Licitación ID: 662237-56-LS19
Profesionales expertos Gestores de Calidad
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°1, Reg. De Antofagasta, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

2
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°2, Reg. De O´Higgins, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

3
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°3, Reg. Del Biobío, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

4
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°4, Reg. De Araucanía, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

5
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°5, Reg. Metropolitana, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

6
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°6, Reg. Metropolitana, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

7
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°7, Reg. Metropolitana, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

8
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°8, Reg. Metropolitana, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

9
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea de Servicio N°9, Reg. Metropolitana, Remítase a las Bases de Licitación Adjuntas Res. Exta. N°611  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Profesionales expertos Gestores de Calidad
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, llama a licitación, para la contratación de los servicios personales especializados de profesionales expertos denominados gestores de calidad, para llevar a cabo el proceso de acompañamiento de la mejora continua de la calidad de la atención, en todos los centros de tratamiento públicos y privados en convenio con SENDA, en base a los documentos y orientaciones emanadas de los mismos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Servicios personales especializados (LS)
Tipo de convocatoria:
CERRADO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SENDA NACIONAL
R.U.T.:
61.980.170-9
Dirección:
Agustinas 1235, piso 9
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de antecedentes de idoneidad técnica: 18-11-2019 15:00:00
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11 días a partir de la notificación 15:00
Fecha de Publicación: 08-11-2019 14:45:54
Fecha inicio de preguntas: 1 día a partir de la notificación 18:00
Fecha final de preguntas: 3 días a partir de la notificación 16:00
Fecha de publicación de respuestas: 5 días a partir de la notificación 16:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11 días a partir de la notificación 15:01
Fecha de Adjudicación: 57 días a partir de la notificación 16:00
Fecha inicio de preguntas evaluación de idoneidad técnica: No hay información
Fecha final de preguntas evaluación de idoneidad técnica: No hay información
Fecha publicación de respuestas: No hay información
Fecha de entrega en soporte fisico 0 días a partir de la notificación
Fecha estimada de firma de contrato 0 días a partir de la notificación
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Antecedentes administrativos Una vez que los oferentes preseleccionados presenten sus ofertas y previo a la evaluación de las mismas, la División Jurídica de SENDA, revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la declaración jurada del Anexo 1 del acápite III de estas bases, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. La falta o no presentación de la referida declaración jurada, será causal para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta. Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará asimismo si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, desestimándose las ofertas de aquellos oferentes que se encontraren en alguna de las antedichas situaciones, mediante la declaración de inadmisibilidad de las mismas. En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004. Si el oferente es una Unión Temporal de Proveedores, en caso que a alguno de sus le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
Documentos Técnicos
1.- Los documentos para la propuesta técnica se presentarán por cada línea de servicio a la que se postule y deberán ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo N° 3 del acápite III de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta para Licitación 2019-2020 Servicios Personales Especializados Gestores de Calidad”. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 4.2 del acápite I de estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
 
Documentos Económicos
1.- Propuesta económica El precio que señalen los Oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos), expresados en pesos chilenos, de cada una de las líneas de servicio a la cual postule. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo adjunto los valores ofertados neto y bruto totales, así como también el impuesto al cual se encuentra afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo N° 4 del acápite III de estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. Las ofertas económicas presentadas por un monto VALOR TOTAL BRUTO superior a las señaladas en cada una de las líneas de servicio de gestión intersectorial que se licitan, no serán objeto de evaluación y serán declaradas inadmisibles por SENDA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación técnica Remítase a las Bases de Licitación Res. Exta. N°611 adjuntas. 95%
2 Evaluación económica Remítase a las Bases de Licitación Res. Exta. N°611 adjuntas. 5%

Criterios de Idoneidad Técnica
ÍtemObservacionesPonderación
3 Título profesional y certificados de formación del Remítase a las Bases de Licitación Res. Exta. N° 611 adjuntas. 40%
4 Experiencia del profesional oferente en intervenci Remítase a las Bases de Licitación Res. Exta. N° 611 adjuntas. 60%
7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: RODRIGO FERNANDEZ LEAL
e-mail de responsable de pago: rodrigo.fernandez@senda.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: RODRIGO FERNANDEZ LEAL
e-mail de responsable de contrato: rodrigo.fernandez@senda.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-5100854-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. BASES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
1. SERVICIOS REQUERIDOS 1.1. Requerimiento de compra El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, llama a licitación, para la contratación de los servicios personales especializados de profesionales expertos denominados gestores de calidad, para llevar a cabo el proceso de acompañamiento de la mejora continua de la calidad de la atención, en todos los centros de tratamiento públicos y privados en convenio con SENDA, en base a los documentos y orientaciones emanadas de los mismos. El servicio licitado consiste en un producto de asesoría técnica a equipos de centros de tratamiento, a desarrollar en base a los lineamientos técnicos definidos por el Área de Tratamiento de SENDA, en conjunto con el Ministerio de Salud, donde se describen los procesos de mejora continua y gestión de la calidad, velando por la equidad en el acceso, oportunidad y calidad de la atención en el tratamiento del consumo problemático de alcohol y otras drogas. En el marco de la presente licitación, se entenderá por asesoría técnica el proceso de monitoreo, acompañamiento y apoyo técnico directo brindado a los equipos de los centros de tratamiento, con el objetivo de promover en estos equipos el desarrollo de competencias técnicas y fortalecer la organización de los programas de tratamiento, con el fin de contribuir al mejoramiento continuo de la calidad de la atención brindada a las personas usuarias. El servicio de asesoría a contratar considera la ejecución de visitas programadas y otros contactos telefónicos y vía correo electrónico con los equipos de los centros de tratamiento orientados a: 1. Informar y capacitar a los equipos de los centros de tratamiento respecto a los contenidos de las orientaciones técnicas y normativas vigentes emanadas desde el Área de Tratamiento de SENDA y/o del Ministerio de Salud, en el ámbito del consumo problemático de drogas y otras problemáticas de salud mental y en lo referente a los procesos de gestión de la calidad de la atención en salud. 2. Promover y optimizar con los equipos tratantes, los procesos de organización de los servicios y de gestión técnica- administrativa, orientados a la mejora continua de la calidad de la atención. 3. Velar por el cumplimiento de estándares de calidad en el funcionamiento de los centros de tratamiento, respecto a las condiciones de infraestructura y equipamiento, la composición del recurso humano destinado a la atención directa de personas usuarias, la oferta programática y las prestaciones mínimas esperadas, entre otras variables críticas del proceso de atención. 4. Asesorar en la intervención de casos clínicos específicos de los centros de tratamiento asesorados, reforzando los procesos de diagnóstico y evaluación integral y la implementación de planes de tratamiento individualizado (PTI), potenciando el análisis clínico al interior de los equipos. 5. Promover en los equipos tratantes el resguardo de la continuidad de cuidados de las personas usuarias, fortaleciendo la coordinación intersectorial y el trabajo en red. 6. Fomentar en los equipos de los centros de tratamiento una cultura de la evaluación de sus procesos y resultados, que favorezca la mejora continua de la calidad y la generación de evidencia local. 7. Promover en los equipos tratantes el oportuno y acucioso registro en Ficha Clínica, en el sistema de registro SISTRAT de SENDA y en otros sistemas que correspondan, fomentando la sistematización de la información, para el análisis, monitoreo y evaluación de procesos y resultados de tratamiento. 1.2. De la Modalidad de la Licitación El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, realizará la presente licitación en la modalidad de adjudicación múltiple, por línea de servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación múltiple, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero no más de uno por cada línea de servicio, cuando el oferente sea una persona natural que prestará el servicio por ella misma, esto es, presta el servicio personalmente. En el caso de personas naturales que no prestan personalmente los servicios, o bien en el caso de las personas jurídicas o uniones temporales de proveedores, podrán postular y adjudicarse más de una línea, siempre que el experto resida en la región correspondiente a cada una de las líneas. 1.3. Líneas de servicio Para todos los efectos legales, esta licitación está compuesta por las siguientes líneas de servicios y los respectivos montos máximos por año: LS Región Cantidad de centros a asesorar* Presupuesto 2019 Presupuesto 2020 (2 meses) (12 meses) Mínimo Máximo 1 Antofagasta 9 11 $1.400.000 $8.400.000 2 O´Higgins 9 11 $1.400.000 $8.400.000 3 Biobío 9 11 $1.400.000 $8.400.000 4 Araucanía 9 11 $1.400.000 $8.400.000 5 Metropolitana 9 11 $1.400.000 $8.400.000 6 Metropolitana 18 22 $2.800.000 $16.800.000 7 Metropolitana 18 22 $2.800.000 $16.800.000 8 Metropolitana 18 22 $2.800.000 $16.800.000 9 Metropolitana 18 22 $2.800.000 $16.800.000 *La nómina de centros de tratamiento a asesorar para cada línea de servicio, se establecerá una vez adjudicada la presente licitación pública, de acuerdo a los requerimientos presentados por el encargado de tratamiento de la correspondiente oficina regional de SENDA. Con todo, cabe señalar que, la cantidad de centros de tratamiento a asesorar en cada línea de servicio no podrá ser superior al número máximo ni inferior al número mínimo definido para cada línea de servicio. 1.4. Recursos disponibles Los recursos disponibles máximos por cada línea de servicio se encuentran desagregados por línea de servicio y año en el 1.3 de estas Bases. 1.5. Duración de los servicios El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y hasta el 31 de diciembre de 2020. Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del respectivo contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo.
