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Resolución de Empates |
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En la eventualidad de generarse un empate entre 2 o más oferentes respecto a la evaluación
final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio propuesta
precio y en el caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo
mecanismo de desempate la adjudicación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el
criterio de plazo de entrega, como tercer mecanismo de desempate al oferente que haya
obtenido el mayor puntaje en el criterio de experiencia y finalmente si el empate persiste se
adjudicará al oferente que ingrese primero la oferta en el portal mercado público.
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida
en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar
inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa,
incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o
equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
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Pacto de integridad |
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Los oferentes por el solo hecho de participar en el presente proceso licitatorio, aceptan todas y
cada una de las estipulaciones que en ella se contienen, como de sus documentos integrantes,
y asumen como propios los siguientes compromisos:
1.No ofrecer ni conceder regalías, sobornos, premios, dádivas o cualquier otro de similar
naturaleza y/o monto, a funcionarios públicos en relación a su oferta, en virtud del proceso
licitatorio en el cual concursa, ni tampoco ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
puedan influir de forma directa o indirecta en el proceso de licitación, durante la evaluación,
adjudicación y/o ejecución del contrato.
2.No efectuar negociaciones que impliquen cualquier conducta de naturaleza colusiva, que
involucre influir de manera negativa a la libre competencia entre los oferentes, ni afecten la
igualdad de estos durante el proceso licitatorio.
3.Los oferentes se obligan a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley
N°21.634, de 2023, que Moderniza la Ley N°19.886 y su reglamento contenido en el DS N°661
de 2024, en relación a no mantener entre los participantes y/o funcionarios del organismo
licitante, comunicación alguna que pueda afectar el correcto desarrollo del proceso, salvo
aquellas que se realicen a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y
Contratación del Estado mercadopublico.cl.
4.El oferente se obliga a realizar un estudio acabado de toda la información y documentación
necesaria para la elaboración de su oferta, tomando todas las medidas tendientes a asegurar
su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5.El oferente manifiesta, aceptar y garantiza el cumplimiento de las condiciones establecidas en
las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos
derive.
6.El oferente se obliga en ajustar su actuar a los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral,
probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en y
durante el suministro de bienes objeto del presente proceso
licitatorio.
7.El oferente declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una
propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones
y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas (para el caso de permitirse la subcontratación, de lo
contrario eliminar frase), haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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