Licitación ID: 2409-217-LE25
SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA DAEM LOS ANGELES PERIODO 2020-2021-2022-2023 y 2024
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Fecha de Cierre: 09-01-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 23
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Auditorías internas 1 Global
Cod: 84111603
SERVICIO DE AUDITORIA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PARA LA DIRECCION COMUNAL DE EDUCACION, AÑOS 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 SEGUN BASES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA DAEM LOS ANGELES PERIODO 2020-2021-2022-2023 y 2024
Estado:
Publicada
Descripción:
Se requiere para cada uno de los subprogramas que maneja el DAEM efectuar una auditoria externa financiera y presupuestaria año 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, que revise y evalué documentos, operaciones, registros y Estados financieros públicos en cumplimiento a la normativa.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
LAUTARO 280
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-01-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 29-12-2025 16:30:36
Fecha inicio de preguntas: 29-12-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 04-01-2026 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-01-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-01-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-01-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 09-02-2026 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 20-02-2026
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En el acto de apertura de la propuesta se verificará que el oferente esté hábil en el Registro de Proveedores, de lo contrario quedará fuera de bases
2.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "A", ANEXOS ADMINISTRATIVOS
3.- Anexo 1 - Identificación del Oferente
4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a través del portal de www.mercadopublico.cl deberá adjuntar Anexo Nº2, declaración que deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, de lo contrario, el oferente se considerará fuera de bases.
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- ANTECEDENTES TÉCNICOS A PRESENTAR, LOS QUE DEBERÁN SER INGRESADOS PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "B", ANEXOS TÉCNICOS:
 
2.- ANEXO N°3 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA: El oferente deberá subir obligatoriamente Anexo N°3 y completar, al menos, los campos relacionados con la identificación del oferente participante y fecha del documento. En el caso que el oferente informe experiencia, ésta deberá ser por la sumatoria de ordenes de compras con recepción conforme o factura con detalle correspondiente al servicio que se paga (se considerará solo 1 Orden de Compra o factura por cada Servicio de auditoria prestado) y que acrediten la prestación de servicios de auditorias a DAEM con presupuesto Anual mayor a $10.000 millones en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas de la presente licitación; para lo anterior, deberá subir los correspondientes documentos de acreditación y completar los campos indicados en la tabla de su Anexo N°3 de la prestación informada, de lo contrario dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. Si el oferente no posee experiencia en Auditorias DAEM con presupuesto superior a $10.000 millones, oferta será declarada inadmisible al momento de la evaluación.
 
3.- DOCUMENTOS ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA DE LA EMPRESA. El oferente participante, en el caso de informar experiencia en su Anexo N°3. Experiencia del Oferente, deberá adjuntar ordenes de compras con recepción conforme o factura con detalle correspondiente al servicio que se paga en la ejecución de servicios de auditoria en DAEM. Los documentos de acreditación deberán indicar específicamente la descripción de los servicios correspondiente al anexo N°3, los cuales serán validados y acreditados por la comisión evaluadora en la etapa de evaluación. Si un oferente no sube la documentación que acredite la prestación informada a auditorias DAEM o éste no cumple en tiempo y forma con lo solicitado, oferta será declarada inadmisible en la etapa de evaluación. Del mismo modo, si el oferente informa experiencia en Anexo N°3 Experiencia del Oferente, pero no sube ningún documento de acreditación o ninguno de éstos corresponde en tiempo y forma a auditorias DAEM, la oferta será declarada inadmisible en la etapa de evaluación, del mismo, para acreditar el presupuesto total del mandante, el oferente deberá acompañar certificado emitido por el mandante o “print” de pantalla del presupuesto del organismo mandante publicado en la página de transparencia. En ambos casos la comisión evaluadora verificara la información entregada al momento de la evaluación.
 
4.- ANEXO N°4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD, el que se deberá ingresar según Anexo N°4. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El programa de integridad, debe obedecer a la realidad de cada empresa y, en términos generales, tiene como objetivo combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción en la empresa y los delitos asociados a la Ley Nº20.393 sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica. Así también, busca promover e implementar prácticas de gestión ética. De esta manera, el programa de integridad permite, por una parte, prevenir conductas que vayan en contra de la legislación vigente y que puedan provocar penalizaciones a las compañías, así como problemas éticos al interior de la misma o incluso con sus grupos de interés y, por otra, identificar y abordar los riesgos asociados a la corrupción que puedan dañar la seguridad, imagen y sustentabilidad de la organización. En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser presentado por cada uno de sus integrantes junto a la copia del documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa de cada uno de estos.
 
