Licitación ID: 659-2-LP24
CONSULTORÍA DE ASISTENCIA PROFESIONAL
Responsable de esta licitación: Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en planificación estratégica 1 Global
Cod: 80101504
CONSULTORÍA DE ASISTENCIA PROFESIONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN CONSTRUYENDO CIUDADES PARTICIPATIVAS EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORÍA DE ASISTENCIA PROFESIONAL
Estado:
Revocada
Descripción:
El objeto es regular el proceso de contratación de la consultoría de asistencia profesional para la ejecución del Programa “Capacitación Construyendo Ciudades Participativas en la Región del Biobío.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SEREMI VIII REGION
R.U.T.:
61.802.008-8
Dirección:
Rengo 384
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-04-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 01-04-2024 13:02:18
Fecha inicio de preguntas: 01-04-2024 14:00:00
Fecha final de preguntas: 12-04-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-04-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-04-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-04-2024 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 05-06-2024 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 28-05-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
PUBLICACIÓN DE ACLARACIONES (EN CASO DE HABER) 22-04-2024 10:00:00
FECHA ESTIMADA DE APLAZAMIENTO ADJUDICACIÓN 22-05-2024 19:00:00
FECHA ESTIMADA DE READJUDICACIÓN 11-06-2024 19:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VER LO SOLICITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
Documentos Técnicos
1.- VER LO SOLICITADO EN LAS BASES TÉCNICAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
 
Documentos Económicos
1.- VER LO SOLICITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉCNICA VER EN ARTÍCULO 15° TABLAS DE CRITERIOS Y SUBFACTORES DE EVALUACIÓN INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°164 DE FECHA 26.03.2024 90%
2 OFERTA ECONÓMICA VER EN ARTÍCULO 15° TABLAS DE CRITERIOS Y SUBFACTORES DE EVALUACIÓN INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°164 DE FECHA 26.03.2024 5%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES VER EN ARTÍCULO 15° TABLAS DE CRITERIOS Y SUBFACTORES DE EVALUACIÓN INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N°164 DE FECHA 26.03.2024 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 103400000
Justificación del monto estimado MONTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 510 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: NATALIA CAREAGA
e-mail de responsable de pago: NCAREAGA@MINVU.CL
Nombre de responsable de contrato: JOSÉ RODRIGO SANZA VASQUEZ
e-mail de responsable de contrato: JSANZANA@MINVU.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2292355-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Seremi Minvu Región del Biobío
Fecha de vencimiento: 21-07-2024
Monto: 1034000 Peso Chileno
Descripción: Cada Oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta a través de la entrega de un instrumento de garantía
Glosa: “PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN LICITACIÓN ID. N° 659-2-LP24 CONSULTORÍA DE ASISTENCIA PROFESIONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN CONSTRUYENDO CIUDADES PARTICIPATIVAS EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta entregada por el Oferente cuya oferta haya sido aceptada, se le devolverá contra la recepción conforme y luego de la autentificación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a más tardar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la suscripción el contrato correspondiente. A los participantes no adjudicados, se les devolverá la garantía una vez suscrito el respectivo contrato con el adjudicatario, pudiendo ser retirada hasta los 30 días posteriores a la fecha de la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato con el adjudicatario, en la misma dirección en que fue ingresada. Será obligación de los Oferentes el retiro dentro del plazo establecido.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Seremi Minvu Región del Biobío
Fecha de vencimiento: 03-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que imponen los contratos, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo fijado para la suscripción de los contratos, un instrumento de garantía.
Glosa: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE LA “CONSULTORÍA DE ASISTENCIA PROFESIONAL PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN CONSTRUYENDO CIUDADES PARTICIPATIVAS EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO” Y EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES”.
