Licitación ID: 2200-24-LR25
PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL COSAM RINCONADA - RRFF
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD ACONCAGUA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 28
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF, SE ADJUNTAN EETT, ANEXOS ADMINISTRATIVOS Y TÉCNICOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL COSAM RINCONADA - RRFF
Estado:
Adjudicada
Descripción:
1. El Servicio de Salud Aconcagua requiere la contratación para el proyecto de conservación, demolición, remodelación y habilitación del Centro Comunitario de Salud Mental Familiar (COSAM) Rinconada. 2. La Solicitud de Compra N°13, Oficina de Partes N°199 (Interno N°242), presentada por el referente técnico del Departamento Recursos Físicos, fue debidamente aprobada y autorizada por el Jefe del
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Servicio de Salud Aconcagua
R.U.T.:
61.606.700-1
Dirección:
dipresrecepcion@custodium.com,asociar OC a Factura
Comuna:
Algarrobo
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-06-2025 9:00:00
Fecha de Publicación: 27-05-2025 17:36:13
Fecha inicio de preguntas: 27-05-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 09-06-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-06-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-06-2025 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-06-2025 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 09-07-2025 16:16:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO EXCLUYENTE 02-06-2025 11:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- COMPLETAR ANEXOS ADMINISTRATIVOS: • Anexo N°1. Identificación del Oferente • Anexo N°2. Declaración jurada simple de Aceptación y Conocimiento de las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos y todo Antecedente Asociado a la Licitación. • Anexo N°3. Declaracion jurada para contratar • Anexo N°4. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores • Anexo N°5. Coordinador de Contrato • Anexo N°6. Programa de integridad • ANEXO N° 7: Declaración jurada simple del oferente DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA OFERTAS REALIZADAS POR UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP): Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores, deberá presentarse adicionalmente a la documentación ya señalada, y de forma obligatoria, la siguiente documentación en su totalidad: • Anexo N°4. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: El representante o apoderado de la UTP deberá presentar debidamente esta declaración. En caso de que no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP, oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible. • La escritura pública o en caso de adquisiciones inferiores a 1000 UTM el instrumento privado, a través del cual se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, donde se debe establecer la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio de Salud Aconcagua, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos.
Documentos Técnicos
1.- COMPLETAR ANEXOS TÉCNICOS: Anexo N°8. (Obligatorio) Carta Ejecución y Carta Gantt Nota:Para complementar el anexo se debe adjuntar Carta Gantt para la revisión. Anexo N°9. (Obligatorio) Itemizado Habilitación COSAM Rinconada Anexo N° 10. (Obligatorio) Nómina de Proyectos Ejecutados Nota: Para complementar el anexo se debe adjuntar el Certificado emitido por el mandante, siendo este Privado, Público o Obras municipales, que indique metros cuadrados. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Técnicos.
 
