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ANTECEDENTES Y CONDICIONES GENERALES |
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1.- ANTECEDENTES Y CONDICIONES GENERALES
El Servicio de Salud Metropolitano Central, en adelante “el Servicio”, llama a Propuesta Pública para la “REPOSICIÓN DE FIBRAS DE ENDOSCOPÍA PARA EL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”, ahora “el Establecimiento”.
1.1.- OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA
El Servicio requiere la “REPOSICIÓN DE FIBRAS DE ENDOSCOPÍA PARA EL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas y sus anexos.
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM e inferiores a las 5.000 UTM, conforme a lo previsto en el artículo 36 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
De conformidad a lo establecido en el artículo 117 del Decreto N°661, que aprueba el reglamento de Ley de Compras Públicas, las propuestas deberán tener una validez de 120 (ciento veinte) días corridos a contar de la fecha de la apertura. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Este llamado se hace a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas portal www.mercadopublico.cl.
El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por el Decreto Nº 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda y lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
1.2.- PRESUPUESTO ESTIMADO
Para la adquisición de los equipos en las condiciones establecidas en las presentes Bases de licitación se cuenta con un presupuesto estimado de $232.677.000.- (doscientos treinta y dos millones seiscientos setenta y siete mil pesos), impuestos incluidos, conforme al siguiente detalle:
Ítem Adquisición Cantidad Clasificación presupuestaria Presupuesto Estimado por cada unidad ($) Presupuesto Estimado Total ($)
1 Videocolonoscopio Adulto 1 Equipo $59.590.000 $59.590.000
2 Videocolonoscopio Pediátrico 1 Equipo $67.473.000 $67.473.000
3 Duodenoscopio 1 Equipo $45.325.000 $45.325.000
4 Endoscopio Alto 1 Equipo $60.289.000 $60.289.000
TOTAL LICITACIÓN: $232.677.000
Por lo anterior, el gasto que irrogue la adquisición licitada será imputado al ítem correspondiente, del presupuesto de la entidad, aprobado para este fin.
1.3.- NORMAS APLICABLES A LA PRESENTE LICITACIÓN
La adquisición se realizará de acuerdo con lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella, de acuerdo con los documentos que se indican a continuación, en orden de preferencia en caso de existir discrepancia entre ellos y sin perjuicio de su interpretación armónica:
• Las presentes Bases Administrativas (BA).
• Bases Técnicas (BT).
• Formularios, Anexos.
• Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas.
• Consultas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos.
• En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Central, con anterioridad a la apertura de la propuesta.
• Oferta del o de los Oferentes.
• Acta de evaluación de ofertas.
• Resolución de Adjudicación.
• Orden de Compra.
• En general, todo documento relacionado con la licitación.
En todo caso deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente:
1. La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886.
2. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
4. Ley N°19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
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PROCESO DE LICITACIÓN |
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2.- PROCESO DE LICITACIÓN
2.1.- PARTICIPANTES
Podrán participar en la licitación todas las personas naturales, personas jurídicas, chilenas y extranjeras y Unión Temporal de Proveedores (UTP), que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, y que acrediten su situación financiera y técnica a través de su inscripción en el Registro de Proveedores, sin perjuicio de otras exigencias que establezca este Servicio de Salud. Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
De conformidad a lo establecido en el artículo N°120, del Reglamento de la Ley N°19.886, no se solicitarán a los adjudicatarios la entrega de documentación cuando esta se encuentre en el Registro de proveedores.
En caso de presentar su oferta como Unión Temporal de Proveedores (UTP), de acuerdo a lo prescrito en el art. 180 del Reglamento de la Ley N° 19.866, el representante dicha UTP deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la Ley de compras y en el artículo 154 del Decreto N°661, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la Unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una Unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio del Servicio, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello el Servicio deberá dejar constancia en un acta.
En el evento de que este Servicio apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 183 del Decreto N°661.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas, técnicas y sus anexos.
Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo con las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta.
Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Este servicio exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Los requisitos para poder ofertar en el presente proceso licitatorio son los siguientes:
No han sido condenados, o su representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
No han sido condenados, o su representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
Su representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
No han sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que su representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaró que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
No son ni han sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la emisión de la declaración de inhabilidades para ofertar que ingresen en la ficha electrónica asociada a la presente licitación en el Portal de Mercado Público, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni están unidos(as) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
No integran la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni son contratados a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni están unidos(as) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley de Compras (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
Su representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los numerales e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
Su representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los numerales e) y f) precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
Su representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los numerales e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
No son gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Los oferentes del presente proceso licitatorio deberán tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
Para tales efectos, los oferentes deberán suscribir una declaración jurada simple que indique tal circunstancia, debidamente firmada por el titular o el respectivo representante legal tratándose de personas jurídicas, la cual se encuentra en formato online en el portal de Mercado Público. En el caso de una UTP, esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°2 (Obligatorio). Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
2.2.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (Antecedentes Formales).
El proponente deberá ingresar su oferta completa, al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el calendario de la presente licitación.
IMPORTANTE:
En relación con los formularios entregados en las presentes bases, éstos deberán ser completados y subidos al portal.
Se entenderá que el oferente declara su conformidad y aceptación de las Bases con la sola presentación de su oferta.
Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible.
2.2.1) Antecedentes Administrativos:
Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales:
Anexo N°1: Identificación del oferente. el que debe ser completado y enviado a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Si la información requerida en el Anexo 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores del Estado, se considera como presentada por el oferente.
Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas.
Anexo N°1B: Declaración Integrantes UTP: Declaración de identificación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda.
Anexo Nº2: Declaración jurada simple UTP: Declaración jurada simple, suscrita por cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso que corresponda.
Anexo N°5: Programa de Integridad y ética empresarial: De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Reglamento de la Ley N°19.886, los oferentes deberán indicar si poseen programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos y aplicados por su personal. Para comprobar lo declarado los oferentes deberán adjuntar el documento correspondiente que acredite lo solicitado.
2.2.2) Oferta económica.
El valor de la oferta económica será la que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl y deberá ser expresada en pesos chilenos y corresponder al precio neto total por línea. Se entenderá incluido en este valor el flete del equipamiento, así como la instalación, puesta en marcha y capacitación si procedieran.
Para ofertas en moneda extranjera, se deberá definir su equivalencia a pesos chilenos al momento de la apertura de las ofertas (para efectos de evaluación), sin perjuicio de calcular el valor de la divisa con posterioridad para pago al proveedor adjudicado.
Anexo N°3 Oferta Económica y Plazo de entrega.
El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO TOTAL NETO por cada ítem ofertado, además indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo.
En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el Anexo señalado, se entenderá como válido el valor indicado en dicho Anexo para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
2.2.3) Antecedentes Técnicos.
