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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio da la facultada para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
• La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
• Si omite en la presentación de la oferta el formulario N°7.
• Si omite la presentación de fichas técnicas con imagen del producto.
• La no presentación de Documento de Garantía de Seriedad de Oferta, en los plazos establecidos y forma establecidos en las presentes bases administrativas.
• Si omite en la presentación de la oferta el formulario N°8.
• El no cumplimiento de los Criterios Fundamentales (C/F), estipulados en el Formulario N°8.
• Si la oferta carece de algunos elementos esenciales como: precio, plazo de entrega y/ garantía
Las demás causales que señala la ley 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, El decreto N°250 de fecha 09/03/2004 del Ministerio de Hacienda.
La declaración de Inadmisibilidad se traducirá el rechazo de la oferta.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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MODIFICACIÓN DE BASES |
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La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web. www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación, según lo señalado en el artículo 19 del reglamento de compras públicas.
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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje:
• Primero en el Monto Total de la oferta con impuestos incluidos,
• Segundo lugar Plazo de Entrega, indicado en días
• Tercer lugar Garantías del Producto, indicado en meses
• Cuarto lugar, Cumplimiento de Requisitos Formales.
Si el empate persiste se adjudica al oferte que primero hubiese ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTA RESPECTO DE LA ADJUDICACION |
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Las consultas respecto a la adjudicación deberán ser dirigidas al correo electrónico del funcionario a cargo del proceso licitatorio del Departamento de Abastecimiento y Logística, wilson.vergara@redsalud.gob.cl, en un plazo no mayor a 48 horas de publicada la notificación de adjudicación, indicando claramente su nombre, número telefónico y casilla de correo electrónico en el cual desea recibir la respuesta. El mandante responderá directamente al requirente a través de correo electrónico en un plazo no superior a 5 días hábiles y subirá dicha consulta y respuesta como anexo al portal mercado público para conocimiento de los demás oferentes participantes
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CONTRATO |
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Una vez adjudicada la propuesta, se elaborará el contrato por el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, a la oferta adjudicada, y a los demás antecedentes del llamado a propuesta, debiendo ser firmado por las partes. Tendrá trámite notarial.
Para fines de elaboración del contrato, el Adjudicatario deberá presentar al Servicio de Salud Talcahuano, dentro de los 15 (quince) días siguiente, los antecedentes que se indican según corresponda. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el portal www.mercadopublico.cl, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes bases de licitación, no se requerirá su presentación:
PERSONAS NATURALES
• Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a treinta días corridos desde su emisión.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
• Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad.
• Fotocopia simple de la cédula de identidad para extranjeros o del pasaporte.
• Visa de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile.
• Documento que acredite su domicilio en Chile.
PERSONAS JURÍDICAS
a) Nacionales:
• Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones establecidos en las presentes bases de licitación.
• Fotocopia simple del Rol Único Tributario de la institución.
• Fotocopia simple de la cédula de identidad del representante legal que suscriba el contrato.
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, con una antigüedad no superior a treinta días corridos desde su emisión.
• Copia de escritura de Constitución Social y/o Estatuto, y sus modificaciones correspondientes.
• Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a sesenta días.
• Certificado de Vigencia de Poder no superior a sesenta días
b) Extranjeras:
• Documentos que acrediten su existencia legal y vigencia, los que deberán estar legalizados en Chile
• Documento que acredite su domicilio en Chile.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
• Escritura pública donde conste la unión temporal.
• Garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los términos y condiciones de las presentes bases de licitación.
• Los demás antecedentes requeridos precedentemente para las “PERSONAS NATURALES” y “PERSONAS JURIDICAS”, respecto de cada uno de los proponentes que participen de la unión temporal de proveedores, según su naturaleza.
Plazo para celebrar el Contrato: El adjudicatario debe celebrar el contrato dentro de los 30 días corridos siguientes a la notificación de la resolución adjudicataria.
Serán parte integrante del contrato las presentes bases y todos los antecedentes de la propuesta, incluidas las consultas y respuestas relativas a las bases y el contenido de la oferta del adjudicatario. Luego de firmado el contrato, este deberá ser aprobado mediante resolución, documento que una vez publicado, permitirá enviar la orden de compra.
El plazo para la ejecución del Convenio será a contar de la fecha de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato y la emisión de las órdenes de compra se realizaran en conformidad a necesidad y su vigencia se extenderá hasta agotar el presupuesto total de la adjudicación y en todo caso hasta el total e íntegro cumplimiento de todas las obligaciones contraídas.
