Licitación ID: 792899-3-LE21
Servicio de aseo DR Atacama
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION ESCOLAR, SUPEREDUC DIRECCION REGIONAL III
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio de Aseo, Desinfección, Desinsectación, Desratización y Sanitización de las dependencias y vehículos institucionales de la Dirección Regional de Atacama de la Superintendencia de Educación, para el período 2021-2023  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de aseo DR Atacama
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de aseo, desinfección, desinsectación, desratización y sanitización de las dependencias ubicadas en Calle Chacabuco N°681 piso 9, de la ciudad de Copiapó, Región de Atacama, y de los 03 vehículos institucionales que la institución posee para el ejercicio de sus funciones en la región, bajo la misma dirección. Según bases administrativas y técnicas anexas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION ESCOLAR
Unidad de compra:
SUPEREDUC DIRECCION REGIONAL III
R.U.T.:
61.980.220-9
Dirección:
Chacabuco N°681, piso 9
Comuna:
Copiapó
Región en que se genera la licitación:
Región de Atacama
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-07-2021 9:30:00
Fecha de Publicación: 02-07-2021 17:13:54
Fecha inicio de preguntas: 02-07-2021 17:31:00
Fecha final de preguntas: 08-07-2021 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2021 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-07-2021 9:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-07-2021 9:35:00
Fecha de Adjudicación: 20-07-2021 16:13:46
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno de carácter voluntaria 06-07-2021 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán presentar, a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de ofertas, los siguientes antecedentes administrativos. • Anexo N°1: Identificación del Oferente. El anexo tiene sólo carácter informativo para la Superintendencia. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado en el numeral 6.2 precedente. • Anexo Nº2: Formato de declaración jurada de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.1 precedente. En el caso de las uniones temporales de proveedores del numeral 6.2 precedente, cada uno de sus miembros deberá presentar este anexo. • Anexo N°3: Formato de Declaración Jurada de Inhabilidades, de acuerdo con la calidad jurídica del oferente. En caso de que éste no sea presentado al momento de ofertar, deberá ser presentado obligatoriamente en la oportunidad señalada en el numeral 18.1 “Requisitos para contratar” de las presentes bases administrativas. • En caso de oferentes persona jurídica: Documento que acredite la personería de su(s) representante(s) legal(es). Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, Chileproveedores, no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles. (*) Idealmente acompañar los anexos según formato de las presentes bases y debidamente firmado por el representante legal.
Documentos Técnicos
1.- Para efectos de evaluación técnica de las propuestas, el oferente deberá ingresar como Anexos Técnicos del portal www.mercadopublico.cl, al momento de presentar su oferta, un archivo o varios que contengan lo siguiente: a) Anexo N°5: Experiencia del Oferente. b) Anexo N°6: Remuneración Imponible Ofertada por Sobre el Ingreso Mínimo Mensual. c) Anexo N°7: Condición de Inclusión d) Anexo N°8: Mejores Condiciones Laborales (*) Idealmente acompañar los anexos según formato de las presentes bases y debidamente firmado por el representante legal.
 
