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Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que
hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por
aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), con
los criterios de evaluación que resulten aplicables:
Orden de prelación
Criterio de evaluación:
Primer criterio de desempate: Precio
Segundo criterio de desempate: Plazo de entrega
Tercer criterio de desempate: comportamiento contractual anterior
Cuarto criterio de desempate : Programas de Integridad
Quinto criterio de desempate: Cumplimiento de Presentación de Requisitos
formales
Finalmente, de mantenerse el empate, aplicando la regla anterior, se adjudicará al oferente que haya ingresado
primero su oferta según conste en comprobante de ingreso de ofertas del Sistema de Información
https://www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registrados en éste.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles administrativos
contados desde la publicación en el Sistema de Información http://www.mercadopublico.cl
El Servicio de Salud Arauco dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados
desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de la
contratación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El proveedor adjudicado no deberá tener demandas por incumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para efectos de acreditar el cumplimiento de lo indicado
precedentemente, el adjudicatario deberá entregar, una declaración jurada en la cual se indique que no registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años de acuerdo al formato del Anexo N°4.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
El Servicio de Salud Arauco tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se
refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación,
todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del Art. 56 del Decreto N°661/2024, que establece el
Reglamento de compras de la Ley N° 19.886.Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no
firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse
lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite”
o “no vigentes”.
El plazo fatal para la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos será de 3 días corridos contados
desde su comunicación al oferente por parte del Servicio de Salud Arauco, la que se informará a través del Sistema
de Información https://www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. El Servicio de Salud Arauco no
considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados
a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar y responder adecuada y oportunamente las solicitudes de antecedentes omitidos o
aclaraciones.
No se considerarán errores y, por tanto, no se pedirá aclaración ni serán considerados como incumplimiento de
requisitos formales: a) los errores ortográficos o gramaticales o la contracción o resumen de palabras, si, de ello
no pueden derivarse dudas en cuanto al sentido de la palabra. Esta regla se aplicara aun cuando se trate de
expresiones que constituyan una formalidad legal; b) errores u omisiones cometidos en la individualización de
personas, clientes, trabajadores, representantes, si de ello no puede derivarse dudas en cuanto a la identidad de
la persona de que se trata; c) los errores numéricos o de cifras o porcentajes, que manifiestamente no sean de
carácter sustancial y; d) en general, las disconformidades no esenciales que existan entre los distintos documentos
de la oferta, siempre que no pudiere derivarse dudas al respecto del aspecto al que se refieren.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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OTRAS CONSIDERACIONES |
• Todos los productos farmacéuticos al día de la recepción en Droguería DSS cuenten con un período de eficacia no inferior a 14 meses
• CANJE POR VENCIMIENTO DEL 100%
• El plazo de entrega del o los productos desde enviada la solicitud al proveedor, hasta que este o estos lleguen al establecimiento que lo solicita (Droguería DSS), debe ser igual o menor a 4 días hábiles. En caso de que el oferente indique un plazo mínimo y máximo de despacho se considerarán para efectos de evaluación el plazo máximo ofertado.
• Una vez aceptada la orden de compra el despacho debe realizarse por el 100% de las unidades solicitadas en la presente licitación. NO SE ACEPTARÁN DESPACHOS PARCIALIZADOS.
• Según se indica en orden de compra considerar despacho a Droguería DSS ubicada en calle Rioseco #640 Lebu. AT: QF director técnico Droguería DSSA, Richard Cabrera Vásquez. Antes de entregar, llamar al fono +56987592643 o +56412724437
• El oferente adjudicado deberá despachar manteniendo resguardos de calidad del producto y su integridad.
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BASES DE LICITACIÓN |
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VER DOCUMENTO ADJUNTO.-
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