Con todo, el Servicio de Salud Talcahuano pondrá término anticipado al contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en alguna causal de incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en las Bases Administrativas.
El Servicio podrá aumentar el contrato y siempre que no exceda del 30% del valor original del contrato, incluyendo la revisión de todos los elementos que componen esta licitación, de acuerdo a los valores incluidos en la oferta económica, por los productos, para asegurar la óptima continuidad del servicio, previo acuerdo de las partes aprobado mediante resolución fundada exenta al trámite de toma razón, teniendo presente la Ley de Presupuesto respectiva, adjuntado el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria del año respectivo.
Si existiere una modificación deberá dictarse una Documento administrativo donde refleje esta situación con una modificación de contrato si se amerita con la respectiva resolución que apruebe esta modificación de Contrato, teniendo presente la Ley de Presupuesto respectiva, adjuntado el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria al año respectivo, previa entrega del documento de garantía por el aumento de contrato por el 5%.
Supervisión del Contrato: El Encargado de la supervisión técnica del contrato será EU. Valentina Carrasco Castillo, funcionaria dependiente del Departamento Gestión Hospitalaria de la Dirección del Servicio de Salud Talcahuano, o quien lo subrogue o reemplace legalmente, o en su defecto el funcionario que sea designado en su reemplazo.
Profesional Ejecutivo de Compras, o quien le subrogue o reemplace, quien tendrá la responsabilidad de articular la gestión administrativa, gestiones de modificación de contrato y/o aumentos, además de, la generación de las órdenes de compra respectiva de forma mensual o periódica, según cotización o nómina mensual validada por el Supervisor Técnico.
Operatoria: Una vez adjudicada la licitación en el portal Mercado Público y suscrito el contrato, solo el Encargado de la supervisión técnica indicará la necesidad de emisión de las órdenes de compras, la que podrá ser mensual o por requerimiento por parte de la Dirección del Servicio o los establecimientos dependientes de la Red del Servicio.
Al ser un convenio de suministro el Servicio de Salud Talcahuano, no asegura la compra o emisión de Órdenes de Compra si no existe necesidad manifiesta por parte del referente asesor.
El proveedor deberá aceptar las Órdenes de compra dentro del plazo de 24 horas y se entenderá aceptada pasado este tiempo, el adjudicatario no podrá rechazar la orden de compra, salvo la existencia de deuda vencida, en caso de realizarlo de igual forma, se entenderá como incumplimiento de contrato y se expondrá a las sanciones y multas establecidas en las presentes bases.
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MODIFICACIONES DE CONTRATO |
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El Servicio podrá aumentar o disminuir el contrato en monto y/o cantidades y siempre que no exceda del 30% del valor original del contrato, dentro del marco tipo de la licitación e incluyendo la revisión de todos los elementos que componen esta licitación, de acuerdo con los valores incluidos en la oferta económica por los servicios, para asegurar la óptima continuidad del servicio.
Si existiere una modificación deberá dictarse un Documento administrativo donde se refleje la modificación a realizar de contrato, teniendo presente la Ley de presupuesto y disponibilidad presupuestaria, adjuntando el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de aumento respectivo, previa entrega del documento de garantía que considere el proporcional de aumento respectivo del contrato.
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AUMENTOS Y DISMINUCIONES |
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Si durante la ejecución del servicio contratado se presentaren aumentos o disminuciones en las cantidades de los requerimientos consignados por el Servicio de Salud Talcahuano o de establecimientos dependientes del Servicio de Salud y que sean de la misma categoría de los presentados en esta licitación, debido a procesos de adquisición o disminución de ellos en razón de la baja de alguno de ellos, el proveedor deberá ejecutarlas si está dentro de su capacidad y se cumplen condiciones generales establecidas o bien, dejar de hacerlo, de acuerdo a lo que establezca la Dirección del Servicio de Salud Talcahuano. Este aumento se podrá aumentar hasta en un tope del 30% del valor total del contrato.
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RENOVACION DEL CONTRATO |
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Por la naturaleza de los productos se realizará un contrato el cual será formalizado en un plazo no superior a 20 días contados desde la resolución de Adjudicación y su vigencia se extenderá hasta el momento de la liquidación del contrato y en todo caso hasta el total e íntegro cumplimiento de todas las obligaciones contraídas.
