Licitación ID: 1271359-248-LE25
CONTROL INTEGRAL DE PLAGAS E HIGIENE 2026
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Fecha de Cierre: 28-01-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de exterminación o fumigación 1 Unidad
Cod: 72102103
CANASTA N°1  

2
Servicios de exterminación o fumigación 1 Unidad
Cod: 72102103
CANASTA N°2  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTROL INTEGRAL DE PLAGAS E HIGIENE 2026
Estado:
Publicada
Descripción:
La corporacion de desarrollo social, mediante el departamento de abastecimiento solicita la contratación del servicio de Fumigación, desratización, sanitización para los establecimientos educacionales y de salud de la comuna de Lampa.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LICITACIONES
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-01-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-01-2026 17:56:48
Fecha inicio de preguntas: 15-01-2026 20:01:00
Fecha final de preguntas: 22-01-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-01-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-01-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-01-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 25-02-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 21-01-2026 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
2.- Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
3.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha anterior al cierre de recepción de ofertas. (F-30)
4.- Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
5.- Formulario N°5 “Datos de pago”
6.- En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”
7.- Visita a terreno
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°3: Oferta técnica • Nómina de productos por tipo de servicio (desratización/desinsectación/sanitización) indicando principio activo, concentración, número de registro ISP y uso recomendado. • Fichas técnicas. • HDS (Hojas de Datos de Seguridad) de cada producto declarado.
 
2.- Resolución Sanitaria vigente de la empresa aplicadora (SEREMI Salud)
 
3.- Descripción metodológica firmada + inventario de equipos; ficha técnica de equipos
 
4.- Procedimiento de desratización; ficha técnica de rodenticidas (con N° registro ISP) y HDS; protocolo de reposición y retiro.
 
5.- Procedimiento de higienización/sanitización + nómina de desinfectantes con N° registro ISP; HDS; ficha técnica.
 
6.- Protocolo de seguridad y señalética (EPP, señalización, tiempos de reingreso, resguardo de alimentos/utensilios); formatos de letreros/avisos; HDS asociadas.
 
7.- Modelo de acta/certificado de servicio por visita + modelo de informe mensual; bitácora/registro de intervención.
 
8.- Informe de diagnóstico + plan de tratamiento + metodología y monitoreo; mapeo/puntos tratados; fichas técnicas/HDS y N° registro ISP; modelo de informe de seguimiento.
 
9.- Responsable técnico: identificación, respaldo de competencias (título/certificados), vínculo (contrato o declaración) y Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores.
 
10.- Protocolo de seguridad para recintos con público: EPP, señalización, tiempos de reingreso, resguardo de alimentos/utensilios, manejo de derrames y residuos/envases.
 
11.- Plan de trabajo/MIP: diagnóstico, frecuencia, metodología, mapa/croquis de cebaderas, seguimiento y reportabilidad.
 
12.- Inventario de equipos de aplicación (y opcional plan de mantención).
 
13.- Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
 
14.- Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
 
15.- Documentos que acrediten experiencia en caso que corresponda
 
16.- Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
 
17.- Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
 
18.- Formulario N°8 “Condiciones Laborales”
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Antecedentes formales de la propuesta Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05 5%
2 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,05 5%
3 Sustentabilidad Políticas de sustentabilidad Materias y contenidos Medio de verificación A) Inclusión laboral B) Inclusión de género C) Fomento de buenas prácticas ambientales D) CONADI Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: -Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) -Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos -Certificado ISO 14001-2015 -Certificado ISO 50001 vigente o norma chilena equivalente. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C3*0,05 5%
4 Condiciones de empleo y remuneración En este criterio se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Ponderación TOTAL A% + B% = C4 SUBFACTOR % DETALLES a. Remuneración Bruta Mensual 6 RE: Remuneración evaluada RM: Remuneración máxima Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,09 b. Tasa empleo comunal 4 Sobre 80% Sobre 60% a 79% Sobre 40 a 59% Sobre 20 a 39% Sobre 10% a 19% Inferior al 10% Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor 10%
5 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL. Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: - En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL - En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente - Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. - No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente - La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado publico y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado - Teléfono de contacto Puntaje C5 = Puntaje obtenido * 0,25 25%
6 Precio PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C5 = ((PM/PE) *100) * 0,50 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Según CDP
Monto Total Estimado: 14500000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: solo en caso de ser necesario, según cláusula incorporada en Bases Administrativas Generales.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 11 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JAVIERA AYALA
e-mail de responsable de pago: javiera.ayala@corporacionlampa.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 30-04-2027
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso. ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO Igual al 5% del valor total neto del contrato, en pesos chilenos VIGENCIA Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo GLOSA Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “SERVICIOS DE FUMIGACIÓN, DESRATIZACIÓN E HIEGINZACIÓN 2026” ID: 1271359-248-LE25 INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “SERVICIOS DE FUMIGACIÓN, DESRATIZACIÓN E HIGIENIZACIÓN 2026” ID: 1271359-248-LE25
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

  

  III.     VISITA A TERRENO

Se contempla la visita a terreno de carácter obligatoria a realizarse en todos los centros de costos desglosados en el punto XV. “DIRECCIONES A EJECUTAR EL SERVICIO”. La no asistencia declara la oferta del postulante como INADMISIBLE.

La dirección del inicio del recorrido del servicio a realizar el servicio y sus respectivos detalles es:

DIRECCION DE LA VISITA:

Sargento Aldea #898, Lampa.

FECHA:

21-01-2026

HORARIO:

11:00 AM

RESPONSABLE:

Ramón Pino

CONTACTO

rpino@corporacionlampa.cl   

FONO:

+569 6223 9241

No se podrá atender a oferentes en horarios diferentes y/o de forma particular, debido a que esto afectaría a los principios de trasparencia e igualdad de los oferentes. Sin embargo, se flexibilizará la llegada de o los proveedores para un atraso máximo de 15 minutos. Posterior al tiempo estipulado el acta de asistencia será cerrada frente a los demás participantes. Acta que será publicada en Mercado Público en la licitación respectiva.

 IV.     CONTENIDO DE LA OFERTA

Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.

  • Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.

  • En caso de que el oferente utilice firma manuscrita escaneada (imagen de firma), ésta solo será aceptada si va acompañada de una declaración jurada firmada por el representante legal y, cuando el órgano lo solicite, del documento original en formato papel con firma autógrafa. La aceptación de firmas escaneadas no implica que se consideren equivalentes a la Firma electrónica para fines de no repudio y responsabilidad.

  • El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.

         I.            ANEXOS ADMINISTRATIVOS

DESCRIPCIÓN

1.

Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.

2.

Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público

3.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha anterior al cierre de recepción de ofertas. (F-30)

4.

Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”

5.

Formulario N°5 “Datos de pago”

6.

En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”

7.