2. ASPECTOS GENERALES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, así como Unión Temporal de Proveedores, que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. 2.1. Encargado del contrato: El encargado del proceso de contratación, será la jefatura del área de Tratamiento e Intervención, de SENDA, o quien lo subrogue o reemplace. 2.2. Cómputos de plazos. Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y festivos. En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se producirá al día hábil siguiente. 2.3. Etapas de la licitación pública. La presente licitación pública se realizará en una etapa, en la cual se procederá a abrir la oferta técnica y económica. 2.4. Modificaciones a las bases El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá modificar las presentes bases, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada totalmente tramitada y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a la licitación pública. En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. 2.5. Cronograma de actividades ACTIVIDAD PLAZO Plazo de presentación de antecedentes de idoneidad técnica Hasta el día 10 corrido, contados desde la fecha de publicación de las presentes bases a través del portal www.mercadopublico.cl Publicación del Acta de Evaluación de Idoneidad Técnica Hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de cierre de presentación de antecedentes de idoneidad técnica Consultas a las bases Hasta el día 3 corrido, contado desde la fecha de notificación del acta de evaluación de los oferentes preseleccionados. Respuestas a las consultas Hasta el día 3 hábil, desde la fecha el vencimiento para presentar consultas. Recepción de ofertas Hasta las 15:00 hrs. del día 11 corrido, contado desde la fecha de notificación del acta de evaluación de los oferentes preseleccionados. Apertura de las ofertas A las 15:01 hrs. del mismo día del cierre de la recepción de las ofertas. Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 30 días hábiles siguientes al cierre de las ofertas. Suscripción del contrato Dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica.
3. PRIMERA FASE DEL PROCESO DE LICITACIÓN IDONEIDAD TÉCNICA
3.1 Presentación de antecedentes de Idoneidad Técnica. La presentación de los antecedentes de Idoneidad técnica deberá realizarse hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado Público, www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. En esta fase, el servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol verificará la Idoneidad Técnica de los oferentes. Para ello, éstos deberán presentar el Anexo N°2 contenido en el acápite III de estas bases, certificado de título profesional, de grado académico certificación académica vinculada a post títulos y diplomados si cuenta con ellos. 3.2 Comisión evaluadora de la idoneidad técnica La evaluación de la Idoneidad Técnica, será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios(as): 1. Jefe(a) de la División Programática de SENDA o quien este(a) designe mediante memorándum. 2. Jefe (a) del Área de Tratamiento e Intervención de SENDA, o quien éste(a) designe mediante memorándum. 3. Un funcionario(a) del Área de Tratamiento e Intervención designado mediante memorándum por Jefe(a) del Área de Tratamiento e Intervención. En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del reglamento de la Ley N°19.886, la Comisión Evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en SENDA. La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad Técnica y dejará constancia de los siguiente: - Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad técnica. - Selección de los 3 oferentes por cada una de las líneas de servicio licitadas que hayan obtenido el puntaje más alto en la evaluación de la Idoneidad Técnica, según los criterios establecido en el 3.3. de las presentes bases. 3.3. Evaluación de la idoneidad Técnica (criterios) El proceso de evaluación de Idoneidad Técnica será interno y se aplicará una escala de puntos de 0 a 100 según la siguiente ponderación: Criterio Ponderación Título profesional y certificados de formación del profesional oferente. 40% Experiencia del profesional oferente en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de alcohol y otras drogas. 60% Para evaluar los criterios antes señalados, se considerará la siguiente pauta que permita asignar una nota de acuerdo al grado en que cada uno de estos criterios se describen en la propuesta: Criterio Definición Puntaje 1. Título profesional y formación de post títulos en intervenciones terapéuticas o el tratamiento de personas con consumo de alcohol y otras drogas Posee título profesional de psicólogo/a, trabajador/a social o terapeuta ocupacional y ha completado formación de dos o más diplomados y/o post títulos y/o post grados en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o en tratamiento de personas con problemas de consumo de alcohol y otras drogas 100 Posee título profesional de psicólogo/a, trabajador/a social o terapeuta ocupacional y ha completado formación en un diplomado o post título o post grado en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o tratamiento de personas con problemas de consumo de alcohol y otras drogas 75 Posee título profesional de psicólogo/a, trabajador/a social o terapeuta ocupacional, y no cuenta con diplomado ni post título ni post grados en temáticas de intervenciones terapéuticas en salud mental y/o tratamiento de personas con problemas de consumo de alcohol y otras drogas 50 No posee título profesional o éste no corresponde a psicólogo/a, trabajador/a social o terapeuta ocupacional 0 (Deberá declarase inadmisible) 2. Experiencia en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento por consumo de drogas o alcohol, en adultos y /o adolescentes Posee experiencia igual o superior a 5 años cumplidos en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de alcohol y otras drogas. 100 Posee experiencia de igual o superior a 3 e inferior a 5 años cumplidos en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de drogas o alcohol. 70 Posee experiencia igual o superior a 2 años e inferior a 3 años cumplidos en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de drogas o alcohol. 50 Posee experiencia igual o superior a 1 año e inferior a 2 años cumplidos en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de drogas o alcohol. 30 No posee experiencia o ésta es inferior a un año en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de drogas o alcohol. 0 (Deberá declarase inadmisible) No obstante, de obtener puntaje “0” en cualquiera de los 2 ítem, se declarará inadmisible la propuesta. La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad Técnica y dejará constancia de los siguiente: - Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad Técnica. - Selección de los 3 oferentes por cada una de las líneas de servicio licitadas que hayan obtenido el puntaje más alto y distinto, en la evaluación de la Idoneidad Técnica, según los criterios precedentemente señalados. - En caso de que en una línea de servicio se presentarán más de tres oferentes que obtengan un puntaje más alto y distinto, en la evaluación de idoneidad técnica, la Comisión evaluadora seleccionará los 3 oferentes de la línea de servicio licitadas que hayan obtenido el puntaje más alto y distinto, en el criterio experiencia del profesional oferente en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento para personas con consumo de alcohol y otras drogas. - Si luego de lo anterior, se mantuviese una cantidad mayor a 3 oferentes que obtengan un puntaje más alto y distinto, la Comisión evaluadora seleccionará los 3 oferentes de la línea de servicio licitadas que hayan obtenido el puntaje más alto y distinto, en el criterio Título profesional y certificados de formación del profesional oferente. 3.4. Mecanismos de resolución de empates En caso de verificarse un empate en la calificación obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica: 1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio “Experiencia en intervención directa en proyectos o programas de tratamiento por consumo de drogas o alcohol, en adultos y /o adolescentes.” 2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio “Título profesional y certificados de formación del profesional oferente”. 3. Si pese a los mecanismos para dirimir empates aún existiera un empate entre dos o más oferentes, se resolverá este, mediante la realización de un sorteo efectuado por la Comisión Evaluadora. 3.5. Publicación del acta de Evaluación de los oferentes preseleccionados. La publicación del acta de Evaluación de Idoneidad Técnica se realizará hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de cierre de Presentación de antecedentes de Idoneidad Técnica. 3.6. Recepción de Consultas Los proponentes sólo podrán formular sus consultas, a través del sitio www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros días corridos desde publicada el acta de evaluación de idoneidad técnica. Según lo indicado en el artículo N° 39 del reglamento de la ley N° 19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. 3.7. Respuestas a las consultas y aclaraciones La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl dentro de los 3 días hábiles siguientes del vencimiento del plazo para presentar consultas o aclaraciones señalado en el número anterior. Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la presentación de sus ofertas. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol , además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
4. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
4.1. Información General Toda oferta deberá incluir los antecedentes administrativos que se señalan en estas bases y los documentos de la propuesta técnica. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos será condición suficiente para rechazar la oferta en el acto de apertura y declararla inadmisible. Asimismo, si se comprueba la falta de presentación de los antecedentes señalados en forma posterior al acto de apertura, la oferta en cuestión no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación, y será declarada inadmisible. Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato Word, en el portal www.mercadopublico.cl. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de condiciones a toda la documentación referida. La oferta que no cumpla con acompañar cualquiera de los requisitos administrativos exigidos en la forma prevista en el número 4.4 de estas bases de licitación, será declarada inadmisible, quedando, por tanto, fuera de la presente licitación pública. 4.2. Fecha de recepción de antecedentes Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación dentro del undécimo día corrido contado desde la fecha de notificación de la preselección a través del portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00 horas del undécimo día. En caso de que el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha del cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora. En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl, durante este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recepcionadas en soporte papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 2, Santiago Centro), de lunes a viernes entre las 9:00 y las 15:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo establecido en el N° 2 del artículo 62 del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004. Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas técnicas en soporte papel que adjunten un certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública. 