5.- ANEXO N°5 EXPERIENCIA DEL JEFE DEL EQUIPO AUDITOR: El oferente deberá subir obligatoriamente Anexo N°5, en donde se describa la experiencia del profesional (jefe del equipo auditor) propuesto para el cargo en la ejecución de servicios de auditorias en DAEM (al menos 2 auditorías realizadas a Departamentos de educación Municipal en las que haya ejercido como Jefe del equipo de Auditoria.) junto al numero de contratos en los que ha trabajado como Jefe de equipos auditores a DAEM en los últimos 10 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas de la presente licitación. La experiencia del profesional Jefe del equipo Auditor, deberá ser acreditada a través de certificados y/o contratos entre el profesional y la institución y/o el oferente, que den cuenta de los servicios en los que haya participado como Jefe de equipo Auditor en auditorias DAEM, con las respectivas firmas de las entidades emisoras. Los documentos presentados para acreditar la experiencia del profesional deberán indicar claramente el rol que cumplió el profesional en dicho contrato. en caso de que la prestación indicada como experiencia en anexo no corresponda a DAEM, aquella prestación informada no será considerada al momento de la evaluación. En caso de que no se cumplan con los requisitos exigidos; no se presente experiencia o no se acredite, la oferta será declarada Inadmisible.
 
6.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
 
Documentos Económicos
1.- ANTECEDENTES ECONÓMICOS A PRESENTAR, LOS QUE DEBERÀN SER INGRESADOS PREFERENTEMENTE A LA SECCIÒN "C", ANEXOS ECONÒMICOS.
2.- ANEXO Nº6 OFERTA TECNICO ECONOMICA.
3.- El Oferente deberá ingresar toda la información solicitada en Anexo Oferta Técnico Económica Nº6, de lo contrario quedará fuera de bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases 2%
2 EXPERIENCIA DEL JEFE DEL EQUIPO AUDITOR Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 20%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 5%
4 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 28%
5 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 16. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCIÓN GENERAL
Monto Total Estimado: 60000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO DISPONIBLE CON IMPUESTOS INCLUIDOS
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RUTH JARAMILLO NORAMBUENA
e-mail de responsable de pago: rjaramillo@educacionlosangeles.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se considera la subcontratación, el proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas las obligaciones contraídas
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN, RUT: 69.170.101-8
Fecha de vencimiento: 10-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías cuyo monto será el equivalente en pesos al 5% del precio final neto ofertado. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en los artículos nº 121 Y 122 del D.S. 661, Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles Área Educacion, Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar dentro de los 10 días corridos siguientes una vez adjudicada junto a los otros documentos para contratar.
Glosa: PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO LICITACIÓN 2409-217-LE25 "SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA DAEM LOS ANGELES PERIODO 2020-2021-2022-2023 y 2024".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato. Para solicitar la devolución de la garantía se deberá realizar mediante correo electrónico enviado al Inspector Técnico del Servicio, indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce la figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo N.º 180 del Reglamento de la Ley N.º 19.886.  Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

2.1.   Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.   En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

A)      En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

B)      La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 180, letra c. del Reglamento de la Ley N.º 19.886.

C)      Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá encontrarse hábil en el registro de Proveedores

D)      Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

E)        La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarado inadmisible en la etapa de evaluación.

2.3.   MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.3.1 Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.

En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.

En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.

Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:

2.3.1.1 Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.

    2.3.1.2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.

2.3.1.3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.

2.4.   DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.   TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

A)      La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la fiscalía nacional económica.

B)      Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

C)      Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

D)      Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

E)      Disolución de la UTP.

F)       Además de las causales indicadas en la cláusula "Término anticipado del Contrato" de las presentes bases administrativas.

(*1) Microempresas: son aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM

FINANCIAMIENTO: SUBVENCION GENERAL (PRESUPUESTO EDUCACION).

ITEM: 22.11.999

PRESUPUESTO DISPONIBLE: $ 60.000.000.- IMPTOS. INCLUIDOS.

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.

Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

4.1. PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Técnicas.

4.2 PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Anexo Nº6 Oferta Técnico Económica

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o "responsable del Contrato".

6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LAS OFERTAS

La presente Licitación Pública corresponde al "SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA DAEM LOS ANGELES PERIODO 2020-2021-2022-2023 y 2024", de acuerdo a lo señalado en las Bases Técnicas, adjuntas a la presente licitación.

El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en anexo Nº6 Oferta Técnico Económica, la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la presente licitación, según lo requerido en las presentes bases.

Se establece que en el caso de haber diferencias entre el monto señalado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nº6 "Oferta Técnico Económica"; prevalecerá el valor registrado en el referido anexo.

