Licitación ID: 2745-5-LP26
Servicio de alimentación Internados DEM Angol
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE ANGOL
Fecha de Cierre: 13-04-2026 15:30:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 51
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de distribución de alimentos 1 Unidad
Cod: 93131607
Servicio de alimentación para estudiantes de internados dependientes de la Dirección de Educación Municipal de Angol  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de alimentación Internados DEM Angol
Estado:
Publicada
Descripción:
Las presentes Bases administrativas tienen por objeto regular la necesidad de contratación de servicio de alimentación de internados dependientes de la Dirección de Educación Municipal de la comuna de Angol, con el objetivo de proveer los alimentos a los estudiantes para su correcto desarrollo cognitivo en etapa escolar.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
EDUCACION
R.U.T.:
69.180.100-4
Dirección:
Lautaro 89
Comuna:
Angol
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-04-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 02-04-2026 17:16:49
Fecha inicio de preguntas: 02-04-2026 20:49:00
Fecha final de preguntas: 07-04-2026 20:49:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-04-2026 20:49:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-04-2026 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-04-2026 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 30-04-2026 15:31:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1
2.- Anexo N°2
3.- Anexo N°4
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Debe cumplir con toda la documentación solicitada en las bases, conforme a lo establecido en el punto 9.6 Cumplimiento de los requisitos formales. Cumple con documentación = 10% No cumple con documentación solicitada = 0% 10%
2 Experiencia de los Oferentes La experiencia del oferente será evaluada en función de la cantidad de contratos ejecutados en el rubro de servicios de alimentación, prestados en internados, establecimientos educacionales o servicios de características equivalentes, durante el período comprendido entre el 01 de enero de 2015 y la fecha de presentación de la oferta. Para efectos de acreditación, el oferente deberá adjuntar copia de contratos debidamente formalizados y/o órdenes de compra emitidas a través de la plataforma Mercado Público, que se encuentren en estado “Recepción Conforme”. Solo se considerarán aquellos antecedentes que permitan verificar de manera fehaciente la efectiva prestación del servicio. La asignación de puntaje se realizará conforme a la siguiente tabla: 10 contratos o más 10% 9 contratos 9% 8 contratos 8% 7 contratos 7% 6 contratos 6% 5 contratos 5% 4 contratos 4% 3 contratos 3% 2 contratos 2% 1 contrato 1% No adjunta contratos 0% 10%
3 Precio Precio mínimo ofertado * 50/ Precio ofertado X Se deberá ofertar por precio de ración servida, lo que considera la sumatoria de desayuno, almuerzo, cena y once. Se adjunta formato de Anexo Técnico- Económico para una mayor facilidad al ofertar. 50%
4 Condiciones de empleo y remuneracion Se evaluará el nivel de remuneración ofrecido por el oferente para el personal manipulador de alimentos que prestará servicios en el contrato. Para estos efectos, el oferente deberá adjuntar una declaración jurada simple, conforme al formato dispuesto en los anexos, en la cual indique el sueldo base mensual bruto que pagará a dichos trabajadores. El monto deberá expresarse en pesos chilenos ($) y no se considerarán, para efectos de evaluación, bonos, asignaciones u otros estipendios variables. La asignación de puntaje se realizará en función del sueldo base ofertado, en relación con el ingreso mínimo mensual vigente a la fecha de presentación de la oferta, conforme a la siguiente tabla: Tramo Nivel de remuneración Puntaje % 1 Igual al ingreso mínimo mensual 5% 2 Superior al ingreso mínimo mensual hasta en un 10% 10% 3 Superior al ingreso mínimo mensual en más de un 10% y hasta un 19% 15% 4 Igual o superior al ingreso mínimo mensual incrementado en un 20% 20% Observación: El oferen 20%
5 Desarrollo local Considerando materias de alto impacto social, el desarrollo local se comprobará con datos indicados en Declaración Jurada entregada en el portal de mercado público, en caso de existir Unión Temporal de Proveedores, se considerará el domicilio del representante legal de la UTP. Angol = 5% IX o VIII Región = 3% Otras Regiones= 2% No indica o no informa= 0% 5%
6 Integridad de los Proveedores Se verificará con Declaración Jurada según Anexo N°4, donde se dé cumplimiento al artículo 17 del Reglamento de la ley N°19.886 del año 2024, sobre la acreditación de existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cumple con declaración jurada = 5% No cumple con declaración jurada = 0% 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Subvencion General
Monto Total Estimado: 200000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Administrador de Recursos Financieros.