Visita a terreno

Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):

  • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores.
  • Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
  • No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
  • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM

       II.            ANEXOS TÉCNICOS

DESCRIPCIÓN

8.

Formulario N°3: Oferta técnica

  • Nómina de productos por tipo de servicio (desratización/desinsectación/sanitización) indicando principio activo, concentración, número de registro ISP y uso recomendado.
  • Fichas técnicas.
  • HDS (Hojas de Datos de Seguridad) de cada producto declarado.
9.

Resolución Sanitaria vigente de la empresa aplicadora (SEREMI Salud)

10.

Descripción metodológica firmada + inventario de equipos; ficha técnica de equipos

11.

Procedimiento de desratización; ficha técnica de rodenticidas (con N° registro ISP) y HDS; protocolo de reposición y retiro.

12.

Procedimiento de higienización/sanitización + nómina de desinfectantes con N° registro ISP; HDS; ficha técnica.

13.

Protocolo de seguridad y señalética (EPP, señalización, tiempos de reingreso, resguardo de alimentos/utensilios); formatos de letreros/avisos; HDS asociadas.

14.

Modelo de acta/certificado de servicio por visita + modelo de informe mensual; bitácora/registro de intervención.

15.

Informe de diagnóstico + plan de tratamiento + metodología y monitoreo; mapeo/puntos tratados; fichas técnicas/HDS y N° registro ISP; modelo de informe de seguimiento.

16.

Responsable técnico: identificación, respaldo de competencias (título/certificados), vínculo (contrato o declaración) y Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores.

17.

Protocolo de seguridad para recintos con público: EPP, señalización, tiempos de reingreso, resguardo de alimentos/utensilios, manejo de derrames y residuos/envases.

18.

Plan de trabajo/MIP: diagnóstico, frecuencia, metodología, mapa/croquis de cebaderas, seguimiento y reportabilidad.

19.

Inventario de equipos de aplicación (y opcional plan de mantención).

20.

Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda

21.

Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda

22.

Documentos que acrediten experiencia en caso que corresponda

23.

Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.

24.

Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”

25.

Formulario N°8 “Condiciones Laborales”

Los documentos correspondientes al Anexo técnico y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.

     III.            ANEXOS ECONÓMICO

Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos

En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.

IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.

   V.          DE LA EVALUACIÓN

El Departamento de Abastecimiento, a través de la Unidad de Licitaciones, procederá a revisar y analizar los antecedentes administrativos durante el acto de apertura. Este proceso tiene como objetivo verificar que los postulantes hayan cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas Generales y las Bases Administrativas Especiales.

El Contratante declarará inadmisibles aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos administrativos. Posteriormente, se convocará a la Comisión Evaluadora para la revisión y evaluación de los antecedentes técnicos y económicos de las ofertas que hayan sido consideradas admisibles desde el punto de vista administrativo.

COMISIÓN DE EVALUACIÓN

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por tres (3) integrantes, designados por resolución.

Las propuestas serán revisadas por la comisión, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.

La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:

  1. Dos funcionarios (as) del Unidad de Prevención de riesgos.
  2. Un funcionario(a) del departamento de abastecimiento.

Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

a)       Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta

b)      Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas

c)       Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente

d)      Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas

e)      Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras

f)        Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas

g)       Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo

h)      Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas.

      VI.     PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  • SINTESIS

CRITERIO

PONDERACIÓN

1.

ANTECEDENTES FORMALES

5%

2.

PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

5%

3.

SUSTENTABILIDAD

5%

4.

CONDICIONES LABORALES

10%

5.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

25%

6.

OFERTA ECONÓMICA

50%

TOTAL PONDERACIÓN

100%

C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA

5%

Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.

Si Cumple = 100 puntos

No Cumple = 0 puntos                         

Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05

C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

5%

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.  

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: 

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos        

Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,05

C3: SUSTENTABILIDAD

5%

  1. Inclusión laboral

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).

Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.

  1. Inclusión de género

El oferente es una Empresa liderada por una mujer.

Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)

  1. Fomento a empresas de menor tamaño.

El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño

El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.

  1. Fomento de buenas prácticas ambientales

La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)

https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/ 

  • Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
  • Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.

Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.

Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.

Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05

C4: CONDICIONES LABORALES 

10%

En este criterio deberá ser informado en el formulario N°9 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:

•       Ponderación TOTAL

A% + B% = C4

SUBFACTOR

%

DETALLES

  1. Remuneración Bruta Mensual

6

RE: Remuneración evaluada      RM: Remuneración máxima

Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,06

  1. Tasa empleo comunal

4

Sobre 80%

=

100 puntos.

Sobre 60% a 79%

=

80 puntos.

Sobre 40 a 59%

=

60puntos.

Sobre 20 a 39%

=

40 puntos

Sobre 10% a 19%

=

20 puntos

Inferior al 10%

=

0 puntos.

Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor

C5:  EXPERENCIA DEL OFERENTE

25%

PUNTAJE

DESCRIPCIÓN

100

Acredita debidamente 5 experiencias

80

Acredita debidamente 4 experiencias

60

Acredita debidamente 3 experiencias

40

Acredita debidamente 2 experiencias

20

Acredita debidamente 1 experiencias

0

No declara o no acredita debidamente su experiencia

Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:

a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente

b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente

c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:

  • Decretos o Resolución de Adjudicación
  • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
  • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo

IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.

Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.

La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:

-     En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL

-     En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente

-     Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva.

-     No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente

-     La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio

La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.

El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:

- Nombre del cliente o mandante

- Fecha de la entrega del servicio

- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado publico y/o ID de licitación.

- Tipo de servicio contratado

- Teléfono de contacto

Puntaje C5 = Puntaje obtenido * 0,25

C6: OFERTA ECONÓMICA

50%

PM= Precio mínimo ofertado        PE= Precio que se evalúa

Puntaje C6 = ((PM/PE) *100) * 0,50

PUNTAJE TOTAL

Puntaje Total =   C1 x 5% + C2 x 5% + C3 x 5% + C4 x 10% + C5 x 25% + C6 x 50%

El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.

    VII.          COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES

La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.

Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.


A.Fuente de información

Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:

  • La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
  • Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.

No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.


B. Tipos de sanciones consideradas

Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:

  • Cobro de Multa
  • Cobro de Garantía
  • Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor
  • C. Tabla de descuento de puntaje

El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:

Tipo de Sanción

Descuento de Puntaje

Cobro de Multa

−2 puntos por cada multa

Cobro de Garantía

−4 puntos por cada garantía cobrada

Término anticipado por incumplimiento

−8 puntos por cada término anticipado

Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.

El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.

La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.

La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.

    VIII.        MECANISMO DE DESEMPATE

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta económica
  2. Mejor puntaje Experiencia del oferente
  3. Mejor puntaje Condiciones laborales
  4. Mejor puntaje de Sustentabilidad
  5. Mejor puntaje programas de integridad
  6. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
  7. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.

