Licitación ID: 4373-11-LP25
ADQUISICIÓN CAMIONETAS PARA DIRECCIÓN DE TURISMO
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Productos o servicios
1
Camiones ligeros o vehículos de deporte de utilidad 2 Unidad
Cod: 25101507
Ejecución del proyecto “ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA DIRECCIÓN DE TURISMO ISLA DE PASCUA” CÓDIGO BIP N°40057508-0.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN CAMIONETAS PARA DIRECCIÓN DE TURISMO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Ejecución del proyecto “ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA DIRECCIÓN DE TURISMO ISLA DE PASCUA” CÓDIGO BIP N°40057508-0 mediante el cual se necesita adquirir 2 camionetas 4x4 con sus respectivos logos institucionales, las cuales deben ser entregadas en el la provincia y comuna de Isla de Pascua.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DELEGACION PRESIDENCIAL PROVINCIAL ISLA DE PASCUA
R.U.T.:
60.511.053-3
Dirección:
Pasaje Kiri Reva S/N
Comuna:
Isla De Pascua
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-01-2026 14:00:00
Fecha de Publicación: 23-12-2025 12:25:56
Fecha inicio de preguntas: 24-12-2025 14:00:00
Fecha final de preguntas: 29-12-2025 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-01-2026 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-01-2026 11:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-01-2026 11:00:00
Fecha de Adjudicación: 14-01-2026 14:33:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. ANEXO 1 - IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- 2. ANEXO 2 - DECLARACIÓN SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE BASES
3.- 3. ANEXO 3 - DECLARACIÓN SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS LEGALES
4.- 4. ANEXO 4 - DECLARACIÓN SIMPLE DE ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS LABORALES
5.- 11. ANEXO 11 - PROGRAMA DE INTEGRIDAD
Documentos Técnicos
1.- 6. ANEXO 6 - EXPERIENCIA DEL OFERENTE
 
2.- 7. ANEXO 7 - PLAZO OFERTADO
 
3.- 8. ANEXO 8 - FICHA TÉCNICA
 
4.- 9. ANEXO 9 - GARANTÍAS VEHICULOS
 
5.- 10. ANEXO 10 - OFERTAS ADICIONALES
 
6.- 11. ANEXO 11 - PROGRAMA DE INTEGRIDAD
 
Documentos Económicos
1.- 5. ANEXO 5 - FORMULARIO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos CUMPLE: 100 pts. NO CUMPLE 10 pts. 5%
2 Precio P(i) = (O(min) * 100 / O(i)), donde P(i) = Puntuación de la Oferta económica del proponente “i” O(i) = Precio de la Oferta económica del proponente “i” O(min) = Precio de la menor oferta económica 30%
3 Oferta Técnica B1) Experiencia en el Rubro Acreditada 35% B2) Plazo Entrega 20% B3) Ficha Técnica 20% B4) Garantía 15% B5) Oferta Adicional 10% 60%
4 Pacto de Integridad Este criterio evaluará la presentación de una declaración jurada simple (ANEXO N°11), que dé cuenta que el oferente posee un programa de integridad, el que se deberá ajustar a lo definido en el pacto de integridad de la Cláusula 16°, de las bases de licitación. Se debe adjuntar a este anexo el Programa de Integridad de la empresa, documentos que acrediten el conocimiento de los trabajadores dependientes del Pacto de Integridad declarado en el Anexo N° 11. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Glosa Insular de Isla de Pascua
Monto Total Estimado: 79570000
Justificación del monto estimado El Monto establecido es en base al proyecto denominado “Adquisición de Vehículo para la Dirección de Turismo de la Municipalidad de Isla de Pascua”, Código BIP N° 40057508-0, el cual contempla la adquisición de 2 camionetas 4x4 entregadas en Rapa Nui.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Las Camionetas deben ser 0 Km., del año, 4x4, cumplir las demás especificaciones técnicas, con los logos de la Municipalidad de Rapa Nui, Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua y Gobierno Regional de Valparaíso.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Tavake Riroroco Cabezas
e-mail de responsable de pago: triroroco@interior.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian Terongo Bravo
e-mail de responsable de contrato: cterongo@interior.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2100252-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua
Fecha de vencimiento: 30-03-2026
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Mecanismo que, para la protección de la integridad, eficiencia y economía del proceso de contratación pública, penalizando a quienes incumplen su compromiso y asegurando que el adjudicatario procederá a la firma del contrato.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación pública ID 4373-11-LP25
Forma y oportunidad de restitución: Los Oferentes no adjudicatario podrán solicitar la restitución de la Garantía de Seriedad de la Oferta el día 01 de febrero o posterior. El adjudicatario podrá solicitar la restitución de la Garantía de Seriedad de la Oferta una vez emitida la resolución exenta que apruebe el contrato de adjudicación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua
Fecha de vencimiento: 11-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario, físicamente o bien enviada por correo certificado y recibida en la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua, dentro de los 15 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación totalmente tramitada. La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica o el certificado de fianza a la vista serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta ID N° 4373-11-LP25 “ADQUISICIÓN CAMIONETAS PARA DIRECCIÓN DE TURISMO” y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada 60 días después del término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”.

Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta económica”.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas se recibirán a través del portal público.
El Oferente se obliga a efectuar por su cuenta y cargo el completo estudio de las presentes bases.
Si producto de ello, estimare que existen contradicciones o ausencias de información, se obliga a efectuar las consultas pertinentes a través del Portal Mercado Público.
Las respuestas y aclaraciones se realizarán a través del Portal Mercado Público siendo notificadas a todos los Oferentes por este medio.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Al comenzar la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada simple, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Sin perjuicio de ello, esta Institución también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En atención a lo dispuesto en el artículo 56 del Decreto N°661, de la Ley N°19.886, la Delegación podrá solicitar a los oferentes que salven sus errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, es esto, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Asimismo, la Delegación podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, contados desde la fecha de la solicitud respectiva al oferente, para que éste subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el criterio “C) Requisitos formales de presentación de la oferta” indicado en el punto 8.7 de las presentes BAG.

Transcurrido el plazo otorgado por la Delegación Provincial de Isla de Pascua sin que el oferente subsane las omisiones señaladas, se rechazará sin más trámite su oferta, declarándola inadmisible en caso de constituir un requisito de admisibilidad administrativa, técnica o económica.

Pacto de integridad
Los oferentes declaran que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, los oferentes aceptan el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. Los oferentes se obligan a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. Los oferentes se obligan a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. Los oferentes se obligan a revisar y verificar toda la información y documentación, que deberán presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
4. Los oferentes se obligan a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. Los oferentes manifiestan, garantizar aceptar que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. Los oferentes reconocen y declaran que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en 
Antecedentes administrativos
La licitación tendrá el carácter de pública. El llamado, adjudicación, contratación y en general, todos los procesos de comunicación y adquisición de esta licitación a que aluden las Bases, se harán a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos del Estado Chileno, www.mercadopublico.cl. Las Bases son obligatorias para todos los oferentes y se entenderán aceptadas íntegramente por éstos por el solo hecho de presentar ofertas. Los oferentes serán responsables por la exactitud y veracidad del contenido de sus propuestas, así como del costo que signifique presentarlas. Será deseable que los proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de los Organismos Públicos, Chile Proveedores, al momento de presentar sus ofertas. En todo caso, para celebrar el contrato definitivo, a los proponentes adjudicados se les exigirá acreditar la inscripción y encontrarse hábiles en Chile Proveedores.
Requisitos del Oferente
El presente llamado a licitación está abierto a todas las personas, naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que se encuentren o no inscritas en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública y que cumplan con lo establecido en las presentes bases de la licitación. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que el o los proveedores que en definitiva se adjudiquen la presente licitación, no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chile Proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva. En caso de no cumplir con esta exigencia por causas que le sean imputables al oferente, se hará efectiva la boleta de garantía de Seriedad de la Oferta y la Entidad licitante podrá adjudicar a la segunda mejor oferta o declarar desierta la licitación si correspondiere. La Delegación Provincial de Isla de Pascua en ningún caso adjudicará a proveedores que aparezcan como “inhabilitados” en el Registro Chile Proveedores por encontrarse en las situaciones previstas en el artículo 92 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, y el artículo N°4 de esta Ley.
Requisitos Mínimos para participar
a) Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras N°19.886. b) No debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. c) No tener vínculo contractual con la Delegación Provincial de Isla de Pascua, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo con lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado. En el caso del Congreso Nacional, la comunicación se dirigirá a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado o a la Comisión de Ética y Transparencia de la Cámara de Diputados, según corresponda y, en el caso del Poder Judicial, a su Comisión de Ética. d) Asimismo, declara conocer que los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. e) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente. Esto se acreditará mediante la declaración jurada simple que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo N° 3 y 4 de estas bases, sin perjuicio de las facultades de la Delegación Provincial de Isla de Pascua, de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes. Además, los oferentes deberán acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, mediante la presentación de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Comisión de Evaluación de las Ofertas
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por los siguientes funcionarios o quienes los subroguen: Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua: - Encargada de Departamento Administración y Finanzas. - Coordinador Unidad de Planificación y Control de Gestión. - Asesor Jurídico Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua - Director de SECPLAC de la Municipalidad de Isla de Pascua. - Director de Turismo de la Municipalidad de Isla de Pascua. - Encargado Taller Municipal, de la Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua.
VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuarla adjudicación, la entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
ADJUDICACIÓN
La presente adquisición se recomendará adjudicar al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. La Entidad licitante podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, lo que ocurrirá si ninguna de las ofertas alcanza un 60% en la evaluación. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
RE - ADJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento):
Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 07 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
CELEBRACION DEL CONTRATO
Se requerirá la celebración de un contrato escrito, el cual deberá formalizarse a través de instrumento privado suscrito mediante firma electrónica, según lo establecido en la Ley N° 19.799. Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá al proponente adjudicado acreditar su inscripción y habilidad según los requisitos del Portal Chile Proveedores y en caso de personas jurídicas, se requerirá además la presentación de los siguientes documentos: a) Copia de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre de el o los representantes legales de la persona jurídica y las facultades de que están investidos para representarla y obligarla. b) Certificado de vigencia de la persona jurídica emitido por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. c) Certificado de vigencia de los poderes del representante legal, emitidos por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. El adjudicatario que mantenga actualizados sus antecedentes en Chile Proveedores, conforme lo exigido en estas bases, podrá acreditar sus antecedentes por esta vía. LA ADJUDICACION QUEDA CONDICIONADA A QUE LOS DOCUMENTOS EXIGIDOS AL TIEMPO DEL CONTRATO SEAN ENTREGADOS EN LA FORMA Y CON LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN ESTAS BASES.
EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez suscrito y aprobado el contrato correspondiente, la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua procederá a emitir la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo el oferente adjudicatario aceptarla dentro del plazo máximo de 48 horas.
PRESUPUESTO MAXIMO DE LA LICITACIÓN
La suma de $ 94.605.000 (Noventa y Cuatro Millones seiscientos cinco mil pesos). -
VALOR DE LA OFERTA
La oferta deberá realizarse en pesos chilenos y sin ningún tipo de reajuste. La oferta deberá incluir IVA, es decir, deberá ser un valor total La oferta deberá incluir todos los gastos asociados a la ejecución propia del proyecto El valor ofertado debe ser presentado en el Formulario de Propuesta Económica (Anexo N° 1) El valor debe contemplar el flete y traslado desde el puerto de Valparaíso hacia Isla de Pascua y todos los gastos referentes a las maniobras de bajada y traslado hacia el Taller Municipal de la Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua, ubicado en calle Hotu Matu’a. El valor debe considerar costos de firma de contrato de adjudicación en Isla de Pascua.
CONDICION, PLAZO Y MODO DE PAGO.
Recibidos conformes los bienes asociados a la presente compra, bajo el acta de recepción definitiva. El oferente adjudicatario deberá emitir la factura electrónica validada por el Servicio de Impuestos Internos (SII). A nombre de la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua, Rut: 60.511.053-3, Giro: Servicio Público, Domicilio: Pasaje Kiri Reva sin número, Isla de Pascua. El pago se efectuará a través de Cheque Nominativo del Banco Estado de Chile, el cual será depositado en la cuenta respectiva o con retiro presencial en las dependencias de la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua. El pago se realizará mediante Factura electrónica, la cual deberá considerar lo siguiente: a). - El Adjudicatario no podrá emitir Factura Electrónica mientras no se entregue el acta de recepción conforme suministrada