Licitación ID: 1425773-9-LE26
LICITACION SERV MURAL ARTISTICO ANIVERSARIO CALAMA
Responsable de esta licitación: CORP CULTURAL Y TURISMO DE CALAMA
Fecha de Cierre: 12-06-2026 13:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 6 días para que cierre esta licitación.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Pintores 1 Unidad
Cod: 82151501
La licitación tiene por objetivo la contratación del servicio de diseño, elaboración y ejecución de un mural artístico de gran formato denominado Mural Aniversario Calama 2026, localizado en la cara norte del Hotel Don Manuel de la comuna de Calama.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LICITACION SERV MURAL ARTISTICO ANIVERSARIO CALAMA
Estado:
Publicada
Descripción:
Se requiere el servicio de creación de un boceto y ejecución un gran mural artístico Aniversario Calama 2026 , orientado al arte urbano,siendo a cielo abierto destinado a recuperación de espacios urbanos, y promover la cultura y fortalecer la identidad de la comuna.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CORP CULTURAL Y TURISMO DE CALAMA
R.U.T.:
88.951.800-6
Dirección:
AVENIDA O´HIGGINS SN PARQUE EL LOA
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-06-2026 13:00:00
Fecha de Publicación: 05-06-2026 23:19:29
Fecha inicio de preguntas: 06-06-2026 20:25:00
Fecha final de preguntas: 09-06-2026 20:25:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-06-2026 20:25:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-06-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-06-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 17-06-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 18. ANEXOS ADMINISTRATIVOS La oferta deberá incluir, en forma completa, ordenada y legible, los documentos administrativos obligatorios exigidos en las presentes Bases. La omisión o presentación incompleta de dichos antecedentes constituirá causal de inadmisibilidad de la oferta, por tratarse de requisitos esenciales, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de solicitar la subsanación de errores u omisiones formales, conforme a los artículos 71 y siguientes del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el D.S. N° 661, siempre que no se altere la esencia de la oferta ni se otorguen ventajas indebidas. 18.1 Persona Natural a) Hoja de Identificación del Oferente, debidamente firmada, según formato Persona Natural – ANEXO N° 1. b) Declaración Jurada Simple de aceptación íntegra de los antecedentes de la licitación, según formato – ANEXO N° 2. c) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente. 18.2 Persona Jurídica a) Hoja de Identificación del Oferente, según formato Persona Jurídica – ANEXO N° 1. b) Declaración Jurada Simple de aceptación íntegra de los antecedentes de la licitación, según formato – ANEXO N° 2. c) Fotocopia del RUT de la empresa. d) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente del Representante Legal.
Documentos Técnicos
1.- 19. ANEXO TÉCNICO (Persona Natural y/o Jurídica) Forman parte integrante de la oferta técnica obligatoria los siguientes anexos: 19.1 Anexo N°3: Boceto y Propuesta Artística
 
Documentos Económicos
1.- 20. OFERTA ECONÓMICA (Persona Natural y/o Jurídica) La Oferta Económica deberá ser ingresada a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, y deberá contener los siguientes antecedentes obligatorios: a) Propuesta Económica, según formato – ANEXO N° 5 b) Ingreso del valor total NETO del servicio diseño ejecución mural artístico ,en el portal electrónico. c) El Anexo de Propuesta Económica deberá indicar claramente el valor total neto. d) En la oferta económica, los oferentes deberán considerar todos los costos directos e indirectos, gastos asociados, impuestos, seguros y cualquier otro costo necesario para la correcta ejecución del servicio, no procediendo pagos adicionales por conceptos no incluidos en la oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de Requisitos Formales 29.5 Cumplimiento de Requisitos Formales (CR) – 5% Este subcriterio evaluará el cumplimiento formal y completo de los antecedentes exigidos en las presentes Bases. Evaluación Puntaje Presenta la totalidad de los documentos solicitados, en forma completa y correcta. 100 Presenta documentación incompleta o con observaciones subsanables. 50 No presenta la documentación requerida. 0 Este criterio se aplicará únicamente respecto de ofertas previamente declaradas admisibles. Puntaje Ponderado CR PPCR = (CR × 5) / 100 Donde: PPCR = Puntaje Ponderado de Cumplimiento de Requisitos. CR = Puntaje obtenido en el criterio. 5%
