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Resolución de Empates |
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El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los
factores a evaluar:
1º. Oferta Económica
2º. Plazo de Implementación
3º. Experiencia del oferente
4º. Velocidad enlace
5º. Comportamiento Contractual anterior
6º. Cumplimiento Requisitos Formales
7º. Tenencia Programa de integridad
De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la
oferta al Portal Mercado Público.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en
el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el
oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder,
ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera
fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta,
con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera
de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio,
tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad,
legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar
su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y
transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de
licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El
oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases
de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El
oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen
necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y
cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y
en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente
en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes
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OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD |
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La Empresa debe guardar estricta confidencialidad de todos los antecedentes que
conozca y no podrá hacer uso de estos para fines ajenos a las presentes Bases y en ninguna
circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender,
ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir,
en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia de la licitación como
después de su finalización.
Esta prohibición afecta a la Empresa, su personal directo e indirecto, sus consultores, sus
proveedores y al personal de estos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados en
cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la
expiración de esta licitación.
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Subsanación de errores u omisiones formales |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio Local podrá solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y
de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través
del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Según lo señalado en el Artículo 56 del Decreto N°661/2024 del Ministerio de Hacienda, el
servicio podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error
formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al
momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes
se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación de éstas.
Para dicha subsanación de errores u omisiones formales se otorgará un plazo fatal de 48 horas
corridas, contado desde su comunicación al oferente por parte del Servicio Local, la que se
informará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. El Servicio Local no
considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que
no hayan sido enviados a través de la Plataforma.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación
recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
El oferente cuya oferta no cumpliera, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo
lo requerido por las bases de licitación y acompañe posteriormente a requerimiento del
licitante las certificaciones o antecedentes faltantes, obtendrá menor puntaje en el criterio
Cumplimiento de Requisitos Formales.
No se consideran errores y, por lo tanto, no se pedirá aclaración ni será considerados como
un incumplimiento de requisitos formales:
a. Los errores ortográficos o gramaticales o la contracción o resumen de palabras, si de
ello no puede derivarse dudas en cuanto al sentido de la palabra. Esta regla se
aplicará aun cuando se trate de expresiones que constituyan una formalidad legal;
b. Errores u omisiones cometidos en la individualización de personas, clientes,
trabajadores o representantes, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto a la
identidad de la persona de que se trata;
c. Los errores numéricos o de cifras o porcentajes, que manifiestamente no sean de
carácter sustancial y;
d. En general, las disconformidades no esenciales que existan entre los distintos
documentos de la oferta, siempre que no pudiere derivarse dudas del aspecto al que
se refieren.
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