      IX.           GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

   Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Igual al 5% del valor total neto del contrato, en pesos chilenos

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo

GLOSA

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “SERVICIOS DE FUMIGACIÓN, DESRATIZACIÓN E HIGIENIZACIÓN 2026” ID: 1271359-248-LE25

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.

La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.

El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.

 X.            EFECTIVIDAD GARANTÍA

La caución de fiel cumplimiento se hará efectiva, unilateralmente por acto fundado y, sin necesidad de declaración judicial alguna, en el evento de producirse un incumplimiento del oferente adjudicado respecto a:

  • Requerimientos, condiciones y obligaciones establecidas en las presentes bases.
  • Obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.

La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.

En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.

Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá entregar dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, luego de notificado el acto administrativo que ordena el cobro de la caución, una nueva garantía de fiel cumplimiento de la formalidad en las mismas condiciones que establece el número anterior.

    XI.            VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato que se celebre tendrá una vigencia que durará desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que formaliza la contratación hasta el fin del periodo 2026 y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.

No obstante, en caso de que al finalizar el período correspondiente a 2026 la licitación aún disponga de saldo vigente, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes involucradas.

Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

  XII.            VALOR DEL CONTRATO

Naturaleza del precio: valores unitarios (no suma alzada).
El presente contrato se rige por precios unitarios, por lo que no constituye en caso alguno un contrato a suma alzada. En consecuencia, el pago se determinará exclusivamente por las prestaciones efectivamente ejecutadas, debidamente recepcionadas conforme y acreditadas por la Inspección/Contraparte Técnica (ITO/CT), multiplicadas por el valor unitario neto adjudicado para cada ítem o prestación.

Monto máximo estimado (tope presupuestario) y carácter no obligatorio.


El valor del contrato corresponderá a un MONTO MÁXIMO ESTIMADO (tope presupuestario), calculado en virtud de los valores unitarios adjudicados y consignados en el Formulario N°4 – Oferta Económica. Dicho monto tiene carácter referencial y de tope, por lo que la Corporación no se obliga a requerir ni a pagar la totalidad del monto estimado, pudiendo variar la demanda real de servicios conforme a necesidades institucionales y disponibilidad presupuestaria.

Estructura de consumo: costos fijos y costos variables.
Para efectos de gestión y control presupuestario, las partes dejan constancia que las prestaciones se organizarán en:

a)      Costos Fijos (Servicios Programados): prestaciones de ejecución mensual y/o bimensual según corresponda, planificadas conforme a la periodicidad definida en Bases Técnicas y requerimientos institucionales.

b)      Costos Variables (Servicios a Demanda): prestaciones excepcionales, no programadas, que se ejecutarán solo previa solicitud y autorización de la ITO/CT y hasta agotar el cupo disponible de la bolsa de consumo indicada en el numeral siguiente.

Una vez adjudicado el contrato, la Corporación realizará una proyección referencial de Costos Fijos por establecimiento/centro de costo, calculada como:


(valor unitario neto adjudicado) x (cantidad/periodicidad aplicable) x (meses o ciclos de ejecución estimados durante la vigencia contractual).
Dicha proyección tendrá por objeto planificar la emisión de órdenes internas por centro de costo y no altera la regla de pago por servicios efectivamente ejecutados.


El remanente que resulte entre el presupuesto estimado/monto máximo y la proyección total de costos fijos operará como una “BOLSA DE CONSUMO” destinada a financiar servicios variables (no programados), cuya ejecución será a demanda, previa solicitud y autorización de la ITO/CT y hasta agotar el cupo disponible. Su utilización se formalizará mediante órdenes de compra internas, sin exceder el monto máximo estimado del contrato.


Los valores unitarios adjudicados y el monto máximo estimado se entenderán comprensivos de todos los costos directos e indirectos, gastos operacionales, traslados, insumos, equipos, mano de obra, medidas de seguridad, permisos e impuestos, sin que procedan cobros adicionales distintos a los expresamente autorizados en las Bases y/o contrato.


XIII. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato y posterior envío de la OC portal. El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.

La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:

•    Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.

•    Copia de escritura pública de constitución.

•    Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

•    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

•    Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.

Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.

Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.


XIV. DE LA EJECUCION DEL CONTRATO

La ejecución de prestaciones se materializará mediante órdenes de compra internas emitidas por la Corporación, las cuales constituirán el instrumento formal de requerimiento, control y trazabilidad de la ejecución contractual

Emisión de órdenes internas para servicios fijos (programados)

Para los Costos Fijos (servicios mensuales/bimensuales), la Corporación emitirá una orden de compra interna por establecimiento/centro de costo, asociada a la proyección referencial indicada en la cláusula XII, con el objeto de reservar y ordenar presupuestariamente el gasto por centro de costo.

  • En el caso del área de Educación y Administración Central, las órdenes internas se emitirán por la cantidad de meses de los servicios a realizar de forma mensual.

  • En el caso del área de Salud, las órdenes internas se emitirán por la cantidad de meses de los servicios a realizar de forma bimensual.

Sin perjuicio de lo anterior, el pago procederá solo por servicios efectivamente ejecutados y recepcionados conforme, pudiendo la Corporación ajustar la programación y/o proyecciones por variación de meses efectivos de ejecución, cambios de calendario o necesidades institucionales.

Emisión de órdenes internas para servicios variables (a demanda).

Los Costos Variables se ejecutarán únicamente cuando exista solicitud expresa y autorización previa de la ITO/CT, imputándose a la Bolsa de Consumo definida en XII.5.
Cada servicio variable requerido se formalizará mediante la emisión de una orden de compra interna específica, indicando como mínimo: ítem/prestación, unidad de medida, cantidad autorizada, valor unitario adjudicado, centro de costo imputable y referencia a la licitación/contrato.

Bajo ninguna circunstancia la suma de órdenes internas (fijas y variables) podrá significar un compromiso de gasto que exceda el MONTO MÁXIMO ESTIMADO del contrato, salvo que exista modificación válida y debidamente formalizada conforme a normativa aplicable.

  XV.            FACTURACIÓN

Regla general de facturación: La facturación se efectuará contra la prestación requerida y ejecutada, y previa validación/recepción conforme por parte de la ITO/CT.

Facturación diferenciada por orden interna y centro de costo.
El proveedor deberá facturar según Orden de Compra Interna y de manera proporcional a los servicios efectivamente ejecutados y recepcionados conforme.


Para facilitar control presupuestario, la factura deberá identificar claramente el establecimiento/centro de costo asociado, distinguiendo cuando corresponda si la prestación corresponde a Costo Fijo (programado) o Costo Variable (a demanda).