4.3. Número de ofertas Los oferentes podrán ofertar respecto de una, varias o todas las líneas de servicios de asesoría licitadas, que se individualizan en el número 3 de estas bases, pero sólo podrán adjudicarse una de ellas. En caso de postular y adjudicarse más de una, primará la adjudicación de la línea correspondiente a su domicilio. Cada oferente sólo podrá presentar una oferta por cada línea de servicio de asesoría a la que postule. Si un oferente presenta más de una oferta, para una misma línea de servicio de asesoría de la presente licitación, este Servicio Público entenderá como válidamente presentada únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl. 4.4. Antecedentes administrativos Una vez que los oferentes preseleccionados presenten sus ofertas y previo a la evaluación de las mismas, la División Jurídica de SENDA, revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la declaración jurada del Anexo 1 del acápite III de estas bases, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. La falta o no presentación de la referida declaración jurada, será causal para declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta. Sin perjuicio de lo anterior, este Servicio revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará asimismo si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, desestimándose las ofertas de aquellos oferentes que se encontraren en alguna de las antedichas situaciones, mediante la declaración de inadmisibilidad de las mismas. En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº 250, de Hacienda, de 2004. Si el oferente es una Unión Temporal de Proveedores, en caso que a alguno de sus le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. 4.5. Propuesta Técnica Los documentos para la propuesta técnica se presentarán por cada línea de servicio a la que se postule y deberán ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación, debiendo denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se deberá presentar el anexo N° 3 del acápite III de estas bases, denominado “Formulario de Presentación de Propuesta para Licitación 2019-2020 Servicios Personales Especializados Gestores de Calidad”. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 4.2 del acápite I de estas bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. 4.6. Propuesta económica El precio que señalen los Oferentes en su Oferta Económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos), expresados en pesos chilenos, de cada una de las líneas de servicio a la cual postule. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo adjunto los valores ofertados neto y bruto totales, así como también el impuesto al cual se encuentra afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo N° 4 del acápite III de estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta. Las ofertas económicas presentadas por un monto VALOR TOTAL BRUTO superior a las señaladas en cada una de las líneas de servicio de gestión intersectorial que se licitan, no serán objeto de evaluación y serán declaradas inadmisibles por SENDA. 4.7. De la validez de la propuesta La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de hasta 60 días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA. Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene la vigencia mínima de 60 días exigidos en estas bases.
5. EVALUACIÓN
5.1. La fecha de cierre de recepción de las ofertas será el día de vencimiento del plazo para la presentación de las mismas indicado en el número 4.2 precedente a las 15:00 horas, el cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica a la presente licitación, una vez publicadas las presentes bases en el referido portal. Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayere en día inhábil, se postergará la fecha de cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora. Apertura y evaluación de las ofertas. A las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de las ofertas, determinada de conformidad al número 4.2 del acápite I de estas bases, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas presentadas por los oferentes seleccionados en la etapa de Idoneidad Técnica, en esta la licitación. 5.2. De la Comisión Evaluadora Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por a lo menos tres funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes funcionarios: 1. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quién éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio. 2. Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio. 3. Jefe(a) del Área de Tratamiento e Intervención de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio. En cualquier caso, y conforme al inciso sexto del artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes: a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar constancia en el acta. b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas. c) Evaluar las Ofertas Económicas. d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl. e) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo siguiente: i. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. ii. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. iii. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio iv. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. v. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 5.3. Del Acta final de Evaluación De la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, así como de su propuesta de adjudicación, se levantará un acta que será suscrita por todos los miembros de la comisión. 5.3.1. Evaluación de la Propuesta Técnica La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión de Evaluación, la que analizará los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios establecidos a continuación: Ítem Ponderación parcial Nota Criterios Experiencia del proponente en tratamiento e intervención directa con personas con consumo problemático de sustancias. 35% 100 El postulante tiene cinco años o más de experiencia en el tratamiento y la intervención directa con personas con consumo problemático de sustancias. 75 El postulante tiene menos de cinco años y más o igual a tres años de experiencia en el tratamiento y la intervención directa con personas con consumo problemático de sustancias. 50 El postulante cuenta con experiencia en el tratamiento y la intervención directa con personas con consumo problemático de sustancias, pero ésta es inferior a tres años. 0 El postulante no cuenta con experiencia en el tratamiento y la intervención directa con personas con consumo problemático de sustancias. Formación en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad. 30% 100 Posee 100 horas o más de capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas a drogas y/o intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad. 75 Posee más de 50 horas y menos de 100 horas de capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas a drogas y/o intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad. 50 Posee capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas a drogas y/o intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad éstas son iguales o inferiores a 50 horas. 0 No posee capacitación durante los últimos 5 años en temáticas relacionadas a drogas y/o intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad. Posee experiencia en docencia y/o relatoría en temas de consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental. 15% 100 Experiencia como docente y/o relator en temas de consumo problemático de sustancias. 50 Experiencia como docente y/o relator en trastornos de salud mental. 0 Sin experiencia como docente y/o relator. Experiencia en coordinación de equipos y/o gestión de programas de la red pública y/o privada de tratamiento en convenio con SENDA. 20% 100 Experiencia de 3 o más años en coordinación de equipos y/o gestión de programas de la red pública y/o privada de tratamiento en convenio con SENDA. 75 Experiencia menor a 3 y más de 1 años en coordinación de equipos y/o gestión de programas de la red pública y/o privada de tratamiento en convenio con SENDA. 50 Experiencia menor a 1 año en coordinación de equipos y/o gestión de programas de la red pública y/o privada de tratamiento en convenio con SENDA. 0 Sin experiencia en coordinación de equipos y/o gestión de programas de la red pública y/o privada de tratamiento en convenio con SENDA. La suma de los puntajes ponderados obtenidos constituirá la nota de la propuesta técnica. A su turno, el puntaje será ponderado por el 95% asignado a la evaluación de la propuesta técnica. 5.3.2. Evaluación de la Propuesta Económica La nota o calificación de la evaluación económica se calculará con una regla aritmética de tres inversamente proporcional, otorgando un mayor puntaje a la propuesta más económica. Puntaje económico = OPM * 100 OE Donde: OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas OE: es el precio de la oferta evaluada 100: es el puntaje mayor La nota o calificación de la propuesta económica se ponderará con un 5%. 5.5. Nota Final La nota final que los oferentes obtengan por línea de servicio será ponderará con los siguientes valores: a. La evaluación técnica en un 95% b. La evaluación económica en un 5% Nota Final: (95% x Nota evaluación Técnica) + (5% x Nota evaluación económica). 5.6. Mecanismo para dirimir empates En caso que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica: 1.- Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación “Experiencia del proponente en tratamiento e intervención directa con personas con consumo problemático de sustancias”. 2.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Formación en temáticas de drogas, intervenciones terapéuticas y/o gestión de calidad”. 3.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Experiencia en coordinación de equipos y/o gestión de programas de la red pública y/o privada de tratamiento en convenio con SENDA”. 4.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “Posee experiencia en docencia y/o relatoría en temas de consumo problemático de sustancias y/o trastornos de salud mental”. 5.- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en la evaluación económica. 6.- Finalmente, si aplicados los criterios anteriores, se mantuviere el empate, se resolverá este mediante un sorteo realizado por la comisión evaluadora. 5.7. Rechazo de las ofertas. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea de servicio respectiva, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración deberá ser por acto administrativo fundado.
6. ADJUDICACIÓN
6.1. Selección del adjudicado Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes por cada una de las líneas de servicio en cuestión. 6.2. Causales para dejar sin efecto la adjudicación. El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales: a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el numeral 7.2 del acápite I de estas bases. b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos señalados en el número 7.3 del acápite I de estas bases. c. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, se desistiera de su oferta. d. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el número 7.1. del acápite I de estas bases. De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final en la línea de servicio respectiva, si dicha oferta es conveniente para los intereses de SENDA, o declarará desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. 6.3. Consultas a la adjudicación En caso que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública, quieran aclarar aspectos de la adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico al correo electrónico licitaciones@senda.gob.cl Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente licitación. Con todo, sólo se aceptarán consultas a la adjudicación dentro de los 5 días corridos siguientes a la fecha de la notificación de la resolución que adjudica la presente propuesta pública. Toda consulta que se realice con posterioridad a este plazo, se tendrá por no presentada.