Forma y oportunidad de restitución: serán devueltos al o los Consultores, pasados 60 días contados desde la fecha de término de la vigencia del contrato, cuando haya recibido conforme la última etapa del contrato
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
OBJETIVO
Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de contratación de la consultoría de asistencia profesional para la ejecución del Programa “Capacitación Construyendo Ciudades Participativas en la Región del Biobío”, La asistencia profesional implica disponer de un equipo de especialistas para apoyar a la Contraparte Técnica en la ejecución del programa. Dicha asistencia profesional tiene por objeto realizar el apoyo profesional para el seguimiento y control de avances, apoyo en instancias participativas, generación de informes, asistencia a reuniones, coordinación de acciones y en general, apoyar las labores para el correcto cumplimiento de las actividades, tareas y productos considerados en el Programa. La Consultoría forma parte del Programa “Capacitación Construyendo Ciudades Participativas en la Región del Biobío”, financiados por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), del Gobierno Regional del Biobío (GORE) y ejecutado por esta Seremi Minvu, en virtud del Convenio de Transferencia de Recursos, celebrado entre la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío y el Gobierno Regional del Biobío, con de fecha 24 de mayo de 2023, aprobado por Resolución Exenta N° 2092, de fecha 8 de junio de 2023, del Gobierno Regional. El referido convenio se celebró en el marco de la política de Fortalecimiento de la Regionalización del País, dispuesta en la Ley 21.074 y en los reglamentos dictados para su implementación, que obligan a contemplar mecanismos de colaboración entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y los gobiernos regionales, con el objeto de que éstos puedan desempeñar estas nuevas funciones de manera óptima y su ejercicio signifique una mejor calidad y oportunidad en la toma de decisiones a nivel regional.
COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, hasta la contratación inclusive, se efectuarán por medio del portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. Los plazos a que se haga referencia en estas bases serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que son de días hábiles. Se entenderán por inhábiles, los días sábados, domingos y festivos, en conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 25° de la Ley N°19.880.
PARTICIPANTES
VER ARTÍCULO 4° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los Oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado para consultas en el artículo anterior. No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Seremi Minvu, podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las bases. Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las bases, sin perjuicio de lo cual podrán complementarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los Oferentes en la preparación de sus ofertas. Las respuestas y aclaraciones de la Seremi Minvu se considerarán, para todos los efectos, como integrantes de las bases de licitación.
OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable. Excepcionalmente, las garantías de seriedad de la oferta a que se refiere el artículo siguiente, podrán entregarse materialmente en soporte papel, según se dirá. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar la información, deberá contactarse de inmediato con la mesa de ayuda del portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, fono 6007000600, para obtener información precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cabe destacar que si se ha ingresado correctamente las ofertas el mismo portal permite imprimir un comprobante de envío de ofertas que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el sistema.
CONTENIDO DE LAS OFERTAS
VER ARTÍCULO 9° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días desde la fecha de apertura de la propuesta. Si dentro de ese plazo no ha concluido el proceso de contratación, la Seremi Minvu podrá solicitar a los oferentes la extensión del plazo de validez, en cuyo caso, les pedirá, antes de la fecha de expiración, la prórroga de las ofertas y la renovación de las garantías respectivas.
CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS
El cierre de la presente licitación se indica en Tabla del Artículo 5° de las presentes Bases Administrativas y, por lo tanto, no se aceptarán propuestas ingresadas al portal con posterioridad al día y hora fijada. La Seremi Minvu podrá aumentar el plazo para el cierre de la recepción de las ofertas, en casos de necesidad o conveniencia. Dicha extensión se hará mediante resolución de la Secretaría Regional Ministerial, publicada en el portal de internet de Compras Públicas a lo menos 24 horas antes del cierre inicial programado. La prolongación del cierre significará un aumento para los plazos de apertura de la oferta técnica y económica.
APERTURA DE LAS OFERTAS
El cierre de la presente licitación se indica en Tabla del Artículo 5° de las presentes Bases Administrativas y, por lo tanto, no se aceptarán propuestas ingresadas al portal con posterioridad al día y hora fijada. La Seremi Minvu podrá aumentar el plazo para el cierre de la recepción de las ofertas, en casos de necesidad o conveniencia. Dicha extensión se hará mediante resolución de la Secretaría Regional Ministerial, publicada en el portal de internet de Compras Públicas a lo menos 24 horas antes del cierre inicial programado. La prolongación del cierre significará un aumento para los plazos de apertura de la oferta técnica y económica.
COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS
Una Comisión designada en la resolución que apruebe las presentes bases administrativas, conformada por tres funcionarios públicos de esta Seremi Minvu, tendrá la misión de efectuar la evaluación integral de las ofertas, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en estas Bases Administrativas, debiendo emitir el informe correspondiente.