2.- Visita a Terreno Excluyente y Obligatoria: El día lunes 02 de junio 2025 a las 11:30 Hrs. Ubicación: Calle Alborada 120, Rinconada de Los Andes.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE EJECUCIÓN Y CARTA GANTT Para determinar el plazo de ejecución del PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF, se utilizará el siguiente criterio: APLICA CUANDO PUNTAJE PUNTAJE La oferta considera un plazo de ejecución igual a 120 días 20 La oferta considera un plazo de ejecución mayor a 121 días y menor a 130 días 10 20%
2 PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS FORMALES El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación requeridas en el punto N°6“Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas”, antes del cierre de presentación de oferta, obtendrá la totalidad de 4 asignados al criterio. Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se ha omitido antecedentes, se aplica lo dispuesto en el punto Nº 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 2 asignado al criterio. Por último, si el oferente que no subsana correctamente errores u omisiones formales, o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las punto Nº 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y Nº 9.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos, obtendrá 0. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Cumple con todos los requ 4%
3 EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES Se contabilizará la superficie construida en m2, acreditados mediante fotocopia de un certificado emitido por el mandante o dirección de obras municipales. DETALLE PUNTAJE Sobre 5001 m2 15 De 1001 a 5000 m2 10 De 100 a 1000 m2 5 De 0 a 99 o No informa 0 NOTA: a) Anexar Certificado emitido por el mandante, siendo este Privado o Público, para evaluar metros cuadrados de construcción, indicado en el Anexo N°10 de las presentes bases. b) No se contemplará mantenciones, ni m2 asociados a partidas o faenas puntuales. 15%
4 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°6. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se evaluara si cada uno de los miembros que la conforman posee un programa de integridad que sea conocido por su respectivo personal, lo cual deberá ser declarado por 1%
5 Precio Para determinar el puntaje de la oferta económica, se utilizará la siguiente fórmula: CRITERIO DESCRIPCIÓN PUNTAJE PRECIO Se pondera con 60 puntos la evaluación económica según la siguiente formula: Puntaje=(Oe/O_i )*60 Oe =Oferta más económica Oi = Oferta individual 60 NOTA: En caso de no ser coincidente el valor neto y/o el valor total neto del Anexo Nº9, con lo expresado en el comprobante de la oferta, quedará inadmisible de la oferta. La omisión del Precio para la oferta dejara esta como Inadmisible. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SERVICIO SALUD ACONCAGUA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto con Impuestos Incluidos
Tiempo del Contrato 120 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE AROS AHUMADA
e-mail de responsable de pago: jose.aros@redsalud.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: ALVARO CERDA ARAYA
e-mail de responsable de contrato: alvaro.cerda@redsalud.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-34-2492965-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio de Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 22-08-2025
Monto: 3 %
Descripción: Características GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Tipo de Documento La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar la Seriedad de la Oferta de todas las obligaciones que asume el prestador de la “PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF”. Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1. Presentación Previo al cierre de presentación de ofertas y apertura de estas. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Pesos chilenos. Por el 3% del valor de la licitación. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°4 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Servicio de Salud y se liberará una vez adjudicada la propuesta.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar Seriedad de la Oferta de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________”(>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Plazo Devolución • Dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. Procedimiento de devolución - La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles, desestimadas o no adjudicadas se realizará una vez que se emita solicitud a través de documento conductor, emanado por el Referente Técnico respectivo a la Unidad de Abastecimiento. - La Unidad de Abastecimiento validara la información, en caso que aplique la devolución, emitirá un memorándum al Dpto. de Finanzas para que se libere la garantía solicitada por el Referente Técnico. - La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del proveedor. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del proveedor o su representante legal.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 06-02-2026
Monto: 5 %
Descripción: Características GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador del “PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF” Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Reemplaza al Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Por el 5% del valor por el valor total del Contrato. Pesos chilenos.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Plazo devolución • Al termino del contrato y cumpla su vigencia. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
    Otras Garantías
Beneficiario: Servicio de Salud Aconcagua
Fecha de vencimiento: 06-07-2026
Monto: 5 %
Descripción: Características CORRECTA EJECUCIÓN Y BUEN COMPORTAMIENTO DE LA OBRA Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador del “PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF” Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut: 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Dentro de los 10 días hábiles desde el acta de recepción provisoria sin observaciones. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Por el 5% del valor por el valor total del Contrato. Pesos chilenos.
Glosa: Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Forma y oportunidad de restitución: Plazo devolución • Posterior a la entrega de la obra de la recepción definitiva. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de correcta ejecución y bien comportamiento de la obra, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO DE ENTREGA Y CARTA GANTT”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "PRESENTACIÓN DOCUMENTOS FORMALES” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “PRECIO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la Cláusula N° 2 de las presentes bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Para acreditar el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, se consultará en el portal www.mercadopublico.cl. su estado (hábil).

 En caso que no se encuentre inscrito deberá durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión de Evaluación de la Dirección del Servicio de Salud podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 

Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Además, el Servicio de Salud  podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas referentes a la información reportada por los proveedores en su oferta.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  9. El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el portal www.mercadopublico.cl.

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas  sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el punto N°9.12 “Readjudicación”de las presentes bases de licitación.

