Licitación ID: 2239-15-LR15
Convenio Marco de Soluciones Informáticas de Salud
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, División de Convenio Marco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software médico 1 Unidad
Cod: 43232610
Convenio Marco de Soluciones Informáticas de Salud  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio Marco de Soluciones Informáticas de Salud
Estado:
Revocada
Descripción:
La necesidad de los organismos afectos a la ley Nº 19.886, de adquirir servicios de Soluciones Informáticas de Salud, en el ámbito de sus respectivas competencias y facultades legales, a fin de brindar las herramientas necesarias para asegurar un adecuado desempeño de sus funciones
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 30-06-2016 15:00:00
Fecha de Publicación: 20-01-2016 17:15:00
Fecha inicio de preguntas: 28-01-2016 0:01:00
Fecha final de preguntas: 27-05-2016 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-06-2016 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 30-06-2016 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-06-2016 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 26-10-2016 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Reunión Informativa (opcional) Monjitas 392 piso 8 26-01-2016 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- El proponente debe contestar “SI” o “NO” ante la siguiente pregunta “: “¿Mi representada/persona ha sido condenada por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años?”. Dicha pregunta se encuentra disponible en la ficha “Mis condiciones comerciales”, a través de la plataforma electrónica de Convenio Marco. La respuesta será considerada una declaración jurada emitida en representación del oferente. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración represenatdado a cada uno de los integrantes de la unión. En caso que la respuesta ingresada sea “SI”, la oferta será declarada inadmisible, siendo descartada de la evaluación.
Documentos Técnicos
1.- a.- ANEXO Nº 1: EXPERIENCIA DE LA EMPRESA b.- ANEXO Nº 2: CARTA DE RECOMENDACIÓN c.- ANEXO Nº 3: PAUTA DEL MODELO FUNCIONAL HL7 Y ERP d.- Adjuntar Manuales de Funcionalidades de las soluciones presentadas.
 
Documentos Económicos
1.- Los antecedentes económicos de su oferta deben ser incorporados a través de la plataforma electrónica de Convenio Marco disponible en el sistema de información www.mercadopublico.cl. En dicha plataforma electrónica el proveedor deberá completar las secciones: Condiciones Generales, Garantías Generales, Condiciones Regionales y Condiciones por Servicio.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- “Declaración Jurada”, según formato del anexo N° 11 suscrita por el adjudicatario, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, inciso 6°, de la Ley 19.886. Todos los anexos deben ser firmados por
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que re
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
- I18n entry not found: Anexo N° 11 “Declaración Jurada”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, inciso 6°, de la Ley 19.886. Todos los anexos deben ser firmados por la persona jurídica respectiva.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 C.- Proyecto de Habilitación (PH) VER DETALLE EN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS 15%
2 E.- Precio (P) VER DETALLE EN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS 25%
3 A.- Modelo funcional y aspectos técnicos de la sol VER DETALLE EN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS 35%
4 B.- Experiencia de la Empresa (EE) VER DETALLE EN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS 20%
5 D.- Cumplimiento Requisitos Formales (RF) VER DETALLE EN BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Encargado de Pago
e-mail de responsable de pago: encargado@pago.cl
Nombre de responsable de contrato: departamento gestion comercial de convenio marco
e-mail de responsable de contrato: departamentoservicioscm@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2904-400
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se permite la subcontratación parcial de servicios, tales como el entrenamiento en uso, plataforma tecnológica y la operación del Data Center, sin perjuicio que la responsabilidad deberá permanecer en el adjudicatario. Ver detalle en bases.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: NO APLICA
Fecha de vencimiento: 29-06-2021
Monto: 100 %
Descripción: NO APLICA
Glosa: NO APLICA
Forma y oportunidad de restitución: NO APLICA
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública
Fecha de vencimiento: 29-07-2020
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recibida en Monjitas 392, piso 10, Santiago, en la oficina de partes de la DCCP, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la correspondiente adjudicación totalmente tramitada. El instrumento de garantía deberá tener una duración de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del Convenio Marco.
Glosa: La garantía deberá indicar, cuando corresponda, en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas del convenio marco Soluciones Informáticas de Salud y el pago de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia y con las msimas características que la que reemplaza, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera. En caso de no restituir dicha garantía en los plazos indicados anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en los puntos 10.12.2 , letra c) , numeral “iii” , o, en su caso, se aplicará lo establecido en la cláusula 10.14 , numeral “viii” de las presentes bases. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la respectiva garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles contados desde la culminación del convenio. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. La restitución de esta garantía, será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9 Requerimientos Técnicos, Evaluación y Adjudicación de las Ofertas
 
9.1 Categoría licitada y Subcategorías
 

La Dirección de Compras y Contratación Pública, en este proceso, licitará las Subcategorías correspondientes a la siguiente Categoría:

 

CATEGORÍA

SUBCATEGORÍA

Soluciones Informáticas de Salud

Sistema para Atención Primaria de Salud (SAPS)

Sistema para Atención de Salud Especializada (SASE)

Sistema de Planificación de Recursos Empresariales (ERP)

Sistema Integrado para Atención Primaria de Salud y para Atención Salud Especializada (SAPS + SASE)

Sistema Integrado para Atención de Salud Especializada y Planificación de Recursos Empresariales (SASE + ERP)

Sistema integrado para Atención Primaria de Salud, Atención de Salud Especializada y Planificación de Recursos Empresariales (SAPS + SASE + ERP)

 

 

A continuación se definen cada uno de las componentes que  identifican las subcategorías:

 

Sigla, significado

Definición

SAPS, Sistema para Atención Primaria de Salud

Sistema de registro clínico electrónico para establecimientos de salud de menor complejidad, que contempla principalmente los procesos y ambientes de atención ambulatoria y urgencia de atención primaria de salud. Estos sistemas buscan resguardar el modelo de atención familiar y comunitario, con énfasis en las actividades preventivas para la población.

SASE, Sistema para Atención de Salud Especializada

Sistema de registro clínico electrónico para establecimientos de salud de mediana y mayor complejidad, que contempla principalmente los procesos y ambientes de atención ambulatoria, hospitalización y urgencia. Estos sistemas buscan resguardar el modelo de atención clínica curativa entregada por especialistas en las distintas áreas de la atención de salud.

ERP, Sistema de Planificación de Recursos Empresariales

Sistema usado para gestionar y coordinar todos los recursos, información y funciones de un negocio en toda una organización, incluyendo aspectos financiero/contables, presupuesto, gestión de costos y proveedores, abastecimiento, compras, gestión de bodegas, existencias, control de demanda, activos fijos, mantenimiento, etc. Estos sistemas buscan resguardar el proceso de gestión administrativa y financiera de los establecimientos de salud y su integración con los sistemas informáticos para Atención de Salud.

 

El listado de los tipos de servicios que se deben ofertar en cada subcategoría, se encuentra consignado en la siguiente tabla:

 

Subcategoría

Tipo de Servicio

PRECIO EN CLP (SIN IVA)

Cualquiera

Proyecto Completo

VALOR PARA 4 AÑOS

Operación

VALOR 12 MESES

Mantención Evolutiva

VALOR HORA

Entrenamiento

VALOR 12 HORAS DE ENTRENAMIENTO EN USO

 

Los tipos de servicio licitados se encuentran clasificados de conformidad a lo indicado en el “Anexo Nº 4: Especificaciones Técnicas”.

 

Cada oferente debe presentar su oferta por subcategoría considerando todos los tipos de servicio en cada una de ellas. Se deja expresa constancia de que si se presenta una oferta en la que falta la propuesta de precio en alguno de los cuatro tipos de servicio de la subcategoría ofertada, la oferta será desestimanda.

 

La descripción de lo que debe ser considerado por el oferente para la estimación de su oferta en cada tipo de servicio  es la siguiente:

 

Proyecto Completo:

Para efectos de la presente licitación de convenio marco, los servicios de apoyo a la gestión de SAAS (Software como servicio) se han dividido en 4 tipos de servicio -proyecto de habilitación, operación, mantención evolutiva y entrenamiento, que, en su conjunto, representan el tipo de servicio  que se ha denominado “Proyecto Completo”. La definición y detalle de lo que se debe considerar en cada uno de los servicios incluidos en el “Proyecto Completo”, se encuentra en el Anexo Nº 4 “Especificaciones Técnicas” del presente Convenio Marco, particularmente en los puntos 6 y 7 de dicho anexo.

 

El “Proyecto Completo” considera todas las actividades necesarias para que, de acuerdo con el cronograma propuesto, con el presupuesto asignado y bajo los estándares de calidad y desempeño solicitados, una entidad, un Servicio de Salud o los Servicios de Salud de una Macro Red puedan contratar una o más de las soluciones informáticas de salud para uno o más de los establecimientos bajo su administración.

 

El “Proyecto Completo” tiene como objetivo que, en el plazo duración del contrato que se establezca, de acuerdo a lo dispuesto en estas bases, la solución cubra el 100% de los procesos clínicos y/o administrativos que requieran las entidades (definida en su intensión de compra y/o orden de compra), con capacidad de uso para todos los tipos de usuario, eliminando la utilización de papeles para dichos procesos. Para valorizar su oferta el proponente deberá considerar un plazo de 4 años para este tipo de servicio.

 

Así, cuando se  realice un procedimiento de Gran Compra para implementar una solución informática de salud,en conformidad a lo dispuesto en el numeral 10.8 de las presentes bases, se espera la descripción y valorización de:

  1. Proyecto Completo, que incluya:
    1. El Proyecto de Habilitación de la solución,
    2. Las horas de mantención evolutiva que se requerirían para adaptar la solución a la realidad del Comprador, si esto fuera necesario,
    3. El servicio de operación de la solución, considerando que la habilitación de las soluciones y sus módulos tienen distintos plazos, por lo que algunos entran en funcionamiento antes que otros.
    4. Las capacitaciones para los usuarios del sistema.
  2. El servicio de Operación, necesario para que la solución funcione en régimen, cuando haya transcurrido el plazo del contrato del proyecto completo y la solución esté implementada al 100% (cumplimiento totalidad de los hítos de implementación definidos en la intensión de compra y/o orden de compra) en los establecimientos donde ha sido habilitada
  3. El costo de una hora de Mantención Evolutiva, en caso de que el Comprador requiera nuevas configuraciones de la solución que no fueron consideradas en el periodo de habilitación del software o ajustes a las existentes.
  4. El costo de Entrenamiento, en módulos o cursos de 12 horas, por usuario, en caso de que el Comprador requiera formar a usuarios de la solución de manera complementaria al plan de formación del proyecto de habilitación. El número de asistentes al entrenamiento en uso lo define la entidad compradora en común acuerdo con el proveedor, siendo por defecto 10 personas.

 

Los oferentes, no podrán incorporar en su oferta nuevos servicios. Entiéndase por nuevo servicio a cualquier ficha electrónica creada por el oferente desde el botón “Agregar Productos” disponible en el paso 2 de la sección “Mis condiciones Comerciales para Convenio Marco”. Los servicios (ítems) nuevos no serán considerados en la evaluación.

 

Se deja expresa constancia que cada oferente sólo podrá ofertar una solución informática de salud para cada componente, ya sea SAPS, SASE y/o ERP, pudiendo ser la misma para los 3 casos inclusive (sistema integrado completo). En la ficha electrónica se deberá indicar el nombre del SASE, SAPS y/o ERP para el proceso de oferta. Sin perjuicio de lo anterior, durante la operatoria de este convenio marco se pueden ingresar nuevas soluciones informáticas de salud, según indicaciones y fechas que serán definidas por MINSAL, de acuerdo a lo establecido en la cláusula 10.9 Actualización de Servicios Adjudicados.
9.2 Procedimiento de Evaluación de Ofertas
 

La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión especialmente designada para tal efecto. Dicha comisión estará compuesta por 3 integrantes designados por resolución de la DCCP, y por 2 integrantes designados por el Ministerio de Salud, a través del acto administrativo correspondiente.

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por las autoridades y organismos arriba indicados, podrán ser personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que integran la comisión.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del reglamento de la ley N° 19.886.

Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla.

Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.

Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.

Evaluación de las Ofertas:

1º Se considerarán, para efectos de la evaluación, los servicios ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y que, además, correspondan a la categoría y subcategoría de los servicios solicitados en esta Licitación.

2º Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 6 “Instrucciones para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación de las ofertas. El oferente podrá ofertar por una o más de las subcategorías licitadas, no siendo obligatorio postular a todas ellas.