La vigencia del presente contrato será de 12 meses o hasta agotar el presupuesto contemplado, lo primero que ocurra, contados desde la tramitación total de la Resolución aprobatoria del mismo, no obstante y en caso de ser requerido, dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor, durante la ejecución del mismo, el Depto. de Abastecimiento y Logística del Servicio de Salud Talcahuano podrá solicitar al proveedor la renovación del respectivo contrato por un periodo similar de 12 meses, por considerarse indispensable para las necesidades del Servicio, siempre que el monto de dicha prorroga no supere las 5000 UTM, el que será reajustable de acuerdo a reajuste del IPC o con un tope máximo del 10% sobre el valor actualmente licitado conforme a las disposiciones que tome y apruebe el Depto. de Abastecimiento y Logística, en cualquiera de los dos casos el Depto. de Abastecimiento y Logística comunicara por escrito al adjudicatario. La Renovación se regirá por las mismas estipulaciones del contrato original.
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REAJUSTE DE PRECIOS |
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La presente Licitación contempla reajuste de precios dentro de su operatoria de convenio, la cual esta, contemplada para un periodo de 12 meses o hasta agotar presupuesto.
Para llevar a cabo dicho procedimiento, se realizará un reajuste de precios de acuerdo a IPC (Índice General) acumulado de acuerdo a tabla siguiente, o en su defecto a la variación de mercado previo documento emanado por la empresa en referencia a la variación de precios, los cuales deberán fluctuar de acuerdo a la variación de mercado y no podrán exceder del 20% del valor neto original de contrato.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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El pago se realizará vía transferencia electrónica por medio de Depto. de Finanzas del Servicio de Salud Talcahuano, una vez recepcionados conforme los productos entregados, en el portal www.mercadopublico.cl, la cual debe ser aceptada por el proveedor dentro de las 24 horas siguientes al envío de ésta. El proveedor enviará el DTE a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl.
Además, el proveedor enviará el DTE a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl.
El Supervisor de los servicios o quien lo subrogue o reemplace legalmente, supervisará la correcta ejecución de los servicios que se contraten y visará los documentos tributarios a modo de conformidad.
FACTURACIÓN: El proveedor deberá emitir los documentos tributarios respectivos una vez recepcionados conforme los productos a través de guía de despacho correspondiente por parte del referente técnico de la licitación.
Para realizar el pago correspondiente el proveedor deberá entregar al supervisor del contrato:
• Guía original o copia de la guía de despacho firmada conforme
• Factura de los productos acorde a guía de despacho
• Documento Anexo N°1, Instructivo entrega Dispositivos Médicos (Ayudas Técnicas)
Además, debe indicar en la factura el número de la orden de compra de la licitación correspondiente.
“Todo lo señalado anteriormente es requisito obligatorio para proceder al pago en un plazo que no exceda a 30 días corridos, de acuerdo a lo señalado en la Ley N°21.131 de Pago Oportuno de Proveedores , sin estos certificados y antecedentes NO se recibirá el documento tributario respectivo, el cual será rechazado a través del portal del SII, ni se cursará el estado de pago correspondiente, en caso de modificación de la normativa de pago y plazos del mismo a la fecha de facturación de eventuales servicios, operará la normativa vigente para los plazos de pago a proveedores.
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SANCIONES Y MULTAS |
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SANCIONES: Se entenderá por incumplimiento del contrato, si el oferente no da cumplimiento a lo estipulado en su oferta, salvo razones de fuerza mayor, si fuese sin motivo razonable a criterio del Servicio de Salud Talcahuano, lo que facultará al Servicio de Salud Talcahuano para aplicar las siguientes sanciones:
• Resolver unilateralmente dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni requerimiento de ninguna especie.
• Exigir el cumplimiento judicial de la resolución.
• Informar por escrito al Ministerio de Salud, Servicios de Salud del País y Plataforma Chile proveedores y respecto del incumplimiento por parte del proveedor.
MULTAS:
El Servicio de Salud Talcahuano se reserva el derecho de aplicar multas, en relación a cada día de atraso en la entrega de los productos y servicios contratados y verificados en su oferta.
Multa por atraso en la entrega de los productos:
Se establece una multa que se aplicará por cada día hábil de atraso en la entrega del producto(s), por razones atribuibles al proveedor adjudicado, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, la que se calculará por un equivalente a un 2% (dos por ciento) del valor neto del producto que se entregue atrasado, por cada día hábil de atraso respecto al plazo de entrega calculado conforme al mismo criterio de evaluación señalado en el punto 10 y no podrá superar el 20% del valor total neto del producto que se entregue atrasado, la que será descontada directamente de la facturación o de cualquier estado de pago que tenga pendiente el Servicio de Salud Talcahuano con el proveedor.