En los dos casos anteriormente señalados, el Servicio de Salud Aconcagua ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor(en caso que la ubiere). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con el punto N° 10.7.3,”Termino Anticipado contrato” numeral 13, de estas bases de licitación.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto N°3, “Etapas y Plazos”, de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El Servicio de Salud Aconcagua pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar al autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida en el punto N°3 “Etapas y Plazos” Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en punto N°3 “Etapas y Plazos” de estas bases de licitación.
MODIFICACIÓN A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se deberá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA
El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación. En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que Servicio de Salud Aconcagua podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales". Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de este como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararan inadmisibles todas estas ofertas. Nota: • Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el artículo 35 quáter de la Ley 21.634. • Del mismo modo, quedan excluidos de esta licitación, para el efecto de la celebración del contrato, las personas jurídicas que hayan sido condenados a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho, de acuerdo a la ley N° 20.393 (art. 8 y 10), sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Si el oferente es Persona Natural Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores. ANEXO N° 3: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva Acreditar ante el Servicio de Salud Aconcagua Fotocopia de su cédula de identidad. Si el oferente no es Persona Natural Inscripción y encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores. Fotocopia de cédula de identidad del representante legal. Acreditar ante el Servicio de Salud Aconcagua Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Producto(s) Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta. Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos,contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Producto(s) Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta. ANEXO N° 3: DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica. Sólo para adjudicatarios UTP: • Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
INSTRUMENTO DE GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA
Características GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA Tipo de Documento La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar la Seriedad de la Oferta de todas las obligaciones que asume el prestador de la “PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF”. Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1. Presentación Previo al cierre de presentación de ofertas y apertura de estas. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Pesos chilenos. Por el 3% del valor de la licitación. Pesos chilenos. Su copia será digitalizada y adjuntada al Anexo N°4 de la oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl. Este documento de garantía será custodiado por el Servicio de Salud y se liberará una vez adjudicada la propuesta. Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar Seriedad de la Oferta de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________”(>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Vigencia La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos a partir de la de fecha de apertura de la presente licitación. Plazo Devolución • Dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación al proveedor seleccionado. Procedimiento de devolución - La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles, desestimadas o no adjudicadas se realizará una vez que se emita solicitud a través de documento conductor, emanado por el Referente Técnico respectivo a la Unidad de Abastecimiento. - La Unidad de Abastecimiento validara la información, en caso que aplique la devolución, emitirá un memorándum al Dpto. de Finanzas para que se libere la garantía solicitada por el Referente Técnico. - La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del proveedor. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del proveedor o su representante legal.
INSTRUMENTO FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Características GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador del “PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF” Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut. 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Reemplaza al Instrumento de Garantía de Seriedad de la Oferta, en caso que se haya requerido. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Por el 5% del valor por el valor total del Contrato. Pesos chilenos. Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Forma de uso En las bases de licitación se precisa lo siguiente: • Tipo de Documento • Monto • Moneda • Plazo de vigencia • La glosa que debe contener • Forma de entrega (física o electrónica) Vigencia Con una vigencia igual al periodo de duración del contrato, incrementando en 60 días hábiles. Plazo devolución • Al termino del contrato y cumpla su vigencia. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
INSTRUMENTO DE GARANTÍA CORRECTA EJECUCIÓN Y BUEN COMPORTAMIENTO DE LA OBRA
Características CORRECTA EJECUCIÓN Y BUEN COMPORTAMIENTO DE LA OBRA Tipo de Documento • La caución o garantía puede consistir en: Vale a la Vista, Boleta de Garantía Bancaria, Póliza de Seguros de Garantía, Otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución. • El instrumento de garantía debe asegurar el pago de la garantía de manera rápida y efectiva. Esta deberá ser pagadera a la vista a primer requerimiento, de fácil cobro, además de tener el carácter de irrevocable. Objetivo Garantizar el Correcto cumplimiento de todas las obligaciones que asume el prestador del “PROYECTO HABILITACIÓN CENTRO COMUNITARIO DE SALUD MENTAL (COSAM) RINCONADA - RRFF” Beneficiario Esta garantía deberá ser extendida a nombre del Servicio de Salud Aconcagua, Rut: 61.606.700-1 pagadera a la vista e irrevocable. Presentación Dentro de los 10 días hábiles desde el acta de recepción provisoria sin observaciones. Forma de Entrega Electrónica Se debe) enviar al correo dssa.ofpartes@redsalud.gob.cl Física Oficina de partes de la Dirección del Servicio de Salud Aconcagua. Pasaje Juana Ross Nº 928, San Felipe, Región De Valparaíso Horario de atención Lunes a jueves hasta las 16:00 hrs. Viernes hasta las 15:00 hrs. Monto Por el 5% del valor por el valor total del Contrato. Pesos chilenos. Glosa El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato y prestación de Servicios y de las obligaciones legales y previsionales de la licitación pública ID (>) de nombre “__________________” (>). En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de dicha glosa en el mismo instrumento de forma manuscrita, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. Forma de uso En las bases de licitación se precisa lo siguiente: • Tipo de Documento • Monto • Moneda • Plazo de vigencia • La glosa que debe contener • Forma de entrega (física o electrónica) Vigencia Con una vigencia igual al periodo de duración del contrato, incrementando en 180 días corridos. Plazo devolución • Posterior a la entrega de la obra de la recepción definitiva. Procedimiento de devolución • La devolución de garantía de correcta ejecución y bien comportamiento de la obra, presentadas en este proceso serán devueltas por el servicio de Salud Aconcagua, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. Esta Garantía, será custodiada por el Servicio Salud Aconcagua y liberada una vez que Referente Tecnico/ Administrador del Contrato respectivo emita la solicitud a través de documento conductor, a la Unidad Gestión de Abastecimiento y éste solicite el instrumento de garantía a través de un memorándum al Departamento de Finanzas. • La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Caja del Servicio de Salud Aconcagua, ubicada en Pasaje Juana Ross N°928, San Felipe. El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del contratado. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
COMISIÓN EVALUADORA O EVALUADORES
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión Evaluadora o Evaluadores. • Ajustarse en todo momento, a las exigencias contenidas del articulo 57 del decreto 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, Directiva de Contratación Pública N°14 en sus numerales 3.1.7 y 3.1.8. • La comisión evaluadora estará conformada por un mínimo de 3 o un número impar de funcionarios para evitar empates en las decisiones, cuando la licitación sea Mayor a 2000 UTM, al momento de su designación, se recomienda otorgarle a Ia comisión un perfil heterogeneo en su composición, apuntando a contar con profesionales no solo conocedores de los aspectos administrativos sino también de los aspectos técnicos y económicos. Lo anterior, sin perjuicio de Ia posibilidad de proveer a la comisión evaluadora de Ia asesorIa de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar. • El o Los Evaluador(es), estará conformada por 1 o 2 funcionarios designados por la dependencia encargada del proceso, cuando la licitación sea menor a 2000 UTM. La Comisión Evaluadora o Evaluador(es) deberá: • Al menos un integrante de la comisión evaluadora o Evaluadores debe poseer los conocimientos técnicos necesarios en la materia contratada. • Los Integrantes no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. • Los integrantes deberán estar registrados en nómina de “Registro del Personal” indicada en el artículos 13 del decreto N°661 del 2024, y realizar una declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses, en el más breve plazo y hasta treinta días hábiles siguientes desde asumida la función. Además, deberán actualizar la declaración de patrimonio e intereses, en el mes septiembre y marzo de cada año, si correspondiese. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos integrantes de la Comisión Evaluadora o Evaluadores (Si fuera el caso) designados por el Servicio de Salud Aconcagua, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión si fuera el caso. Los Miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 35 ter de la ley N°19.886 y artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora o Evaluadores. • No Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora o Evaluadores, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el procedimiento de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad de este. Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de evaluación en el presente proceso tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda. Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadora o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada. En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y lo artículos 35 quinquies de la Ley N°19.886, 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de intereses se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado. Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora o Evaluadores que haya sido nombrada deberá: A. Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta. B. Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas. C. Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación. D. Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución. E. Proponer la adjudicación a Jefe de Servicio. Nota: Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua estará facultada para designar una comisión evaluadora o Evaluadores compuesta, total o parcialmente, por miembros distintos a los señalados en la resolución de comisión evaluadora o Evaluadores del proceso, ajustándose en todo momento a las exigencias contenidas en los párrafos que lo anteceden. En el análisis y evaluación de las ofertas el Servicio de Salud Aconcagua podrá admitir aquellas ofertas que presenten omisiones o errores menores siempre que éstos no sean sobre aspectos de fondo que pudiesen alterar el principio de igualdad de los proponentes. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros. Se hace presente que la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, establece como sujetos pasivos a los miembros de la Comisión Evaluadora y o evaluador(es), los que tendrán que dar estricto cumplimiento a las restricciones de la citada ley.
PROCEDIMIENTO DE APERTURA