En el caso de presentarse errores en el Anexo Nº6 Oferta Técnico Económica, se procederá de la siguiente forma:

a) En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo N°6 Oferta técnico económica, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta. (Para cualquier cálculo se considerarán hasta 2 decimales.)

b) Las ofertas de los Oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria.

c) Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y Bases Técnicas.

d) En el caso de haber error en el cálculo del IVA, éste se calculará en base al valor neto informado

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. 

El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la documentación que rige esta licitación.

10.-PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

11.- COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura compuesta por Profesional de la Dirección de Educación DAEM, un miembro de la comisión evaluadora, un funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección Comunal de Educación, quien además será el que deberá levantar acta de la apertura electrónica realizada, la que será firmada por los integrantes de la Comisión

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas.

Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida a través del portal Mercado Público.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura. 

12.-COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el ITEM Nº4 “ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Señor Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a las oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases; pudiendo informar a fiscalía o a quien corresponda.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizarán dos decimales sin realizar aproximaciones. Lo anterior será aplicable para todos los efectos.

A modo de ejemplo: A continuación, en la tabla se indica los puntajes que obtienen 3 proveedores luego de haber realizado el mecanismo de asignación de puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación:

PROVEEDOR

PUNTAJE PRELIMINAR

PUNTAJE FINAL

Proveedor 1

98,52

98,52

Proveedor 2

98,566

98,56

Proveedor 3

98,4481

98,44

*Puntaje preliminar: Puntaje obtenido de la ponderación de los criterios y luego sumado entre sí.

**Puntaje Final: Puntaje obtenido del ajuste de los dos decimales sin realizar aproximación al Puntaje preliminar.

Cabe señalar que, para la comparación de las ofertas se utilizará lo indicado en la columna Puntaje Final.

En el caso de que un oferente presente más de una oferta en la licitación, La Municipalidad considerará para efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.

13. SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

14. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

15. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS


Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 30% por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole garantía de fiel cumplimiento del contrato (en caso de no tenerla) o ampliación de esta.

El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

16.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los criterios de evaluación son los siguientes:

16.1 PRECIO (45%)

Se evaluará de acuerdo a lo señalado por el oferente en Anexo Nº6 Oferta Técnico Económica. La oferta con menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas obtendrán puntaje inversamente proporcional, de acuerdo a la aplicación de la siguiente fórmula entre las ofertas recibidas:

PUNTAJE = (PRECIO MÍNIMO OFERTADO / PRECIO DE LA OFERTA A EVALUAR) * 100

16.2 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA (28%)

La experiencia se medirá se en base a servicios de auditorías a DAEM con presupuesto Anual mayor a $10.000 millones en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas de la presente licitación y se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:

CANTIDAD DE AUDITORIAS EJECUTADAS

PUNTAJE

9 o más auditorías ejecutadas

100 puntos

Entre 7 y 8 auditorías ejecutadas

80 puntos

Entre 5 y 6 auditorías ejecutadas

60 puntos

Entre 3 y 4 auditorías ejecutadas

40 puntos

Entre 1 y 2 auditorías ejecutadas

20 puntos

No informa o no se puede demostrar

Oferta Inadmisible

(*) Para acreditar la experiencia de la empresa deberá adjuntar ordenes de compras con recepción conforme o factura con detalle correspondiente al servicio que se paga en la ejecución de servicios de auditoria en DAEM, según lo mencionado en punto N°8 de las BASES TECNICAS, en los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de oferta.

(**) Para acreditar el presupuesto total del mandante, el oferente deberá acompañar certificado emitido por el mandante o “print” de pantalla del presupuesto del organismo mandante publicado en la página de transparencia. En ambos casos la comisión evaluadora verificara la información entregada.

(***) En el caso de informar experiencia y esta no corresponda a una prestación a DAEM con presupuesto mayor a $10.000 millones o no se acredite, la oferta será considerada inadmisible al momento de la evaluación.

16.3 EXPERIENCIA DEL JEFE DEL EQUIPO AUDITOR (20%)

Experiencia del profesional propuesto para el cargo JEFE DEL EQUIPO AUDITOR en la ejecución de servicios de auditorías en DAEM y número de contratos en los que ha trabajado como Jefe de equipos auditores a DAEM en los últimos 10 años, según anexo N°5.

CANTIDAD DE AUDITORIAS EJECUTADAS

PUNTAJE

5 o más auditorías ejecutadas

100 puntos

4 auditorías ejecutadas

75 puntos

3 auditorías ejecutadas

50 puntos

2 auditorías ejecutadas

25 puntos

Inferior a 2, no informa o no se puede demostrar

Oferta Inadmisible

(*) Para acreditar la experiencia del JEFE DEL EQUIPO AUDITOR deberá adjuntar certificados y contratos entre el profesional y la institución y/o el oferente, en servicios de auditorías a DAEM como JEFE DEL EQUIPO AUDITOR, según lo mencionado en punto N°7 las BASES TECNICAS, en los últimos 10 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de oferta. Los documentos presentados para acreditar la experiencia del profesional deberán indicar claramente el rol que cumplió el profesional en dicho contrato e indicar específicamente descripción de los servicios prestados correspondiente al anexo N°5.

