Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
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Fecha de vencimiento:
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31-08-2017
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Monto:
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150000
Peso Chileno
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Descripción:
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No hay información
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Glosa:
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21.1- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
A objeto de garantizar la seriedad de las ofertas que se presenten a la licitación de la obra denominada: “TABIQUE DIVISORIO TALLERES DE INGENIERÍA MECÁNICA, CAMPUS CONCEPCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO”, los interesados en participar en ella deberán acompañar a su oferta una caución o garantía por el monto de $150.000.- (ciento cincuenta mil pesos), con una vigencia de cien (100) días corridos contados desde la fecha de apertura de las ofertas, con carácter de irrevocable y pagadera a la vista. Dicha garantía deberá consistir en cualquiera de los siguientes documentos:
a) Boleta bancaria de garantía a nombre de la Universidad del Bío-Bío.
b) Vale a la Vista tomado a nombre de la Universidad del Bío-Bío.
c) Certificado de Fianza a nombre de la Universidad del Bío-Bío, emitido por las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR), internacionalmente conocidas como SGR. Dicho certificado deberá contener la mención que será pagado al primer requerimiento.
Igualmente podrá otorgarse electrónicamente, ajustándose a la Ley Nº 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La Universidad hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles y/o en el caso de declararse desierta la licitación, dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación.
Para los efectos previstos en el párrafo final del numerando 20º de estas Bases Administrativas, y conforme lo faculta el artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, aprobado por el Decreto Supremo de Hacienda Nº 250 de 2004, el plazo de devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los licitantes cuyas propuestas sean válidas pero no hayan resultado adjudicadas, se hará dentro de los cincuenta (50) días corridos siguientes a la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación.
Tratándose del proponente adjudicado, la devolución de la garantía se hará una vez que éste suscriba el correspondiente contrato y haga entrega de la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, a que se refiere el numerando 21.2 de estas Bases Administrativas.
Asimismo se hará efectiva administrativamente la Garantía de Seriedad de la oferta, en el caso que el contratista no hiciere entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato en el momento de la suscripción del contrato con la Universidad, aunque esta última gestión no haya podido realizarse por cualquier causa, en la medida que dicha causa no sea imputable a la Universidad.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO
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Fecha de vencimiento:
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30-11-2017
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Monto:
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15
%
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Descripción:
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No hay información
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Glosa:
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21.2.- GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Con el fin de garantizar, por parte del oferente a quien en definitiva se le haya adjudicado la licitación, el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que emanen del contrato de construcción a suma alzada de la obra denominada: “TABIQUE DIVISORIO TALLERES DE INGENIERÍA MECÁNICA, CAMPUS CONCEPCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO”, al momento de su suscripción, deberá canjear la garantía de seriedad de la oferta por la GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, por un monto equivalente al 15% del monto total del contrato y con una vigencia igual a la duración del plazo contractual más 60 días hábiles, con carácter de irrevocable y pagadera a la vista, en pesos chilenos. Dicha garantía, deberá estar constituida por uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, los que, previa calificación de la Universidad, aseguren el pago del monto de la garantía de manera rápida y efectiva. Deberá entregarse en forma física o electrónicamente. Si se otorgare de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Solo una vez recibido conforme el o los documentos, se procederá a la devolución de la garantía de seriedad de la oferta. Sólo a modo ejemplar, se aceptarán como documentos de garantía; depósitos a la vista, boletas bancarias, pólizas de seguro con liquidación inmediata, certificados de fianza pagaderos a primer requerimiento; igualmente a modo de ejemplo, no se aceptará la presentación de pagarés, letras de cambio, cheques o cualquier otro documento que no otorgue certeza respecto de la disponibilidad del dinero del que da cuenta y/o para su cobro efectivo. En todo caso, el documento en que conste la garantía referida deberá indicar como glosa que se otorga para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la obra denominada: “TABIQUE DIVISORIO TALLERES DE INGENIERÍA MECÁNICA, CAMPUS CONCEPCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO”.
Si en el desarrollo del contrato se produjeren aumentos de obra y/o aumentos de plazo, el contratista deberá actualizar o complementar las garantías a los nuevos valores y plazos, debiendo en todo caso mantenerse garantizado el contrato durante toda su vigencia. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo primero, esta garantía se mantendrá vigente y podrá hacerse efectiva por la Universidad del Bío-Bío, para cualquier efecto, derivado del cumplimiento del contrato que se celebre en mérito de las presentes bases, mientras no se produzca el canje por la garantía de Correcta Ejecución y Funcionamiento de la Obra y Obligaciones Contractuales señalada en el numerando 21.4.
De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley N° 19.886, esta garantía comprenderá, además, el aseguramiento del pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante por parte de éste, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 17.322.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Una vez efectuada la recepción provisoria de los trabajos el contratista se obliga a canjear la garantía de fiel cumplimiento del contrato por otra que garantice la "Correcta Ejecución y Funcionamiento de la Obra y Obligaciones Contractuales",
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