La(s) factura(s) deberá(n) venir emitida con la siguiente información:

RAZÓN SOCIAL

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954-200-1

GIRO

Educación

Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y técnico profesional pública

Junji

Enseñanza preescolar pública

Salud

Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)

Adm. central

Actividades de otras asociaciones N.C.P

GLOSA

  • Mes del servicio
  • Breve descripción del servicio
  • Nombre y dirección del establecimiento

DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)

ID de la licitación

FOLIO

ID de la Orden de compra portal

Una vez emitidas, deben ser enviadas en un plazo de 24 horas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl y javiera.ayala@corporacionlampa.cl financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.

La corporación tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983.

El proveedor deberá facturar según Orden de Compra interna y proporcional a los servicios y/o productos, una vez recepcionados estos de manera conforme.

  XVI.         PAGO

La Corporación pagará al Contratista conforme a los servicios o bienes encomendados y efectivamente efectuados. Previa recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica y entrega de a lo menos la siguiente documentación:

  1. CONTRATISTA

Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, del mes anterior (F30-1).

Comprobante de pago de multas, ejecutoriadas si las hubiese.

Informe Técnico por visita/servicio.

Imágenes de los productos entregados y/o servicios realizados.

La(s) factura(s) respectiva(s) o Boleta de Honorario.

  1. ENCARGADO DEL CONTRATO

Memorándum con breve descripción del estado de pago

Acta/Certificado de recepción de servicio por establecimiento y por visita, firmada por ITO/CT (idealmente también por director/a o encargado del recinto cuando aplique), con:

  • fecha/hora de ejecución
  • establecimiento/centro de costo
  • tipo de servicio ejecutado (fumigación/desratización/higienización/termitas)
  • superficie intervenida (m2) o unidad de medida efectivamente ejecutada
  • observaciones y conformidad

Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago.

No se dará curso al pago en tanto no se cumpla con la entrega de toda la documentación antes indicada.

Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos posterior a la recepción conforme de los bienes y/o productos, salvo que se presenten algunas de las siguientes situaciones:

  • Las facturas mal extendidas o que no incorporen los antecedentes propios de los bienes adquiridos serán causales de devolución, por tanto, el plazo regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.
  • En caso que se haya rechazado en todo o en parte los bienes adjudicados
  • En los casos que las facturas contengan errores en los precios, se recibirá la mercadería y se dejará constancia de esta situación. La entrega de la respectiva Nota de Crédito, a más tardar al 5º día hábil contado desde el momento de la constancia del error.

En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.

El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.

En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.


XVII. DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO

La labor de Contraparte Técnica será realizada por Ramon Pino y Helmut Albrecht. Dentro de las funciones se encuentran:

a)    Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases administrativas generales y bases administrativas especiales.

b)    Fiscalizar que el servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios, tramitando el pago oportuno de los servicios recepcionados conformes, en la forma y plazos establecidos en las presentes bases.

c)    Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante correo al Departamento de abastecimiento, en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.

d)    Dar o canalizar el visto bueno y/o recepción conforme del servicio, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.

e)    Las demás que le encomienden las bases administrativas generales y bases administrativas especiales.

f)     Conocer los documentos que rigen la licitación y el posterior contrato, si corresponde.

g)     Impartir instrucciones al proveedor o su representante para la correcta ejecución de la contratación.

h)    Gestionar los procesos de cobro de multas, sanciones, o término anticipado de contrato que correspondan de acuerdo a lo señalado en las bases.

Asimismo, el proveedor adjudicado deberá designar un Supervisor a cargo de dicho contrato, el cual será el interlocutor válido frente a la Contraparte Técnica/Administrador de Contrato en todos los asuntos técnicos relativos a la ejecución y control de los servicios y de la entrega de documentación y procedimientos

   XVIII.     INCUMPLIMIENTOS

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.

DESCRIPCIÓN

1.

Falta de credencial de identificación del personal

2.

Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.

3.

Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.

4.

Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecunarios.

5.

Emitir más de una factura por mes, sin previamente anular la ya emitida.

6.

Factorizar sin previa notificación a la Corporación.

7.

Incumplimiento o retraso en la entrega de documentos para pago indicados en las presentes bases de licitación.


B. 
GRAVES

DESCRIPCIÓN DE MULTA

SANCIÓN

MONTO

1.

Multa por amonestaciones

Corresponde a la sanción, cuando el proveedor acumule tres (3) amonestaciones.

2 UTM por evento

2.

Multa por atraso de aceptación de la Orden de Compra

Corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de cumplimiento a la aceptación de la Orden de Compra en el plazo estipulado, 48 horas desde su envío (equivalente 2 días hábiles)

2% del valor del contrato, por día de atraso

3.

No dejar registro físico del servicio realizado

No entregar guía de despacho durante los servicios efectuados, de acuerdo a lo exigido en bases de licitación.

1 UTM por evento, con tope de 5 eventos

4.

No entrega del protocolo de seguridad y las fichas de los químicos a utilizar

Corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de entrega del documento del protocolo de seguridad y/o fichas de químicos a utilizar.

1% del valor del contrato, por evento.

5.

Multas por incumplimiento de programación y asistencia (Fijos mensuales/bimensuales)

Proveedor no concurre el día/hora acordada (sin aviso ni justificación).

2 UTM por evento, y obligación de reprogramar dentro de 48 hrs sin costo.

6.

Incumplimiento de calidad técnica del servicio

Aplicación incompleta o deficiente (cobertura insuficiente / zonas omitidas)

No ejecutar visita de seguimiento obligatoria (desratización / control cebaderas)

1 UTM por evento, más re-ejecución del servicio dentro de 48-72 hrs sin costo.

7.

Multas por incumplimiento de reportabilidad / evidencia

No entregar informe técnico por establecimiento en el plazo exigido

Informe incompleto o sin datos mínimos

1 UTM por evento, con tope de 5 eventos.

8.

Uso de químicos no autorizados o incumplimiento sanitario

Uso de producto sin registro ISP, vencido o distinto al ofertado.

Aplicación con presencia de público / sin resguardo de alimentos/utensilios

4 UTM por evento, con tope de 2 eventos.

9.

Incumplimiento de señalización / tiempos de reingreso

No señalizar áreas intervenidas o retirar señalética antes del tiempo.

Incumplir tiempos de reingreso definidos por HDS

1 UTM por evento, con tope de 5 eventos.

10.

Incumplimiento de personal habilitado y documentación obligatoria

Personal sin certificación/competencia declarada o no informada.

4 UTM por evento, con tope de 2 eventos.

11.

Incumplimiento de limpieza y retiro seguro (sanitario y ambiental)

No retiro de roedores muertos o no limpieza de puntos intervenidos.

No retiro/gestión de envases o residuos peligrosos cuando corresponda

1 UTM por evento, con tope de 5 eventos.

12.

