|
1.-OBJETO DE LAS BASES |
|
1.-OBJETO DE LAS BASES
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública
“SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” y
reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso
licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios
para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas
bases.
No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o
extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en
la evaluación.
Con todo, sin perjuicio de lo anterior, cualquier extra ofertado, no requerido por él Hospital, y que no pueda
ser separado técnica o económicamente del servicio a adquirir, se entenderá, que no cumple con lo solicitado
y dará causal para ser declarada inadmisible la oferta.
Tampoco podrá el proveedor presentar dos servicios alternativos en una misma oferta, a menos que lo haga
de forma separada en ofertas principal y alternativa, todo, conforme a bases, de lo contrario, la oferta será
declarada inadmisible.
Así también, si en un proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo servicio o ítem
licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según
dispone el artículo 9 de la Ley de Compras, el Hospital considerará para efectos de la evaluación de la licitación
pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo
empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios de evaluación establecidos en bases.
|
|
|
|
2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
|
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su
situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas y
hábiles, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 16 de la Ley N°19.886, y que realicen sus ofertas a través del sistema de información
www.mercadopublico.cl.
Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan
asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 180 del Decreto N°661 del
2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
Página 4 de 71
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entiende por UTP el conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o
jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de
menor tamaño será declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior y de manera excepcional, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse
sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de contratos para la
innovación o de diálogo competitivo, en los términos de los numerales 4 y 5 de la letra d) del artículo 7 de la
Ley de compras.
La Unión Temporal de Proveedores se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular.
Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de
Proveedores.
Las causales de inhabilidad establecidas en la ley afectarán a cada integrante de la unión individualmente
considerado.
En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad durante el proceso licitatorio,
la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento con sus restantes integrantes o se desiste
de su participación en el respectivo proceso de compra.
Respecto de cada proceso y al momento de la presentación de la oferta los integrantes de una Unión Temporal
de Proveedores no podrán participar en otra.
Las Uniones temporales de proveedores deberán cumplir con los requisitos que establece el artículo 180 del
Decreto N°661 del año 2024, que son los siguientes:
• Estará integrada por conjunto de empresas de menor tamaño o, una o más empresas de menor conforme
al artículo 55 de la Ley de Compras.
• Su objetivo será unirse para la presentación de su oferta en este proceso licitatorio, por tanto, se
constituye exclusivamente para este proceso de compra en particular.
• Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
• Para efectos de participar en este proceso, la UTP deberá materializarse por escritura pública. Sin
embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión
podrá materializarse por instrumento público o privado.
• Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los
integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante.
• La UTP deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes para
representarlos en conjunto, lo cual deberá quedar consignado en el instrumento que formaliza la unión.
• El representante de la UTP deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
• Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de la misma.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en el inciso primero del artículo 4° de la
Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa
complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N°211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán contratar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad
jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en
Página 5 de 71
segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios
finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886, sobre
Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar
con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior sin perjuicio de las demás causales que sean aplicables, contempladas en el artículo 154 del
Decreto N°661 de 2024.
Se deja constancia que queda prohibida la contratación con personal Directivo, jefaturas de área, de unidad
y/o de departamento.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se
requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo
hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni
observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
|
|
|
|
3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
|
Junto a la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los
documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria
y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley N°20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
|
|
|
|
4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
|
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
N°19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital La Florida, Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa N°6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es el profesional que actuará
como Administrador de contrato del Hospital de La Florida.
|
|
|
|
5.- DISPOSICIONES GENERALES |
|
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las aclaraciones serán contestadas en el apartado “foro” de www.mercadopublico.cl, en el
plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases y publicadas a través de acto administrativo conforme
a lo establecido en el artículo 108 del Decreto N°661, Reglamento de Compras Públicas.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante treinta días corridos,
desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el día de
cierre de las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de estas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Página 7 de 71
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl.
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16:00 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 46 del decreto N°661, de 2024, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La
apertura se realizará desde las 16:01 horas desde la fecha del cierre de las
ofertas y hasta los cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío del contrato.
Tratándose de licitaciones que superen las 5.000 UTM la suscripción del contrato
sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde la
notificación de la resolución de adjudicación, según el artículo 119 del Decreto
N°661, de 2024.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos chilenos, indicando el VALOR
MENSUAL NETO por 48 meses, y señalando si el servicio es afecto a IVA. Además, se deberán presentar todos
los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
El valor ofertado deberá incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción
conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el Servicio requerido
claramente identificado.
5.6.- Ofertas alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
Página 8 de 71
Si no se identifica la oferta como alternativa, se entenderá que la oferta alternativa es la de fecha y hora más
próxima al cierre.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si
nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• No sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto Mínimo $500.000 (Quinientos mil pesos).
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia Mínimo 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO
DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA” ID: 812261-XX-LR25.
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá:
• SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA FÍSICA:
Entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Srta. Ximena Orellana, en
oficina de Unidad de Licitaciones, ubicada en calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa,
en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, antes del
día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado público. Las
garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Srta. Ximena Orellana,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTÍA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LR25 (donde se señala XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
Página 9 de 71
Siendo recibido el sobre se abrirá este y revisará si viene en su interior el
documento físicamente, sin analizar su correcta emisión.
Confirmado el contenido del sobre por el profesional a cargo de la recepción, este
quedará facultado para firmar cualquier documento de recepción conforme, que
se acompañe a la entrega, por parte del proveedor.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico
viene en su interior.
Si el sobre es entregado por un servicio de encomiendas (correos de chile,
Chilexpress u otros de similar rubro), que no permite abrir el sobre para verificar
si el documento viene en su interior, sin firmar antes la recepción conforme que
pide la empresa de encomienda, el proveedor se hace responsable en caso de ser
rechazada su oferta, si se verifica posteriormente que el sobre no contenía el
documento en físico en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
• SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA ELECTRÓNICA:
En caso que el proveedor caucione su oferta a través de una Garantía en Formato
Electrónico, deberá adjuntar dicha garantía a su oferta en portal Mercado público
(no será necesario, en este caso, la entrega material del documento), antes del
cierre de la recepción de ofertas.
• PARA AMBOS TIPOS DE GARANTÍA:
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las disposiciones
de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de
certificación de dicha firma, que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital de La
Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa, funcionan distintas
Unidades del Hospital y SSMSO, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
o en más de una línea, este solo deberá presentar una garantía por todas las ofertas publicadas.
5.8.1.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la
falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía
de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción
del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
Las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas
inadmisibles o desestimadas, estará a disposición del proveedor para su retiro, dentro del plazo de 10 días
hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación,
Página 10 de 71
salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para
resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
5.8.2.- Procedimiento de devolución material de garantía:
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a través de correo electrónico al
profesional de Unidad de Licitaciones responsable de la licitación, indicando tipo de documento e
identificación del proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad que custodia, el profesional a cargo de la licitación informará al
oferente mediante correo electrónico indicado en el anexo N°1, los requisitos, la fecha y horario disponible
para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro el proveedor deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa.
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes.
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira).
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal.
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.9.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio. Dicho acto se encuentra sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en el punto
10.3 del artículo 10, de la resolución N°36 de fecha 23 de diciembre 2024, de la Contraloría General de la
Republica.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.10.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
Página 11 de 71
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
6.- DE LAS PROPUESTAS |
|
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo N°02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos N°01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta
administrativa con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con
el nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta.
Página 12 de 71
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la
Ley N°19.886.
Con todo, no están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración
Jurada, aquellos oferentes que tengan publicada en portal mercado
público la declaración para ofertar exigida en estas bases y por Ley, a la
fecha del cierre de las ofertas.
Si el proveedor presenta este anexo y lo aquí declarado se contrapone con
lo señalado en el sistema de información portal Mercado Público, se
estará a lo declarado en dicho registro del portal.
2-A
DECLARACIÓN JURADA
DE BENEFICIARIOS
FINALES Y EMPRESAS
RELACIONADAS
Documento en el cual el oferente declara ser o no parte de un grupo
empresarial o empresas relacionadas y beneficiarios finales, conforme a
las disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo
Reglamento para ofertar y contratar con el Estado.
Este documento debe adjuntarse por el proveedor en la carpeta
administrativa con el nombre: Anexo N°02-A Declaración Jurada de
Beneficiarios Finales y Empresas Relacionadas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación, y/o su
presentación sin firma, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la
Ley N°19.886.
Si se trata de unión temporal de proveedores (UTP), esta declaración
jurada deberá ser suscrita y entregada de forma individual por cada
integrante de la UTP.
Con todo, no están obligados a presentar este Anexo N°02-A Declaración
Jurada de Beneficiarios Finales y Empresas Relacionadas, aquellos
oferentes que tengan publicada en portal mercado público la declaración
para ofertar exigida en estas bases y por Ley, a la fecha del cierre de las
ofertas.
Si el proveedor presenta este anexo y lo aquí declarado se contrapone con
lo señalado en el sistema de información portal Mercado Público, se
estará a lo declarado en dicho registro del portal.
Todos los oferentes deberán estar inscritos y en estado hábil en el registro de portal www.mercadopublico.cl,
durante todo el proceso licitatorio desde la presentación de ofertas hasta la contratación. Además, deberán
contar con todos los respaldos e información para acreditar su existencia y vigencia, ya publicados en dicho
portal. La falta de habilidad del proveedor en cualquier etapa del proceso licitatorio, será causal de
inadmisibilidad.
En el caso de declarar el proveedor que se encuentra afecto a inhabilidad de articulo 35 quáter de la Ley
N°19.886 y se trate de persona jurídica de las ahí señaladas o gerentes, administradores, representantes o
directores de cualquiera de dichas sociedades, deberá presentar la documentación de constitución de
sociedad y modificaciones, si aplica, donde consten la identificación de la totalidad de sus socios y su
participación en dicha sociedad, según corresponda, conforme a mismo articulado. So pena de declararse
inadmisible su oferta.
Lo anterior, no será necesario si al momento de la apertura el proveedor cuenta con dicha información en el
portal.