3º La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

4º Criterios de Evaluación:

La evaluación de las ofertas se realizará , considerando los siguientes criterios y ponderadores:

Criterios

Ponderación

A.- Modelo funcional y aspectos técnicos de la solución (AES)

35%

B.- Experiencia de la Empresa (EE)

20%

C.- Proyecto de Habilitación (PH)

15%

D.- Cumplimiento Requisitos Formales (RF)

5%

E.- Precio (P)

25%

El puntaje por oferente se calculará sumando los puntajes obtenidos de cada criterio, ponderados por su respectivo porcentaje.

 

Norma General :

Para la evaluación de los criterios “Precio” y “Proyecto de Habilitación”, respectivamente, el proponente deberá presentar su oferta considerando para ello lo dispuesto en el Anexo Nº 5 “Caracterización de establecimiento para presentación de ofertas”, que describe una red de salud promedio.

En el caso de la subcategoría ERP, independiente de sus tipos de servicio, los criterios de evaluación “Modelo funcional y aspectos de la solución”, subcriterio de “evaluación del modelo funcional”;  “proyecto de habilitación”; y “precio”, serán aplicados a las ofertas evaluadas sólo en cuanto a los módulos relativos a sus aspectos logísticos, de operaciones, financieras y comerciales.

A continuación se detalla cada uno de los criterios de evaluación:

A.- Modelo funcional y aspectos DE LA SOLUCIÓN (35%) 

Este criterio estará compuesto por los siguientes subcriterios, los cuales buscan demostrar, en su contexto, la adecuada implementación de funciones requeridas para el registro clinico electrónico, registro administrativo financiero, la seguridad del sistema, el registro de auditoría, la facilidad de interacción con el sistema, la capacidad de configuración, la capacidad de extracción de información y generación de reportes:

SUBCRITERIO

PONDERACIÓN

A.1) Evaluación Modelo Funcional

60%

A.2) Evaluación Aspectos Técnicos

40%

A.1. Evaluación del Modelo Funcional

Subcategorías SAPS y SASE

Para la evaluación de este criterio el oferente deberá comparar su solución respecto del Modelo Funcional de Registros Clínicos electrónicos versión 2, de HL7, publicado en abril del 2014 y disponible en http://web.minsal.cl/SIDRA.

El resumen del Modelo Funcional HL7 se encuentra en el Anexo Nº 8 y contiene un listado de Criterios de Conformidad pertenecientes a diversos ámbitos. Los oferentes deberán comparar su solución SAPS y/o SASE respecto del modelo funcional, ingresando la información solicitada en las cartillas del Anexo Nº 3, indicando con una “X” cuando la solución ofrecida cumple con la funcionalidad o dejando vacío en caso contrario. Cuando su solución cumpla, se debe incorporar la forma en que aborda las funciones.

Subcategoría ERP

Para la evaluación de este criterio el oferente deberá realizar una comparación de su solución en base a la “Pauta ERP”, entregada en el Anexo Nº 3. En dicha pauta deberá indicar, marcando con una “X”, aquellas funciones que son cumplidas por su solución, dejándolas vacías en caso contrario.

Subcategorías SAPS+ SASE, SASE + ERP y/o SAPS + SASE + ERP

Para la evaluación de este criterio el oferente deberá realizar una comparación de su solución en base a la Pauta ERP y/o respecto del Modelo Funcional de Registros Clínicos electrónicos versión 2, de HL7, publicado en abril del 2014 y disponible en http://web.minsal.cl/SIDRA, entregada en el Anexo Nº 3. En dicha pauta deberá indicar, marcando con una “X”, aquellas funciones que son cumplidas por su solución, dejándolas vacías en caso contrario.

Cabe señalar que para solución se deberá entregar un Anexo Nº3 distinto. También es importante considerar que en caso de ofertar para alguna de las subcategorías SAPS+ SASE, SASE + ERP y/o SAPS + SASE + ERP, se deberá indicar en el Anexo Nº3, por ejemplo, si se oferta con una solución SAPS+SASE, se deberá marcar con una “X” en la sección que indica SAPS y la sección que indica SASE.

Para todas las subcategorías:

El porcentaje de cumplimiento se calculará de manera lineal según los criterios de conformidad indicados por el oferente como “Cumple”. Es decir:

SECCIONES DEL MODELO FUNCIONAL DE HL7

% mín

1

CP (Care Provision): Provisión del Cuidado

80%

2

CPS (Care Provision Support): Apoyo a la Provisión de Cuidado

80%

3

POP (Population Health Support): Apoyo a Salud Poblacional

50%

4

AS (Administration Support): Soporte Administrativo

50%

5

RI (Record Infrastructure): Infraestructura de Registro

50%

6

TI (Trust Infrastructure): Infraestructura de Confianza

50%

7

PAUTA ERP

80%

Para aquellos proponentes que declaren que su solución cumple un porcentaje inferior al indicado en la tabla anterior en alguna de las secciones descritas en la “Pauta del Modelo Funcional HL7” o en el total de la “Pauta ERP”, según corresponda a SAPS, SASE o ERP, se procederá a declarar inadmisible su oferta para esa Subcategoría.

Para todas las funciones declaradas como cumple, el proveedor debe obligatoriamente indicar en la celda al costado de la “X” respectiva, la forma en que su solución ejecuta la funcionalidad, indicando la página de referencia al manual de funciones de la solución. Consecuentemente, deberá acompañar a su oferta el manual de funciones, en español, de las soluciones propuestas.

Puntaje del Modelo Funcional para la solución

Subcriterio

Puntaje

Criterio

Evaluación del Modelo Funcional

60 puntos

% puntos funcionales como cumplidos

Aquellos proveedores que no entreguen el anexo nº3, serán desestimados y declarados inadmisibles de la evaluación.

A.2 Evaluación Aspectos Técnicos

Aplicable para todas las subcategorías

 

Para la evaluación de este subcriterio, el proveedor deberá completar, en las condiciones comerciales de la ficha electrónica de la oferta, la declaración de aquellos aspectos técnicos de la solución, para cada una de las subcategorías que esté ofertando, indicando  SI o NO según corresponda, para SAPS, SASE y/o ERP.

SUBCRITERIOS

CONDICIÓN

PUNTAJE

Aspectos Técnicos

La solución requiere instalación de componentes o plug-ins en el equipo del usuario

SI

5

NO

25

La arquitectura de Solución cuenta con una estrategia de operación off-line para los procesos de urgencia y ambulatorio

SI

37,5

NO

0

La solución permite la extracción irrestricta de datos, almacenados en las bases de datos, para utilizarlos en herramientas  de BI propias de la solución propuesta.

SI

37,5

NO

0

B.- EXPERIENCIA DE LA EMPRESA (20%)

La evaluación de este criterio estará dada por la experiencia de la empresa respecto de las subcategorías licitadas. Para ello deberá completar la información solicitada en el Anexo N° 1 “Experiencia de la Empresa”, conforme a lo definido en las Bases Administrativas de este proceso licitatorio. Esto, de acuerdo a la siguiente tabla de asignación de puntajes según los tipos de servicio identificados:

 

Subcategoría: Soluciones Informáticas de Salud para la Atención Primaria de Salud (SAPS)

Subcriterios

Puntaje

Medidas

N° de Proyectos desarrollados en los últimos 5 años en establecimientos de atención primaria de salud (Completar según formulario Anexo Nº 1)

50

0% si no presenta proyectos o no adjunta anexo Nº1

25% si presenta de 1 a 4 proyectos

50% si presenta de 5 a 8 proyectos

75% si presenta entre 9 y 12 proyectos

100% si presenta 13 o más proyectos

N° de Proyectos de implementación de la Solución SAPS ofrecida, desarrollados en los últimos 5 años, en establecimientos de atención primaria de salud (Completar según formulario Anexo Nº 1)

50

0% si ningún proyecto cumplen con el criterio o no adjunta anexo Nº1

25% si 1 a 2 proyectos cumplen con el criterio

50% si 3 a 4 proyectos cumplen con el criterio

75% si 5 a 6 proyectos cumplen con el criterio

100% si 7 ó más proyectos cumplen con el criterio

Subcategoría: Soluciones Informáticas para Planificación de Recursos Empresariales (ERP)

 

Subcriterios

Puntaje

Medidas

N° de Proyectos de implementación del ERP ofrecido en los últimos 5 años, (Completar según formulario Anexo Nº 1)

50

0% si no presenta proyectos o no adjunta anexo Nº1

25% si presenta de 1 a 4 proyectos

50% si presenta de 5 a 8 proyectos

75% si presenta entre 9 y 12 proyectos

100% si presenta 13 o más proyectos

N° de Proyectos de implementación de la Solución ERP ofrecida, desarrollados en los úlitmos 5 años, en al menos un establecimiento de atención secundaria o terciaria de salud (Completar según formulario Anexo Nº 1)

50

0% si no presenta proyectos cumplen con el criterio o no adjunta anexo Nº1

25% si 1 a 2 proyectos cumplen con el criterio

50% si 3 a 4 proyectos cumplen con el criterio

75% si 5 a 6 proyectos cumplen con el criterio

100% si 7 ó más proyectos cumplen con el criterio

 

Para la subcategoría ERP, el proponente deberá informar a lo menos una implementación de la solución ofrecida que haya sido realizada en un establecimiento de atención secundaria o terciaria de salud. Aquellos oferentes que no cumplan con esta indicación obtendrán 0 puntos en este criterio.

 

Subcategoría: Soluciones Informáticas de Salud para la Atención de Salud Especializada (SASE), y todos los tipos de Soluciones Informáticas Integradas de Salud (SAPS + SASE, SASE + ERP, SAPS + SASE + ERP)

 

Subcriterios

Puntaje

Medidas

N° de Proyectosdesarrollados en los últimos 5 años en establecimientos de atención secundaria o terciaria de salud (Completar según formulario Anexo Nº 1)

50

0% si no presenta proyectos o no adjunta anexo Nº1

25% si presenta de 1 a 4 proyectos

50% si presenta de 5 a 8 proyectos

75% si presenta entre 9 y 12 proyectos

100% si presenta 13 o más proyectos

N° de Proyectosde implementación de la Solución ofrecida, desarrollados en los últimos 5 años, en al menos un establecimiento de atención secundaria o terciaria de salud (Completar según formulario Anexo Nº 1). Si la solución integrada incluye SAPS, los proyectos a presentar deberán haber incluido la implementación de SAPS en un establecimiento de atención primaria de salud, también.

50

0% si no tiene proyectos de los enunciados en el formulario Anexo Nº 3 que cumplen con el criterio o no adjunta anexo Nº1

25% si 1 a 2 proyectos de los enunciados en el formulario Anexo Nº 3 cumplen con el criterio

50% si 3 a 4 proyectos de los enunciados en el formulario Anexo Nº 3 cumplen con el criterio

75% si 5 a 6 proyectos de los enunciados en el formulario Anexo Nº 3 cumplen con el criterio

100% si 7 ó más proyectos de los enunciados en el formulario Anexo Nº 3 cumplen con el criterio


A continuación, se detalla cada uno de los subcriterios solicitados y que conformarán la experiencia de la empresa oferente, los cuales, como se indicó anteriormente deberán ser completados de acuerdo al Anexo N° 1, según la Subcategoría ofertada.

N° Proyectos: Corresponde a la cantidad de implementaciones de sistemas de información en general, realizadas por la empresa, en cualquier parte del mundo, durante los últimos 5 años (completos hasta la fecha de presentación de la oferta), de acuerdo al siguiente detalle por Subcategoría:

SAPS: los oferentes deberán declarar sólo aquellos proyectos que se hayan implementado en establecimientos de atención primaria de salud, ya que sólo este tipo de proyectos serán contabilizados para el cálculo de puntaje en este criterio.

ERP: los oferentes deberán declarar las implementaciones de la solución ERP ofrecida en cualquier tipo de organización, ya que sólo este tipo de proyectos serán contabilizados para el cálculo de puntaje en este criterio.

SASE y soluciones informáticas integradas de salud (SAPS + SASE, SASE + ERP, SAPS + SASE + ERP): los oferentes deberán declarar las implementaciones de sistemas de información en general, que se hayan realizado en establecimientos de atención secundaria o terciaria de salud, ya que sólo este tipo de proyectos serán contabilizados para el cálculo de puntaje en este criterio.