Anexo N°4: Especificaciones Técnicas: En el Anexo N°4 debe indicar el cumplimiento o no de cada una de las características solicitadas para la adquisición, según lo detallado en el apartado de Bases Técnicas.
2.3.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente.
En este caso, se podrá disponer la suspensión del plazo de recepción de las ofertas, hasta la publicación en el portal, de la resolución totalmente tramitada que aprueba y dispone las mencionadas modificaciones o complementaciones. Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan hasta 2 días hábiles antes del cierre de presentación de las ofertas.
2.4.- CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta deberán efectuarse a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación.
Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación.
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos.
En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda.
Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio.
2.5.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes se realizará únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo con el calendario señalado en el numeral 6° de las presentes bases. La evaluación de las ofertas sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad, que son los siguientes:
Que el oferente se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en el artículo 16 inciso noveno de la Ley N°19.886.
Presentación Anexo 3: Oferta Económica y Plazo de Entrega.
Presentación Anexo 4: Especificaciones Técnicas.
La oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, conforme con lo establecido en el artículo 182 del Reglamento de la Ley N°19.886.
Presentación Anexo N°5: Pacto de Integridad y Ética Empresarial (presentación de éste)
Todos los formularios deberán ser enviados a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl).
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley N° 19.886.
El Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien y/o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras (Art.60 Reglamento Ley de Compras).
En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, que en este caso será la de menor precio, y declarará inadmisibles las demás. Esto siempre y cuando que no se trate de una oferta riesgosa o temeraria.
La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley N°19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
Asimismo, el Servicio se reserva el derecho de rechazar todas las propuestas o a aceptar la que estime más conveniente a sus intereses, aunque no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el capítulo correspondiente de las presentes bases.
2.6.- APERTURA DE LAS OFERTAS Y EVALUACIÓN DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD:
Conforme a lo prevenido en el artículo 51 del Decreto N°661, de 2024, el acto de la apertura se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en las Bases.
El Sistema de Información asegurará certeza en la hora y fecha de la apertura y permitirá la publicidad de las ofertas completas de todos los oferentes, sin importar el resultado de su admisibilidad. Sólo serán consideradas como ofertas válidas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases.
Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas.
Cualquier observación que no fuere presentada a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida.
2.7.- COMISIÓN EVALUADORA
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación con cada uno de los ítems de la presente licitación:
Felipe Salinas Pizarro, cédula nacional de identidad N° 16.482.753-4, Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central.
Daniel Gallardo Hidalgo, cédula nacional de identidad N°18.461.505-3, Jefe de la Unidad de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN.
Elizabeth Arraigada Hernández, cédula nacional de identidad Nº18.912.014-1, Médico Jefe(s) del Servicio de Gastroenterología del HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN.
En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios:
María José Domínguez Espinosa, cédula nacional de identidad N° 18.131.659-4, Profesional del Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central.
Constanza Barrera Letelier, cédula nacional de identidad Nº18.414.039-K, Jefe(s) de la Unidad de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN.
Carlos Barrientos Cabezas, cédula nacional de identidad Nº8.821.051-4, Médico gastroenterólogo del Servicio de Gastroenterología del HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN.
La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 57 del Reglamento de la ley N° 19.886, esto es:
Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas.
La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora, requerirá a través del Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4, N°7 de la ley 20.730, los integrantes de la Comisión Evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la Comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida ley 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 54 del Decreto N°661 2024, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de compras.
Asimismo, los integrantes de la Comisión Evaluadora, de conformidad a lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886 deberán suscribir una declaración jurada, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.
2.8.- OMISIÓN DE ANTECEDENTES:
Si el oferente omitiera algún antecedente al momento de presentar su oferta y siempre que estos hayan sido producidos u obtenidos con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de ofertas, podrá presentarlos, a requerimiento de la Comisión de Evaluación, lo que será evaluado de acuerdo con el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible conforme a lo prevenido en el punto 2.5°.
Una vez notificado el proponente, por www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo máximo de 48 horas para responder.
En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y afectase a alguno(s) de sus integrantes causal de inhabilidad, de conformidad a lo establecido en el artículo N°182, del Reglamento de la Ley de Compras, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
El requerimiento, por parte de la Comisión de Evaluación, se hará a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal.
Con excepción de las situaciones descritas en el inciso precedente, durante el período de evaluación, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión de Evaluación.
La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo con los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director/a del Servicio de Salud Metropolitano Central con la proposición de adjudicación.
2.9.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y PAUTA DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas será dividida en dos etapas:
Evaluación de Admisibilidad:
La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará qué ofertas son admisibles conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de aquellas deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad.
Evaluación de Ofertas Admisibles:
Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas a base de los siguientes criterios y ponderaciones:
Criterios Ponderaciones (%)
Precio de la Oferta (PO) 40
Características Técnicas (CT) 40
Plazo de Entrega (PE) 15
Requisitos Formales de la Oferta (RF) 4
Pacto de integridad 1
Total 100
2.9.1.- FÓRMULA GENERAL
PUNTAJE FINAL = (PO x 0,40) + (CT x 0,40) + (PE x 0,15) + (RF x 0,04) + (PI x 0,01)
2.9.2.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación serán ponderados de acuerdo con lo detallado a continuación.
Precio de la Oferta (40%): Se evaluará según la siguiente fórmula
Puntaje Precio =((Oferta Mínima)/(Oferta Evaluada)) x 100
Características Técnicas (40%): El puntaje de este criterio se obtendrá a partir de la siguiente fórmula:
Puntaje Características Técnicas (deseables) =((Puntaje Oferta en Evaluación)/(Puntaje Total del Item Solicitado)) x 100
Donde “Ítem solicitado” corresponde al equipo a adquirir, “Puntaje Oferta en Evaluación” corresponde a la sumatoria del puntaje de las características técnicas deseables cumplidas en la oferta presentada por el ítem solicitado y “Puntaje Total del Ítem Solicitado” corresponde a la sumatoria total del puntaje de las características técnicas del equipo o equipamiento solicitado en el Anexo N°4.
En el caso del NO cumplimiento de una característica obligatoria, será declarada inadmisible técnicamente.
Plazo de Entrega (15%): Se evaluará el plazo de entrega en días hábiles, según la siguiente fórmula.
Puntaje Plazo de Entrega =((Oferta con Menor Plazo)/(Oferta Evaluada)) x 100
En caso de cumplirse el plazo en un día inhábil, se considerará como fecha para entrega, el día hábil siguiente.
Requisitos Formales de la Oferta (4%): Se evaluarán las ofertas que hayan presentado documentación sin errores, ni omisiones detectadas durante la evaluación.
Características Puntos
Oferta sin errores u omisiones detectadas 100
Oferta con errores u omisiones subsanadas 30
Oferta con errores u omisiones no subsanadas 0
Programa de Integridad y ética empresarial (1%): De acuerdo a lo exigido por el artículo 17 del Reglamento de la Ley N°19.886, los oferentes deberán indicar si poseen programas de integridad y ética empresarial que sean conocidos y aplicados por su personal, completando el formulario N°5 este pliego de condiciones.