Multa por entrega de producto dañado:
En caso de entrega de un producto dañado, diferente a lo ofertado o que presente problemas en sus características a la hora de utilizarse dentro del periodo de garantía adjudicado, el mandante aplicará una multa correspondiente a 10% del valor neto del producto que se entregue dañado. Además, se procederá a requerir el cambio del producto al contratante, siempre que este daño no sea atribuible a mal uso.
En ambos casos, el monto será descontado directamente de cualquier tipo de pagos que tenga pendiente el SERVICIO con el proveedor y a falta de ello, de las garantías existentes. Dicha multa deberá ser solicitada por el Supervisor del Contrato de cada Establecimiento.
Si el adjudicatario no cumpliese con las garantías incluidas en su oferta, éstas se harán efectivas mediante el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Mandante de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas Bases.
Del Procedimiento para la Aplicación de Multas
El supervisor del contrato, al detectar o corroborar una falta determinará una investigación informal, en la cual se solicitará un informe al adjudicatario. Si concluyere y se acreditare la fata, se dejará constancia y se sugerirá la aplicación de la Multa que corresponda.
Las multas serán comunicadas mediante oficio del director del Servicio, al proveedor en el domicilio indicado en la oferta, indicando infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles, para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen.
Vencido el plazo para presentar descargos. Transcurrido el plazo sin que se presenten descargos, se entenderá la aceptación de la sanción, por lo que, la entidad dictará la respectiva resolución, que ordenará hacer efectivas las multas.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de 15 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se informará mediante resolución establecido su contenido y características de la multa o sanción a aplicar, la cual será notificada al proveedor personalmente o mediante carta certificada y será rebajada del pago más próximo que los establecimientos deban cancelar al adjudicatario, con todas las multas estas no podrán superar el 30% del valor de lo adjudicado.
Sin perjuicio de los recursos que se puede interponer el proveedor según lo establecido en la ley 19.880 de las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del Estado.
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CESIÓN DE DERECHOS Y/U OBLIGACIONES |
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El Oferente no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al mandante para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el numerando correspondiente a la Terminación anticipada del Contrato.
Los documentos justificativos de los créditos, en favor del adjudicatario, para el pago de los servicios contratados, serán transferibles de acuerdo con las reglas del derecho común.
El oferente podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato solo con previa autorización del mandante, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento permanecerá en el oferente adjudicado.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
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Cualquier dificultad o conflicto que se produjere durante el proceso de adjudicación, en la interpretación, aplicación y ejecución de las Bases o especificaciones técnicas de este proceso de licitación o si durante la ejecución del contrato se presentara cualquier desacuerdo entre las partes, los referentes técnicos presentarán los antecedentes al comité de evaluación, quienes en conjunto con el Departamento de Asesoría Jurídica del Servicio de Salud Talcahuano presentarán al Director un informe en derecho, el que será sometido a la consideración por este. Lo anterior, sin perjuicio, de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios o Especiales de Justicia.
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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 de la ley N °19.886, y el artículo 77 del reglamento de la citada ley, el mandante podrá poner término anticipado al contrato en las siguientes causales:
a) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor: Se entiende como incumplimiento grave el incumplimiento de las exigencias técnicas del servicio requerido (contenido, especificaciones técnicas, forma, detalles técnicos, plazos de ejecución de los servicios, faltas reiteradas), según lo estipulado en las bases.
b) En todo caso, las multas cursadas al proveedor adjudicado superaran el 20% del monto total adjudicado.
c) Contravención del Proveedor, en el desempeño de los servicios contratados.
d) Ejecución tardía de sus obligaciones contractuales.
e) Participar activa o pasivamente, directa o indirectamente, ejecutando u omitiendo actos o conductas que puedan comprometer los bienes o intereses del Servicio de Salud Talcahuano y sus establecimientos dependientes; la salud y/o seguridad de sus trabajadores; o que afecten el fiel y oportuno cumplimiento de las Obligaciones contraídas.
f) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean insuficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
g) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta causal, el Servicio de Salud Talcahuano podrá solicitar se le exhiba, entre otros, contratos de trabajo, copias firmadas de las respectivas liquidaciones de remuneraciones, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía del personal, empleado en la ejecución del contrato, registros de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecuta el contrato en que conste que no tiene reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales por incumplimiento de los contratos de trabajo.
h) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
i) Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo
j) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
k) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Puesto término anticipado al contrato por alguna de las causales señaladas, con excepción de la indicada en las letras j) y k), el mandante cobrará y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato administrativamente, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza, y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del contratista, en el evento de que el perjuicio originado, sea mayor al valor de la mencionada garantía.