2 OFERTA TECNICA CRITERIO TÉCNICO DETALLE DE CRITERIO TÉCNICO PONDERACIÓN A. Coherencia conceptual y pertinencia territorial 20% B. Calidad técnica del diseño 10% C .Uso del color y composición visual 5% D. Viabilidad técnica y materialidad 10% E. Innovación y valor artístico agregado 5% F .Cumplimiento formal del boceto 5% TOTAL 55% 55%
3 Experiencia en el Rubro (ER) 27.4 Experiencia en el Rubro (ER) – 10% Evaluación Puntaje Acredita dos o más servicios similares ejecutados durante los últimos 24 meses. 100 Acredita un servicio similar ejecutado durante los últimos 24 meses. 50 No acredita experiencia. 0 La experiencia deberá acreditarse mediante certificados de recepción conforme, contratos, órdenes de compra emitidas y aceptadas, facturas asociadas a servicios ejecutados o documentos equivalentes que permitan verificar la experiencia declarada. Puntaje Ponderado ER PPER = (ER × 10) / 100 Donde: PPER = Puntaje Ponderado de Experiencia en el Rubro. ER = Puntaje obtenido en el criterio Experiencia en el Rubro. 10%
4 CARTA GANTT Y PLANIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN 27.3 CARTA GANTT Y PLANIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN (10%) Se evaluará la consistencia, detalle y coherencia de la Carta Gantt presentada por el oferente, considerando la programación de las actividades necesarias para la correcta ejecución del mural, incluyendo diseño, preparación, montaje de equipos, ejecución, terminaciones, protección final y entrega. Evaluación Puntaje Presenta Carta Gantt detallada, y planificacion de la ejecución con actividades, plazos, hitos y secuencia lógica de ejecución claramente definida. 100 Presenta Carta Gantt con programación general de actividades, y planificacion de la ejecución pero con escaso detalle de hitos o plazos. 50 Puntaje Ponderado Carta Gantt (PCG) = (CG × 10) / 100 Donde: CG = Puntaje obtenido en el criterio Carta Gantt. PCG = Puntaje ponderado del criterio. 10%
5 Oferta Económica 27.1 OFERTA ECONÓMICA (20%) La evaluación económica se efectuará considerando el valor total ofertado por cada proponente, conforme al monto ingresado en el Portal Mercado Público. Para todos los efectos de la evaluación, prevalecerá el valor registrado en dicho sistema por sobre cualquier antecedente contenido en documentos adjuntos. La oferta económica de menor valor obtendrá el puntaje máximo de cien (100) puntos. Las demás ofertas serán evaluadas proporcionalmente mediante la siguiente fórmula: PE = (OM / OE) × 100 Donde: • PE = Puntaje Económico. • OM = Oferta económica admisible de menor valor. • OE = Oferta económica evaluada. El resultado obtenido se ponderará conforme al porcentaje asignado al criterio, aplicando la siguiente fórmula: PPE = (PE × 20) / 100 Donde: • PPE = Puntaje Económico Ponderado. En caso de que dos o más oferentes presenten idéntico menor valor económico, todos ellos obtendrán el puntaje máximo de cien (100) puntos en este criterio. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCION MUNICIPAL 2026
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: ANDRES AYABIRE MOLINA
e-mail de responsable de pago: aayabire@calamacultural.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION CULTURAL Y TURISMO
Fecha de vencimiento: 27-07-2028
Monto: 5 %
Descripción: SER.MURAL ARTISTICO ANIVERSARIO CALAMA 2026- MURO EN EDIFICIO CENTRICO DE CALAMA
Glosa: SERV. MURAL ARTISTICO ANIVERSARIO
Forma y oportunidad de restitución: SE RESTITUIRA CONFORME A RECEPCIÓN FINAL Y PAGOS DE FACTURAS
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Cláusula de Readjudicación
