Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE MACHALÍ
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Fecha de vencimiento:
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08-11-2024
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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10.1. FORMA DE ENTREGA
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente.
A. FÍSICO: En los casos en que se otorgue de manera física, el documento deberá ser entregado físicamente o bien enviado por correo certificado y recepcionado en Plaza de Armas N° 11, piso 2°, comuna de Machalí. La garantía, deberá entregarse en un sobre cerrado, debiendo indicar al anverso, lo siguiente:
- Nombre de la Licitación.
- Nombre o Razón Social del oferente.
- Rut de la empresa.
- Código de identificación de la propuesta en el portal (ID)
- Nombre y firma del representante Legal para el caso de Persona Jurídica
El plazo para la recepción de este documento se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas (el horario de atención a los oferentes, para estos efectos, será de lunes a viernes de 08:00 a 13:30).
B. DIGITAL: En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La entrega, de esta, deberá ser mediante la oferta electrónica, como adjunto en “Anexos Administrativos” en www.mercadopublico.cl, o bien ser entregado físicamente en la dirección y horario señalado en el punto anterior.
10.2. VIGENCIA Y RESTITUCIÓN
La garantía deberá tener una vigencia de 90 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido evaluadas y no adjudicadas, se efectuará dentro de 30 días contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato suscrito con el respectivo proveedor adjudicado. La devolución de las garantías de seriedad a aquel oferente adjudicado, se realizará dentro de los 10 días corridos contados desde la fecha del decreto alcaldicio que aprueba el contrato.
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Glosa:
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10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, todos los proponentes deberán entregar una garantía, por un monto de $500.000 (quinientos mil pesos), la cual deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Machalí, RUT 69.080.200-7, pagadera a la vista, irrevocable y tomada por el oferente o su representante legal. La citada garantía deberá indicar en su Glosa lo siguiente: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública “SEGUNDO LAMADO MEJORAMIENTO BARRIO SANTA TERESA - MODIFICACIÓN PIEZA URBANA II: RECONVERSIÓN DE PREDIO MUNICIPAL PLAZA DEL ESTADIO Y FRANJA DEPORTIVA ID 3181-91-LQ24”
No existe restricción respecto a un instrumento en particular, se acepta cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 del Decreto 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y las exigencias de las presentes bases, a modo de ejemplo los siguientes:
A. Boleta Bancaria pagadera a la Vista, tomada por el oferente o su representante legal y emitida por un Banco Comercial.
B. Vale Vista Bancario o Depósito a la Vista tomado por el oferente o su representante legal a su nombre y emitido por un Banco Comercial.
C. Certificado de Fianza Nominativo pagadero a la Vista o póliza de seguro electrónica (emitido en conformidad a la Ley N°20.179 por Institución de Garantía Recíproca que mantenga Convenio de Colaboración Vigente con la Dirección de Compras y Contratación Pública Chile Compra).
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Forma y oportunidad de restitución:
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10.3. CAUSALES DE COBRO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
El Municipio podrá hacer efectiva esta Garantía, en cualquier de los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta.
b) Si el adjudicatario no suscribe el contrato oportunamente, de acuerdo con lo estipulado en las presentes Bases.
c) Si se comprobare falsedad de los documentos o antecedentes constitutivos de la oferta o efectúa presentación de una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
d) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl) según lo indicado en las presentes bases.
e) Si el proponente no acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos para contratar en la presente licitación o no acompaña los documentos exigidos en las presentes bases de acuerdo.
f) Si el Contratista no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato según lo indicado.
g) Si el Contratista no entrega en forma oportuna las Pólizas de Seguro de Responsabilidad Civil, según lo señalado en las presentes bases.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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MUNICIPALIDAD DE MACHALÍ
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Fecha de vencimiento:
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17-01-2025
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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La garantía deberá indicar en su Glosa los siguiente “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y correcta ejecución de las obras y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante Licitación ID 3181-91-LQ24 “SEGUNDO LLAMADO MEJORAMIENTO BARRIO SANTA TERESA - MODIFICACIÓN PIEZA URBANA II: RECONVERSIÓN DE PREDIO MUNICIPAL PLAZA DEL ESTADIO Y FRANJA DEPORTIVA”.
La fecha de vencimiento de la garantía debe corresponder a 420 días corridos posteriores a la fecha contractual de término de contrato. En caso de ampliaciones de plazo, el contratista al momento de firmar la correspondiente modificación de contrato por este concepto deberá proceder al reemplazo o prórroga de la(s) garantía(s), por otra de igual monto (en UF) y con una vigencia del nuevo plazo legal de término más 420 días corridos.