*Para el cálculo de puntaje no serán considerados los proyectos que no cumplan con lo antes descrito.

Nº de proyectos de implementación de la solución ofrecida: es un subconjunto del criterio anterior que corresponde a implementaciones de la solución ofrecida, realizadas por la empresa, en cualquier parte del mundo, durante los últimos 5 años (completos hasta la fecha de presentación de la oferta).

Para la evaluación de la subcategoría SAPS, se solicita que los proyectos de implementación de la solución ofrecida se hayan realizado en establecimientos de atención primaria de salud.

Para la evaluación de la subcategoría ERP, se solicita que los proyectos de implementación de la solución ofrecida se hayan realizado en al menos un establecimiento de atención secundaria o terciaria de salud.

Para la evaluación de la subcategoría SASE y soluciones informáticas integradas de salud (SAPS + SASE, SASE + ERP, SAPS + SASE + ERP), se solicita que los proyectos de implementación de la solución ofrecida se hayan realizado en establecimientos de atención secundaria o terciaria de salud, y también en un establecimiento de atención primaria de salud, cuando la oferta integrada incluya SAPS.

Lo anterior debido a que sólo este tipo de proyectos serán contabilizados para el cálculo de puntaje en este criterio.

Para verificar la experiencia los oferentes deberán adjuntar para cada uno de los proyectos una carta de recomendación emitida por el Director Clínico[1]  (para proyectos en establecimientos de salud) o Gerente de Administración y Finanzas o Gerente General (para el caso proyectos en otro tipo de empresas/establecimientos), de acuerdo con el formato del Anexo Nº 2. Si algún proyecto no tiene carta de recomendación, no se considerará como parte de la experiencia.

Asimismo, en caso que algún proveedor declare información falsa o inexistente, su oferta será declarada inadmisible o será causal de término anticipado del contrato si esta situación se verifica durante la operatoria del convenio. Lo anterior implica que la DCCP puede verificar o solicitar aclaraciones en el proceso de evaluación para comprobar que lo declarado sea información fidedigna.

En el caso de ser utilizado este criterio de evaluación en un proceso de Gran Compra, las entidades compradoras podrán, asimismo, solicitar documentos, con el fin de verificar la información declarada por el oferente.

Asimismo, en caso de Grandes Compras, de utilizarse este criterio, las entidades compradoras podrán solicitar que el proveedor entregue la encuesta de los clientes en formato papel debidamente completadas y firmadas por el Representante Legal, Gerente de Recursos Humanos, jefe de capacitación, Encargado de Programa o quien éste autorice para tal efecto.

C.- PROYECTO DE HABILITACIÓN (15%)

El oferente deberá adjuntar a su oferta el proyecto de habilitación estándar que se utilizará para la implementación de la o las soluciones informáticas con las que se presenta a esta licitación, para el caso de la red de salud de referencia definida en el Anexo N°5. La evaluación de este criterio se realizará de acuerdo a la siguiente tabla para todas las subcategorías:

Subcriterios

Puntaje

Medidas

Completitud

40

Presenta, como mínimo los elementos descritos en el acápite Proyecto de Habilitación del Anexo Nº 4, Especificaciones Técnicas, Punto 7.2).

Coherencia

50

Incluye los módulos de la solución indicados en el Anexo Nº 4. Los pasos, productos y equipos de trabajo presentados para cada etapa o fase cubren todos los procesos clínico administrativos a implementar, de manera coherente con el tipo de establecimiento para el que se cubican.

Claridad

10

Cada etapa es descrita de manera clara y concisa lo cual implica que el proyecto de habilitación es descrito utilizando un máximo de 30 páginas, tamaño carta o A4, letra tamaño 10.

Los proyectos de habilitación no deberán, en ningún caso, contravenir lo establecido en las presentes bases de licitación.

D.- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%)

 

Este criterio será aplicado para todas las subcategorías de la categoría a licitar, donde cada oferente deberá cumplir con lo solicitado en el punto número 6 “Instrucciones  para Presentación de Ofertas”, de las presentes bases.

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, hasta antes del cierre de presentación de las ofertas, obtendrá 100 puntos en este criterio. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 0 puntos.

E.- PRECIO (25%)

La evaluación del criterio “Precio”, se realizará a nivel nacional por “subcategoría idéntica”. Para ello el proponente deberá señalar, en la ficha electrónica de la oferta disponible en www.mercadopublico.cl, el precio para cada uno de los tipos de servicio que componen la subcategoría a ofertar, considerando un establecimiento de referencia promedio, según las condiciones de cubicación entregadas en el Anexo N° 5 “Caracterización de un Comprador para presentación de las ofertas”.

Los proveedores deberán realizar su oferta económica en pesos chilenos (CLP), sin impuestos al valor agregado (IVA) y sin considerar decimales.

En caso que el proponente no complete alguno de los 4 tipos de servicio que componen la subcategoría ofertada, se procederá a desestimar la oferta del proveedor para esa subcategoría.

Para un mejor resolver, se cita el siguiente ejemplo:

Subcategoría SAPS: Está compuesto por los siguientes tipos de servicio

SUBCATEGORÍA

TIPO DE SERVICIO

PRECIO EN CLP (SIN IVA)

SISTEMA PARA ATENCIÓN PRIMARIA  DE SALUD

(SAPS)

PROYECTO COMPLETO

VALOR PARA 4 AÑOS

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

VALOR 12 HORAS DE ENTRENAMIENTO EN USO

Si tenemos 2 proveedores, Proveedor 1 y Proveedor 2, con las siguientes  ofertas:

Oferta Proveedor 1

SUBCATEGORÍA

TIPO DE SERVICIO

PRECIO EN CLP (SIN IVA)

SISTEMA PARA ATENCIÓN PRIMARIA  DE SALUD

(SAPS)

PROYECTO COMPLETO

100.000.000

OPERACIÓN

25.000.000

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

25.000

ENTRENAMIENTO

500.000

Oferta Proveedor 2

SUBCATEGORÍA

TIPO DE SERVICIO

PRECIO EN CLP (SIN IVA)

SISTEMA PARA ATENCIÓN PRIMARIA  DE SALUD

(SAPS)

PROYECTO COMPLETO

-

OPERACIÓN

25.000.000

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

42.500

ENTRENAMIENTO

375.000

Para el ejemplo 1, las ofertas declaradas para los 4 tipos de servicios que componen la subcategoría SAPS, serán aceptadas para efectos de evaluación, ya que el proveedor ingresó su oferta para cada uno de los tipos de servicios.

Para el ejemplo 2, será desestimada la oferta a la subcategoría, ya que el proponente sólo declaró precio para 3 tipos de servicio, no declarando ningún precio para “Proyecto Completo”.

Conforme a lo indicado precedentemente, la oferta económica para las Subcategorías licitadas deberá considerar los siguientes valores a ofertar para cada uno de los tipos de servicios que las componen, tal como se indica en la siguiente tabla:

SUBCATEGORÍA

TIPO DE SERVICIO

PRECIO EN CLP (SIN IVA)

SISTEMA PARA ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD

(SAPS)

PROYECTO COMPLETO

PRECIO PROYECTO COMPLETO (CLP EN 4 AÑOS)

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

CLP / ENTRENAMIENTO EN USO DE 12HR

SISTEMA PARA ATENCIÓN DE SALUD ESPECIALIZADA (SASE)

PROYECTO COMPLETO

PRECIO PROYECTO COMPLETO (CLP EN 4 AÑOS)

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

CLP / ENTRENAMIENTO EN USO DE 12HR

SISTEMA DE PLANIFICACIÓN RECURSOS EMPRESARIALES

(ERP)

PROYECTO COMPLETO

PRECIO PROYECTO COMPLETO (CLP EN 4 AÑOS)

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

CLP / ENTRENAMIENTO EN USO DE 12HR

SAPS+SASE

PROYECTO COMPLETO

PRECIO PROYECTO COMPLETO (CLP EN 4 AÑOS)

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

CLP / ENTRENAMIENTO EN USO DE 12HR

SASE+ERP

PROYECTO COMPLETO

PRECIO PROYECTO COMPLETO (CLP EN 4 AÑOS)

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

CLP / ENTRENAMIENTO EN USO DE 12HR

SAPS+SASE+ERP

PROYECTO COMPLETO

PRECIO PROYECTO COMPLETO (CLP EN 4 AÑOS)

OPERACIÓN

VALOR 12 MESES

MANTENCIÓN EVOLUTIVA

VALOR HORA

ENTRENAMIENTO

CLP / ENTRENAMIENTO EN USO DE 12HR

Las ofertas con precio “0”; “1”; “999.999.999.999” o superior; “vacío” y/o cualquier otro monto que refleje un precio evidentemente erróneo o inconsistente , serán desestimadas y no serán consideradas en el proceso de evaluación del tipo de servicio, por tanto serán declarados inadmisibles en la Subcategoría.

Se deja expresa constancia que el precio ofertado debe respetarse en la operatoria del Convenio Marco. El precio ofertado para los tipos de servicio “Proyecto completo” y “Operación”, será usado de referencia para verificar que se mantienen las mejores condiciones comerciales en este Convenio Marco (considerando los reajustes del mismo de acuerdo a la cláusula 10.10).

Para todas las Subcategoría se aplicará la siguiente formula:

Precio Subcategoría (PSC) =

Valor Proyecto Completo + 2 x (Valor Operación) + 600 x (Valor Mantención Evolutiva) + 160 x (Valor Entrenamiento)

Se identificarán aquellas subcategorías cuyos precios (PSC) no se consideren como válidamente ofertados, es decir, que correspondan a errores evidentes, entendiendo por tales, aquellos en que los precios (PSC) ofertados estén notoriamente fuera y alejados de la curva de distribución normal de precios.

Para efectos de determinar los errores evidentes, la DCCP aplicará la siguiente fórmula para la identificación de un intervalo de confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio de cada subcategoría (PSC), para ser considerado como oferta válida.

El cálculo del intervalo de confianza , será realizado de la siguiente fórmula:

IC=[P-(n*S) ,P+(n*S)]

Donde:

IC= Intervalo de Confianza

P= Promedio de los valores ofertados

n= Ponderador  determinado en base a los datos de la muestra. Para este caso “n” tendrá un valor igual a dos (2)

S= Desviación Estándar (*)

(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos del valor promedio.

Con la fórmula antes referida, se definirá un intervalo de confianza donde se determinará una banda de precios. Los precios que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo serán considerados errores evidentes y por tanto no serán considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en el criterio precio y no serán considerados en la evaluación de este punto.

Aquellas ofertas a las cuales se les asigne 100 puntos en el criterio precio, por encontrarse bajo el límite inferior del intervalo de confianza y que resulten adjudicadas, no podrán ser bloqueadas del catálogo en un periodo mínimo de 3 meses a contar del plazo de vigencia del convenio marco.

El procedimiento de evaluación relacionado al intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N° 6 “Intervalo de confianza”.

Una vez aplicado el intervalo de confianza, se procederá a evaluar las ofertas. Para ello se comparará el precio (PSC) ofertado por el proponente, con el menor precio ofertado entre todos los oferentes para la misma subcategoría. Para ello se aplicará la siguiente fórmula:

Puntaje Precio Subcategoría = 100-(0,6*(Precio PSC Oferente - Precio PSC Mínimo)/Precio PSC Oferente)*100

La DCCP podrá verificar que los precios ofertados corresponden a transacciones normales del negocio para lo cual la DCCP podrá solicitar un número representativo de facturas, bajo el concepto de “aclaraciones a la oferta”, o verificar precios en el mercado local o internacional, en caso de que determine que el precio no corresponden a transacciones normales se procederá a declarar inadmisible la oferta en la subcategoría.









[1] Director Clínico: corresponde al cargo directivo que tiene la responsabilidad de gestionar el proceso clínico y asistencial de un establecimiento de salud. Puede homologarse a los cargos de Gerente Clínico, Subdirector Médico, Subdirector de Gestión Asistencial o Director Centro de Salud. En caso de hospitales extranjeros, el proveedor deberá entregar como anexo a su oferta un respaldo que garantice que el cargo es equivalente.

9.3 Solicitud de aclaraciones y antecedentes
 

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Además, la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.

Se permitirá, asimismo, la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. N° 40, Reglamento de la Ley N° 19.886).

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Sistema de Información, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

9.4 Adjudicación
 

La Dirección ChileCompra podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada para ambos casos.

