- CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES
Durante el período de evaluación, El Juzgado podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través de la página web www.mercadopúblico.cl
Asimismo, El Juzgado podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. El plazo que tendrán los oferentes en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado, no podrá ser superior a 24 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Juzgado.
El Juzgado podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido y obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Para estos efectos, se concederá un plazo de 24 horas contado desde el requerimiento por parte del Juzgado para la presentación de dichos antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido.
Tratándose de una UTP, el Juzgado consultará, en caso de inhabilidad de uno de sus integrantes, si continuarán en el proceso con los demás integrantes hábiles. Si la UTP decide continuar en el proceso, sólo se evaluarán los antecedentes de los integrantes hábiles, presentados dentro del periodo de recepción de ofertas o a través de foro
cuando sean requeridos por el Juzgado. En caso de negativa, la oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el punto sobre cobro de garantía de la seriedad.
El oferente que no presente finalmente los documentos necesarios para su evaluación, su oferta será declarada inadmisible.