Documentos Económicos
1.- El precio que ingresen los oferentes como Oferta Económica en el portal www.mercadopublico.cl es solo de carácter referencial. Para efectos de evaluación y determinación del valor efectivo del servicio, se considerará el valor ofertado en el Anexo N°4 de las presentes bases, expresado en pesos chilenos y en valor total (impuestos incluidos) por los 24 meses. Adicionalmente se requiere que el oferente adjunte el Anexo 4 A “Cotización Servicios Referencial” en caso de requerir servicios adicionales o modificación del contrato. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y en general, todo en cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado a la propuesta o durante su cumplimiento. En caso que los proponentes no presenten su propuesta económica o no ingrese el Anexo N°4 A “cotización de servicios referencial”, omitan información o ésta sea parcial en términos que la hagan ininteligible, no serán evaluados y la oferta será declarada inadmisible. Asimismo, en caso de que se oferte en un indicador económico nacional, distinto al peso chileno, para efectos de evaluación, la conversión se realizará al valor observado del Banco Central a la fecha de cierre de la recepción de ofertas, lo cual, en la eventualidad de resultar adjudicado, serán los valores en pesos chilenos los que se consideren para determinar el valor total del contrato. (*) Idealmente acompañar los anexos según formato de las presentes bases, para una mejor revisión, y debidamente firmado por el representante legal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Según numeral 14.2.1 de las bases administrativas anexas. 60%
2 Cumplimiento de los requisitos formales Según numeral 14.2.3 de las bases administrativas anexas. 5%
3 Oferta Económica Según numeral 14.2.2 de las bases administrativas anexas. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22-08-001
Monto Total Estimado: 43200000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Monica Cabello Gómez
e-mail de responsable de pago: monica.cabello@supereduc.cl
Nombre de responsable de contrato: Monica Cabello Gómez
e-mail de responsable de contrato: monica.cabello@supereduc.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-32431098-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Educación
Fecha de vencimiento: 21-09-2023
Monto: 5 %
Descripción: El oferente adjudicado deberá presentar, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación, una boleta de garantía bancaria, vale vista, depósito a plazo, póliza de seguro o certificado de fianza, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles al plazo de vigencia del respectivo contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del adjudicatario, de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley N°19.886. Asimismo, se podrá hacer efectivo el documento de garantía en caso de incumplimiento del pago de las remuneraciones legales y ofertadas por el contratista para los trabajadores que prestarán el servicio que por este acto se licitan. Esta caución deberá ser extendida a nombre de la Superintendencia de Educación, RUT 61.980.220-9, por un monto igual al 5% del valor total del contrato, en pesos chilenos. La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y tomada por uno o varios integrantes del oferente adjudicado. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho documento se indique la individualización del oferente adjudicado.
Glosa: Garantía Contrato Licitación Pública Aseo Superintendencia de Educación Región Atacama
Forma y oportunidad de restitución: La Dirección Regional hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato cuando corresponda, una vez finalizada su vigencia, o una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores al plazo de vigencia del contrato, previa recepción conforme de los bienes o servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello la Contraparte Técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación. Lo cual requerirá previa presentación por parte del proveedor, del certificado que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final, entre dos o más oferentes, se seleccionará de acuerdo con la siguiente secuencia:

a)     El oferente que obtenga mayor puntaje en el criterio oferta técnica.

b)     De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en la Oferta económica.

c)     De persistir el empate, al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio Cumplimiento de requisitos formales.

d)     De persistir el empate. Al oferente que obtenga el mayor puntaje en el sub criterio, remuneración imponible a los operarios.

e)     De persistir el empate. Al oferente que obtenga el mayor puntaje en el sub criterio, experiencia del oferente.

f)      De persistir el empate. Al oferente que obtenga el mayor puntaje en el sub criterio, condiciones de inclusión.

En caso de que se hubieren aplicado todos estos criterios y aun así se mantuviera el empate, se optará por adjudicar a la propuesta que primero se hubiere ingresado al portal.


Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

La Superintendencia podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, quienes contarán con un plazo de 24 horas siguientes de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.(Estos errores u omisiones formales, sólo se refieren a los antecedentes administrativos.)

