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Resolución de Empates |
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En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación:
1° Mayor puntaje en Experiencia certificada.
2° Mayor puntaje en Capacidad de respuesta ante emergencias.
3° Mayor puntaje de la oferta económica.
4° Primera Oferta presentada en portal de mercado público.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El Centro Oncológico del Norte durante el proceso de evaluación, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl
Los oferentes a los que se les solicite completar antecedentes deberán hacerlo en el plazo extraordinario de 02 días hábiles desde la fecha que se formalice la solicitud al oferente, bajo apercibimiento de tenerse por desistida su oferta.
El Centro Oncológico del Norte, podrá modificar la fecha de adjudicación, cuando la complejidad en la evaluación y/o cantidad de ofertas presentadas lo requiera.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES |
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24.1 Es obligación del contratista que antes de comenzar los servicios debe estar aprobada la revisión de la carpeta de arranque, esta debe ser entregada de forma digital, en un plazo máximo de 7 días hábiles contados desde la fecha de envío de la Orden de Compra por parte de la unidad de Abastecimiento, proceso que deberá coordinar con el responsable Técnico y Operacional de este servicio por parte del CON.
Esta carpeta debe ser entregada al referente Técnico y Operacional la licitación, quien, a su vez, hará entrega de esta documentación a la unidad de Seguridad ocupacional y Gestión Ambiental del Centro Oncológico del Norte para su revisión y posterior autorización para que comience a ejecutar las tareas descritas en esta licitación. La lista de los documentos que componen la carpeta de arranque está de acuerdo con el Check List Cumplimiento Contratistas Centro Oncológico del Norte, algunos de estos documentos son:
• Nombre o Razón Social y Rut de la Empresa
• Nombre, E-Mail y teléfono del responsable, Encargado de los trabajos, obra o faena a realizar.
• Copia de Carta de Reglamento Interno a organismos fiscalizadores, a los cuales se entregó el Reglamento Interno de orden Higiene y Seguridad, según lo establecido en el código del Trabajo y Ley vigente.
• Certificado de Adhesión emitido por Organismo Administrador de la Ley 16.744. En caso de cambio de Organismo administrador, la empresa deberá presentar el nuevo certificado.
• Certificado de Siniestralidad, bajo formato de cada Organismo Administrador.
• Copia carta de constitución de Comité Paritario de Higiene y Seguridad, entregada a la Dirección del Trabajo y Organismo Administrador de la Ley. Si es que aplica
• Listado de trabajadores identificando nombre completo, Rut, nacionalidad, cargo, fecha de nacimiento y tipo de contrato o visa de trabajo.
• Copia de contratos del personal involucrado directa e indirectamente en la ejecución de los trabajos, en caso de desvinculación, se deberá presentar los finiquitos de éstos.
• Documentación vigente, de los trabajadores extranjeros, que los habilita para trabajar en el país.
• Copia de la Obligación de Informar los Riesgos del Trabajo, más registro de inducción operacional según lo establecido en el Artículo 21 del DS N° 40 de la ley 16.744.
• Copia de Entrega de Reglamento Interno aprobado a todo personal involucrado en contrato.
• Registro de la entrega de los EPP básicos y específicos definidos para los trabajadores dependiendo el cargo y a los riegos expuestos.
• Plan de entrega y reposición de los EPP a los trabajadores, más un procedimiento o instructivo de uso.
• Matriz de Riesgos: que permita identificar los peligros para así proceder con la evaluación de riesgos.
• Procedimiento de Trabajo Seguro.
• Certificación de trabajadores según el tipo de trabajo que realizará.
• Programa anual de mantención y chequeo de equipos de calidad.
• Procedimiento en caso de accidentes del trabajo y trayecto.
• Procedimiento en caso de accidente grave y/o fatal
• Plan de emergencia asociado al tipo de trabajo y área en la cual se desempeñe.
24.2 El adjudicatario no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Centro Oncológico del Norte, para poner término anticipado a la licitación de forma inmediata. Lo anterior es, sin perjuicio de la transferencia que se pueda efectuar con arreglo a las normas de derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo servicio. Los contratos de factoring suscritos por el adjudicado deben ser notificados oportunamente al Centro Oncológico del Norte y no deben existir obligaciones o multas pendientes entre las partes. (Artículo 74 y 75 del D.S. N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios).
24.3 En caso de ser necesario ampliar el plazo de cumplimiento la licitación, por causas de atraso no atribuibles al adjudicado, se emitirá una resolución exenta que autorice el plazo y los gastos administrativos adicionales que ello signifique.
24.4 Duración: este acuerdo tendrá una duración de 24 meses a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
24.5 El proveedor adjudicado, deberá velar por garantizar que los profesionales que realizarán las actividades que dan origen a la presente licitación, tomen conocimiento del Procedimiento de Denuncia, acoso Sexual-Laboral y discriminación arbitraria el que se encuentra vigente según Resolución Exenta N°1510 del 17 julio 2023, en lo que respecta a la vinculación e interacción que puedan tener con el personal dependiente del Centro Oncológico del Norte. Protocolo que se considera parte integrante de las presentes bases de licitación y que se enviará al proveedor una vez que se encuentre adjudicada la licitación, por parte del responsable la licitación por parte del Centro Oncológico del Norte.
