro de la multa:

Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad para requerir a la DCCP la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la Entidad.

 Sanciones aplicables por la DCCP:

La DCCP, en caso de incumplimientos, aplicará las sanciones que se singularizan a continuación. Con todo, al determinar la sanción a aplicar al adjudicatario, la DCCP tendrá en consideración la magnitud de la falta cometida,  la cantidad de órdenes de compra emitidas al proveedor, el monto transado en la orden de compra que da origen a la sanción y el impacto del bien o servicio contratado en la gestión de la(s) Entidad(es) requirente(s), debiendo en todo caso dar aplicación al principio de proporcionalidad de la sanción:

1.            Amonestación:

La DCCP, amonestará al proveedor cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que ameriten la aplicación de otra de las sanciones de mayor gravedad definidas en estas bases.

La amonestación pasará a formar parte de su historial como proveedor, de acuerdo al artículo 94, letra d), del reglamento de la ley N° 19.886, información que podrá ser tenida en cuenta al momento de evaluar sus ofertas en futuras licitaciones de convenio marco. Asimismo, dichas amonestaciones serán consideradas en la aplicación de las otras sanciones contempladas en las presentes bases (cobro de boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato y suspensión temporal del proveedor).

2.            Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Convenio:

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Convenio, en los siguientes casos:

i.              No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado de las Entidades;

ii.             Más de 2 amonestaciones aplicadas dentro del plazo de 6 meses; 

iii.            Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las entidades o iniciativa propia de la DCCP.

iv.            Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases y el Convenio, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del Convenio, y existan antecedentes fundados para la aplicación de esta medida.

Cuando las Entidades Públicas soliciten el cobro a la DCCP de la Boleta de Garantía, deberán indicar en el requerimiento de aplicación de sanción los datos de contacto necesarios para hacer el traspaso de fondos en caso de hacerse efectivo el cobro de la boleta de garantía.

3.            Suspensión Temporal del Proveedor en el Catálogo:

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico, en los siguientes casos:

i.              Cuando el proveedor proceda a bloquear servicios durante los 2 primeros meses de operación del Convenio. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por el mismo número de días que restan para el término de la restricción

ii.             No entrega de la información solicitada para catalogación de los productos o servicios en los plazos convenidos.

iii.            Atraso en la entrega de los productos superior a 10 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será de hasta 2 veces el tiempo que se incurrió en atraso.

iv.            Más de 3 amonestaciones aplicadas por la DCCP dentro del plazo de 6 meses. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo se extenderá por un período de 30 días corridos.

v.             No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Convenio, de acuerdo a lo establecido en el punto 8 “Naturaleza y Montos de las Garantías”, de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía, de una nueva, con las mismas características que la anterior, que la reemplace, por todo el periodo de vigencia que corresponda.

vi.            La no presentación en ChileProveedores del Certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, al cumplirse los seis meses de vigencia del convenio marco.

vii.           Reincidencia del proveedor, por una segunda vez, en la conducta descrita en la letra a) de la sección “Bloqueo de Productos y Servicios”, del punto 10.5 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un producto en el Catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares). En este caso, el período de suspensión del proveedor se extenderá por 30 días corridos.

viii.          Cuando el proveedor que ha participado en un proceso de grandes compras, se desista de su oferta y esta acción cause un perjuicio importante en la gestión del Organismo afectado. El organismo afectado deberá informar y solicitar aplicación de sanción a través de oficio a la DCCP. El tiempo de suspensión temporal en la tienda será de tres meses.

ix.            Rechazo de Orden de Compra emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será:

-              10 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por primera vez.

-              20 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por segunda vez.

La DCCP podrá poner término anticipado al convenio marco para el proveedor, por rechazo de una OC por tercera vez.

x.             Cuando existiendo el producto y/o servicios en la Tienda, el adjudicatario solicita la creación de una nueva ficha para el mismo producto y/o servicio, para lo cual altera la denominación o alguna característica del mismo, generando duplicidad de fichas en el Catálogo. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será de:

-              10 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes por segunda vez.

-              20 días hábiles si el proveedor solicita generar fichas existentes de productos y/o por tercera vez.

-              3 meses si el proveedor solicita generar nuevas fichas de productos y/o a contar de la cuarta vez.

xi.            Detección por segunda vez de la comercialización, a través de la tienda, de productos que no corresponden al convenio o a las categorías adjudicadas por el proveedor, el plazo de suspensión en este caso será de dos meses.

En los casos ii, v y vi la Suspensión Temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción

Procedimiento para la Amonestación, Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento y Suspensión Temporal.

Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la sanción de amonestación, el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del convenio y la  suspensión temporal del Catálogo, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

La DCCP activará el siguiente procedimiento sancionatorio de oficio o a requerimiento de alguna de las entidades compradoras, en cuyo caso éstas deberán acompañar al reclamo los siguientes antecedentes:

•             Número de la Orden de Compra.

•             Fecha de emisión de la Orden de Compra.

•             Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.

•             Explicación del proveedor, si la hubiere.

•             Copia de la Orden de Compra.

•             Datos de contacto e información para transferencia electrónica de fondos para el cobro de la Garantía.

En el caso de retraso en la entrega de los productos y /o servicios, deberá indicarse, además:

•             La identificación de los productos o servicios con rezago.

•             Las cantidades rezagadas.

•             Los días hábiles de atraso en la entrega.

Detectada una situación susceptible de aplicación de alguna de las sanciones descritas, la DCCP comunicará dicha circunstancia al adjudicatario, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. A contar de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la DCCP dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la sanción que corresponda.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DCCP tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo,  lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

Procedimiento de Reposición:

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la sanción, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

La DCCP resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la o las entidades reclamantes si es que fuese el caso.