12.2 RE ADJUDICACIÓN La Corporación Cultural y Turismo de Calama podrá dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación de la licitación al oferente que hubiere obtenido el segundo mejor puntaje, y así sucesivamente, conforme al orden de prelación establecido en el Informe de Evaluación, cuando el adjudicatario: a) Se desista de su oferta. b) No acepte la Orden de Compra dentro del plazo establecido. c) No suscriba el contrato dentro del plazo fijado en las presentes Bases. d) No entregue, dentro del plazo de dos (2) días hábiles contado desde la notificación de la adjudicación, los antecedentes, certificados, declaraciones o demás documentos requeridos para la formalización de la contratación. e) No mantenga o no regularice oportunamente su inscripción y estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado (ChileProveedores), cuando ello sea exigible para contratar. f) Incurriese en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad para contratar con la Corporación o con organismos públicos, detectada con posterioridad a la adjudicación. La readjudicación se efectuará mediante resolución fundada y en las mismas condiciones técnicas y económicas ofertadas por el proveedor readjudicado, siempre que su oferta se mantenga vigente y resulte conveniente para los intereses institucionales. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá declarar desierta la licitación mediante resolución fundada cuando la readjudicación no resulte procedente o conveniente para los intereses institucionales.
Clàusula Desempate
28. MECANISMO DE DESEMPATE En caso de producirse empate entre dos o más oferentes en el puntaje final, este se resolverá aplicando, en forma sucesiva y excluyente, los siguientes criterios: 1. Mayor puntaje obtenido en el criterio Puntaje Técnico por mayoría de la comisión evaluadora. 2. Mayor puntaje obtenido en el criterio Pertenecida Territorial 3. Mayor puntaje obtenido en el criterio Experiencia en el Rubro, cuando corresponda. 4. Mayor puntaje obtenido en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales. De mantenerse el empate, la Comisión Evaluadora dejará constancia fundada de la situación en el informe respectivo, resolviéndose
Cláusula Aclaración de Adjudicación
32.1 ACLARACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Las consultas deberán formularse dentro del plazo de 48 horas hábiles contado desde la notificación de la adjudicación, y serán respondidas individualmente mercado público. Asimismo, por principios de transparencia e igualdad de información, las preguntas y respuestas serán publicadas en el portal Mercado Público como anexo de esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento aprobado por D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda. La Corporación adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje final, siempre que haya dado cumplimiento íntegro a los requisitos exigidos en las Bases y anexos, y se haya ajustado a los criterios objetivos de evaluación definidos en las bases, conforme a lo previsto en el artículo 60 del Reglamento
Pacto Integridad
42. PACTO INTEGRIDAD El oferente deberá firmar y adjuntar el Pacto de Integridad establecido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, mediante el cual declara conocer y aceptar los principios de probidad, transparencia, libre competencia, cumplimiento normativo y prevención de conflictos de interés aplicables al presente procedimiento de contratación. La falta de presentación de este documento facultará a la Corporación para declarar inadmisible la oferta, de conformidad con lo dispuesto en las presentes Bases. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
Cláusulas Resolución de Controversias
41. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Toda controversia que surja entre la Corporación Cultural y Turismo de Calama y el proveedor adjudicado, con ocasión de la interpretación, ejecución, cumplimiento o término del contrato, deberá intentarse resolver preferentemente por la vía administrativa, mediante presentación escrita del proveedor ante la Unidad Técnica correspondiente, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles desde ocurrida la situación que la origine. Si transcurridos diez (10) días hábiles desde dicha presentación no se logra una solución, las partes podrán recurrir a la jurisdicción ordinaria, fijándose como domicilio la ciudad de Calama y prorrogándose expresamente la competencia a favor de sus tribunales ordinarios de justicia.