SOLICITUD DE ACLARACIONES
La Seremi, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los Oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura, o los que se adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los Oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de ellos a través del sistema de información del portal de internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. En los casos en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá otorgar un plazo de 3 días, cada vez que lo requiera, para que los Oferentes subsanen la omisión o corrijan el error correspondiente. Si los Oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del Oferente. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los Oferentes en el portal de internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. Desde esa fecha de publicación se deberá contar el plazo para subsanar los errores u omisiones. La respuesta de los Oferentes a esta solicitud deberá hacerse igualmente a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos, éstos podrán ser enviados digitalizados a través del portal o entregados en soporte papel en la Oficina de Partes de la Seremi Minvu, en la dirección y horario de atención indicado en el artículo 8°. La Comisión Evaluadora tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constaten en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes. Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquél o aquellos Oferentes que presentaron antecedentes administrativos fuera de plazo, serán calificados con la rebaja en el puntaje que corresponda al criterio relativo al cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.
SELECCIÓN, ADJUDICACIÓN, APLAZAMIENTO Y READJUDICACIÓN.
VER ARTÍCULO 16° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
ACTA DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Comisión Evaluadora emitirá un informe público y fundado, que constará en un Acta de Evaluación, de conformidad con lo establecido en el artículo 40° Bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. Este informe contendrá una propuesta de adjudicación y será remitido a la Secretaría Regional Ministerial, para que proceda a adjudicar la licitación, si se estimare procedente. La adjudicación será comunicada al o los adjudicatarios y se entenderá notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde la publicación del acto administrativo en el portal del sistema de información de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. El Acta contendrá, además, las propuestas inadmisibles, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15° precedente. Asimismo, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 21.516, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023, el acta de evaluación deberá publicarse en el portal de transparencia activa de la Seremi Minvu, dentro de los 30 días siguientes al término del proceso de licitación.
RECLAMOS
Los reclamos podrán efectuarse a través del portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, en conformidad con la normativa de la Ley N° 19.886 y su Reglamento. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de disconformidad, podrán recurrir al Tribunal de Contratación Pública o a la Contraloría General de la República.
DE LOS EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN
El acto de adjudicación no genera vínculos contractuales entre el o los adjudicatarios y la Seremi Minvu. El documento en virtud del cual nace la relación contractual y se perfecciona el acuerdo de voluntades entre el o los Oferentes adjudicados y la Seremi Minvu, es el acto administrativo aprobatorio del contrato para la prestación del servicio, totalmente tramitado. La adjudicación podrá dejarse sin efecto, si no se firma el contrato respectivo en los plazos y condiciones establecidos en las bases, por causas imputables al adjudicatario, procediendo, en tal caso, la readjudicación, si hubieren ofertas hábiles vigentes.
LICITACIÓN DECLARADA DESIERTA
La Seremi Minvu declarará desierta la licitación, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) No se presenten ofertas o éstas fueren declaradas inadmisibles. b) Cuando el oferente adjudicado no concurra a suscribir el contrato y no hubiere ofertas hábiles vigentes. c) Cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses del servicio, de lo que deberá dejarse constancia en el acta de la Comisión Evaluadora. d) En caso de persistir el empate, de acuerdo con lo indicado en el artículo 16.2 de las presentes Bases. La declaración de deserción se efectuará por resolución fundada, sin perjuicio de lo señalado en el Informe de la Comisión Evaluadora.
DEL CONTRATO
VER ARTÍCULO 21° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
CESIÓN DEL CONTRATO
El Oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y de los contratos que en definitiva se suscriban.
COORDINACIÓN GENERAL DE LA CONSULTORÍA
La coordinación y supervisión general de la Consultoría, por parte de la Seremi Minvu, estará a cargo del Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, quien actuará como Coordinador de la Consultoría, a quien le corresponderá las siguientes funciones: a) Proponer a los profesionales que integrarán las Contrapartes Técnicas de la Consultorías. b) Revisar, solicitar información y controlar el avance de la ejecución de la Consultoría en cualquier momento, formulando las observaciones que procedan y disponer la complementación o correcciones que estimen necesarias. c) Resolver sobre el cambio de profesionales, técnicos y/o administrativos del Equipo Consultor, o su refuerzo de estimarlo necesario, previo al informe con V°B° de la Contraparte Técnica asignada a la Consultoría. d) Solicitar a la Sección de Administración y Finanzas de la Seremi que se cursen los pagos que correspondan, acorde al avance verificado.
CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CONSULTORÍA
La supervisión de las labores de la Consultoría se realizará a través de la Contraparte Técnica, la que será designada por resolución de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo. Además, podrá estar integrada por uno o más funcionarios del Gobierno Regional, pertenecientes a la División de Planificación y Desarrollo Regional, los que deberán ser designados mediante el acto administrativo que corresponda. La Contraparte Técnica deberá coordinar, apoyar y controlar la ejecución de todas las actividades que son necesarias para el desarrollo de la presente Consultoría, junto con revisar, aprobar, observar o rechazar los Informes Parciales e Informe Final que entregue el Consultor, en los plazos establecidos en las presentes Bases. Además, deberá informar el V°B° para la sustitución de profesionales y técnicos propuesta por el Consultor. La Contraparte Técnica de la Seremi Minvu deberán mantener la documentación administrativa generada en el marco de la licitación y ejecución del futuro contrato. En ningún caso les corresponderá a los funcionarios del Gobierno Regional integrantes de las Contrapartes Técnicas, pronunciarse sobre los aspectos administrativos del contrato de la Consultoría.
ENTREGA DE ETAPAS Y PRODUCTOS CONSULTADOS
El Consultor deberá entregar a la Seremi Minvu las etapas con sus correspondientes productos, detallados en las Bases Técnicas. El Consultor deberá entregar a la Seremi Minvu los productos de las correspondientes etapas, detallados en las Bases Técnicas. Los productos se deberán ingresar en formato físico, ingresándose a través de la Oficina de Partes de la Seremi Minvu Región del Biobío, ubicada en Rengo 384, Concepción, en horario de 09:00 a 13:30 hrs. La entrega se efectuará mediante carta del Consultor dirigida al Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura, Coordinador de la Consultoría. Para todos los efectos, incluido el cómputo de plazos, se considerará como fecha de entrega de cada etapa, aquella en que éstos se reciban en la Oficina de Partes de la Seremi Minvu Región del Biobío, cumpliendo con todos los requisitos que se exigen en el presente artículo. En caso de que estos Informes presenten observaciones, se aplicará el procedimiento señalado en el N° 2 del artículo 27° siguiente.
REVISIÓN Y RECEPCIÓN DE PRODUCTOS
VER ARTÍCULO 27° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
PLAZOS DE ENTREGA, REVISIÓN Y CORRECCIÓN
VER ARTÍCULO 28° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
SUSTITUCIÓN DE LOS PROFESIONALES Y TÉCNICOS
La sustitución de algunos de los integrantes del equipo propuesto por el Oferente contratado se sujetará a las siguientes reglas: a) El profesional, técnico y/o administrativo sustituto que se proponga deberá tener el mismo puntaje o superior en experiencia y especialización, según corresponda, de aquel a quien sustituye, y deberán acompañarse los antecedentes que así lo acrediten. b) Para que el sustituto pueda pasar a formar parte de la nómina de profesionales, técnicos o administrativos del equipo, deberá ser aprobado por el Coordinador de la Consultoría. La Seremi Minvu, en casos debidamente fundados, basado en la necesidad de una prestación adecuada, podrá solicitar al Consultor el cambio de uno o más integrantes de la nómina de del equipo comprometido. El Consultor deberá acoger dicha solicitud reemplazándolo por un profesional, técnico o administrativo que cumpla con los requisitos precedentemente indicados. En los casos anteriores, el Consultor tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles para realizar el reemplazo, al cabo de los cuales, se procederá a evaluar el término anticipado del contrato por incumplimiento de las condiciones presentadas en la Oferta Técnica.