Término Anticipado del Convenio Marco

El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las siguientes causales:

i.              Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al convenio marco.

ii.             Atraso en la entrega de los productos superior a 120 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda.

iii.            Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del Convenio marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.

iv.            Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

v.             Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “pacto de integridad" contenido en las presentes bases.

vi.            Sin perjuicio de lo señalado en el Pacto de Integridad, si el adjudicatario, sus representantes,  o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del presente convenio marco, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a)            Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a una entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad compradora.

b)            Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del presente convenio marco.

c)            Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Convenio en detrimento de la respectiva Entidad pública.

vii.           No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido las bases de licitación.

viii.          Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Convenio, con un máximo de seis meses.

ix.            La comprobación de la falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser contratado.

x.             Reincidencia del proveedor, por una tercera vez, en la conducta descrita en punto a) de la sección “Bloqueo de Productos”, del punto 10.5 de la presentes bases (condiciones comerciales desfavorables de un producto en el catálogo, en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares).

xi.            Incumplimiento de la normativa chilena vigente en lo relativo a autorizaciones, certificaciones, resoluciones sanitarias u otros, respecto de la fabricación, distribución, bodegaje, venta y post venta, en lo que le sean aplicables, a los productos y servicios de este Convenio Marco.

xii.           Reincidencia por tercera vez, de incorporar servicios en Categorías que no adjudicó o servicios que no corresponden al convenio marco

xiii.          Reincidencia por tercera vez del proveedor en la comercialización a través de la Tienda de productos que no correspondan a este convenio o a las categorías adjudicadas por el proveedor.

xiv.          Rechazo por tercera vez de Orden de Compra emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación

Para concretar lo indicado en los puntos precedente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (DIEZ) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales, a su vez, deberán ser íntegramente pagadas por las respectivas Entidades. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del número i), procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en el punto 10.15 de las presentes bases.

 

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.

De concurrir cualquiera de las causales señaladas, excepto las de los números i) y vii), además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP

Del Pago

El pago de los productos y servicios, objeto del presente convenio, serán en pesos chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los productos o servicios. La recepción conforme deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los productos y/o servicios que se adquieran o soliciten a través del presente Convenio Marco. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores

Plazo de Vigencia de los Convenios Marco

Los convenios marco que se originen a partir de las presentes bases tipo, comenzarán a regir a contar de la notificación a los proveedores de la resolución de la respectiva adjudicación totalmente tramitada, a través del Sistema de Información.

La vigencia de dichos convenios marco -sea que se originen en el primer llamado a licitación o en los llamados subsiguientes-, se extenderá hasta que se cumplan 72 meses desde la total tramitación de la adjudicación del primer llamado, a menos que ambas partes, de común acuerdo, decidan ponerle término anticipado, de acuerdo a la causal i) del punto N° 10.16 de estas bases.   

Coordinador del Convenio Marco

El Adjudicatario deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia del convenio.

En el desempeño de su cometido deberá:

1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.

2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.

3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.

4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP, por el representante legal del Adjudicatario. En caso que no se informara cambio del coordinador, se asumirá que dicha función corresponderá a la persona designada por el oferente en su oferta realizada a través de la ficha electrónica

Responsabilidad del Adjudicatario

Durante la vigencia del Convenio Marco el Adjudicatario deberá administrar y mantener el catálogo de productos y servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:

1.- Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los productos y servicios adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.

2.- Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.

3.- Incorporar al Catálogo aquellos productos y servicios licitados y adjudicados al proveedor, de los cuales se tenga conocimiento que son de interés de las Entidades.

4.- Conocer y operar adecuadamente el sistema de administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl.

5.- Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.

6.- Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.

7.- Entregar informes solicitados por la DCCP.

Comportamiento Ético del Adjudicatario
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos y/o servicios que resulten adjudicados, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
Concordancia entre el producto ofertado y el producto entregado.
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar los productos de acuerdo a las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de asociaciones vinculadas a la industria.
Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.            El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven.

2.            El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.            El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.            El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.            El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.            El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.            El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.            El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes

Reposición de los Productos y Servicios

Los proveedores adjudicados deberán reponer los productos sin costo a las Entidades, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando dichas Entidades así lo requieran.

El plazo de reposición se contará desde que la Entidad presenta el reclamo ante el Adjudicatario o desde que este último recibe el bien para su reposición, según lo acordado entre las partes de acuerdo a la naturaleza del bien. El plazo de reposición será el informado en las condiciones comerciales consideradas en la Ficha Electrónica. Sin perjuicio de lo anterior, la Entidad y Adjudicatario podrán fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición.

Desarrollo Comercial del Convenio

Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Proveedor podrá desarrollar las siguientes actividades:

i.              Posicionamiento de productos y/o servicios. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Entidades, su participación como proveedor del o los productos y/o servicios adjudicados, servicios asociados, promociones especiales, jornadas de difusión masivas, entre otros.

ii.             Realizar acciones para activar productos y/o servicios de baja rotación en el Catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales para ser difundidas en el Catálogo.

iii.            En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios Marco, tales como encuentros, ferias u otros, el Adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus productos  y/o servicios con las Entidades.

iv.            El proveedor deberá informar respecto de los cambios realizados en su empresa y/o certificaciones obtenidas que le permitan mejorar la calidad de los productos y/o servicios que ofrece en el catálogo.

Las actividades señaladas precedentemente no podrán vulnerar lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en estas bases.