Página 13 de 71
CARPETA TÉCNICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con
la información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar
todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden
su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada
según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS o no logren ser acreditados, serán
declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida,
debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
04
PLAZO DE ENTREGA Y PUESTA EN
MARCHA
Documento en que se debe indicar por el proveedor, el plazo
máximo para la entrega y puesta en marcha de los equipos, en
óptimas condiciones y en el lugar solicitado dentro de las
dependencias del hospital.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1
día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir
se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un
rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de
tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala entrega
entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de
entrega).
El plazo de entrega y puesta en marcha se deberá expresar en días
corridos. Si el proveedor no señala expresamente el/lo(s) plazo(s)
en su oferta o señala en su oferta un plazo de días hábiles, su oferta
será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días
hábiles o corridos, se entenderán que son días corridos, para todo
efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la publicación
de la resolución que aprueba el contrato.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazo de Entrega y
puesta en marcha”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
05 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Anexo para completar y adjuntar a la oferta que contiene el tipo
de experiencia del proveedor:
• Si se trata de experiencia en sector público:
Se deberá completar la tabla del Anexo indicando el ID de las
órdenes de compra de Mercado las que deberán contar,
Página 14 de 71
expresamente, en el sistema de información Mercado Público
con recepción conforme.
En este caso no se deberán adjuntar las órdenes de compra a
la oferta, solo identificarlas, ya que estas serán verificadas en
línea en el sistema de información Mercado Público
directamente al momento de evaluar.
• Si se trata de experiencia en sector Privado:
Se deberá completar la tabla del anexo indicando el ID de las
órdenes de compra y sus correspondientes facturas.
En el caso de experiencia en sector privado además de
completar este anexo se deberán adjuntar a la oferta, las
respectivas órdenes de compra señalas y facturas indicadas en
la tabla.
Estas Ordenes más sus facturas se deben adjuntar al anexo con
el nombre de: “Anexo 05 Experiencia del Oferente” en la
carpeta Técnica de su oferta en el portal mercadopublico.cl
Para ambos tipos de experiencia se deberán indicar órdenes de
compra que acrediten experiencia en venta del mismo bien y/o
servicio que se licita. Si presenta más de una Orden de Compra
emitida por la misma organización Pública o privada, sólo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación de hasta un
máximo total de 6 órdenes de compra de Mercado Público y/u
órdenes de compra privada más su factura, (dependiendo la
experiencia que se desee acreditar), donde se hayan adquirido los
mismos bienes y/o servicios en los últimos 24 Meses desde el
cierre de recepción de las ofertas de este proceso licitatorio.
Si se presentan, adjuntan o se señalan más órdenes de compra en
la tabla dispuesta, o como adjunto, estas no serán consideradas en
la evaluación.
Si una misma orden de compra hace referencia a más de un ítem
ofertado en este proceso licitatorio, el proveedor podrá incluir esta
misma Orden en todas las tablas del Anexo 05 por ítems que
estime pertinente.
IMPORTANTE:
- Para experiencia en sector público: Sólo serán
consideradas para la evaluación, las órdenes de compra
de mercado público indicadas por el oferente en la tabla
del anexo 05 y que se hayan podido verificar con
recepción conforme en el sistema de información
Mercado Público al momento de evaluar.
- Para experiencia en sector privado: Sólo serán
consideradas para la evaluación, las órdenes de compra
privadas másfacturasindicadas por el oferente en la tabla
del anexo y que se hayan adjuntado, tanto las órdenes,
como sus respectivas facturas, a la oferta.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro,
las órdenes de compra de Mercado Público y las Órdenes de
compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del
mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de
la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado
con Organismos públicos de salud pública, Hospitales Públicos de
alta Complejidad y/o Clínicas u Hospitales privados.
Página 15 de 71
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°05: “experiencia del
oferente”.
06 CERTIFICADO VIDA UTIL
Anexo en el cual el proveedor deberá adjuntar certificado de
fabrica declarando la vida útil de los equipos, la que debe estar
garantizada durante toda la vigencia de la garantía técnica.
El certificado solicitado, debe adjuntarse en carpeta técnica con el
nombre “Anexo N°06 Certificado Vida Útil”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
08
REPRESENTANTE OFICIAL DEL
FABRICANTE
Anexo en el cual el proveedor deberá adjuntar certificado de
fabrica que lo autoriza para realizar comercialización de
componentes, accesorios, insumos, repuestos y brindar soporte
técnico para los equipos ofertados de la marca en Chile.
El certificado solicitado, debe adjuntarse en carpeta técnica con el
nombre “Anexo N°08 Certificado Representante oficial del
fabricante”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
09
DECLARACIÓN JURADA
PROGRAMA DE INTEGRIDAD
CON APLICACIÓN DE CÓDIGO
ÉTICA PARA PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad
de Código de ética para proveedores, correspondiente a la
Directiva N°31 ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá
que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas
contenidas en Código de ética para proveedores, por tanto, su
oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°9 “Declaración jurada
programa de integridad con aplicación de código ética para
proveedores (Directiva N°31 ChileCompra)”.
10 DESCUENTO EN REPUESTOS
Documento en el cual el proveedor deberá indicar el porcentaje de
descuento que aplicará sobre el valor de los repuestos que no
estén incluidos dentro de los costos a su cargo, según lo
establecido en Bases Técnicas.
Este porcentaje debe ser global, es decir, el porcentaje de
descuento ofertado por el proveedor adjudicado será utilizado
para cualquier tipo de repuesto requerido para el buen
funcionamiento de los desfibriladores, durante toda la vigencia del
contrato.
Una vez completado los datos, debe adjuntarse el documento en
carpeta técnica con el nombre: Anexo N°10 “descuento en
repuestos”.
11 PLAN DE MANTENIMIENTO
Documento en el cual el proveedor deberá indicar la cantidad de
mantenciones preventivas durante la vigencia del contrato, las que
deberán corresponder a lo recomendado por el fabricante,
adjuntando su respectiva carta Gantt de programación, además de
hacerse cargo de las mantenciones correctivas que surjan durante
la vigencia del contrato.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en
la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°11 Plan de
Mantenimiento”.
Página 16 de 71
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
12 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN
Documento en que se detalla el programa de capacitación
ofertado y las especificaciones de capacitación de nivel usuario y
técnico de mantenimiento, respecto al uso del equipo e
implementos y accesorios necesarios para su utilización.
Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital, las cuales
incluirán los gastos de pasajes, estadías, apuntes, alimentación y
otros, que sean necesarios.
La capacitación al personal que utilizará los productos, deberá ser
formal, debidamente acreditada y evaluada por el adjudicatario de
manera teórica y práctica, para lo que se deberá indicar las pautas
de evaluación de la capacitación.
El personal que apruebe la capacitación deberá recibir el
certificado correspondiente emitido por el adjudicatario y la
contraparte técnica deberá explicitar que la capacitación se realizó
a conformidad del usuario.
En los casos que haya recambio de personal o actualización de
versiones del producto, del equipo, de los implementos o
accesorios necesarios para su utilización, esta capacitación será
solicitada por el Servicio y el oferente deberá proveerla sin costo
adicional.
Por otra parte, si el adjudicatario estima necesario actualizar la
capacitación de los usuarios, el Hospital La Florida, deberá crear las
condiciones para que ésta se realice sin retrasos.
Una vez completado los datos, debe adjuntarse en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°12 Programa de Capacitación”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
CARPETA ECONÓMICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 OFERTA ECONÓMICA
Documento donde se oferta el VALOR MENSUAL NETO PARA 48 MESES,
en pesos chilenos por los servicios requeridos.
El proveedor deberá indicar en este anexo, cuando corresponda, si su
oferta económica está afecta a IVA.
El valor a ofertar deberá incluir todos los gastos asociados en los que
incurra el adjudicatario hasta la total recepción conforme de su servicio,
comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación,
traslados, derechos, patentes, etc.
Se evaluará sólo el valor ofertado correspondiente al SERVICIO DE
ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta
Económica con el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los
documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores
ingresados en el campo correspondiente en el portal
www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el valor
Página 17 de 71
indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta
subida a la línea de servicio a www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N°19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
También será declarada inadmisible toda oferta que contravenga lo señalado en Bases, la ley de compras
públicas y su modernización, así como también su reglamento.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
6.1.-Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo contenido
se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos en cada
carpeta de su oferta.
DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar
algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no. Si expresamente se señala
como obligatorio, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Para efectos de la aplicación del artículo 56 de Reglamento de compras Públicas, los documentos, anexos o
respaldos, además se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos documentos de los cuales no se podrá pedir su corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento, según se solicita en estas bases, la oferta será declarada inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886 y declaraciones juradas publicadas en Mercado público.
Se entenderán Documentos y anexos esenciales para este proceso, los siguientes:
• Anexo N°02 Declaración Jurada.
• Anexo N°02-A Declaración jurada de Beneficiarios finales y empresas relacionadas.
• Anexo N°04 Plazo de entrega.
• Anexo N°07 Oferta Económica.
• Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados por el oferente, adolecen de
defectos de forma o errores no esenciales o de tipeo, o documentos que se hayan omitido presentar, en
ambos casos, entendiéndose que obedecen a una justa causa de simple error u omisión.
Con todo, los errores u omisiones detectados podrán ser subsanados por los oferentes a solicitud del Hospital,
siempre y cuando se trate de:
• Errores u omisiones formales en que haya incurrido el oferente. No se considerará error formal
errores en el precio de la oferta.
• Certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar los oferentes al momento del cierre de
las ofertas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento de dicho plazo; y,
• Certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar los oferentes al momento del cierre de
las ofertas, y se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar
ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Página 18 de 71
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y
permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
|
|
|
|
7.- DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
|
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
|
|
|
|
8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Subdirector Administrativo.
2. Jefatura de Abastecimiento.
3. Jefatura de Gestión Contratos.
4. Jefatura de Finanzas.
5. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al artículo 54 del decreto N°661, de 2024.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso quinto del artículo 54 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Subdirector Administrativo.
2. Jefatura de Abastecimiento.
3. Jefatura de Gestión Contratos.
4. Jefatura de Finanzas.
La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se
tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
Página 19 de 71
8.2.- Examen de antecedentes, ofertas Inadmisibles y proceso desierto.