(**) La no presentación de estos certificados, dará lugar en el momento de la evaluación a dejar inadmisible la oferta. En el caso de informar experiencia y esta no corresponda a una prestación a DAEM, la oferta será considerada inadmisible al momento de la evaluación.

16.4. PROGRAMA DE INTEGRIDAD (5%)

El puntaje del Programa de Integridad del o los oferentes en evaluación, dependerá si poseen y adjuntan a su oferta de acuerdo a lo señalado en Punto N°4 “Antecedentes para Incluir en la Oferta” de la ficha de la licitación, su Programa de Integridad.
El puntaje se obtendrá según la siguiente tabla:


CARACTERÍSTICAS


PUNTAJE

SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

100 puntos

SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

0 puntos

NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

0 puntos

Para acreditar el cumplimiento del Pacto por Programa de Integridad de las presentes bases de licitación, se evaluará si el oferente cuenta con Programa de integridad conocido por los trabajadores, por lo que deberá adjuntar el programa de integridad con que cuenta el oferente.  A su vez, el programa de integridad debe ser conocido por todos los trabajadores, por lo que deberá adjuntar documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa.

16.5.    CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (2%)

Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla:

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.

100 puntos

Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las cláusulas N°4, N°9.13 y N°9.14 de las presentes bases, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado.

50 puntos

Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas N°4, N°9.13 y N°9.14 de las presentes bases.

0 puntos

El puntaje ponderado del criterio se obtiene aplicando:

Ptje. Pond. Cumplimiento de Requisitos Formales (P.P. C.R.F) = 2% x Puntaje (C.R.F.)


16.6. PUNTAJE TOTAL PONDERADO


El puntaje total ponderado (PTP), se calculará según la siguiente formula:

PTP= (PRECIO)*0.45 + (EXPERIENCIA DE LA EMPRESA)* 0.28 + (EXPERIENCIA DEL JEFE DEL EQUIPO AUDITOR)*0.20 + (PROGRAMA DE INTEGRIDAD)* 0.05 + (CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES)* 0.02.

NOTA: Para la evaluación en cada uno de los criterios se consideraran dos decimales.

17.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “EXPERIENCIA DE LA EMPRESA”, Si aplicando la fórmula anterior aún continua el empate entre oferentes, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio " EXPERIENCIA DEL JEFE DEL EQUIPO AUDITOR ", Si aplicando la fórmula anterior aún continua el empate entre oferentes, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "PROGRAMA DE INTEGRIDAD"finalmente si aplicando la fórmula anterior aún continua el empate entre oferentes, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES.

Si aplicando la prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién ingrese al portal su oferta primero en hora.

18.- ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante, en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo

19.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, las consultas deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través de correo electrónico, dirigido al contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.

20.- READJUDICACIÓN 

Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos para contratar, no firma el contrato, o no acepta la orden de compra (en el caso que no exista contrato), en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

21.- PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

22.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable del contrato.

El desistimiento deberá ser comunicado al responsable del contrato, Área educación, vía escrita.

23.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO.

El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado en un solo pago al final de la prestación del servicio sin perjuicio de que se valorizará por etapa de auditoria, en caso de necesidad de liquidar antes del contrato.

24.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el oferente adjudicado. Este deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días corridos los siguientes documentos:

A)        Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.

En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores y el documento solicitado en el punto anterior esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

B)        Si el oferente postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

C)        Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

D)        Certificado de antecedentes laborales y previsionales, art. 6 Ley de presupuestos 2025, N°21.722, es decir, F-30.  En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de la unión.

E)        Declaración Jurada "Habilidad en registro de proveedores” (En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión).

F)        PLAN DE TRABAJO EN FORMATO PROPIO, el que deberá contener los puntos señalados en el punto N°6 de las bases Técnicas.

G)        Documentos del equipo auditor, según el siguiente listado (por cada uno de los integrantes del equipo):

1.- Curriculum Vitae del profesional.

