Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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DIRECCION DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA
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Fecha de vencimiento:
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31-12-2022
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Monto:
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5
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Descripción:
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El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de Garantía, por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y de carácter irrevocable, por un monto en pesos chilenos, equivalente al 5% del valor total contratado, a nombre de la “DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA”, RUT. 61.966.700-K. Esta Garantía debe ser entregada en la Gobernación Marítima de Arica, ubicada en av. Máximo Lira 315, Arica, en un plazo no superior a diez (10) días desde la notificación de la carta orden. Esta garantía deberá contener la siguiente glosa: “Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de “SERVICIO DE CONFECCION E INSTALACION DE CERCO PERIMETRAL EN MUELLE PRAT DE LA GOBERNACION MARITIMA DE ARICA”. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de Certificación de dicha firma, la cual deberá remitirse al correo: facturación.arica@dgtm.cl.
2.- En caso que el proveedor adjudicado no entregue la Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento, en la forma y tiempo exigido en el párrafo anterior, se entenderá que no existe interés de su parte en mantener su oferta y que por este solo hecho renuncia irrevocablemente a la adjudicación efectuada.
3.- En el evento anterior la Gobernación Marítima de Arica podrá proceder a dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, ordenando se autorice adjudicar al proponente siguiente mejor evaluado.
4.- Si por cualquier motivo la vigencia de la garantía existente fuere insuficiente, el proveedor adjudicado deberá renovarla a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, en los mismos términos, bajo apercibimiento de hacer efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento.
5.- En caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, de las obligaciones que le impone el contrato, lo que incluye también el cumplimiento imperfecto, la Armada de Chile, deberá hacer efectiva la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones judiciales que corresponden a la Armada de Chile, para solicitar el cumplimiento forzado o la resolución de la Orden de Compra, más la indemnización de perjuicios. También y con cargo a la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Orden de Compra, podrán hacerse efectivas las multas que afecten al proveedor.
6.- En caso de encontrar observaciones al trabajo encomendado y estas no sean corregidas dentro del plazo mencionado, se procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento. No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento será devuelta por la Armada de Chile al proveedor, al término de su período de vigencia, y una vez firmada por las partes el acta de recepción conforme del servicio.
7.- Deberá tener una garantía de como mínimo 12 meses del servicio requerido
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Glosa:
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El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de Garantía, por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y de carácter irrevocable, por un monto en pesos chilenos, equivalente al 5% del valor total contratado, a nombre de la “DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA”, RUT. 61.966.700-K. Esta Garantía debe ser entregada en la Gobernación Marítima de Arica, ubicada en av. Máximo Lira 315, Arica, en un plazo no superior a diez (10) días desde la notificación de la carta orden. Esta garantía deberá contener la siguiente glosa: “Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de “SERVICIO DE CONFECCION E INSTALACION DE CERCO PERIMETRAL EN MUELLE PRAT DE LA GOBERNACION MARITIMA DE ARICA”. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de Certificación de dicha firma, la cual deberá remitirse al correo: facturación.arica@dgtm.cl.
2.- En caso que el proveedor adjudicado no entregue la Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento, en la forma y tiempo exigido en el párrafo anterior, se entenderá que no existe interés de su parte en mantener su oferta y que por este solo hecho renuncia irrevocablemente a la adjudicación efectuada.
3.- En el evento anterior la Gobernación Marítima de Arica podrá proceder a dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, ordenando se autorice adjudicar al proponente siguiente mejor evaluado.
4.- Si por cualquier motivo la vigencia de la garantía existente fuere insuficiente, el proveedor adjudicado deberá renovarla a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, en los mismos términos, bajo apercibimiento de hacer efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento.
5.- En caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, de las obligaciones que le impone el contrato, lo que incluye también el cumplimiento imperfecto, la Armada de Chile, deberá hacer efectiva la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones judiciales que corresponden a la Armada de Chile, para solicitar el cumplimiento forzado o la resolución de la Orden de Compra, más la indemnización de perjuicios. También y con cargo a la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Orden de Compra, podrán hacerse efectivas las multas que afecten al proveedor.
6.- En caso de encontrar observaciones al trabajo encomendado y estas no sean corregidas dentro del plazo mencionado, se procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento. No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento será devuelta por la Armada de Chile al proveedor, al término de su período de vigencia, y una vez firmada por las partes el acta de recepción conforme del servicio.
7.- Deberá tener una garantía de como mínimo 12 meses del servicio requerido
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Forma y oportunidad de restitución:
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El proveedor adjudicado deberá entregar un instrumento financiero de Garantía, por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y de carácter irrevocable, por un monto en pesos chilenos, equivalente al 5% del valor total contratado, a nombre de la “DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD DE LA ARMADA”, RUT. 61.966.700-K. Esta Garantía debe ser entregada en la Gobernación Marítima de Arica, ubicada en av. Máximo Lira 315, Arica, en un plazo no superior a diez (10) días desde la notificación de la carta orden. Esta garantía deberá contener la siguiente glosa: “Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de “SERVICIO DE CONFECCION E INSTALACION DE CERCO PERIMETRAL EN MUELLE PRAT DE LA GOBERNACION MARITIMA DE ARICA”. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de Certificación de dicha firma, la cual deberá remitirse al correo: facturación.arica@dgtm.cl.
2.- En caso que el proveedor adjudicado no entregue la Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento, en la forma y tiempo exigido en el párrafo anterior, se entenderá que no existe interés de su parte en mantener su oferta y que por este solo hecho renuncia irrevocablemente a la adjudicación efectuada.
3.- En el evento anterior la Gobernación Marítima de Arica podrá proceder a dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, ordenando se autorice adjudicar al proponente siguiente mejor evaluado.
4.- Si por cualquier motivo la vigencia de la garantía existente fuere insuficiente, el proveedor adjudicado deberá renovarla a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, en los mismos términos, bajo apercibimiento de hacer efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento.
5.- En caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, de las obligaciones que le impone el contrato, lo que incluye también el cumplimiento imperfecto, la Armada de Chile, deberá hacer efectiva la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones judiciales que corresponden a la Armada de Chile, para solicitar el cumplimiento forzado o la resolución de la Orden de Compra, más la indemnización de perjuicios. También y con cargo a la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de la Orden de Compra, podrán hacerse efectivas las multas que afecten al proveedor.
6.- En caso de encontrar observaciones al trabajo encomendado y estas no sean corregidas dentro del plazo mencionado, se procederá a hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento. No procediendo causales para hacerla efectiva, la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento será devuelta por la Armada de Chile al proveedor, al término de su período de vigencia, y una vez firmada por las partes el acta de recepción conforme del servicio.
7.- Deberá tener una garantía de como mínimo 12 meses del servicio requerido
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