e-mail de responsable de pago: facturas@educangol.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Porque se está utilizando como criterio la experiencia, por tanto el servicio debe prestarlo el adjudicado.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Angol
Fecha de vencimiento: 23-06-2027
Monto: 5 %
Descripción: Deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, se deberá entregar esta garantía, en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, en la Dirección de Educación Municipal de Angol, dirección Lautaro N° 89 Angol hasta las 14:00 hrs., en un sobre con los datos del proveedor (Razón social, RUT, Dirección, tomada a nombre del proveedor, Teléfono de contacto, Correo Electrónico, número de la garantía y número de la licitación) En caso de cualquier contingencia justificada que impida la entrega de la garantía por parte del proveedor que sea ajena a su responsabilidad se considerara la misma para efectos de gestión del contrato. - Si ésta se otorga de manera electrónica, deberá ajustarse a lo indicado en el artículo 121 del reglamento de compras públicas y a la ley 19.799. Dicha garantía deberá enviarla al correo dem@educangol.cl. El cobro de esta garantía se realizará en el caso de los incumplimientos mencionados en las bases y en el contrato, en el caso que exista prórroga del contrato, el proveedor deberá renovar la garantía con nuevos montos y plazos. El incumplimiento en la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido será considerado como una causal de incumplimiento grave del oferente adjudicado. En tal caso, la entidad licitante podrá proceder conforme a lo dispuesto en el numeral 9.4 de las presentes bases administrativas, pudiendo dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al oferente que le siga en puntaje, o bien declarar desierta la licitación, según lo estime conveniente para el interés del servicio.
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento de contrato para “Servicio de alimentación para estudiantes de internados dependientes de la Dirección de Educación Municipal de Angol”.
Forma y oportunidad de restitución: Efectuada la recepción del servicio, y una vez aprobado el decreto de devolución de la misma, será devuelta en la oficina de Tesorería de la Ilustre Municipalidad de Angol.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato según el plazo establecido, no suscribe el contrato en el plazo establecido, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Condiciones de Empleo y Remuneración y si persiste se adjudicará por Experiencia de los oferentes.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas relativas al proceso de adjudicación deberán formularse al correo electrónico solicitudes.compras@educangol.cl, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación del acto de adjudicación en la plataforma Mercado Público.
La entidad licitante dará respuesta a dichas consultas por la misma vía y procederá a publicar un consolidado de preguntas y respuestas en el portal, con el objeto de resguardar los principios de transparencia e igualdad de los oferentes.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

De la readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato según el plazo establecido, no suscribe el contrato en el plazo establecido, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
De la Apertura y Admisibilidad
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación, en el caso de: - No asistir a visita en terreno obligatoria según lo estipulado en punto 9.14 de las bases administrativas. - No oferte con lo solicitado en el punto 10 “Especificaciones Técnicas de los productos y servicios”. - Considerarse una oferta riesgosa o temeraria según punto 9.10 de las bases administrativas.
Cumplimiento de requisitos formales
En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación indicará un 10% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros. De no cumplir con lo indicado no se tomarán en consideración para su evaluación. A saber: - Que, no adjunte Anexo Nº3 Oferta Técnica - Económica (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar). - Que, no adjunte Anexo Nº2 Identificación del Oferente (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar). - Que, no adjunte Anexo N°1 Declaración Jurada conflictos de interés (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
Modificación de Bases
Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Las modificaciones a las presentes bases deben ser autorizadas mediante Decreto Alcaldicio.
Consultas y aclaraciones durante la publicación
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado. No se recibirán consultas mediante otras vías (Teléfono, e-mail, de manera presencial, etc.) será responsabilidad del interesado consultar las aclaraciones a través del medio ya mencionado.