Para comprobar lo declarado los oferentes deberán adjuntar el documento correspondiente que acredite lo solicitado.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo a lo siguiente:
EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE
Oferente presenta información 100
Oferente no presenta información o no adjunta métodos verificables 0
Al respecto, cabe señalar que, conforme con lo señalado en el Dictamen N° E370752, de 2023, de la Contraloría General, las declaraciones juradas o cláusulas del pacto de integridad son insuficientes para cumplir con la señalada acreditación.
Ponderación % =((Puntaje x 1)/100)
El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguales o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor.
La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar.
2.10.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje, se adjudicará la oferta que tenga el puntaje más alto en las características técnicas, de mantener el empate se decidirá en función de la oferta con mejor evaluación económica y así sucesivamente en función de la siguiente tabla.
Criterios Orden Jerárquico de Desempate
Características Técnicas 1º
Plazo de Entrega 2º
Precio de la Oferta 3º
Requisitos Formales de la Oferta (RF) 4°
Pacto de Integridad 5°
Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886 sobre Compras Públicas, mediante resolución fundada.
2.11- ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS
La modalidad de la presente licitación es mediante “adjudicación por ítem”. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada del Director/a del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio.
La oferta se adjudicará al proponente (s) que haya (n) obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en el calendario de licitación.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio dentro del plazo señalado en el calendario de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedente, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el calendario ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley N° 19.886.
En caso de ser ampliado el plazo de adjudicación y de ser necesario para evitar la caducidad de las ofertas o garantías respectivas, en caso que procediere, el Departamento de Abastecimiento y Operaciones solicitará a los oferentes a través del portal, pronunciamiento sobre la prórroga de la vigencia de sus ofertas y garantías en caso de existir.
Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación, los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas, las cuales serán respondidas dentro de dos (2) días hábiles en documento anexo que se publicará en el portal referido.
2.12.- READJUDICACIONES
El Servicio podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en general, en los siguientes casos:
Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
Si el Adjudicatario adquiere un conflicto de intereses con el Servicio de Salud Metropolitano Central.
Si el Adjudicatario no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento del envío de la orden de compra.
Si la oferta presentada no emana de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la ley.
Si la oferta no cumple con las condiciones y requisitos establecidos en las bases.
Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del servicio, que de no existir no se habría adjudicado la licitación a éste.
Si el adjudicatario no hace entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o de los demás antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, dentro del plazo establecido en estas Bases de Licitación, en caso de proceder.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no acepta la orden de compra dentro del plazo de 24 hrs. corridas a contar del envío de ésta al proveedor mediante el sistema de compras públicas, según corresponda.
Verificada alguna de las causales anteriores, el Servicio podrá readjudicar la licitación, dentro del plazo de 90 días corridos de conformidad a lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la ley de compras, al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
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GARANTÍAS |
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3.- GARANTÍAS
3.1 NORMAS COMUNES.
Las garantías a requerir en el presente proceso licitatorio se regirán por las siguientes disposiciones generales, sin perjuicio de las disposiciones especiales que se detallarán en el siguiente punto:
- Deberán ser tomadas por el oferente o un tercero en su nombre o representación.
- Podrán constar en uno o más instrumentos.
- Deberán ser extendidas en forma nominativa, a la vista e irrevocables.
- Deberán ser exigibles a primer requerimiento.
- Podrán ser otorgadas en forma física o electrónica, en este último caso deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
- La entrega de las garantías extendidas en formato físico deberá realizarse en la Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Central, ubicada en calle Victoria Subercaseaux N°381, piso 1, comuna de Santiago Centro, en sobre cerrado.
Horario: Lunes a Jueves de 08.00 a 13.00 horas y de 14.00 a 17.00 horas. Viernes de 08.00 a 13.00 horas y de 14.00 a 16.00, en sobre cerrado rotulado con el tipo de garantía que corresponde (seriedad o fiel cumplimiento), ID de proceso y nombre del proceso licitatorio, dirigido a Departamento de Abastecimiento y Operaciones del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de los plazos establecidos en el anexo N°1 respecto de la garantía de seriedad de la oferta y en el plazo indicado en el punto relativo a la garantía de fiel cumplimiento.
- Todos los gastos financieros que irrogue la obtención, renovación, aumento, reemplazo o mantención de la garantía respectiva serán de cargo del oferente, siendo de su exclusivo cargo que mantengan su vigencia durante todo el periodo que caucionen.
- En el caso de las pólizas de seguro, deberá excluir cláusula de arbitraje, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.
- El valor de la garantía podrá expresarse en pesos por la cantidad indicada en las presentes bases o en Unidades de Fomento, siempre y cuando, sea coincidente con el valor mínimo exigido en estas bases.
- El cobro de garantías sólo podrá efectuarse previa concurrencia de las hipótesis previstas expresamente en estas bases y previa tramitación del procedimiento administrativo a que haya lugar con la consecuente emisión de la Resolución que disponga tal cobro.
3.2 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, no se requerirá presentación de garantía de seriedad de la oferta, en conformidad al artículo 52° del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras.
3.3 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO.
De acuerdo a los montos asociados a la presente licitación, se requerirá la presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en conformidad al artículo 121° inciso primero, del Decreto del Reglamento de la Ley N°19.886, sólo si el monto adjudicado supere las 1.000 UTM.
El oferente deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier caución que se extienda a la vista e irrevocable, por un monto del 5% del valor neto ofertado por el adjudicatario.
Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 120 días corridos, posteriores al término del contrato (incluye garantía ofertada) y quedará en poder del Servicio de Salud Metropolitano Central, mientras dure el período de vigencia.
Glosa: “Garantiza Fiel y Oportuno cumplimiento de contrato “REPOSICIÓN DE FIBRAS DE ENDOSCOPÍA PARA EL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”. Se deja expresa constancia que la garantía incluye el pago de multas y pago de obligaciones laborales previsionales del afianzado.
Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos.
Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación.
La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora.
En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Si transcurridos los 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva.
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CONTRATO |
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4.- CONTRATO
4.1.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal de Mercado Público. Para ello el proponente adjudicado deberá acompañar los documentos necesarios para redactar el contrato que sean solicitados por el Servicio, sin perjuicio de la documentación acompañada por el respectivo oferente en su propuesta a través del portal indicado. Se entenderá que, si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado, se desiste de la propuesta, caso en el cual el Servicio procederá a la adjudicación de la misma a la siguiente propuesta mejor evaluada, según lo indicado en el acta de evaluación respectiva, o rechazar todas las restantes, mediante fundada resolución.