24.6 El Centro Oncológico del Norte podrá poner término anticipado fundadamente comunicándolo por escrito con 30 días corridos de anticipación
24.7 Se exigirá al adjudicatario los medios para acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos, Artículo 22 N° 9 del Reglamento. En este caso se solicitará el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo.
24.8 Transcurrido el plazo de 48 horas, contados desde el envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado, sin que se hayan presentado observaciones, se entenderá que ella es aceptada por él, en todas sus partes, obligándose a su cumplimiento íntegramente. Las órdenes de compra se emitirán luego de la total tramitación de la resolución que aprueba la licitación.
24.9 Todos los daños a las instalaciones, bienes, equipamiento clínico, personal o al público que ocasionaren los funcionarios de la empresa adjudicada, como asimismo los daños o diversas consecuencias que se derivaren del no cumplimiento del servicio conforme a las bases administrativas, técnicas y todo documento que forme parte integrante de la presente licitación, son de absoluta responsabilidad de la empresa adjudicada, debiendo asumir la restitución de los daños que hubiere.
24.10 El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Centro Oncológico del Norte frente a acciones entabladas por terceros como consecuencia de la prestación de los servicios contratados y/o por la calidad de proveedores del Centro Oncológico del Norte.
24.11 En caso de cualquier modificación societaria, el proveedor adjudicado deberá informarla por escrito, adjuntando copia autorizada de la misma, al Centro Oncológico del Norte, dentro del plazo de 30 días corridos de formalizada la modificación. Además, se deberá garantizar en dicho caso, la continuidad del suministro, y regularizar el Documento Mercantil Nominativo de Fiel y Oportuno cumplimiento el contrato, si fuere necesario. En ningún caso tales modificaciones podrán implicar el cambio de persona jurídica, a menos que Centro Oncológico del Norte lo autoricen expresamente.
24.12 Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica.
24.13 La información y todos los antecedentes que la empresa y su personal obtengan o tenga acceso directamente o indirectamente del Centro Oncológico del Norte, con motivo de esta licitación, son estrictamente privados y confidenciales, razón por la cual está expresamente prohibido comentarla o difundirla por cualquier medio y bajo cualquier circunstancia. Asimismo, deberá guardar estricto control y reserva sobre la información, documentos y sistemas del Centro Oncológico del Norte, tenga acceso durante y con posterioridad a la ejecución la licitación para asegurar que su personal respete la privacidad y, en su caso el secreto de los mismos. Cualquier documento, ya sea en papel o electrónico, de propiedad del Centro Oncológico del Norte deberá ser devuelto por el contratista al término del presente contrato o en su defecto destruido. El incumplimiento de este aspecto se entenderá como un incumplimiento a la Privacidad de la información y facultará a al Centro, a poner término anticipado al a licitación, según corresponda, reservándose el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de contravención.
24.14 La empresa deberá nombrar una Contraparte Técnica que tenga a cargo verificar el correcto funcionamiento del servicio e interactuar con la Contraparte Técnica que establezca el Centro Oncológico del Norte.
24.15 El Centro Oncologico del Norte, podrá suspender el pago de la suma señalada, por el lapso que estime conveniente, si el Proveedor no presta los servicios regulados por la presente licitación.
24.16 El proveedor adjudicado será responsable de la total prestación del servicio detallado en esta licitación y en las Bases técnicas que lo acompañan, no pudiendo subcontratar ninguna de las especialidades que demanden el ejercicio de las tareas de mantención.
24.17 En el caso que eventualmente una resolución judicial, ordene al Centro Oncológico del Norte, el pago de alguna indemnización respecto de responsabilidad solidaria o subsidiaria que pudiese configurarse será causal para poner término a esta licitación, haciendo efectiva las respectivas indemnizaciones, además de las acciones legales que puedan proceder para exigir la restitución de lo dado o pagado por este establecimiento.
24.18 Los mayores gastos directos o indirectos que se originen por cambios en la oferta original, serán de cargo del proveedor.
24.19 Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la ley N° 19.886 y el en artículo 77 del Reglamento de dicha ley, además, de lo referido en el cuerpo de estas Bases, entre el Centro Oncológico del Norte y el proveedor adjudicado del servicio podrá modificarse o terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se indican:
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la Licitación.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores.
Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación.
El Centro Oncológico del Norte podrá poner término anticipado a la licitación comunicándolo por escrito con 30 días de anticipación.
Caso fortuito o fuerza mayor; razones de Ley o de Autoridad que hagan imperiosa su inmediata terminación.
Multas reiteradas según estas bases de licitación, según las situaciones y montos indicadas en el punto 25.1 de estas bases administrativas.
Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del adjudicatario; o este ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores; o ha acordado llevar la licitación a un comité de inspección de sus acreedores.
Si el adjudicatario es persona jurídica, y esta se disuelve y procede su liquidación.
El Centro Oncológico del Norte podrá suspender temporalmente la ejecución de la licitación de manera fundada, previa justificación y aviso escrito.
