Licitación ID: 568963-24-LE24
SERVICIO DE PROGRAMA DE GESTIÓN DEL CAMBIO EN EL ÁMBITO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY N° 21.666 AL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 1 Unidad
Cod: 80101505
SERVICIO DE PROGRAMA DE GESTIÓN DEL CAMBIO, EN EL ÁMBITO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY N° 21.666 AL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PROGRAMA DE GESTIÓN DEL CAMBIO EN EL ÁMBITO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY N° 21.666 AL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Programa de consultoría con acciones de acompañamiento y fortalecimiento de las comunicaciones internas, tipo coaching, y ciclo de talleres con el equipo de trabajo, aproximadamente 70 personas; para facilitar la implementación de los cambios y transformaciones necesarias para mejorar y fortalecer el Sistema, en el marco de los desafíos de la modificación legal que moderniza a ChileValora.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento en el portal de compras www.mercadopublico.cl, una vez realizada la apertura de las ofertas, ya que por la naturaleza del servicio requerido, la especificidad metodológica de cada propuesta es par
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CSNCCL
R.U.T.:
61.979.610-1
Dirección:
MIRAFLORES 130 PISO 14
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-09-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 29-08-2024 13:00:25
Fecha inicio de preguntas: 29-08-2024 16:00:00
Fecha final de preguntas: 04-09-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-09-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-09-2024 15:15:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-09-2024 15:15:00
Fecha de Adjudicación: 02-10-2024 16:23:55
Fecha de entrega en soporte fisico 09-09-2024
Fecha estimada de firma de contrato 17-10-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Antecedentes Administrativos Anexos administrativos: ● Anexo N° 1 “Formulario de Identificación del Oferente”. ● Declaración Jurada Simple: Se encuentra disponible en el Portal Mercado Público y debe completarse y suscribirse en éste, como parte de su oferta. En el caso de las personas jurídicas, dicha declaración jurada debe ser suscrita por su representante legal. Si los representantes fueren más de uno y no estuviera habilitada la posibilidad que todos(as) los representantes o integrantes, respectivamente, lo suscriban en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bastará con que lo suscriba solo uno de ellos, sin perjuicio que para la suscripción del contrato se requiera la firma de todos(as) ellos. Uniones temporales de proveedores: ● En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el anexo N° 1 antes referido debe ser completado por cada uno de los integrantes de la misma y la declaración jurada simple antes referida, deberá ser completada por el representante designado por la UTP. ● Además, deberán completar el anexo para integrantes de UTP disponible para esta licitación, denominado: “Anexo para integrantes de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”. Dicho anexo consiste en una declaración jurada que debe ser completada por cada uno de los integrantes de la UTP y ser suscrita por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda al tipo de integrante de la UTP. Estos anexos –uno por cada integrante de la UTP- deben ser ingresados como anexo administrativo en su oferta, hasta el día y hora de cierre de recepción de las ofertas.   Antecedentes Oferentes no inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Personas jurídicas • Copia escaneada del RUT institucional y de las cédulas de identidad de sus representantes; • Documentos necesarios para acreditar la existencia, giro que contemple la provisión de los productos o prestación de los servicios objeto de esta licitación y personería de quien la representa: o Copia escaneada de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubieren; o Certificado de vigencia en el Registro de Comercio correspondiente, de una antigüedad no superior a los tres meses contados desde que fue emitido; y o Copia escaneada de instrumento en que conste la personería de la persona con facultades para obligarla en la propuesta. • En los casos de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia, giro acorde a esta contratación, vigencia y la personería del representante emitidos con una antelación no superior a tres meses. Personas Naturales ● Copia simple de su cédula nacional de identidad; y ● Comprobante de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos - SII Observaciones En el caso de que un oferente no inscrito en el registro de proveedores del Estado, o sea a quien Chile valora adjudique, éste deberá inscribirse éste deberá inscribirse y encontrarse “hábil”, en dicho registro en un máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado hábil.   Oferentes inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Con estado de inscripción HÁBIL: No será necesario acompañar los antecedentes legales indicados más arriba en el rubro referido a quienes no están inscritos en el Registro de Proveedores. Sin embargo, de resultar adjudicado, el oferente deberá disponibilizar los antecedentes legales, con la vigencia señalada más arriba, en la sección “Documentos” del portal, a más tardar antes de celebrar el contrato. En todo caso, se hace presente que el estado de Hábil en el Registro de Proveedores del Estado debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato en lo referido a lo dispuesto en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. Si la inscripción se encuentra en estado: “Inhábil”, “En revisión” o “Sin información”, se deberán acompañar, al momento de presentación de las ofertas, los mismos antecedentes solicitados para los oferentes no inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, antes señalados. Además, si resulta adjudicado, deberá encontrarse en estado “Hábil” en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Por su parte, si el oferente está inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, pero presenta estado INHÁBIL, se verificará la causal, si es posible dentro del Portal, y conforme a ello, se determinará la procedencia de su contratación, declarándolo mediante resolución. ChileValora se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, la documentación legal en soporte material, en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento. Unión temporal de proveedores - Presentar un documento público o privado que formaliza la Unión Temporal de Proveedores en la cual conste lo siguiente: ● Se individualice a quienes la integran, ya sea personas naturales o jurídicas. ● Se indique el acuerdo para participar y contratar como Unión Temporal de Proveedores. ● Se designe a un representante con poderes suficientes para actuar y suscribir actos y contratos en nombre de todos los integrantes. ● Se indique que se constituye responsabilidad solidaria para cada uno de los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con ChileValora. ● Se indique que dicha Unión tendrá una vigencia que abarca todo el plazo de vigencia del contrato adjudicado, incluyendo su renovación, en caso que se contemple. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, en el evento de resultar adjudicada la UTP, en la etapa de suscripción del contrato, deberá entregarse materialmente a esta Comisión, una escritura pública en la que conste el cumplimiento de los requisitos antes señalados. ● El representante de la UTP deberá cumplir con lo indicado respecto a inscripción en el Registro de Proveedores del Estado y antecedentes asociados a ello. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que la UTP resulte adjudicada, previo a la suscripción del contrato y dentro del plazo asignado para ello, todos los integrantes de la UTP deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, en estado Hábil, y tener ingresado en dicho registro, la documentación legal y con la vigencia, referida en esta sección de estas bases administrativas. Además, en la etapa de suscripción del contrato, se deberán presentar Certificados de Antecedentes Laborales y Previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo respecto a cada uno de los integrantes de la UTP, emitidos con fecha posterior a la adjudicación.
Documentos Técnicos
1.- Anexos Técnicos Los proveedores deberán presentar los anexos técnicos, ingresándolos al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), como parte de su oferta, que se indican a continuación: - Anexo N°2 “Experiencia del Proponente”. Considera la experiencia del oferente propiamente tal, y, en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, la experiencia de sus integrantes, dentro de los últimos 5 años (60 meses). El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información que permita su verificación, tales como teléfono o correo electrónico de sus referencias en el sector privado u órdenes de compra en el sector público) Sólo se considerará como experiencia la que logre ser verificada, con la documentación de respaldo que se indica en la sección “Antecedentes Técnicos” siguiente, y conforme a los datos de contacto indicados en el anexo N°2 o las órdenes de compra del sector público y que hayan sido bien evaluados, lo que se verificará en el portal mercado público y que corresponda a referencias positivas. - Anexo N°3 “Formato CV Equipo de Trabajo”. Considera el currículum de cada uno de los integrantes del equipo. En esta licitación se exige que el equipo del proyecto deberá contar con al menos 4 perfiles de cargo: Jefatura de Proyecto, Responsable del trabajo de administración y coordinación con ChileValora, Profesional de comunicaciones y al menos 4 Profesionales con formación en coaching acreditados en Chile o en el extranjero, con documentación de respaldo correspondiente. Es necesario especificar el tiempo de experiencia como Coach desde su formación, tal como se solicita en las presentes bases. Se permitirá que una misma persona puede ocupar más de un perfil de cargo siempre y cuando cumpla con los requisitos de ambos y manteniendo siempre la cantidad de al menos 4 coaches. La experiencia de cada integrante del equipo se evaluará de acuerdo al rol que cumpla cada uno de ellos en el proyecto. Por lo tanto, la experiencia que se presente respecto de, por ejemplo, el jefe de proyecto, debe ser referida a proyectos en que haya participado liderando procesos de acompañamiento y capacitación de coaching. La misma regla se aplicará para evaluar la experiencia que se presente respecto de los demás integrantes del equipo de trabajo. - Anexo N°4 “Propuesta Técnica”. Considera el diseño de la propuesta de acompañamiento, que permita cumplir los objetivos señalados en las bases técnicas de la presente licitación. - La no presentación del anexo N°3 y/o N°4 será causal de inadmisibilidad de la propuesta. En caso de ausencia del anexo N°2, el oferente será evaluado con puntaje 0, puesto que se entenderá que no cuenta con experiencia. Lo mismo aplica en el caso de que se presenten los anexos sin información.   Antecedentes técnicos (documentos adicionales que deben acompañar a los anexos técnicos) Para admisibilidad Se debe acreditar la calidad de formación como Coaches de todo el equipo, por tanto, deberá adjuntar a su oferta los títulos digitalizados del equipo. La oferta que no contenga dicha documentación será declarada inadmisible, debido a que no cumple con los requerimientos mínimos exigidos para la presente licitación, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar antecedentes conforme a la sección 8.2 de estas bases cuando resulte procedente. Para evaluación de criterios o subcriterios Experiencia del oferente: ● Para corroborar la experiencia de los oferentes, se deberá adjuntar alguno de los siguientes documentos: - Documento que acredite el Inicio de actividades en el SII. - Certificados emitidos por clientes de oferente, donde se señale el tipo de servicio que se prestó; u órdenes de compra del portal www.mercadopublico.cl; o Contratos. Un mismo cliente podrá entregar al oferente uno o más respaldos de experiencia, en la medida que haya contratado más de un servicio con este último siempre y cuando se trate de contrataciones distintas. No se aceptarán facturas. Sólo se considerará la experiencia que sea acreditada con dichos documentos, y verificada con los datos de contacto solicitados en el anexo N°2, salvo en el caso de las órdenes de compra del Estado, que se podrán verificar a través de mercado público. Además, la evaluación del proveedor será realizada con la propia evaluación existente en mercado, público, lo que verificará la comisión. Si no se acompaña ningún documento de respaldo o no se logra verificar lo antes indicado de ninguna de las experiencias presentadas, la oferta será calificada con puntaje cero en el subcriterio de Experiencia de Oferente. Cabe recordar que estos antecedentes, que son objeto de evaluación, no podrán solicitarse por el mecanismo de la sección 8.2 de estas bases administrativas.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Económico - Anexo N°5: “Oferta Económica”. La Oferta Económica deberá ser ingresada al Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) en pesos chilenos, indicando en éste el valor neto. Por su parte, en el anexo económico también se solicitará indicar el monto neto; y que especifique expresamente los impuestos a los que se encuentra afecto, y si está exento de impuestos también debe indicarse expresamente. El valor ofertado, más los impuestos, no podrá exceder el monto total disponible para esta convocatoria, señalado en la sección 1. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN de las presentes bases administrativas. En caso de diferencia entre el valor consignado en el anexo económico y el ingresado en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), primará este último, como monto neto. Asimismo, en el caso eventual que no se acompañe el anexo económico o éste se encuentre incompleto, se considerará como oferta económica, el monto ingresado en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), como monto neto. Si no se informa el precio de la propuesta en dicho portal, la oferta será declarada inadmisible. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de esta contratación, personal, materiales, servicios, equipos, derechos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. ChileValora no pagará ninguna suma adicional a la que sea indicada en la oferta económica. Asimismo, el postulante financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo que ChileValora no será responsable en caso alguno de ellos. El monto de la oferta económica no estará afecto a reajuste. Observaciones Los anexos antes mencionados contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores. El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas. En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato. Lo anterior, sin perjuicio de concurrir, en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, una causal sobreviniente de término del contrato. Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos. El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales Se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes solicitados a los proponentes en las presentes bases, de acuerdo a lo exigido en éstas. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta. 5%
2 Sello 40 horas Se evaluará positivamente a aquellos proponentes que se encuentran acreditados a la fecha de postulación con el “Sello 40 horas”, que otorga el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, atendido que con ello se promueven prácticas laborales de una jornada ordinaria que no supere las 40 horas. La información sobre si los oferentes cuentan o no con el "Sello 40 Horas", se contrastará con las publicaciones que al efecto realiza la Subsecretaría del Trabajo. Sin perjuicio de ello, para agilizar la evaluación, se sugiere que los oferentes que cuenten con el sello, acompañen a su oferta el acto administrativo que lo concedió. 2%