La suscripción del contrato sólo será exigible si el monto del total adjudicado supera las 100 UTM, caso en contrario y conforme dispone el art. 117 del Reglamento de compras, las adquisiciones inferiores al monto indicado, se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, por tratarse de adquisiciones menores a 100 UTM.
4.2.- ANTECEDENTES NECESARIOS PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
1. Documentos para Persona Natural:
a) Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados.
2. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada):
a) En caso de sociedades:
a.1 Copia simple de escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio.
a.2 Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
a.3 Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación.
a.4 Copia simple de la cedula nacional de identidad, de el o los representantes, por ambos lados.
a.5 Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar la documentación de Constitución, Estatutos y demás antecedentes emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo.
a.6 Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) vigente.
a.7 En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años.
Cabe destacar que los documentos señalados en los numerales a.2 y a.3 los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad.
Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada.
b) En caso de Fundaciones o Corporaciones:
b.1 Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o privada.
b.2 Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
b.3 Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica.
b.4 Copia simple del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
b.5 Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.
3. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
- Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser debidamente apostillados o legalizados conforme al art. 345 bis del Código de Procedimiento Civil.
- Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases.
- Deberá designar domicilio en Chile.
- Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046.
4. Documentos para UTP
- En las contrataciones superiores a 1.000 UTM, deberá presentar escritura pública en que conste la unión temporal, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si el monto de la contratación es inferior, basta con un instrumento privado.
- En el instrumento antes indicado deberá a lo menos pactarse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
- Además, cada uno de los integrantes deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda.
Si el adjudicado no concurriese a la suscripción dentro de plazo, no hace entrega de los antecedentes, o no se encuentra habilitado en el registro de proveedores, dentro del plazo indicado en estas bases, se tendrá por desistido de su oferta el Servicio podrá proceder según lo señalado en el numeral 2.12 de las presentes Bases Administrativas, y readjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, según lo indicado en el acta de evaluación respectiva, o rechazar todas las restantes, mediante fundada resolución.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable al Servicio.
Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago
4.3.- ESTIPULACIONES DEL CONTRATO
El contrato, tendrá las siguientes estipulaciones mínimas:
a) Individualización del proveedor;
b) Individualización de los servicios materia del contrato.
c) Precio;
d) Plazo de duración;
e) Multas;
f) Procedimiento para el cobro de multas y otros incumplimientos;
g) Causales de término anticipado;
h) Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios;
i) Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución;
j) Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor;
k) Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato;
l) Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen;
m) Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato;
n) Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos;
o) Declaración que, entre el Servicio y el personal dependiente, contratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario;
p) Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases;
q) Declaración que el Servicio se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
r) Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, debido a transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos.
s) Declaración que el proveedor será único responsable de otorgar medidas de higiene y seguridad adecuadas a su personal, propio o subcontratado, conforme al Código del Trabajo, ley N° 16.744 y demás disposiciones legales y reglamentarias en materias de orden, higiene y seguridad aplicables a los servicios respectivos.
t) Declaración que será admitida la subcontratación parcial de los servicios.
4.4.- VIGENCIA
El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, e incluirá el plazo de garantía técnica ofrecido por el proveedor adjudicado en el ANEXO 3 de las presentes Bases.
En aquellas adquisiciones inferiores a 100 UTM cuya formalización contractual sea mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, la vigencia de ésta comenzará a regir a partir de la aceptación de la Orden de compra, cuestión que deberá gestionarse dentro de las 48 horas desde su recepción y se extenderá hasta el plazo de garantía técnica ofrecido por el proveedor adjudicado en el ANEXO 3 de las presentes Bases.
En caso que la orden de compra no fuere aceptada dentro del plazo referido, el Servicio de Salud podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 48 horas desde dicha solicitud.
4.5.- PRECIO
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos presentados en la licitación (ANEXO N°3), más los impuestos correspondientes. El precio no será reajustable.
4.6.- FORMA DE PAGO
La forma de pago será mediante transferencia electrónica dentro de 30 días de la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del suministro contratado según Acta de Recepción Conforme de la Comisión Receptora. Para esto el Adjudicado deberá enviar vía correo electrónico la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico).
La factura deberá emitirse a nombre del “Servicio de Salud Metropolitano Central”, RUT 61.608.600-6, domiciliado en calle Victoria Subercaseaux Nº381, comuna y ciudad de Santiago.
Al momento de generar el documento tributario electrónico es obligatorio incorporar los campos de orden de compra y casilla de envió de facturas dipresrecepcion@custodium.com. En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del servicio de impuestos internos.
Todo documento rechazado deberá incluir por parte del proveedor nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar enmendando el error.
El proveedor no podrá facturar hasta que el referente técnico emita recepción conforme de los trabajos efectuados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público.
4.7.- ENTREGA DEL EQUIPAMIENTO
La recepción Física de los equipos se realizará en dependencias del Hospital Clínico San Borja Arriarán en Santa Rosa #1234, Santiago Centro.
La coordinación para el detalle del lugar y el horario se deberá coordinar con Felipe Salinas Pizarro del Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del Dpto. de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central, al correo: felipe.salinas.p@redsalud.gob.cl o quien la subrogue, siendo siempre al menos en horario hábil de lunes a viernes de 08:30 a 14:30 horas.
En el caso que los bienes no correspondieran a lo solicitado, el Servicio lo hará presente a la empresa, quien retirará el equipamiento y tendrá un plazo de 15 días corridos para efectuar el cambio, desde la comunicación que le realice el Servicio. Si requiere de un plazo mayor al establecido deberá solicitarlo por escrito o e-mail al Departamento de Recursos Físicos del Servicio al correo felipe.salinas.p@redsalud.gob.cl, el cual podrá aceptar o rechazar la ampliación del plazo velando por los intereses del establecimiento.
4.4.1 Fuerza Mayor o Casos Fortuitos
Ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito (de acuerdo con el Artículo Nº 45 del Código Civil) u otras circunstancias no imputables al “Proveedor”, debidamente acreditados y formulados por el adjudicatario antes del vencimiento del plazo de entrega señalado en su oferta, el Servicio podrá acordar un aumento en el plazo de entrega, cuando ello procediere.
Esta circunstancia deberá ser informada al Servicio dentro de los 4 días hábiles siguientes a su acontecimiento o al cese de este. El servicio en vista de los antecedentes presentados, deberá calificar si el hecho da a lugar a fuerza mayor o caso fortuito.
Transcurridos los 4 días hábiles a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del proveedor que fundamente fuerza mayor o caso fortuito. En este caso se dará origen al incumplimiento a la Orden de Compra, sometiéndose a las sanciones señaladas en los numerales 5.1.1.-, 5.1.2.- y 5.1.3.- de las presentes Bases.