Cláusula Aclaración de adjudicación
32.1 ACLARACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Las consultas deberán formularse dentro del plazo de 48 horas hábiles contado desde la notificación de la adjudicación, y serán respondidas individualmente mercado público. Asimismo, por principios de transparencia e igualdad de información, las preguntas y respuestas serán publicadas en el portal Mercado Público como anexo de esta licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento aprobado por D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda. La Corporación adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje final, siempre que haya dado cumplimiento íntegro a los requisitos exigidos en las Bases y anexos, y se haya ajustado a los criterios objetivos de evaluación definidos en las bases, conforme a lo previsto en el artículo 60 del Reglamento.
33. Formalización del Contrato
33. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 33.1 ORDEN DE COMPRA Notificada la Resolución de Adjudicación, la Corporación Cultural y Turismo de Calama emitirá la correspondiente Orden de Compra a través del Portal Mercado Público dentro del plazo de tres (3) días hábiles contado desde la notificación del acto adjudicatorio. Atendida la naturaleza y características del servicio contratado, la contratación se formalizará mediante la suscripción de un contrato escrito entre las partes, el cual regulará las condiciones técnicas, administrativas, económicas y legales aplicables a su ejecución. Previamente al inicio de los trabajos, y en todo caso antes de la entrega formal del espacio de intervención, el adjudicatario deberá presentar para aprobación de la Contraparte Técnica el Plan de Trabajo, el Análisis de Riesgos de la Tarea (ART), el Plan de Emergencia para Trabajos en Altura, los antecedentes de seguridad laboral exigidos en las Bases Técnicas y cualquier otro documento requerido para la correcta ejecución del servicio. La falta de presentación, aprobación o actualización de dichos antecedentes impedirá el inicio de las actividades, sin perjuicio de la aplicación de las multas, sanciones contractuales o demás medidas que correspondan conforme a las presentes Bases y al contrato respectivo. La ejecución del servicio sólo podrá iniciarse una vez que concurran copulativamente las siguientes condiciones: a) La suscripción del contrato respectivo. b) La aprobación formal de la propuesta artística por parte de la Contraparte Técnica. c) La aprobación de los antecedentes de seguridad exigidos. d) La entrega formal del espacio de intervención al adjudicatario. El plazo máximo de ejecución del servicio será de veinticinco (25) días corridos, contados desde la fecha de cumplimiento de las condiciones precedentemente señaladas, comprendiendo todas las actividades necesarias para la correcta ejecución, terminación, protección y entrega definitiva del mural artístico, conforme a las Bases Administrativas, Bases Técnicas y al contrato respectivo.
Cláusula Suscripción Contrato
El proveedor adjudicado deberá suscribir el contrato dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. La ejecución anticipada del servicio, sin que el contrato se encuentre formalizado, no generará derecho a pago alguno y será de exclusiva responsabilidad del proveedor. La negativa injustificada del adjudicatario a suscribir el contrato dentro del plazo señalado facultará a la Corporación para dejar sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar al oferente que le siga en puntaje o declarar desierta la licitación, según corresponda, sin derecho a indemnización alguna. El contrato que se suscriba contendrá, a lo menos, las siguientes estipulaciones esenciales: • Identificación de las partes contratantes. • Objeto del contrato y especificaciones del servicio, de conformidad con las Bases Administrativas y Bases Técnicas que rigen el proceso licitatorio. • Plazo de ejecución del servicio y fecha de término del contrato. • Obligaciones técnicas, administrativas, laborales y previsionales que deberá cumplir el proveedor adjudicado. • Garantías exigidas, indicando su forma de constitución, vigencia y procedimiento para su ejecución. • Condiciones y modalidad de pago del servicio contratado. • Régimen de multas, sanciones y demás medidas contractuales aplicables en caso de incumplimiento. • Causales y procedimiento para el término anticipado del contrato. El plazo de ejecución comenzará a contabilizarse únicamente una vez cumplidas copulativamente las siguientes condiciones: a) aceptación de la Orden de Compra; b) suscripción del contrato; c) entrega formal del espacio de intervención; y d) aprobación por parte de la Contraparte Técnica del Plan de Trabajo, ART y Plan de Emergencia presentados por el adjudicatario.