Presentación de ofertas
El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará para la evaluación. Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación.
Ofertas riesgosas o temerarias
La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Consideraciones Generales
El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases. Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 3 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
Forma de pago
La Municipalidad pagará en estados de pago mensuales, previa entrega de factura y antecedentes, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados o caducidad de vigencia, generará el no pago respectivo. a) Plazo de Pago: El pago se realizará de manera mensual dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura en la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada. b) Certificado de Recepción Conforme: La recepción conforme de los bienes y la certificación de la factura correspondiente será realizada por el Director de la Dirección de Educación Municipal, o quien lo subrogue, previo correo electrónico enviado por los encargados de recepción conforme del servicio, que para estos efectos serán las docentes encargadas de internados o quien las subrogue, cada mes dando cuenta que este se prestó de manera correcta. c) Documentación obligatoria para el expediente de pago: La Municipalidad procederá a dar curso al pago mensual con la siguiente documentación: - Factura. - Nómina de trabajadores emitida por el proveedor. - Contrato de trabajadores. - Cotizaciones previsionales pagadas. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emanado por la Inspección del trabajo (F30-1). La falta o la omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago del estado de pago respectivo. d) Facturación: Una vez entregado la totalidad del servicio, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N°69.180.100-4, giro “Actividades de la Administración Pública”, o afines a Educación. La factura debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol. e) Forma de Pago: Transferencia o cheque, el cual deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
Vigencia de la oferta
La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
Visita a Terreno
Se realizará visita a terreno que es de carácter obligatoria. La fecha y hora serán publicadas mediante un comunicado anexo en el formulario de bases del portal www.mercadopublico.cl. Se exigirá puntualidad en la hora de llegada, no se aceptará el ingreso de aquellos oferentes que lleguen con posterioridad a la hora fijada, en el caso de representantes de las empresas deberán acreditar en la visita con un poder simple, por lo tanto, deberán tomar las precauciones necesarias, solo se considerará aquellos oferentes que se identifiquen en el acta de visita a terreno con el Rut de la empresa y Razón Social de la Empresa, aquellos que no asistan a la visita a terreno se declaran inadmisibles para su evaluación.
Adjudicación
El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días hábiles luego de la apertura electrónica, y requerirá de una Comisión Evaluadora, la que evaluará de acuerdo a la información indicada en los anexos solicitados y los criterios de evaluación.
De la Unión Temporal de Proveedores, UTP.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entras las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Para contrataciones iguales o superior a 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. La UTP que no acredite al momento de contratar que no se ha formalizado de manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá Re adjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor. Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 180 al 184 del Reglamento de la Ley N°19.886.
De la Comisión Evaluadora
El proceso de adjudicación de la propuesta se iniciará con la evaluación de las distintas ofertas por parte de la Comisión Evaluadora. La Comisión Evaluadora, para una mejor evaluación, podrá solicitar información adicional a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta solicitud a todos los oferentes que estén siendo evaluados para que exista igualdad de condiciones, a través del portal Mercado Público. Se podrá solicitar todo documento que permita obtener una mejor oferta y que la comisión evaluadora considere pertinente, con el objeto de contar con más elementos. Finalizado el trámite de evaluación, la Comisión someterá a consideración del Alcalde las ofertas, proponiendo la propuesta más ventajosa, tomando en consideración los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, según lo establecido en la Sección "Criterios de Evaluación'. La Comisión antes citada estará compuesta por los (as) Srs. (as): - Director de la Dirección de Educación Municipal. - Docente Encargada Escuela Regimiento Húsares. - Profesional Encargada Internado Juanita Fernández Solar. - Encargado de Adquisiciones de la Dirección de Educación Municipal de Angol. - Profesional Nutricionista del Sistema de Educación Municipal de Angol. Si alguno de los titulares de los cargos mencionados no estuviere presente en el momento de la Evaluación, lo remplazará la persona subrogante. La Municipalidad aceptará la propuesta que sea más ventajosa para los intereses municipales y de la comuna, considerando los criterios de evaluación que se presenta en las bases.