4.8.- COMISIÓN RECEPTORA
Para tal efecto, se establece como Comisión Receptora Interna del suministro contratado a los siguientes funcionarios (o quienes los subroguen o reemplacen en el cargo al momento de la recepción):
• Sra. Elizabeth Arriagada Hernández, cédula nacional de identidad Nº18.912.014-1, Médico Jefe (s) del Servicio de Gastroenterología del Hospital Clínico San Borja Arriarán, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a).
• Sr. Felipe Salinas Pizarro, cédula nacional de identidad N° 16.482.753-4, Jefe del Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del Departamento de Recursos Físicos del Servicio de Salud Metropolitano Central, o por el (la) funcionario(a) público(a) de dicha dependencia que le reemplace o quien para tales efectos sea debidamente designado(a).
En esta etapa se recepcionarán los bienes adquiridos en la presente licitación y se verificará la presencia de todos los accesorios contemplados en la presente propuesta.
Los miembros de la Comisión Receptora suscribirán el Acta de Recepción Conforme.
4.9.- GARANTÍA TÉCNICA DE LOS EQUIPOS Y/O EQUIPAMIENTOS
4.9.1.- A partir de la emisión del Acta de Recepción Conforme, será la Referencia Técnica del Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del SSMC, la encargada de verificar el cumplimiento de la Garantía Técnica durante todo el periodo de vigencia del contrato o hasta la transferencia de dominio de los bienes, en la cual se entenderá transferida esta responsabilidad.
Dentro de sus funciones, será quien emita Informes Fundados a la Dirección del Servicio para reportar incumplimientos en las condiciones de Garantía Técnica, así como también un Informe de Cumplimiento general al fin del periodo de Garantía Técnica.
4.9.2.- La garantía técnica, el procedimiento para exigirla y el plazo de ésta, se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases, según Anexo Nº4.
El plazo de Garantía Técnica se considerará iniciado desde el Acta de Recepción Conforme del equipo y/o equipamiento. Para efectos de las Garantías indicadas en las presentes Bases se deberá considerar el equipo y/o equipamiento como un todo y no por partes.
En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el Servicio podrá optar entre la reparación gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la devolución de la cantidad pagada:
4.9.2.1 Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan con las especificaciones correspondientes.
4.9.2.2 Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o las mencionen en su catálogo y/o manuales.
4.9.2.3 Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, piezas, partes, elementos, estructura, sustancias, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.
4.9.2.4 Cuando el “Proveedor” y el Servicio hubieren convenido que los productos, deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra.
4.9.2.5 Cuando después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico correspondiente, subsistieren las deficiencias que hagan al equipo y/o equipamiento inapto para el uso. Este derecho subsistirá para el evento de presentarse una deficiencia distinta a la que fue objeto del servicio técnico, o volviere a presentarse la misma.
4.9.2.6 Cuando el equipo y/o equipamiento objeto del contrato, tenga defectos o vicios ocultos que dificulten o imposibiliten el uso al que habitualmente se destine, para lo cual la(s) Jefatura(s) de él/los usuarios(s) del equipo y/o equipamiento, emitirán un informe técnico en conjunto con el referente técnico de la presente licitación, que dé cuenta de estos defectos o vicios ocultos.
4.9.3.- Mantenciones Preventivas y Correctivas
Durante todo el periodo de la Garantía Técnica, la mano de obra y repuestos relacionados a la mantención preventiva y correctiva (cuando esta última se deba a problemas de fabricación u otros no atribuibles a uso indebido del bien) será de exclusiva responsabilidad y costo del adjudicado.
El adjudicado deberá contar con un Servicio Técnico, de acuerdo a lo indicado en su oferta, el cual debe contemplar la atención oportuna, tanto para mantenciones preventivas como correctivas, según lo indicado en su oferta.
4.9.3.1.- Programa de Mantención Preventiva
Una vez realizada la recepción conforme, el proveedor deberá entregar el Programa de Mantención Preventiva de acuerdo a la recomendación de fábrica, para todo el período que cubra la Garantía Técnica de su oferta. Además, debe incluir los kits de mantenimiento y/o actualizaciones de software según lo indicado en el Anexo 4, en caso que aplique.
Las fechas de este programa podrán ser modificadas por el Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del Dpto. de Recursos Físicos de ser necesario.
4.9.3.2.- Mantención Correctiva
Ante una eventual falla intrínseca del equipo durante el período de Garantía Técnica, el costo de la mantención correctiva será exclusiva responsabilidad del adjudicado. En tales casos regirá el siguiente procedimiento:
a) Atención a los avisos de fallas: El(los) profesional(es) y/o técnico del servicio técnico del proveedor adjudicado, deberá(n) concurrir al Establecimiento de acuerdo al Tiempo de Respuesta indicado en su oferta, dando solución a la falla en un período que no supere los quince (15) días corridos.
b) De persistir la falla, de existir una nueva falla producto de la intervención del servicio técnico del proveedor o certificar falla de fabricación de producto (parte, pieza o componente): El proveedor podrá reponer el equipo y/o equipamiento por uno nuevo de iguales o superiores características en un plazo de 72 hrs. Si no se cumple alguna de las alternativas propuestas se procederá al cobro de multas según lo establecido en el numeral 5.1.2.- de las presentes Bases, siendo válidas a contar del séptimo día indicado en el punto 4.9.3.2 a) más el plazo considerado en las alternativas antes descritas.
Si el equipo y/o equipamiento reparado o reemplazado presentase nuevamente fallas atribuibles a la fabricación de este, el Servicio se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, según lo establecido en el numeral 4.10.- de las presentes Bases.
4.10.- CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO
El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director/a del Servicio, y según lo señalado en el artículo 130 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas por las siguientes causas:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor y que sean imputables a éste. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley N°19.886. En tal caso, el SSMC sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato.
Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de Compras
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
7. Si las multas aplicadas excedieran el 30% del valor del contrato.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el numeral 3) del artículo 130 del Reglamento de la Ley N°19.886, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratante, facultando Servicio para poner término anticipado al contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la Referencia Técnica del órgano contratante:
- Si a juicio del Director del o los establecimientos, los equipos, equipamiento o accesorios no cumplen con las especificaciones técnicas indicadas en estas Bases, específicamente el Anexo 4. Condición que debe ser refrendada en un informe técnico que indique causales del incumplimiento.
- Si el proveedor no da cumplimiento a la entrega del suministro dentro del plazo ofrecido y por dicha demora ha incurrido en el valor máximo de multa establecido en el numeral 5.- Multas. Para estos efectos, se considerará no entregado el suministro, si falta alguna pieza o elemento que impida su uso completo, o sirva imperfectamente.
- Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
- Si el Contratante no puede cumplir con su obligación de entregar el equipamiento, debido a la cancelación de la representación de la marca o de la autorización de la comercialización y/o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el equipo o no cuente éste.
- Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
- Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
- Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
- Si se disuelve y procede a su liquidación.
- Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerentes.
- Si existen defectos de calidad en el equipamiento entregado o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo.
- En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 12° “Confidencialidad”.