Oferta Inadmisible:
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N°19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que:
• Presenten insumos y/o servicios distintos a los exigidos y establecidos en estas bases de licitación para
adquirir.
• La oferta del proveedor que presente dos insumos y/o servicios alternativos en una misma oferta, a
menos que lo haga de forma separada como oferta principal y alternativa, todo, conforme a bases.
• Dupliquen sus anexos o respaldos en sus ofertas para un mismo insumo y/o servicio o ítem licitado o
presentan especificaciones técnicas repetidas de dos modelos distintos del mismo insumo o de dos o más
insumos para la misma oferta, sin que sea permitida expresamente esta salvedad en bases y con lo cual,
se haga imposible determinar la oferta real del proveedor por falta de certeza, todo, sin perjuicio de poder
presentar el proveedor ofertas alternativas por separado conforme a bases.
• Sean presentadas por una unión temporal de proveedores compuesta por proveedores que no
corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo señalado
en art. 55 de la Ley de compras.
• Sean presentadas por empresas relacionadas y estas no presenten declaración jurada correspondiente,
conforme a bases.
• No cumplan o contravengan cualquier requisito o especificación administrativa o técnica establecida en
estas bases de Licitación.
• Contravengan la ley de compras públicas y su modernización, así como también su reglamento.
• Si determina que se trata de ofertas por adjudicar riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado
es inferior al 50% de precio de la oferta que le sigue en competencia si se trata solo de dos ofertas o es
inferior al 50% de promedio de precio de las otras propuestas, o de los precios de mercado arrojados por
RFI, y no logra justificar documentadamente en las especificaciones técnicas o a través de foro
inverso cómo se cumplirán los requisitos del contrato o la justificación que presentaré no es suficiente
o fuese incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica
o económica, o si el precio ofertado compromete el cumplimiento del contrato o es resultado del
incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre
competencia.
• Por último, si en el proceso se presentan ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio o ítem
licitado por parte de empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí,
según dispone el artículo 60 del Reglamento de compras públicas, el Hospital considerará para efectos
de la evaluación de la licitación pública o ítem ofertado, solo la oferta más conveniente de los respectivos
proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios y metodología de
evaluación establecidos en estas bases, declarando inadmisibles el resto de todas las demás ofertas
presentadas a concurso, por el grupo empresarial o relacionado en este proceso.
Proceso desierto:
A su vez, conforme al artículo 62 del Reglamento de compras públicas, el Hospital declarará desierta la
licitación cuando no se presenten ofertas en el proceso, o bien, cuando éstas se declaren en su totalidad
inadmisibles o ninguna de las ofertas presentadas resulte conveniente a sus intereses. En todos los casos, los
oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl.
El Hospital La Florida, de conformidad con el artículo 56 inciso 1° del Decreto N°661 que aprueba el reglamento
de la Ley N°19.886, podrá solicitar durante la etapa de evaluación a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el
precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla
la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
Página 20 de 71
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten
salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados
a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de
todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de
dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1.- Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
Página 21 de 71
8.3.2 Evaluación de ofertas simultaneas:
Cuando se presenten en el proceso, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de
empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, el Hospital considerará para
efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente presentada por este grupo empresarial
o empresas relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
• Se entenderá que dos o más oferentes, cualquiera sea su naturaleza jurídica, son del mismo grupo
empresarial cuando respecto de éstos concurran alguna de las siguientes circunstancias:
a) Una sociedad y su controlador.
b) Todas las sociedades que tienen un controlador común, y este último.
• Para estos efectos es controlador toda persona o grupo de personas con acuerdo de actuación
conjunta que, directamente o a través de otras personas naturales o jurídicas, participa en su
propiedad y tiene poder para realizar alguna de las actuaciones señaladas en los números 1, 2 del
artículo 9 de Ley de Compras:
• Se entenderá que dos o más oferentes son empresas o personas relacionadas en los siguientes casos:
I. Entidades que pertenecen a un mismo grupo empresarial, cualquiera sea su calidad o estructura
jurídica.
II. Las personas jurídicas que tengan, respecto de la sociedad, la calidad de matriz, coligante, filial o
coligada, en conformidad con las definiciones contenidas en la ley N°18.046, sobre sociedades
anónimas.
III. Una sociedad y sus directores, gerentes, administradores, ejecutivos principales o liquidadores
de la sociedad, y sus cónyuges, convivientes civiles o sus parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad, así como toda entidad controlada, directamente o a través de otras personas,
por cualquiera de ellos.
IV. Una sociedad y toda persona que, por sí sola o con otras con que tenga acuerdo de actuación
conjunta, pueda designar al menos un miembro de la administración de la sociedad o controle
un 10 por ciento o más del capital o del capital con derecho a voto si se trata de una sociedad
por acciones.
V. El cónyuge, conviviente civil y los parientes, ascendientes o descendientes, hasta el segundo
grado de consanguinidad o afinidad.
VI. Todas aquellas empresas que tengan la misma persona beneficiaria final, según los términos
señalados en el artículo 16.
La oferta más ventajosa a evaluar junto al resto de las ofertas, será la de menor precio, siempre que no se
encuentre en el supuesto del artículo 60 del reglamento.
8.3.3 Evaluación de ofertas Riesgosas o Temerarias:
Se considerarán como ofertas riesgosas o temerarias, para estos efectos, toda oferta a adjudicar, cuyo precio
este por debajo del 50% del precio de la oferta que le sigue en competencia si son solo dos ofertas las
presentadas o si su precio de oferta es inferior al 50% del promedio de las otras propuestas y en evaluación o
de los precios de mercado obtenidos en la RFI, y que no justifiquen documentadamente en las especificaciones
técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Las ofertas riesgosas o temerarias, conforme a estas bases, se evaluarán de la siguiente manera:
• Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si
está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o
que el precio compromete el cumplimiento del contrato.
• Asimismo, las ofertas serán declaradas inadmisibles si el precio ofertado es resultado del
incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la
libre competencia.
Página 22 de 71
• Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente
analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los
proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen
detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto
incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad,
condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor
y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de
adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor el aumento de la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento. El aumento de esta garantía corresponderá al cinco por ciento neto del valor
resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su
calificación económica, sino existiese otra oferta se aumentará un 2% al porcentaje (%) de garantía original.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJE MAXIMO
Cumplimiento de requisitos formales 1% 100
Programas de integridad con aplicación de
código de ética para proveedores del Estado 1% 100
Comportamiento contractual anterior 6% 100
Experiencia del oferente 4% 100
Especificaciones Técnicas Deseables 21% 100
Plazo de entrega y puesta en marcha 12% 100
Descuento en repuestos 5% 100
Oferta económica 50% 100
8.4.1.- Criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a
través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a
través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2.- Criterio Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (Anexo 09), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
Página 23 de 71
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el Anexo N°9
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores
(Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores
(Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no
logra acreditar.
0
8.4.3.- Criterio Comportamiento Contractual Anterior (6%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
La evaluación del comportamiento contractual anterior del proveedor se realizará a través de la revisión de la
“Ficha de Proveedores” disponible en la plataforma de Mercado Público, considerando las sanciones aplicadas
a la empresa proveedora por incumplimientos que consten en Mercado Público, en los últimos 24 meses.
8.4.4.- Criterio Experiencia del Oferente (4%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de compra que cumplan con:
• Mismo rubro.
• Misma envergadura.
• Emisión 24 meses anterior al cierre oferta.
• OC sector público con recepción conforme.
• OC sector privado con factura.
• Máximo 6 OC por ítem.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las órdenes de compra de Mercado Público
y las Órdenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del mismo servicio requerido en
esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con
Organismos públicos de salud pública, Hospitales Públicos de alta Complejidad y/o Clínicas u Hospitales
privados.
Lo anterior, según lo señalado en Anexo N°05 y la siguiente tabla de evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes. 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes. 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes. 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes. 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes. 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes. 10
No presenta órdenes de compra. 0
REQUERIMIENTO PUNTAJE
El Sistema de Información No registra sanciones por incumplimientos
al oferente dentro de los 24 meses anteriores al cierre de las ofertas. 100
El sistema de información registra sanciones por incumplimientos al
oferente, dentro de los 24 meses anteriores al cierre de las ofertas. 0
Página 24 de 71
8.4.3 Especificaciones Técnicas Deseables (21%)
El criterio especificaciones técnicas se evaluará con el mecanismo Porcentual, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MÁXIMO
Especificaciones técnicas 100
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒: (
𝑆𝑢𝑚𝑎𝑡𝑜𝑟𝑖𝑎 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑂𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑜 𝑒𝑛 𝐶𝑜𝑟𝑟𝑒𝑙𝑎𝑡𝑖𝑣𝑜𝑠 𝐷𝑒𝑠𝑒𝑎𝑏𝑙𝑒𝑠
𝑆𝑢𝑚𝑎𝑡𝑜𝑟𝑖𝑎 𝑡𝑜𝑡𝑎𝑙 𝑑𝑒 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝐷𝑒𝑠𝑒𝑎𝑏𝑙𝑒𝑠 ) 𝑥 100
El Anexo N°03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de cada
proveedor. Se evaluará a través del mecanismo de Mayor Valor respecto de la suma de puntajes obtenidos
en la tabla indicada más abajo.
Especificaciones Técnicas Obligatorias (O): Corresponden a las especificaciones técnicas cuyo incumplimiento
impide el funcionamiento del servicio, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las
normas de seguridad vigente, por tanto, las propuestas que no cumplan con alguna de las especificaciones
técnicas OBLIGATORIAS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen las especificaciones técnicas Obligatorias:
• Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo
correspondiente.
• También se entenderá que no cumple la especificación técnica obligatorio, si el respaldo que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (D): Considera las especificaciones técnicas que son importantes,
pero que, sin embargo, su incumplimiento no afectaría el funcionamiento del servicio.
SE EVALUARÁN EN ESTE CRITERIO SOLO EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES
ESPECIFICADOS EN EL ANEXO N°03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable:
• Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo
correspondiente.