3 Propuesta económica El Puntaje Económico se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) Oferta(s) Económica(s) con el menor precio entre todas las Ofertas, se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula: POE=(Menor valor entre todas las ofertas )/█(VOE@ )*100 Donde: POE = Puntaje de la Oferta Económica VOE= Valor oferta evaluada. El resultado obtenido de acuerdo con la fórmula antes señaladas, se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,05 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. 5%
4 Propuesta Técnica La oferta Técnica será evaluada a través de 3 subcriterios, los cuales están relacionados conSubcriterios Técnicos Ponderador 1. Experiencia del Oferente 20% 2. Experiencia y perfil del equipo del proyecto 18% 3. Metodología y Plan de trabajo 45% Total 83% 83%
5 Programa de integridad Este criterio tiene por objetivo evaluar positivamente a aquellos proponentes que cuenten con programas de integridad, y que estos sean conocidos por su personal, de acuerdo a lo establecido en el dictamen E370752N23 de la Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023 y la Directiva de Contratación Pública N°31 Código de Ética para proveedores del Estado en compras públicas de fecha 2 de febrero de 2018. 1%
6 Sello Empresa Mujer Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación 4% 100 Cuenta con “Sello Empresa Mujer”. 0 NO cuenta con “Sello Empresa Mujer”. 4%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: ChileValora
Contrato con Renovación: NO
Observaciones CChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de 50.000.000 cincuenta millones de pesos, con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado en 3 tres cuotas
Tiempo del Contrato 12 Semanas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricia Muller
e-mail de responsable de pago: pmuller@chilevalora.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcela Espinoza
e-mail de responsable de contrato: mespinoza@chilevalora.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-24114864-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El servicio que es objeto de la presente licitación no podrá subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales o a nombre de su marca legal "ChileValora"
Fecha de vencimiento: 26-03-2025
Monto: 10 %
Descripción: Tipo de documento Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, debiendo ser pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro, etc. Tratándose de las pólizas de seguro, éstas deberán ser de ejecución inmediata y sin cláusula arbitral. Sin perjuicio del tipo de documento, éste debe incluir la glosa y cumplir con los demás requisitos que se indican en esta sección. Soporte del documento Físico o electrónico. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Tomador o librador El tomador o librador de la garantía deberá corresponder a la misma razón social del oferente o a su representante legal o alguno de sus socios. La condición de representante legal y de socio debe encontrarse debidamente acreditada al momento de la apertura de las postulaciones, en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), en su defecto, mediante documentos pertinentes publicados en la sección de antecedentes administrativos del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). En caso de que el Oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel cumplimiento podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la Unión. Beneficiario Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales o a nombre de su marca legal “ChileValora”. Rut Beneficiario 61.979.610-1 Fecha de Vencimiento La garantía otorgada caucionará el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo cubrir todo el período de vigencia del contrato y hasta 60 días hábiles posteriores a la fecha de expirado éste. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento durante el plazo señalado en el párrafo anterior. En caso de renovación, prórroga o que por otro motivo el contrato se extienda más allá del plazo indicado en las presentes bases y el respectivo contrato, y cuando la garantía tenga fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, prórroga o extensión mayor a la prevista, el contratado deberá reemplazarla, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. Monto 10% del monto adjudicado. Glosa “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID N° (el adjudicatario debe consignar el N° asignado a la licitación por el Portal) y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”. En caso que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento. No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada y la respectiva propuesta será declarada inadmisible. Entrega de la Garantía Garantía otorgada en soporte físico: En Miraflores 130, Piso 8, Santiago, Región Metropolitana. Garantía otorgada en soporte electrónico: A través del correo licitaciones@chilevalora.cl, o presentar copia impresa, en la misma dirección que las de soporte físico. Plazo para presentarla A más tardar dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. El incumplimiento por parte del organismo postulante, sin causa justificada, de la obligación anterior con los requisitos indicados en esta sección, permitirá a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales dejar sin efecto la adjudicación. Devolución de la Garantía La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez terminada la vigencia del contrato, incluida cualquier renovación que deba efectuarse, y en el caso de los servicios, habiendo transcurrido también, 60 días hábiles después del término del contrato o su renovación, en su caso. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución. También, podrá devolverse una vez finalizada la ejecución de los servicios, aprobado el informe final y pagada la última factura. Cobro de la Garantía ChileValora podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, cuando se produzca el incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones emanadas del contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, sin perjuicio de las acciones que ChileValora pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Este incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista, conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y cuando se detecte infracción a la veracidad de la información proporcionada en la oferta. En caso de procederse al cobro de la garantía, el proveedor deberá entregar dentro del quinto día hábil desde su cobro, una nueva garantía que reemplace la anterior. De no cumplirse ello, ChileValora estará facultado para poner término anticipado al contrato.
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID N° 568963-24-LE24 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”. En caso que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento. No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez terminada la vigencia del contrato, incluida cualquier renovación que deba efectuarse, y en el caso de los servicios, habiendo transcurrido también, 60 días hábiles después del término del contrato o su renovación, en su caso. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución. También, podrá devolverse una vez finalizada la ejecución de los servicios, aprobado el informe final y pagada la última factura.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
PARTICIPANTES
Participantes Personas naturales o jurídicas: Que sean chilenas o extranjeras, que cuenten con un giro acorde al objeto (bien o servicio) de esta licitación, habilitadas para ser contratadas por organismos del Estado y que: - No registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), en: - Inciso 1°: Que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta; y - Inciso 6°: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”. - No estén afectos a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica. - No deben haber sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Esto se acreditará mediante una declaración jurada que deben completar los interesados en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) e ingresar junto con su oferta, y dentro del mismo plazo para el cierre de la recepción de las ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las facultades de la Comisión de verificar esta información, en cualquier momento, y en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, será considerada una causal sobreviniente al término del contrato. Unión temporal de proveedores (UTP): Dos o más personas –naturales o jurídicas- podrán participar como una Unión temporal de proveedores, en cuyo caso, esta Unión será considerada como el oferente y todos sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante ChileValora y de todas las obligaciones que se generen con este organismo. La oferta será presentada por el representante o apoderado común, con poderes suficientes, quien actuará en representación de todos los integrantes de la UTP. Cada uno de los integrantes de la UTP debe cumplir con los requisitos indicados en esta sección para las personas naturales y jurídicas, por lo que se solicitará que cada integrante complete una declaración jurada simple en que lo señale expresamente. Lo anterior por cuanto las causales de inhabilidades, establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, ya sea para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, afectarán a cada uno de los integrantes de la UTP individualmente considerados. De detectarse por ChileValora, la concurrencia de alguna inhabilidad que afecte a alguno de los participantes, se notificará de tal concurrencia a través del portal Mercado Público, y en dicho caso, la Unión deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no afectados por una causal de inhabilidad o si se desistirá de su participación en el proceso, dentro del plazo de 48 horas, contado desde la publicación de la aclaración en el portal. En la sección 6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS de estas bases administrativas, se especificará, en cada caso, los anexos y antecedentes que se deberán acompañar para las UTP.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS
Plazo para consultas respecto a esta licitación (en este mismo plazo se podrán solicitar aclaraciones) A partir de la publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) y hasta el plazo indicado en la sección “Fecha final de consultas”, del numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Fecha de publicación de respuestas Hasta el plazo indicado en la sección “Fecha de publicación de respuestas”, del numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Forma en que se efectúan las consultas y aclaraciones, y se entregan las respuestas Exclusivamente a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas y aclaraciones formales contemplado en esta sección y en el plazo establecido. Efecto de las respuestas Las respuestas señaladas, como las aclaraciones que hayan debido efectuarse a solicitud de los requirentes, serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas o aclaraciones que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio. Aclaraciones de oficio ChileValora podrá realizar, de oficio, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas, todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases y se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del Portal Mercado Público. (www.mercadopublico.cl). Interpretación de las bases ChileValora se reserva el derecho de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de manera de establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre los beneficios del objeto de la licitación y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
MODIFICACIONES A LAS BASES
Plazo La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas. No obstante, para cambios de los integrantes de la comisión evaluadora por ausencia o impedimento de alguno de ellos, podrán realizarse hasta que venza el plazo de evaluación indicado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas y conforme a lo establecido en la sección 8.1 de estas bases administrativas. Forma Deben ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicadas a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Efecto de las modificaciones Las modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación y comenzarán a regir desde la total tramitación del acto administrativo que la aprueba, para todos los oferentes que deseen postular ChileValora concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. No obstante, ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Documentación que rige esta licitación a. Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación. b. Modificaciones a las bases, aclaraciones y respuestas a las consultas. Para conocer los documentos señalados anteriormente, se debe acceder al Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bajo el correspondiente número de ID. Soporte de documentos Soporte digital obligatorio a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en caso de indisponibilidad técnica del sistema, tal como se especifica a continuación en esta sección. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos. El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas. Indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl): Esta circunstancia debe ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.   Formato de los anexos Los anexos que se mencionan en esta sección deberán ingresarse en los formularios definidos para este efecto, los que contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas, o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores. Eventualmente, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos con un formato disímil al incluido en las bases, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada. En el caso de que el oferente desee complementar la información de su oferta, podrá hacerlo en archivos adicionales ingresados al Portal Mercado Público, junto con su oferta, hasta el plazo de cierre de recepción de éstas. El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas. En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato. Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato. Cantidad de ofertas Los proveedores deberán presentar una única oferta, la que deberá cumplir íntegramente con lo exigido en las presentes bases de licitación. Plazo de recepción de ofertas Dentro del plazo establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases. Vigencia de las ofertas Las ofertas tendrán una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, ChileValora podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de la misma. Si alguno de ellos no lo hiciere, en el plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la solicitud, dicha oferta se entenderá desistida.   Aceptación del contenido de las bases y prohibición de ofertas condicionadas Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente, sin ningún tipo de reservas ni condiciones, el contenido de estas Bases, por el sólo hecho de presentar ofertas en este proceso licitatorio. En ese sentido, no se aceptarán ofertas condicionadas, por cuanto deben ceñirse estrictamente a lo establecido en estas bases, y en caso de recibirse serán declaradas inadmisibles. Errores u omisiones detectados en los anexos y antecedentes que forman parte de la oferta En caso de detectarse alguna omisión o error de forma respecto de los anexos y antecedentes, la comisión evaluadora estará facultada para solicitar su subsanación en la forma dispuesta en la sección 8.2 de las bases administrativas, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás participantes, no alteren la esencia de las ofertas ni impliquen una contraoferta, y en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes. Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que correspondan a la oferta técnica y/o económica. Dichos documentos sólo podrán ser entregados dentro del plazo establecido en el cronograma de esta licitación para la presentación de ofertas. En caso que no se efectúe la subsanación en el plazo otorgado, dicha oferta será declarada inadmisible CONTENIDOS DE LA OFERTA La oferta se compone de tres partes: - Antecedentes Administrativos. - Oferta Técnica y - Oferta Económica. Cada una de estas partes, salvo la oferta económica, se compone de: - Anexos. - Antecedentes que eventualmente se requieran: - Hay antecedentes necesarios para: ● Admisibilidad de la oferta: Su ausencia acarrea la inadmisibilidad de la oferta. ● Evaluación de criterios: Su ausencia acarrea que el criterio correspondiente se evalúe con puntaje cero. En esta sección se especificarán cuáles anexos y antecedentes se requieren para la presente licitación, los cuales deben ingresarse en el campo correspondiente del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). La falta de presentación de cualquiera de los anexos o antecedentes indicados en esta sección, será suficiente para no considerar la oferta en el proceso de evaluación y adjudicación, declarándola inadmisible, salvo los casos en que expresamente se indica algo distinto. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones, en los términos que se establecen en la sección 8.2 “De los errores u omisiones detectados durante la evaluación y aclaraciones” en estas bases administrativas   Antecedentes Administrativos Anexos administrativos: ● Anexo N° 1 “Formulario de Identificación del Oferente”. ● Declaración Jurada Simple: Se encuentra disponible en el Portal Mercado Público y debe completarse y suscribirse en éste, como parte de su oferta. En el caso de las personas jurídicas, dicha declaración jurada debe ser suscrita por su representante legal. Si los representantes fueren más de uno y no estuviera habilitada la posibilidad que todos(as) los representantes o integrantes, respectivamente, lo suscriban en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bastará con que lo suscriba solo uno de ellos, sin perjuicio que para la suscripción del contrato se requiera la firma de todos(as) ellos. Uniones temporales de proveedores: ● En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el anexo N° 1 antes referido debe ser completado por cada uno de los integrantes de la misma y la declaración jurada simple antes referida, deberá ser completada por el representante designado por la UTP. ● Además, deberán completar el anexo para integrantes de UTP disponible para esta licitación, denominado: “Anexo para integrantes de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”. Dicho anexo consiste en una declaración jurada que debe ser completada por cada uno de los integrantes de la UTP y ser suscrita por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda al tipo de integrante de la UTP. Estos anexos –uno por cada integrante de la UTP- deben ser ingresados como anexo administrativo en su oferta, hasta el día y hora de cierre de recepción de las ofertas.   Antecedentes Oferentes no inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Personas jurídicas • Copia escaneada del RUT institucional y de las cédulas de identidad de sus representantes; • Documentos necesarios para acreditar la existencia, giro que contemple la provisión de los productos o prestación de los servicios objeto de esta licitación y personería de quien la representa: o Copia escaneada de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubieren; o Certificado de vigencia en el Registro de Comercio correspondiente, de una antigüedad no superior a los tres meses contados desde que fue emitido; y o Copia escaneada de instrumento en que conste la personería de la persona con facultades para obligarla en la propuesta. • En los casos de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia, giro acorde a esta contratación, vigencia y la personería del representante emitidos con una antelación no superior a tres meses. Personas Naturales ● Copia simple de su cédula nacional de identidad; y ● Comprobante de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos - SII Observaciones En el caso de que un oferente no inscrito en el registro de proveedores del Estado, o sea a quien Chile valora adjudique, éste deberá inscribirse éste deberá inscribirse y encontrarse “hábil”, en dicho registro en un máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado hábil.   Oferentes inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Con estado de inscripción HÁBIL: No será necesario acompañar los antecedentes legales indicados más arriba en el rubro referido a quienes no están inscritos en el Registro de Proveedores. Sin embargo, de resultar adjudicado, el oferente deberá disponibilizar los antecedentes legales, con la vigencia señalada más arriba, en la sección “Documentos” del portal, a más tardar antes de celebrar el contrato. En todo caso, se hace presente que el estado de Hábil en el Registro de Proveedores del Estado debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato en lo referido a lo dispuesto en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. Si la inscripción se encuentra en estado: “Inhábil”, “En revisión” o “Sin información”, se deberán acompañar, al momento de presentación de las ofertas, los mismos antecedentes solicitados para los oferentes no inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, antes señalados. Además, si resulta adjudicado, deberá encontrarse en estado “Hábil” en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Por su parte, si el oferente está inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, pero presenta estado INHÁBIL, se verificará la causal, si es posible dentro del Portal, y conforme a ello, se determinará la procedencia de su contratación, declarándolo mediante resolución. ChileValora se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, la documentación legal en soporte material, en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento. Unión temporal de proveedores - Presentar un documento público o privado que formaliza la Unión Temporal de Proveedores en la cual conste lo siguiente: ● Se individualice a quienes la integran, ya sea personas naturales o jurídicas. ● Se indique el acuerdo para participar y contratar como Unión Temporal de Proveedores. ● Se designe a un representante con poderes suficientes para actuar y suscribir actos y contratos en nombre de todos los integrantes. ● Se indique que se constituye responsabilidad solidaria para cada uno de los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con ChileValora. ● Se indique que dicha Unión tendrá una vigencia que abarca todo el plazo de vigencia del contrato adjudicado, incluyendo su renovación, en caso que se contemple. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, en el evento de resultar adjudicada la UTP, en la etapa de suscripción del contrato, deberá entregarse materialmente a esta Comisión, una escritura pública en la que conste el cumplimiento de los requisitos antes señalados. ● El representante de la UTP deberá cumplir con lo indicado respecto a inscripción en el Registro de Proveedores del Estado y antecedentes asociados a ello. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que la UTP resulte adjudicada, previo a la suscripción del contrato y dentro del plazo asignado para ello, todos los integrantes de la UTP deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, en estado Hábil, y tener ingresado en dicho registro, la documentación legal y con la vigencia, referida en esta sección de estas bases administrativas. Además, en la etapa de suscripción del contrato, se deberán presentar Certificados de Antecedentes Laborales y Previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo respecto a cada uno de los integrantes de la UTP, emitidos con fecha posterior a la adjudicación.   Oferta Técnica Anexos Técnicos Los proveedores deberán presentar los anexos técnicos, ingresándolos al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), como parte de su oferta, que se indican a continuación: - Anexo N°2 “Experiencia del Proponente”. Considera la experiencia del oferente propiamente tal, y, en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, la experiencia de sus integrantes, dentro de los últimos 5 años (60 meses). El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información que permita su verificación, tales como teléfono o correo electrónico de sus referencias en el sector privado u órdenes de compra en el sector público) Sólo se considerará como experiencia la que logre ser verificada, con la documentación de respaldo que se indica en la sección “Antecedentes Técnicos” siguiente, y conforme a los datos de contacto indicados en el anexo N°2 o las órdenes de compra del sector público y que hayan sido bien evaluados, lo que se verificará en el portal mercado público y que corresponda a referencias positivas. - Anexo N°3 “Formato CV Equipo de Trabajo”. Considera el currículum de cada uno de los integrantes del equipo. En esta licitación se exige que el equipo del proyecto deberá contar con al menos 4 perfiles de cargo: Jefatura de Proyecto, Responsable del trabajo de administración y coordinación con ChileValora, Profesional de comunicaciones y al menos 4 Profesionales con formación en coaching acreditados en Chile o en el extranjero, con documentación de respaldo correspondiente. Es necesario especificar el tiempo de experiencia como Coach desde su formación, tal como se solicita en las presentes bases. Se permitirá que una misma persona puede ocupar más de un perfil de cargo siempre y cuando cumpla con los requisitos de ambos y manteniendo siempre la cantidad de al menos 4 coaches. La experiencia de cada integrante del equipo se evaluará de acuerdo al rol que cumpla cada uno de ellos en el proyecto. Por lo tanto, la experiencia que se presente respecto de, por ejemplo, el jefe de proyecto, debe ser referida a proyectos en que haya participado liderando procesos de acompañamiento y capacitación de coaching. La misma regla se aplicará para evaluar la experiencia que se presente respecto de los demás integrantes del equipo de trabajo. - Anexo N°4 “Propuesta Técnica”. Considera el diseño de la propuesta de acompañamiento, que permita cumplir los objetivos señalados en las bases técnicas de la presente licitación. - La no presentación del anexo N°3 y/o N°4 será causal de inadmisibilidad de la propuesta. En caso de ausencia del anexo N°2, el oferente será evaluado con puntaje 0, puesto que se entenderá que no cuenta con experiencia. Lo mismo aplica en el caso de que se presenten los anexos sin información.   Antecedentes técnicos (documentos adicionales que deben acompañar a los anexos técnicos) Para admisibilidad Se debe acreditar la calidad de formación como Coaches de todo el equipo, por tanto, deberá adjuntar a su oferta los títulos digitalizados del equipo. La oferta que no contenga dicha documentación será declarada inadmisible, debido a que no cumple con los requerimientos mínimos exigidos para la presente licitación, sin perjuicio de la posibilidad de solicitar antecedentes conforme a la sección 8.2 de estas bases cuando resulte procedente. Para evaluación de criterios o subcriterios Experiencia del oferente: ● Para corroborar la experiencia de los oferentes, se deberá adjuntar alguno de los siguientes documentos: - Documento que acredite el Inicio de actividades en el SII. - Certificados emitidos por clientes de oferente, donde se señale el tipo de servicio que se prestó; u órdenes de compra del portal www.mercadopublico.cl; o Contratos. Un mismo cliente podrá entregar al oferente uno o más respaldos de experiencia, en la medida que haya contratado más de un servicio con este último siempre y cuando se trate de contrataciones distintas. No se aceptarán facturas. Sólo se considerará la experiencia que sea acreditada con dichos documentos, y verificada con los datos de contacto solicitados en el anexo N°2, salvo en el caso de las órdenes de compra del Estado, que se podrán verificar a través de mercado público. Además, la evaluación del proveedor será realizada con la propia evaluación existente en mercado, público, lo que verificará la comisión. Si no se acompaña ningún documento de respaldo o no se logra verificar lo antes indicado de ninguna de las experiencias presentadas, la oferta será calificada con puntaje cero en el subcriterio de Experiencia de Oferente. Cabe recordar que estos antecedentes, que son objeto de evaluación, no podrán solicitarse por el mecanismo de la sección 8.2 de estas bases administrativas.   Oferta Económica Anexo Económico - Anexo N°5: “Oferta Económica”. La Oferta Económica deberá ser ingresada al Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) en pesos chilenos, indicando en éste el valor neto. Por su parte, en el anexo económico también se solicitará indicar el monto neto; y que especifique expresamente los impuestos a los que se encuentra afecto, y si está exento de impuestos también debe indicarse expresamente. El valor ofertado, más los impuestos, no podrá exceder el monto total disponible para esta convocatoria, señalado en la sección 1. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN de las presentes bases administrativas. En caso de diferencia entre el valor consignado en el anexo económico y el ingresado en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), primará este último, como monto neto. Asimismo, en el caso eventual que no se acompañe el anexo económico o éste se encuentre incompleto, se considerará como oferta económica, el monto ingresado en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), como monto neto. Si no se informa el precio de la propuesta en dicho portal, la oferta será declarada inadmisible. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de esta contratación, personal, materiales, servicios, equipos, derechos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. ChileValora no pagará ninguna suma adicional a la que sea indicada en la oferta económica. Asimismo, el postulante financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo que ChileValora no será responsable en caso alguno de ellos. El monto de la oferta económica no estará afecto a reajuste. Observaciones Los anexos antes mencionados contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores. El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas. En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato. Lo anterior, sin perjuicio de concurrir, en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, una causal sobreviniente de término del contrato. Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato. Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos. El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
APERTURA DE LAS POSTULACIONES
Soporte Electrónicamente, en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Etapas En una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras (www.mercadopublico.cl). Plazo Se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, (www.mercadopublico.cl). Observaciones y/o reclamos Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
DE LA COMISION EVALUADORA
La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por las siguientes personas de ChileValora: Nombre Organización Cargo Romina Brevetti Vásquez ChileValora Jefa Gabinete Claudio González Jara ChileValora Jefe Administración, Finanzas y Personas Marcela Espinoza Álvarez ChileValora Profesional DAFP En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la Comisión de Evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.   Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión podrá requerir las asesorías que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento. La Comisión Evaluadora verificará la veracidad o efectividad de la experiencia acreditada por el proponente, para cuyo efecto se solicita proporcionar los datos de contacto en cada anexo respectivo y sólo considerará los antecedentes correspondientes a experiencia del equipo de trabajo y proponente, que hayan podido verificarse durante el periodo de evaluación. Cuando la experiencia se refiera a trabajos desarrollados para ChileValora u otra entidad del Estado, no se requerirá mención de una persona específica, debido a que será revisado en mercado público la evaluación del oferente.