4.10.1 PROCEDIMIENTO PARA PROCEDER AL TÉRMINO ANTICIPADO POR INCUMPLIMIENTO
El término anticipado del contrato se sujetará al siguiente procedimiento:
a) El Referente técnico, en ejercicio de las potestades contempladas en el numeral 1.2.7 de las bases técnicas, deberá emitir un informe técnico fundado y con documentos de respaldo, detallando los hechos constitutivos de infracción contractual que den lugar al término anticipado propuesto, el cual estará dirigido a la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, para su aprobación, pudiendo este último requerir informe al Departamento Jurídico para validar la procedencia de iniciar un procedimiento de término anticipado.
b) Con el mérito de tales antecedentes e informes en su caso, el Servicio remitirá un Ordinario dirigido al adjudicatario a través de correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886, informando sobre el inicio de un procedimiento de término anticipado, hechos justificativos y respaldos.
c) Una vez notificado, el proveedor contará con cinco (5) días hábiles administrativos para formular sus descargos, los cuales deberá hacer llegar por escrito a través de la Oficina de Partes del SSMC, junto a los antecedentes de respaldo que estimare.
d) Si el proveedor no formulare descargos, son extemporáneos o se allanare, será dictada la correspondiente Resolución fundada que declare el término anticipado.
e) Si el proveedor formulare descargos, el Referente Técnico deberá pronunciarse emitiendo informe a la Dirección del SSMC informando la procedencia de rechazar o acoger total o parcialmente los descargos formulados, con lo cual dictará la correspondiente Resolución, la que será notificada la que será notificada mediante correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886.
f) Asimismo, las resoluciones que pongan término anticipado al contrato deberán publicarse en el Sistema de Información del portal de Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictado el acto en cuestión, salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del DS N°661 de 2024.
g) La Resolución que declare el término anticipado podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Servicio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso.
4.11.- CAUSALES DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Las partes, de común acuerdo, o por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, podrán modificar el contrato por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. En el caso de requerirse una modificación del contrato, deberá suscribirse un anexo modificatorio de éste que será formalizado mediante el respectivo acto administrativo aprobatorio por parte del Servicio de Salud Metropolitano Central.
La modificación del contrato regirá a contar de la total tramitación del acto administrativo que la aprueba, sin perjuicio de lo cual, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán ejecutarse desde la suscripción del respectivo Anexo Modificatorio, en caso de proceder, no obstante que su pago sólo podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio.
En ningún caso la modificación podrá alterar los elementos esenciales del contrato. Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos:
a) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
c) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
En todo caso, las eventuales modificaciones que se realicen al contrato no podrán exceder del 30% del monto originalmente pactado, siempre que el organismo cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
En estos casos, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución la que deberá ajustarse a lo establecido en el numeral 11.2 “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” de las bases de licitación.
En el caso de las contrataciones formalizadas mediante orden de compra (contrataciones inferiores a 100 UTM), el organismo contratante deberá emitir una nueva orden de compra que refleje la modificación de contrato en cuestión, a la cual deberá adjuntar el acto administrativo que aprueba dicha modificación de contrato.
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MULTAS |
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5.- MULTAS
5.1.- TIPIFICACIÓN DE MULTAS
5.1.1 Plazo de entrega: Si el/los adjudicatario(s) no entregan dentro del plazo ofertado, los equipos y/o equipamiento objeto de la licitación; ello, obligará al “Proveedor” a pagar una multa por incumplimiento de los días de atraso en la entrega del bien, calculada sobre el precio del total de ítems atrasados, correspondiente por un 0,5% del valor total con IVA por cada día de atraso; hasta completar un 30% del valor total del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado de modo anticipado el contrato, como se indica en el numeral 4.7.- de estas Bases.
5.1.2 Capacitaciones: El/los adjudicatarios(s) que no entrega(n) las capacitaciones ofrecidas al personal del Establecimiento, acorde con la oferta, se procederá a aplicar una multa equivalente al 0,5% del precio total con IVA, por cada día corrido, mientras no se subsanen esta situación, hasta completar un 30% del valor del contrato, en cuyo caso se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado.
5.1.3 Limitaciones globales: Si el/los adjudicatarios(s), con motivo de las causales anteriormente citadas, incurren en multas que en su conjunto completan un 30% del valor del contrato, se entenderá que hay incumplimiento de las obligaciones del contrato, facultando al Servicio a dar por terminado el contrato de modo anticipado, como se indica en el numeral 4.7.- de estas Bases.
Con todo lo anterior, las multas no podrán exceder un 30% del valor total del contrato.
El Servicio se reserva el derecho de anular la Orden de compra cuando el proveedor no cumpla con el despacho de los productos en la fecha solicitada. Cuando esto ocurra se dejará constancia en el portal www.mercadopublico.cl de dicho incumplimiento.
5.2.- MECANISMO DE REPORTE DE MULTAS
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, previstas en el numeral anterior, el Referente Técnico a cargo, mediante informe fundado respectivo, dará cuenta de la infracción a la Jefatura del Departamento de Recursos Físicos SSMC, quien lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Servicio y propondrá la aplicación de las multas que procedan, sujetándose al siguiente procedimiento:
a) Con el mérito de tales antecedentes e informes en su caso, el Servicio remitirá un Ordinario dirigido al adjudicatario a través de correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
b) Una vez notificado, el proveedor contará con cinco (5) días hábiles administrativos para formular sus descargos, los cuales deberá hacer llegar por escrito a través de la Oficina de Partes del SSMC, junto a los antecedentes de respaldo que estimare.
c) Si el proveedor no formulare descargos, son extemporáneos o se allanare, será dictada la correspondiente Resolución fundada que aplique la multa respectiva.
d) Si el proveedor formulare descargos, el Referente Técnico deberá pronunciarse emitiendo informe a la Dirección del SSMC informando la procedencia de rechazar o acoger total o parcialmente los descargos formulados, con lo cual dictará la correspondiente Resolución, la que será notificada mediante correo electrónico, conforme lo establecido en el artículo 140 del Reglamento de la Ley N°19.886.
e) La Resolución que aplique una multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N° 19.880, dentro de quinto día hábil de notificada, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. El Servicio tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles administrativos para resolver el citado recurso.
f) Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor.
5.3.- MECANISMOS DE PAGO DE MULTAS
5.3.1.- Cobro directo a Proveedor
Primeramente, la multa podrá ser pagada directamente por el proveedor mediante cheque nominativo extendido a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva Resolución que concluya el proceso de multa.
Dentro del mismo plazo, la multa podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos: tipo de cuenta: Cuenta Corriente N° 9276491, Banco Estado, R.U.T.: 61.608.600-6 (correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl).
La transferencia deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio, previo aviso del Contratista vía correo electrónico, para ser validada.
En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, podrá ser descontado del respectivo estado de pago por parte del Servicio.