Incumplimientos de protocolos de seguridad como el no uso de elementos de protección personal

Incumplir exigencias de seguridad laboral.

1% del valor del contrato, por evento.

13.

Multa por servicio incompleto

Corresponde a la sanción cuando el proveedor no da cumplimiento a la totalidad de lo descrito en la orden de compra y despacha o ejecuta el servicio de manera incompleta.

Corresponderá al 1% del del valor total de los productos que se entreguen con atraso, sea este retraso parte de la totalidad de los productos o una parte de ellos. Esta multa se aplicará por día hábil, con un tope de 20 días hábiles. En caso de alcanzar los 20 días, la Corporación podrá efectuar el término anticipado del contrato.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:

  • Abandono de las labores contratadas.
  • Negativa a trabajar sin falta justificada en los servicios convenidos en el contrato.
  • Entrega de productos con vencimiento cumplidos.
  • No cumplir con la normativa chilena vigente relativa al manejo, traslado y/o distribución de los gases clínicos.
  • Utilización de las instalaciones, equipos y/o planta física en objetivos que no sean los convenidos.
  • Utilización de personal no calificado en servicios de mantención.
  • Actos, omisiones o imprudencia que afecten a la seguridad de los pacientes, funcionarios, a sus trabajadores o al funcionamiento de los centros.
  • Conductas indebidas y graves del contratista y sus trabajadores, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra algún funcionario u otro trabajador, injurias contra la corporación, conducta inmoral que afecte a la corporación.
  • .Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra.
  • Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
  • Incurrir en falsedad en el cobro de los productos.
  • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.

       XIX.     SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Corporación. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

    XX.          EJECUCIÓN Y COORDINACIÓN DEL SERVICIO

La coordinación de los servicios se realizará con la contraparte técnica.

  XXI.          PERSONAL DEL PROVEEDOR

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.

La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

Todo el personal que ejecute el servicio debe contar con certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad el cual debe ser entregado al Enc. de la inspección del contrato de la Corporación Municipal de desarrollo social de Lampa.


XXII. DE LOS SERVICIOS

El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.

Además, el proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases. Asimismo, el personal del proveedor deberá contar y entregar certificado de inhabilidad para trabajar con menores.


BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES

      I.              BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR

La información se encuentra contenida en “BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y ANEXOS” de la presente licitación.

Importante: La evaluación y adjudicación se realizará la totalidad, esto quiere decir que podrá haber un proveedor adjudicado, y en caso de no cumplir, esta será declarada inadmisible.

         II.              REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan con las siguientes disposiciones:

  1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten idoneidad técnica y financiera, y que se encuentren inscritas con su información actualizada en el “Registro de Proveedores”, en estado hábil.
  2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad al Artículo N°4 de Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  3. No haber incurrido en alguna inhabilidad establecida en Artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  4. No situarse en alguna de las circunstancias indicadas en el Artículo N° 154 del Decreto N° 661 y Articulo N° 35 septies de la Ley N° 19.886.

       III.              INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

  1. Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las bases Administrativas Especiales. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los Formularios y/o anexos solicitados.
  2. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
  3. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) el acuerdo en que conste la unión deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá materializarse mediante el Formulario N° 2, en el cual deberán individualizar a cada miembro y designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto
  4. El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas.

 

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de los puntos III Y IV de las presentes bases, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.       

 IV.              PRESENTACIÓN DE OFERTAS FUERA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN

En el caso que existan circunstancias que impida presentar la respectiva oferta del bien y/o servicio en el portal www.mercadopublico.cl, se aceptará la presentación de las ofertas vía presencial y/o correo electrónico.

Ante dificultades, los proveedores deberán notificar la situación antes del cierre de recepción de ofertas al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl. De acuerdo a lo anterior, aquellos proveedores que no cumplan con la notificación vía correo electrónico, su oferta no será recepcionada.

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, se aceptarán ofertas fuera del sistema de compras y contratación, en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, como por ejemplo en caso de catástrofe, contingencia, emergencia climática u otro similar.

  1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de ChileCompra mediante el certificado de indisponibilidad, el cual deberá ser solicitado por el oferente.

El certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de su oferta fuera del Sistema de Información.

Además, se podrán presentar ofertas o antecedentes fuera del portal, previo al cierre de las ofertas, en los siguientes casos:

  1. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse de manera física.
  2. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.

La postulación podrá realizarse de manera física o vía correo electrónico a licitaciones@corporacionlampa.cl, en el cual deberán entregar:

  1. Toda la documentación solicitada para esta licitación, como, por ejemplo, formularios, anexos y/o certificados.  Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
  2. Certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, en caso que corresponda.

En caso de entrega física, deberá realizarse mediante la entrega de un sobre sellado en las dependencias de la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa.

Sin perjuicio de lo señalado, se publicarán en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa.

        V.              INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

El proveedor deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores) para ofertar de manera efectiva. De la misma manera aplicará tratándose adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores. En caso de que al momento de adjudicar se encuentre(n) sin información se extenderá un plazo máximo de 02 días corridos.

Para subsanar esto, en caso que el(los) proveedor(es) se encuentre(n) inhabilitado(s), la oferta será declarada inadmisible, y se podrá readjudicar.

      VI.            FORO Y PREGUNTAS

Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados.

a)     La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso.

b)     El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho.

c)      Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas.


VII. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA


Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación.

En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.


VIII. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS


La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

v  ACLARACIONES DE OFERTA

Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

  • Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.

  • Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.

  • Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.

  • Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste.

Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible.

Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.

  IX.            REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN

Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.

Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.

    X.          INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento.

 Además, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.

Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:

û  La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.

û  Ofertas publicadas con valores de $1.

û  No presentar las garantías solicitadas en las bases.

û  Cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior, la corporación podrá considerar para efectos de la evaluación, la oferta más conveniente.

û  No adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos técnicos y/o económicos.

û  Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo económico y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el formulario N°4, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.

û  Si las fichas técnicas o la información entregada respecto al producto son ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones básicas solicitadas.

û  La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.

û  Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la no oferta de todos los insumos de una canasta o producto.

û  Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios.

û  Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.

û  No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio.

û  No suscribir el contrato mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas.

Serán declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten todos los documentos exigidos debidamente firmados por el representante legal, apoderado con facultades suficientes o por el oferente, en el caso de personas naturales.

Todos los formularios, declaraciones y antecedentes requeridos en estas Bases deberán estar suscritos mediante Firma Electrónica Simple o Avanzada, conforme a la Ley N°19.799. La utilización de firmas escaneadas solo será aceptada de forma excepcional y cuando así se disponga expresamente, no siendo equivalente a la Firma Electrónica Avanzada.