• También se entenderá que no cumple la especificación técnica deseable, si el respaldo que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
PAUTA DE EVALUACIÓN
La evaluación de este criterio se realizará aplicando el mecanismo de mayor valor a la sumatoria de los
puntajes obtenidos en la siguiente tabla:
TABLA DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (ANEXO 03):
ÍTEM N°1: DESFIBRILADORES ADULTOS
CLASIFICACIÓN
DEL REQUISITO N° REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE
ACREDITAR
DESEABLE 4 Equipos ofertados deben contar con un peso
máximo 8 kilos (con batería y palas incluidas).
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 9 Equipos ofertados deben contar con capacidad
mínima de hasta 70 descargas a potencia
máxima o 150 minutos de Monitoreo
electrocardiográfico o 90 minutos de
marcapaso.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
Página 25 de 71
DESEABLE 15 Equipos ofertados deben contar con opción de
poder retroceder imagen para analizar curvas.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 16 Equipos ofertados deben contar con opción de
congelar pantalla para ver curvas.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 17 Equipos ofertados deben contar con tiempo de
Observación en pantalla.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 22 Indicador de calidad de contacto en palas
externas (diferentes niveles de contacto, por
ejemplo: bueno/regular/malo).
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 33 Equipos ofertados deben contar con ECG de 5
derivaciones o más I, II, III, aVR, aVL, aVF, V.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 35 Equipos ofertados deben contar con Cumpla
las directrices 2020 AHA / 2021 ERC
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 41 Equipos ofertados deben contar Capacidad de
Sensar respiración.
3 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 43 Equipos ofertados deben contar
Almacenamiento de registros históricos, al
menos 50 eventos. Debe registrar al menos las
siguientes variables ECG, descargas, intensidad
de descargas, saturación.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 48 Equipos ofertados deben contar con alarma de
Respiración.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 53 Equipos ofertados deben contar Visualización
de Respiración.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
Página 26 de 71
DESEABLE 63 1 set cables ECG de 5 derivaciones Adulto -
Reutilizable (este no reemplaza al de 3
derivaciones).
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 65 Filtro de ruido externo en parches
desfibriladores o equipo para evitar error de
lecturas.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 67 Equipos ofertados deben contar con
certificación CE y/o FDA
67 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 69 Equipos ofertados deben contar Manual de
Servicio Técnico en Español impreso y/o
Digital.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 70 Equipos ofertados deben contar Cumplimiento
de normativa ISO 13485 fabricante.
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 71 Equipos ofertados deben contar Certificación
IEC 60601
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 72 Equipos ofertados deben contar Cumplimiento
de normativa ISO 9001 representante
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 73 Equipos ofertados deben contar Certificación
IP 44 o mejor
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 74 Equipos ofertados deben contar Certificación
IEC 60068-2-31:2009 similar o mejor
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
PUNTAJE TOTAL (SUMATORIA PUNTAJES) 213
Página 27 de 71
ÍTEM N°2: DESFIBRILADORES PEDIATRICO/NEONANTAL
CLASIFICACIÓN
DEL REQUISITO N° REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE
ACREDITAR
DESEABLE 4 Equipos ofertados deben contar Peso máximo 8
kilos (con batería y palas incluidas).
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 9 Equipos ofertados deben contar Con capacidad
mínima de hasta 70 descargas a potencia
máxima o 150 minutos de Monitoreo
electrocardiográfico o 90 minutos de
marcapaso.
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 15 Equipos ofertados deben contar Opción de
poder retroceder imagen para analizar curvas.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 16 Equipos ofertados deben contar Opción de
congelar pantalla para ver curvas.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 17 Equipos ofertados deben contar Tiempo de
Observación en pantalla.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 22 Equipos ofertados deben contar Indicador de
calidad de contacto en palas externas
(diferentes niveles de contacto, por ejemplo:
bueno/regular/malo).
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 33 Equipos ofertados deben contar ECG de 5
derivaciones o más I, II, III, aVR, aVL, aVF, V.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 35 Equipos ofertados deben contar con Cumpla las
directrices 2020 AHA / 2021 ERC.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 36 Apoyo auditivo y visual que guíe en la maniobra
del RCP.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 37 Equipos ofertados deben contar con
Retroalimentación visual, numérica o auditiva
en tiempo real para la frecuencia del masaje
cardiaco, para paciente adulto.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
Página 28 de 71
brochure o
certificación.
DESEABLE 38 Equipos ofertados deben contar con
Retroalimentación visual, numérica o auditiva
en tiempo real para la profundidad del masaje
cardiaco, para paciente adulto.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 39 Equipos ofertados deben contar con
Retroalimentación en relación a la calidad de
compresión en función de profundidad y
frecuencia.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 40 Equipos ofertados deben contar con todos las
licencias, actualizaciones de software, insumos,
accesorios o cualquier otro elemento necesario
para realizar la retroalimentación RCP de forma
continua y estos serán parte integra de la
oferta.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 41 Equipos ofertados deben contar con Capacidad
de Sensar respiración.
3 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 43 Equipos ofertados deben contar con
Almacenamiento de registros históricos, al
menos 50 eventos. Debe registrar al menos las
siguientes variables ECG, descargas, intensidad
de descargas, saturación.
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 48 Equipos ofertados deben contar con alarma de
Respiración.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 53 Equipos ofertados deben contar con
Visualización de Respiración.
5 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 63 1 set cables ECG 5 derivaciones Pediátrico -
Reutilizable (este no reemplaza al de 3
derivaciones).
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 65 Filtro de ruido externo en parches
desfibriladores para evitar error de lecturas.
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 67 Equipos ofertados deben contar con
certificación CE y/o FDA.
Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
Página 29 de 71
DESEABLE 69 Manual de Servicio Técnico en Español impreso
y/o Digital.
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 70 Cumplimiento de normativa ISO 13485
fabricante.
20 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 71 Certificación IEC 60601. 20 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 72 Cumplimiento de normativa ISO 9001
representante.
10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 73 Certificación IP 44 o mejor. 10 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 74 Certificación IEC 60068-2-31:2009 similar o
mejor.
20 Manual,
ficha técnica,
carta de
compromiso,
brochure o
certificación.
PUNTAJE TOTAL (SUMATORIA PUNTAJES) 233
ÍTEM N°3: DESFIBRILADORES ADULTOS CON PRESIÓN INVASIVA
CLASIFICACIÓN
DEL REQUISITO N° REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE
ACREDITAR
DESEABLE 4 Equipos ofertados deben contar con un peso
máximo 8 kilos (con batería y palas
incluidas).
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 9 Equipos ofertados deben contar con
capacidad mínima de hasta 70 descargas a
potencia máxima o 150 minutos de
Monitoreo electrocardiográfico o 90 minutos
de marcapaso.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 15 Equipos ofertados deben contar con opción
de poder retroceder imagen para analizar
curvas.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 16 Equipos ofertados deben contar con opción
de congelar pantalla para ver curvas.
5 Manual, ficha
técnica, carta
Página 30 de 71
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 17 Equipos ofertados deben contar con tiempo
de Observación en pantalla.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 22 Indicador de calidad de contacto en palas
externas (diferentes niveles de contacto, por
ejemplo: bueno/regular/malo).
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 33 Equipos ofertados deben contar con ECG de
5 derivaciones o más I, II, III, aVR, aVL, aVF, V.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 35 Equipos ofertados deben contar con las
directrices 2020 AHA / 2021 ERC.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 41 Equipos ofertados deben contar Capacidad
de Sensar respiración.
3 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 43 Equipos ofertados deben contar
Almacenamiento de registros históricos, al
menos 50 eventos. Debe registrar al menos
las siguientes variables ECG, descargas,
intensidad de descargas, saturación.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 48 Equipos ofertados deben contar con alarma
de Respiración.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 53 Equipos ofertados deben contar
Visualización de Respiración.
5 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 63 1 set cables ECG de 5 derivaciones Adulto -
Reutilizable (este no reemplaza al de 3
derivaciones).
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 66 Filtro de ruido externo en parches
desfibriladores o equipo para evitar error de
lecturas.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
Página 31 de 71
brochure o
certificación.
DESEABLE 68 Equipos ofertados deben contar con
certificación CE y/o FDA.
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 70 Equipos ofertados deben contar Manual de
Servicio Técnico en Español impreso y/o
Digital.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 71 Equipos ofertados deben contar
Cumplimiento de normativa ISO 13485
fabricante.
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 72 Equipos ofertados deben contar
Certificación IEC 60601.
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 73 Equipos ofertados deben contar
Cumplimiento de normativa ISO 9001
representante.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 74 Equipos ofertados deben contar
Certificación IP 44 o mejor.
10 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
DESEABLE 75 Equipos ofertados deben contar
Certificación IEC 60068-2-31:2009 similar o
mejor.
20 Manual, ficha
técnica, carta
de
compromiso,
brochure o
certificación.
PUNTAJE TOTAL (SUMATORIA PUNTAJES) 213
8.4.4- Plazo de entrega y puesta en marcha (12%):
El criterio de evaluación Plazo de Entrega y puesta en marcha se evaluará con el mecanismo Porcentual del
Menor Valor, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MÁXIMO
Plazo de Entrega y puesta en marcha (Anexo N°04) 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el producto adjudicado en su Anexo Nº04. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo
Página 32 de 71
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega y puesta en marcha entre 2 a 5 días,
se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega y puesta en marcha se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta
días hábiles, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de
la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la firma del contrato.