DE LOS ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y ACLARACIONES
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras, ChileValora podrá solicitar a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), que los oferentes, dentro de un plazo fatal de dos (2) días hábiles contados desde el requerimiento: a) Salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal. b) Presenten antecedentes o certificaciones que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta; siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, alterar la esencia de las ofertas, implicar una contraoferta o entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que corresponda a la oferta técnica y/o económica, fuera del plazo establecido en el cronograma de esta licitación.   En el evento que el oferente no salve los errores u omisiones, o no presente la información, certificaciones o antecedentes requeridos conforme a lo indicado en esta sección, en el plazo de dos (2) días hábiles, su oferta será declarada inadmisible en su caso, y no continuará siendo examinada por la comisión evaluadora, todo conforme a lo indicado en la sección 9 de estas bases administrativas. La comisión, podrá además solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus propuestas, sin que esto pueda configurar una contraoferta por parte del proponente, las que son inadmisibles.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.3.1 Antecedentes preliminares. - Sólo se evaluarán las ofertas que resulten admisibles. - La evaluación de las ofertas se llevará a cabo sobre la base de la información y documentación entregada por el proponente. La evaluación considera tres dimensiones: Cumplimiento de Requisitos Formales (para antecedentes administrativos), Técnica (Propuesta Técnica) y Económica (Propuesta Económica). - La metodología que se utilizará para evaluar el cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, y las propuestas técnica y económica será la siguiente: ● En cuanto al cumplimiento de requisitos formales, se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes solicitados a los proponentes en las presentes bases y se ponderará cada puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a los porcentajes indicados para cada criterio señalado en la sección 8.3.2.1 de las bases administrativas ● En cuanto a la oferta técnica, se evaluará cada criterio en función de las pautas de evaluación indicadas en la sección 8.3.2.5, tabla N°5 y la información proporcionada por el oferente en su propuesta ingresada en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). ● A su turno, la evaluación económica se realizará asignando mayor puntaje a la oferta de menor precio, conforme a la fórmula que se indica en estas bases administrativas. ● Finalmente, se sumarán cada uno de los puntajes obtenidos, generando un puntaje final. - Sólo un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación siempre que el resultado de la evaluación de su propuesta obtiene un puntaje total mínimo de 60 puntos de un máximo de 100. Además, un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si en el criterio “Propuesta Técnica” obtiene un puntaje ponderado igual o superior a 70 puntos del total de la sumatoria de todos los puntos de los subcriterios, que componen la propuesta técnica. - La asignación de los puntajes se efectuará con dos (2) decimales, aplicando la regla del redondeo. - En caso de diferencia entre el valor total consignado en el anexo económico y el ingresado en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), primará este último, considerándolo como valor neto. - Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita efectuar la correcta evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios antes señalados. - El proponente deberá presentar una oferta que satisfaga la totalidad de los requerimientos asociados a la adquisición o contratación de los bienes o servicios que son objeto de la presente licitación.
EMPATES
En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N°38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios: a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Propuesta Técnica”. b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido un mayor puntaje en la Experiencia del oferente c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, primará la oferta de menor valor económico.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y sus ponderaciones: TABLA N°1 Criterios Ponderación 1. Cumplimiento de Requisitos Formales 5% 2. Programas de Integridad 1% 3. Sello Empresa Mujer 4% 4. Sello 40 horas 2% 5. Oferta Técnica 83% 6. Oferta Económica 5% TOTAL 100% Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta (5%) Se evaluará la oportunidad de presentación y completitud de los antecedentes solicitados a los proponentes en las presentes bases, de acuerdo a lo exigido en éstas. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta. La ponderación de este criterio será de un 5% del total, según la Tabla N°2 que se presenta a continuación: TABLA N°2 Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de la Propuesta Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación 5% 100 Presenta, en tiempo y forma, la totalidad de los antecedentes requeridos en estas bases. 0 No presenta la totalidad de los documentos en tiempo y forma.   Programas de integridad (1%) Este criterio tiene por objetivo evaluar positivamente a aquellos proponentes que cuenten con programas de integridad, y que estos sean conocidos por su personal, de acuerdo a lo establecido en el dictamen E370752N23 de la Contraloría General de la República de fecha 20 de julio de 2023 y la Directiva de Contratación Pública N°31 Código de Ética para proveedores del Estado en compras públicas de fecha 2 de febrero de 2018. Lo anterior, será evaluado a partir de lo expresado en la siguiente Tabla N°3 de puntajes: TABLA N° 3 Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Programa de integridad Ponderación Puntaje Pauta Evaluación 1% 100 La empresa cuenta con programas de integridad que son conocidos por su personal, y lo acredita adjuntando programa y declaración jurada simple (Anexo), firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural de ser el caso. 0 La empresa no adjunta programa de integridad. La empresa no adjunta declaración jurada simple (Anexo N° 7). La empresa no cuenta con programas de integridad, o en su defecto no informa Sello Empresa Mujer (4%) Sobre la base de lo establecido en las presentes bases y en la Directiva de Compras y Contratación Pública N°20 “Perspectiva de género y compras públicas”, se asignan los puntajes si los proponentes disponen del sello mujer, emitido por ChileCompra. Este criterio será evaluado con la información que se encuentra disponible en www.mercadopublico.cl en la Ficha del Registro de Proveedores, la que será proporcionada a la Comisión Evaluadora por la Encargada de Abastecimiento. La ponderación de este criterio será de un 4% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo: TABLA N° 4 Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio cumplimiento de sello mujer Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación 4% 100 Cuenta con “Sello Empresa Mujer”. 0 NO cuenta con “Sello Empresa Mujer”. Sello 40 horas: (2%) Se evaluará positivamente a aquellos proponentes que se encuentran acreditados a la fecha de postulación con el “Sello 40 horas”, que otorga el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, atendido que con ello se promueven prácticas laborales de una jornada ordinaria que no supere las 40 horas.   La información sobre si los oferentes cuentan o no con el "Sello 40 Horas", se contrastará con las publicaciones que al efecto realiza la Subsecretaría del Trabajo. Sin perjuicio de ello, para agilizar la evaluación, se sugiere que los oferentes que cuenten con el sello, acompañen a su oferta el acto administrativo que lo concedió. La ponderación de este criterio será de un 2% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo: TABLA N° 6 Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Sello 40 Horas Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación 2% 100 Cuenta con Sello 40 Horas 0 No cuenta con Sello 40 Horas Oferta Técnica: (83%) La propuesta técnica tiene una ponderación del 83% del puntaje total, siendo evaluada en base a tres subcriterios, los cuales podrán sumar hasta un máximo de 100 puntos cada uno, los que luego se ponderan de acuerdo a la Tabla N°5. Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si en el criterio “Propuesta Técnica” obtiene un puntaje ponderado igual o superior a 70 puntos, aplicando las pautas conforme a las tablas de esta sección. TABLA N° 5 Subcriterios técnicos a considerar en la evaluación de las propuestas Subcriterios Técnicos Ponderador 1. Experiencia del Oferente 20% 2. Experiencia y perfil del equipo del proyecto 18% 3. Metodología y Plan de trabajo 45% Total 83% Experiencia del Oferente (20%) Este subcriterio técnico comprende la experiencia del oferente como empresa especializada en consultoría y coaching, con experiencia en el sector público y/o privado en servicios o proyectos relacionados a los de las presentes bases, dentro de los últimos 5 años. También se considerará la experiencia de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores, en caso de que la indique. Un mismo cliente podrá, si desea, entregar al oferente uno o más respaldos de experiencia, en la medida que haya contratado más de un servicio con este último, siempre y cuando se trate de contrataciones distintas. El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información vigente de los contactos (teléfono, correo electrónico, etc.) si corresponde al sector privado, en el caso del sector público se podrá revisar en la plataforma de mercado público la evaluación que tiene de sus referencias. Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada, conforme a los datos de contacto indicados en el Anexo N°2, y que corresponda a referencias positivas. Adicionalmente, y en virtud de que el proceso de implementación de la Ley N°21.666 tiene directa relación con el cambio en una entidad pública, se valorará que las oferentes dispongan de experiencia con líderes o directivos en el sector público, de acuerdo al siguiente cuadro: Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexo Experiencia del oferente 10% 100 El proponente o los integrante(s) de una unión temporal de proveedores tiene más de 5 años de constitución, 2 75 El proponente o los integrante(s) de una unión temporal de proveedores tiene entre 3 y 4 años de constitución 50 El proponente o los integrantes(s) de una unión temporal de proveedores tiene entre menos de 3 y 2 años de constitución. 0 El proponente o los integrantes(s) de una unión temporal de proveedores tiene menos de 2 años de constitución. 10% 100 El proponente o los integrante(s) de una unión temporal de proveedores tiene 12 o más proyectos desarrollados de similares características a las indicadas en estas bases, y al menos 6 de ellos en organizaciones del sector público 75 El proponente o los integrante(s) de una unión temporal de proveedores tiene entre 6 y 5 proyectos desarrollados de similares características a las indicadas en estas bases, con al menos la mitad de ellos en organizaciones del sector público. 50 El proponente o los integrantes(s) de una unión temporal de proveedores tiene entre 4 y 3 proyectos desarrollados de similares características a las indicadas en estas bases, con al menos la mitad de ellos en organizaciones del sector público. 0 El proponente o los integrante(s) de una unión temporal de proveedores tiene menos de 2 proyectos desarrollados de similares características a las indicadas en estas bases en el sector publico Para la evaluación de este subcriterio, el oferente debe respaldar su antigüedad a partir del inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la experiencia invocada en ejecución de proyectos deberá acreditarse con contratos, órdenes de compra, o certificados otorgados por sus clientes, que den cuenta de servicios prestados similares a los mencionados en las presentes bases en los últimos cinco años a partir del 2019, debiendo tener al menos la mitad del tiempo de dichos proyectos ejecutados en el año 2019. No se aceptarán facturas. En caso de no acreditarse experiencia, se asignará puntaje cero en este subcriterio. Experiencia y perfil del equipo del proyecto (18%) Se considera que el equipo deberá contar con al menos 4 perfiles profesionales: una Jefatura de Proyecto, un Profesional Responsable de coordinación y aspectos administrativos, un Profesional de las comunicaciones; y al menos 4 Profesionales con formación en coaching. Se permitirá que una misma persona puede ocupar más de un perfil de cargo a excepción de la jefatura de proyecto y la coordinación, además de asegurar que siempre y cuando cumpla con los requisitos de ambos y manteniendo siempre la cantidad de al menos 4 coaches. Se evaluará que cada uno de éstos cuente con experiencia en programas de acompañamiento y/o capacitaciones para el desarrollo de competencias y/o proyectos similares. Se evaluará la experiencia de los últimos 5 años, contados a partir del 2019. Los proyectos que hayan comenzado el año 2018 y continuaron su ejecución el año 2019, serán contabilizados como experiencia válida en la medida que, al menos, un tercio del tiempo de la prestación de servicios se hayan ejecutado en el año 2019, de acuerdo al siguiente cuadro: Rol Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexo Jefatura de Proyecto 2% 100 El/la Jefe/a de Proyecto es Profesional del área de la administración; Ingeniería o ciencias sociales, con estudios de postgrado relacionados a la gestión del cambio y con certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. En caso que la formación como Coach sea en otro país distinto a Chile, respaldando con documentos oficiales de la casa de certificación del país en donde se cursó. 3 75 El/la Jefe/a de Proyecto es Profesional del área de la administración; Ingeniería o ciencias sociales, con estudios de postgrado relacionados a otras temáticas distintas a la gestión del cambio y posee certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. En caso que la formación como Coach sea en otro país distinto a Chile, respaldando con documentos oficiales de la casa de certificación del país en donde se cursó. 