2.- Certificado de título del profesional 

3.- Documentación que acrediten la experiencia mínima del equipo auditor, según lo indicado en punto N°7 de las Bases Técnicas.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplidos los requisitos previos por parte del Adjudicado (en adelante, el Proveedor), se procederá a la revisión del plan de trabajo. Una vez otorgado el visto bueno a dicho plan —requisito esencial para la firma del contrato— se continuará con la suscripción del contrato correspondiente, el cual será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica área Educación. Una vez redactado, el contrato será remitido al Proveedor para su firma, ya sea de manera personal, por correo tradicional o por correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el adjudicado no entregare los documentos anteriormente solicitados (números A y B sólo si corresponden), se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, es de competencia de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba contrato, hasta la liquidación del contrato.

El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

Cuando se trate de licitaciones superiores a 5.000 UTM la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

25.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez adjudicada la licitación en el portal www.mercadopublico.cl y  entregado por parte del proveedor los antecedentes indicados en la cláusula DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR de las presentes bases, el Inspector Técnico solicitará a profesional de Adquisiciones DAEM la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el proveedor.

Para todo efecto, se entenderá a la aceptación de la orden de compra como la formalización del contrato entre el proveedor y el mandante.

La orden de compra deberá ser aceptada en un plazo de 48 horas, contadas de lunes a viernes, desde la fecha de su emisión. Con ella comenzará a regir todas las obligaciones que se incluye en las expresadas Bases Administrativas, Anexos y Bases Técnicas.

Si el proveedor no aceptase la orden de compra en el plazo de 48 horas, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso que deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el Inspector Técnica del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

26.- RESPONSABILIDAD CIVIL

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión de la adquisición de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

27.- DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la presente licitación se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado.

28.-DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos de las obligaciones contractuales las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación chilena que se presume conocida por las partes.

29.- SUBCONTRATACIÓN

No se considera la subcontratación, el proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas las obligaciones contraídas.

30.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural.

b) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

c) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

d) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida:

- Atraso en la entrega en alguno de los pre-informes y el informe final de la auditoria que se está realizando.
- Si el Proveedor adjudicado excede en los plazos establecidos en las bases técnicas.
- Si el proveedor Adjudicado no realiza la debida presentación al Concejo Municipal, de acuerdo a lo establecido en las Bases Técnicas. 
- Si el proveedor adjudicado no cumpliese con el equipo de trabajo de auditores o con el jefe de auditores ofertados. 

e) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme con el artículo 129 precedente. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de la Ley 19.886. 

g) Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 130 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda

h) Si al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30 - 1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

i) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

En caso de producirse las causales indicadas en b); d); e); y/o h), la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

Se podría dar término al acuerdo celebrado en el caso previsto en el inciso segundo del artículo 33 de la ley N°21.595, de delitos económicos, debiendo añadirse que similar terminación tendría lugar cuando al proveedor adjudicado se le sancionara con la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8° y 10 de la ley N°20.393, sustituidos por el artículo 50 de su símil N°21.595 (aplica oficio N°E539710, de 2024, de la Contraloría General de la República).

31. DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICADO

a) El proveedor deberá prestar oportunamente los servicios requeridos en la presente licitación, en virtud de la aceptación de la orden de compra y firma del contrato respectivo. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

b) El proveedor será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

c) Corresponderá al proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

d) Será responsabilidad del proveedor velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores.

32.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

- Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases técnicas, documento de Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere y contrato respectivo.

- Realizar las entregas de los informes y pre-informes dentro de los plazos establecidos.

- Mantener durante el periodo de ejecución del servicio el numero y cantidades técnicas del equipo de trabajo. 

- Resolver las observaciones en los plazos establecidos en la comisión. 

- Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

- Será responsabilidad del adjudicado la entrega del servicio de acuerdo a lo estipulado en su oferta y estas Bases Administrativa

- Será responsabilidad del adjudicado tomar las medidas de resguardo para garantizar la correcta ejecución del servicio ofertado con los productos incluidos en su oferta económica.

- En caso de que se causaren perjuicios de cualquier tipo con motivo del desarrollo del contrato, el prestador del servicio será responsable de reparar tales perjuicios en el plazo que le señale la Municipalidad

- Será responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

- El Adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores, en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

- Será responsabilidad y de cargo del Adjudicado, cualquier accidente que se ocasione producto del cumplimiento del contrato, desligando de toda responsabilidad al mandante.

- El Adjudicado deberá informar al Inspector Técnico, si la factura correspondiente al pago fue cedida, o no fue cedida al factoring.

Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.

33.- PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO

La auditoría deberá ser ejecutada en un plazo de 100 días corridos, incluyendo la presentación de preinformes e Informe Final de Auditoría:

a.  Inicio de la Auditoria: Una vez aceptada la Orden de compra por parte del Adjudicatario, este tendrá 24hrs. para requerir al DAEM, a través del Inspector Técnico, la información necesaria para iniciar la revisión.