Cláusula Modificación de Contrato
39. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO El contrato podrá ser modificado durante su vigencia, únicamente mediante acto administrativo fundado, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda. Las modificaciones deberán responder a circunstancias objetivas, imprevisibles y debidamente justificadas, y no podrán alterar la naturaleza del contrato, su objeto esencial ni desnaturalizar la licitación, resguardando en todo momento el principio de igualdad entre los oferentes. Toda modificación deberá constar por escrito, formar parte integrante del contrato y ser publicada en el Portal Mercado Público, conforme a las disposiciones legales aplicables.
Cláusula Términos Contrato Anticipado
38.TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda, vigente desde el 12 de diciembre de 2024, la Corporación Cultural y Turismo de Calama podrá poner término anticipado al contrato, mediante resolución fundada y debidamente motivada, en cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales establecidas en el contrato, las Bases Administrativas, Bases Técnicas o sus anexos. b) Incumplimiento de plazos esenciales del servicio que afecte o ponga en riesgo el desarrollo normal de los eventos programados. c) Aplicación de sanciones o multas que, individual o acumuladamente, alcancen o superen el veinte por ciento (20%) del monto total adjudicado. d) Reiterado desacato a instrucciones formales impartidas por la Unidad Técnica de la Corporación, debidamente acreditado mediante informe. e) Ejecución defectuosa del servicio, cuando los vicios, fallas técnicas o deficiencias estructurales sean de tal entidad que no admitan reparación y comprometan la seguridad, estabilidad o continuidad del evento. f) Incumplimiento de obligaciones laborales o previsionales, incluyendo la existencia de saldos insolutos por concepto de remuneraciones, cotizaciones previsionales o de seguridad social, respecto de trabajadores actuales o que hayan participado en la ejecución del servicio. g) Pérdida sobreviniente de idoneidad técnica, inhabilidad legal o incapacidad del proveedor para ejecutar el contrato en los términos adjudicados. h) Estado de notoria insolvencia, declaración de quiebra, liquidación concursal o extinción de la personalidad jurídica del proveedor; o fallecimiento del proveedor, si se trata de una persona natural. i) Cesión, traspaso total o parcial del contrato, o de las obligaciones derivadas de este, sin autorización previa y por escrito de la Corporación. j) Modificación o alteración unilateral del servicio por parte del proveedor, sin autorización expresa de la Corporación. k) Condena judicial firme del proveedor por prácticas antisindicales o infracciones a derechos fundamentales de los trabajadores, conforme a la legislación vigente. l) Imposibilidad de adecuar el contrato ante modificaciones sustanciales del servicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886. m) Necesidades sobrevinientes de interés público o razones de buen servicio, debidamente fundadas, que hagan inviable la continuación del contrato. n) Caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditados, que impidan en forma total y definitiva la ejecución del contrato, conforme a las reglas generales del derecho. o) Hechos imputables al proveedor ocurridos con ocasión de emergencias o desastres naturales que impidan la correcta prestación del servicio, cuando dichos hechos no constituyan fuerza mayor ni justifiquen la imposibilidad de cumplimiento. p) Causales de caso fortuito o fuerza mayor, sismos, aluviones, emergencias sanitarias etc. Procedimiento y efectos del término anticipado La decisión de poner término anticipado al contrato será notificada por escrito al proveedor, quien deberá cesar inmediatamente la ejecución del servicio, sin perjuicio de las instrucciones que pueda impartir la Unidad Técnica para resguardar la continuidad, seguridad o cierre ordenado de las actividades. La Dirección de Producción deberá disponer, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, la tramitación de la resolución que: • Declare el término anticipado del contrato. • Autorice la recepción única o parcial de los servicios efectivamente ejecutados hasta la fecha, cuando corresponda. • Disponga, en