50 El/la Jefe/a de Proyecto es Profesional del área de la administración; Ingeniería o de las ciencias sociales con estudios de postgrado relacionados a otras temáticas distintas a la gestión del cambio y no posee certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero 0 El/la Jefe/a de Proyecto es Profesional de otras áreas distintas al área de la administración; Ingeniería, ciencias sociales o de las comunicaciones y/o no posee estudios de postgrado ni certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. 3% 100 El/la Jefe/a de Proyecto presenta y acredita experiencia en el cargo o en cargos de similares características liderando 12 o más programas de acompañamiento y/o capacitaciones para el desarrollo de competencias y/o proyectos similares a los de esta licitación, al menos 6 de ellos en servicios y/o instituciones del sector público, en los últimos 5 años. 75 El/la Jefe/a de Proyecto presenta y acredita experiencia en el cargo o en cargos de similares características liderando entre 7 y 11 programas de acompañamiento y/o capacitaciones para el desarrollo de competencias y/o proyectos similares a los de esta licitación, al menos 4 de ellos en servicios y/o instituciones del sector público, en los últimos 5 años. 50 El/la Jefe/a de Proyecto presenta y acredita experiencia en el cargo o en cargos de similares características liderando entre 4 y 6 programas de acompañamiento y/o capacitaciones para el desarrollo de competencias y/o proyectos similares a los de esta licitación , en instituciones del sector público o empresas, en los últimos 5 años. 0 El/la Jefe/a de Proyecto presenta y acredita experiencia en el cargo o en cargos de similares características liderando menos de 4 programas de acompañamiento y/o capacitaciones para el desarrollo de competencias y/o proyectos similares a los de esta licitación, en instituciones o empresas, en los últimos 5 años. Encargado/a de Coordinación y administración 5% 100 La persona encargada de coordinación y administración cuenta con un título o grado académico y presenta y acredita experiencia en la misma o en otras consultoras llevando la coordinación de entre 5 y 10 proyectos similares al de las presentes bases en otros Servicios Públicos . 3 75 La persona encargada de coordinación y administración cuenta con un título o grado académico y presenta y acredita experiencia en la misma o en otras consultoras llevando la coordinación de entre 3 y 4 proyectos. similares al de las presentes bases en otros Servicios Públicos . 50 La persona encargada de coordinación y administración cuenta con un título o grado académico y presenta y acredita experiencia en la misma o en otras consultoras llevando la coordinación de entre 1 y 2 proyectos similares al de las presentes bases. 0 La persona encargada de coordinación y administración cuenta con un título o grado académico sin experiencia en coordinación de proyectos . Profesionales con formación en coaching 3% 100 El equipo de profesionales cuenta con todos sus miembros con formación de pre grado en diversas áreas y acreditan certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. En caso que la formación como Coach sea en otro país distinto a Chile, respaldando con documentos oficiales de la casa de certificación del país en donde se cursó. 3 75 El equipo de profesionales tiene al menos 3 personas con formación de pre grado en diversas áreas y acreditan certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. En caso que la formación como Coach sea en otro país distinto a Chile, respaldando con documentos oficiales de la casa de certificación del país en donde se cursó. 50 El 50% del equipo de profesionales cuenta con formación de pre grado en diversas áreas y acreditan certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. En caso que la formación como Coach sea en otro país distinto a Chile, respaldando con documentos oficiales de la casa de certificación del país en donde se cursó. 0 La totalidad del equipo de profesionales presentados con formación de pre grado en diversas áreas No acredita certificación como coach en una entidad acreditada en Chile o en el extranjero. 2% 100 El equipo de profesionales presentados cuenta con todos sus miembros con experiencia en más de 10 proyectos de características similares, en instituciones del sector público desarrollando acompañamiento y/o coaching en los últimos 5 años 75 El equipo de profesionales presentados cuenta con al menos 3 personas con experiencia de entre 5 a 9 proyectos de características similares, desarrollando acompañamiento y/o coaching en instituciones del sector público en los últimos 5 años. 50 El 50% del equipo de profesionales presentados cuenta con experiencia desarrollando acompañamiento y/o coaching en proyectos similares en instituciones del sector público en los últimos 5 años. 0 El equipo de profesionales presentados no cuenta con experiencia desarrollando acompañamiento y/o coaching en proyectos de instituciones del sector público. Profesional del área de las comunicaciones 3% 100 El equipo de trabajo cuenta con profesional de las ciencias de las comunicaciones con experiencia en sector público en al menos 5 proyectos similares al de las presentes bases. 3 75 El equipo de trabajo cuenta con profesional de las ciencias de las comunicaciones con experiencia en sector público en entre 3 y 4 proyectos similares al de las presentes bases. 50 El equipo de trabajo cuenta con profesional de las ciencias de las comunicaciones con experiencia en sector público en entre 1 y 2 proyectos similares al de las presentes bases. 0 El equipo de trabajo cuenta con profesional de las ciencias de las comunicaciones sin experiencia en proyectos similares al de las presentes bases. Metodología y Plan de trabajo (45%) Se espera que los oferentes propongan actividades y contenidos vinculados coherentemente con los objetivos propuestos, productos y medios de verificación de cada uno; incorporando metodologías innovadoras y con sello propio, adicionales a los básicos en el área técnica, también es relevante si dichos contenidos ya hayan sido utilizados en otros procesos de acompañamiento a Servicios Públicos. Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo Coherencia Interna 15% 100 La propuesta aborda los siguientes ámbitos: Detalla exhaustivamente cada uno de los objetivos planteados, indicando la forma en que los desarrollará por etapa. Precisa los contenidos que desarrollará por cada objetivo. Detalla los entregables que deberá presentar. 4 75 La propuesta aborda completamente dos de los 3 ámbitos definidos anteriormente. 50 La propuesta aborda 1 de los ámbitos definidos o alguno de ellos se desarrolla sin exhaustividad, precisión y detalle. 0 La propuesta no aborda ninguno de los ámbitos definidos en el primer recuadro de esta pauta de evaluación. Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo Plan de trabajo 15% 100 El proponente presenta un plan de trabajo detallado, donde se contempla y aborda lo siguiente: Carta Gantt asociada a cada una de las etapas contempladas en el programa Incorpora con detalle todas las actividades contempladas por cada etapa para el logro de los objetivos. Incorpora el Tiempo destinado del equipo al trabajo propuesto, por cada actividad. 4 75 El proponente presenta un plan de trabajo poco detallado, donde contempla y aborda (a) la Carta Gantt asociada a cada una de las etapas contempladas en el programa de acompañamiento y solo 1 de los otros2 puntos arriba mencionados (b o c), por lo que no es posible advertir una plan de trabajo completamente coherente. 50 El proponente presenta un plan de trabajo que incorpora solo la (a) carta Gantt asociada a cada una de las etapas contempladas en el programa de acompañamiento. 0 El proponente presenta un plan de trabajo muy insuficiente que no incorpora (a) carta Gantt asociada a cada una de las etapas contempladas en el programa de acompañamiento. Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo Metodología de trabajo 15% 100 El proponente describe detalladamente una metodología de trabajo, considerando la mejora continua en cada etapa del proceso con el fin de asegurar el logro de los objetivos. Adicionalmente, presenta una metodología innovadora y con sello propio que integra los conocimientos y contenidos en el aprender haciendo. 4 50 El proponente describe detalladamente una metodología de trabajo, considerando la mejora continua en cada etapa del proceso con el fin de asegurar el logro de los objetivos. 0 El diseño propuesto no describe detalladamente una metodología de trabajo o Presenta información incompleta o insuficiente. 8.3.2.6 Oferta económica (5%) La propuesta económica tiene una ponderación de 5% en el puntaje total y comprende la valoración del costo relativo de la oferta respecto de todos los oferentes. La oferta económica debe indicar los montos solicitados en el Anexo N°5 de estas Bases, debe publicarse en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). A cada oferta económica se les asignará un puntaje, conforme a la fórmula de la siguiente tabla: Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Oferta Económica Criterio Ponderación Pauta Evaluación Anexo Propuesta económica 5% El Puntaje Económico se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) Oferta(s) Económica(s) con el menor precio entre todas las Ofertas, se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula: POE=(Menor valor entre todas las ofertas )/█(VOE@ )*100 Donde: POE = Puntaje de la Oferta Económica VOE= Valor oferta evaluada. El resultado obtenido de acuerdo con la fórmula antes señaladas, se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,05 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. 5
ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La Directora Ejecutiva de ChileValora será quien resuelva la adjudicación, teniendo en consideración la propuesta que aportará la Comisión de Evaluación. El plazo para evaluar y adjudicar corresponde al indicado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. En caso que no resulte posible realizar la evaluación o la adjudicación en el plazo allí indicado, se informará a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), las razones de ello y el nuevo plazo de evaluación y/o adjudicación, en su caso. No obstante, por este mecanismo, la adjudicación no podrá exceder del día treinta hábil contado desde la fecha de apertura de las propuestas. En caso que para la evaluación y/o adjudicación se requiera fijar un plazo que supere el antes señalado, el nuevo plazo se fijará por resolución fundada y se informará a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). El adjudicatario será aquel oferente que, en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, obteniendo el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La licitación se adjudicará mediante resolución que será publicada en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que indicará el valor total adjudicado, con impuestos incluidos. ChileValora declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que efectúen aclaraciones o salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. Se considerarán siempre inadmisibles y su propuesta no será o continuará siendo, según el caso, examinada por la comisión evaluadora, las siguientes: ● Las ofertas, cuya propuesta económica supere el presupuesto máximo que superen el valor máximo establecido en las presentes bases, o que no se indique el monto de la oferta económica. ● Las ofertas extemporáneas. ● Las ofertas en que el proponente no presente toda la información requerida en los anexos de estas bases, documentos, antecedentes o certificaciones, en el tiempo y forma exigidos, sin perjuicio de la posibilidad de acompañar los antecedentes omitidos o de subsanar los errores, conforme a lo dispuesto en la sección 8.2 de estas bases administrativas y conforme se indica en la causal siguiente. ● Las ofertas respecto a las cuales se hayan detectado errores u omisiones formales, y que, habiendo sido solicitada su subsanación o corrección conforme a la sección 8.2 de estas bases administrativas, no haya sido efectuada en el plazo otorgado. ● Las ofertas condicionadas, ya sea en forma conjunta o adicionalmente a ésta. ● Cuando el oferente, por cualquier medio dé a conocer a ChileValora, su oferta antes de la apertura electrónica de ésta. ● Cuando se detectare falta de veracidad en la información contenida en la oferta o sus anexos, o ésta fuere manifiestamente errónea o inductiva a error. ● Las ofertas cuya propuesta técnica no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en estas bases de licitación. ● Las propuestas cuyo puntaje de evaluación no alcance el mínimo requerido para poder ser adjudicado, de acuerdo a lo establecido en la sección 8.3.1 de estas bases. Además, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue en precio, y se verifique por parte de ChileValora que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, ChileValora podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras públicas, adjudicar a esa oferta la presente licitación, a través de una resolución fundada, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En caso de que el oferente adjudicado, no entregue la garantía de fiel cumplimiento ampliada conforme a lo antes señalado, en el plazo establecido en la sección 10.2, se entenderá su rechazo a la adjudicación y se procederá con lo estipulado en la sección 9.2 sobre Readjudicación. La Directora Ejecutiva de ChileValora podrá establecer ajustes, condiciones y requisitos especiales para la ejecución del objeto de la contratación, de común acuerdo con el oferente seleccionado, para una mejor ejecución del proyecto. Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no se inscribe en el Registro de Proveedores en el plazo indicado en estas bases, es inhábil para contratar con el Estado por cualquiera de las causales contempladas en la normativa o cualquiera de las demás causales indicadas en la sección 9.2 sobre Readjudicación de estas bases administrativas, ChileValora podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Comisión, se estime conveniente declarar desierta la licitación y convocar a un nuevo proceso, conforme se indica en la sección 9.2 ya referida.
RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de informada ésta en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Las consultas respectivas se formularán a través del correo electrónico licitaciones@chilevalora.cl, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta; no se inscribe en el Registro de Proveedores del Estado en el plazo estipulado en la sección antes mencionada; es inhábil para contratar con el Estado; no firma el contrato en el plazo estipulado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas; no acepta la orden de compra; no entrega los antecedentes legales y demás requeridos para contratar o la garantía de fiel cumplimiento en los plazos indicados en la sección 10.1 y 10.2 de estas bases; en caso que la oferta haya sido menor al 50% del precio de la oferta siguiente, y el oferente no entrega la garantía ampliada en el plazo señalado en la sección 10.2 de estas bases, o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y que sea susceptible de adjudicación, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. Lo anterior, se hará dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
FIRMA DEL CONTRATO
Una vez notificada la decisión de adjudicación, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo: a) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en el Registro de Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible y actualizada en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) al momento de postular. b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP. c) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. En el caso de la documentación indicada en la letra a), no es necesario adjuntarla si se encuentran acreditados en el Registro de Proveedores, en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado, deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación. En el caso de que un oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste (sea persona natural, jurídica o UTP, comprendiendo a todos sus integrantes) deberá inscribirse en dicho registro y encontrarse hábil en éste, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, en el mismo plazo antes señalado. Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los diez (10) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 1. ” Características de la licitación”, sección “Participantes”, “Unión temporal de proveedores (UTP)” de estas bases administrativas. Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se encuentra en estado hábil, todo ello dentro del plazo fatal de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, o declararla desierta, en caso que corresponda, de conformidad con lo establecido en las presentes bases. Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar. El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica: a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos. b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados. c) Oferta Técnica y Económica. d) Contrato. e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere. Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.  
PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que ChileValora celebre con el adjudicatario comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá una vigencia conforme a lo ofertado por el proponente, la que no podrá ser superior 12 semanas (84 días corridos). No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba. En todo caso, en casos justificados, el plazo de vigencia total del contrato podrá prorrogarse por todo el plazo necesario para que ChileValora revise y apruebe completamente los informes y productos de la etapa final, incluyendo el tiempo necesario para que el adjudicatario responda a las observaciones que le sean formuladas, según el procedimiento indicado en las bases técnicas. De conformidad al artículo 13 de la Ley Nº19.886 y del artículo 77 de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
DE LAS PRÓRROGAS Y MODIFICACIONES DEL CONTRATO
ChileValora se reserva el derecho de prorrogar el plazo de ejecución y/o entrega de los bienes y servicios contratados y el plazo de vigencia del contrato, siempre por motivos fundados, tales como caso fortuito, fuerza mayor, necesidad de mayor plazo para ejecutar los servicios debido a causas imprevistas y cualquier otra causa que no sea imputable al contratado. Esta prórroga podrá ser solicitada por cualquiera de las partes. En caso de que sea solicitada por el contratado, deberá ser requerida a través de carta o correo electrónico dirigido a la Contraparte Técnica, antes del vencimiento de los plazos cuya prórroga se está solicitando, lo que será evaluado por la misma contraparte, quien podrá concederla en todo o parte del aumento de plazo solicitado. La prórroga del plazo de ejecución de los servicios y de vigencia del contrato que se conceda deberá ser coherente y proporcional al lapso de la situación, hecho o causa que le ha dado origen, la que en ningún caso podrá exceder el plazo inicial de vigencia del contrato, ni podrá incrementar el monto contratado en más de un 30%. Además, las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato suscrito, siempre que tal modificación no influya en el objeto de la convención, ni en sus cláusulas esenciales, ni altere el principio de estricta sujeción a las partes ni de igualdad de los oferentes. Las prórrogas y toda otra modificación de contrato deberán hacerse por escrito, firmado por ambas partes y ser aprobados mediante el acto administrativo que corresponda y entrará en vigencia desde la fecha en que quede totalmente tramitado dicho acto. Asimismo, y a fin de mantener permanentemente caucionadas o garantizadas las obligaciones derivadas del contrato suscrito, las multas y las obligaciones laborales y sociales para con sus trabajadores, el contratado deberá renovar la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato, si fuere procedente, y la garantía de anticipo si ésta se hubiere otorgado, extendiendo su vigencia hasta 60 días corridos posteriores al término del nuevo plazo o prórroga concedida.
MONTO Y MODALIDAD DE PAGO
ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado en 3 (tres) cuotas12, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla: CUOTA PORCENTAJE HITO 1ª 30% Aprobado el primer informe 2ª 35% Aprobado el segundo informe 3ª 35% Aprobado el tercer informe o informe final Conforme a lo anterior, los pagos se ejecutarán luego de realizada la recepción conforme de los productos o servicios correspondientes, registrándose en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Cumplido aquello ChileValora procederá a efectuar el pago que corresponda dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción y aprobación de la factura, la cual sólo deberá ser emitida una vez que se cuente con la aprobación de los productos recibidos o servicios ejecutados, según el caso, por parte de la contraparte técnica. Adicionalmente será condición indispensable que el proveedor haya Aceptado en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), la Orden de Compra que se emita por parte de ChileValora. Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor emitirá el documento tributario respectivo debiendo remitirse los archivos XML del DTE del SII, a la casilla de correo: dipresrecepcion@custodium.com La factura debe ser extendida a nombre de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, RUT N°61.979.610-1, giro “Administración Pública”, domiciliada en calle Miraflores N°130, piso 8, Santiago Centro, (el oferente adjudicado deberá indicar el número de Orden de Compra correspondiente a esa contratación, la que se emitirá una vez firmado el contrato).   Para efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley Nº 19.983, se entenderá que, por el sólo hecho de presentar su oferta, el adjudicatario declara conocer el plazo de 8 días corridos que tiene ChileValora para reclamar en contra del contenido de las facturas que emita. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del proveedor por carta certificada, o por otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo la adquisición o servicios, según el caso, a la que se refieren las presentes bases, serán de cargo exclusivo de la adjudicataria. Junto con la factura, el oferente deberá enviar a ChileValora certificados de pago o copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud del personal contratado, y la documentación que sea pertinente para acreditar el pago al día de las remuneraciones de los mismos. Para tramitar el pago, el contratante deberá entregar a ChileValora, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente: a. Declaración jurada con la nómina mensual de trabajadores dependientes, que fueron asignados para efectuar la prestación del servicio de acuerdo a los requerimientos efectuados por ChileValora en cada período (mensualidad), para la ejecución del servicio que se contrata, en el periodo de prestación de los servicios. En el caso de que el servicio se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará una declaración jurada en que indique expresamente dicha circunstancia, individualizando a cada persona, con indicación de las horas asociadas a la prestación del servicio; b. “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio que se contrata. En el caso que el proyecto se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” que indique que el oferente no registra multas, ni deudas previsionales; y c. En su caso, la copia autorizada del respectivo finiquito o del aviso enviado a la Inspección del Trabajo que corresponda, en el evento que se haya puesto término a la relación laboral de uno o más trabajadores. No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, ChileValora, para verificar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, podrá exigir en cualquier tiempo, certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por alguna de las empresas certificadoras de la Ley N° 20.123 (entidades de verificación) o algún otro medio idóneo, que acredite que no existen reclamos pendientes en contra del contratista por concepto de deudas previsionales o de remuneraciones de los trabajadores asignados a los servicios.
RESPETO POR LA NORMATIVA DE SEGURIDAD SOCIAL
Será obligación del proveedor adjudicado dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del objeto de esta licitación. Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
SUBCONTRATACIÓN
El servicio que es objeto de la presente licitación no podrá subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente. Sin embargo, previa autorización de ChileValora, se podrá subcontratar servicios de otros proveedores, en aquellos aspectos secundarios o complementarios a los objetivos centrales de la presente licitación. Conforme a lo indicado en la sección anterior, se deja expresa constancia que ChileValora no tendrá vínculo contractual con el personal del adjudicatario, ni relación laboral con sus respectivos empleados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
CESIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión. Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
ESTÁNDARES DE PROBIDAD
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.   8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
MULTAS
En caso que la adjudicataria incurra en alguna de las acciones descritas a continuación, sin causa justificada, ChileValora se reserva el derecho a aplicar a título de multa, los siguientes montos: MULTAS Tipo Descripción Monto Unidad Aplica fuerza mayor 1 Atraso en las actividades propuestas en el cronograma, atribuible a la responsabilidad del adjudicatario. 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí 2 Atraso en la entrega de informes, ya sea en primera entrega o en las siguientes versiones, atribuible a la responsabilidad del adjudicatario. 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí 3 Cambio sin información en el equipo de trabajo 1 (una) UTM por cada día que haya reemplazado a la persona inscrita en el equipo ejecutor del estudio sin autorización del contratante. Integrante del equipo Sí Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, se notificará por correo certificado esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan y la multa a que da origen el incumplimiento. El oferente podrá efectuar los descargos que estime convenientes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de los hechos que se le imputan. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la Comisión. Si el oferente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión resolverá fundadamente sobre éstos, acogiendo o rechazando, total o parcialmente, los argumentos dados por el contratista.   Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del oferente deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la Comisión, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al proveedor personalmente o mediante carta certificada. Dicho acto administrativo podrá ser impugnado por el oferente mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de no realizarse el pago, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con plazo vigente para reclamar respecto de ellas, será deducido de los siguientes pagos que correspondan de acuerdo al contrato. Si dichos montos no fueren suficientes para cubrir el importe de la multa, o si no quedasen pagos pendientes, se procederá a hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. Con todo, si las multas alcanzan el 30% del monto total del contrato o si recibe más de 6 multas totalmente tramitadas en un período de 3 meses consecutivos, la Comisión procederá a poner término anticipado al mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento. No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. En caso que los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones por parte del oferente ocasionen a ChileValora un detrimento económico que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
TÉRMINO ANTICIPADO
La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos: a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes. b. Si el contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes. c. Si el contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes. d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa.   e. Si el oferente que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial. Se considerarán especialmente situaciones de incumplimiento grave de las obligaciones, el que deban aplicarse multas que superen alguno de los topes indicados en la sección anterior de estas bases. f. Si el oferente que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial, sin la expresa autorización de la Comisión. g. Si el oferente que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión h. Si el oferente que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones. i. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el oferente registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. j. En caso que el oferente que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse. k. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes. l. Si el oferente, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.9 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.8 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como: i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses. ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error. iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. m. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección siguiente de las presentes bases. n. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Si durante la vigencia del contrato ocurriere alguna de las eventualidades indicadas, la Comisión previa constatación de las circunstancias de hecho constitutivas de dichas causales, pondrá término de inmediato al contrato, dictando la correspondiente resolución, lo que comunicará por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en ese instrumento.   En tal caso, la Comisión procederá de inmediato y sin formalidad alguna a hacer efectiva por el total de su monto, la garantía de fiel cumplimiento a que se refiere la sección 10.2 de estas bases administrativas, salvo en el caso de que la causal sea resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes o cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional. De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD
La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora. Asimismo, el adjudicatario libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad. El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los servicios que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, o que acceda con ocasión de la prestación de sus servicios, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo, siendo extensiva asimismo al personal del adjudicatario que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas. La misma obligación resulta aplicable a los proveedores que eventualmente puedan ser subcontratados por el adjudicatario, y a su personal. Conforme a lo anterior, el adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información. La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la prestación de los servicios o después de finalizada ésta, podrá dar pie a que ChileValora entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Se recalca que, tratándose de bases de datos de Con carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, DOMICILIO Y CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD
Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales. ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria.