En un plazo que no exceda los 10 días hábiles en Inspector técnico coordinará con el adjudicatario, la entrega de la información requerida; dicha entrega deberá ser de manera presencial en el DAEM de Los Ángeles previa firma de la Carta de Confidencialidad. En este mismo acto se firmará un Acta de Inicio y se entregarán las dependencias que utilizará el equipo de auditoría. Con este acto, comenzarán a computarse los 100 días corridos de plazo total para la ejecución del servicio. Para este mismo día, se coordinará entre las partes, la presentación inicial del Plan de trabajo y la presentación del equipo auditor.

b.  Plazo de la Ejecución de la Auditoría: 100 días corridos.

c. Entrega Preinforme Etapa N° 1: Día hábil siguiente al término de los 40 días corridos contados desde el inicio de la ejecución de la auditoría.

d.  Entrega Preinforme Etapa N°2: Día hábil siguiente al término de los 80 días corridos contados desde el inicio de la ejecución de la auditoría.

e.  Entrega Informe Final Auditoría: Hasta el día de finalización de la auditoria establecido en el contrato. Si hubiere aumentos de plazos, la fecha de entrega se extiende hasta el término de éstos.

El adjudicatario podrá solicitar bajo los criterios ya señalados, el aumento de plazo en cada una de las etapas. Sin perjuicio de lo anterior, el eventual plazo adicional no afectara en ningún caso la fecha de entrega del informe final (100 días corridos.).

En caso de que el adjudicatario culmine la respectiva etapa en menos de 40 días corridos, plazo formalmente otorgado en bases. Esta ventaja será de beneficio del adjudicatario, sin afectar la fecha de entrega del informe final, asociada a los 100 días corridos.

Una vez recibidos los preinformes de las Etapas 1 y 2, la Comisión Técnica emitirá un pronunciamiento respecto del cumplimiento de lo solicitado en las bases técnicas, en un plazo no superior a 10 días hábiles, cuyos antecedentes deberán ser considerados por el adjudicatario en la confección del Informe Final de Auditoría, a objeto de levantar previamente observaciones formuladas u otros alcances descritos en los preinformes.

El tiempo que transcurra entre la entrega de los preinformes y el pronunciamiento conforme de la comisión técnica, no será computado en el plazo de 100 días corridos. Salvo aquellos plazos concedidos como aumentos, a solicitud del adjudicatario, los que si computaran para el cálculo de 100 días corridos.

La Presentación al Concejo Municipal no se encuentra incluida en el plazo de ejecución de la Auditoría.

Sólo por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificados por El mandante, éste podrá modificar el plazo para el desarrollo de la auditoria por el tiempo que estrictamente dure el inconveniente. 

a.             El proveedor deberá evaluar técnicamente el tiempo real de ejecución de la auditoria, al momento de evaluar su oferta.  El no cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato dará lugar a la aplicación de las multas correspondientes.

b.             El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días corridos, sin deducción de días de lluvia, feriados, ni festivos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativas:

·              Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del proveedor.

·              Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.

·              Que el hecho sea insuperable.

·              Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

34.- PROCEDIMIENTO DE AUMENTO DEL PLAZO

La Inspección Técnica podrá aumentar el plazo de entrega que es materia de esta licitación a petición fundada del Proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al proveedor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.

El Proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, al día siguiente de ocurrida la (s) causa (s) que lo origine mediante correo electrónico. En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo de entrega. Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Bases Técnicas.

El Inspector Técnico junto con informar a su respectivo Director del aumento del plazo de entrega, enviará un informe técnico al Alcalde, solicitando Decreto Alcaldicio que apruebe el aumento de Plazo de la etapa .

La solicitud de aumento de plazo de entrega deberá ser siempre con fecha anterior a la fecha de término de la etapa.

35.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica o Inspector Técnico (IT) al funcionario de DAEM que se le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del servicio correspondiente a la presente licitación, y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por Decreto Alcaldicio, indicando Inspector Técnico suplente y funciones a desarrollar

El Inspector Técnico (IT) será el responsable de supervisar que las obligaciones contractuales se ejecuten conforme a las normar aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentación que rige la presenta licitación, incluyendo normativa vigente.

36.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO (IT)

La Inspección técnica del servicio será un funcionario del DAEM, con conocimiento en el área de las materias a auditar. Este funcionario será el encargado de coordinar con el adjudicatario todo tipo de requerimiento de este, de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas. En específico deberá:

•           Informar al adjudicatario, correo electrónico, que servirá de medio de comunicación durante toda la prestación del servicio.

•           Coordinar día y hora para la primera entrega de información, firma del acta de inicio del servicio y presentación inicial del servicio.

•           Recibir y canalizar las solicitudes de información que haga el adjudicatario.