8.4.5.- Descuento en repuestos (5%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, según lo señalado en Anexo N°10 y la
siguiente tabla de evaluación:
DESCUENTO OFERTADO PUNTAJE
Ofrece un Descuento mayor o igual al 30 % en todos los repuestos y accesorios 100
Ofrece un Descuento entre un 25% a 29% en todos los repuestos y accesorios 80
Ofrece un Descuento entre un 21% a 24% en todos los repuestos y accesorios 60
Ofrece un Descuento entre un 1% a 20% en todos los repuestos y accesorios 40
No ofrece descuento en repuestos y accesorios 0
8.4.6.- Criterio Oferta Económica (50%)
La evaluación económica considerará el valor mensual neto del servicio requerido, el cual se debe ingresar en
Anexo Nº07 Oferta económica. Para ello se realizará un ranking de todos los precios recibidos, ordenándoles
desde menor al mayor asignándoles puntaje de acuerdo con la siguiente tabla:
Precio Oferta Puntaje
Menor Valor Ofertado 100
Segundo menor valor ofertado 95
Tercer menor valor ofertado 90
Cuarto menor valor ofertado 85
Quinto menor valor ofertado 80
Sexto en adelante menor valor ofertado 75
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑂𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑜 ∗ 0.50)
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Especificaciones Técnicas Deseables.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Experiencia del oferente.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio plazo
de entrega y puesta en marcha.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Comportamiento contractual anterior.
Página 33 de 71
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio oferta
económica.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
descuento en repuestos.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Cumplimiento de Requisitos formales.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• La identificación de las ofertas, si procede, que deban declararse inadmisibles por corresponder a
empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad con el artículo 60
del Decreto N°661, Reglamento de Compras Públicas.
• La identificación de las ofertas, si procede, que deban declararse inadmisibles por corresponder a ofertas
riesgosas o temerarias conforme a artículo 61 del Decreto N°661, Reglamento de Compras Públicas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
|
|
|
|
9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
|
9.1.- Criterios de Adjudicación
El total de los ítems deberá ser ofertado en conjunto, siendo adjudicados todos a un solo proveedor. De lo
contrario su oferta será inadmisible.
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
De igual forma, se deberán agregar las ofertas inadmisibles, conforme a los artículos 59 y 60 del Reglamento
según proceda.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
Página 34 de 71
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación de la Resolución de Adjudicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo
con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1. Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2. Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl.
3. Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4. Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, inciso
1° y el articulo 35 quáter de la Ley N°19.886, lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595, o según lo
establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N°1, de 2004, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia,
o lo dispuesto en la Ley N°20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por
delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos
que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. Todo sin perjuicio de
lo señalado en el inciso final del articulo 35 quáter de la ley de compras.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
|
|
|
|
10.- DEL CONTRATO |
|
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 117 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, la
formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas, todo conforme a las razones señaladas en el párrafo tercero del numeral 10.8 de estas
Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto inferior a 100 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Gestión
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
adjudicación y según el siguiente detalle:
• Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 unidades tributarias mensuales la suscripción del
contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de
la resolución de adjudicación.
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea superior a
1000 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato
según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de lo anterior, se
podrá solicitar excepcionalmente garantía de fiel cumplimiento bajo las 1000 UTM conforme lo
establecido en el punto 10.8 y siguientes.
Página 35 de 71
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de
proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura
Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la
solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un
representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no
podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio,
incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en Reglamento de la
ley N°19.886 aprobado por el decreto N°661 del 2024 del Ministerio de Hacienda.
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Habilidad en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
Todos los oferentes deberán estar inscritos y en estado hábil en el registro oficial de proveedores del Estado
de ChileCompra, durante todo el proceso licitatorio desde la presentación de ofertas hasta la contratación.
Además, deberán contar con todos los respaldos e información para acreditar su existencia y vigencia, ya
publicados en dicho portal.
La falta de habilidad del proveedor en cualquier etapa del proceso licitatorio, será causal de inadmisibilidad.
esto, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 16 inciso noveno de la Ley N°19.886.
Será responsabilidad de los intervinientes dentro del proceso licitatorio cumplir en tiempo y forma con la
exigencia antes descrita.
10.3.- Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el
documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su
oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato
físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Gestión Contratos del Hospital La Florida, indicándose la
siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LR25 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación).
El sobre deberá ser entregado en secretaria de Unidad de Gestión de Contratos del Hospital, dentro del plazo
estipulado en el numeral 5.4. de las bases. Tratándose de licitaciones que superen las 5.000 UTM la
suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde la
notificación de la resolución de adjudicación”, según el artículo 119 del Reglamento de compras púbicas.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato. Dicho acto estará sujeto al trámite de toma de razón, conforme con lo dispuesto en
el punto 12.2 del artículo 12, de la resolución N°36 de fecha 23 de diciembre 2024, de la Contraloría General
de la Republica.
Página 36 de 71
La unidad de gestión de contratos deberá notificar vía correo electrónico, la firma de la resolución que aprueba
el contrato a:
• El proveedor adjudicado.
• El RR.TT de contratos.
• Jefaturas de Abastecimiento.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
La orden de compra será emitida según las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes, según los valores
ofertados por el proveedor.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez
completa la tramitación de la Resolución que aprueba dicho Contrato.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, sin lo cual, el pago no se llevará a
cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará la individualización del Proveedor, el objeto, precio, el plazo de duración del
contrato, garantías que correspondan, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta, además
señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, las medidas
a ser aplicadas por eventuales incumplimientos del Proveedor, así como sus causales y el procedimiento para
su aplicación, causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en las Bases, todo conforme a
lo señalado en el artículo 118 del Decreto N°661 Reglamento de Compras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra si no hay contrato escrito, según
corresponda.
La duración del contrato será de 48 meses o hasta que se alcance el gasto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
La duración de la presente contratación administrativa se sustenta en la necesidad de garantizar la
disponibilidad de equipos actualizados, la continuidad de la atención médica, la estabilidad financiera y la
Página 37 de 71
eficiencia operativa en el contexto de la rápida evolución tecnológica en el campo de la medicina. Además,
contribuirá a una administración más efectiva de los recursos y una mejora general en la calidad de la atención
médica que ofrecemos.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación y excepción de prórroga del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
b) Podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de
Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o
mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
c) Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación siempre y cuando se cumplan los siguientes
requisitos:
i. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la
Entidad contratante.
ii. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de
costes para el órgano de contratación.
iii. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa
objetiva que la haga necesaria.
iv. Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
En los casos i, ii, iii y iv anteriores, la Entidad estará facultada excepcionalmente para aumentar el plazo de
ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento.
Con todo, las modificaciones que se generen no podrán:
• Alterar los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que
hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más
participantes en el procedimiento de contratación.
• Altera el equilibrio financiero del contrato;
• Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
Toda modificación, deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo
dispuesto, entre otros, en el dictamen N°34.713, del 2015.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con
las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto
originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con
disponibilidad presupuestaria para ello.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha
caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican y lo señalado
en Ley de compras y su reglamento.
Tratándose de la prestación de servicios, si fuese el caso, las garantías de cumplimiento del contrato deberán
asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la ley N°17.322, sobre normas para la cobranza judicial de
cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social, y permanecerán vigentes hasta sesenta
días hábiles después de recepcionadas las obras o culminados los contratos.
Tipo de
Documento
Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas,
certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con
los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• No sujeto a modalidad.
Página 38 de 71
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 5% del monto neto ofertado por el adjudicatario en pesos chilenos.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 48 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
El proveedor podrá entregar 1 documento de garantía por el total de 48 meses más 120
días hábiles o 3 documentos de forma parcializada, según lo siguiente:
• Primera garantía con una vigencia de 24 meses desde la fecha de adjudicación,
por el 5%del monto total adjudicado.
• Segunda garantía con una vigencia de 12 meses a contar del día siguiente al
vencimiento de la primera garantía, por el 5%del valor remanente del contrato
a la fecha.
• Tercera garantía con una vigencia de 12 meses a contar del día siguiente al
vencimiento de la segunda garantía, por el 5%del valor remanente del contrato
a la fecha más 120 días hábiles.
La entrega de los documentos de garantía, deberá hacerse antes de los 60 días hábiles
anteriores al vencimiento del documento que se renueva, salvo el primero que debe
entregarse según lo establecido en el numeral 10.1 de las presentes bases. Una vez
entregada la garantía renovada, se hará devolución del documento de garantía anterior
en un plazo de 10 días hábiles.
De no renovarse los documentos de garantía correspondientes dentro del plazo
establecido en el párrafo anterior, se dará por terminado el contrato ejecutándose la
garantía vigente.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales del
“SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES PARA EL HOSPITAL DE
LA FLORIDA” ID 812261-XX-LR25 (donde se señala XX reemplazar por el número de la
Licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto,
esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y
oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la unidad de
Gestión de Contratos, ubicada en dependencias del Hospital La Florida, Avenida Froilán
Roa 6542, primer piso (hall central OIRS y llamar a los siguientes números 26121568 /
26121516 / 26121319), en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a
16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTÍA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LR25 (donde se
señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE:
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la
misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y
entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene
en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento
de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al
correo: garantiahlf@hospitallaflorida.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5 días
hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y
el nombre del Oferente.
Página 39 de 71
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además, deben
ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro
de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro de
la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el
Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que la unidad de Gestión de Contratos ubicado en dependencias del Hospital La Florida
(primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de
exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en
un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la entidad licitante deberá solicitar al proveedor el aumento
de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El aumento de esta garantía corresponderá al cinco por ciento
neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le
siga en su calificación económica, sino existiese otra oferta se aumentará un 2% al % de garantía original.
10.8.2.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contados desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Gestión de Contratos o quien lo subrogue para tal efecto al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital, caso en el
que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.9.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
El acto administrativo que disponga de tal medida deberá ser fundado y publicado en el sistema de
información.
10.10.- Prohibición De Cesión
El Proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo
que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará a los
artículos 14 de la Ley de compras y el artículo 126 del Decreto N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda que
aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
10.11.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución y siempre y cuando:
a) No se trate de servicios especiales, y se haya contratado en vista de la capacidad o idoneidad del
contratista.
b) Si la subcontratación no excede el treinta por ciento del monto total del contrato.
Página 40 de 71
c) No afecte al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
d) El subcontratista no se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la
Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras.
Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad y la obligación de cumplimiento de la totalidad de lo contratado
permanecerá en el contratista adjudicado.
Los oferentes, para efectos de la subcontratación parcial, deberán indicar al momento de contratar la parte
del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista.
El subcontratista, deberá ser un proveedor hábil inscrito en el registro del artículo 16 y acreditar el
cumplimiento de los requisitos que el reglamento o las bases de licitación establezcan.
