Licitación ID: 1461054-24-LP25
SUMINISTRO ARTICULOS ASEO UNIDADES EDUCACIONALES
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Kits de limpieza de uso general 1 Unidad
Cod: 47132102
CONTRATO DE SUMINISTRO PARA LA PROVISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ARTÍCULOS Y MATERIALES DE ASEO PARA LAS UNIDADES EDUCACIONALES DEL SLEP ELQUI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO ARTICULOS ASEO UNIDADES EDUCACIONALES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Contrato de suministro para la adquisición, provisión y distribución de artículos y material de aseo en las distintas unidades educacionales de la comunas de su jurisdicción, contribuyendo al funcionamiento de la totalidad de los establecimientos educacionales y jardines infantiles bajo su dependencia Programa 02, de acuerdo a sus respectivas necesidades y requerimientos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
P02 Establecimientos Educacionales
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Huanhuali #565
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-10-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 16-09-2025 16:22:03
Fecha inicio de preguntas: 22-09-2025 9:00:00
Fecha final de preguntas: 24-09-2025 15:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-09-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-10-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-10-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 21-10-2025 15:25:52
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Formato Identificación del oferente. Si es una UTP, todos los proveedores deben completar separadamente este formulario. b) FORMULARIO N°2 (Esencial): ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del contratista alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el contratista en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) Documento de inscripción al Rol Único Tributario o E-RUT y/o Declaración jurada de Inicio de Actividades o certificados de modificaciones del mismo, que reflejen la dirección vigente ante el SII. En caso de no acompañar este documento, el oferente será evaluado con cero puntos en “Impacto Local” detallado en los Criterios de Evaluación de las presentes bases, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta. f) FORMULARIO N°7: PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. El proveedor deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios de respaldo que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores.
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N°4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE. Formulario en que el oferente declara su experiencia en la provisión de los servicios materia de la presente licitación o de similar naturaleza en instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas o privadas correspondiente al suministro, distribución, traslado y despacho de productos iguales o similares a los solicitados en el presente proceso. Para validar la experiencia declarada en el formulario, se aceptará únicamente como documentos válidos para su acreditación, cualquiera de los siguientes: - Los contratos y/o convenios de suministro suscritos con instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas con sus respectivas Resoluciones aprobatorias, o solo estas últimas en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, todos debidamente firmados. - Órdenes de compra emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de recepción conforme. - Tratándose de ejecución de contratos para particulares, contratos debidamente suscritos, firmados por las partes, con sus respectivas facturas que acrediten la ejecución el pago de la totalidad de los servicios contratados. La experiencia que no sea informada en el formulario N°4, o que no se acredite con la documentación señalada anteriormente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado de acuerdo a la table de puntuación del criterio de evaluación de experiencia, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta; misma situación ocurrirá en el caso de que el proveedor no acompañe el formulario N°4 que detalla la experiencia y su documento verificador. Para efectos de su evaluación, los documentos validadores de experiencia que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta. b) FORMULARIO N°5 (Esencial): PLAZO DE ENTREGA. Declaración Jurada Simple de Tiempo de Entrega de los materiales de educativos, didácticos y pedagógicos en el domicilio de los establecimientos del SLEP del Elqui o en la dirección establecida de la comuna indicada en la solicitud de requerimiento correspondiente. Deberá indicarse en este formulario el plazo de entrega ofertado para materiales y artículos educativos, pedagógico o didácticos solicitados que formaran parte del contrato de suministro, en días hábiles. c) FORMULARIO N°6: PROPUESTA TÉCNICA (Esencial) Listado en formato excel, en el cual se deben detallar las características técnicas de cada uno de los artículos y materiales de aseo ofertados por el proveedor, indicando su marca, modelo y características principales (respecto a la marca del producto, el proveedor podrá indicar una o más opciones como alternativa, siempre y cuando, tenga la misma calidad y características técnicas), las cuales, deberán ser iguales, similares o equivalentes con lo solicitado en bases técnicas adjuntas. Para estos efectos se deberá completar el formulario N°6 adjunto, o acompañar un listado de productos con la información solicitada. Todas las alternativas de productos ofertadas, deberán cumplir con las características técnicas y especificaciones exigidas en las bases técnicas del proceso de Licitación. En caso de comprobarse que uno o más de los productos ofertados no cumplen con dichas características o especificaciones, el Servicio Local de educación procederá a rechazar la oferta, declarándola inadmisible, sin derecho a ser evaluada en la correspondiente línea. Las ofertas incompletas, que no contengan la totalidad de la información solicitada, o que no se ajusten a las especificaciones técnicas solicitadas serán rechazadas, sin derecho a ser evaluadas.