La DCCP adjudicará la categoría a nivel nacional, a los oferentes que obtengan un puntaje final  igual o superior a 60 puntos ponderados en alguna subcategoría, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.

La DCCP adjudicará a través de una Resolución Fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre tramitada.

Resolución de Empates: No Aplica.

9.5 Resolución de consultas respecto de la Adjudicación.
 

Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo fatal de 10 días corridos contados desde la publicación de la resolución adjudicatoria en el Sistema de Información a través del siguiente Link:

https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx

La DCCP dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.

Lo anterior es sin perjuicio de los recursos administrativos y las acciones judiciales que deseen entablar los oferentes en contra del acto administrativo que adjudique la licitación correspondiente.

10 Condiciones contractuales, vigencia de las condiciones comerciales, operatoria del Convenio Marco y otras cláusulas
 
10.1 Regulación de la licitación de Convenio Marco
 

Las licitaciones se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento, las presentes bases y sus anexos. Asimismo, formarán parte de las bases las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por esta Dirección de oficio.

El convenio marco se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

i. Ley N° 19.886 y su reglamento.

ii. Bases administrativas, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere.

iii. Las resolución de Adjudicación

iv. Oferta adjudicada.

v. Convenio Marco celebrado entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

vi. Órdenes de Compra que emitan los organismos públicos habilitados para usar el sitio www.mercadopublico.cl

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.

10.2 Acuerdo Complementario
 

Podrá suscribirse un Acuerdo Complementario entre las partes, en el cual se consigne la garantía de fiel cumplimiento, cuyo monto no podrá ser inferior a un 5%, según lo establecido en artículo 68 del Reglamento de la Ley de Compras N° 19.886, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como, oportunidad y forma de entrega, precio y forma de pago, características específicas de los servicios, vigencia, entre otros.

Tales condiciones particulares, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el Convenio Marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

El plazo de vigencia del acuerdo complementario no podrá ser superior a 4 años, prorrogable por un periodo máximo de 24 meses.

Para la firma del Acuerdo Complementario, el organismo comprador deberá exigir al proveedor una declaración jurada simple que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley 19.886. Adicionalmente en dicho acuerdo deberá tenerse presente lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

En conformidad con el artículo 4, inciso 2°, de la ley N° 19.886, durante la vigencia del acuerdo complementario, el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta circunstancia deberá acreditarse a la mitad del período de ejecución del acuerdo complementario, con un máximo de seis meses. 

Una vez firmado el acuerdo complementario, el organismo comprador deberá adjuntar el mencionado acuerdo a la Orden de Compra respectiva.

En el acuerdo complementario se establecerá la periodicidad con la que los proveedores deberán entregar un respaldo de la información clínica y administrativa contenida en los sistemas, según lo defina el contratante y de acuerdo a las definiciones que se encuentran descritas en las bases técnicas de este proceso de licitación, estos acuerdos deberán contener cláusulas de confidencialidad y propiedad de la información, de acuerdo a lo indicado en las cláusulas 10.24 y 12.25 respectivamente.

10.3 Vigencia de las condiciones comerciales
 

Las condiciones comerciales ofrecidas por los adjudicatarios serán publicadas en el catálogo electrónico de Convenios Marco y se mantendrán vigentes por toda la duración del convenio, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente convenio. Asimismo, el catálogo electrónico contendrá los valores para los montos que serán solicitados a través de las órdenes de compra.

El adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco las mejores condiciones comerciales ofrecidas a sus clientes respecto de los servicios pertinentes a este Convenio Marco.

En el evento que el adjudicatario ofrezca mejores condiciones comerciales a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), aquel deberá incorporar dichas condiciones en el catálogo electrónico de convenio marco con las herramientas dispuestas por la DCCP.

Se deja expresa constancia que la DCCP, en su misión de mantener precios competitivos en la tienda ChileCompra Express, y con el objetivo de generar ahorros significativos en el proceso de contratación de los Organismos Públicos, podrá realizar un monitoreo continuo de los precios de los servicios adjudicados por cada proveedor, en el mercado nacional o internacional. Esto también será aplicable a los servicios que se incorporen como nuevos.

Para realizar esta labor, esta Dirección efectuará un levantamiento de precios de los servicios disponibles en la tienda, obteniendo tal información desde licitaciones de otras instituciones en www.mercadopublico.cl, páginas web de catálogos electrónicos, listas de precios por internet u oficios de organismos públicos informando mejores condiciones por fuera de la Tienda.

10.4 Operatoria del Convenio Marco
 

10.4.1 Habilitación de las Soluciones en el Catálogo: Demostración Presencial de las Soluciones   

Los oferentes que hayan adjudicado alguna de las subcategorías deberán realizar una demostración presencial de la solución respectiva para que la ficha correspondiente sea habilitada en el catálogo electrónico de convenios marco. Esta demostración se desarrollará ante profesionales del Ministerio de Salud y de los Servicios de Salud en fecha y hora definida por el Ministerio de Salud. La DCCP informará de este día y hora a los adjudicados por medio de correo electrónico dirigido al Coordinador del Convenio Marco designado por éstos.

Esta demostración tiene por finalidad habilitar en el catálogo electrónico solo soluciones que funcionen adecuadamente aplicando casos clínicos y/o correspondientes a ERP, según Subcategoría:

a) Subcategoría SAPS, SASE y Sistemas Integrados (SAPS + SASE; SASE + ERP; SAPS + SASE + ERP): Los casos de uso a demostrar estarán relacionados con la subcategoría a la que se presente la solución. La información y los pasos a seguir para cada uno de los casos deberan cumplir con las exigencias establecidas en la página del Ministerio de Salud http://web.minsal.cl/SIDRA. El contenido de esa página se encuentra sujeto a permanente modificación por lo que los proveedores deberan tener en cuenta el contenido de esta al momento de presentar sus soliciones.

b) Subcategoría ERP: Las funcionalidades para la demostración presencial son las contenidas en la “Pauta ERP” del Anexo Nº 3. Para la demostración, cada provedor adjudicado deberá construir un flujo que valide el cumplimiento de las funcionalidades solicitadas.

El MINSAL informará a la DCCP, mediante oficio emitido por la autoridad competente, las soluciones que cumplieron con todos los pasos o funciones, subiendo la DCCP al Sistema de Información las fichas respectivas. La DCCP podrá verificar que las soluciones informadas cumplen las condiciones generales establecidas en las bases, pudiendo rechazar su inclusión si detecta algún incumplimiento de las mismas.

Para las soluciones que cumplan con un porcentaje igual o superior al 90% de cada caso de uso, de acuerdo a lo indicado en el anexo Nº3, pero que no alcancen el 100% de los pasos o funciones de alguno de los casos de uso correspondientes, el adjudicado contará con un plazo de 90 días corridos para subsanar todos los pasos o funciones no cumplidos. Durante dicho periodo la ficha electrónica de los servicios de la solución no estarán habilitadas en el portal. MINSAL volverá a evaluar las soluciones después de esa fecha y, de demostrarse que se subsanaron los incumplimientos y alcanza el 100% de aprobación de los pasos o funciones, se oficiará a la DCCP para que el servicio quede habilitado en el catálogo.

Sera causal de termino anticipado del convenio marco el que cualquiera de las soluciones ofertadas y adjudicadas no cumplan con un porcentaje  igual o superior al 90% de los pasos o funciones requeridos , en los plazos y forma indicados.

Adicional a lo anterior, es un requisito para habilitar la solución, que esta debe permitir la extracción irrestricta de datos, almacenados en las bases de datos, para utilizarlos en herramientas BI de uso del Comprador.

10.4.2 Procedimiento de Compra

Una vez que el Convenio Marco entre en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico disponible en el sitio www.mercadopúblico.cl, al cual cualquier Entidad o Comprador público podrá acceder y emitir directamente a través de él Órdenes de Compra al adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad.

El proveedor deberá estar disponible para capacitarse en la operatoria del convenio marco, así como conocer y respetar los términos de usabilidad del portal.

Para los efectos del presente Convenio Marco, las órdenes de compra deberán acompañar como archivo adjunto, el certificado extendido por la autoridad competente, acreditando que cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para adquirir los servicios requeridos y que se generen y emitan a través del sitio www.mercadopublico.cl. El cumplimiento de este requisito se considera esencial para obligar válidamente a la entidad requirente.

Tratándose de compras iguales o inferiores a 1.000 UTM, una vez que el presente convenio entre en vigencia, operará a través del sitio www.mercadopublico.cl al cual cualquier entidad o comprador público deberá acceder y solicitar una cotización estandarizada; se recomienda que cotice a lo menos a 3 proveedores adjudicados, a través de la herramienta disponible para ello.

Durante la vigencia del convenio marco, las Entidades compradoras deberán cautelar el correcto uso de los servicios entregados a través del presente convenio. La DCCP no será responsable del mal uso que las Instituciones puedan hacer de este Convenio Marco.

10.4.3 Solicitud de Cubicación:

Antes de emitir la respectiva orden de compra, la Entidad requirente deberá realizar una solicitud de cubicación de los módulos que desea implementar de la solución respectiva, a los proveedores que se encuentren adjudicados en el convenio, dependiendo de la complejidad del establecimiento al cual pertenezca. Para poder realizar la cubicación del proyecto de implementación, el organismo requirente deberá entregar la siguiente información a los proveedores:

• Cobertura del proyecto:

o Número y tipo de establecimientos a considerar en cubicación

o Mapa de derivación de la red asistencial

• Por cada establecimiento hospitalario a considerar en la cubicación (SASE y ERP):

o La cartera de servicios de cada establecimiento

o Número de camas según complejidad

o Número de box de atención ambulatoria

o Recursos Humanos por estamento

o Producción anual: Consultas de especialidad, atenciones de urgencia, egresos hospitalarios, intervenciones quirúrgicas

o Habilitantes (pc, puntos de red, impresoras, etc)

o Listado de aplicaciones en funcionamiento en el establecimiento acreditadas para interoperar

• Por cada establecimiento de atención primaria a considerar en la cubicación: (SAPS)

o La cartera de servicios de cada establecimiento

o Número de box de atención

o Recursos humanos por estamento

o Producción anual: Consultas por tipo de profesional

o Habilitantes (pc, puntos de red, impresoras, etc)

o Listados de aplicaciones en funcionamiento en el establecimiento acreditadas para interoperar

• Proyecto de Habilitación

Se busca medir la conveniencia y solidez del proyecto de habilitación presentado por cada oferente. Para ello, se utilizarán los siguientes parámetros, de forma opcional por parte del comprador o como propuesta del proveedor:

i. Estructura de Descomposición del Trabajo (EDT):

a. La inclusión de todos los productos o entregas del proyecto

b. La inclusión de las actividades más relevantes a ser realizadas por el oferente y por el contratante (Comprador y los establecimientos en los que se habilitará la solución)

ii. Tiempo de habilitación comparado por establecimiento: tiempo sugerido de implementación de la solución ofrecida para cada tipo de establecimiento del Comprador donde la solución será habilitada.

iii. Equipo de trabajo comparado: Esta información la deberá indicar el proveedor:

a. Formación, experiencia y dedicación al proyecto del Jefe o Gerente de Proyecto

b. Formación, experiencia y dedicación al proyecto de líder de procesos clínico administrativos

c. Formación, experiencia y dedicación al proyecto del líder de sistemas de información

d. Formación, experiencia y dedicación al proyecto del líder de gestión del cambio

e. Formación y experiencia de los responsables de entrenamiento

iv. Plan de certificación de usuarios. Esta información la deberá indicar el proveedor:

a. Metodología de formación para los distintos tipos de usuario de la solución

b. Número de entrenamientos propuestos por perfil de usuarios, en concordancia con las distintas fases del proyecto de habilitación que proponga el oferente

c. Contenidos de cada tipo de entrenamiento propuesto, en concordancia con la fase de proyecto de habilitación y el tipo de usuarios a los que se dirige el entrenamiento

d. Forma de evaluar la apropiación de conocimientos y destrezas de cada tipo de usuario

v. Calidad del plan gestión del cambio: Esta información la deberá indicar el proveedor:

a. Completitud: presenta acciones para cada una de las fases y los diferentes stakeholders del proyecto

b. Coherencia: incluye acciones de comunicación y difusión e identificación y tratamiento de actitudes, según las fases y diferentes stakeholders del proyecto

c. Involucramiento: el plan de gestión del cambio involucra a los directivos, jefaturas y líderes del Comprador y establecimientos, según las acciones de gestión del cambio formuladas, las fases y stakeholders del proyecto

El organismo público deberá siempre resguardar la entrega de la información señalada en igualdad de condiciones para todos los proveedores de este Convenio Marco.