7. CONTRATACIÓN
7.1. Del Contrato Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios, dentro de los 30 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica. El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la jefe(a) del Área de Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. 7.2. Inhabilidades para contratar. No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades: a) Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. b) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. c) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica. d) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará, en la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es conveniente para los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o declarará desierta la licitación o la línea de servicio, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 2, Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso. 7.3. Requisitos para contratar. Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, dentro del plazo para suscribir el respectivo contrato, la documentación que a continuación se indica para suscribir el contrato respectivo: 7.3.1. Todos los oferentes 1. Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. 2. Con el objeto de acreditar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años, el adjudicatario deberá acompañar un certificado vigente de Antecedentes Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo y una declaración jurada según el formato que a continuación se indica: En el caso que el adjudicatario tenga trabajadores contratados o los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica, debiendo seleccionar sólo una de las opciones especificadas: DECLARACION JURADA En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2019, don/doña ...................................................................................., representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que: a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a ………………………………. Firma: …………..………….. Nombre: …………..………….. RUT: ..………….…………. En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada según el formato que a continuación se indica: DECLARACION JURADA En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2019, don/doña ...................................................................................., representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que: La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo. Por lo tanto no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Firma: …………..………….. Nombre: …………..………….. RUT…………………………. En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 7.3.2. Documentos para Persona Natural: 1. Fotocopia del R.U.T. 2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar. DECLARACIÓN JURADA En Santiago de Chile, a ........ de .............. de 2019, don / doña: .............. ...................................................................................................................................., declara que: 1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° incisos primero y sexto, de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación de Servicios. 2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 3) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 4) No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973. Nombre: …………..………….. RUT: ..………….…………. Firma: …………..………….. 7.3.3. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): A. EN CASO DE SOCIEDADES: 1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente. 2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente. 3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda. 4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. 5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales. Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio en donde se inscribió la sociedad. B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES: 1. En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. 2. En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil. 3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. 4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda. 5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras públicas insertas en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo. 6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 7. Certificado de Composición de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. C. PARA AMBOS CASOS, además, en necesario adjuntar lo siguiente: Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir contratos. D. EN TODOS LOS CASOS: Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a continuación se indica. DECLARACION JURADA En Santiago de Chile, a..... de .............. de 2019, don/doña ...................................................................................., representante legal de………………………………………….…, RUT………………, viene en declarar que: 1) La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 2) La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 3) La entidad que representa no ha sido condenada de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 y 10 de la Ley Nº 20.393. 4) La entidad que representa, no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto Ley N° 211, de 1973 Firma: …………..………….. Nombre: …………..………….. RUT: ..………….…………. *Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las Universidades, Corporaciones o Fundaciones. 7.3.4. Documentos para Persona Jurídica Extranjera: 1. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. 2. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. 3. Deberá designar domicilio en Chile. 4. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. 7.3.5. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el caso, más el instrumento en el cual se formaliza la Unión, en donde debe constar a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes. Con todo, se hace presente, que a excepción del instrumento en el cual se formaliza la Unión Temporal, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl. Presentación de antecedentes Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, deberán ser presentados en la oficina de partes del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 2, comuna de Santiago. 7.4. Formalización del contrato. El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Si el adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. 7.5. Garantía de Fiel Cumplimiento Habiéndose ponderado el riesgo involucrado, las presentes bases, no contemplan la presentación de una garantía por fiel cumplimiento del contrato, quedando supeditado los pagos al cumplimiento efectivo de las tareas encomendadas y los informes respectivos. 7.6. De la aprobación del contrato. El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de dicho acto administrativo. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Con todo, en ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. 7.7. Duración del servicio. El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato, y se prolongará hasta el 31 de diciembre 2020. Durante este periodo, el contratista deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio en donde haya resultado adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo.
. DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS
8.1. Del pago El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pagará a los adjudicatarios las acciones de gestión de calidad a que se refiere el número 1.1. de estas bases, según la línea de servicio. De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, en las líneas de servicio N° 1, 2, 3, 4 y 5, el monto total máximo a financiar será de $1.400.000.- (un millón cuatrocientos mil pesos) para el año 2019 y de $ 8.400.000 (ocho millones cuatrocientos mil pesos) para el año 2020. En tanto, en las líneas de servicio N° 6, 7, 8 y 9, el monto máximo a financiar será de $2.800.000 (dos millones ochocientos mil de pesos) para el año 2019 y de $16.800.000 (dieciséis millones ochocientos mil pesos) para el año 2020. Cada una de las líneas se pagarán en 8 cuotas, (2 durante el año 2019 y las otras 6 restantes durante el año 2020, sujeto a disponibilidad presupuestaria) previa presentación y aprobación de los respectivos informes, los cuales deberán ser entregados en papel y con respaldo en formato digital, y la entrega por parte del oferente de la correspondiente boleta o factura extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9, debidamente visada por el área técnica que ha requerido el presente servicio. • La primera cuota correspondiente al 50% del valor total correspondiente al año 2019, se pagará previa presentación y aprobación de un primer informe que contenga acta de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA, la planificación de actividades con cronograma correspondiente al periodo noviembre -diciembre de 2019 y el diagnóstico preliminar de necesidades de asesoría de los centros de tratamiento a asesorar, que deberá presentarse en los últimos 5 días hábiles del mes de noviembre del 2019. • La segunda cuota, correspondiente al 50% del valor total correspondiente al año 2019, se pagará previa presentación y aprobación del segundo informe que contenga la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas con los centros, actas de visitas, acta de reunión de coordinación con encargado de tratamiento de SENDA y el diagnóstico de necesidades de asesoría de los centros de tratamiento a asesorar, que deberá presentarse los últimos 5 días hábiles del mes de diciembre de 2019. • La tercera cuota, correspondiente al 20% del valor total del año 2020, se pagará previa presentación y aprobación del tercer informe que contenga la planificación de actividades del periodo enero – abril de 2020, la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas y las actas de visita de asesoría que correspondan desde la entrega del informe anterior, actas de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA y el Plan de Trabajo 2020 acordado con cada uno de los centros, que deberá presentarse los últimos 5 días hábiles del mes de febrero de 2020. • La cuarta cuota, correspondiente al 15% del valor total correspondiente al año 2020, se pagará previa presentación y aprobación del cuarto informe que contenga la planificación de actividades del periodo mayo – agosto de 2020, la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas y las actas de visita de asesoría que correspondan desde la entrega del informe anterior, actas de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA, que deberá presentarse los últimos 5 días hábiles del mes de abril de 2020. • La quinta cuota correspondiente al 20% del valor total correspondiente al año 2020, se pagará previa presentación y aprobación del quinto informe que contenga la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas con los centros y las actas de visita que correspondan desde la entrega del informe anterior, actas de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA y el informe semestral de cumplimiento del plan de plan de trabajo 2019- 2020 de cada centro, que deberá presentarse los primeros 5 días hábiles del mes de julio de 2020. • La sexta cuota correspondiente al 15% del valor total correspondiente al año 2020, se pagará previa presentación y aprobación del sexto informe que contenga la planificación de actividades del periodo septiembre– diciembre de 2020, la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas con los centros y las actas de visita que correspondan desde la entrega del informe anterior y actas de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA, que deberá presentarse los últimos 5 días hábiles del mes de agosto de 2020. • La séptima cuota, correspondiente al 15% del valor total, se pagará previa presentación y aprobación del séptimo informe que contenga la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas con los centros y las actas de visita que correspondan desde la entrega del informe anterior y actas de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA que deberá presentarse los últimos 5 días hábiles del mes de octubre de 2020. • La octava y última cuota, correspondiente al 15% del valor total, se pagará previa presentación y aprobación del informe final que contenga la descripción de las actividades de asesoría desarrolladas con los centros y actas de visita que correspondan desde la entrega del informe anterior, actas de reunión de coordinación con encargado regional de tratamiento de SENDA y el informe de cumplimiento del plan de plan de trabajo 2020 de cada centro, que deberá presentarse a más tardar el 20 de diciembre de 2020. Sin perjuicio de lo anterior, los adjudicatarios deberán continuar ejecutando hasta el 31 de diciembre del año 2020, los servicios requeridos en la presente licitación. Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por parte del contratista de las facturas correspondientes, y la demás documentación correspondiente. Con todo, los pagos estarán condicionados a los recursos que para este Servicio Nacional contemple la Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2020. 8.2. De la aprobación de los informes. Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al siguiente procedimiento: Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte Técnica, dispondrá de un plazo de 8 días hábiles para hacer observaciones a cada uno de los informes, contados desde que éste haya sido recibido por parte de este Servicio. Si dentro de dicho plazo, SENDA, a través de la Contraparte Técnica no formula observaciones, éste se tendrá por aprobado. En caso de realizarse observaciones, el proveedor tendrá el mismo plazo anterior (8 días hábiles) para contestar las observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las indicaciones presentadas por el Servicio. Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se seguirá el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento que hayan transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se mantengan las observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado definitivamente y este Servicio se encontrará facultado para poner término anticipado al presente convenio. 8.3. Contraparte Técnica La labor de Contraparte Técnica del SENDA será realizada por el (la) Jefe(a) del Área de Tratamiento del SENDA, o el o los funcionarios que designe de dicha Área, sea del nivel central o regional, por línea de servicio. Serán funciones de esta Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Recibir y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases, planteando al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen convenientes, certificando la recepción conforme de éstos. b) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias. c) Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos y de los servicios contemplados. d) Solicitar en cualquier momento, información acerca de las actividades realizadas. e) Visar, previa aprobación de los respectivos informes, las boletas que hubiere presentado el oferente, para que se proceda al pago.