La Entidad Licitante podrá requerir la verificación de la firma utilizada. La falta de acreditación de su validez será causal de inadmisibilidad de la oferta.

En el caso de Uniones Temporales de Proveedores, el apoderado deberá acreditar poder suficiente para participar en la licitación. La falta de dicha acreditación dará lugar a la inadmisibilidad.

    XI.            OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias. 

Una oferta será declarada riesgosa o temeraria cuando cumpla con alguna de las siguientes condicionantes:

  • Si el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas,

Para esto, quien o quienes estén a cargo de la revisión de la oferta consideraran el cálculo del promedio de las ofertas no consideradas temerarias, se calculará el cociente entre la oferta previamente considerada temeraria y el promedio de las otras cuando el valor sea igual o inferior al 0,40 esta será considerada temeraria. Esto conforme a la siguiente formula:

Promedio =

Sumatoria de los precios totales no considerados temerarios

Cantidad de oferentes no considerados temerarios

          Formula final =

              Precio total de la oferta considerada temeraria

Promedio

  • Si la oferta es menor al 50% del presupuesto estimado/disponible.

  • Si el precio ofertado está 50% por debajo de los precios del mercado.

  • Si la ponderación final obtenida en el acta de evaluación es igual o inferior a un 50%

Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Sin embargo, La corporación estará facultada para evaluar las ofertas riesgosas mediante la solicitud de información a través del sistema a él o los oferentes:

Antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes.

La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato

En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento o presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.

En caso que la licitación solo reciba una oferta el oferente deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto del monto adjudicado.

         XII.     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases.

Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.

       XIII.              DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.

La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Si el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, Re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento.

  XIV.         CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica licitaciones@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.

    XV.         FACTORING

La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el Artículo 127 del Decreto N° 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, “siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.

En relación a la Ley 19.983, que “regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”; operaciones con Factoring, se establece que una vez firmado el contrato o durante la ejecución de del contrato y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un Factoring, el contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de Factorizar.

El contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de factorizar al correo adquisiciones@corporacionlampa.cl. El contratista sólo podrá factorizar, facturas con glosas recepcionadas por la unidad técnica siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura.

Si la empresa contratista no cumple con lo solicitado en este punto, será causal de liquidación del contrato con cargo a la empresa.

       XVI.     DERECHO DE RETENCIÓN

Conforme al Artículo N°4 de la Ley 19.886, en caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Para lo anterior el proveedor deberá enviar a adquisiciones@corporacionlampa.cl los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. El mismo derecho tienen los contratistas respecto de sus subcontratistas.

Si la empresa no logra acreditar el pago al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato y/o sobrepasa los seis meses, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago. No obstante, se otorgará un plazo de 5 días hábiles adicionales para acreditar el pago, de no ser así, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, y se realizará el cobro de la Boleta de Fiel cumplimiento con la finalidad de liquidar los saldos insolutos de sus obligaciones laborales y previsionales, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

     XVII.     OBLIGACIONES DEL OFERENTE

a)      Obligaciones Esenciales:

  • Dar cumplimiento íntegro a las Bases Administrativas Generales y Bases Administrativas Especiales.

b)       Obligaciones de Suministro:

  • Cumplir con los plazos de entrega establecidos.
  • Mantener los precios ofertados durante la vigencia del contrato.

c)       Obligaciones Financieras y Administrativas:

  • Emitir facturas según procedimiento establecido.
  • Cumplir con garantías exigidas por Ley 19.886.
  • Mantener registros actualizados de entregas.

   XVIII.     INCUMPLIMIENTO Y MEDIDAS APLICABLES

En virtud al Artículo 135 del decreto N° 661, en caso de incumplimiento por parte de los proveedores respecto a las obligaciones establecidas en las Bases y/o en el contrato, la Entidad contratante podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas

que se determinen.

Las medidas sancionatorias tienen su origen en un incumplimiento de naturaleza contractual y registran las conductas contrarias a lo comprometido en el contrato respectivo. Cada medida sancionatoria influirá en la nota de comportamiento contractual.

LEVES

Infracciones que no afectan de manera significativa la ejecución del contrato.

GRAVES

Infracciones que afectan la ejecución del contrato o el cumplimiento de sus condiciones.

GRAVÍSIMAS

Infracciones que comprometen gravemente la integridad del contrato o los intereses de la Corporación.

  XIX.          TIPOS DE MEDIDAS Y SANCIONES

INCUMPLIMIENTOS LEVES

AMONESTACIÓN

Medida que se aplica por incumplimientos leves a las obligaciones dispuestas en las bases de un contrato.  Es una medida que se registra y puede tener como consecuencia la aplicación de sanciones más graves si las faltas son reiterativas

INCUMPLIMIENTOS GRAVES

MULTAS

Obligación al pago de un monto de dinero, según el cálculo que se fijó en las Bases Administrativas especiales.

INCUMPLIMIENTOS GRAVISIMOS

COBRO DE GARANTÍAS

Se aplica el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, de seriedad de la oferta y/u otras garantías.

RESCISIÓN DEL CONTRATO

La terminación anticipada del contrato, que es una sanción severa.

    XX.     PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MEDIDAS SANCIONATORIAS

Detectada una situación que amerite la aplicación de una medida sancionatoria, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, en caso de contar con Ficha de Contrato al tratarse de convenio suministros o contrataciones de ejecución en el tiempo.

 

A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través de la Ficha de Contrato si aplica, o bien remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl  con copia a  licitaciones@corporacionlampa.cl

Una vez recibido los descargos, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles para determinar si aplica la sanción de forma completa, parcial o se descarta de manera completa. Para ello, se realizará una comisión de análisis y evaluación de descargos, compuesta por el Departamento de Abastecimiento, Unidad de Control y Dirección de Administración y Finanzas, conforme a resultados obtenidos en dicha comisión, se dictará el respectivo acto administrativo fundado, aplicando en caso que corresponda la medida sancionatoria y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha situación.

No obstante, el proveedor tendrá un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para interponer un recurso de reposición o jerárquico con el fin de solicitar una revisión de la medida sancionatoria, esto basado en argumentos de hecho o derecho, los que podrá remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl  y fpardo@corporacionlampa.cl  con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl  y a licitaciones@corporacionlampa.cl  

Vencido el plazo, y si no se presentará recurso de reposición o jerárquico, la Corporación ratificará el acto administrativo fundado inicial, la cual será notificada al adjudicatario, mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, en caso de contar con Ficha.

Sin embargo, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición o jerárquico en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante acto administrativo fundado.

Estos actos administrativos fundados serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través de correo electrónico, y en el módulo de gestión de contratos, en caso de contar con Ficha de Contrato, y en la ficha del proveedor, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio, correo electrónico y convenio respectivo.

Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidas a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa.