5.3.2.- Pago desde Garantía del Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato
Cuando no exista la posibilidad de verificar el pago conforme al mecanismo establecido en el numeral anterior, las multas se pagarán con cargo al documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en caso que proceda tras lo cual, la empresa deberá traer una nueva garantía, en los mismos términos expuestos en el numeral 3.3 de las presentes bases y luego de ello, el Establecimiento devolverá el saldo que quede de la garantía original.
Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
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CALENDARIO DE LICITACIÓN |
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6.- CALENDARIO DE LICITACIÓN
A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. El plazo del cierre para la recepción de ofertas no puede vencer en días inhábiles, ni en día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 horas. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente.
La fecha de publicación en el referido Portal es el plazo inicial, o día uno del presente proceso licitatorio. A modo de ilustrar adecuadamente a los proponentes, se informan los hitos y plazos relevantes del proceso de licitación, como sigue:
Periodo de Publicación El periodo de publicación será de 20 días corridos.
Fecha inicio preguntas. A partir de la publicación de las presentes Bases en el portal.
Fecha final de preguntas. Al sexto día corrido de la fecha de publicación de las presentes Bases a las 15:00 hrs.
Fecha de publicación de respuestas. Hasta el undécimo día corrido de la fecha de publicación de las presentes Bases a las 18:00 hrs.
Modificaciones El Servicio se reserva la facultad de introducir modificaciones a las bases administrativas, técnicas y anexos desde la fecha de inicio del periodo de consultas y hasta dos (2) días hábiles, antes de la fecha final de recepción de las propuestas.
Fecha de cierre de recepción de ofertas. Hasta las 15:00 hrs. del vigésimo día corrido a contar de la publicación de las presentes Bases.
Fecha de acto de apertura de ofertas. A las 15:01 hrs. del vigésimo día corrido contado desde la publicación del llamado a licitación.
Fecha publicación de admisibilidad de ofertas. Hasta el décimo quinto día hábil posterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación. Hasta 72 hrs. desde realizada la pregunta por el portal.
Fecha estimada de evaluación Hasta el vigésimo día hábil siguiente al cierre de recepción de propuestas.
Fecha estimada de adjudicación. Hasta el vigésimo quinto día hábil siguiente a la fecha de evaluación de propuestas
Consultas a la Adjudicación Dentro de un período de 2 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución de Adjudicación
Respuesta a Consultas a la Adjudicación Dentro de un período de 4 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución de Adjudicación
Fecha máxima de entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento Hasta el quinto día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación
Fecha máxima de suscripción contrato Hasta el décimo día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación
Fecha estimada de emisión orden de compra. Un día hábil desde la Resolución de Contrato.
En caso que la contratación se formalice por la emisión de la orden de compra y su aceptación, ésta se emitirá un día hábil desde la resolución de adjudicación.
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7.- INSPECCIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL. |
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7.- INSPECCIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL.
El Servicio durante la vigencia del Contrato, en las fechas y formas que estime conveniente, estará facultado para efectuar la inspección, supervisión y control del equipo adquirido y su correcto funcionamiento. El Adjudicatario deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de dicha supervisión y control. Si el equipamiento no reuniere las condiciones técnicas requeridas en las Especificaciones Técnicas, exigirá su cumplimiento al adjudicatario, sin cobro adicional alguno para el Servicio, sin perjuicio de las facultades de disponer el término del contrato, la aplicación de multas y/o el cobro de la garantía de fiel cumplimiento que corresponden al Servicio.
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8.- VÍNCULOS DE DEPENDENCIA |
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8.- VÍNCULOS DE DEPENDENCIA
Se deja constancia que la contratación corresponde a una Compraventa de Bienes (equipos, equipamiento) y no un Contrato de Trabajo, sin que existan vínculos de subordinación o dependencia alguna entre el Servicio y el personal del “Proveedor” adjudicado.
Por lo tanto, para todos los efectos legales, el “Proveedor” tendrá la responsabilidad total y exclusiva de su condición de empleador para con sus trabajadores. No obstante, ello, el oferente y posterior “Proveedor”, deberá sujetarse a lo señalado en la Ley Nº20.238, (que modifica la Ley Nº19.886, asegurando la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración del Estado), de 19-01-2008, esto es, no podrá el “Proveedor” tener conductas contrarias a los derechos fundamentales del trabajador.
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9.- DOMICILIO |
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9.- DOMICILIO
En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Central serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre las partes, todo sin perjuicio de la competencia de la Contraloría General de la República para pronunciarse en las materias de su competencia.
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10.- SUBCONTRATACIÓN |
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10.- SUBCONTRATACIÓN
No se admitirá subcontratación para la ejecución de la presente contratación.
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11.- OBLIGACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES |
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11.- OBLIGACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES
El personal que contrate el proveedor durante la vigencia del contrato no tendrá vínculo alguno de origen laboral ni de subordinación o dependencia o funcionario con el Servicio.
El Referente Técnico podrá requerir información sobre el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del personal del proveedor que sea necesario para la ejecución de los servicios, debiendo acreditar documentalmente el cumplimiento de tales obligaciones mediante certificados emitidos por la Dirección del Trabajo u otros tales como certificados de PreviRed, Planillas de pago de cotizaciones, etc. En caso de registrarse saldos insolutos con sus actuales trabajadores o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar la inexistencia de deuda a la mitad de ejecución del contrato o un máximo de seis meses, aquella que resulte inferior.
En caso de infracción será calificada como incumplimiento grave conforme al punto N°21 de estas bases y se procederá en la forma allí estipulada.
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12.- CONFIDENCIALIDAD |
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12.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Central que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.
Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria.
En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases.
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13.- PACTO DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL |
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13.- PACTO DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL
El proveedor deberá acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación ha sido considerada en un criterio de evaluación en las Bases de licitación.
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución las órdenes de compra que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y la formalización que derive de la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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BASES TÉCNICAS |
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“REPOSICIÓN DE FIBRAS DE ENDOSCOPÍA PARA EL HOSPITAL CLÍNICO SAN BORJA ARRIARÁN DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL”
1.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS DE LOS DOCUMENTOS ANEXOS
Las ofertas se presentarán únicamente a través del portal www.mercadopublico.cl adjuntando los documentos indicados a continuación, los cuales deberán ser ingresados en idioma español, de preferencia archivos en formato PDF y EXCEL, en carpetas o archivos.
1.1.- Propuesta técnica
La Propuesta Técnica deberá indicar al menos lo siguiente:
a) Especificaciones Técnicas del producto. (Anexo 4)
b) Plazo para entregar capacitación a usuarios y técnicos, en los casos que corresponda y lugar en que se realizará. Este plazo no puede exceder de 7 días hábiles después de realizada a Puesta en Marcha del equipo.
c) Indicación de servicios de post-venta ofrecidos.