Esta solicitud de cubicación se deberá realizar através de la plataforma.

10.4.4 Rechazo de Órdenes de Compra

El adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio, en los siguientes casos:

a) Que, la Entidad que emite la orden de compra tenga una deuda vencida con el adjudicatario, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio adjudicatario.

b) No adjuntar a la orden de compra el certificado, debidamente autorizado por la autoridad competente, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los servicios consignados en ella.







c) Cuando existan inconsistencias entre las condiciones de la Orden de Compra versus lo ofertado por el proveedor.

d) Que el proveedor no tenga capacidad operativa para entregar los servicios, lo que deberá ser fundamentado en el rechazo, pero sólo para proyectos nuevos (no se permiten rechazos para ampliación de alcances de proyecto).

10.4.6 Responsabilidades y Obligaciones del Adjudicatario

i. El adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al presente convenio.

ii. El proveedor adjudicado es responsable de la garantía de los servicios adquiridos mediante este Convenio Marco.

iii. Asimismo el adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los servicios que preste a los usuarios del presente convenio, so pena de la sanción que pueda aplicar la DCCP, en caso de no dar cumplimiento a lo solicitado.

iv. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el registro de ChileProveedores. La DCCP deshabilitará del catálogo al adjudicatario que se encuentre inhábil en ChileProveedores y será habilitado nuevamente, cuando se encuentre hábil en el registro, para lo cual deberá informar a la DCCP de dicho estado por los medios que esta estime.

v. El proveedor deberá estar disponible para capacitarse en la operatoria del convenio marco, así como conocer y respetar los términos de usabilidad del portal.

vi. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la Entidad Compradora y a la DCCP en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones de derechos intelectuales; industriales; de patente, marca registrada; de diseños como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual.

vii. El proveedor que resulte adjudicado garantiza no haber celebrado ni celebrar contrato alguno que afecte o pueda afectar el cumplimiento de sus obligaciones en el contrato respectivo.

viii. El adjudicatario declara que todos los servicios que preste a las entidades compradoras en el marco de la ejecución del presente convenio, incluyendo aquellos relativos a Soluciones Informáticas de Salud prestados, eventualmente, desde fuera del territorio nacional, se someterán a la legislación chilena.

Se deja expresa constancia que el Ministerio de Salud, en virtud de su rol regulador y supervisor de la operación de las Redes Asitenciales, podrá solicitar la realización de auditorías de calidad y datos a las soluciones informáticas de salud contratadas de conformidad al presente convenio marco, para lo cual los proveedores entregarán las facilidades necesarias a fin de que el objetivo de auditoría de calidad y datos se logre oportunamente. Los hallazgos de auditoría derivarán en recomendaciones que cada proveedor deberá implementar en plazos que dependerán de la criticidad de cada hallazgo.

Adicionalmente, cada proveedor de soluciones informáticas de salud en virtud de este convenio, deberá proveer acceso al Ministerio de Salud, a través de Internet, a un mecanismo de monitoreo en línea del funcionamiento y desempeño de las soluciones en el caso que éstas se hayan instalado en los distintos establecimientos de salud pública del país. Asimismo, cada proveedor otorgará al MINSAL acceso a las solicitudes de mantención que realicen los distintos Servicios de Salud que hayan contratado los tipos de servicio objeto del presente convenio marco.

10.4.7 Derechos e Impuestos

Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de los eventuales contratos, tales como los gastos notariales de celebración de contrato, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.

Será responsabilidad del Comprador solicitar las debidas cauciones (garantías) que aseguren el cumplimiento de los respectivos contratos según lo indicado en la cláusula “acuerdo complementario”.

10.4.8 Ubicación y Lugar de Trabajo del Proveedor Adjudicado

Para todos los efectos derivados de los convenios será requisito para las empresas los proveedores adjudicados que, durante la vigencia de los contratos que se generen, tengan disponibilidad para sesiones de trabajo en la ciudad de la Entidad demandante, según sean requeridos. La Entidad contratante podrá exigir la presencia de uno o más integrantes respectivos en caso que lo estime necesario, debiendo la empresa adjudicada asumir los costos que dicho traslado implique.

10.4.9 Informes

Los servicios prestados por los proveedores deben ser descritos, en un “Informe Mensual de Servicio”, que describa los servicios prestados, cumplimiento de SLA ya avance según Plan de Habilitación y carta Gantt acordada con el comprador.

Los informes deberán describir los hechos relevantes con recomendaciones asociadas del mes finalizado en los distintos servidores administrados. Cada informe deberá ser entregado por el proveedor a la entidad compradora a más tardar el quinto día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.

Dichos informes deberán contener, a lo menos:

Cumplimiento según Plan de Habilitación y carta Gantt:

i. Metas y actividades comprometidas para el período

ii. Grado de avance y cumplimiento según carta Gantt

iii. Incumplimientos, retrasos, reprogramaciones y multas asociadas.

Servicios de infraestructura:

i. Descripción

ii. Frecuencia

iii. Situaciones anómalas (acciones correctivas)

iv. Métricas de comportamiento

Cumplimiento de SLA semejantes a TIER III (Up-time), de acuerdo a la norma ANSI/TIA-942-2005:

i. Nombre del nivel de servicio

ii. Valor del período

iii. Grado de cumplimiento

 Informe de multas del período

i. SLA asociado

ii. Fecha de cada uno de los eventos (timestamp) y duración.

iii. Monto de multa

Este informe es vinculante con los hitos de pago y por lo tanto considerado como parte de los informes de avance.

10.5 Incorporación de Servicios al Catálogo
 

La categoría adjudicada y sus correspondientes condiciones contractuales será publicada en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl, lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el Adjudicatario cumpla con lo siguiente:

a) Las soluciones informáticas de salud antes de ser habilitadas en el catálogo, deberán ser validadas por MINSAL, para asegurar el cumplimiento de lo declarado en el proceso de oferta, según el procedimiento indicado en el numeral 10.4.1 anterior.

b) Deberá estar hábil en el Registro Nacional de Proveedores, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación. Esta condición de habilidad deberá mantenerla durante toda la vigencia del acuerdo respectivo.

c) Haber entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las bases de licitación.

d) Haber entregado los anexos numerados en la cláusula 7 de las presentes bases de licitación, para la categoría adjudicada ahí indicada.

e) Deberá dar cumplimiento a los requerimientos de catalogación que la DCCP establezca para todos los adjudicatarios de la licitación a que se refiere el Convenio. Para ello deberá completar toda la información que la DCCP le requiera respecto de los servicios  adjudicados, esto implica entregar a la Unidad de Catalogación para cada servicio, lo siguiente:

i. Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas.

ii. Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar 4 fotos, pero al menos debe haber una).

iii. Sólo en caso que la DCCP lo requiera, está enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde éste deberá completar toda la información solicitada, a saber: una columna con el IDProducto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada IDProducto. Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta.

El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:

- Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg

- Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg

Ejemplo: IDProducto = 2031

- Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg

- Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg.

iv. Entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los servicios, para una mejor caracterización y descripción de los servicios adjudicados.

La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo, la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.

La DCCP se reserva el derecho a deshabilitar servicios cuyas fichas estén defectuosas, es decir, con fotos en blanco o mal dimensionado, fichas incompletas, datos falsos u otros que estime conveniente para el buen funcionamiento del catálogo.

10.6 Descuentos Especiales (Ofertas)
 El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades sobre los precios vigentes en el Convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos descuentos especiales tendrán el carácter de oferta especial y mantener por un plazo mínimo de 3 días corridos desde su publicación en el Catálogo. La DCCP, publicará en la tienda dichas ofertas especiales, al día siguiente corrido, contado desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.
10.7 Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades
 El Adjudicatario no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en convenio marco, sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades, a excepción de las ofertas realizadas para un proceso de gran compra.
10.8 Compras mayores a UTM 1.000 (mil UTM)
 

10.8.1 Consideraciones Generales

En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, el organismo público requirente deberá comunicar a través de Sistema, la “Intención de Compra”, a todos los proveedores que resulten adjudicados en la presente licitación en la categoría correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 bis del reglamento de la Ley N° 19.886. La contratación se realizará en función de la evaluación de las propuestas que los oferentes realicen.

La comunicación será realizada con la debida antelación, considerando los tiempos estándares necesarios para la entrega de la cantidad de bienes o servicios solicitados. En dicha comunicación se deberá contemplar un plazo razonable para la presentación de ofertas, el cual no podrá ser inferior a 10 días hábiles contados desde su publicación.

Las ofertas recibidas, serán evaluadas debiendo confeccionarse un cuadro comparativo, el que será fundamento y anexo de la resolución que aprueba la adquisición, la que deberá ser publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda vez que la naturaleza de la contratación lo requiera, la entidad podrá incorporar en su intención de compra lo siguiente:

- Garantías adicionales a las establecidas en estas bases, mediante la firma de un acuerdo complementario, la suma de estas garantías deben estar acogidas a lo señalado en el artículo 68 del reglamento de la ley de compras.

- Posibilidad de seleccionar a la siguiente mejor oferta, en caso que el respectivo proveedor seleccionado desista de su oferta o incumpla uno o más requisitos para la celebración del respectivo acuerdo complementario.

- Reunión informativa, cuando la complejidad de la adquisición, las condiciones especiales y la naturaleza de los servicios a adquirir, así lo requieran.

- Criterios de desempate

Las ofertas recibidas en el procedimiento de Grandes Compras serán evaluadas según los criterios y ponderaciones definidos en las presentes bases de licitación, en lo que les sean aplicables.

En la intención de compra se deberá considerar lo dispuesto en la cláusula 10.4.3, en lo que le sea aplicable.

10.8.2 Características mínimas de la solución para Grandes Compras

Se deja expresa constancia que la entidad Compradora podrá indicar en su “intención de compra” las características técnicas mínimas o requerimientos específicos de los servicios, inclusive pruebas que demuestren el cumplimiento de los requisitos mínimos (por ejemplo cumplimiento de funcionalidades mínimas), dada la naturaleza de los servicios del alcance de este Convenio Marco. Las características y sub-características  a ser incorporadas a discreción de la entidad compradora, deberán ser siempre concordantes con las disposiciones contenidas en las presentes bases.

Se debe tener presente que, al formular los requerimientos,  las soluciones informáticas puedan funcionar adecuadamente en los diferentes navegadores comúnmente utilizados (neutralidad tecnológica), por lo menos en sus últimas versiones.

A continuación se detallan una serie de requerimientos que pueden ser definidos de forma específica por las entidades compradoras y ser utilizados por estas como requisitos mínimos de su intensión de compra, de forma de garantizar que las soluciones cumplan a cabalidad los requisitos técnicos necesarios de los establecimientos de Salud:

a) Adecuación Funcional: representa la capacidad del producto de software para proporcionar funciones que satisfacen las necesidades declaradas e implícitas, en condiciones de uso especificadas, específicamente referidas a:

• Completitud funcional: Grado en el cual el conjunto de funcionalidades cubre todas las tareas y los objetivos del usuario especificados.

En el contexto de salud, se entiende por el grado de cobertura de la solución ofrecida, con respecto a las funcionalidades requeridas por el Demandante para la gestión de los procesos clínicos y/o administrativos.

• Pertinencia funcional: Capacidad del producto software para proporcionar un conjunto de funciones que son acordes a las tareas y objetivos de usuario especificados.

En el contexto de salud, se entiende por la capacidad que brindan las funcionalidades ofrecidas para responder adecuada y coherentemente a la forma de operación de los procesos clínicos y administrativos.

Para estos efectos, el proveedor deberá detallar en la oferta técnica la forma de operación de las funcionalidades, además, debe efectuar una demostración presencial que ilustrará los casos de uso definidos por el Demandante, en la figura de muestras.

b) Eficiencia de Desempeño: representa el desempeño relativo a la cantidad de recursos utilizados bajo determinadas condiciones. Estos son:

• Comportamiento temporal: Los tiempos de respuesta y procesamiento y los ratios de throughput de un sistema cuando lleva a cabo sus funciones bajo condiciones determinadas en relación con un banco de pruebas (benchmark) establecido.

• Capacidad: Grado en que los límites máximos de un parámetro de un producto o sistema software cumplen con los requisitos.