BASES TECNICAS
1. ANTECEDENTES 1.1. Fortalecimiento de la función pública El Estado de Chile, ha manifestado de manera continua, durante los últimos 20 años, la relevancia de los directivos públicos y del fortalecimiento a la función pública, modernizando a las instituciones, en procesos, tecnologías y las personas. En el caso de los directivos públicos, y en general en cargos de jefaturas, se requieren cada vez más competencias denominadas genéricas y/o estratégicas que apuntan no solo a los conocimientos, habilidades y actitudes técnicas, sino a cómo las jefaturas se relacionan con el personal a su cargo y con sus comunidades, siendo capaces de gestionar en pos de los lineamientos nacionales y del Estado, en la búsqueda del bien común. 1.2. El Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales El Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales es una política pública establecida mediante la Ley N°20.267 del año 2008. Se crea así la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, servicio público, funcionalmente descentralizado, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Su función principal, según lo establece dicha ley, es “el reconocimiento formal de las competencias laborales de las personas, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico otorgado por la enseñanza formal de conformidad a las disposiciones de la Ley N°18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; así como favorecer las oportunidades de aprendizaje continuo de las personas, su reconocimiento y valorización, mediante procesos de evaluación y certificación de las mismas, basados en estándares definidos y validados por los sectores productivos”. La certificación de competencias laborales que desarrolla ChileValora busca contribuir a mejorar la situación del trabajador y los empleadores. En el caso de los trabajadores, les permite acreditar ante el mercado que cumplen con el estándar que se exige para el ejercicio de una determinada ocupación, mejorando con ello, las oportunidades de encontrar un trabajo (en el caso que se encuentren cesantes) o de promoción (en el caso de que se encuentren trabajando), entre otras. En el caso de los empleadores, contratar a un trabajador certificado disminuye los costos de transacción, entendido como el costo de búsqueda de mano de obra calificada. En segundo lugar, al evaluar los empleadores a sus trabajadores, es posible conocer si realmente cumplen con el estándar de desempeño que exige el mercado y si no lo cumple, qué es aquello que necesita para mejorar sus conocimientos y, por tanto, se orienta en la adquisición de capacitación. Con ello puede -en el mediano plazo- mejorar la productividad y, también, su competitividad. Por último, muchos empleadores que se enfrentan a mercados altamente competitivos afrontan exigencias de trazabilidad, por lo que contar con trabajadores certificados puede ser, sin lugar a dudas, una ventaja competitiva. Desde el punto de vista de su estructura, ChileValora, está compuesto por un órgano colegiado, que ejerce la dirección superior, y por una secretaría ejecutiva. Esta última está a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, que detenta la jefatura del servicio y tiene la calidad de ministro/a de fe respecto de las actuaciones, deliberaciones y acuerdos, y la representa judicial y extrajudicialmente. El órgano colegiado está integrado por nueve miembros de reconocida calidad técnica en el ámbito de las competencias laborales, los que son designados de conformidad a lo establecido en el reglamento, de la siguiente forma: a) Un miembro designado por el/la Ministro/a del Trabajo y Previsión Social. b) Un miembro designado por el/la Ministro/a de Economía, Fomento y Reconstrucción. c) Un miembro designado por el/la Ministro/a de Educación. d) Tres miembros designados por las organizaciones de empleadores de mayor representatividad del país entre los representantes de los sectores productivos participantes del Sistema. e) Tres miembros designados por las centrales de trabajadores de mayor representatividad Asimismo, la organización interna del Servicio se evidencia en el siguiente organigrama: La ley 20.267 establece las siguientes fuentes de financiamiento de la evaluación y certificación: a) Recursos propios de la persona que solicita el servicio. b) Recursos provenientes de la empresa en la que el trabajador se desempeña, los que podrán gozar de la franquicia tributaria2 señalada en el inciso primero del artículo 36 de la ley N° 19.518, para aquellos beneficiarios que esta norma contempla. c) Recursos contemplados en el Fondo Nacional de Capacitación señalado en el artículo 44 de la ley N° 19.518, los que serán aplicados, preferentemente, a los trabajadores cesantes. d) Los respectivos presupuestos destinados a capacitación en las entidades pertenecientes al sector público. A partir de la modificación legal, se elimina la modalidad establecida en la letra c) antes transcrita y ChileValora contará con recursos para financiar directamente las acciones de evaluación y certificación. La Ley N°21.666, promulgada el 15 de abril del año 2024, se centra principalmente en elementos como: • Modificación de la estructura presupuestaria de ChileValora • Facultades de ChileValora para la articulación con la capacitación y formación Técnico Profesional • Facultades para la homologación de certificaciones • Fortalecimiento de los OSCL • Regionalización de ChileValora • Condiciones de uso de la franquicia tributaria • Condiciones de intermediación de la certificación • Traspaso a ChileValora de la línea presupuestaria que financia subsidio para certificación • Periodo de acreditación de los centros certificadores • Modificación del régimen de inhabilidades de los Centros • Perfeccionamiento del sistema sancionatorio de los Centros • Modificación del régimen normativo de los evaluadores de competencias laborales • Acceso a la base de datos del seguro de desempleo. • Mejoras administrativas (nombre cargo del jefe de servicio y facultades para transigir) Para llevar a cabo este proceso de transformación que implica la puesta en marcha de la nueva Ley, se hace necesario preparar el equipo humano institucional en todos sus niveles para enfrentar los nuevos desafíos y requerimientos que trae consigo este cambio. 2. PROPÓSITO Y OBJETIVOS Entre los objetivos generales y específicos de la presente Licitación (Consultoría) se destacan: 2.1 Objetivo General Proponer un programa de consultoría con acciones de acompañamiento y fortalecimiento de las comunicaciones internas, con coaching y ciclos de talleres, respecto de los diferentes aspectos que involucra la señalada modernización institucional, orientada a los equipos de trabajo institucional, facilitando la implementación de los cambios y transformaciones necesarias para fortalecer el sistema en el marco de los desafíos de la modificación legal. 2.2 Objetivos Específicos ● Elaborar un diagnóstico institucional, identificando ámbitos donde se orientará el plan de gestión del cambio, diferenciado por nivel jerárquico y equipos, con indicadores de resultados ● Asesorar y acompañar a jefaturas, equipos y funcionarias/os de la organización en ámbitos que faciliten la gestión del cambio, favoreciendo el desarrollo de un equipo humano, directivos y jefaturas capaces de trabajar incorporando nuevas habilidades estratégicas en su gestión en el marco del proceso de implementación de la nueva Ley. ● Generar un Programa de acompañamiento, que permita alinear y orientar a todos los y las funcionarios/as en las implicancias que supone para cada persona del equipo el proceso de implementación de la nueva Ley N°21.666, enfocándose en la transformación y el cambio, involucrando a todos los niveles jerárquicos. ● Elaborar y materializar un plan de comunicaciones internas, instalando en la institución la gobernabilidad de la temática en el contexto de la implementación de la ley. ● Definir e implementar acciones para mitigar riesgos que comprometan la implementación de los cambios. 3. PROPUESTA TÉCNICA, PLAN DE TRABAJO Y PRODUCTOS 3.1. De la Metodología Se espera que los oferentes propongan metodologías que contemplen actividades y contenidos vinculados coherentemente con los objetivos propuestos, productos y medios de verificación de cada uno y se considerará significativo si presenta modelos propios para el cumplimiento de los objetivos. 3.2. Propuesta técnica, actividades del plan de trabajo y entregables La propuesta a presentar deberá considerar al menos las siguientes etapas. Etapa 1: ● Sensibilización: La primera destinada a que los líderes de la organización conozcan los objetivos de las propuestas y la metodología de trabajo. ● Diagnóstico: Levantamiento de información de un grupo de actores clave definidos por la institución, para identificar aspectos esenciales a considerar en el proceso de acompañamiento. Las acciones en esta etapa deben contemplar actividades con la Dirección, asociación de funcionarios/as y Jefaturas de Áreas de la Comisión. Las actividades a realizar en esta etapa deben considerar acciones como Focus Group, Reuniones y Entrevistas Al finalizar esta etapa, el oferente adjudicado debe hacer entrega del Informe N°1 con los siguientes productos: • Carta Gantt del Proyecto, con eventuales actualizaciones, manteniendo plazos originales. • Diagnóstico institucional de acuerdo a funcionamiento, que considera establecer indicadores para medir el proceso de trabajo en materia de gestión del cambio. • Estrategia de gestión del cambio a implementar. • Plan de acompañamiento a Jefaturas para el desarrollo de habilidades requeridas para la implementación del Proyecto. • Plan de acompañamiento a equipos para el desarrollo de habilidades en torno a la transformación y gestión del cambio, considerando la realización de al menos un taller por equipo fuera de las dependencias de la institución. • Plan de comunicaciones internas del Proyecto, con su respectiva carta Gantt. Etapa 2: ● Ejecución de actividades y coordinación: Ejecución de las actividades de acompañamiento señaladas en la propuesta, considerando acciones tipo coaching y talleres de acuerdo al diagnóstico. - Sesiones de coaching a Comité Ejecutivo (13 participantes) y a otros actores que priorice la Dirección, no superando las 20 personas en total. - Ejecución de talleres grupales y/o conversatorios con Funcionarios/as agrupados por área de pertenencia. - Implementación de plan de comunicaciones interna de las modificaciones introducidas en la Ley N°21.666. - Reuniones de Coordinación con contraparte para la correcta planificación y seguimiento de las actividades contempladas en esta etapa. - Actividad outdoor (fuera de las instalaciones de la oficina) a equipo completo (70 personas aproximadamente) donde se realizarán actividades complementarias para el logro de los objetivos planteados en los talleres y/o conversatorios con Funcionarios/as asociados a la consecución de preparar el equipo humano institucional en todos sus niveles para enfrentar los nuevos desafíos y requerimientos que trae consigo la puesta en marcha de la Ley N°21.066. Al finalizar esta etapa, el oferente adjudicado debe hacer entrega del Informe N°2 con los siguientes productos: • Informe de avance de actividades ejecutadas de acuerdo a carta Gantt, detallando la ejecución según los objetivos planteados con registros, evaluación y conclusiones de las acciones realizadas. • Informe con análisis que dé cuenta de los resultados del proceso de escucha y coaching desarrollado con algunos actores relevantes de la implementación del proceso en las distintas áreas, con información resguardada que será entregada solo a la jefatura de servicio. • Readecuación de actividades, en caso de ser necesario. • Estado de avance del plan de comunicaciones interna de acuerdo a carta Gantt. • Identificación de acciones definidas a implementar para mitigar riesgos que comprometan la implementación de los cambios. Para la ejecución de esta etapa se consideran 60 días corridos. Etapa 3: ● Finalización de la ejecución y Conclusiones: Esta etapa considera la finalización del acompañamiento y el desarrollo de reunión/es de presentación de resultados del proceso a las autoridades de la institución, con recomendaciones. Esta etapa considera el cierre del programa de Acompañamiento, la elaboración y presentación de informe final que dé cuenta del diagnóstico, los objetivos planteados, las acciones realizadas para su complimiento y las conclusiones y sugerencias. Al finalizar esta etapa el oferente adjudicado debe hacer entrega del Informe N° 3 con los siguientes productos: • Ejecución de actividades pendientes de etapa anterior, en caso de existencia. • Documento Diagnóstico institucional con Informe de Ejecución del Proyecto, con análisis y resultados obtenidos y evaluación detallada con conclusiones del servicio prestado, para los distintos niveles de la organización, diferenciado por áreas y ámbitos establecidos, según hallazgos obtenidos. • Evaluación del cumplimiento de indicadores definidos en el diagnóstico, e identificación de acciones establecidas para implementar y mitigar los riesgos que comprometan la implementación de los cambios. • Informe de resultados de acciones implementadas y recomendaciones para la optimización, continuidad y seguimiento aquellas realizadas en el programa de acompañamiento. 