Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, de acuerdo con los siguientes Anexos:
Declaración jurada simple, de no estar sujeto a las inhabilidades del artículo 4 incisos 1° y 6° de la ley N°19.886 y que se aceptan las condiciones de confidencialidad (Anexo 1).
Acuerdo de confidencialidad (Anexo 2)
Declaración Jurada Simple de Aceptación de Bases (Anexo 3).
Identificación del oferente (Anexo 4).
Declaración Jurada Simple de Datos de Vale Vista (Anexo 12). En caso de corresponder.
Comprobante Oficial de recepción de Reglamento especial para empresa contratista y subcontratista de la JUNJI (Anexo 13).
Cláusula de proveedores de bienes y servicios de la JUNJI (Anexo 14)
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema.
En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, contenido en las presentes bases.