Para estos efectos, se requiere que los oferentes establezcan los límites de capacidad comprometidos para la operación de la solución ofertada, lo que no puede ser en desmedro de los SLA mínimos exigidos por este Convenio Marco.

c) Compatibilidad: capacidad de dos o más sistemas o componentes para intercambiar información y/o llevar a cabo sus funciones requeridas cuando comparten el mismo entorno hardware o software. Especificamente:

• Interoperabilidad: capacidad de dos o más sistemas o componentes para intercambiar información y utilizar la información intercambiada.

En este marco, se puede solicitar que los oferentes precisen la implementación o configuración de su solución para satisfacer la integración de ésta con otros sistemas requeridos, de modo de lograr una gestión integral de los procesos clínicos y administrativos dentro del establecimiento de salud, así como también en Red. Del mismo modo, con otros sistemas informáticos del Sector según los fines que estimen convenientes.

d) Usabilidad: capacidad del producto software para ser entendido, aprendido, usado y resultar atractivo para el usuario, cuando se usa bajo determinadas condiciones. Los subcriterios son:

• Capacidad para ser usado: capacidad del producto que permite al usuario operarlo y controlarlo con facilidad.

• Protección contra errores de usuario: capacidad del sistema para evitar que los usuarios cometan errores intencionados o involuntarios.

En este contexto, se puede solicitar que los oferentes declaren las características de la solución para resguardar estas condiciones. Se recomienda considerar los criterios sugeridos en el checklist de usabilidad de Jacob Nielsen.

e) Fiabilidad: capacidad de un sistema o componente para desempeñar las funciones especificadas, cuando se usa bajo condiciones y periodo de tiempo determinados. Específicamente son:

• Madurez: capacidad del sistema para satisfacer las necesidades de fiabilidad en condiciones normales.

• Disponibilidad: capacidad del sistema o componente de estar operativo y accesible para su uso cuando se requiere.

• Tolerancia a fallos: capacidad del sistema o componente para operar según lo previsto en presencia de fallos hardware o software.

• Capacidad de recuperación: capacidad del producto software para recuperar los datos directamente afectados y reestablecer el estado deseado del sistema en caso de interrupción o fallo.

Para estos efectos, se puede solicitar que oferentes declaren las políticas de administración del software y de la plataforma tecnológica para resguardar estas condiciones.

f) Seguridad: capacidad de protección de la información y de los datos, de manera que personas o sistemas no autorizados no puedan leerlos, ni modificarlos. Especificamente son:

• Confidencialidad: capacidad de protección contra el acceso de datos e información no autorizados, ya sea accidental o deliberadamente.

• Integridad: capacidad del sistema o componente para prevenir accesos o modificaciones no autorizados a datos o programas de ordenador.

• No repudio: capacidad de demostrar las acciones o eventos que han tenido lugar, de manera que dichas acciones o eventos no puedan ser repudiados posteriormente.

• Responsabilidad: capacidad de rastrear de forma inequívoca las acciones de una entidad.

• Autenticidad: capacidad de demostrar la identidad de un sujeto o un recurso.

En este ámbito, se puede solicitar  que los oferentes declaren las políticas de administración del software y de la plataforma tecnológica, así como también las características de la solución informática que permitan resguardar estas condiciones.

g) Portabilidad: capacidad del producto o componente de ser transferido de forma efectiva y eficiente de un entorno hardware, software, operacional o de utilización a otro. El subcriterio a considerar es:

• Adaptabilidad: capacidad del producto para ser adaptado, de forma efectiva y eficiente, a diferentes entornos determinados de hardware, software, operacionales o de uso.

A la luz de los resultados obtenidos en la evaluación del procedimiento de Gran Compra, la Entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según el resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las presentes bases de licitación de Convenio Marco,  en lo que les sean aplicables, cuadro que será adjuntado a la orden de compra que se emita y servirá de fundamento de la resolución que apruebe la adquisición.

10.8.3 Garantía de Fiel Cumplimiento

Las entidades deberán solicitar a los proveedores seleccionados en el respectivo procedimiento de Grandes Compras, la entrega de garantías de fiel cumplimiento, cuyo monto no podrá ser inferior al 5% del valor total del contrato, en los términos dispuestos por el artículo 68 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compra.

10.9 Actualización de Servicios Adjudicados
 

Durante la vigencia del convenio marco, el adjudicatario, deberá mantener, en el Catálogo Electrónico, los servicios en las condiciones más ventajosas para las Entidades contratantes. Para ello, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

1. Deshabilitar del catálogo uno o más servicios adjudicados, siempre y cuando ello se funde en su obsolescencia tecnológica, y sea previamente autorizado por MINSAL.

2. Incorporación de nuevos productos a la tienda siempre que el producto pertenezca a la categoría adjudicada. Para lo anterior el proveedor deberá solicitar al MINSAL la evaluación de su solución en conformidad a lo dispuesto en el numeral 10.4.1. La DCCP, previo oficio del MINSAL emitido por la autoridad competente, habilitara la ficha respectiva, pudiendo verificar que las soluciones informadas cumplen las condiciones generales establecidas en estas bases, pudiendo rechazar su inclusión sí detecta algún incumplimiento de las mismas.

3. La DCCP, a solicitud del Ministerio de Salud, podrá incorporar nuevos productos a la tienda electrónica, siempre que el producto pertenezca a la categoría adjudicada, según la Resolución respectiva, se informará a los proveedores para que adscriban a dichas fichas creadas.

Para todos los casos en que los proveedores deseen adscribir a  la incorporación de productos indicada, y para aquellos en que deseen incorporar nuevos productos en conformidad al numeral 2 anterior, los adjudicatarios deberán cumplir con las siguientes condiciones:

i.- La aprobación técnica de la solución por parte del MINSAL de acuerdo a lo señalado en el punto 10.4.1.

ii.- La DCCP verificará que su precio sea igual o inferior al mejor precio ofrecido por el mismo proveedor a sus clientes particulares (fuera del convenio marco). Lo señalado deberá se acreditado mediante alguna de las siguientes alternativas: 

• La presentación de facturas emitidas con una antigüedad de al menos 30 días corridos y que hayan sido recibidas por el comprador; o por otros medios que la DCCP estime necesarios para comprobar la efectividad de lo informado y/o,

• Presentar precios de lista (públicos, de catálogos transaccionales). Este documento deberá estar firmado por el Gerente General o Representante Legal de la empresa, respetando el tipo de moneda establecido para esta licitación.

• Carta del representante legal, declarando que los precios ingresados son iguales o menores que los que cobra a sus otros clientes.

Adicionalmente, la DCCP podrá verificar que el precio ofertado sea más barato que el precio promedio de mercado, para esto podrá verificar los precios por Internet, catálogos, revistas, entre otras. En caso del no cumplimiento de esta condición, el servicio podrá ser rechazado.

4. Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas en la ficha electrónica de la oferta, tales como, disminuir los precios de los servicios, y/o mejorar alguna condición general de las ofertadas inicialmente, como las condiciones de sustentabilidad, SLA de servicio, certificaciones.

5. Ampliar la cobertura ofrecida, para la totalidad de los servicios publicados en tienda, a otras regiones.

10.10 Reajuste de Servicios
 

Los precios de los servicios podrán reajustarse una vez al año, al mes siguiente que sea publicado el reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, a contar del año calendario siguiente a aquel en que la licitación esté adjudicada por sistema, considerando para ello, la ponderación de las variables involucradas en el precio. Estas variables son las siguientes:

-Variación Porcentual reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público (∆PR)

Dado lo anterior, el precio reajustado vendrá dado por la siguiente formula:

Precio Tarifa reajustada = Precio Actual x [1 + ∆PR]

Para solicitar el reajuste. El adjudicatario deberá considerar lo siguiente:

i.-Las solicitudes de reajuste deberán realizarse a través del sistema electrónico disponible para tal efecto. Estas solicitudes deberán ser presentadas de acuerdo al criterio de reajuste establecido precedentemente.

ii.-La DCCP se reserva el derecho de aceptar o rechazar la solicitud por motivos fundados, en un plazo de hasta 15 días hábiles de recibida, a través de las herramientas que disponga la DCCP para estos efectos.

iii.-Los organismos y sitios oficiales para obtener la información de la variación de las variables consideradas, y sus links respectivos son:

Variación Remuneraciones Trabajadores Sector Público  (∆PR)

- Ley de Presupuestos del año en curso

Sin perjuicio de todo lo anteriormente expuesto, para todas las sub-categorías, si sus costos experimenten un alza por sobre el 10% en algún componente que se vea afectado por el comportamiento de variables nacionales o internacionales, en un periodo menor al establecido para efectuar el reajuste respectivo en relación a las variaciones, se analizará el caso específico, pudiendo permitirse excepcionalmente el reajuste respectivo, en forma fundada, a través de la entrega de  facturas de venta, tarifario público u otros que la DCCP estime necesarios para demostrar que el precio reajustado mantiene las mejores condiciones comerciales, así como un informe que justifique la modificación.

10.11 Subcontratación
 

Se permite la subcontratación parcial de servicios, tales como el entrenamiento en uso, plataforma tecnológica y la operación del Data Center, sin perjuicio que la responsabilidad deberá permanecer en el adjudicatario (Art. N° 76, Reglamento de la Ley N° 19.886). En todo caso, los montos subcontratados no podrán exceder del 49% del monto total estimado del contrato.

En el caso de que parte de la infraestructura subcontratada se encuentre fuera del territorio nacional, los aspectos relativos al acceso y a la protección de los datos que residan en dicha infraestructura, deberán someterse a la legislación chilena.

10.12 Efectos derivados del Incumplimiento Contractual del Proveedor
 

1.1.1          Multas:

a)      Niveles de Multas

 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades con el pago de multas por atrasos en la entrega de los servicios de habilitación, documentación comprometida, entrenamiento, incumplimiento en los niveles acordados (tipo de solución, hosting, soporte, mesa de ayuda) y servicios adicionales, modificación del equipo de trabajo, o por la indisponibilidad de éstos.

 

Las multas operarán de acuerdo a las siguientes tablas:

 

Tipo de incidente o Error

Definición general

Incidente o Error de Baja Complejidad

Todos aquellos incidentes que no impiden la operación de la solución contratada ni afecta las funcionalidades claves o centinelas de ésta.

Incidente o Error de Mediana Complejidad

Todos aquellos incidentes que no impiden la operación de la solución contratada, pero que retrasan la operación de algunas funcionalidades no prioritarias ni claves o centinelas de ésta.

Incidente o Error de Alta Complejidad

Todos aquellos incidentes que impiden la operación de la solución contratada, en funcionalidades prioritarias (definida por el comprador en su intensión de compra y/o orden de compra), claves o centinelas de ésta.

 

El cuadro resumen de Niveles de Acuerdo de Servicio y sus respecivas multas en caso de incumplimiento, es el siguiente:

b)      SLA por manejo de errores

 

Los niveles de acuerdo de servicio y sus sanciones por incumplimiento en el manejo de errores del tipo de solución contratado se regirá por los siguientes criterios:

 

Errores de Alta Complejidad: La Empresa deberá resolver cualquier error de alta complejidad en el plazo máximo de una (1) hora a partir de la notificación telefónica, la cual deberá ser refrendada con un código de recepción por la MDA (Mesa de ayuda) . Superada una (1) hora sin resolución, los Contratantes podrán descontar de la tarifa mensual a pagar multas de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Notificación - Período sin Resolución

Multas (% descuento mensual)

0 – 60min.

61 – 90 min.

91 – 120 min

121 – 150 min

151 – 180 min

Y así sucesivamente, en incrementos de 30 min.

0%

2,5%

5,0%

7,5%

10,0%

Y así sucesivamente, en incrementos de 2,5%.

 

Error Mediana Complejidad: La Empresa deberá resolver cualquier error de mediana complejidad en el plazo máximo de 4 horas a partir de la notificación telefónica, la cual deberá ser refrendada con un código de recepción por la MDA. Superadas las 4 horas los Contratantes podrán descontar de la tarifa mensual a pagar las siguientes multas de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Notificación - Período sin resolución

Multas (% descuento mensual)

0 – 4hrs.

4hrs 1min – 6hrs

6hrs 1min – 8hrs

8hrs 1min – 10hrs

10hrs 1min – 12hrs

Y así sucesivamente, en incrementos de 2 hr.

0%

2,5%

5%

7,5%

10%

Y así sucesivamente, en incrementos de 2,5%.