1.1.1.- Especificaciones Técnicas (Anexo 4)
Corresponde al cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del ítem ofertado que deberán completarse en su totalidad, especificando claramente los alcances técnicos en virtud del requerimiento, el cual debe ser presentado en formato Excel.
El oferente deberá ofertar las características indicadas en el Anexo 4 respaldadas con documentos oficiales como catálogos, fichas técnicas y certificados de los productos cotizados, en idioma español, para identificar mejor los artículos ofrecidos. Estos deberán subirse al portal www.mercadopublico.cl, como máximo hasta el día y hora de cierre de recepción de ofertas. Deberá incluirse: marca, modelo, procedencia y características relevantes de cada producto.
a. En el caso que el oferente indique “SI” o “NO” en el cumplimiento de una característica técnica y esta no pueda ser verificada de acuerdo a los documentos proporcionados a través del portal; la comisión podrá considerar esto como el NO cumplimiento de esta característica para el proceso de evaluación.
b. En el caso del NO cumplimiento de una característica obligatoria, la comisión declarará inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado.
c. En el caso de no indicar respuesta, o bien escribir una palabra diferente a “SI” o “NO”, la comisión podrá considerar esto como el NO cumplimiento de esta característica para el proceso de evaluación.
d. En el caso de que un documento de respaldo presente ediciones o alteraciones de su documento original, la comisión podrá declarar inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado y a la oferta completa del oferente.
1.2.1.- Garantía Técnica
El oferente deberá indicar la Garantía Técnica de cada ítem ofertado, completando el Anexo 4 indicado en las presentes Bases de licitación.
El plazo de garantía Técnica se considerará desde la Puesta en Marcha del equipo, la cual se extenderá por el plazo establecido en el contrato y acorde a la oferta entregada por el proveedor.
En los casos que a continuación se señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños ocasionados, el Servicio podrá optar entre la reparación gratuita del bien, su reposición o la devolución de la cantidad pagada.
a. Cuando los materiales, partes, piezas, elementos o sustancias que constituyan o integren los equipos y/o equipamiento no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones en su catálogo y/o manuales.
b. Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes.
c. Cuando cualquier producto por deficiencia de fabricación, elaboración, materiales, partes, piezas, elementos, sustancias, estructura, calidad o condiciones sanitarias, en su caso, no sea enteramente apto para el uso que está destinado o al que el “Proveedor” hubiese señalado en su oferta.
d. Cuando el proveedor y el Servicio hubieren convenido que los productos objeto del contrato deban reunir determinadas especificaciones y esto no ocurra.
1.2.2.- Mantenimiento Durante Garantía
El oferente, una vez realizada la recepción conforme, deberá entregar documentos que indiquen los siguientes aspectos en los casos que corresponda:
a. Plan de Mantenimiento preventivo programado del equipo durante la Garantía, indicando la periodicidad de actividades y su relación con la recomendada por fábrica.
b. Protocolo de mantenimiento preventivo que indique en detalle las actividades de inspección, verificación, calibraciones, pruebas de seguridad reemplazo de piezas o partes, ajustes, limpieza, lubricación, comprobación y las demás que deban efectuarse según lo recomendado por fábrica.
c. Personal técnico considerado para las actividades (indicar cantidad y perfil profesional del personal involucrado).
d. Descripción de política de mantenimiento correctivo durante garantía: forma de atención de las consultas técnicas, tiempos de respuesta ante llamadas, tiempos de reparación de desperfectos y otros detalles relacionados. Se exigirá un máximo de tiempo de respuesta ante llamados de emergencia de asistencia técnica de 5 horas de forma presencial en horario hábil. Asistencia telefónica debe realizarse como máximo 1 hora desde que se recibe el llamado en horario hábil.
e. Descripción de actividades periódicas de Update, comprobación y Upgrade del software incluido en la Oferta.
f. Documento que certifique la continuidad de repuestos y accesorios durante toda la vida útil del equipo y que asegure que el reemplazo de las piezas o partes del equipo serán sin costo durante el período de garantía del equipo.
1.2.3.- Servicio Técnico.
En caso de que se indique que el oferente cuenta con servicio técnico propio para la marca con su debida vigencia, debe adjuntar un documento o certificado que avale la acreditación del Servicio Técnico Propio por parte del fabricante del equipo. Debe indicar claramente el año de acreditación y su vigencia. De no hacerlo, facultará a la comisión evaluadora de considerar como no cumplimiento esta característica.
En el caso de que un documento de respaldo presente ediciones o alteraciones de su documento original, la comisión podrá declarar inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado y a la oferta completa del oferente.
1.2.4.- Representación de la Marca
En caso de que se indique que el oferente cuenta con representación de la marca, se debe incluir documento o certificado de representación de marca extendido por el fabricante, que indique claramente su vigencia, la dirección y nombre de la persona y/o empresa que lo representa.
En el caso de que un documento de respaldo presente ediciones o alteraciones de su documento original, la comisión podrá declarar inadmisible la oferta correspondiente al ítem evaluado y a la oferta completa del oferente
1.2.5.- Capacitaciones
A través de su oferta, el proveedor se compromete a realizar todas las capacitaciones necesarias para todo el personal técnico-clínico que dé un correcto uso a lo ofertado.
Las capacitaciones serán efectivas a partir de la Puesta en Marcha del equipo.
1.2.6.- Plazo de entrega
a. El oferente deberá indicar el plazo de entrega de cada ítem ofertado, completando el Anexo 3 indicado en las presentes Bases de licitación.
b. Siempre la entrega deberá ser coordinada con la comisión de recepción fijada en las presentes Bases. En caso de que ésta no pueda asistir en la fecha determinada para entrega, podrá establecer una nueva fecha para la entrega, dejando esto indicado en el Acta de recepción.
1.2.7.- Contraparte Técnica
El desarrollo de la presente licitación estará bajo la supervisión del Subdepartamento de Ingeniería Biomédica del Depto. de Recursos Físicos de este Servicio de Salud.
Las funciones de la contraparte técnica incluirán:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de la presente licitación, velando por el estricto cumplimiento de las Bases Administrativas, técnicas y sus anexos.
b) Velar por el cumplimiento de los plazos ofertados por los proveedores para la entrega de los productos, además de revisar que el equipamiento adjudicado cumpla con ser los productos realmente requeridos y ofertados en la licitación, dar cuenta de la calidad y los estándares solicitados por este Servicio.
c) Velar por el envío oportuno al Departamento de Finanzas del Servicio, de la documentación del proceso de compra con las validaciones que le correspondan, para proceder al pago del equipamiento.
d) Concurrir e Informar cuando se le requiera, respecto a la procedencia de multas y sanciones que se estipulen en las presentes Bases, emitiendo informe técnico de ello, a la Dirección del Servicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor, según corresponda.
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