9. DEL CONTRATO
9.1. Cesión de contrato Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación. 9.2. Modificación Del Contrato Si con posterioridad a la suscripción del contrato, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo la eventual modificación del contrato, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 20% al originalmente propuesto. Toda modificación de contrato deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto administrativo, totalmente tramitado. Con todo, ninguna de estas modificaciones podrá desnaturalizar los servicios licitados y adjudicados. 9.3. Amonestaciones Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción mayor en el evento de reincidir. El SENDA podrá amonestar por escrito al contratista en el evento de dar cumplimiento tardío a la entrega de los informes, con un máximo de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos a los establecido en el 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases. 9.3.1. Procedimiento de aplicación de amonestaciones Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de amonestaciones por este Servicio, la jefatura del Área de Tratamiento de SENDA, o el, o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista mediante oficio los hechos que originan la amonestación. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida al domicilio del representante legal, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina de correos que corresponda. También podrá realizarse la notificación mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada por el contratista en el formulario de presentación de propuesta (anexo N°3 del acápite III de estas bases), comenzando a contarse el plazo desde el tercer día desde el envío. El contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, o, en su caso, el correo electrónico que se le envíe, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito, fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la amonestación, o que desvirtúen los antecedentes analizados por el SENDA. Con todo, si el contratista no presentare sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditados los hechos constitutivos de amonestación y se procederá a dictar el correspondiente acto administrativo que así lo declare. El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la amonestación quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal. 9.4 Multas El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol cobrará multas al contratista con quien celebre el contrato, relacionadas con incumplimientos por parte de éste, aplicables en los siguientes casos: (1) Incumplimiento de obligaciones contempladas en el contrato: 0.5 Unidades de Fomento por cada ocasión que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol deba representarle tal hecho, a excepción de las establecidas en el 8.1 de las presentes Bases. (2) Dar cumplimiento tardío, después de 5 días hábiles desde el vencimiento de los plazos a los establecido en el 8.1. “Del pago”, de las presentes Bases: 0.3 Unidades de Fomento por cada día hábil de atraso, no pudiendo exceder el atraso en más de 10 días hábiles contados desde la fecha establecida en el 8.1. de entrega de los informes, en cuyo caso, procederá el término anticipado del contrato. 9.4.1 Procedimiento de aplicación de multas: En el caso de que se detecte una situación como las anteriormente mencionadas, que amerite la aplicación de multas, se aplicará el siguiente procedimiento: a) La jefatura del Área de Tratamiento de SENDA, o el, o los funcionarios que ella designe, notificará por escrito al adjudicatario dicha circunstancia, indicando los hechos que originan la multa y su monto. Las notificaciones que se efectúen al adjudicatario en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de despachada la carta por Correo. b) El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que acrediten fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas. En esa misma oportunidad, podrá solicitar rebaja de los montos de las multas. Si el adjudicatario no presenta sus descargos en el plazo señalado, la multa quedará afirme, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. c) Si se han presentado descargos oportunamente, el Director Nacional dispondrá de cinco días hábiles contados desde la recepción de los descargos para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al adjudicatario. d) El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el Director Nacional, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles contados desde la recepción del recurso para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el adjudicatario no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará afirme, dictándose la pertinente resolución, por parte de la Dirección Nacional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Dichas multas no se aplicarán si el incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza mayor, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados. El Contratista podrá pagar la multa directamente, si el proveedor no paga directamente la multa, el SENDA estará facultado para deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que corresponda efectuar. 9.5. Del término anticipado del contrato El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que acaeciere alguna de las siguientes circunstancias: a) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. b) Si el contratista fuere declarado en quiebra o si éste cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de autoridad que hagan imperativo terminarlo. e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista, por ejemplo, incumplimiento de la elaboración de documentos técnicos, prácticas que interfieran gravemente en la coordinación intersectorial, incumplimiento reiterado de actividades programadas por razones que son imputables al contratista, entre otras. f) Atraso de más de 10 días hábiles de los informes previstos en el 8.1. de las presentes Bases, o bien, cuando habiéndolos entregado dentro del plazo, estos hubieren sido rechazados definitivamente por SENDA, agotado el procedimiento de aprobación previsto en el número 8.2. del acápite I de estas bases. g) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, y no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento o su contenido, ya sea al momento de la presentación de la oferta, la suscripción del contrato o durante la ejecución de los servicios, lo anterior sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder. 9.5.1. Procedimiento del término anticipado de contrato. Si analizados los antecedentes se determina la aplicación del término anticipado por este Servicio, la jefatura del Área de Tratamiento de SENDA, o el, o los funcionarios que ella designe, le comunicará al contratista, mediante oficio, los hechos que originan el término anticipado parcial o total del contrato. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se realizarán mediante carta certificada dirigida a su domicilio, comenzando a contarse los plazos a partir del tercer día después de recibida en la oficina de correos que corresponda. El contratista dispondrá de 10 días hábiles contados desde que se le haya notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante SENDA, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan el término anticipado o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá al término anticipado total o parcial, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si el contratista ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. El contratista podrá, sin perjuicio de los demás recursos contemplados en la ley N° 19.880, presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de diez días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60 del mismo cuerpo legal. En caso de verificarse alguna de las causales señaladas, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, podrá, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
ACÁPITE II BASES TÉCNICAS
Introducción Pensar en calidad y en desarrollar procesos que nos permitan la mejora de ésta nos impone el importante desafío de ir más allá de entregar un servicio, centrándonos en los procesos de atención y sus resultados, en la satisfacción usuaria y en la eficiencia del uso de recursos, considerando además la responsabilidad que cabe respecto del adecuado uso de los recursos públicos, entre otros aspectos. Nos insta a una actitud proactiva para prevenir y resolver oportunamente dificultades, poniendo el énfasis en otorgar el mayor beneficio posible en la atención de los usuarios y prevenir que se incrementen los riesgos. Es decir, no solamente focalizarse en las problemáticas pasadas, sino también asegurar los cuidados efectivos en el futuro. La calidad debe comprenderse, por lo tanto, desde una perspectiva multidimensional. Relevar la importancia de la calidad y la gestión de la calidad en los procesos de intervención en el ámbito de la salud, implica acoger un mandato de carácter ético. La intervención sanitaria demanda reconocer al sujeto tanto en su vulnerabilidad como respecto de sus recursos y potencialidades y exige la búsqueda de una atención de excelencia: “la salud es una de las condiciones más importantes de la vida humana y un componente fundamental de las posibilidades humanas que tenemos motivos para valorar” . La intervención centrada en las personas no puede hacerse sin mediar la reflexión crítica de la organización respecto de qué es lo bueno, lo justo y cuáles son las estrategias, metodologías y acciones específicas para su consecución. De este modo, el objetivo central de la Gestión de Calidad es desarrollar progresivamente una cultura de la calidad en los equipos de atención, a través de la entrega de herramientas específicas que permitan revisar la propia práctica, identificando los nudos críticos y las fortalezas en el funcionamiento y