|
Resolución de Empates |
En caso de producirse empates en la evaluación de las ofertas, este se resolverá aplicando la siguiente sucesión de criterios:
a) Primer Criterio: Mejor Oferta Económica.
b) Segundo Criterio: Mayor Experiencia del Oferente
c) Tercer Criterio: Mejor Comportamiento Contractual De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada a la propuesta que se envió primero al portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
|
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
|
Los oferentes podrán solicitar por escrito vía Portal www.mercadopublico.cl aclaraciones a los antecedentes de la Licitación, hasta el día que se señale en el calendario de las presentes Bases Administrativas. La Unidad Técnica emitirá las aclaraciones por escrito vía Portal, incluyendo el texto de las consultas realizadas y las respuestas correspondientes. Una vez emitidas se entenderán formando parte de las Bases. Será responsabilidad de los oferentes consultar por las aclaraciones en el Portal www.mercadopublico.cl. Por tanto, los oferentes no podrán alegar su desconocimiento bajo ningún aspecto.
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
CAUSALES GENERALES DE TÉRMINO:
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
La Municipalidad de Recoleta podrá solicitar a los oferentes que solucionen errores, omisiones formales, a través del Portal, durante la etapa de recepción de ofertas y de evaluación de estas, hasta que se publique la resolución adjudicataria correspondiente en el Portal. Lo anterior, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y, además, se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de Información. Se podrá permitir la presentación de certificaciones y antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta, por parte de la Comisión Evaluadora, como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del portal, teniendo el oferente un máximo de 48 horas para su respuesta. No obstante, lo anterior, los oferentes involucrados en este proceso de aclaración de ofertas no obtendrán la puntuación en el ítem “Cumplimiento de los Requisitos Formales” de la pauta de evaluación de estas Bases Administrativas, punto 7.3. I Letra c).
|
|
|
|
Pacto de integridad |
|
Programa De Integridad y Ética Empresarial: el proveedor deberá subir al portal www.mercadopublico.cl su programa de integridad y Ética Empresarial, en el cual se debe definir su política de Integridad, los protocolos y canales de denuncias existentes, y; además debe acreditar que es conocido por todo su personal mediante alguno de estos mecanismos: Declaración Jurada Simple con nómina firmada por los trabajadores; Declaración Jurada Simple suscrita por Representante de los Trabajadores si lo hubiere, o; Declaración Jurada Simple suscrita por representante del Sindicato de Trabajadores si lo hubiere. Se podrá acreditar la difusión o conocimiento de los trabajadores con un correo masivo enviado a través las/os funcionaras/os a sus correos institucionales que lleva adjunto el programa de integridad, como también tenerlo disponible en la página web de la institución. El programa de integridad empresarial debe regirse de acuerdo a lo indicado en la ley 20.393 que “Establece la Responsabilidad de las Personas Jurídicas en los delitos que indica”. La oferta que no incluya el Programa de Integridad y Ética Empresarial, en los términos antes señalado y este no sea conocido por todo el personal, no obtendrá el puntaje del factor, de acuerdo a la pauta de evaluación punto 7.2. I letra b)
|
|
|
|
LA INSPECCIÓN TÉCNICA |
|
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico del Servicio
(ITS), al profesional funcionario a quien la Unidad Técnica, en este caso el Departamento de
Salud designe por Decreto Exento para velar directamente por la correcta ejecución del
Contrato, y de modo previo al Inicio de los Servicios.
Para cumplir su cometido el Inspector Técnico, considerará además las observaciones que le
hagan llegar, según corresponda, en relación con el incumplimiento de las condiciones
establecidas en las bases administrativas y técnicas, como asimismo implementará los
mecanismos de control que estime pertinente en resguardo a los intereses municipales.
Dentro de sus funciones estarán:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos
en las bases de licitación para el oportuno cumplimiento del contrato.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la correcta operación y fiel
cumplimiento del contrato.
c) Representar a la Municipalidad en la comunicación directa con el oferente
adjudicado.
d) Generar los documentos de recepción conforme con los que se autorizará el pago
correspondiente.
El presente documento ha sido suscrito por medio de Firma Electrónica Avanzada
Validar en
e) Velar y gestionar el pago oportuno de la factura correspondiente a los servicios
otorgados.
f) Atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
g) Las demás que le encomiende el presente instrumento.
Durante la vigencia del contrato deberá haber a lo menos un Inspector Técnico (ITS).
|
|
|
|
SISTEMA DE COMUNICACIÓN Y CONTROL DEL SERVICIO |
|
Toda comunicación entre el ITS y el Adjudicatario será mediante correo electrónico, en el
caso del ITS, será mediante correo institucional.
A través de este mecanismo se señalará lo siguiente
a) Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Unidad Técnica.
b) Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el contratista.
c) De las notificaciones de multas y las apelaciones que planteé el contratista a la Unidad
Técnica.
d) El rechazo de facturas y/o documentos de cobro de acuerdo con lo establecido en el
artículo Nº3 de la Ley 19.983, y lo referido en el punto Nº15 de las presentes bases.
e) Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.
|
|
|
|
CAUSALES DE MULTAS |
|
A continuación, se detalla la infracción que hará incurrir al contratista en multas y sus
correspondientes montos:
CAUSAL MONTO DE MULTA EN UTM
Retraso en la ejecución del servicio por parte del proveedor con el
plazo ofertado.
1 UTM por cada día
Daño a la infraestructura en la realización de los trabajos. 5 UTM por cada día
Incumplimiento de requerimientos indicados en las bases técnicas,
letra e)
1 UTM por cada día
Incumplimiento a Niveles de Riesgos inmediato, la multa ascendería
a 1.5 UTM, por cada hora de retraso en la respuesta con un tope de
50 UTM. por evento
1.5 UTM por cada hora,
Tope 50 UTM. por evento
Incumplimiento a Niveles de Riesgos breve, la multa ascendería a 1
UTM, por cada hora de retraso en la respuesta con un tope de 50
UTM, por evento
1 UTM por cada hora,
Tope 50 UTM. por evento
Incumplimiento a Niveles de Riesgos postergado, la multa ascendería
a 0.5 UTM, por cada hora de retraso en la respuesta, con un tope de
50 UTM, por evento
0.5 UTM por cada hora,
Tope 50 UTM. por evento
Incumplimiento en tiempo de respuesta en servicio de emergencia,
la multa ascendería a 1 UTM, por cada hora de retraso en la
respuesta, con un tope de 50 UTM por evento.
1 UTM por cada hora,
Tope 50 UTM. por evento
Cualquier incumplimiento a las bases administrativas o a la oferta del
proveedor adjudicado de 0.5 UTM, por cada hora de retraso en la
respuesta, con un tope de 50 UTM por evento.
0.5 UTM por cada hora,
Tope 50 UTM. por evento
|
|
|
|