En el evento que alguno de los documentos o antecedentes presentados por cualquiera de los proponentes, no satisfaga las exigencias de las bases administrativas, se procederá a declarar fuera de las bases la oferta presentada por el respectivo proponente.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Costos
Los costos que incurra el oferente, con motivo de la presente licitación, será de su exclusivo cargo y en caso de que su oferta no resulte ser seleccionada, ella no dará origen a indemnización alguna.
Modificación de Las Bases
La institución licitante podrá efectuar modificaciones a las Bases de Licitación hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas, lo que deberá ser puesto a disposición de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Las modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución fundada sometida a igual tratamiento que la presente Resolución aprobatoria de bases, pasando a formar parte de ellas
Aceptación de las Bases
Se establece que la sola circunstancia de presentar una propuesta para la presente licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de ésta, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación, sin ningún tipo de reservas ni condiciones, a toda la documentación antes referida. Por lo anterior, el oferente se hace responsable y se compromete a cumplir con los requisitos y condiciones solicitadas en las presentes Bases de licitación, así como con la totalidad de las condiciones para la ejecución del servicio, en especial consideración con aquellos referentes a los productos y servicios especificados en las Bases Técnicas.
Recepción de consultas y solicitudes de aclaración.
Los oferentes podrán realizar consultas tanto de carácter técnico como administrativo, según lo estimen necesario para una acertada presentación de sus ofertas. Estas consultas sólo se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, desde el día de la publicación de las presentes Bases en el citado portal, hasta la fecha indicada en el numeral 3 “Etapas y Plazos de la Licitación” de los Antecedentes Generales de la Licitación.
Presentación de las Ofertas
Las propuestas se recibirán dentro del plazo establecido en el numeral 3. “Etapas Y Plazos de la Licitación”, de los Antecedentes Generales de la Licitación. Sólo se considerarán las propuestas, que hubieren sido presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo indicado, sin perjuicio de la posibilidad que sean recepcionadas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. Del mismo modo, los oferentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas
Vigencia de la oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el numeral 3 “Etapas y plazos de la licitación”, de los Antecedentes Generales. Si el oferente no señalare el plazo de vigencia de su oferta, se entenderá que esta cumple con el plazo de vigencia mencionado anteriormente. Si dentro de la vigencia señalada anteriormente no se hubiere efectuado la adjudicación de la licitación, la Superintendencia podrá solicitar a los oferentes prorrogar dicha vigencia hasta por el mismo periodo, a través del portal www.mercadopublico.cl. Si alguno de los proponentes no accediera a la solicitud o no diera respuesta a ésta, se entenderá que ha desistido de su oferta.
Inadmisibilidad de las ofertas, declaración de proceso licitatorio desierto y adjudicación
La Dirección Regional declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, según corresponda, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de la institución. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada. La Dirección Regional podrá adjudicar según el resultado de la evaluación de las ofertas, primando aquellas que hubieren obtenido el mejor puntaje, según los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. La adjudicación se realizará en la fecha indicada en el numeral 3 “Etapas y Plazos de la Licitación” de los Antecedentes Generales de la Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y el nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. La notificación de la Resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada luego de transcurridas 24 horas desde que la Dirección Regional publique en el portal www.mercadopublico.cl dicha Resolución. Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la Resolución de adjudicación, dentro del segundo día hábil de notificada ésta en el portal www.mercadopublico.cl.
Causales para dejar sin efecto la adjudicación
La Superintendencia dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, en los siguientes casos: a) Si el oferente adjudicado no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, Registro de Proveedores de mercado público, en el plazo señalado en el numeral 18.1 de las presentes Bases Administrativas. b) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal dirigida a la Superintendencia, se desistiera de su oferta. c) Si el adjudicatario no entregase en tiempo y forma la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 19 “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato”, del título II. “Bases Administrativas”, de las presentes bases de licitación. d) Si el oferente adjudicado se encontrara inhabilitado para contratar con el Estado. e) Si el oferente adjudicado presentara información falsa o adulterada. f) Si el oferente no presenta la documentación para celebrar el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 18.2 de estas bases. g) Si el oferente adjudicado se negare a la firma del contrato o no lo hiciere dentro del plazo establecido al efecto.
Re-adjudicación
De producirse alguna de las situaciones señaladas en el numeral precedente, la Superintendencia dejará sin efecto la adjudicación de la licitación, y podrá readjudicar al oferente que, según el Acta o informe final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente para los intereses de la Superintendencia, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. La readjudicación podrá realizarse sucesivamente en caso de que concurran los hechos mencionados en los literales indicados anteriormente respecto de los oferentes posibles de readjudicar.