3.3. De las actividades Las actividades propuestas deberán considerar: ● De carácter Diagnóstico: Proponer actividades que permitan realizar un proceso de escucha para conocer cuál es el estado de situación de los miembros al interior de la organización, para identificar las habilidades estratégicas disponibles y las declaraciones y juicios existentes ante el cambio emanado de la nueva Ley. Entre ellas se pueden incluir: Talleres, focus group, entrevistas, reuniones con actores clave y funcionarios/as. ● De Apoyo al Liderazgo: Proponer actividades para implementar un programa de formación directiva para responsables de la conducción de los equipos que les entregue distinciones y herramientas para fortalecer competencias estratégicas que les faciliten gestionar el cambio favoreciendo el trabajo colaborativo en sus equipos. Debe contener talleres de inicio y cierre más sesiones de coaching a 13 integrantes del Comité Ejecutivo (jefaturas) con al menos 8 sesiones presenciales. Adicionalmente incorporar asesoría a un máximo de 7 personas adicionales, que serán priorizadas por la Dirección, cuyas sesiones pueden ser menos de 8, pero al menos 4. ● De Alineación de la Organización Proponer la implementar un programa de actividades que permita alinear a los miembros de la organización en torno al propósito institucional y definir un decálogo propio de habilidades y declaraciones para esta etapa de gestión. Se deben considerar como actividades en esta etapa: o Ciclo de actividades colaborativas de acompañamiento, tipo talleres con equipos de trabajo distribuidos por área institucional alcanzando la totalidad de las y los funcionarios de la organización concientizando respecto de la importancia de la gestión de cambio tanto en lo colectivo como en lo individual, desarrollando habilidades de flexibilidad y adaptación a nuevos escenarios, entre otras materias. Considerar talleres por cada área y uno para el comité ejecutivo, las áreas de menor tamaño o unidades de staff podrán agruparse posteriormente, en acuerdo de ambas partes. ChileValora cuenta con espacios (sala de capacitación o salas de reuniones) que pueden ser utilizados para estas actividades, en tanto se soliciten anticipadamente. Se debe considerar también la ejecución de una actividad de media jornada fuera de las dependencias institucionales (máximo 70 personas), con cargo al proveedor de toda la logística necesaria ello; donde se realizarán actividades complementarias para el logro de los objetivos planteados en los talleres y/o conversatorios con funcionarios/as asociados a la consecución de preparar el equipo humano institucional en todos sus niveles para enfrentar los nuevos desafíos y requerimientos que trae consigo la puesta en marcha de la Ley N°21.066. aportando con ello al alineamiento en torno a la transformación y el cambio. o Rueda de conversatorios con los equipos de trabajo fomentando prácticas que promuevan el compromiso, el desarrollo de habilidades en gestión del cambio y el fortalecimiento de una cultura colaborativa en el proceso de transformación y fortalecimiento de ChileValora a partir de la implementación de la nueva Ley. o Implementación de un plan comunicacional que considere mensajes diferenciados por tipo de público, canales y productos comunicacionales en cada etapa para cumplir con el objetivo de hacer difusión tanto del programa de acompañamiento en ejecución como del proceso de transformación y cambio por el que está pasando la Institución a partir de la implementación de la Ley N° 21.666 que fortalece ChileValora. ● De Coordinación: Definir tiempos de coordinación con el equipo de ChileValora y la contraparte técnica para la puesta en marcha y ejecución del Programa. Para ello se debe considerar en la carta Gantt reuniones con contraparte técnica y con actores claves de la institución durante todo el proceso de ejecución del programa. 4.GESTIÓN DEL PROYECTO Y CARTA GANTT El oferente adjudicado deberá manejar la administración del proyecto de manera de facilitar la interacción con ChileValora. Para estos efectos, en su propuesta técnica, el proponente deberá entregar una Carta Gantt que identifique claramente los hitos del proyecto de acuerdo a las fechas de entrega de los informes. La carta Gantt debe contener también, la mención de los profesionales que participarán en cada una de las etapas del proyecto. 5. EQUIPO DE TRABAJO ChileValora considera que la experiencia y calidad del equipo de dirección del proponente será particularmente importante para alcanzar exitosamente los objetivos de la consultoría. En su Propuesta Técnica, el proponente deberá entregar los nombres de las personas que serán parte del equipo de trabajo, de acuerdo a los roles específicos de cada una, y que tendrán la responsabilidad de la ejecución adecuada del acompañamiento y de quien será la encargada de coordinarse con ChileValora para la ejecución de las actividades y los productos e informes contratados. Por ello, deberá especificar el número de horas dedicadas de cada profesional al proyecto y documentar la experiencia en liderar o en coordinar y administrar proyectos, utilizando exclusivamente los formatos de currículum vitae (CV) que se adjuntan en el Anexo N°3. Asimismo, el equipo de coaches deberá adjuntar el certificado de coach. La proponente también deberá adjuntar su experiencia como persona natural o como persona jurídica, para conocer el número de proyectos, programas o capacitaciones que ha brindado, utilizando el formato de CV corporativo (ver anexos de las presentes bases). Al respecto, cabe señalar que deberá incorporarse sólo aquella experiencia relevante en los últimos diez años, entendiendo por tal, programas de coaching, de capacitación, algunos enfocados en equipos directivos o líderes de organizaciones públicas y privadas. 6. CONTRAPARTE TÉCNICA 6.1 Respecto del proveedor adjudicado: El proveedor adjudicado deberá informar el nombre de la persona que será la Contraparte Técnica de esta contratación, informando número de contacto y correo electrónico, para efectos de coordinación, una vez adjudicado. Dicha persona será responsable de resolver cualquier situación relacionada a la prestación del servicio o adquisición objeto de la licitación. 6.2 Respecto de ChileValora: El contrato resultante de la presente licitación pública, contará con una Contraparte Técnica, que para efectos de estas bases será una profesional del área de Administración Finanzas y Personas; quien supervisará, coordinará y fiscalizará el cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases; además de fiscalizar que los productos o servicios objeto de la contratación, se ciñan estrictamente a lo indicado en estas bases, oferta y documentos complementarios, verificando la recepción y calidad de estos productos o servicios. Asimismo, podrá requerir, además, la modificación del contrato si corresponde, indicando el motivo y las circunstancias que lo ameritan, como también notificar las circunstancias constitutivas de multa de acuerdo con el procedimiento establecido en las bases y las demás que le encomienden las presentes bases. La contraparte técnica de ChileValora, deberá: ● Gestionar las reuniones internas necesarias para completar el proceso de coaching. ● Coordinar que el proveedor entregue el servicio completo con la logística necesaria para disponer de salones, equipamiento, traslado, alimentación y habilitación de los salones o lugares necesarios para el desarrollo de las actividades. ● Entregar a la adjudicataria el listado de los funcionarios, Directivos Líderes que participarán en cada una de las etapas y actividades del Programa de Coaching Ejecutivo. ● Realizar la convocatoria a todos los funcionarios y actores relevantes seleccionados a las diferentes actividades del Programa. ● Coordinar con los actores relevantes la presentación de la propuesta en la etapa de sensibilización. ● Coordinar con la autoridad la presentación de avances y de resultados del proceso de acompañamiento de coaching. ● Realizar la aprobación de los entregables del contrato (informes 1, 2 y 3). 7. DURACIÓN DE LOS SERVICIOS El plazo máximo de ejecución de la consultoría será de máximo 12 semanas contados desde el inicio efectivo de la prestación de los servicios considerando no sobrepasar el 31 de diciembre 2024. En concordancia con ello, serán rechazadas aquellas propuestas cuyo plazo de ejecución supere el plazo máximo señalado. 8. LUGAR DE TRABAJO Y EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES La adjudicataria desempeñará preferentemente las actividades relacionadas con sesiones de coaching, talleres, y reuniones físicamente en las oficinas de ChileValora o donde éste proponga, pudiendo también coordinar reuniones de común acuerdo en otro lugar, así mismo para posibles sesiones de coaching podrá organizarlas de manera presencial en las oficinas de la empresa oferente, siempre y cuando haya un servicio de metro cerca de dichas dependencias. También, si es aprobado por ChileValora podrán existir algunas acciones online, ocasionalmente y sólo de carácter individual para alguno de los participantes. 9. SOBRE LOS INFORMES Se solicitará la presentación de 3 informes cuya entrega y aprobación condiciona el pago de las cuotas establecidas en el punto 10.5 de las Bases Administrativas. En dichos informes deberá adjuntar el registro pormenorizado de las actividades cumplidas a la fecha y los medios de verificación (entre los que pueden considerarse registros fotográficos) que den cuenta de su realización. Los contados de los informes están detallados en el punto 3.2 de las presentes bases. Además de ello, el 1° informe o informe inicial deberá contemplar una Carta Gantt actualizada del Proyecto, el 2° informe deberá adjuntar los resultados del proceso de escucha de coaching desarrollado con algunos actores relevante y el informe final o 3° informe deberá contener adicionalmente, los resultados de coaching del proceso de acompañamiento. NUMERO PORCENTAJE DE PAGO ENTREGABLES 1º Informe 30% • Carta Gantt del Proyecto, con eventuales actualizaciones, manteniendo plazos originales. • Diagnóstico institucional de acuerdo a funcionamiento, que considera establecer indicadores para medir el proceso de trabajo en materia de gestión del cambio. • Estrategia de gestión del cambio a implementar. • Plan de acompañamiento a Jefaturas para el desarrollo de habilidades requeridas para la implementación del Proyecto. • Plan de acompañamiento a equipos para el desarrollo de habilidades en torno a la transformación y gestión del cambio. • Plan de comunicaciones interna del Proyecto, con su respectiva carta Gantt. 2º Informe 35% • Informe de avance con al menos el 60% de ejecución de actividades realizadas de acuerdo a carta Gantt, detallando la ejecución con registros, evaluación y conclusiones de las acciones realizadas. • Análisis que dé cuenta de los resultados del proceso de escucha y coaching desarrollado con algunos actores relevantes de la implementación del proceso en las distintas áreas. • Readecuación de actividades, en caso de ser necesario. • Estado de avance del plan de comunicaciones interna de acuerdo a carta Gantt. • Identificación de acciones definidas a implementar para mitigar riesgos que comprometan la implementación de los cambios. 3º Informe 35% • Ejecución de actividades pendientes de etapa anterior, en caso de existencia. • Documento Diagnóstico institucional con Informe de Ejecución del Proyecto, con análisis y resultados obtenidos y evaluación detallada con conclusiones del servicio prestado, para los distintos niveles de la organización, diferenciado por áreas y ámbitos establecidos, según hallazgos obtenidos. • Evaluación del cumplimiento de indicadores definidos en el diagnóstico, e identificación de acciones establecidas para implementar y mitigar los riesgos que comprometan la implementación de los cambios. • Informe de resultados de acciones implementadas y recomendaciones para la optimización, continuidad y seguimiento aquellas realizadas en el programa de acompañamiento. 10. PAGOS ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $50.000.000 (Cincuenta millones de pesos), con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado en 3 (tres) cuotas, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla: CUOTA PORCENTAJE HITO 1ª 30% Aprobado el primer informe 2ª 35% Aprobado el segundo informe 3ª 35% Aprobado el tercer informe o informe final 11. APROBACIÓN DE INFORMES Una vez recepcionado el informe, la contraparte técnica de ChileValora tendrá un plazo de cinco días hábiles para analizar el informe y hacer llegar sus comentarios a la entidad adjudicada. Los pagos correspondientes a cada cuota se efectuarán una vez recibido el respectivo informe y éste haya sido aprobado por ChileValora; y previa entrega de la factura o boleta, correctamente emitida a posterior de la aprobación del informe por parte de la contraparte técnica. En el caso de la última cuota, debe encontrarse aprobado el Informe Final y ejecutada la presentación de resultados.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.