Tanto el contratista como el subcontratista deberán dar cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y
previsionales de sus trabajadores incluyendo la obligación de adoptar las medidas necesarias para proteger
eficazmente la vida y la salud de todos los trabajadores que laboren en su obra, empresa o faena, cualquiera
sea su dependencia.
El contratista principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las
prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización
de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el contratista principal deberá
acreditar que éste cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.
La infracción a lo establecido en los incisos precedentes facultará al organismo del Estado para imponer alguna
de las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley de Compras Públicas y conforme a bases.
10.12.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste
|
|
|
|
11.- DE LAS ACTIVIDADES |
|
11.1.- Inicio de Actividades
El inicio formal de las actividades comenzara a regir una vez enviada la solicitud de servicio por parte del
Referente técnico de contrato del Hospital. Dicha solicitud será enviada al correo electrónico del proveedor
señalado en Anexo 01.
Con todo, la solicitud podrá ser enviada por el RR.TT del Hospital, solo una vez formalizado el contrato.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, envases o sellos alterados o
dañados, temperatura inadecuada, material del envase, condiciones de traslado que afecten el equipo, etc.,
el bien será devuelto total o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las
24 horas siguientes. Todo, sin perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento
por atraso en la nueva entrega.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega y puesta en marcha
El plazo de entrega y puesta en marcha podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento
de plazo que pudiese realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través
de correo electrónico señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega
ofertada.
Si el plazo de entrega y puesta en marcha comprometido por el oferente no es respetado por una causa
imputable a éste, el adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo
que eventualmente se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
Página 41 de 71
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
|
|
|
|
12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
|
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 bis de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº130 del Decreto Nº661 de 2024 que contiene el
Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a. Incumplimiento grave. Se entenderá incumplimiento grave la aplicación de dos o más multas dentro un
plazo de tres (3) meses durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en
el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del
contrato.
b. Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto, condiciones
de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por la Entidad.
c. Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
d. Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
e. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de
la sociedad contratista.
g. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las
normas del derecho común.
h. Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
i. Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, de manera distinta o contraviniendo lo
indicado en bases sobre la materia.
j. Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
k. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el numeral 10.11.
l. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de
cumplir sus obligaciones
m. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible
modificar el contrato conforme al artículo 129 del Reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo
pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según
corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de
cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en
su contra el cobro de garantía de fiel cumplimiento conforme a lo establecido en el artículo 135 del
Decreto N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
n. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
o. Por incumplir el adjudicatario con el pago de las obligaciones laborales y previsionales de sus
trabajadores, según condiciones establecidas en numeral 10.1 de Bases Administrativas, apartado
“Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales”.
p. Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital hará efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato, sin que el
adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
Página 42 de 71
12.2.- Amonestación
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Se aplicará una multa de 5 UTM por ocultar información respecto de irregularidades que atente contra
los bienes del Estado y sus funcionarios o el servicio prestado por la Institución.
b) Se aplicará una multa de 5 UTM por cada día corrido de atraso en la entrega de un Back Up o el
restablecimiento del funcionamiento del equipo en mal estado.
c) Se aplicará una multa de 4 UTM por cada vez que no se preste Asistencia Técnica remota 24/7, durante
toda la vigencia del contrato.
d) Se aplicará una multa de 2 UTM por la aplicación de 3 amonestaciones dentro de 2 meses.
e) Se aplicará una multa de 5 UTM por cada día corrido de atraso en el plazo de entrega y puesta en marcha
según lo ofertado en Anexo N°04.
f) Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de
atención y/o seguridad definidos con el Hospital.
g) La falla del equipamiento donde se registren eventos de carácter importante que puedan ocasionar daño
al paciente, las cuales no sean atribuibles al usuario. Ante esto se aplicará una multa de 20 UTM por
evento.
h) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de retraso en la entrega de manuales y la realización
de capacitaciones en la fecha acordada con Referente Técnico, según lo indicado en Bases Técnicas. Por
lo demás proveedor tiene un plazo máximo de 48 horas hábiles para responder una vez mandada la
solicitud. En caso contrario se aplicará una multa de 1UTM por cada día de atraso.
i) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de retraso en la ejecución de la mantención
preventiva y/o entrega de los informes u ordenes de trabajo.
j) Quiebre de stock: En caso de quiebre de stock, el proveedor adjudicado deberá notificar a la unidad de
equipos médicos, tal situación, con 7 días corridos de anticipación, realizando la reposición del stock
dentro del mismo plazo, tras un plazo superior a lo indicado, se aplicará una multa de 1 UTM por día
transcurrido a contar del día 8 de quiebre de stock.
El valor de la UTM será el que corresponde al día en que se emita la Resolución de aplicación de multa.
Con todo, y conforme a lo señalado en el reglamento de compras públicas, cuando las medidas aplicadas no
cubran los daños causados al Hospital por el incumplimiento del contrato, éste estará facultado para
demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
El acto administrativo donde conste la aplicación de las medidas, deberá publicarse en el sistema de
información.
12.4.- Registro de Comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos
del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5.- Procedimiento para aplicación de sanciones, cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de Gestión de contratos del Departamento de
Página 43 de 71
Abastecimiento. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales
para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de
multas calculará los montos a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl, por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de correo electrónico indicado por el proveedor en el Anexo N°1 de su oferta, del informe emanado
por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término anticipado
de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que
estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante correo electrónico remitido por
la Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6.- El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontarán del pago no de las
facturas, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas
serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer
el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7.- Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución
fundada desde la Unidad de Gestión de Contratos al correo electrónico señalado en el sistema de información,
de conformidad con los artículos 9 y 140 del Decreto N°661 del año 2024 que aprueba el Reglamento de la
Ley N°19.886, para impugnar dicho acto administrativo. Deberá acompañar todos los antecedentes que
justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la
autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante correo
electrónico o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no
superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días hábiles, debiendo pagar en un plazo de hasta 10
días corridos una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de
fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
|
|
|
|
13.- DE LA GARANTÍA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
|
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los servicios, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120
días hábiles.
|
|
|
|
14. - DE LA RECEPCIÓN DE LOS EQUIPOS SOLICITADOS |
|
14.1 de la Recepción de los Equipos
El proponente deberá indicar en su oferta las condiciones de almacenamiento y de climatización que
requieran los equipos durante bodegaje del producto, para el caso que éste no pueda ser instalado en su lugar
de destino tan pronto arribe al Hospital.
Desde la contratación, el Hospital La Florida informará al adjudicatario el procedimiento a seguir para la
recepción de los desfibriladores, así como los interlocutores válidos (del Hospital y de la Concesionaria) para
dichos procesos, si procede, debiendo tanto el adjudicatario como su personal, adecuarse al procedimiento.
Para la presente licitación, las entregas de los desfibriladores deben ser coordinadas con las Unidades de
Bodega y Equipos Médicos del Hospital La Florida, quienes verificarán la recepción provisoria y definitiva.
14.2.2 Recepción Provisoria
Para la recepción provisoria se acordará fecha y hora, acto en el cual se verificará el cumplimiento de sus
características generales y particulares en relación al estado de entrega. Si todo está conforme, se levantará
un Acta de Recepción Provisoria, que será firmado por un representante del Hospital de La Florida un
representante del proveedor. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará de responsabilidad
al Hospital de La Florida, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo. El adjudicatario deberá
entregar los equipos con guía de despacho, no con factura.
14.2.3 Recepción Definitiva
La recepción definitiva de los desfibriladores se realizará una vez que se hayan realizado de manera conforme
la instalación, capacitación, pruebas de aceptación y puesta en marcha de los equipos en el plazo ofertado
Anexo 04.
Cabe hacer presente que las pruebas de aceptación (uso y funcionamiento de los equipos), deberán realizarse
en las dependencias del Hospital La Florida, con los equipos, implementos y accesorios necesarios para la
utilización de cada desfibrilador.
En el caso de las capacitaciones, estas se podrán realizar en las dependencias del Hospital La Florida o del
adjudicatario, a elección del Hospital de La Florida, no obstante, si por causas no imputables al proveedor no
pueden efectuarse las capacitaciones en el plazo ofertado (Anexo 04 Plazos de Entrega), el equipo podrá ser
igualmente recepcionado, acordándose un nuevo plazo para las capacitaciones, las que de todas formas
deberán efectuar antes del término del contrato.
El Acta de Recepción Definitiva contendrá una mención expresa de la conformidad total del equipo en
comodato y su individualización, indicando nombre, lote, marca, modelo y N° de serie del equipo,
implementos y realización de las pruebas de aceptación y de la capacitación, o del hecho de dejarse ésta
última pendiente y la nueva fecha de su realización. Cualquier procedimiento diferente de lo expuesto liberará
de responsabilidad al Hospital, frente a cualquier daño o pérdida que pueda sufrir el equipo.
El acta de recepción conforme no se extenderá sino hasta la completa recepción del producto en los términos
y condiciones requeridas.
|
|
|
|
15.- DE LA FACTURACIÓN |
|
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de facturación
para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
La facturación, quedará sujeto a las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes.
|
|
|
|
16.- DEL PAGO |
|
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Gestión de Contratos del Hospital al Departamento de Finanzas, previa confirmación de los siguientes
antecedentes:
Página 45 de 71
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
c) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega del servicio brindado.
d) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
e) Formulario F30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
f) La eventual aplicación de multas y sanciones.
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el
portal, la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días
hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de
la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4° de la Ley N°19.886.
Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se
funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso
no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan.
16.1.- Pagos con Trasferencias Electrónicas
Conforme a lo dispuesto por la Ley N°21.722 sobre Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente
al Año 2025, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte
de los órganos de la administración del Estado durante el presente año 2025, deberán realizarse mediante
transferencia electrónica de fondos
|
|
|
|
17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
|
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado
|
|
|
|
18.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
|
18.1.- Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Sra. Erika Cortés,
Jefe Unidad de Equipos Médicos o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato,
o quien subrogue, en calidad de Referente Técnico del Contrato, quien, junto a la Unidad de Contratos del
Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente Técnico del Contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad
y/o entrega del servicio.