El contrato
El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de 20 días hábiles a contar de la fecha de notificación de autorización de la Adjudicación, previa a la suscripción del contrato es requisito acompañar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Por razones de buen servicio y dado el carácter de importancia de la solicitud, se podrán iniciar anticipadamente los servicios, previo a la tramitación total del contrato y del decreto que apruebe dicho contrato, debiéndose entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato para optar a la modalidad antes mencionada. No obstante, su pago sólo podrá efectuarse una vez concluido dicho trámite. La Dirección de Educación Municipal de Angol, indistintamente, notificará el día de inicio de los servicios contratados. En caso de cualquier contingencia como: Terremoto, toques de queda, pandemia o cualquier otra circunstancia crítica que signifique la suspensión de las clases presenciales, respaldado por algún dictamen, resolución o decreto, se hará término anticipado del contrato, y se pagarán los días efectivos que se realizó servicio, sacando un proporcional del valor total. En el caso de tratarse de una persona jurídica, deberá entregarse a la Dirección de Educación Municipal de Angol, dentro del plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, copia de Escritura de Constitución de la Sociedad, demás modificaciones si las hubiere, de aquella en que conste el nombramiento de o los representantes legales y copia autorizada del Certificado de Vigencia de la Sociedad emitido por el conservador de comercio respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días. Si durante la vigencia del contrato algunos de los procedimientos estipulados, afectan al buen funcionamiento del contrato, se deberá realizar la modificación por escrito anexando la información al sistema. Toda modificación deberá ser fundada a través de informe emitido por el ITS del servicio. Si el contratista favorecido no suscribe el Contrato, aun cuando haya cumplido con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de este, dentro del plazo señalado en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al segundo oferente mejor evaluado y que cumpla con las Bases de la Licitación, para el cual regirán los plazos señalados en los incisos anteriores y demás artículos. Estas nuevas adjudicaciones, podrán operar sucesivamente en caso que proceda, siempre que la Municipalidad de Angol lo estime adecuado a sus intereses y sin perjuicio de poder dejar sin efecto el proceso de licitación, en cualquier momento. El oferente deberá autorizar ante Notario Público su firma estampada en el Contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 425 del Código Orgánico de Tribunales. Y además el contrato debe protocolizarse, siendo estas costas asumidas por el contratista.
termino anticipado del contrato
La Municipalidad de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos: A) Si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciare los servicios dentro del plazo máximo de 5 días corridos contados desde la fecha de entrega de las dependencias. B) Por no ejecutar los servicios más de 3 días corridos y/o eventuales sin causa justificada, debidamente calificadas por el Inspector Técnico del Servicio (ITS). C) Por reiterados incumplimientos de las órdenes e Instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio, relacionadas con la ejecución del servicio. D) Se emita un cuarto informe de incumplimiento por parte del Inspector Técnico del Servicio. E) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Contratista cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias. F) Por modificación o alteración de los servicios contratados, sin la debida autorización de los encargados de verificación. G) Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorios, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación. H) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera. I) Por fallecimiento del contratista, cuando se trate de persona natural. J) En caso de suspensión de presencialidad de clases por parte de autoridades educacionales y/o municipales, debidamente justificado. K) Si en la entrega del servicio se presentaran defectos graves que no pudieran ser reparados o comprometieran la seriedad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del mismo con respecto a la infraestructura que de acuerdo al punto 10 de especificaciones técnicas es responsabilidad del prestador, sin perjuicio que la Municipalidad adopte las medidas que estime procedentes. L) Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable. En todo caso, la Municipalidad siempre podrá cobrar la garantía correspondiente, que se haya otorgado para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. M) En caso de que las remuneraciones de las manipuladoras de alimento de los meses de diciembre, enero y febrero no estén pagadas al momento de reanudar el servicio en el mes de marzo del año 2026. N) La Municipalidad podrá poner término al Contrato de Servicio con un aviso previo por escrito de 30 días sin especificación de causa ni indemnización alguna.