El Contratista deberá mantener vigente durante todo el plazo de duración del contrato la garantía, más los 420 días posteriores, debiendo renovarse si corresponde a lo menos 30 días corridos anticipados a su vencimiento.
La NO renovación de las garantías, faltado 30 días para su vencimiento, en aquellos casos en que sea necesaria su prolongación, constituirá una falta grave por parte del contratista, facultando al municipio para hacerlas efectiva la garantía.
Al momento de la suscripción del Contrato el oferente favorecido deberá hacer entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, o bien enviarla por correo certificado. En ambos casos, deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Machalí, ubicado en Plaza de Armas N° 11, piso 2°, comuna de Machalí.
Dicha garantía, una vez recepcionada en Oficina de Partes, será derivada a la Dirección de Asesoría Jurídica, quien posteriormente remitirá aquel instrumento en original a la Tesorería Municipal para su validación, registro y custodia. Asimismo, enviará copia del citado instrumento a la Unidad Técnica encargada de la Inspección de las Obras para su archivo y control de su vigencia en el tiempo.
Si por cualquier circunstancia el adjudicatario no entregase la garantía a la fecha se suscripción del contrato, la Municipalidad hará efectiva la garantía por Seriedad de la Oferta, la que pasará íntegramente a su beneficio dejando sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación y podrá sin necesidad de llamar a nueva Licitación, y si así lo estima conveniente, proponer adjudicar al Oferente que hubiese ocupado el lugar siguiente en la proposición de adjudicación sugerida por la Comisión de Evaluación, sin apelación posible.
En caso de cobro de la garantía, el contratista deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, o pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
El o los documentos que garanticen el fiel cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de las Obras, serán devueltos al oferente en un plazo de 420 días después del término del contrato. Lo anterior, contra Decreto Alcaldicio que aprueba el Acta de Recepción “Definitiva de las Obras”.
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Glosa:
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Caución que tiene por objeto asegurar el fiel, oportuno y completo cumplimiento de las obligaciones contraída por oferente adjudicado, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 68 del Decreto 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que a modo de ejemplo podrán ser: Vale Vista, Boleta Bancaria, Pólizas de Seguro o Certificados de Fianza pagaderos a la Vista, etc.
Se hace presente que estas garantías, además, caucionarán el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886 de sobre Compras Públicas (sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 20 de la ley 17.322), y hacer efectivas las multas y demás sanciones que le afecten.
El adjudicatario deberá presentar una garantía con las siguientes características:
Por un valor equivalente al 10% del monto total del respectivo contrato, de acuerdo a la línea adjudicada, extendida en Unidades de Fomento (UF), a nombre de la Municipalidad de Machalí Rut 69.080.200-7, pagadera a la vista, tener carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
No existe restricción respecto a un instrumento en particular, se acepta cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en las presentes bases.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Durante la ejecución de las obras y por las causales señaladas en las presentes bases.
En el período comprendido entre la Recepción Provisoria Contractual y la firma de la correspondiente Acta de Recepción Definitiva, toda vez que el Contratista no efectúe las reparaciones, correcciones, etc., que se le soliciten, producto de deficiencias derivadas de una mala ejecución técnica constructiva, daño a los materiales, equipos, etc. y/o insumos utilizados o que se derive directamente de la labor del Contratista, no las haga dentro del plazo que se fije para ello o bien no se dé cumplimiento a lo señalado en las presentes bases.
Si durante este periodo se detectase que las obras presentan indicios de mal comportamiento a juicio de la I.T.O. el Contratista al momento en que el Municipio reciba en los plazos fijados por la I.T.O y sin objeciones, las reparaciones, reposiciones y/o solución a las fallas detectadas, deberá entregar en reemplazo de la garantía vigente, una nueva Garantía con el plazo de la Garantía original aumentado en 60 días corridos.
Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11 de la Ley N°19.886.
La Inspección Técnica de las Obras podrá exigir al Contratista y en casos justificados (atraso excesivo en la entrega de terreno, etc.), el cambio de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras, por una nueva Garantía de igual monto y con una vigencia del plazo de ejecución de las obras, más 420 días corridos como mínimo.