•           Gestionar las solicitudes de información con el área del DAEM que corresponda.

•           Entregar la información, de acuerdo con lo establecido en estas bases, al adjudicatario.

•           Recibir los preinformes e informe final y gestionar la reunión de la Comisión técnica para la revisión de los mismos.

•           Canalizar al adjudicatario las observaciones realizadas por la comisión técnica a los preinformes e Informe final en los plazos establecidos en estas bases.

•           Llevar registro en el “Libro de servicio de auditoria” de todo acontecimiento que transcurra durante la prestación del servicio.

•           Crear una carpeta física y/o digital que contenga el registro cronológico de los requerimientos y respuestas de solicitudes del adjudicatario.

•           Coordinar y solicitar al alcalde fecha y hora para la presentación al Concejo Municipal.

•           Gestionar los procedimientos administrativos y aplicar Multas al adjudicatario en caso de ser necesario.

•           Emitir certificación conforme para el pago del Servicio.

•           Otras tareas que se requieran para la buena prestación del Servicio de Auditoria.

Se considerará un subrogante en caso de ausencia del titular.

37.-DEL LIBRO DE INSPECCIÓN

El proveedor mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro de inspección técnica, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico y el Adjudicado.

En el Libro de inspección técnica se deberá dejar constancia:

a) De los avances de la auditoria.

b) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al proveedor.

c) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.

d) De los demás antecedentes que exija el I.T.

e) De las observaciones que pudiere estampar el I.T. a solicitud del equipo auditor.

g) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas.

h) Del congelamiento del plazo.

Toda comunicación que se establezca en el libro de inspección técnica, por el Adjudicado y/o el I.T., se considerará comunicación oficial.

La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico, y la primera copia por el proveedor, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

38.- COMISION TECNICA DE REVISION:

La Comisión Técnica estará conformada por Directora de Control y un profesional de la dirección; Directora Jurídica y un profesional de dicha dirección; Director de Administración y Finanzas de la Municipalidad y Jefa de Administración y Finanzas del DAEM de los Ángeles. Dicha comisión tendrá como funciones:

•           Aprobar, observar o rechazar los Pre informes entregados por el adjudicatario. Lo anterior, en relación al cumplimiento de lo requerido en las presentes bases técnicas de auditoria.

•           Aprobar o rechazar las correcciones realizadas por la empresa adjudicada a las observaciones planteadas por la comisión técnica, respecto de los preinformes.

•           Aprobar, observar o rechazar el Informe Final cuando éste no cumpla con lo requerido en las bases. Esta aprobación será requisito para la entrega formal de dicho Informe Final al Alcalde, de acuerdo con lo señalado en el párrafo final del punto N°9 de las bases técnicas. Y para la Certificación de recepción conforme del Servicio que tendrá que emitir el Inspector Técnico para el pago de éste.

Los pronunciamientos emitidos por esta comisión deberán ser entregados al Inspector Técnico, mediante “Acta de la Comisión” debidamente firmada por sus integrantes.

En caso de ausencia de Directores y Jefaturas Titulares, deberán integrar la comisión sus subrogantes

39.- DEL PAGO

El Pago se realizará en un estado de pago único dentro de los 30 días corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal. 

Una vez recepcionado conforme por la Comisión Técnica el informe final y realizada la presentación al Concejo Municipal, el proveedor podrá emitir la factura correspondiente.

El pago será realizado contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, área educación, Rut 69.170.101-8, ubicada en calle Lautaro 280, Los Ángeles, indicando número de orden de compra correspondiente.

La Factura deberá considerar VºBº del Inspector Técnico y del Director Comunal de Educación.

La Factura deberá ser entregada en la Dirección de Administración de Educación Municipal, ubicada en Lautaro 280, Los Ángeles.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago que genere la ejecución contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor.

40.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO

1.- El oferente Adjudicado deberá presentar los siguientes antecedentes:

1.1 Acta recepción conforme de la comisión técnica de revisión (por cada pre-informe y el informe final)

1.2 Factura a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN R.U.T. 69.170.101-8, esta debe indicar el número de orden de compra. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico, según corresponda.

2.-  El IT de la licitación deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

2.1 Factura con V°B° del Director DAEM, del Inspector Técnico y Comisión de Revisión.

2.2 Orden de Compra en estado aceptada por el oferente adjudicado.

2.3 Bases Administrativas y Bases técnicas.

2.4 Acta de Inicio de Inicio de la auditoria.

2.5 Oferta Técnico Económica.

2.6 Decreto Alcaldicio de adjudicación.

2.7 Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento.