Debido a incumplimiento de obligaciones del contratista, o por incumplimiento a las especificaciones técnicas adjuntas a estas Bases.
El término la licitación en forma anticipada no dará derecho a indemnización alguna al contratista, salvo el pago de los servicios efectivamente prestados, autorizados y no cancelados, lo que se entenderá como compensación suficiente. La resolución respectiva ordenará hacer efectivas las garantías y se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna al contratista.
Verificada la terminación anticipada la licitación, el Centro Oncológico del Norte, determinará el procedimiento para la continuación de los trabajos y su terminación en el más breve plazo. Las causales indicadas en el presente numeral se entienden sin perjuicio de que existan razones de fuerza mayor o caso fortuito, explicadas por el proveedor y aceptadas como tales por el Servicio sobre la base de antecedentes precisos y concretos.
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MULTAS |
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25.1 MULTAS:
Cada vez que el proveedor del servicio adjudicado incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, Centro Oncológico del Norte, podrá aplicar multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el Proveedor del Servicio ante la contraparte técnica.
Se contemplará una multa en los siguientes casos:
25.2 PROCEDIMIENTOS DE APLICACIÓN
Todo incumplimiento por parte del proveedor, que dé origen a la aplicación de una multa, será notificado al administrador del contrato del proveedor mediante correo electrónico y/o carta certificada por parte del subdirector Administrativo, esto previo informe del Jefe de Operaciones donde fundamente los motivos que originan el curso de la multa.
El proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de la carta certificada, para dar respuesta y realizar sus descargos, acompañados de todos los antecedentes que lo fundamenten. En caso de no presentar descargos o presentarlos fuera del plazo, se entenderá que toma conocimiento de la notificación y asume el incumplimiento.
En caso de que el proveedor presente los descargos dentro del plazo establecido, el Centro Oncológico del Norte tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su recepción, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Una vez revisados los antecedentes se notificará mediante carta certificada, al administrador de la licitación del proveedor, la decisión respecto de la aplicación final de la multa.
El Centro Oncológico del Norte en el más breve plazo, emitirá la correspondiente resolución exenta aplicando la multa (pudiendo aplicarse más de una multa en un mismo acto administrativo) e informando los hechos que la fundamentan. Una vez tramitada la resolución, será subida al portal de mercado público y enviada vía correo al administrador de la licitación del proveedor para su conocimiento.
Las multas deberán ser pagadas, desde la notificación de la resolución que aplica la multa. se procederá al cobro del valor de la multa al total de la factura más próxima.
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RESPONSABLE |
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El responsable operacional y administrativo de la licitación será el Sr. Fernando Ochoa A. Jefe Operaciones, correo fernando.ochoa@redsalud.gov.cl; teléfono 55 2 654002; o quien lo subrogue legalmente, el cual realizará las siguientes actividades:
Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases administrativas.
Fiscalizar que la ejecución del servicio y/o productos, se ciñan estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
Velar por el correcto desarrollo del servicio y/o productos, informando mediante correo electrónico (con todos los antecedentes necesarios) al Jefe de la Unidad de Abastecimiento, en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
Llevar a cabo las labores de coordinación que se requieran para la tramitación de los siniestros, dentro de los plazos correspondientes.
Dar visto bueno para la recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.
Las demás que encomienden las presentes bases.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los interesados podrán formular consultas y pedir aclaraciones sobre las Bases Administrativas y Técnicas, sólo a través del foro electrónico que se canalizará a través del sitio Web www.mercadopublico.cl.
Las consultas serán derivadas a los respectivos responsables técnicos o administrativos de la licitación quienes responderán lo consultado. Estas se pondrán en conocimiento de todos los proveedores interesados a través del mismo sitio, sin indicar el autor de las mismas.
Asimismo, a través del foro habilitado en el portal, el Centro Oncológico del Norte, podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar su real sentido y alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido, que a su juicio no haya quedado suficientemente claro.
Las respuestas a las preguntas realizadas por los oferentes, y aclaraciones a las Bases, se efectuarán a través del mismo portal dentro de los plazos establecidos. Para todos los efectos legales, dichas respuesta y aclaraciones formarán parte de las Bases Administrativas y Bases Técnicas de esta propuesta.
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VIGENCIA, TERMINO O MODIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La vigencia de la presente licitación será por 24 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Para efecto de esta licitación el responsable técnico es Jefe de Operaciones, y el responsable administrativo es el Profesional de Subdirección Administrativa.
Las partes de común acuerdo podrán incrementar el monto la licitación, hasta en un 30% del valor total en caso de que se requiera y haya disponibilidad presupuestaria para ello, de acuerdo con lo indicado en el inciso final del artículo 77 del decreto 250 del reglamento de la ley 19.886. Dicha modificación entrará en vigor una vez que esté totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe.
Se deja establecido que en ningún caso la modificación antes señalada, podrá alterar la aplicación del Principio de Estricta Sujeción a las Bases y de Igualdad del Oferente. En este último caso, el Proveedor deberá entregar una nueva boleta de Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento la licitación que cubra el nuevo monto.
Los precios se mantendrán inalterables durante la vigencia la licitación
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