gestión de los programas de tratamiento. SENDA y MINSAL preocupados por una atención de calidad en el contexto de la red de centros y programas de tratamiento y rehabilitación del consumo problemático en el marco de este convenio, incorpora a través de este documento, la gestión de la calidad de la atención en el desarrollo de programas de tratamiento en convenio e incluye como mecanismos esenciales en este proceso: la asesoría y la evaluación. Antecedentes Calidad en salud se entiende como “condición de la organización sanitaria que, de acuerdo a una caracterización y normativa claramente definidas dentro de un sistema, permite cumplir funciones bien realizadas y seguras, que cubren satisfactoriamente las expectativas, requerimientos y necesidades de los usuarios, con recursos optimizados y equitativamente distribuidos” La calidad se configura a partir de un conjunto de dimensiones , a saber: DIMENSIONES DEFINICIÓN Accesibilidad Es la facilidad con que la persona usuaria obtiene la atención sanitaria en relación con los aspectos (barreras) organizacionales, económicos y culturales. Es importante saber si la atención llega a quién la necesita y cuando la necesita. En esta dimensión es relevante reconocer que las barreras existen, identificarlas y medirlas, implementar soluciones creativas e innovadoras para resolverlas y mantener (institucionalizar) las soluciones, si ellas resultan útiles. Oportunidad Es la prestación de servicios, en condiciones adecuadas, cuando la persona lo necesite, sin tiempos de espera, que excedan lo técnicamente indicado. Considera definir estrategias para el manejo de las listas de espera. También la oportunidad se refiere a recibir atención de salud en estadios precoces de la manifestación del problema. Derechos de las personas usuarias Se refiere a todos aquellos aspectos relativos al respeto a la dignidad de las personas y al respeto a las normativas legales que surgen de los procesos de atención y de la condición de persona. Entre otros aspectos considera el control de la distribución y difusión de la información y datos personales a los que se accede en el marco del proceso de atención, a través del cuidado en el manejo de los “datos sensibles” registrados en documentos escritos y en la divulgación oral de la información. Considera también el correcto desarrollo del proceso de consentimiento informado que reconoce la autonomía de las personas usuarias respecto de su tratamiento, el acceso a la información suficiente y adecuada para la toma de decisiones y el resguardo de la privacidad y confidencialidad de la información generada en el marco del proceso de atención. Todo lo anterior en el marco del trato respetuoso y considerado. Calidad técnica o competencia profesional Hace referencia a la capacidad de los integrantes del Equipo de Salud de utilizar el más avanzado nivel de conocimientos, habilidades, destrezas y juicio profesional para abordar los problemas de salud y brindar satisfacción a la persona usuaria, entre otros considera la calidad del diagnóstico, tratamiento y seguimiento. Contempla el ejercicio ético de la profesión, la calidad de las relaciones interpersonales al interior del equipo, como con las personas usuarias, sus familias y otros actores vinculados al proceso de atención Continuidad La continuidad es la atención integral de las personas en un sistema integrado, es decir, que la atención se provea de forma ininterrumpida y coordinada entre los diferentes programas e instituciones, considerando el episodio de la trayectoria en que se encuentre cada persona. Implica comprender que el logro de los resultados terapéuticos trasciende a los límites de un programa o dispositivo específico, que requiere del tránsito de la persona por una RED de atención articulada, considerando: • Atención permanente y sin interrupciones dentro de un mismo programa. • Atención sin interrupciones, entre diferentes niveles de atención del sistema • Atención sin interrupciones dentro del sistema, a lo largo del curso de vida de la persona • Atención paralela en distintos dispositivos sanitarios en respuesta a la multiplicidad de necesidades de salud que pueda presentar una persona. • Continuidad dada por la calidad de la información que se transfiere en los procesos de derivación • Coordinación intersectorial Efectividad Es la medida en que una determinada atención, mejora el estado de salud del que la recibe, logrando los mejores resultados posibles con los recursos disponibles. Eficiencia Se refiere a otorgar el mayor beneficio posible, al menor costo razonable. Vincula calidad y costo y plantea saber calcular costos reales y estar conscientes de que, si los costos se disminuyen bajo cierto límite, ello puede terminar alterando la calidad del servicio. Satisfacción Usuaria Se define como la medida en que la atención sanitaria y el estado de salud resultantes cumplen con las expectativas de las personas. Se trata de tener en cuenta la manera en que la atención es percibida por el usuario y sus reacciones como consecuencia de ello. Considera la adaptación de la atención a las expectativas, deseos y a los valores de las personas usuarias. Algunos factores que inciden en el grado de satisfacción son la edad de la persona usuaria, el estado físico y mental previo a la atención, experiencias previas en el sistema, la accesibilidad a la atención, la información recibida, la organización de la atención, la competencia profesional percibida, la mejoría de la salud percibida, etc. Seguridad Eliminación y/o reducción de riesgos, accidentes, infecciones, efectos perjudiciales vinculados a la prestación del servicio, tanto para la persona usuaria como para el prestador. Comodidades, Amenidades o Confort Esta dimensión incluye todas las condiciones ambientales en que un servicio se otorga. Considera salas de espera confortables, amplias, ventiladas, iluminadas, con asientos adecuados, boxes bien habilitados, que respeten la privacidad de la atención, condiciones de calefacción apropiadas, manejo de la contaminación acústica, mantenimiento y aseo. En relación con lo anterior y considerando lo planteado por las OMS , la valoración y comprensión de la calidad de atención en salud involucra una variedad de perspectivas, de acuerdo a los distintos actores que participan en el proceso y sus diferentes percepciones. A saber: • Desde la perspectiva de la persona usuaria y su familia, por ejemplo, aspectos tales como la amabilidad y disponibilidad de tiempo de la persona tratante, las características físicas del sitio en donde recibe la atención, el tiempo que transcurre entre el momento en que solicita el servicio y efectivamente lo recibe, y los resultados y las complicaciones del proceso, son características que puede evaluar fácilmente y que, por lo tanto, determinan su valoración de la calidad. • Desde la perspectiva del prestador, la valoración de la calidad puede centrarse en los aspectos científicos, técnicos y tecnológicos involucrados en el proceso, tales como certificaciones y experiencia de los profesionales y la tecnología disponible. • Desde la perspectiva del pagador del servicio, la característica que más valora es la eficiencia, es decir, lograr el mayor beneficio al menor costo. En este marco es fundamental evaluar la calidad y se han establecido cuatro principales razones de por qué es importante medirla : a) Para ayudar a los/las usuarios/as a realizar elecciones informadas sobre su salud; b) Para ayudar a los/as usuarios/as y equipos a tomar decisiones informadas sobre los planes terapéuticos; c) Para ayudar a los equipos a mejorar la atención que prestan; d) Para proporcionar información a los procesos de decisión económica. Por otro lado, la gestión en calidad en salud ha sido definida como un conjunto de acciones sistematizadas y continuas destinadas a prevenir y/o resolver oportunamente, problemas o situaciones que impidan otorgar el mayor beneficio posible o que incrementen riesgos de los usuarios. Dentro de estas acciones, se enfatiza en la evaluación, monitoreo, diseño, desarrollo y cambio organizacional, como herramientas puestas a disposición de los equipos de salud para el mejor cumplimiento de su misión y objetivos. La gestión entonces, permite incrementar la eficiencia y la calidad de las prestaciones sanitarias otorgadas en los centros y programas de tratamiento; disminuir la variabilidad de la práctica clínica; mejorar la efectividad y la eficiencia en la toma de decisiones; usar los recursos de salud en servicios con valor demostrado para la mejora de salud de las personas e incorporar a los profesionales en la gestión de los recursos utilizados en su propia práctica y, a fin de mejorar la efectividad de las decisiones; entre otros. Un sistema de gestión de calidad se concibe en el marco del desarrollo de procesos de mejora continua , que se refiere al hecho de que nada puede considerarse como algo terminado o mejorado en forma definitiva. Estamos siempre en un proceso de cambio, de desarrollo y con posibilidades de mejorar; en busca permanente de la excelencia del servicio y los procesos que lo sustentan. Estos procesos no son estáticos, sino más bien son dinámicos en constante evolución. Y este criterio se aplica tanto a las personas, como a las organizaciones y sus actividades. El esfuerzo de mejora continua, es un ciclo, a través del cual identificamos un área de mejora, planeamos cómo realizarla, la implementamos, verificamos los resultados y actuamos de acuerdo con ellos, ya sea para corregir desviaciones o para proponer otra meta más retadora. Este ciclo permite la renovación, el desarrollo, el progreso y la posibilidad de responder a las necesidades cambiantes de nuestro entorno, para dar un mejor servicio o producto a nuestros usuarios. Los siguientes capítulos describen los dos mecanismos esenciales que MINSAL, SENDA, han definido para la gestión de la calidad de los programas de tratamiento de drogas y alcohol: la asesoría y la evaluación. I.