según lo indicado en el numeral 5 de este documento. b). - Al momento de hacerse efectivo el pago, el adjudicatario deberá entregar la copia a que se refiere el artículo 1° de la Ley N° 19.983, que regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Copia de la Factura. c). - La factura entregada se entenderá irrevocablemente aceptada, conforme regula los numerales 1 y 2 del Artículo 3° de la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura d). - La factura debe generarse de manera digital y ser ingresada en el sistema de recepción centralizada de documentos tributarios electrónicos (DTE) de acuerdo con las instrucciones entregadas por el Ministerio de Hacienda. e). – Se debe indicar en la emisión de la factura la modalidad “crédito” y enviar factura en formato XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com. Para dar curso al pago se requerirá la presentación, en duplicado, a la entidad licitante mediante correo electrónico triroroco@interior.gob.cl con copia a vcatalan@interior.gob.cl .
ACTA DE RECEPCIÓN CONFORME
La Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua encomendará a la Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua emitir acta de recepción conforme la cual debe dar cuenta que se han cumplido todos los requisitos técnicos solicitados por el presente proceso.
COSTO DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS Y CONTRATOS
Por cuenta del oferente proveedor adjudicatario.
MULTAS Y SANCIONES
El oferente agotará todos los medios a su alcance para cumplir con el encargo según lo señalado en las especificaciones técnicas. En caso contrario, la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua quedará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato se hiciese efectiva, se quedará facultado para dar termino inmediato al contrato por el solo trámite administrativo.
VIGENCIA DEL CONTRATO Y PRORROGA
La vigencia del contrato se determinará de conformidad con el plazo ofertado por el adjudicatario. El Contrato podrá prorrogarse, por un período adicional máximo de 03 mes. Para los efectos de proceder a una prórroga, el adjudicatario deberá solicitar esta posibilidad a la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua, por escrito, con una antelación de al menos 15 días a la fecha de término original del contrato, debiendo la Delegación pronunciarse formalmente al efecto. La prórroga del contrato deberá contar con las mismas formalidades del contrato original, y formar parte integrante del mismo.
VIGENCIA DEL CONTRATO Y PRORROGA
La vigencia del contrato se determinará de conformidad con el plazo ofertado por el adjudicatario. El Contrato podrá prorrogarse, por un período adicional máximo de 03 mes. Para los efectos de proceder a una prórroga, el adjudicatario deberá solicitar esta posibilidad a la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua, por escrito, con una antelación de al menos 15 días a la fecha de término original del contrato, debiendo la Delegación pronunciarse formalmente al efecto. La prórroga del contrato deberá contar con las mismas formalidades del contrato original, y formar parte integrante del mismo.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse con las mismas formalidades que el contrato original y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo.
CESIÓN DE CONTRATO
El adjudicatario no podrá ceder, ni transferir en forma alguna, total, ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato.
SUBCONTRATACIÓN (facultad)
Se faculta la subcontratación parcial de servicios. En caso de subcontratación el proveedor adjudicado será el único responsable por la completa y correcta ejecución de los servicios.
CONFIDENCIALIDAD
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del proyecto licitado, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste. El Adjudicatario, así como su personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución del proyecto licitado, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dicho suministro. La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas. El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad licitante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
COORDINADOR DEL CONTRATO
El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador del Contrato, cuya identidad deberá ser informada al comprador. En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Contrato deberá, a lo menos: a) Informar oportunamente a la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato. b) Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato. La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informado al comprador, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. El comprador podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN DEL CONTRATO POR PARTE DE LA ENTIDAD LICITANTE
La entidad licitante definirá una contraparte Técnica para el coordinador del respectivo Contrato, ejercerá las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. c) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones. d) Las demás que le encomiende el presente instrumento.
CAUSALES DE COBRO DE LA GARANTÍA FIEL CUMPLIMIENTO CONTRATO