Del Procedimiento
Verificándose cualquiera de las situaciones descritas precedentemente, El Mandante procederá a poner término anticipado al contrato, dictando la resolución correspondiente, previo aviso al Proveedor dado por escrito con 5 (cinco) días de antelación a la fecha en se resuelva colocar termino al contrato, transcurrido el cual, se entenderá que acepta la sanción interpuesta. En caso de presentar descargos, el Director del Servicio de Salud Talcahuano, tendrá un plazo de 30 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, lo que se informará mediante resolución, este mismo documento ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y deberá publicarse en www.mercadopublico.cl a más tardar en 24 horas de dictada.
En todos los casos de término anticipado del contrato, se procederá a la liquidación inmediata del mismo, sin derecho a indemnización alguna para el Proveedor.
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DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD |
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El prestador deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio, ya sean aquellos proporcionados por los establecimientos y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la prestación de los servicios contratados. De esta manera, bajo ninguna circunstancia el prestador podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia de la contratación como después de su finalización, salvo autorización expresa del Mandante, otorgada a través de su director.
Esta prohibición afecta al prestador y a su personal en cualquier calidad que se encuentren ligados a esta licitación y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración de la contratación del servicio. El prestador sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a la contratación que por la presente licitación pública se pretende materializar.
En caso de incumplimiento de lo precedentemente indicado, el mandante podrá terminar anticipadamente el contrato de servicio con el prestador, encontrándose facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, pasando a constituir dicho incumplimiento una infracción gravísima al contrato conforme a lo dispuesto en estas bases, sin perjuicio de iniciar las acciones legales precedentes.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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RESERVA DE LA INSTITUCION |
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El Servicio de Salud Talcahuano podrá dejar sin efecto la licitación declarándola desierta según el artículo Nº9 de la Ley 19.886, podrá Revocar y/o suspender en caso de que no se pueda seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación, en todos los casos mencionados el acto en cuestión se formalizará mediante resolución fundada, la que será publicada en el portal mercadopublico.cl.
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DESERCION |
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El Servicio de Salud Talcahuano declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
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DESERCION |
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El Servicio de Salud Talcahuano declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
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REVOCACION |
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Se podrá otorgar el estado de "Revocada" en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado "Desierta" pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
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SUSPENSION |
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Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse desde la publicación hasta la adjudicación.
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RETROTRAER PROCESO |
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El Servicio de Salud Talcahuano, podrá, retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de evaluación de la propuesta y/o se detecten errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada. Para dicho procedimiento se deberá publicar en la plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin efecto la adjudicación. Una vez retrotraído el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo proceso de evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación. En caso de que se requiera dejar sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocara la propuesta, con resolución fundada, se revisara el requerimiento y se levantara un nuevo llamado licitatorio
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DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS, ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACION DE LA LICITACION |
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a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Talcahuano o de los establecimientos de la Red, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para si o para un tercero
d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para si o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza
e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad
f. Omitir o eludir la propuesta publica en los casos que la ley disponga
g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución
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DEBERES DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS, ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACION DE LA LICITACION |
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a. Queda estrictamente prohibido aceptar en beneficio del Servicio de Salud Talcahuano o de los establecimientos de la Red, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante.
b. Usar en beneficio propio o de terceros la información reservada o privilegiada a que se tuviere acceso en razón de la función pública que se desempeña.
c. Hacer valer indebidamente la posición funcionaria para influir sobre una persona con el objeto de conseguir un beneficio directo o indirecto para si o para un tercero
d. Solicitar, hacerse prometer o aceptar, en razón del cargo, para si o para terceros, donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza
e. Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad
f. Omitir o eludir la propuesta publica en los casos que la ley disponga
g. Contravenir los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad con grave entorpecimiento del servicio o causando un gasto innecesario a la institución
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LICITACIONES EN SOPORTE PAPEL |
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Se considera excepcionalmente la presentación de antecedentes en formato papel, de acuerdo a Articulo 62, Decreto 250/2004: “2. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 hrs. siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información”.
El proveedor que se encuentre afectado por la indisponibilidad de la plataforma de www.mercadopublico.cl, deberá comunicar información a correo electrónico: wilson.vergara@redsalud.gob.cl, dentro de las 24 hrs. siguientes al cierre de recepción de ofertas, para que su oferta sea considera en el periodo de apertura de Licitación Pública; posteriormente deberá enviar Certificado de Indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, adjuntando total o los antecedentes faltantes, de acuerdo a la información establecida en las presentes bases.
Este certificado deberá ser solicitado a Chile Compra por el respectivo oferente y solo se podrán esgrimir las causales establecidas en el artículo 62 del Reglamento.
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