La evaluación se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del reglamento de la ley Nº19.886, exclusivamente en base a la documentación aportada por cada oferente en la forma prevista en estas bases, haciendo aplicación de cada uno de los criterios de evaluación y requisitos de admisibilidad de la oferta que se indican en las presentes bases y sus anexos.

No se evaluará documentación presentada extemporáneamente o ingresada por otros medios no previstos en las bases de licitación.

Si durante el proceso de evaluación la comisión evaluadora o evaluador(es) podrá requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, y de acuerdo con lo descrito en las los puntos N°s 9.4 “Subsanación de errores u omisiones formales” y 9.5 “Solicitud de Ceritificaciones o antecedentes Omitidos” de las presentes bases de licitación. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora o evaluador (es) no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación.

El resultado que obtenga el oferente por aplicación de cada criterio de evaluación corresponderá al que se obtiene de ponderar el puntaje obtenido en el mismo, por el porcentaje indicado para el correspondiente criterio, calculado con un decimal.

El puntaje final corresponderá a la suma de los puntajes ponderados obtenidos en cada criterio.

La oferta que logre en la respectiva evaluación el mayor puntaje será considerada como la más conveniente a los intereses del Servicio de Salud Aconcagua, lo que no implica necesariamente que ella corresponda a la oferta económica de menor precio.

Concluida la evaluación se elaborará el “Acta de Evaluación”, con carácter de informe de la comisión o evaluador/s, que dará cuenta de los resultados de ésta, con independencia de las sesiones que se hayan llevado a cabo para concluir el proceso.

Dicha acta será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora o evaluador, y en ella se consignará la propuesta definitiva que será remitida al Jefe de Servicio del Servicio de Salud Aconcagua, constando los fundamentos para una determinada conclusión, sea ésta la proposición de adjudicación de la licitación a un determinado oferente, la proposición de inadmisibilidad de una determinada oferta, o la proposición de declaración de la licitación como desierta.

También se deberá dejar constancia en el acta, de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando las omisiones, vicios o defectos por los cuales no se evalúan.

Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio de Salud Aconcagua podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte del Servicio de Salud Aconcagua, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
El Servicio de Salud Aconcagua tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de el Servicio de Salud Aconcagua, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
En virtud de lo señalado en el artículo 59 del reglamento de la ley 19.886, el Servicio de Salud Aconcagua se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y las presentes Bases. Asimismo, el Servicio de Salud Aconcagua podrá declarar la inadmisibilidad de cualquier oferta que se encuentre en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 60 y 61 del reglamento de la ley Nº19.886, esto es, aquellas ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, así como las ofertas riesgosas y temerarias. La señalada declaración de inadmisibilidad se sujetará en su sustanciación a lo dispuesto en las ya indicadas disposiciones reglamentarias. En caso de que no se presenten ofertas, cuando ninguna de ellas fuere admisible, o bien, cuando ninguna de ellas resulte conveniente a sus intereses, el Servicio de Salud Aconcagua declarará desierta la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del reglamento de la ley Nº19.886.
OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
El Servicio de Salud Aconcagua conforme lo autoriza el articulo 61 del decreto 661/2024 podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, o cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por el Servicio de Salud Aconcagua que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, salvo que justifique su oferta. Se considerará que la justificación presentada por el proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación: a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. De ser adjudicada la oferta, el Servicio de Salud Aconcagua (en caso que aplique) deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 se declararán inadmisibles las ofertas que simultáneamente hubiese presentado una UTP y uno o más de sus integrantes
ADJUDICACION
El Servicio de Salud Aconcagua adjudicará a un único oferente por cada línea de producto(s) y/o servicio(s) licitada, adjudicando al oferente que hubiese obtenido el puntaje más alto luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, y en caso que fuere necesario, a quien obtuviere el puntaje más alto por aplicación de las fórmulas de desempate indicadas en el artículo precedente. Lo señalado deberá realizarse a través de la dictación de una resolución de adjudicación, la que será publicada en el portal www.mercdaopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. El Servicio de Salud Aconcagua contará con un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para realizar la adjudicación. Con todo, el plazo de adjudicación podrá ser ampliado por este organismo si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, indicando de las razones de la ampliación y avisando del nuevo plazo (inciso segundo del artículo 58 del reglamento de la ley N°19.886). La notificación de la adjudicación se realizará a través del referido portal de Mercado Público, y se entenderá formalmente practicada transcurridas 24 horas desde su publicación en el mismo, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 del reglamento de la ley N°19.886. La Entidad licitante no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades. No podrán adjudicarse ofertas de Oferentes que superen el presupuesto, cuando este sea DISPONIBLE indicado en el punto N°2 “Antecedentes Administrativos”de las presentes bases. No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
READJUDICACIÓN
Servicio de Salud Aconcagua podrá ejercer la readjudicación cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: a. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra y/o no suscribe el contrato dentro del plazo indicado para ello en el punto N°10.3”Suscripción del Contrato” por causa que le sea atribuible. b. Si el adjudicatario se desiste de su oferta. c. Si el adjudicatario Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. d. Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con el Servicio de Salud Aconcagua. e. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo y condiciones establecidas para ello. f. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, de producto(s) o servicio(s) de las cuales, resultó adjudicado. g. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en el punto N°10.10 “Pacto de Integridad” de estas bases de licitación. h. Si el adjudicatario no cumple con cualquiera de las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación i. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación; En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la Servicio de Salud Aconcagua podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la Servicio de Salud Aconcagua se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Suscripción del Contrato
El/La o adjudicatario/a en la propuesta deberá firmar un contrato que será redactado por el Depto. de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Servicio de Salud Aconcagua, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M. En este caso se deberá efectuar un contrato con la empresa adjudicada. La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. El contrato estará vigente desde la fecha de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Aconcagua. Si por cualquier causa que no sea imputable a el Servicio de Salud Aconcagua, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Los contratos solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dén los supuestos establecido en el art. 13 de la ley N°19.886, siempre y cuando existan razones de interés público, y que ésta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que haya dado origen al procedimiento de contratación. Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente art. 13 de la ley N°19.886, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas al contrato o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En caso de que sea necesario, el Servicio de Salud Aconcagua podrá modificar los contratos, aumentándolos por un monto que no podrá ser superior al 30% del valor total de la contratación, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para ello. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases y expresadas en el respectivo contrato. En caso de aumentar el contrato, la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato se deberá aumentar proporcionalmente (en caso que aplique), salvo que por el tiempo transcurrido se considere que la misma resguarda de forma suficiente el restante de la contratación. Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Los aumentos o disminuciones deberán contar con la aprobación y autorización del Referente Tecnico/ Administrador del Contrato.