Multas
En caso de cualquier contingencia como: Terremoto, corte de luz, inundación, tomas del establecimiento, cortes de ruta, pandemias o cualquier otra circunstancia ajena a la responsabilidad del contratista, deberá respaldarse por certificado firmado por el ITS (Inspector Técnico del Servicio), para él no cobro de la multa indicada. Además, la Dirección de Educación Municipal de Angol, tendrá la facultad de anular administrativamente el contrato, en los casos de incumplimiento por parte del oferente, quien no podrá alegar por daños y costos incurridos, no dando derecho a indemnización posterior de ningún tipo. La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando se emita un cuarto informe de incumplimiento emitido por el ITS, y según la siguiente tabla: Situación Multa Primer Informe de Incumplimiento emitido por ITS 3 UTM Segundo Informe de Incumplimiento emitido por ITS 6 UTM Tercer Informe de Incumplimiento emitido por ITS 10 UTM Cuarto Informe de Incumplimiento emitido por ITS Término Anticipado del Servicio, Garantía FCC Los informes de incumplimiento deberán ser emitidos por el ITS, y su materia corresponderá a cualquier incumplimiento de los puntos enunciados en el punto 10 “Especificaciones técnicas de productos y/o servicios” de las bases de licitación. Se aplicará una multa de 3 UTM por trabajador, en caso del no pago de remuneraciones en el mes de enero y febrero. Además, se aplicará una multa de 2 UTM por cada trabajador, en caso que el sueldo ofertado en la declaración jurada no coincida o sea menor con las liquidaciones de sueldo presentadas para el pago de las facturas mensuales. Una vez en ejecución el servicio, al solicitar los pagos, el oferente deberá adjuntar las liquidaciones de sueldo del personal, si los sueldos no coinciden, siendo menores a los estipulados en la declaración jurada presentada en la postulación, se le cursará una multa de 2 UTM por cada trabajador que presente incumplimiento. Las multas serán notificadas al proveedor por el ITS a través de carta certificada, considerar que no se dará acuso de recibo a la factura en el Servicio de Impuestos Internos, dejando pendiente el estado de pago hasta que sean pagadas las multas correspondientes.
Forma de pago de multas
El valor de la multa deberá ser pagado en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la misma, ingresando dicho monto en dinero efectivo en la caja de la Tesorería Municipal. Una vez realizado el pago de la multa, el oferente deberá presentar en la Dirección de Educación Municipal de Angol el comprobante de pago de multas (copia de la orden de ingreso que se le entrega en caja), quedando pendiente el estado de pago hasta que ingrese el comprobante del pago de la multa. Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional. Si el contratista multado no pagare la multa aplicada, el municipio no afectará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete. El contratista tendrá 5 días hábiles para presentar los descargos de las multas en forma escrita mediante carta dirigida al Alcalde, quien tendrá 10 días hábiles para resolver los descargos.
Procedimiento de impugnación
Las multas serán notificadas al proveedor adjudicado conforme a lo señalado en el artículo 9.20 de las presentes bases administrativas. El proveedor adjudicado podrá apelar mediante carta dirigida al alcalde de la Municipalidad de Angol en un plazo de 5 días hábiles contados de la notificación de la multa, dicha carta deberá ser ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad de Angol. El alcalde, en el plazo de 10 días hábiles, resolverá, fundadamente pudiendo dejar sin efecto, rebajar o mantener la multa. La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando se emita un cuarto informe de incumplimiento emitido por el ITS.
Reclamo
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl cuando: - Se efectúe el término anticipado del contrato, exceptuando el caso que proveedor fallezca. - Se haga cobro de multa. - Se emitan informes de incumplimiento por ITS. - No pago a trabajadores mes de diciembre, enero y febrero
modificaciones del servicio
Las modificaciones en cantidad de estudiantes se deberán convenir con el proveedor, el cual deberá ser solicitado por el director del Establecimiento a la Dirección de Educación Municipal, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 129 del Decreto Nº661 que aprueba reglamento de la ley Nº19.886. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello, debiendo ser autorizados, o ratificados en su caso, por Decreto Alcaldicio.