Del Contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable a la Superintendencia. De esta forma, si el adjudicado no concurriese a la suscripción dentro de plazo, la Superintendencia podrá proceder según lo señalado en el numeral 17 de las presentes Bases Administrativas. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad Copiapó, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
Formalización del Contrato
El contrato que suscriba el adjudicatario será redactado por la Dirección Regional y deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable a la Dirección Regional. En el primer caso la Dirección Regional podrá proceder según lo señalado en el punto 16.1. de las presentes Bases Administrativas.
Vigencia y duración del contrato
El contrato entrará en vigor a partir de la fecha de inicio de la prestación de los servicios y se extenderá por un periodo de 24 meses Se dejará constancia escrita de la fecha de inicio de los servicios a través de un Acta de Inicio de Servicios o documento similar que será firmado por la contraparte técnica y el adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno hasta que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
Condiciones de pago
El pago sólo podrá hacerse efectivo una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. La Superintendencia pagará al contratista por la prestación del servicio de aseo, desinfección, desinsectación, desratización y sanitización para dependencias y vehículos institucionales de la Dirección Regional, en 24 cuotas mensuales y sucesivas, de acuerdo al valor total mensual. Debido a los cambios que está generando el Estado en cuanto a su modernización en los sistemas digitales, y dentro de estos nuevos propósitos está la creación de un sistema interconectado que tiene el SII, Dipres y TGR, denominado SGDTE. (Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos), desde el día 25 de septiembre del año 2020, toda Factura Afecta, Factura Exenta, Nota de Crédito, Nota de Débito y Guías de Despacho, deberán enviarse a la casilla: dipresrecepcion@custodium.com. Una de las acciones más importantes de esta nueva disposición, es que recomienda a los proveedores abstenerse de emitir sus facturas, hasta no cerciorarse de la Recepción Conforme de los bienes o servicios prestados, la que podrán chequear a través de la plataforma de Mercado Público, esto para evitar posibles rechazos. Posterior al envío y recepción de los productos y/o servicios, el proveedor debe revisar la Recepción Conforme de los productos y/o servicios entregados a esta Dirección Regional en la Plataforma de Mercado Publico, para luego facturar. Importante destacar que este nuevo sistema opera en todos los servicios públicos y una vez emitida la factura electrónica, el proveedor deberá generar y adjuntar el documento tributario electrónico a la casilla : dipresrecepcion@custodium.com. La Superintendencia procederá a efectuar cada uno de los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el adjudicatario presente los siguientes antecedentes: a) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo, con la pertinente individualización del contratista, domicilio de éste, indicando región, comuna y localidades, cuando corresponda, y la situación de los trabajadores declarados a la fecha de la solicitud del certificado. La Superintendencia se reserva la facultad de solicitar información adicional al prestador del servicio, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales. Todo el personal que el contratista emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin relación contractual o fáctica alguna con la Superintendencia o la Dirección Regional. Por lo tanto, el contratista se obliga, desde ya a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo con la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen. b) Fotocopias de las liquidaciones de remuneraciones firmadas por cada uno de los operarios que hayan prestado servicios durante el mes anterior al que se está pagando. Cuando corresponda, la planilla debe incluir el pago de los incentivos laborales (bonos) y todos aquellos beneficios monetarios que haya comprometido el adjudicatario en su oferta. c) La(s) factura(s) respectiva(s), deberán ser extendida(s) a nombre de la Superintendencia de Educación, RUT Nº 61.980.220-9. d) Informe de los trabajos realizados por el proveedor adjudicado. Para el pago del primer mes, sólo se exigirá lo indicado en los literales b),c) y d) precedentes, además de solicitar por única vez los contratos de trabajos del personal de quienes realizarán las labores de aseo en las dependencias. En caso que el adjudicatario subcontrate parte de los servicios requeridos, para proceder al pago, deberá acompañar, además, los antecedentes señalados en la letra b) respecto del Subcontratista y ajustarse a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº19.886. La Superintendencia podrá retener del pago que corresponda, el monto que adeude el contratista por concepto de remuneraciones u obligaciones previsionales con sus trabajadores o con los trabajadores del subcontratista, si correspondiese. Dicho monto será utilizado para pagar al trabajador o a la institución previsional respectiva. Así mismo, el contratista deberá notificar a la Superintendencia oportunamente, en caso de ceder el crédito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº19.983, informando el nombre, Rut, dirección y giro del cesionario del crédito. Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº19.983.
Reajustabilidad del servicio
El valor de los servicios al proveedor se reajustará al final de los primeros 12 meses en un 5% al igual que las remuneraciones del personal de la empresa adjudicada. Este reajuste se realizará sobre el monto bruto a cada uno de los trabajadores señalados en el Anexo Nº 6 Remuneraciones a Pagar a Personal, y no se aplica a los aguinaldos. En caso de incumplimiento en cuanto al reajuste a los trabajadores que prestan los servicios de aseo, se devengarán multas, conforme a lo dispuesto en las presenten bases, generando el derecho para que la Superintendencia de Educación Regional de Los Ríos ponga término anticipado al contrato.