• Validar la recepción conforme, cuando corresponda.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Página 46 de 71
Unidad de gestión de Contratos:
• Administración y Gestión Administrativa del Contrato.
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme del servicio e informar los descuentos y/o multas a que
hubiere lugar, para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato y recepción conforme.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
del Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno al
proveedor vía correo electrónico.
18.2.- Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su Anexo N°1.
|
|
|
|
19.- LEY N°20.584 |
|
Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley N°20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
|
|
|
|
20.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
|
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley N°19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del servicio contratado, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste durante la
vigencia del mismo.
El proveedor, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya vinculado
a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los
antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus
administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero
quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en
cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El proveedor debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose
la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas
legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución
licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que
a partir de ella pudiese derivarse, será reservada y confidencial, no pudiendo ninguna de ellas, reproducir,
usar, gozar, distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información
|
|
|
|
II. BASES TÉCNICAS |
|
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas, es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del
“SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” que se va
a adquirir mediante la presente licitación.
Cabe mencionar que estas describen las condiciones mínimas que tiene el bien a adquirir, por lo cual, si al
momento de la oferta hay equipos con especificaciones iguales o superiores a las descritas en este
documento, estas podrían ser aceptadas en el momento de la evaluación.
Cualquier elemento, dispositivo y/o accesorio que sea indispensable para el funcionamiento de los equipos
solicitados, que no se indique explícitamente en las bases, deberá estar incluido en la oferta.
Se aceptarán ofertas solamente por productos nuevos y sin uso, si la oferta presentada es por equipos usados,
esto dará causa a DECLARARLA INADMISIBLE. Se considerará Equipos Nuevos, aquellos cuya fecha fabricación
sean posterior a diciembre de 2023.
El total de los ítems deberá ser ofertado en conjunto, siendo adjudicados todos a un solo proveedor. De lo
contrario su oferta será inadmisible.
2.- DEL SERVICIO
Se requiere contratar un servicio de Arriendo y Mantención de Desfibriladores, por una duración de 48 meses,
el cual será cancelado por mes vencido. El servicio debe contar con las siguientes características:
• Instalación y puesta en marcha.
• Actualizaciones de Software siempre que estas estén disponibles, las cuales no se generará un costo
adicional.
• Ejecución de un plan de capacitaciones a nivel usuario.
• Mantención preventiva acorde a las indicaciones de fabricante incluyendo el cambio de repuestos,
baterías, kit, accesorios según corresponda.
• Mantención correctiva incluyendo visitas, diagnósticos, traslados, mano de obra, asistencia remota,
cambio de baterías en caso de necesitarlo sin límite por el periodo de contratación.
• Descuento especial en repuestos por concepto de mantenciones correctivas asociadas a fallas
provocadas por terceros, el valor visitas, mano de obra, asistencia remota, calibraciones, cambio de
baterías, repuestos por fallas asociado a desperfecto de fabricación o cualquier otro costo, es parte
integral de este contrato y no se pagará aparte.
• Equipos de Back up ya sea por mantención preventiva o que el equipo requiera servicio técnico
externo, previa coordinación con unidad de equipos médicos.
• Deberá proveer los insumos y accesorios para su correcto funcionamiento, tales como el suministro
de papel, parches, e insumos que sea necesarios para el correcto funcionamiento del servicio. Este
stock contará de los siguientes accesorios y cantidades, las cuales el Hospital irá solicitando de
acuerdo a su necesidad hasta alcanzar los totales descritos en la siguiente tabla.
ACCESORIO CANTIDAD
MENSUAL
ESTIMADA
Troncal ECG Reutilizable 2
Cables de ECG Reutilizable 10
Troncal SpO2 Reutilizable 2
Sensor SpO2 Reutilizable 10
Cable Marcapaso 2
Parche de Marcapaso Desechable 20
Parche Desfibrilación Desechables 60
Rollos de papel 5
• En caso que el Hospital exija cantidades mayores a los indicados en tabla, se cobrarán aparte, pero
utilizando los valores indicados en el anexo 7 y se le aplicará el descuento ofertado en el anexo 10.
• Debe mantener stock vigente de dichas reposiciones durante toda la vigencia del contrato.
Página 48 de 71
• En caso de quiebre de stock, el proveedor adjudicado deberá notificar a la unidad de equipos
médicos, tal situación, con 7 días corridos de anticipación, realizando la reposición del stock dentro
del mismo plazo. Si el quiebre de stock no es subsanado dentro del plazo establecido anteriormente,
se aplicará multa acorde a lo indicado en el punto 12.3 letra j) de bases administrativas.
• Soporte y asistencia técnica permanente.
El servicio requerido consta de los siguientes ítems:
ÍTEM SERVICIO REQUERIDO
GASTO ESTIMADO
POR 48 MESES EN
UTM IVA INCLUIDO
1
SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES ADULTOS
2 15.969 UTM
SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES
PEDIÁTRICO/NEONANTAL
3
SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES ADULTOS
CON PRESION INVASIVA
El tiempo total que se adquirirá el servicio por el hospital corresponde a un consumo estimado de 48 meses.
3.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El SERVICIO DE ARRIENDO Y MANTENCIÓN DE DESFIBRILADORES PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA requerido
en esta adquisición debe cumplir además de las especificaciones técnicas propias del servicio, establecidas
para cada uno de ellos en el Anexo N°03 publicado en el portal www.mercadopublico.cl con todos y cada uno
de los requerimientos señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
No se aceptarán equipos reacondicionados y tampoco cuyo año de fabricación sean anteriores a diciembre
de 2023 (debe adjuntar certificado que lo respalde).
El formato Excel ANEXO N°03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún requerimiento
solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
Cabe hacer señalar que cualquier elemento, dispositivo y/o accesorio que sea requerido para el correcto
funcionamiento de los equipos, que no esté indicado en estas bases, deberá ser incluido en la oferta sin costo
adicional para el Hospital. Los elementos, dispositivos y/o accesorios deben ser 100% compatibles con el
equipo asociado a su uso.
4.- POLÍTICA DE CAMBIO
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de cambio Obligatoria para los equipos asociados al servicio, entendiéndose por equipo al
Desfibrilador y a todo accesorio y/o dispositivo complementario a este.
Se deberán cambiar los equipos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los equipos no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando los equipos se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando los equipos entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
d. Cuando los equipos fallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y cuando
estas fallan no sean ocasionadas por mal uso del equipo.
e. Cuando los equipos no sean nuevos.
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de cambio al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio dentro de los plazos indicados en el Anexo 04. siguientes a la solicitud, so pena de
aplicarse lo dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas, letra b), de las bases administrativas.
Página 49 de 71
5. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO
El mantenimiento de los equipos y costos asociados, es responsabilidad exclusiva del adjudicatario durante
toda la vigencia del contrato.
Será su obligación mantener y disponer de dicho equipamiento en óptimas condiciones de tal forma de
ejecutar la atención a usuarios de forma efectiva y segura. El proveedor una vez adjudicado debe entregar el
protocolo de mantenimiento preventivo de los bienes adjudicados.
En el caso que el equipo se encuentre en garantía, o que tenga mantenimiento exclusivo del representante
de marca, deberá realizar las gestiones de coordinación para realizar los mantenimientos.
Si el equipo debe ser traslado fuera de las instalaciones del hospital, para su mantención, esta situación, debe
ser autorizada por referente técnico del Hospital. En tal caso el proveedor deberá entregar back up para
asegurar la continuidad operacional del servicio clínico.
El proveedor deberá entregar equipo en back up si acontecen las siguientes circunstancias:
• En caso de requerir la mantención preventiva o correctiva, el traslado de algún equipo fuera de las
instalaciones del Hospital, el proveedor deberá contar con un equipo en back up, de iguales o
superiores características, el cual deberá ser entregado e instalado dentro del plazo de 1 día corrido.
• Se deberá entregar equipo en back up, en el caso de que la mantención del equipo realizada en el
Hospital sobrepase el plazo de 2 días hábiles.
• En caso que el equipo sea dado de baja o la reparación del bien no sea viable.
El mantenimiento de los equipos debe llevarse a cabo según las recomendaciones de la marca y de acuerdo a
su pauta de mantenimiento con una frecuencia semestral y por lo menos se deben ejecutar dos
mantenimientos preventivos al año. En caso de que los Equipos no requieran mantención o esta sea inferior
a dos instancias anuales, esta información deberá ir respaldada por el fabricante con su respectivo certificado
adjunto en la oferta.
Dentro de lo solicitado se encuentran las siguientes actividades:
Aseo y limpieza: Actividad que se realiza al equipamiento en cuestión, esta es realizada por el personal de la
Empresa Dentro de lo solicitado se encuentran las siguientes actividades:
• Aseo y limpieza: Actividad que se realiza al equipamiento en cuestión, esta es realizada por el
personal de la Empresa adjudicada.
• Inspección y control: Actividad de revisión hacia el equipamiento, esta es realizada por el personal
de la Empresa adjudicada, con la finalidad de detectar oportunamente condiciones subestándares
del equipamiento, para con esto ayudar a mantener condiciones óptimas de equipamiento. Con una
periodicidad según recomendación del fabricante. En caso de que los Equipos no requieran
mantención o esta sea inferior a dos instancias anuales, esta información deberá ir respaldada por el
fabricante con su respectivo certificado adjunto en la oferta.
• Mantenimiento Preventivo: Actividad técnica de programada, esta es realizada por el personal
técnico del proveedor adjudicado acorde a las indicaciones del fabricante, en el caso que el equipo
presente garantía, esta es realizada por la Empresa que extendió dicha garantía, conforme a
parámetros señalados en las respectivas bases de compra de dicho equipamiento.
Cada vez que sea realizada esta actividad, la empresa que realiza dicha mantención deberá completar
una hoja de registro del equipo en cuestión con los parámetros de resultados, dicha hoja de registro
será emitida al referente técnico o administrador del contrato.