En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa será publicada solo en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado público.

El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar o mediante el cobro de la o las boletas de garantía.

El contratista podrá pagar las multas directamente en la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación o a la cuenta corriente de la Corporación, indicada mediante resolución que aplica la multa, debiendo otorgársele recibo para tal efecto.

  XXI.     ACUMULACIÓN DE MULTAS

Las multas ejecutoriadas no podrán superar el 30% del valor del contrato o la orden de compra. En caso de que las multas acumuladas superen el porcentaje, la Corporación podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen.


XXII. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO


La Corporación podrá poner término anticipado al contrato en conformidad con los artículos 13, 13 bis y 13 ter de la Ley N°19.886, su modificación de 2024 y el Decreto Supremo N°661, aplicando el siguiente procedimiento y diferenciación de causales:

Procedimiento obligatorio

El término anticipado deberá ajustarse al siguiente procedimiento:

  1. Notificación de apertura del procedimiento, mediante módulo de Gestión Contractual de Mercado Público y correo electrónico del proveedor.
  2. Formulación clara y precisa de cargos, indicando la causal invocada, hechos, evidencia y normativa aplicable.
  3. El proveedor dispondrá de 5 días hábiles para presentar descargos, antecedentes o solicitudes de reconsideración.
  4. La Corporación analizará los antecedentes y elaborará un informe técnico y jurídico, proponiendo la continuación o término.
  5. El órgano competente dictará una resolución fundada, la cual deberá indicar:
    • Causal aplicable
    • Fundamentos técnicos
    • Alcances económicos
    • Efectos del término
  6. La resolución deberá publicarse en el módulo de Gestión Contractual, surtiendo efectos desde su total tramitación.

Término anticipado por causas imputables al proveedor

La Corporación podrá poner término anticipado cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

a)      Incumplimiento grave o reiterado de obligaciones contractuales, técnicas o administrativas.

b)      Incumplimiento de plazos críticos que afecten la continuidad del servicio.

c)       Incumplimiento de obligaciones laborales o previsionales (art. 4 Ley 19.886).

d)      Incumplimiento de integridad, probidad, conflicto de interés o colusión.

e)      Aplicación de tres o más multas ejecutoriadas en tres meses, o acumulación de multas superiores al 30% del contrato.

f)        Insolvencia, liquidación, término de giro o pérdida de habilitación en el Registro de Proveedores.

g)      Uso de subcontratistas sin autorización o con inhabilidades legales.

h)      Inobservancia de normas sanitarias o riesgos a pacientes o usuarios.

i)        Incumplimiento grave de las instrucciones del Inspector Técnico por más de 10 días hábiles.

j)        Pérdida de habilitación para contratar con el Estado.

k)      Incumplimiento de garantías (No entrega, no renovación o expiración sin reposición)

l)        Insolvencia o incapacidad sobreviniente (Procedimiento concursal de liquidación o Estado de notoria insolvencia no subsanado.)

m)    Conductas que ponen en riesgo el interés público.

n)      Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

  • o)      Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del proveedor.

p)      La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886

q)      Pérdida de autorización sanitaria o incumplimiento de normativas MINSAL/SEREMI.

r)       Pérdida, alteración, filtración o manipulación indebida de datos clínicos o imágenes.

s)       Suspensión del registro o inhabilidad del médico radiólogo o tecnólogo médico.

t)       Incumplimiento grave de estándares DICOM/PACS, trazabilidad o pérdida de datos clínicos.

u)      En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación, mutuo acuerdo o fallecimiento, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Término anticipado por causas no imputables a las partes

La Corporación podrá poner término anticipado por:

a)      Caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.

b)      Falta sobreviniente de fondos presupuestarios.

c)       Necesidad pública o interés general que haga inviable la continuidad del contrato.

Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a pagar a éste las sumas por concepto de:

v  Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida, unidad o fracción, de acuerdo al presupuesto ponderado.

Para el cobro de estas cantidades, el contratista cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido.

Término anticipado por razones institucionales o regulatorias

Se podrá poner término anticipado cuando:

a)      La autoridad sanitaria o ministerial dicte una instrucción que haga necesaria la finalización del contrato.

b)      Exista cambio normativo que impida la continuidad.

c)       Se implemente un contrato marco o sistema centralizado que reemplace el objeto contratado, siempre que se indemnicen las prestaciones ejecutadas.

 XXIII.            MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas Generales, bases administrativas especiales, técnicas y anexos, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra.

Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas.

La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.

   XXIV.     GESTIÓN CONTRACTUAL

Roles que intervienen en la gestión del contrato:

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

  • Elaborar contratos.
  • Realizar reunión de inicio y coordinación contractual con la contraparte técnica y proveedor adjudicado, además de enviar correo con detalle.
  • Creación, publicación y actualización de la ficha del contrato en el aplicativo de Gestión de Contrato a partir de una licitación o de una orden de compra, completando los datos requeridos e incorporando aquella documentación que sea necesaria adjuntar en la ejecución y duración contractual.

En general, desarrollar todas las acciones de apoyo referidas a velar por el buen cumplimiento y gestión del contrato

SUPERVISOR DEL CONTRATO

  1. Es quien valida la información incorporando al sistema de Gestión de Contratos por parte del administrador de contrato.
  2. Verificar la gestión y seguimiento oportuno de los contratos.
  3. Verificar la gestión oportuna de las medidas de incumplimiento.

CONTRAPARTE TÉCNICA E INSPECTOR DEL CONTRATO

   Es la unidad, requirente y/o referente que realiza el requerimiento del servicio y/o producto, quien cumple la función de:

  1. Supervisar el cumplimiento de los requisitos y especificaciones técnicas establecidos, según área de competencia.
  2. Solicitar e informar incumplimientos, solicitar aumentos y/o disminución, prórrogas, aumento de plazos y/o cualquier otro acontecimiento.
  3. Llevar control de ejecución y saldos en conjunto con el administrador del contrato.
  4. Otras funciones establecidas en las Bases Administrativas especiales.

     XXV.     AUMENTO Y DISMINUCIÓN

La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.

   XXVI.     RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO

El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.

 XXVII.     PERSONAL DEL PROVEEDOR

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.


XXVIII. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES


La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la Corporación de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

        XXIX.     DEMANDA ESTIMADA

Las cantidades estipuladas como demanda para cada servicio constituyen estimaciones de consumo durante la vigencia del contrato. En consecuencia, estas cantidades pueden experimentar variaciones a lo largo del desarrollo del mismo.

Por tanto, al ser cantidades referenciales, no existirá ninguna limitación en la cantidad de servicios efectuados, pudiendo modificarse de acuerdo a las necesidades reales, ya sea aumentando o disminuyendo las cantidades, sin significar ello ningún costo adicional.