REFERENTE TÉCNICO/ COORDINADOR DE CONTRATO DEL SERVICIO SALUD ACONCAGUA
Con el objetivo de optimizar la coordinación y garantizar el adecuado cumplimiento del contrato, el Referente Técnico/Administrador de Contrato del Servicio de Salud Aconcagua será el funcionario designado por la dependencia requirente del proceso, conforme a lo establecido en la Solicitud de Compra (N° 1 "Antecedentes Generales", letra d), especificada en el punto N° 2 del considerando de esta resolución que aprueba las bases. En caso de ausencia o impedimento, el Subdirector de la unidad o departamento requirente del proceso, designará al subrogante o a la persona que lo reemplace. Para todos los efectos, el Referente Técnico/Administrador de Contrato del Servicio de Salud Aconcagua será el funcionario o funcionaria encargado(a) de velar directamente por la correcta ejecución de la contratación. Esta designación quedará formalmente establecida en la Resolución Exenta que aprueba el contrato definitivo, el cual regulará las relaciones derivadas de este proceso licitatorio. 10.4.1 Obligaciones del Referente Técnico/ Administrador de Contrato del Servicio Salud Aconcagua Serán obligaciones del Referente Técnico/ Administrador de Contrato, las siguientes: a) Conocer los documentos que rigen la licitación. b) Contactar a proveedor informándole las vías de comunicación formal. c) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el cumplimiento oportuno del contrato; d) Coordinar, monitorear e implementar las acciones necesarias para asegurar la correcta operación y el cumplimiento de este contrato; e) Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicio(s) y/o producto(s), como también la tramitación de pagos y aplicación de medidas; f) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato; g) Solicitar aplicación de multas en los casos definidos en el contrato o en la orden de compra; h) En caso de que correspondan garantías (de seriedad de la oferta, fiel cumplimiento del contrato u otras), deberá velar por su vigencia durante todo el período de ejecución del contrato y/o, en su caso, gestionar los cobros correspondientes. i) Determinar la aplicación de las medidas por incumplimiento que se estipulen en el Contrato, según corresponda; j) En general, desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato. k) Requerir al adjudicatario la presentación de certificados u otros documentos, que estime conveniente. l) Llevar el registro de todas las actuaciones vinculadas a la contratación. m) Evaluación de contrato, mediante una encuesta al final del proceso para medir la calidad y oportunidad en la entrega de un(os) producto(s) y/o servicio(s) n) Recepción de los productos y/o servicios conforme. o) Las demás funciones que le encomienden las bases, el contrato suscrito entre las partes y/o procedimientos internos. El Referente Técnico/Coordinador de Contrato del Servicio de Salud Aconcagua, para gestionar solicitudes relacionadas con cobros de multas, devoluciones, cobro de garantías de seriedad de la oferta o de fiel cumplimiento del contrato, u otras garantías, así como la renovación del contrato, prórroga de la validez de la oferta, entre otros, deberá remitir los antecedentes correspondientes acompañados de un informe y memorándum al Dpto. de Asesoría Juridica con copia a la Unidad de Gestión Abastecimiento del Servicio de Salud Aconcagua. Todas las definiciones adoptadas por el adjudicatario y el Referente Técnico/Administrador de contrato del Servicio de Salud Aconcagua, deberán constar en Actas firmadas por ambos. La vía formal de comunicación entre el adjudicatario y el Servicio de Salud Aconcagua será exclusivamente el correo electrónico institucional, de los correos electrónicos enviados, ambas partes deberán acusar recibo. Por lo tanto, cualquier asunto relacionado con la ejecución del contrato y las prestaciones del servicio adjudicado deberá ser tratado por esta vía de comunicación, siendo inválido cualquier otro medio de interacción, ya sea físico o virtual, salvo que se disponga expresamente en estas bases de licitación para situaciones particulares. 10.5. COORDINADOR DEL CONTRATO PROVEEDOR. El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a el Servicio de Salud Aconcagua mediante el Anexo N°5 ”Coordinado de contrato”, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato. En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos: A. Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. B. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. C. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. D. Las demás que le encomiende las bases y el contrato suscrito entre las partes. La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario al Referente Técnico / Administrador de contrato del Servicio de Salud Aconcagua, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. Se deja establecido que el adjudicatario podrá cambiar al coordinador del contrato, por sólo una vez, dentro de la vigencia de este.
MULTAS
Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio, previo informe para la aplicación de multas el cual será elaborado por el Jefe del Departamento de Recusos Físicos, el cual deberá contener, a lo menos, lo siguiente: 1. Identificación del Contratante. 2. Identificación de la licitación y Nº de resolución aprobatoria del contrato. 3. Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos: • Tipo de incumplimiento 1. Forma como se configuró el incumplimiento (descripción de los hechos y circunstancias) 2. Indicación si ha tenido lugar alguna de las situaciones constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor 3. Documentación de respaldo de lo informado. 4. Monto de la multa. MULTAS TIPO DE MULTA % INCUMPLIMIENTO INCUMPLIMIENTO DE LAS INSTRUCCIONES DEL ITO AL UNO POR MIL (Factor a multiplicar es 0.001) El incumplimiento de las indicaciones del ITO es causal de multas según los plazos establecidos en estas Bases, Acta de Aclaraciones, Propuesta Adjudicada y/o contrato respectivo, facultará al Servicio de Salud Aconcagua para aplicar una multa equivalente al uno por mil del precio del contrato por cada día corrido de atraso. Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago de la cuota siguiente o de la garantía de fiel cumplimiento si no hubiere cuotas pendientes de pago. (Factor a multiplicar es 0.001). MULTAS POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LA OBRA TERMINADA EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL AL TRES POR MIL (Factor a multiplicar es 0.003) En caso de atraso en la entrega de la obra una vez terminado el plazo de ejecución de esta y no habiéndose concedido ampliación de plazo o no habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a lo regulado en las presentes bases, se aplicará una multa al tres por mil del precio del contrato por cada día corrido de atraso. Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago de la cuota siguiente o de la garantía de fiel cumplimiento si no hubiere cuotas pendientes de pago. (Factor a multiplicar es 0.003). Fórmula Cálculo: VDM= (VTC) * 0.003 u 0.001 VDM= Valor Diario multa VTC= Valor Total del Contrato (IVA Incluido) A. Las multas serán aplicables hasta un tope del 20% del valor del contrato. B. Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. C. El monto de las multas será rebajado del pago que el Servicio de Salud Aconcagua deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, en caso de que esto no sea posible, ya sea porque dicho monto no es suficiente, en caso de no existir pagos pendientes o cualquier otro tipo de impedimento, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la aplicación y cobro de la multa, o bien, si la hubiera. Salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Servicio de Salud Aconcagua dentro del plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El servicio podrá cobrar esta multa a la empresa judicialmente. D. El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Servicio de Salud Aconcagua para poner término al Contrato y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. E. Si por un mismo hecho se configura más de una causal de multa, se le aplicará al proveedor la multa de mayor valor. F. Se procederá con el término anticipado del contrato cuando: 1. El monto total acumulado por concepto de multas aplicadas al adjudicatario no podrá exceder el 20% del valor total del contrato (impuestos incluidos). El incumplimiento de este límite máximo será considerado una violación grave de las obligaciones del proveedor. 2. Cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos. 3. Interrupción total o parcial de la entrega de los producto(s) y/o Servicio(s), sin causa justificada. Conforme a lo dispuesto en el punto 10.7.3 “Terminos Anticipado de contrato” de estas bases. G. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. H. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Servicio de Salud Aconcagua de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. En cualquier caso, la empresa siempre podrá alegar la concurrencia de circunstancias que constituyen caso fortuito o fuerza mayor, liberándola de responsabilidad por el incumplimiento que se le imputa. El Referente Tecnico/Administrador de Contrato, determinará la configuración de estas circunstancias eximentes de responsabilidad, basándose en los antecedentes que aporte el adjudicatario.
Término Anticipado Contrato
El Servicio de Salud Aconcagua está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad. 3. Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado en proceso concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo 4. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N°19.886, 130 de su Reglamento y las presentes bases. En tal caso, esta Dirección sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas por incumplimiento establecidas en las presentes bases. 5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado. 6. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, en caso que aplique. 7. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de el Servicio de Salud Aconcagua, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el Servicio de Salud Aconcagua. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de el Servicio de Salud Aconcagua. 8. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y el Servicio de Salud Aconcagua, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico. 9. En caso de las multas, serán consideradas como casos de incumplimiento grave las siguientes circunstancias: a. Superación del monto máximo acumulado de multas, correspondiente a un 20% del valor total del contrato. b. Interrupción total o parcial de la entrega de los producto(s) y/o Servicio(s), sin causa justificada. c. Cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de seis meses consecutivos. 10. En caso que el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e. Disolución de la UTP. Todas estas causales son sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183 del Reglamento de la Ley N°19.886, sobre la posibilidad de reemplazar a un integrante de la Unión Temporal de proveedores, en los términos que ahí se exponen. 11. No renovación oportuna de las Garantías, según lo establecido en el punto N° 8 “Naturaleza y Montos de las Garantias” de las bases de licitación, en caso que aplique. 12. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula N° 10.3.3 "Prohibición de subcontratación cesión del contrato". 13. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto N°10.10 “Pacto de integridad”. 14. En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el punto N°10.12 “Confidencialidad”. 15. Si el adjudicatario no acata las órdenes e instrucciones que se le den de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, aclaraciones, eventuales modificaciones y la respectiva orden de compra. 16. Si el contratista no cumpliera las ordenes o instrucciones del Administrador de Contrato sin causa justificada y de manera constante, que signifique perjuicio real y cierto para el Servicio de Salud Aconcagua. 17. Si el adjudicatario no cumple, en forma reiterada o flagrante, con las obligaciones previstas en las bases administrativas y en la oferta presentada. 18. Incumplimiento de las observaciones formuladas por el Administrador de Contrato. 19. Por término del presupuesto comprometido en la contratación objeto de la presente licitación. 20. Por término de giro y/o patente comercial, por parte del proveedor. 21. Incumplimiento de las disposiciones relativas a la cesión de contrato y/o las operaciones de cesión de crédito o factoring, establecidas en los artículos 36º y 45º de las bases administrativas. 