Esta actividad deberá realizarse con una periodicidad de al menos 2 veces al año o de acuerdo a lo
indicado por el fabricante. En caso de que los Equipos no requieran mantención o esta sea inferior a
dos instancias anuales, esta información deberá ir respaldada por el fabricante con su respectivo
certificado adjunto en la oferta. Las piezas y repuestos utilizados en la mantención de los equipos
deben ser nuevos y a cargo de la empresa adjudicada. No se permitirán materiales o componentes
reutilizados ni reacondicionados.
• Mantenimiento correctivo: Actividad de carácter puntual, que se realiza con personal técnico de la
empresa adjudicada, cada vez que se detecte una falla. Si el equipo se encuentra en cobertura de
garantía, en conformidad a los parámetros que señalan las bases de licitación, esta actividad será
realizada por la empresa que extiende la presente garantía en dicho equipamiento. La empresa
adjudicada, deberá disponer de un plan de contingencia, para subsanar la falta de equipos.
Cada vez realizada esta actividad la Empresa que realiza dicha mantención, deberá realizar un
informe respectivo, con los parámetros de resultados, dicho informe será emitido al referente
Página 50 de 71
técnico o administrador de contrato Hospital. En el caso que sea un equipo que cuente con garantía
técnica vigente, o que tenga mantenimiento exclusivo del representante de marca, el Adjudicatario
será quien deba gestionar la coordinación con la empresa involucrada.
Serán de cargo exclusivo del proveedor todos los costos de mano de obra y repuestos asociados,
tanto preventivos como repuestos correctivos, que los equipos en garantía requieran cambiar
durante toda la vigencia del contrato.
5.1 Frecuencia exigible para el mantenimiento preventivo
Las mantenciones preventivas de todo el equipamiento ofertado deben realizarse al menos 2 veces en un
año o de acuerdo a lo indicado por fabricante. En caso de que los Equipos no requieran mantención o esta
sea inferior a dos instancias anuales, esta información deberá ir respaldada por el fabricante con su
respectivo certificado adjunto en la oferta, so pena de aplicarse lo dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas,
letra e), de las bases administrativas.
El proveedor deberá especificar en su propuesta técnica, una carta Gantt donde incluya las fechas estimadas
de mantenciones preventivas.
El proveedor debe coordinar el mantenimiento preventivo como máximo 5 días después de que se realice la
solicitud a través de correo dentro de las fechas propuestas en Carta Gantt, so pena de aplicarse lo dispuesto
en la cláusula. 12.3.- Multas, letra j), de las bases administrativas.
El proveedor deberá informar y coordinar oportunamente al referente técnico o administrador del contrato
sobre la intención de realizar las mantenciones preventivas, con quien se deberán coordinarlas previamente.
Las piezas y repuestos utilizados en la mantención de los equipos deben ser nuevos y a cargo de la empresa
adjudicada. No se permitirán materiales o componentes reutilizados ni reacondicionados.
El proveedor deberá realizar mantención preventiva tanto de hardware como software, siempre que esto sea
aplicable, a todos los elementos adicionales asociados a los equipos, tales como lo son accesorios, módulos,
complementos, servidores, computadores, analizadores o cualquier otro elemento adicional que esté en la
oferta de esta licitación bajo las mismas condiciones señaladas en este documento.
5.2 Aviso de Visita Técnica
La empresa a cargo de la mantención, deberá confirmar y coordinar su visita con el referente técnico o
administrador de contrato, con fecha y hora, al menos con una semana de anticipación.
5.3 Horarios
La implementación del servicio y las actividades de mantención preventiva, a que se compromete la empresa
contratada por la presente licitación, se efectuarán dentro del horario de trabajo normal del Hospital.
- lunes a jueves de 8:00 hrs. a 17: 00 hrs.
- viernes de 8: 00 hrs. a 16: 00 hrs.
Las actividades de reparación podrán ser realizadas en horario inhábil, sin embargo, estas deberán ser
coordinadas previamente con la Unidad Técnica Administradora de Contrato.
5.4 De la mantención correctiva
Cada vez que se reporte una falla, el personal Técnico, deberá concurrir a realizar la Mantención correctiva
según lo siguiente:
El Proveedor para reparar la falla antes aludida, deberá usar elementos y repuestos nuevos, sin uso y deben
contar con una calidad suficiente para resolver la falla, por lo que proveedor deberá utilizar los repuestos
asociados a la marca del equipo. No podrá utilizar imitaciones o partes que sólo corrijan la falla en un corto
plazo.
El costo de la mantención correctiva por fallas asociadas a fábrica, será parte integrante de este contrato
incluyendo visitas, mano de obra, calibración, traslados, asistencia remota, repuestos, etc.
En caso de mantención correctiva asociada a falla por terceros, se deberá cotizar el repuesto con los
respectivos descuentos acorde a lo ofertado. Todos los demás costos asociados como mano de obra, traslado,
back up, asistencia remota entre otras será parte integral de este contrato.
Una vez finalizada la mantención, el proveedor deberá realizar un informe técnico que presentará al referente
técnico o administrador del contrato.
Página 51 de 71
Luego de la inspección técnica, el proveedor deberá emitir un informe que señale a lo menos:
- Tipo de mantenimiento realizado.
- Tiempo de ejecución de mantenimiento.
- Descripción de las posibles causas de falla del equipo.
- Check list de los sistemas internos y externos revisados.
- Detalle de los repuestos requeridos.
- Recomendaciones.
Para lograr lo anteriormente mencionado, se deberá dejar en las dependencias del hospital, personal de
servicio técnico para revisión in situ en horario hábil.
5.5 Del Tiempo de Respuesta
Los llamados por fallas deben atenderse por el proveedor de la siguiente manera:
- 2 horas hábiles como máximo para tiempo de respuesta telefónica a una falla en el equipo, so pena de
aplicarse lo dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas, letra b), de las bases.
- 24 horas hábiles como máximo para coordinar visita técnica de diagnóstico o mantenimiento correctivo, la
cual debe llevarse a cabo en un plazo máximo de 72 horas hábiles, Contadas desde la solicitud por correo
electrónico del referente técnico o administrador de contrato para concurrir al Hospital, de lo contrario se
aplicará lo dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas, letra b), de las bases.
- 2 días hábiles como máximo para entregar el informe técnico con protocolo de mantenimiento u orden de
trabajo, desde la realización del servicio, de lo contrario se sancionará conforme a lo indicado en la cláusula.
12.3.- Multas, letra b), de las bases.
- En caso que la reparación sea mayor a 48 horas hábiles, el proveedor deberá entregar un back up de
condiciones similares o superiores al equipo en reparación, so pena de aplicarse lo dispuesto en la cláusula.
12.3.- Multas, letra b), de las bases.
El proveedor deberá disponer de un número telefónico para recibir las llamadas por solicitud de algún servicio
o consulta por parte del Hospital, el cual deberá estar disponible de lunes a jueves, de 8:00 hrs. hasta 17:00
hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 16:00, exceptuando festivos.
6. DE LA ENTREGA DE MANUALES Y CAPACITACIONES
Posterior a la firma del contrato y en coordinación con el Referente Técnico administrador del contrato, el
proveedor adjudicado deberá proceder con la puesta en marcha del servicio, debiendo cumplir con lo
siguiente:
• Capacitación al personal del Hospital La Florida en el uso de los equipos.
• Entrega de manuales del equipo para usuarias y usuarios clínicos, en formato papel y en idioma
español.
7. CAPACITACIÓN
El oferente, deberá hacer una capacitación inicial durante la puesta en marcha del equipo y tener
disponibilidad posterior para realizar una capacitación periódica durante el tiempo de garantía técnica al
personal del Hospital que este señale y las veces que se estime necesario durante la vigencia del contrato en
el uso del equipo en cuestión. Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital.
El personal que apruebe la capacitación deberá recibir el certificado correspondiente emitido por el oferente.
En casos que hay recambio de personal o actualización de versiones del producto, esta capacitación será
solicitada por el Hospital y el oferente deberá proveerla sin costo adicional durante el periodo de garantía
técnica. Por otra parte, si el adjudicatario estima necesario actualizar la capacitación de los usuarios, el
Hospital de La Florida deberá crear las condiciones para que esta se realice sin retrasos.
El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:
a) Debe contener todos los elementos necesarios para el proceso de capacitación y estos se
encontrarán organizados de manera lógica.
b) Debe asegurar el cumplimiento de los objetivos, conteniendo las actividades suficientes y necesarias.
c) Debe facilitar que las y los participantes apliquen en su práctica cotidiana los contenidos aprendidos.
d) Los plazos establecidos en el plan de trabajo y los recursos asociados deben permitir efectivamente
el desarrollo de las actividades propuestas.
e) Debe permitir objetivar tanto el Hospital como el proponente, los aprendizajes logrados en el curso
por parte de los y las participantes.
Página 52 de 71
f) Las horas profesionales destinadas a la capacitación, por parte del equipo capacitador, deben otorgar
garantía respecto del cumplimiento de los objetivos y resultados esperados.
g) Tareas de mantenimiento de primer nivel, que deben incluir como mínimo lo siguiente:
a. Descripción del programa de mantenimiento, que permita un control y seguimiento.
b. Descripción de la estructura y componentes del producto, identificación del listado de piezas
y accesorios.
c. Labores de mantención básicas que puedan ser asumidas por el establecimiento asistencial)
limpieza, cuidados mínimos).
8. DE LAS CONDICIONES AMBIENTALES Y DE INFRAESTRUCTURA
El (los) equipos deben ser compatibles con las fuentes de alimentación que se dispone en el Hospital de La
Florida ya sean eléctricas, ambientales, etc. (ver anexo 03). Si por algún motivo este no fuera el caso, la
empresa deberá disponer de todos los elementos necesarios para proveer las condiciones ambientales
necesarias para el adecuado funcionamiento, ya sea traer equipos adicionales o realizar las modificaciones
necesarias, las cuales deben ser incluidos en la oferta sin ningún cargo extra para el Hospital.
9. INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA
El traslado e instalación de los equipos, será de costo del oferente incluyendo herramientas, calibradores,
simuladores, controles, e insumos necesarios para realizar pruebas de funcionamiento y puesta en marcha
del servicio.
Se debe considerar que, de requerir la instalación de modificaciones estructurales, eléctricas o de cualquier
índole, su costo será asumido por el oferente
|
|
|
|