- SISTEMA DE ASESORÍA A LOS EQUIPOS DE CENTROS Y PROGRAMAS DE TRATAMIENTO Y REHABILITACIÓN Se entenderá la Asesoría como un proceso de acompañamiento al equipo tratante, que consiste en brindar orientación y apoyo mediante la sugerencia y/o la entrega de información relevante y atingente al tratamiento y los procesos asociados a éste. Es un proceso que fomenta la capacidad reflexiva de los equipos respecto a su práctica de manera participativa, facilitando la detección de problemas, así como el acompañamiento en la resolución de éstos, el reconocimiento y reforzamiento de actividades bien ejecutadas y la propuesta de soluciones correctoras atingentes, cuando corresponda. En el marco del presente Convenio, esta asesoría es un proceso continuo dirigido específicamente a proveer apoyo técnico a los equipos ejecutores de los programas de tratamiento y rehabilitación del consumo problemático de alcohol y otras drogas, con el objetivo de promover el desarrollo de competencias técnico-clínicas, favorecer la coordinación y trabajo en red y fortalecer la organización de los programas y equipos de tratamiento, a fin de contribuir al mejoramiento continuo de la calidad de la atención brindada a las personas usuarias, de acuerdo a sus necesidades y recursos. OBJETIVOS GENERALES o Contribuir a la mejora continua y progresiva de los programas de tratamiento, favoreciendo el desarrollo de una cultura de la calidad en los equipos. o Orientar y apoyar a los equipos en el diseño, implementación y desarrollo de un programa de tratamiento y rehabilitación del consumo problemático de alcohol y otras drogas, resolutivo y de calidad. Objetivos específicos o Contribuir al desarrollo de destrezas, habilidades y competencias de los equipos, que permitan mejorar las distintas dimensiones de un servicio de calidad. o Promover y fortalecer el desarrollo de estrategias terapéuticas eficaces para el proceso de recuperación de las personas usuarias. o Favorecer la formación continua, la trasferencia e intercambio de tecnologías y herramientas de acuerdo a las necesidades de los equipos. o Favorecer en los equipos la reflexión crítica de sus prácticas, a fin de reforzar aspectos positivos y superar aquellos deficitarios. o Promover la perspectiva de autocuidado y cuidado de los equipos o Facilitar la continuidad de los cuidados de los/las usuarios/as a través del fortalecimiento y la gestión efectiva de la red de tratamiento y de salud general RESPONSABLES La responsabilidad de la implementación del Sistema de Asesoría recae en el equipo conformado por el Gestor de Calidad de SENDA Regional y un Profesional de la Unidad de Salud Mental del Servicio de Salud correspondiente, quienes en conjunto con el equipo de cada centro deben acordar un plan de trabajo anual. Para resguardar el desarrollo continuo de lo planificado, este equipo establecerá la metodología que permita que la ausencia de alguna de las partes asesoras, no dificulte el normal desarrollo del proceso de Asesoría y la obtención de resultados y productos. Para lo anterior, se requiere que la dupla asesora durante el primer trimestre del año elabore una planificación escrita de visitas de asesoría que contenga el centro o programa a visitar, número de visitas planificadas y de éstas, aquellas que se realizarán en conjunto, de acuerdo a la priorización que realice la dupla. La conformación del equipo asesor permite complementar aproximaciones desde la atención, la intervención y la red como apoyo al desarrollo de cada programa, en las cuales también se incorpora y se integra la diversidad regional. ORGANIZACIÓN DE LA ASESORÍA Para el desarrollo de este proceso se requiere inicialmente la planificación conjunta entre el equipo del programa y el equipo asesor de los siguientes aspectos: 1. Co construcción de un plan de trabajo para el año, que incluye contenidos, metas, resultados y productos a lograr, con sus respectivos plazos. Éste debe ser formulado en los tres primeros meses del año (o tres meses desde el inicio de la ejecución del convenio) y firmado por el equipo asesor y el Encargado del Programa de Tratamiento. Servirá como insumo para el punto de partida de este plan entre otros elementos, la pauta de Evaluación aplicada el año anterior, si corresponde. 2. Definición de estrategias de coordinación para el desarrollo de la asesoría, estructurando un cronograma de reuniones y actividades 3. La evaluación de cumplimiento del plan de trabajo, realizada en función del cronograma con una periodicidad definida por el equipo asesor y el centro o programa de tratamiento, debiendo al menos realizarse una evaluación semestral, con corte a Junio y a diciembre. 4. El monitoreo de los resultados de tratamiento, que contemple entre otras variables: retención de usuarios, tiempos de espera, logro terapéutico, etc. debiendo al menos realizarse una primera evaluación en julio de cada año y una segunda evaluación en enero de cada año, considerando el periodo Enero – Junio y Enero – Diciembre, respectivamente. Cabe destacar que esta planificación inicial puede ser modificada, según acuerdo entre las partes y/o situaciones emergentes, tales como observaciones realizadas a partir de la supervisión de centros o programas de tratamiento, sean estas conducentes a multas o sanciones, o no. METODOLOGÍA La implementación de la asesoría requiere de la construcción de una alianza de trabajo con los equipos de los centros o programas prestadores que facilite el cumplimiento de los objetivos de la gestión de calidad. Esta Asesoría se desarrolla, por un lado, a través de contactos y visitas programadas y acordadas previamente con los equipos de los centros o programas, además de otros contactos según los objetivos del plan, el diagnóstico de necesidades, los insumos entregados por la evaluación y otros elementos emergentes, abordándose aspectos y/o necesidades de desarrollo particulares de dicho centro o programa. La frecuencia de la Asesoría deberá ser definida considerando las fortalezas y debilidades que presenta cada centro en particular. Se espera que la frecuencia mínima de estas actividades no sea inferior a un periodo de dos meses, debiendo intensificarse en aquellos casos en que se presentan mayores necesidades de desarrollo y/o deficiencias Así mismo, dicha asesoría se desarrolla además mediante reuniones, ampliadas con un grupo de centros, o bien reuniones de red; con una frecuencia definida de acuerdo a las necesidades particulares detectadas. Es importante señalar que existen aspectos que pueden ser pesquisados en los procesos de asesoría que requerirán el involucramiento de actores distintos a la dupla asesora y el equipo técnico del Programa para su abordaje, por ejemplo, el Encargado de Tratamiento de SENDA, el Encargado de Salud Mental del Servicio de Salud, el Director Regional de SENDA, el Director del Servicio de Salud, el representante legal de una entidad privada, el Director de Salud de la respectiva Municipalidad, entre otros. Para lo anterior, se requiere que la dupla asesora ponga en conocimiento de sus respectivas jefaturas la necesidad, quienes serán los responsables de organizar las acciones correspondientes y el seguimiento de éstas. Sumado a lo anterior, la dupla asesora debe mantener el proceso de asesoría de acuerdo a lo planificado en los ámbitos que le competen. Cada una de las actividades de asesoría tiene que ser registrada en el documento denominado Registro de Asesoría, (el cual será proporcionado por SENDA AL ADJUDICATARIO), con el propósito de disponer de información de este proceso y retroalimentar al equipo tratante. La asesoría considera, entre otras actividades: • Acompañamiento en la instalación y desarrollo del programa terapéutico, que permita: o Anticipar dificultades potenciales en el desarrollo del programa de tratamiento. o Identificar necesidades de formación y capacitación de los equipos, relevando su importancia y canalizándolas en los niveles pertinentes. o Identificar y reforzar los aciertos en la intervención y en la implementación de los programas • Discusión, análisis y reflexión de elementos teóricos que sustentan los modelos de intervención que guían la acción de los equipos y cómo éstos se operacionalizan en metodologías específicas de intervención. • Discusión y análisis de casos clínicos, con el propósito de facilitar la reflexión interdisciplinaria y la construcción conjunta de alternativas de resolución de dificultades en un proceso de tratamiento. • Promoción de prácticas de autocuidado y cuidado de equipo de manera continua, que promuevan el bienestar del equipo, así como la detección y abordaje temprano de situaciones de agotamiento y sobrecarga. • Apoyo en gestiones de redes, flujos de derivación y coordinación intersectorial, tanto para acciones que se abordan en redes sanitarias como aquellas de carácter psicosocial. • Lectura y análisis de documentos, investigaciones, papers o artículos relacionados con las inquietudes y necesidades de formación del equipo u otro tipo de gestiones que permitan acceder a conocimientos, experiencias u otros profesionales expertos en materias específicas. • Apoyo en el uso sistemas de registro y análisis de información; relevando la importancia del mismo para la gestión del programa. • Asesoría y apoyo al centro de tratamiento en el monitoreo permanente de los resultados de tratamiento y las acciones de corrección necesarias. Entre las temáticas que se sugiere abordar en este proceso de asesoría están:  Gestión general del programa (actualización del programa terapéutico, sistemas de registro clínicos, flujograma de atención, procedimientos de referencia y contrareferencia, entre otros).  Diagnóstico integral.  Plan de tratamiento individual.  Integración de enfoque de género e intercultural en el programa.  Integración de enfoque evolutivo y ciclo vital.  