su caso, la ejecución total o parcial de las garantías constituidas. Efectuado el término, corresponderá a la Unidad Técnica aprobar la liquidación del contrato, gestionar los pagos proporcionales por los servicios efectivamente prestados y proponer, de ser necesario, la adopción de medidas para una nueva contratación. El término anticipado del contrato por causa imputable al proveedor facultará a la Corporación para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin perjuicio de la aplicación de multas, retenciones, descuentos, cobros proporcionales y demás acciones administrativas o legales que correspondan, incluida la eventual inhabilitación para contratar con la Administración del Estado, conforme a la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
Cláusula Sanciones y Multas
37.SANCIONES Y MULTAS La Corporación Cultural y Turismo de Calama podrá aplicar multas al adjudicatario por incumplimientos de las obligaciones establecidas en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, oferta adjudicada y contrato, de conformidad con los principios de proporcionalidad, debido proceso y contradictor edad, establecidos en la Ley N° 19.880 y en el Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. Las multas tendrán por objeto resarcir los perjuicios ocasionados por incumplimientos contractuales y podrán hacerse efectivas mediante descuento de los estados de pago pendientes o, en su defecto, mediante el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si correspondiere. TABLA DE MULTAS 1. Situación: Incumplimiento del plazo de ejecución de la intervención. Multa: 1 UTM por cada día corrido de atraso. Determinación: Se aplica cuando el adjudicatario incumpla los plazos comprometidos en la Carta Gantt aprobada o exceda el plazo contractual de ejecución. 2. Situación: Incumplimiento de obligaciones de seguridad. Multa: 2% del monto total contratado. Determinación: Se aplica cuando se verifique el incumplimiento de las medidas de seguridad exigidas en las Bases Técnicas, Plan de Seguridad, ART, Plan de Emergencia, uso de EPP o normativa aplicable en materia de seguridad laboral. Procedimiento de Aplicación de Multas a) Notificación del incumplimiento Detectado un incumplimiento contractual, la Contraparte Técnica notificará formalmente al adjudicatario mediante correo electrónico registrado en su oferta o a través del Portal Mercado Público, indicando los hechos observados, la cláusula incumplida y la sanción propuesta. b) Presentación de descargos El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, contado desde la notificación, para formular sus descargos y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para su defensa. c) Resolución fundada Vencido el plazo de descargos, la Corporación resolverá fundadamente, acogiendo o rechazando total o parcialmente los argumentos presentados. La resolución deberá contener la individualización del incumplimiento, los fundamentos de hecho y de derecho y, en su caso, el monto definitivo de la multa aplicada. d) Notificación de la resolución La resolución será notificada al adjudicatario mediante correo electrónico o a través del Portal Mercado Público, entendiéndose practicada desde su envío. e) Recurso de reposición el adjudicatario podrá interponer recurso de reposición dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la notificación de la resolución que aplique la multa, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.880. La Corporación resolverá fundadamente dicho recurso. f) Cobro de la multa. Una vez firme la resolución, la multa podrá descontarse de los pagos pendientes o cobrarse con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda. g) Caso Fortuito o Fuerza Mayor h) No procederá la aplicación de multas cuando el incumplimiento derive de un caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado por el adjudicatario. La situación deberá ser comunicada por escrito a la Contraparte Técnica dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su ocurrencia, acompañando los antecedentes que permitan verificar la existencia y efectos del hecho invocado. La Corporación resolverá fundadamente sobre la procedencia de la eximente, notificando su decisión al adjudicatario.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.