De la inspección técnica del servicio
La Municipalidad designará como inspector técnico del Servicio (ITS) a un profesional competente de la Dirección de Educación Municipal de Angol, quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución del servicio, seguir el cumplimiento de las medidas de seguridad de las personas, el cumplimiento de las orientaciones, controlar el cumplimiento de programa de minutas, ejecución, acreditación de raciones y los demás especificados en el punto 10 de las bases administrativas. En general, le corresponderá velar por la correcta ejecución del servicio y cumplimiento del contrato hasta la liquidación de éste. De ser necesario la Municipalidad designará como Asesor Técnico del Servicio (ATS) a un profesional competente de la ilustre Municipalidad de Angol, quien deberá, entre otras funciones, asesorar y apoyar a la inspección técnica del servicio. El nombramiento de ITS y ATS se hará mediante Decreto Alcaldicio, dependerá de la Dirección de Educación Municipal y podrá modificarse la designación del funcionario, si el mandante lo estima necesario. El Inspector podrá hacerse asesorar por otros profesionales, quienes solo le podrán hacer proposiciones a este, pero no impartir órdenes o hacer observaciones directamente al contratista, todo lo cual debe ser canalizado debidamente a través del Inspector. Se deja constancia que la labor de inspección no constituye en ningún caso aceptación ni aprobación parcial o total en la ejecución del servicio por parte del Mandante.
Acuerdo de concejo
Considerando el monto de la licitación requiere de acuerdo del concejo municipal, de acuerdo a lo indicado en la Ley N°18.695, articulo N°65 “El alcalde requerirá el acuerdo de concejo municipal para” de la letra J “Celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente de 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo municipal; no obstante , aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el periodo alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo municipal”, sólo se comunicará la adjudicación a través del portal de mercado público, una vez que se cuente con dicha aprobación.
Clausulas de sistema de raciones Servidas
Este contrato de servicio de suministro de raciones alimenticias para los internados dependientes de la Dirección de Educación Municipal se realiza en base al concepto de raciones servidas, esto implica que las raciones que se pagan son las que efectivamente los alumnos consumen, esto se determina en base a la asistencia diaria. Cláusula 1: Se requiere que la oferta del proveedor se ingrese de manera diaria individual por estudiante, ya que la asistencia es variable y que en el anexo económico además se ingrese el valor individual de cada servicio, desayuno, almuerzo, once y cena Cláusula 2: Debido a la variabilidad de asistencia se podrá realizar aumento de presupuesto en caso de existir aumento de matrícula, pudiendo superar el monto referencial establecido, con tope de hasta la capacidad total de dichos internados. Cláusula 3: En caso de existir una extensión de contrato el monto individual diario por estudiante ofertado por el proveedor se reajustará en marzo de los años que incluya el contrato de acuerdo al reajuste que se indique para el sector público en diciembre del año anterior, reajuste que aplica también a las subvenciones del estado. Cláusula 4: Durante el mes en curso las encargadas de internado deberán informar de manera diaria, mediante correo electrónico al encargado de compras que se encuentre vigente con esta adquisición, la asistencia diaria, en razón de dicha información el encargado de compras deberá confeccionar un informe mensual que servirá de respaldo para la generación de la orden de compra que se realizara el primer día hábil del mes siguiente.
Liquidación del Contrato
Una vez finalizada la ejecución del contrato, ya sea por cumplimiento del plazo o por término anticipado, se procederá a su liquidación administrativa, la cual tendrá por objeto verificar el cumplimiento íntegro de las obligaciones contractuales por parte del proveedor. La liquidación del contrato será elaborada por el Inspector Técnico del Servicio (ITS), dentro de un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde el término del servicio, y deberá considerar, a lo menos: a) El estado de cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) El detalle de los servicios efectivamente prestados. c) La aplicación de multas, si correspondiere. d) El estado de pago de las obligaciones laborales y previsionales del personal asociado al contrato. e) La existencia de obligaciones pendientes entre las partes. El proveedor será notificado del acta de liquidación y dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para formular observaciones. En caso de no presentar observaciones dentro del plazo señalado, se entenderá que acepta íntegramente la liquidación practicada. Una vez aprobada la liquidación sin observaciones, o resueltas éstas, se procederá al cierre administrativo del contrato y, si correspondiere, a la devolución de la garantía de fiel cumplimiento, siempre que no existan obligaciones pendientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.