El adjudicatario será sancionado por la Municipalidad de Isla de Pascua con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento en los siguientes casos: a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario para con sus trabajadores. b) Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago. c) Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato. d) Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las bases y el respectivo contrato.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES:
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas y cobro de la garantía de fiel cumplimiento: Descripción de la actividad Detectada una situación que amerite la aplicación de multa o el cobro de la boleta de garantía de fiel cumplimiento, el coordinador del respectivo contrato, designado por el comprador, notificará inmediatamente de ello al proveedor, a través del correo electrónico informado en Anexo N°1 de su oferta, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el coordinador del correspondiente contrato acompañando todos los antecedentes que respalden suposición. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de resolución fundada, de la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua. Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua tendrá un plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de resolución fundada de la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. El indicado decreto deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante correo electrónico. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizado en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar a reemplazar la respectiva sanción. La Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua tendrá un plazo no superior a 15 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que la Delegación Presidencial Provincial de Isla de Pascua deba efectuar al proveedor, o bien, mediando el cobro de la garantía de cumplimiento, según sea el caso.
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas. b) Si se disuelve la empresa adjudicada. c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los bienes, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato. e) No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento. f) Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases. Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la de la letra d), procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en el punto 17 de las presentes bases. Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario y se multará con el total del monto establecido como Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
ESPECIFICACIÓN DE PRODUCTOS REQUERIDOS
El presente proyecto tiene como objetivo específico la ”ADQUISICION DE CAMIONETAS PARA LA DIRECCION DE TURISMO ISLA DE PASCUA” CODIGO BIP N°40057508-0, las especificaciones técnicas de los vehículos adquirir son las siguientes: N° REQUERIMIENTOS ESPECIFICACIÓN TECNICA I. VEHICULO 1 TIPO DE VEHICULO 4X4 2 MODELO URBANO DW9 VERSION URBANA 3 COMBUSTIBLE DIESEL 4 DIRECCION HIDRAULICA 5 VEHICULO DEL AÑO 2025 II. CARACTERIZTICAS 1 CARACTERIZTICAS CAMIONETAS ASIENTOS ALTOS FIJOS 5 PUERTAS ENVOLVENTES AMPLIO PASILLO CENTRAL CON LA MAYOR SEPARACIÓN ENTRE ASIENTOS EN SU CATEGORÍA FOCOS TRASEROS CON ILUMINACIÓN FULL LED DANDO MAYOR LUMINOSIDAD, SEGURIDAD Y DURABILIDAD VENTANA SUPERIOR DE CORREDERA TABLERO ERGONÓMICO Y VOLANTE CON REGULACIÓN DE POSICIÓN ITINERARIO MOBITEC LARGO ALARMA DE RETROCESO Y VELOCIDAD PASILLO DIAMANTADO ALTO TRAFICO ILUMINACIÓN LED SALÓN INDICADOR DESGASTE PASTILLAS DE FRENO FRENOS DE DISCO EJE DELANTERO Y TRASERO SISTEMA FRENO ANTIBLOQUEO ABS SISTEMA FRENO AUTOAJUSTABLE ALB FRENOS DE AIRE 2 CIRCUITOS CAJA CAMBIOS ZF 5S-580 B0 DIRECCIÓN ZF 8014 ESTRANGULADOR CONSTANTE TOP BRAKE 2 EQUIPAMIENTO DEL VEHICULO DOBLE PUERTA ENVOLVENTE AMPLIO ESPACIO INTERIOR MEDIA PARED DE SEPARACIÓN VIDRIADA DETRÁS DEL CONDUCTOR TECHO EN FIBRA DE UNA SOLA PIEZA CAÑO DE ESCAPE VERTICAL EN LA TRASERA CUMPLE DECRETO Nº 122 URBANO DOS ESCOTILLAS EN EL TECHO ILUMINACIÓN INTERIOR CON SISTEMA LED PISO DE ALUMÍNIO DIAMANTADO COMPLETO ITINERARIO DE RECORRIDO CON ILUMINACIÓN LUNETA TRASERA INASTILLABLE VENTANAS FIJAS CON SECCIÓN SUPERIOR MÓVIL JUEGO DE CORTINAS EXTINTOR ESTÁNDAR DE FÁBRICA SEGURIDAD: SALIDAS DE EMERGENCIA EN EL TECHO, LATERALES Y TRASERA PARASOL PARA EL CONDUCTOR TIMBRES EN LAS COLUMNAS RADIO CD CON 4 PARLANTES EN SALÓN DE PASAJEROS. DOBLE PASA MANOS EN EL TECHO TACÓGRAFO. COLOR BLANCO LOGOS CORPORATIVOS II. ACCESORIOS 1. NORMA EURO V 2. EXTINTOR 3. RUEDA DE REPUESTO. 4. HERRAMIENTAS (, GATA, BARRA, MUELA DE ARRASTRE, TRIÁNGULOS) 5. MANUAL DEL PROPIETARIO 6. GARANTÍA UN AÑO O 100.000 KILÓMETROS. 7. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO VEHICULAR. 8. PATENTES. 9. SEGURO OBLIGATORIO 10. PERMISO DE CIRCULACIÓN 11. REVISIÓN TÉCNICA
LUGAR DE ENTREGA
La entrega será realizada en las dependencias del taller municipal de la Ilustre Municipalidad de Isla de Pascua, Se podrá modificar el lugar de la entrega, pero esta siempre será dentro de la Comuna de Isla de Pascua.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.