DE LAS MULTAS Y SANCIONES
En función de la gravedad de la infracción cometida por el Consultor respectivo, se le aplicarán las siguientes sanciones: a) Multa Se aplicará una multa equivalente al 1‰ (uno por mil) del monto neto del contrato en los siguientes casos: a. Por cada día de atraso en la entrega de los productos, en relación con los plazos de ejecución o corrección señalados en la tabla del Artículo 28 letra c) de las presentes bases. b. Por cada día de atraso en la entrega de los productos, una vez vencido el nuevo y último plazo de corrección señalado en el número 2, letra a) del Artículo 27 de las presentes bases. c. En el caso de rechazo de la Etapa señalado en el Artículo 27 número 3, por cada día hábil desde la notificación del rechazo por parte de la Seremi, hasta el nuevo ingreso de los productos por parte del Consultor, que permita aprobar la Etapa. En el caso de existir más de un rechazo en una misma etapa, la multa se aplicará por la sumatoria de los días hábiles desde las notificaciones de los rechazos hasta el ingreso de los productos corregidos que permitieron la aprobación de la etapa. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado al contrato. Todos los plazos indicados serán computados según lo señalado en el Artículo 28 precedente. b) Pago de Multas Las multas se aplicarán en los casos previstos, por resolución del Seremi Minvu y serán deducidas del estado de pago más cercano al informe que corresponda. c) Reclamación de Multas La resolución que determina el pago de una multa deberá ser notificada por escrito al afectado, quien dispondrá de 5 días hábiles a contar de la notificación para recurrir de la misma ante la Secretaría Regional Ministerial, quien resolverá dentro de los 30 días siguientes. Vencido el plazo de 5 días para reclamar, sin que se hubiese presentado recurso alguno, se procederá sin más trámite al cobro, en conformidad a lo dispuesto en el punto anterior. d) Sanciones Sin perjuicio de las multas señaladas anteriormente, el Consultor estará sujeto a las sanciones por incurrir en las condiciones o infracciones descritas en los artículos 42 y 43 del RNC, del Decreto Supremo N°135 (V. y U.) de 1978.
DEL PAGO
VER ARTÍCULO 31° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
SUSPENSION, TÉRMINO Y MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
VER ARTÍCULO 32° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
VER ARTÍCULO 33° INSERTOS EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS DE LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 164 DE FECHA 26.03.2024.
CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Sin perjuicio del carácter público de la Consultoría y de los documentos que le sirvan de sustento o complemento, de acuerdo con el Artículo 5° de la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, el Consultor acepta y declara que todos los datos, documentos, registros, resultados, informes, comunicaciones y toda otra información que se adquiera o desarrolle en el curso del cumplimiento de los presentes contratos, se tratará como información confidencial. Asimismo, se obligará a que todos los integrantes de sus Equipos de Trabajo y/o sus subcontratistas guarden igual celo en el mantenimiento de confidencialidad respecto de estas materias. La infracción a la obligación antes señalada habilitará a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío para poner término unilateral al contrato, conforme al artículo 32 de las presentes Bases Administrativas. Lo anterior, por cuanto la obligación de transparencia y publicidad de la Consultoría y los demás antecedentes relacionados con él, una vez que éste ha concluido, radica en esta SEREMI, de acuerdo con la Ley N° 20.285.
DIFUSIÓN Y REPRODUCCIÓN DE LA CONSULTORÍA
Considerando que el financiamiento de la Consultoría corresponde al Fondo Nacional de Desarrollo Regional, el Consultor se obliga a incorporar en todas las actividades de difusión y promoción como textos, señaléticas y cualquier elemento identificador, el logo corporativo del Gobierno Regional del Biobío, como entidad que otorga el financiamiento. Igualmente, en caso de difundir las actividades o convocatorias a la ciudadanía, propias de la Consultoría, a través del uso de los medios de comunicación (radio, revistas, boletín, página web, espacios publicitarios), ya sea a nivel comunal, provincial, regional, nacional o internacional, deberá mencionar explícitamente el financiamiento aportado por el Gobierno Regional del Biobío. En las reproducciones que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo o la SEREMI efectúe de las Consultorías contratadas o de los resultados de cualquiera de sus etapas, se indicará, si los suscritos así lo requieran, el nombre del Consultor/a, quien cede desde ya a la SEREMI sus derechos como autor de los productos que resulten de la Consultoría, así como modificaciones o reproducciones parciales. Si el/la Consultor/a quisiera reproducir total o parcialmente estos productos, deberá previamente solicitar autorización expresa de la SEREMI. Para tales efectos, junto con el último estado de pago el/la Consultor/a deberá incluir, además una carta notarial suscrita por él y por todos los/las integrantes del Equipo de Trabajo, en que transfiere a esta Secretaría Regional Ministerial el dominio y propiedad de los productos que se originen a partir de la presente Consultoría, renunciando a formular nuevos cobros por concepto de honorarios, gastos, derechos, impuestos o autoría de éstos.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.