 

Error Baja Complejidad: La Empresa deberá resolver cualquier error de baja complejidad en el plazo máximo de 24 horas a partir de la notificación telefónica, la cual deberá ser refrendada con un código de recepción por la MDA. Superada las 24 horas la incidencia será considerada como error de mediana complejidad.

 

Las multas se podrán aplicar sin perjuicio del derecho de recurrir a los tribunales ordinarios de justicia.

c)       Procedimiento para aplicación de multas

 

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.

 

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

 

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.

 

Contra la resolución que aplique la multa respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado.

d)      Cobro de la multa

 

Se hará efectiva la multa una vez resuelto los recursos, o vencido el plazo para su interposición, sin que se hayan éstos presentados. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

 

El monto de las multas será rebajado del estado de pago más próximo que la Entidad deba efectuar al adjudicatario y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente a través de cheque o vale vista y en este caso contará con un plazo de 10 días hábiles para el pago.

 

El valor máximo de la multa a cobrar en un mes no podrá exceder del 30% del total facturado mensual. De igual forma, las multas totales no podrán sobrepasar el 30% del total del contrato. En la evantualidad que ello suceda, se entenderá que es un incumplimiento grave y dará origen al termino anticipado de contrato, según lo indicado en la cláusula 10.14 numera ii.

 

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.

 

Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad que esté realizando el cobro.

 

e)      Procedimiento de Reposición

 

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

 

El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente resolverá dentro de los 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y al Director de la DCCP.

 

1.1.2           Efectos derivados del Incumplimiento Contractual del Proveedor aplicables por la DCCP

 

La DCCP, en caso de incumplimientos, aplicará las medidas que se singularizan a continuación. Con todo, al determinar la medida a aplicar al adjudicatario, la DCCP tendrá en consideración la magnitud de la falta cometida, la cantidad de órdenes de compra emitidas al proveedor, el monto transado en la orden de compra que da origen a la sanción y el impacto del bien contratado en la gestión de la(s) Entidad(es) requirente(s), debiendo en todo caso dar aplicación al principio de proporcionalidad de la sanción.

 

 

a.- Amonestación

La DCCP, amonestará al proveedor cuando los antecedentes que tenga a la vista no revistan la gravedad que ameriten la aplicación de algún otro efecto derivado del incumplimiento de mayor gravedad definidas en estas bases.

 

Detectada una situación susceptible de aplicación de la sanción consistente en la amonestación, la DCCP le comunicará dicha circunstancia al respectivo adjudicatario, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. A contar de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá 48 horas para formular sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

Recibidos los descargos efectuados por el proveedor respectivo, la DCCP los evaluará en conformidad a las presentes bases. De considerar la DCCP que los descargos no son satisfactorios o transcurrido el plazo señalado para su formulación sin haber recibido respuesta del proveedor, la DCCP procederá a la amonestación del proveedor, según lo indicado en el presente punto  y será informado personalmente, por carta certificada, correo electrónico o por alguna otra herramienta electrónica que se encuentre disponible en el sistema de información, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado.

 

b.- Bloqueo de Servicios

 

  1. La DCCP procederá al bloqueo de productos o servicios en el Catálogo Electrónico, en los casos siguientes:

 

  1. En caso de detectar que el proveedor adjudicado no mantiene las condiciones más ventajosas a través de ChileCompra Express, o que en el mercado nacional o internacional las condiciones económicas son más favorables que al contratar por dentro de la tienda, la DCCP bloqueará aquellos servicios que luego de comparar los precios resulten ser menos convenientes. Sólo serán habilitados una vez que el proveedor refleje dicho valor como un precio permanente dentro de la tienda y no por medio de una oferta especial. Adicionalmente, la DCCP podrá solicitar facturas que avalen el precio de transacción del servicio en la tienda, la cuales deberán ser legibles en su totalidad.
  2. Si se detecta la incorporación de servicios que por su naturaleza no corresponden a este convenio marco, o en general por cualquier otra circunstancia que implique la utilización de una ficha de producto o servicio para la adquisición de un bien o servicios distintos al especificado en la misma. El tiempo de bloqueo será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún tipo de sanción en contra del adjudicatario.
  3. En caso que el bien y/o servicio que se haya ingresado a la Tienda, no cumpla con lo señalado en la cláusula relativa a “Incorporación de Servicios al Catálogo” y/o la cláusula sobre “Actualización de Servicios Adjudicados”, de las presentes bases de licitación. El tiempo de bloqueo será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún  otro tipo de medida en contra del adjudicatario.
  4. En la eventualidad que un proveedor duplique fichas, caso en el cual se procederá al bloqueo de todas las fichas duplicadas del mismo proveedor. El tiempo de bloqueo será hasta que la situación sea aclarada y no amerite la aplicación de algún tipo de sanción en contra del adjudicatario.

 

Detectada una situación susceptible de aplicación de la medida de bloqueo, la DCCP le comunicará dicha circunstancia al respectivo adjudicatario, indicando la infracción cometida y los hechos que la constituyen. A contar de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá 48 horas para formular sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

Recibidos los descargos efectuados por el proveedor respectivo, la DCCP los evaluará en conformidad a las presentes bases. De considerar la DCCP que los descargos no son satisfactorios o transcurrido el plazo señalado para su formulación sin haber recibido respuesta del proveedor, la DCCP procederá al loqueo del proveedor, según lo indicado en las presentes bases, lo cual será informado personalmente, por carta certificada, correo electrónico o por alguna otra herramienta electrónica que se encuentre disponible en el sistema de información, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado a la DCCP.

c.- Cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato.

El Adjudicatario podrá ser objeto de la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, por parte de la DCCP, en los siguientes casos:

 

i.No pago de multas dentro del plazo, a menos que la Entidad Compradora proceda al descuento respectivo en el correspondiente estado de pago, a requerimiento fundado de la Entidad Compradora respectiva que aplicó la multa.

 ii. A la tercera amonestación aplicada en doce meses por la DCCP.

iii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los servicios adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las Entidades Compradoras o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa.

iv Reincidencia del proveedor, por segunda vez, en cualquiera de las conductas descritas en el numeral 10.12.2, letra b, “bloqueo de servicios”.

 

Cuando las entidades públicas soliciten el cobro a la DCCP de la Garantía, deberán indicar en el requerimiento de aplicación de sanción, los datos de contacto necesarios para hacer el traspaso de fondos en caso de hacerse efectivo el cobro de la Garantía.

 

d.- Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico.

El Adjudicatario podrá ser objeto de la medida de suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de los servicios que tiene en el Convenio Marco, aplicada por la DCCP, en los siguientes casos:

 

  1. Atraso en la prestación del o los servicios, superiores a 10 días hábiles desde el cumplimiento del plazo acordado, según corresponda. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será de hasta 2 veces el tiempo que se incurrió en atraso.  

 

  1. A la cuarta amonestación aplicada por la DCCP en 12 meses. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será por un período de 30 días corridos.

 

  1. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo establecido en la cláusula 8, “Naturaleza y monto de las garantías” de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de los 15 días hábiles siguientes contados desde su cobro. Asimismo, se considera también renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía. En ambos casos la nueva garantía deberá tener las mismas características que la anterior, y extenderse por todo el periodo de vigencia que corresponda. El tiempo de suspensión temporal será hasta que se subsane la situación descrita, lo cual no podrá superar los 60 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado. Transcurrido este periodo se procederá a dar Término Anticipado en conformidad a la cláusula 10.14de las presentes bases.

 

 

  1. Reincidencia del proveedor, por segunda vez, en cualquiera de las conducta descritas en la letra b anterior, “bloqueo de servicios”.

 

  1. Cuando el proveedor que ha participado en un proceso de grandes compras, se desista de su oferta y esta acción cause un perjuicio importante en la gestión del Organismo afectado. El organismo afectado deberá informar y solicitar aplicación de sanción a través de oficio a la DCCP. El tiempo de suspensión temporal en la tienda será de tres meses.

 

  1. Rechazo de Orden de Compra (OC) emitida por la Entidad Compradora por causales no contempladas en las bases de licitación. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el Catálogo será:

 

-  10 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por primera vez.

-  20 días hábiles si el proveedor rechaza una OC por segunda vez.

-  La DCCP podrá poner término anticipado al convenio marco para el proveedor, por rechazo de una OC por tercera vez.

 

  1. Detección por segunda vez de la comercialización, a través de la tienda, de servicios que no correspondan al convenio o a la categoría adjudicada por el proveedor, el plazo de suspensión en este caso será de dos meses.

 

  1. Si el adjudicatario se encuentra inhábil en ChileProveedores. En el caso de ser el adjudicatario una UTP, la inhabilidad de cualquiera de sus integrantes generará esta sanción. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro ChileProveedores. El adjudicatario será habilitado nuevamente, cuando se encuentre hábil en el registro mencionado o, en el caso de una UTP, cuando el integrante respectivo vuelva a encontrarse hábil, para lo cual, y en todos los casos, se deberá informar a la DCCP de dicho estado por los medios que ésta estime.

 

  1. Mantener disponibles en el catálogo o comercializar en el CM productos en condiciones comerciales más desfavorables que las del mercado. En dicho caso la suspensión se extenderá por 3 meses
10.13 Procedimiento para el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y la suspensión de proveedores.
 

Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la medida de Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico o la del Cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

La DCCP activará el procedimiento para la aplicación de alguno de los efectos derivados del incumplimiento mencionados, de oficio o a requerimiento de alguna de las entidades compradoras o MINSAL, en cuyo caso éstas deberán acompañar al reclamo los siguientes antecedentes, en lo que les sean aplicables:

- Número de la Orden de Compra.

- Fecha de emisión de la Orden de Compra.

- Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.

- Explicación del proveedor, si la hubiere.

- Copia de la Orden de Compra.

- Datos de contacto para transferir fondos en caso de que se solicite el cobro de garantía.

- Otros antecedentes objetivos que permitan demostrar que proceda la sanción.

En el caso de retraso en la prestación de los servicios, deberá indicarse además:

- La identificación de los servicios con rezago.

- Las cantidades rezagadas.

- Los días hábiles / horas de atraso en la entrega.

Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas de este numeral, la DCCP notificará al adjudicatario por alguna de las siguientes vías, personalmente, por carta certificada, correo electrónico o por alguna otra herramienta electrónica que se encuentre disponible en el sistema de información, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado, indicando los hechos que ameritarían la aplicación de una sanción y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de ello, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad del adjudicatario mantener actualizados los datos de contacto para recibir las notificaciones de la DCCP.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la DCCP dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la sanción que corresponda.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DCCP tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante acto administrativo  que se notificará al adjudicatario personalmente o por carta certificada. 

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda.

Procedimiento de Reposición.

Para el caso de las medidas de  amonestación, bloqueo, cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato y suspensión, el adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la sanción, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

La DCCP resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Dicho acto administrativo se notificará al respectivo proveedor y a la o las entidades reclamantes, si es que fuese el caso.