Desintoxicación, gestión de riesgos, prevención de recaídas.  Comorbilidad  Instrumentos de diagnóstico.  Estrategias motivacionales  Técnicas de intervención individual y grupal  Intervención con familias  Estrategias de apoyo a la integración social.  Trabajo en equipo interdisciplinario.  Estrategias de autocuidado y cuidado de equipos a nivel individual, de equipo e institucional  Estrategias de Trabajo en Red, complementariedad e integración de la intervención.  Integración de Enfoque comunitario territorial.  Conceptos y Estrategias de intervenciones especializadas para población en conflicto con la ley (enfoque criminológico, comprensión del circuito judicial, efectos de prisionización, etc.).  Integración de la perspectiva de derechos de los/las usuarios/as y orientaciones para su ejercicio.  Estrategias de reducción de estigma.  Marco Normativo MINSAL y Aspectos legales relativos al tratamiento.  Manejo de contingencias y casos críticos, incluyendo situaciones de riesgo suicida  Aquellos elementos de gestión del programa que inciden en la intervención: infraestructura, conformación del equipo, protocolos y procedimientos, registro y análisis de datos, entre otros. DETECCIÓN DE SITUACIONES CRÍTICAS Durante el desarrollo de los programas de tratamiento y rehabilitación en los diferentes centros, se pueden presentar distintas situaciones problema que por su persistencia en el tiempo o la gravedad que revisten, se constituyen en críticas y requieren una estrategia de resolución de mayor complejidad. Estas situaciones pueden ser detectadas en el contexto del desarrollo de la asesoría, como también pueden ser señaladas o evidenciadas en otras instancias y/o por otra/s persona/s relacionada/s con el programa de tratamiento (usuarios, familiares, u otros organismos vinculados, etc.), procesos de supervisión (conducentes a multas o sanciones, o no) u otras. A su vez, pueden categorizarse en los siguientes ámbitos, entre otros: Ámbito Técnico – Clínico: corresponde a todo lo concerniente a los componentes específicos, directa e indirectamente relacionados con la entrega de la atención. Se distinguen: • Prácticas del equipo que conlleven detrimento en el clima organizacional. • Falencias en el desempeño del equipo (ausencia o registros incompletos. omisión de algún procedimiento diagnóstico o de intervenciones para el apoyo al proceso de cambio terapéutico, alta tasa de abandono, entre otras). • Negligencias que afecten la recuperación o pongan en riesgo la vida de la persona en tratamiento • Falencias en la coordinación intersectorial, que afecte los procesos de intervención y/o de continuidad de los cuidados. • Condiciones deficientes de infraestructura y/o falta de equipamiento para realizar una adecuada atención. • Falta de horas profesionales y/o técnicas que afecte el desarrollo y calidad de la ejecución del programa. • Otros. Ámbito Ético y de Derechos de las Personas Usuarias: incluye aspectos relacionados con el conjunto de normas éticas o morales que rigen la conducta profesional y humana, en el marco del respeto a los derechos de todas las personas y la especial protección de las poblaciones más vulnerables. La normativa vigente incorpora algunos elementos que buscan regular la relación entre las personas usuarias y los equipos de salud. En esta línea se incluyen, entre otras, las siguientes leyes y sus reglamentos: Ley 20.584 (Ley de Deberes y Derechos de las Personas en Relación con Acciones Vinculadas a su Atención en Salud), Ley 19.628 (sobre la Protección de la Vida Privada), Ley 20.422 (sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad), Ley 20.609 (sobre Medidas Contra la Discriminación), Ley 20.084 (Ley de Responsabilidad Penal Adolescente), Convención Internacional de los Derechos de Niños, niñas y Adolescentes y otros; todo esto sumado a los códigos deontológicos particulares definidos desde disciplinas biopsicosociales, que definen un marco general de acción para los diversos actores que se vinculan en el espacio de la intervención en salud. Especial atención debe prestarse a las siguientes situaciones, las que, a la luz del desarrollo de la dimensión ética y las normativas legales, constituyen conductas o acciones éticamente cuestionables, en tanto riesgo o abierta vulneración de los principios que sustentan los Derechos Humanos, tales como: • Discriminación de personas por condición de género, jurídica, etnia, problemas de salud, económicos u otros. • Establecimiento de transacciones comerciales entre integrantes del equipo y personas usuarias del programa de tratamiento y rehabilitación. • Establecimiento de relaciones que impliquen abuso de poder y que desvirtúe la relación terapéutica entre integrantes del equipo y usuarios. • Prácticas que vulneren la dignidad de las personas. • Uso de información confidencial levantada en el marco del proceso terapéutico, para fines distintos, sin el consentimiento libre, voluntario e informado de la persona usuaria. Utilización de estrategias éticamente cuestionables tales como chantaje, amedrentamiento, manipulación o coacción con la finalidad de obtener el consentimiento de la persona usuaria. PROCEDIMIENTO PARA EL ABORDAJE DE LA SITUACIÓN CRÍTICA Una vez detectada la situación crítica, se deberá analizar si ésta puede constituir un posible incumplimiento de contrato, conducente a multas y sanciones o al término parcial o total del contrato. Para ello, se deben revisar cada periodo los respectivos contratos, tanto con entidades públicas como privadas, así como las correspondientes Bases de Licitación en el caso de estas últimas. Si corresponde a incumplimiento conducente a multas o sanciones, se debe proceder a elaborar un Plan de Situaciones Críticas. Si se define que sí puede implicar un incumplimiento contractual, el Director Regional de SENDA deberá remitir inmediatamente conocida la situación, un Informe al jefe del Área de Control de Supervisión y Cumplimiento de Contratos de SENDA Nacional, con copia al Jefe del Área de Tratamiento e Intervención, que de cuenta de la situación pesquisada y de todos los antecedentes con que se cuente a ese momento. El jefe del Área de Tratamiento informará a la Mesa Nacional de Gestión del Convenio. Junto a lo anterior, se debe considerar si la situación crítica amerita un cese inmediato de la atención (por ejemplo, en caso de no contar con la respectiva autorización sanitaria), ante lo cual la Mesa Regional deberá definir todas las acciones a realizar a fin de garantizar la continuidad de los cuidados de los usuarios que se encontraban en atención hasta ese momento. Si la situación no implica un cese inmediato de la atención, se procederá a elaborar un Plan de Situaciones Críticas. Plan de Situaciones Críticas a. La dupla asesora en conjunto con el equipo del programa serán responsables de desarrollar un Plan de Situación Crítica, que debe especificar los objetivos, las estrategias y acciones de solución, los plazos y responsables. Se considera que los plazos del plan no deben exceder los dos meses. El Plan debe ser firmado por la dupla asesora y el director del programa (en el caso de los programas privados debe ser el director técnico consignado en la resolución sanitaria) e informado al representante legal y a la Mesa Técnica Regional. b. Una vez finalizado el Plan se debe elaborar un Informe de Evaluación de Resultados, el que debe explicitar de manera concluyente si se cumplieron o no los objetivos. Este Informe se enviará con copia al director técnico del programa, al representante legal de la entidad prestadora y a la Mesa Técnica Regional. b.1. Si se resuelve el o los problemas, este Informe de Evaluación de Resultados debe contener las soluciones implementadas y definir las estrategias de seguimiento para el mantenimiento de los logros y resultados en el contexto de continuidad del trabajo de asesoría, procediéndose al cierre del Plan de Situaciones Críticas. b.2. En caso de incumplimiento de los objetivos, el informe deberá señalar los motivos, las consecuencias y recomendaciones en relación a la situación crítica no resuelta y se deberá solicitar apoyo a la Mesa Técnica Regional. c. La Mesa Técnica Regional definirá si la situación es posible de resolver a nivel regional o si corresponde derivar al nivel nacional. c.1. Si es posible de solucionar a nivel regional, la Mesa Regional definirá nuevas estrategias y plazos para apoyar el cumplimiento del Plan y resolver la situación crítica inicial. El plazo para cumplir estas nuevas medidas no puede ser superior a un mes. Si con estas acciones la situación crítica se resuelve, se elaborará el Informe de Evaluación de Resultados (descrito en punto b.) y se procederá al cierre del Plan. Si con estas acciones la situación no se resuelve, se elaborará Informe de Situaciones Críticas, dirigido al nivel nacional. c.2. Si la Mesa regional define que no es posible resolver a nivel regional, derivará al nivel nacional, a través del Informe de Situaciones Críticas. El Informe de Situaciones Críticas (planteado en punto c.1 y c.2) será remitido por el Director Regional SENDA al Jefe del Área de Tratamiento e Intervención de SENDA nacional, quien derivará a la Mesa Nacional de Gestión del Convenio, para que evalúe y tome las medidas pertinentes de apoyo a la región. d. La Mesa Nacional de Gestión del Convenio analizará los antecedentes recibidos, solicitará acciones e información complementaria a la región cuando corresponda y considerando tanto aspectos técnicos como aspectos definidos en el contrato con el oferente, emitirá un pronunciamiento y de ser pertinente desarrollará estrategias con las entidades prestadoras, implementará una asesoría específica con la región y/o remitirá el caso a la Unidad de Cumplimiento de Contratos de SENDA.
ACÁPITE III ANEXOS
Disponibles como archivos adjuntos
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.