En consecuencia, las facturaciones se realizarán siempre en base al consumo real efectuado y el precio unitario indicado por el oferente en su propuesta.

          XXX.     PRECIOS DEL CONVENIO

Los precios ofertados se mantendrán inalterables por toda la vigencia del Convenio, según los valores indicados en el formulario económico. No obstante, a la mitad del periodo del respectivo contrato, podrá solicitar reajuste de los precios, el cual no podrá exceder la variación acumulada que experimente el I.P.C, esta será considerada desde la formalización del contrato hasta el último mes informado por el servicio de impuestos internos (SII). La Corporación podrá aceptar o rechazar la propuesta. La respuesta de aceptación o rechazo de la Corporación se dará en un plazo máximo de 15 días corridos posteriores a la fecha de recibo de la propuesta.

Para ello el proveedor una vez cumplido la mitad del periodo deberá ingresar dentro de los primeros 07 días hábiles a través del Departamento de Abastecimiento o enviada al correo electrónico del Inspector Técnico una carta debidamente firmada por el representante de la empresa, adjuntando una lista con los nuevos valores, siempre que estos nuevos valores se encuentren de acuerdo a los valores de mercado y que el incremento no exceda la Variación de IPC.

En caso que el oferente no envíe carta de reajuste, se entenderá como su voluntad de mantener los precios vigentes para el periodo de correspondiente. En este caso que no acepte seguir con el contrato se llamara a un nuevo proceso de licitación.

   XXXI.          INCORPORACIÓN DE SERVICIOS

Durante la vigencia del convenio, podrán incorporarse nuevos productos/servicios de la misma naturaleza, marca y categorías adjudicadas, siempre y cuando no implique alterar la naturaleza de los productos/servicios objeto de la licitación y del contrato, asimismo no signifique un aumento del contrato superior a la 30%, debiendo ajustarse al siguiente procedimiento:

  1. La contraparte técnica e inspector solicitará al proveedor, cotización del nuevo producto/servicio, mediante el documento “Formulario N°4.
  2. El proveedor deberá enviar la respectiva cotización, individualizando, especificaciones técnicas, valor neto y valor con impuestos incluidos. en un plazo máximo de 3 días hábiles, contados desde la fecha de envío del referido correo electrónico.
  3. La contraparte técnica e inspector del contrato, deberá realizar una evaluación técnica y económica de la cotización presentada en conjunto con la Dirección de Administración y Finanzas, asegurando que esta se ajuste a las condiciones y valores del mercado.
  4. Dicha cotización será aprobada mediante acto administrativo y publicado en la plataforma de Mercado público, sección “Ficha del contrato”.
  5. En caso de rechazo de la cotización, por razones técnicas y/o económicas, se procederá a un nuevo proceso de compra por los productos y/o servicios.

 XXXII.          EXCLUSIVIDAD

Los bienes y/o servicios contratados serán sin exclusividad, es decir, en caso que se encuentren condicionas más ventajosas, quiebre de stock y/u otra circunstancia que dificulte el suministro de los bienes y/o productos, la Corporación podrá adquirir los productos y/o servicios mediante otros mecanismos dispuestos en la ley N° 19.886.


XXXIII. PRÓRROGA DE CONTRATO


Para todos los efectos de las presentes bases, se entenderá por prórroga la extensión excepcional, transitoria y no renovable del plazo de vigencia del contrato originalmente suscrito, manteniéndose íntegramente las condiciones técnicas, económicas y jurídicas pactadas, sin dar origen a un nuevo período contractual ni a un nuevo contrato.

En conformidad con la Ley N°19.886, modificada por la normativa vigente, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, la Corporación podrá prorrogar el contrato, por una sola vez y hasta por un plazo máximo de seis (6) meses, únicamente cuando dicha extensión resulte indispensable para asegurar la continuidad del servicio mientras se desarrolla o se concluye un nuevo procedimiento de contratación.


La prórroga operará exclusivamente bajo las siguientes condiciones y etapas:

  1. Deberá disponerse con anterioridad al vencimiento del contrato vigente, encontrándose expresamente prohibida su aplicación retroactiva.

  1. Dictación de una resolución fundada, que acredite la necesidad de continuidad del servicio, la inexistencia de una alternativa contractual inmediata y la evaluación favorable del proveedor.

  1. No podrán modificarse precios, alcances, niveles de servicio ni demás condiciones del contrato original.

  1. Garantía de Fiel Cumplimiento: El proveedor deberá mantener, ampliar o adecuar la garantía vigente, de forma tal que ésta cubra íntegramente el período prorrogado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, en los mismos montos, condiciones y modalidades exigidas originalmente.

La prórroga no constituirá renovación, no generará derechos adquiridos ni expectativas legítimas a favor del proveedor y no podrá utilizarse como mecanismo ordinario de extensión contractual, de conformidad con los criterios reiterados de la Contraloría General de la República.


XXXIV. RENOVACIÓN DEL CONTRATO


Para los efectos de estas bases, se entenderá por renovación la habilitación de un nuevo período contractual, derivado del mismo procedimiento concursal, cuya aplicación no es automática y se encuentra sujeta a una decisión expresa de la Corporación.

De conformidad con la Ley N°19.886 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, el contrato podrá ser renovado por un período adicional de hasta doce (12) meses, siempre que dicha facultad se encuentre expresamente contemplada en las presentes bases y que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente y en el contrato.


La renovación se aplicará conforme a las siguientes condiciones:

  1. Oportunidad: La decisión de renovación deberá adoptarse antes del término del contrato vigente.
  2. Evaluación previa: La renovación estará condicionada a una evaluación técnica, administrativa y financiera favorable del proveedor, acreditando el cumplimiento íntegro de sus obligaciones contractuales.
  3. Fundamentación: Requerirá la dictación de una resolución fundada, que justifique la conveniencia institucional de la renovación, la eficiencia del contrato y la continuidad del servicio.
  4. Disponibilidad presupuestaria: Será requisito indispensable contar con disponibilidad presupuestaria para el período a renovar.
  5. Garantía de Fiel Cumplimiento: Previo al inicio del período renovado, el proveedor deberá renovar, sustituir o constituir una nueva garantía de fiel cumplimiento, que cubra la totalidad del período renovado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, conforme a las exigencias de las presentes bases.

La renovación no otorgará derechos adquiridos, no operará de forma automática y no podrá ejecutarse si no se cumple íntegramente el procedimiento descrito, en resguardo de los principios de competencia, eficiencia, transparencia y estricta sujeción a las bases, conforme al marco regulatorio de las compras públicas y a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República.

 XXXV.     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

v  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

v  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

v  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

v  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

v  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.


XXXVI. ANTECEDENTES FINALES


Para efectos de la presente licitación, las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.

Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato.

En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas Generales y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas.

Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.