2.8 Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

2.9 Decreto Alcaldicio que aprueba Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

2.10 Decreto que designa IT titular y suplente.

2.11 Acta de Recepción conforme.

2.12 Certificado detallado de conformidad de la recepción del servicio, emitido por el IT.

2.13 Fotografía de la presentación al Concejo Municipal

2.14 En caso de multas, Decreto Alcaldicio que sanciona dichas multas.

2.15 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor.

41.- LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Dichos descuentos serán imputados al pago correspondiente del Adjudicatario y/o de las garantías vigentes, cuando éstas existan.

42.- SANCIONES Y MULTAS

El incumplimiento de las presentes Bases Administrativas y Bases técnicas facultará a la Dirección de Educación Municipal para aplicar una o más de las siguientes sanciones:

a.- En el caso de atraso en la entrega en alguno de los pre-informes y el informe final de la auditoria que se está realizando, se aplicará una multa equivalente a 0,75 uf por cada día corrido de atraso en la entrega final, con un máximo de 6 días corridos. Si transcurrido este tiempo el proveedor adjudicado no hiciera entrega de los pre-informes e informe final de la auditoria, la Municipalidad dará término anticipado del contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

b.- Si el proveedor adjudicado hubiere excedido el plazo establecido en las Bases Técnicas, para subsanar observaciones, esos días adicionales estarán afectos a multas, las que serán aplicadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción. Dicho incumplimiento será sancionado con el cobro de 0,75 uf. Si el atraso se prolonga por más de 05 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato.

c.- Si el proveedor adjudicado no realizara la presentación Al concejo municipal según lo establecido en las Bases Técnicas, se aplicará una multa equivalente a 0,75 uf por cada día corrido en el atraso de la presentación, con un máximo de 5 días corridos. Si el atraso se prolonga por más de 05 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato.

d.- Si el proveedor adjudicado no cumpliese con el equipo de trabajo de auditores o con el jefe de auditores ofertados, se aplicará una multa equivalente a 0,75 uf por cada día corrido en que no regularice la situación, con un máximo de 5 días corridos. Si el atraso se prolonga por más de 05 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato

e.-  El valor de la UF será del día de registro de la multa en el Libro de inspección técnica.

f.- Las multas se descontarán del monto del estado de Pago correspondiente al período que se dicte Decreto Alcaldicio que sanciona la multa, o de las garantías vigentes.

g.- El responsable de la aplicación de multas será el I.T. quien informará al proveedor adjudicado mediante el Libro de inspección técnica.

h.- Las multas podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes Bases.

i.- Las multas cursadas, en total, no podrán superar el 30% del valor total del contrato, en caso de incumplimiento la Municipalidad podrá terminar anticipadamente el contrato.

43.-  DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

Este procedimiento se utilizará para la aplicación de multas, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento y término anticipado del contrato.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento o término anticipado del contrato, la Dirección a cargo, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por escrito, a través de libro de inspección técnica o correo electrónico, informando sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que respalden su posición mediante carta dirigida al director (a) de la Dirección a cargo. Dicha comunicación deberá ser ingresada en la secretaría municipal respectiva en horario de 08:15 horas a 14:00 horas y desde las 15:00 a 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.

Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de decreto alcaldicio.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Municipalidad, mediante una comisión Municipal de Apelación, conformada por el Director de Educación Municipal, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles o quienes los subroguen, tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, para la aplicación de multas.

En caso de rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, la sanción que se aplique deberá formalizarse a través de decreto alcaldicio, en la cual deberá además pronunciarse sobre los descargos presentados.

Todo decreto alcaldicio, se notificará al respectivo proveedor por escrito, y se publicará oportunamente en el sistema de información electrónico.

Cabe señalar que, a estos actos administrativos, le son aplicables los recursos de impugnación estipulados en la Ley N° 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

44.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de los servicios, será exclusivamente del oferente adjudicado.

45.- GARANTÍAS

45.1 De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia de las obligaciones contractuales, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones contractuales (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento del IT, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución delas obligaciones contractuales, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.

Si se ejecuta la garantía de fiel cumplimiento por no haber pagado el proveedor una multa, deberá restituirse al contratista el excedente, si lo hubiera, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución (de acuerdo a lo indicado en oficio N°E528837, de 2024, de la Contraloría General de la República).

46.-LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez realizada la ejecución del servicio, se procederá a realizar la Liquidación del Contrato, dentro de un plazo de 60 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. 

En caso de Termino anticipado del Contrato, la liquidación de procederá de la misma forma.

La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado.

Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

47.-PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


1 a 10 días hábiles 100 puntos
11 a 20 días hábiles 50 puntos 
21 a 30 días hábiles 25 puntos
 No informa o este es superior a 30 días hábiles Fuera de Bases 

Guillermo Marín Carmona
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.