10.14 Término Anticipado del Convenio Marco
 

La DCCP podrá poner término anticipado al Convenio Marco, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

i. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al convenio marco.

ii. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del Convenio Marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad Contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.

iii. Entrega de documentación que contenga hechos carentes de veracidad, con la intención de obtener algún beneficio en el ámbito del convenio marco, sea la inclusión en el catálogo electrónico de un determinado servicio, o cualquier otra circunstancia que le otorgue alguna ventaja en comparación con el resto de los proveedores adjudicados

iv. Calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación o estado de notoria insolvencia del adjudicatario o de alguno de los integrantes de la UTP, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

v. Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, en virtud del “Pacto de integridad" contenido en estas bases. En caso que los antecedentes muestren que se afecta la libre competencia, la DCCP pondrá dichos antecedentes en conocimiento de la Fiscalía Nacional Económica.

vi. Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del convenio marco, y propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar las decisiones de un funcionario público durante la ejecución del convenio marco, que tengan el propósito de generar acciones que resulten en su favor o en contra de otro adjudicatario.

b. Tergiversar hechos con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de esta Dirección o de otra Entidad pública.

c. Ejercer algún grado de extorsión, soborno o presión, declarando parentescos, relaciones con funcionarios de alto rango, beneficios o perjuicios, a quienes requieran hacer uso de la tienda electrónica y los servicios adjudicados bajo este proceso licitatorio o a los encargados de la administración del convenio marco pertenecientes a esta Dirección.

vii. Comercializar la calidad de adjudicatario en el Convenio Marco. Se entenderá que se ha concurrido en la presente causal, cuando se den una o más de las siguientes circunstancias:

a. Que el adjudicatario original haya transferido con posterioridad a la adjudicación  el control completo de la sociedad adjudicataria a nuevos socios, personas naturales o jurídicas, que no fueron adjudicadas en la licitación correspondiente o no participaron en ella; siempre que haya constancia que la intención del adjudicatario original al participar en la licitación  no fue la de proveer los bienes o servicios objeto de este convenio; sino que la de  comercializar su calidad de adjudicado de convenio marco.

b.  En el caso que el adjudicado original sea una sociedad con una antigüedad no mayor a 30 días anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas; este no haya ejercido el giro comercial relacionado con el presente convenio marco con anterioridad a dicho cierre; y haya modificado el control completo de la respectiva  sociedad dentro de  los 60 días hábiles contados desde la adjudicación de la presente licitación.

c. Siempre que el  adjudicado original corresponda a  una sociedad con una antigüedad no mayor a 35 días anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas; no haya ejercido el giro comercial relacionado con el presente convenio marco con anterioridad a dicho cierre ;  y haya ofrecido a terceros, a través de  medios de comunicación social, redes sociales, correos electrónicos u otros medios equivalentes, transferir la propiedad societaria , haciendo mención expresa de su condición de adjudicado de convenio marco, dentro de los 60 días hábiles contados desde la adjudicación de la presente licitación; y todos los casos mencionados ocurren antes de que el proveedor adjudicado haya comenzado a tranzar en el correspondiente catálogo de convenio marco.

La presente causal se aplicará tanto respecto del adjudicatario original, como del proveedor que ha adquirido la condición de adjudicatario en alguna de las hipótesis señaladas anteriormente.

viii. No entrega o no renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo señalado en el punto 8 de las bases de licitación.

ix. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

x. La comprobación de la falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser contratado o adjuidcado.

xi. Rechazo por tercera vez de una orden de compra emitida por el comprador, fuera de los casos permitidos en las bases de licitación.

xii. Incumplimiento de lo establecido en la cláusula 10.21, “Concordancia entre el servicios ofertado y el servicio entregado”.

xiii. Reincidencia del proveedor, por una tercera vez, en alguna conducta descrita en el apartado  “Bloqueo de Servicios”, de la presentes bases.

xiv. Incumplimiento del plazo de implementación establecido en la Carta Gantt, cuando se alcancen los 2 años desde la firma del acuerdo complementario y el retraso sea responsabilidad del proveedor

xv. No entrega oportuna de los antecedentes señalados en el punto 7 de las presentes bases de licitación.

xvi. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación al resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la DCCP  u otras entidades compradoras, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

xvii. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

xviii. Por no someterse ni dar cumplimiento a la legislación chilena.

xix. Cuando todas las soluciones ofertadas y adjudicadas no  cumplen, en los plazos y forma indicados, con un porcentaje  igual o superior al 90% de los pasos o funciones requeridos

xx. Reincidencia del proveedor, por segunda vez, la conducta descrita en el numeral 10.12, “Suspensión temporal del catálogo electrónico”, numeral ix de la presentes bases.

Para concretar lo indicado anteriormente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (diez) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales a su vez deberán ser íntegramente pagadas por las respectivas entidades. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del número i), procederá el procedimiento regulado en la cláusula 10.13 anterior.

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los números i), viii) y  xvii), además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.

10.15 Obligaciones del Adjudicatario en caso de Término de Contrato
 

Respecto a las líneas licitadas, en el evento de término del respectivo contrato, sea anticipado o no, el correspondiente adjudicatario deberá:

Entregar al adquiriente, las bases de datos y modelos de datos que existan, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, toda la información contenida en la infraestructura física y tecnológica suministrada por el proveedor, y la documentación necesaria para que el nuevo operador pueda mantener la disponibilidad del sistema. Esto deberá ser entregado en medios digitales, magnéticos y escritos, cuando corresponda.

Junto con lo anterior, el proveedor debe dar todas las facilidades, infraestructura y recursos profesionales, para realizar los trabajos de migración en buenas condiciones, y permitir la implementación de una nueva plataforma.

El plazo para ejecutar el proceso de migración será definido por el adquiriente y comunicado oportunamente por escrito al proveedor.

El adquiriente pagará al proveedor por la continuidad del servicio contratado conforme las condiciones y valores que estuvieren vigentes al momento anterior a la terminación y hasta el traspaso efectivo de los servicios al nuevo operador, no debiendo existir obligaciones pendientes al momento del término efectivo del contrato.

10.16 Del Pago
 

El pago de los servicios, objeto del presente convenio, se efectuará en pesos chilenos , directamente por cada Comprador, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva. La factura cual deberá ser entregada con una copia de la orden de compra respectiva y el informe de cumplimiento entregado por el Coordinador o Jefe de Proyecto definido por la entidad Compradora, en el cual se certifique la recepción conforme de los servicios.

10.16.1 Modalidad de Pago:

El costo del proyecto completo podrá dividirse en cuotas, de acuerdo con el plazo de duración del contrato de servicio.

La modalidad de pago podrá ser la siguiente:

 La 1ª cuota se cancelará contra la aprobación de la planificación detallada del proyecto de habilitación.

 Las siguientes cuotas serán canceladas según las condiciones definidas en el acuerdo complementario y contra aprobación de los informes de avance respectivos.

De presentarse retrasos en la etapa de habilitación de la solución por causas imputables al proveedor contratado, el pago de la cuota correspondiente será retenido hasta el cumplimiento de los hitos retrasados. Cuando la retención del pago de una cuota se prolongue hasta el plazo de pago de la cuota siguiente, porque los atrasos en la habilitación no han sido subsanados por el proveedor, el contratante aplicará las multas correspondientes, de acuerdo con lo señalado en estas bases de licitación.

Si las causales de retraso en la etapa de habilitación de la solución fuesen imputables a la Entidad requirente, se deberá extender el periodo de habilitación de manera equivalente al tiempo de retraso presentado. En la planificación detallada del proyecto de habilitación, el oferente y contratante acordarán cuáles seran los tipos de acciones que generan atrasos imputables al contratante. Cuando, se genere un atraso imputable al contratante, se deberá dejar constancia en minuta de reunión. Todo atraso que no esté consignado en minuta de reunión como imputable al contratante, será considerado atraso imputable al proveedor.

El Comprador podrá contratar los servicios asociados a entrenamiento de usuarios y mantención evolutiva de manera independiente, una vez que la solución contratada se encuentre en etapa de operación en régimen.

Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los productos o servicios que se adquieran o soliciten a través del Convenio Marco, así como, de interactuar con la institución para solicitar el pago de sus facturas. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores

 

10.17 Plazo de Vigencia del Convenio Marco
 

Los convenios marco celebrados con los respectivos proveedores adjudicados comenzarán a regir desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del Portal.

Dichos acuerdos extenderán su vigencia hasta que se cumplan 48 meses contados desde la primera adjudicación que se realice en virtud de las presente bases tipo, fecha que se indicará en el Portal. Conforme a lo anterior dentro de este período y a partir de la segunda adjudicación, la duración de esos convenios marcos, estará supeditada al plazo máximo de 48 meses contados desde la primera adjudicación.

La DCCP podrá renovar por una vez el presente convenio marco por un nuevo periodo de 48 meses contado desde el término de la vigencia señalada en el párrafo precedente, lo anterioro debido a los altos costos de implementación y renovación tecnológica y a la alta utilidad del presente servicio para los organismos públicos que lo contraten, cuya suspensión produciría un grave perjuicio en su gestión administrativa interna.

10.18 Coordinador del Convenio Marco
 

El Adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del presente convenio. El desempeño de su cometido deberá ser:

i. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.

ii. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.

iii. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.

iv. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.

Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado por el representante legal del Adjudicatario a la DCCP a través del formulario que ésta destine para tales efectos.

10.19 Responsabilidad del Adjudicatario
 

Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario deberá administrar y mantener el Catálogo de servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:

i. Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los servicios adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.

ii. Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los servicios catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de servicios vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.

iii. Conocer y operar adecuadamente el Sistema de Administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl. Para dar cumplimiento a lo anterior los proveedores podrán asistir a todas aquellas capacitaciones y/o cursos que la DCCP disponga.

iv. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.

v. Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.

vi. Entregar informes solicitados por la DCCP.

vii. Entregar las cotizaciones realizadas por los compradores, de acuerdo a los formatos dispuestos por la DCCP para aquellas compras menores a las 1000 UTM.

viii. Los proveedores que resulten adjudicados en el presente convenio deberán implementar las Soluciones Informáticas de Salud que fueron evaluadas y adjudicadas y no podrán, durante el periodo de vigencia del presente convenio, cambiar o sustituirlos por unos distintos a los adjudicados a menos que postulen a la Actualización de Servicios Adjudicados, según indicaciones entregadas enel punto 10.9 de estas bases

ix. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución de los CM, deberán ser requeridas por el representante legal de la empresa adjudicada o por la persona debidamente autorizada por aquél, lo que deberá documentarse fehacientemente.







10.20 Comportamiento ético del Adjudicatario
 Sin perjuicio de lo señalado en lo relativo al pacto de integridad, el proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los servicios que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, ejercer presiones de cualquier tipo a los encargados de convenio y personas que tengan relación con la administración del convenio marco o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
10.21 Concordancia entre el servicio ofertado y el servicio entregado.
 El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el servicio de acuerdo a las condiciones y especificaciones técnicas que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá, en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de  asociaciones vinculadas a la industria, por ejemplo marcas o los representantes de las marcas, asociaciones gremiales, etc.
10.22 Pacto de Integridad
 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

i. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

ii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

iii. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio y de la posterior ejecución del convenuo marco, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

iv. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y durante la ejecución del convenio marco.

v. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

vi.  El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

vii.  El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación y de la ejecución del convenio marco, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

ix. El oferente se obliga a no utilizar, durante la licitación o la ejecución del Convenio Marco, información privilegiada obtenida con ocasión del mismo o con ocasión de cualquier servicio que haya o se encuentre prestando a algún organismo regido por la Ley de Compras.

x. El oferente deberá abstenerse de participar en cualquier proceso de compras ejecutado a través del presente Convenio Marco en el cual tenga algún conflicto de interés.

 

10.23 Desarrollo Comercial del Convenio
 

Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Adjudicatario podrá desarrollar las siguientes actividades:

i. En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios marco, tales como encuentros, ferias u otros, el adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus servicios con las Entidades.

ii. El proveedor deberá informar respecto de los cambios realizados en su empresa y/o certificaciones obtenidas que le permitan mejorar la calidad de los servicios que ofrece en el catálogo.

Las actividades señaladas precedentemente no podrán vulnerar lo dispuesto en el “Pacto de Integridad” contenido en estas bases.

10.24 Confidencialidad
 

El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del  contrato,  o de cualquier actividad relacionada con éste. 

El proveedor, así como sus consultores y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.  

La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

El proveedor debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste,  podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.



10.25 Propiedad de la Información

Las Entidades Compradoras serán las titulares y propietarias de todos los datos usuarios, transacciones, bitácoras (logs), los documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica suministrada por el proveedor contratado a la Entidad, en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.

En el caso de que las entidades compradoras pertenezcan a la red pública de salud, dependientes del Ministerio de Salud, éste último tendrá acceso a la información contenida en las bases de datos de los sistemas de información contratados, resguardando la reserva de la información de la ficha clínica y los datos sensibles de los pacientes según se indica en las leyes 20.584 sobre “Derechos y Deberes de las Personas en Salud” y la Ley 19.628 sobre “La Protección de la Vida Privada”. Esta información podrá ser solicitada directamente a los proveedores en las condiciones y formatos que se requieran según las condiciones definidas establecidas en las bases técnicas de este Convenio Marco y al marco legal vigente, dicha solicitud la podrá solicitar directamente MINSAL a los proveedores.

Ni durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia,  el proveedor podrá utilizar la información de las bases de datos, así como toda aquella indicada en el párrafo anterior. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la Entidad, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos. 

Para los efectos de la ejecución del presente convenio marco, los adjudicatarios y los servicios que éstos presten, incluyendo los relativos a los Soluciones Informáticas de Salud ubicados fuera del territorio nacional, se someterán a la legislación chilena.