22. En caso de imponerse al adjudicatario la inhabilitación prevista en el artículo 33 de la ley Nº21.575 y/o las sanciones previstas en los artículos 8 y 10 de la ley Nº20.393. 23. En el caso que el contratista quedará Inhábil en la plataforma www.mercadopublico.cl durante la ejecución de contrato. 24. Cualquiera otra situación o circunstancia de responsabilidad del adjudicatario que signifique un perjuicio para el Servicio de Salud Aconcagua. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases. El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en las presentes bases. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo el Servicio de Salud Aconcagua concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Aconcagua y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. En este escenario, si alguna de las partes decide poner término, deberá comunicar a la otra la intención, mediante carta certificada y/o correo electrónico al Referente Tecnico/Administrador de contrato, con a lo menos 10 días corridos de anticipación a la fecha que se desea poner término a la contratación
FACTURACIÓN Y PAGO
Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de: INSTITUCIÓN RUT DIRECCIÓN Servicio Salud Aconcagua 61.606.700-1 Pasaje Juana Ross #928, San Felipe Para realizar el cobro de los servicio(s) y/o producto(s), el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. Aceptar la respectiva orden de compra en el portal Mercado Público. b. Antes de emitir la factura, el proveedor deberá verificar que el estado de la orden de compra haya cambiado a "Recepción conforme", lo cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl. c. La factura deberá emitirse con la condición de pago “CRÉDITO”. d. El proveedor solo podrá facturar los servicio(s) y/o producto(s) efectivamente entregados y recepcionados conforme por el organismo comprador. e. Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de la orden de compra en la casilla "Referencias" bajo la opción "Orden de Compra" en el formato de la factura. No será válido incluirlo en la glosa, ya que el sistema no lo reconocerá y la factura será reclamada. En el caso de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota correspondiente. f. El archivo XML del DTE facturado deberá enviarse al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando claramente el número de la orden de compra. g. En el caso de servicio(s) habituales u obras, el proveedor deberá enviar o entregar al Referente Técnico del servicio el Formulario Nº 30 y Nº 30-1, emitido por la Inspección del Trabajo, que acredite no tener deudas previsionales al momento de la emisión de la factura. El Servicio de Salud Aconcagua rechazará todas las facturas emitidas sin la recepción conforme de los producto(s) y/o servicio(s) en el módulo correspondiente del portal www.mercadopublico.cl, este proceso estará a cargo el Referente Tecnico/administrador del contrato, el cual debe informar a la Unidad de Contabilidad dicho rechazo. Se entiende por "recepción conforme" el hito mediante el cual el comprador manifiesta su conformidad con los producto(s) y/o servicio(s) entregados, considerando que estos cumplen con lo acordado en las bases de licitación o en el contrato. Este hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, fecha y nombre del funcionario que realizó la recepción de los producto(s) y/o servicio(s) . En caso de tratarse de la recepción de un servicio, el funcionario referente técnico/administrador de contrato deberá emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado. El Servicio de Salud Aconcagua podrá presentar un reclamo sobre el contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. Si se realiza un reclamo, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la notificación del rechazo. Los documentos válidamente emitidos, correspondientes a producto(s) y/o servicio(s) recibidos, serán devengados y estarán disponibles para su pago por parte de la Tesorería General de la República dentro de los 30 días siguientes a que la operación se haya perfeccionado, salvo las excepciones indicadas en el artículo 133 del Decreto N° 661, reglamento de la Ley N° 19.886. Es importante señalar que no se podrá efectuar ningún pago al proveedor hasta que no se haya completado el trámite administrativo que apruebe el respectivo contrato. El pago de los producto(s) y/o servicio(s) se realizará en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, conforme al artículo N° 8 de la Ley N° 21.192, o mediante otro medio de pago establecido por la ley. En cuanto a la facturación, si el monto resulta en un número con decimales, este se redondeará al número entero siguiente si la primera cifra decimal es igual o superior a 5. Si la cifra decimal es menor a 5, el monto se redondeará al número entero anterior. Si el precio no está expresado en pesos chilenos, el monto a facturar se convertirá a pesos chilenos según el valor del tipo de cambio proporcionado por el Banco Central en la fecha de emisión de la orden de compra. No se permitirá ningún otro cobro adicional no convenido. En caso de presentarse alguna diferencia entre la factura emitida y la orden de compra, el referente técnico/administrador de contrato deberá solicitar al proveedor la emisión de una Nota de Crédito o Nota de Débito, según corresponda, para procesar oportunamente el pago por el suministro correspondiente
Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el proceso licitatorio y el respectivo contrato. El proveedor adjudicado debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el Servicio de Salud Aconcagua el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido lo indicado en esta cláusula, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con el punto N° 10.7.3”Termino Anticipado de contrato”, numeral 14, de estas bases de licitación; lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.
VISITA A TERRENO EXCLUYENTE
Los interesados en participar en la presente licitación, deberán asistir a la Visita a Terreno el día El día lunes 02 de Junio 2025 a las 11:30 Hrs. en el COSAM Rinconada, Ubicado en Calle Alborada 120, Rinconada de Los Andes, la/as Empresa interesada reportarse en Informaciones. En el caso de que haya alguna “Observación” en la Visita a Terreno, deberá registrarla en el Acta con nombre, Rut y firma de la empresa. Posteriormente, este documento será publicado en el sistema www.mercadopublico.cl. Cabe señalar que cada proveedor que asista a la visita a terreno deberá hacerlo con sus respectivos elementos de protección personal (Mascarilla, Guantes, ETC)
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.