De acuerdo a lo anterior, el Contratista será sancionado con el cobro de la garantía de fiel cumplimiento en los siguientes casos:
i) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista para con sus trabajadores.
ii) Cuando el contratista no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
iii) Cuando por una causa imputable al contratista, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato.
iv) Por el incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes bases y el respectivo contrato.
13.6.2. MODIFICACIÓN DE GARANTÍAS:
A. AMPLIACIONES DE PLAZO: El Contratista al momento de firmar la correspondiente modificación de contrato por este concepto, deberá proceder al reemplazo o prórroga de la(s) garantía(s), por otra de igual monto (en U.F.) y con una vigencia del nuevo plazo legal de término más 420 días corridos como mínimo.
B. AUMENTO O DISMINUCIÓN DE OBRAS Y /U OBRAS EXTRAORDINARIAS: El Contratista al momento de firmar la correspondiente modificación de contrato por aumento y/o disminución de obras y siempre que éstos impliquen variación del monto vigente contratado, deberá reemplazar la garantía primitiva por otra o adicionar una nueva a la existente (en U.F.), resultante de la aplicación del porcentaje correspondiente (Punto 13.6) al nuevo monto contratado por el mismo plazo de vigencia de la garantía primitiva.
En el caso de una disminución de obras que implique disminución del monto vigente contratado, el Contratista podrá si lo requiere, cambiar la garantía existente, por otra (en U.F.), acorde con el monto del contrato modificado, y con una vigencia del plazo legal de término más 420 días corridos como mínimo.
13.6.3. AUMENTO DE GARANTÍA:
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Municipalidad que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Municipalidad podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
13.7. PÓLIZAS DE SEGURO
13.7.1. PÓLIZA DE SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRA TERCEROS:
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad del Contratista, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
El Adjudicatario deberá contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, a nombre del Municipio, por un mínimo de 5.000 U.F., con vigencia durante todo el plazo de ejecución de las obras, más un período de mantenimiento de 60 días adicionales, a fin de garantizar el pago de indemnizaciones a que pudiere ser condenada por muerte, lesiones o daños a terceros por motivo o a causa de la ejecución de las obras. De hacerse efectivo dicho seguro, deberá reponerse dicho seguro por el monto original exigido, dentro del plazo de quince días.
Póliza que deberá ser entregada al momento de la suscripción del Contrato, conjuntamente a la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de las Obras. Debiendo además acompañar comprobante del pago al contado de la prima de póliza.
La Póliza debe ser sin deducible, de lo contrario éste deberá indicar expresamente que en toda y cada pérdida, el deducible será de cargo del contratante de la Póliza y en ningún caso del beneficiario I. Municipalidad de Machalí.
Para el caso de aumentos de plazo del contrato, será responsabilidad del Contratista prorrogar o reemplazar la póliza existente, cubriendo el nuevo plazo de ejecución más 60 días adicionales.
En todo caso, la garantía de cumplimiento del Contrato servirá también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños a terceros con motivo de la ejecución de las obras contratadas.
Sin perjuicio de lo anterior, el municipio podrá repetir respecto del Contratista adjudicado por todo pago que efectúe debido a actos o responsabilidades del Contratista, derivados de la presente licitación.
13.7.2. PÓLIZA SE SEGURO TODO RIESGO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS:
El Contratista deberá asegurar contra todo riesgo los trabajos ya ejecutados, mediante la contratación de una póliza de seguro progresivo a nombre de la Ilustre Municipalidad de Machalí, hasta completar el monto total del proyecto, con vigencia durante el plazo de ejecución de las obras civiles, más un período de mantenimiento de 60 días adicionales.
La Póliza debe ser sin deducible, de lo contrario ésta deberá indicar expresamente que en toda y cada pérdida, el deducible será de cargo exclusivo del contratista de la Póliza y en ningún caso del beneficiario I. Municipalidad de Machalí.
La póliza que deberá ser entregada al momento de la suscripción del Contrato, conjuntamente a la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de las Obras, rigiendo las mismas sanciones señaladas para ésta. Debiendo, además, acompañar comprobante del pago al contado de la prima de póliza.
Para el caso de modificaciones de contrato que impliquen aumento del monto vigente contratado y/o de plazos, será responsabilidad del Contratista prorrogar o reemplazar la póliza, que cubra el nuevo monto contratado y/o el nuevo plazo de ejecución de las obras más 60 días adicionales.
"Las Pólizas de Seguro tendrán una vigencia de la duración de las obras y una mantención de 60 días adicionales”
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