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): CARTA OFERTA U OFERTA ECONÓMICA. Documento en formato excel, en el cual, el proveedor deberá indicar el valor unitario neto e IVA incluido de cada uno de los productos solicitados que forman parte de su oferta, la que corresponderá a la suma de todos los costos unitarios de la totalidad de ítems o productos, incluidos gastos generales, utilidades e IVA, y que deben ser distribuidos en las distintas unidades educacionales de las comunas de La Higuera, La Serena, Vicuña y Paihuano. El valor total IVA incluido de la sumatoria de productos unitarios será utilizado como oferta económica para la respectiva aplicación del criterio de evaluación. Por tratarse de un contrato de suministro, los oferentes deberán ingresar en su oferta económica al Portal Mercado Público, el valor total neto del presupuesto para esta contratación, vale decir $252.100.840.- (valor neto del contrato), debiendo levantar en su oferta, todos los archivos indicados en las presentes Bases. Los materiales y artículos de aseo que formaran parte del contrato de suministro y distribución, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas en las bases técnicas adjuntas a las presentes bases de Licitación. Asimismo, los oferentes de forma obligatoria deberán ajustar sus ofertas económicas a los precios máximos definidos por el Servicio Local de Educación para cada uno de los productos que forman parte de este proceso de Licitación. Estos valores máximos (presupuesto unitario IVA incluido máximo disponible para cada producto) son los indicados en el formulario N°3 de oferta económica. Las ofertas que incluyan cuatro o más productos, cuyas ofertas económicas (precios unitarios) no se ajusten a los valores máximos establecidos en el formulario N°3 oficial de oferta económica, serán declaradas inadmisibles, y rechazadas, sin derecho a ser evaluadas. La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la realización de los servicios requeridos, y en general, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. El Servicio Local no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el Oferente en su oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA Para este criterio se asignará un porcentaje de la puntuación total de conformidad a las tablas indicadas en bases, y luego se obtendrá un promedio simple entre el puntaje obtenido en los 3 rangos de plazos. Revisar tabla en bases 15%
2 IMPACTO LOCAL Para la determinación del puntaje de cada oferente en este criterio, se evaluará considerando la comuna de la dirección registrada en el E-RUT, o certificado de Inicio de actividades o su modificación (vigentes) ante el Servicio de Impuestos Internos.Revisar tabla en bases 8%
3 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa, etc.) 100 puntos II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 puntos 2%
4 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total IVA incluido ofertado, correspondiente a la sumatoria de cada precio unitario por producto (incluidos gastos generales, utilidades e IVA incluido) indicado en el Formulario de Oferta Económica N°3. Se evaluará con el mayor puntaje (100 puntos), a la oferta más conveniente o económica. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*60%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. Fórmula de Cálculo: Puntaje x 0.60 de ponderación. 60%
5 EXPERIENCIA PROVEEDOR Para la evaluación de este criterio, únicamente se considerará la experiencia declarada en el formulario N°4 “Experiencia del oferente” y acreditada conforme lo dispuesto en el artículo 8.4.4, letra), de las bases administrativas de Licitación. Por ello, se revisará el referido formulario y la documentación acompañada por los oferentes. Revisar tabla en bases 10%
6 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, pero respecto a los cuales se solicitaron una o más solicitudes de aclaración de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 y que no sean esenciales. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO - P02
Monto Total Estimado: 300000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 13 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42203726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Elqui
Fecha de vencimiento: 31-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 121° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 11 de la Ley Nº19.886, la empresa adjudicataria a más tardar a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6, por un monto equivalente al 5% del valor neto del Contrato, correspondiente a $12.605.042.- (doce millones seiscientos cinco mil cuarenta y dos pesos) cuyo objetivo es garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y su correcta ejecución, como también, caucionar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de el o los contratantes. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de del Servicio denominado CONTRATO DE SUMINISTRO PARA LA PROVISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ARTÍCULOS Y MATERIALES DE ASEO PARA LAS UNIDADES EDUCACIONALES DEL SLEP ELQUI”, ID 1461054-24-LP25 la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6 La Garantía por Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución debe caucionar el plazo de vigencia del contrato de hasta el 31/12/2026, más 3 meses. Si no se ha entregado la Garantía indicada precedentemente, el Servicio Local Elqui, si así lo determina, podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente o llamar a un nuevo proceso público. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones al contrato, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas o items adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 3 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso de que se contemple. El proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel y Oportuno Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato”, si éste aumenta su plazo, o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al SLEP Elqui de para cobrar y hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del oferente para aplicar los fondos recuperados de la garantía a satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades. La garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, se cobrará y hará efectiva, en todos los casos establecidos en las presentes bases de Licitación, y, además, en todos aquellos casos en que el Servicio Local de educación ponga término anticipado al contrato de suministro que se suscriba. Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor transcurrido 2 meses desde la recepción conforme total del servicio, siempre y cuando, ésta se haya efectuado sin observaciones de ninguna especie.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de del Servicio denominado CONTRATO DE SUMINISTRO PARA LA PROVISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ARTÍCULOS Y MATERIALES DE ASEO PARA LAS UNIDADES EDUCACIONALES DEL SLEP ELQUI”, ID 1461054-24-LP25 la que deberá ser extendida a favor del Servicio Local de Educación Pública Elqui, R.U.T. N° 61.981.040-6
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” se devolverá al proveedor transcurrido 2 meses desde la recepción conforme total del servicio, siempre y cuando, ésta se haya efectuado sin observaciones de ninguna especie.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con el SLEP, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras y aquellas indicadas en el capítulo VII, artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Tratándose de personas jurídicas, no podrán participar aquellas que hayan sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohechos que indica
ACLARACIONES Y MODIFICACIONES DE BASES
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por e-mail u otra vía se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quién este último haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de compras públicas, las que pasarán a ser obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
INADMISIBILIDAD DE LA OFERTA
En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en el artículo 56 del reglamento de compras, las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. Si no se acompañan los formularios N°3, N°5 y N°6 (o catálogo de productos) señalados en el numeral 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de las presentes bases. b. Si los precios ofertados para cuatro o más de los productos que forman parte del contrato de suministro, exceden los valores máximos unitarios IVA incluido informados en formulario N°3. c. Si cuatro o más de los plazos de entrega ofertados, exceden los plazos máximos de entrega establecidas en las en las presentes bases, correspondiente a más de 6, 8, y 10 días hábiles para entregas de hasta 100 productos, hasta 200 productos, o más de 200 productos respectivamente, según orden de compra. a. Si uno o más de los productos ofertados, o sus alternativas, no cumplan con las características técnicas mínimas obligatorias establecidas en las bases técnicas del proceso de Licitación. d. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el instrumento público (escritura) que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en las presentes bases de Licitación, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP. e. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19,886 y el Reglamento. f. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declarará inadmisibles las demás. g. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. h. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. i. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. j. Si la oferta del proveedor no es completa, es decir, no oferta todos los productos que se encomiendan. k. En los demás casos establecidos expresamente en las presentes bases administrativas, y en las bases técnicas del proceso de Licitación.
MECANISMO RESOLUCION DE EMPATES
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Plazo de Entrega iii. Experiencia del Proveedor iv. Impacto Local v. Cumplimiento de requisitos formales vi. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
FACTURACION
La Inspección Técnica del Servicio y/o el departamento de compra solicitará emitir la factura correspondiente al proveedor, siempre y cuando, efectivamente se hayan ejecutado la totalidad del servicio de suministro que se encomienda conforme a lo solicitado en bases técnicas de licitación, solicitud(es) de requerimiento y la(s) correspondiente(s) guía(s) de despacho, habiendo a su vez, dado su visto bueno a la presentación del estado de pago presentado por el ejecutante dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 19.2 de las presentes bases. El proveedor deberá emitir la factura a nombre del Servicio Local de Educación Pública del Elqui, RUT: 61.981.040-6, Dirección Huanhualí N°565, La Serena, IV Región, indicando en ella, el número de Orden de Compra en el campo de referencia correspondiente. La factura deberá ser extendida como a continuación se detalla: • Razón Social: Servicio Local de Educación Pública del Elqui • Rut: 61.981.040-6 • Dirección: Huanhuali N°565, comuna de La Serena. • Forma de pago “crédito” a 30 días. • En campo 801 deberá indicar número de orden de compra • Añadir en referencias el RBD y/o código y nombre del establecimiento • Deberá enviar correo con XML de la factura a dipresrecepcion@custodium.com Para el efecto, el proveedor deberá presentar la factura pertinente, vale decir, recepción vía DTE y enviar archivo XML dipresrecepcion@custodium.com, con copia a compras@slepelqui.gob.cl con el detalle de los cobros facturados, salvo que se presenten algunas de las siguientes situaciones: la factura mal extendida o que no incorporen los antecedentes solicitados en el campo 801 serán causales de devolución, por tanto, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura. El SLEP Elqui, de acuerdo con el Oficio Circular N°8/2020 de la Dirección de Presupuesto (DIPRES), pagará las facturas dentro del plazo de 30 días, mediante transferencia electrónica bancaria. En todo caso, debe tenerse en consideración lo señalado en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto 661 de 2024.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.