22. Administrador del contrato
El Contrato será administrado por la Coordinadora Regional de Administración de Atacama de la Superintendencia. Serán funciones del Administrador del Contrato, entre otras, las siguientes: • Supervisar y controlar el desarrollo del trabajo, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y de los plazos estipulados. • Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del certificado de recepción conforme del servicio contratado por parte de la Contraparte Técnica. • Gestionar modificaciones contractuales (aumento o prórroga del contrato, aumento del monto total del contrato, etc.), ya sea de oficio o a requerimiento de la Contraparte Técnica, debiendo informar al Departamento de Administración, a fin que se tramite la modificación del contrato, en los casos que corresponda. • Requerir la aplicación de sanciones (multas, término del contrato, etc.) en los casos que corresponda. • Las demás que le encomienden las presentes Bases de Licitación. El Contratista por su parte deberá designar un Administrador para el contrato, debiendo informarlo por escrito a la Superintendencia, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución de Adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl.
Contraparte Técnica
Asimismo, el Administrador/a del contrato, designa como contraparte técnica, a la Analista Regional de Administración. Serán funciones de la Contraparte Técnica, entre otras, las siguientes: a) Colaborar y asistir al adjudicado en el ámbito de sus competencias. b) Atender y resolver situaciones coyunturales o emergencias técnicas no consideradas. c) Recibir a conformidad los servicios contratados, planteando al contratista las observaciones y/o recomendaciones que se estimen pertinentes. d) Autorizar o rechazar el remplazo del Administrador del contrato designado por parte del contratista. e) Solicitar el cambio del Administrador del contrato del contratista o del personal contratado o subcontratado, según sea el caso. f) Atender las urgencias que se presenten durante el desarrollo de los servicios. g) Supervisar el cumplimiento de los plazos del contrato. h) Iniciar el proceso de aplicación de multas, de acuerdo al procedimiento establecido para las sanciones en el numeral 21.2. “Procedimiento de aplicación de sanciones” de las Bases Administrativas. i) Iniciar el proceso de término anticipado del contrato (cuando corresponda) de acuerdo a lo establecido en numeral 22 “Término Anticipado”. j) Verificar el cumplimiento de la normativa laboral por parte del contratista, mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del proveedor, otorgado por la Dirección del Trabajo y los demás antecedentes indicados en las bases de licitación. k) Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación. Para todos los efectos, dígase comunicaciones y notificaciones derivadas de la ejecución, cumplimiento y supervisión del contrato adjudicado, al momento de su suscripción, el oferente deberá señalar una dirección de correo electrónica válida, siendo de su responsabilidad la mantención operativa del mismo, entendiéndose siempre válidamente notificado, al día siguiente hábil al despacho del correo.
Incumplimiento y Multas
La Superintendencia aplicará multas al proveedor en caso de incumplimiento de las obligaciones del contrato, de acuerdo con lo siguiente: El prestador del servicio, al suscribir el contrato debe reconocer que se trata de la prestación de un servicio importante para la Superintendencia y que su interrupción o suspensión ocasionará graves perjuicios, afectando las actividades administrativas y condiciones sanitarias, por tanto, acepta la aplicación de las multas definidas en las presentes Bases.
Causales de término anticipado del Contrato
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley N°19.886, la Dirección Regional podrá poner término unilateral a la contratación, en las siguientes situaciones: a) Cuando el contratista proporcione antecedentes falsos con relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. b) Si se detectare durante la vigencia del contrato que el contratista incurre en alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o si se detectare falsedad de la declaración jurada simple de los Anexos N° 2 y 3. c) Filtración, divulgación, venta, reproducción total o parcial y/o uso indebido de la información que el contratista o los integrantes de su equipo de trabajo conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, sin previa autorización. d) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o éstas sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) En caso que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio o se negare, sin causa justificada, a prestar cualquiera de los servicios contratados. f) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista. Se considerarán como situaciones de incumplimiento grave las siguientes: f. 1) En caso de ser aplicada cualquier tipo de multa del item 24, en dos meses consecutivos, o en 3 meses distintos dentro del periodo de 1 año. f.2) En caso que el personal se ausente sin justificación por más de 3 días (consecutivos o acumulados) en un mes. f.3) Si el contratista no repone la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, en los casos y plazos que corresponda, de acuerdo con lo indicado en las presentes bases. g) Por atraso en el pago de remuneraciones y cotizaciones del personal contratado o subcontratado para desempeñar las labores ya señaladas, así como sus reemplazantes. Del mismo modo, por el no pago de las remuneraciones acordadas según oferta, o cualquier otra práctica contraria a la normativa laboral. h) Por negligencia inexcusable o descuidos graves en la ejecución de las tareas de limpieza que recaen sobre la esfera de sus funciones y conforme las obligaciones propias de las tareas que deba desarrollar la adjudicataria, las cuales puedan provocar perdidas, destrucción o daños irreparables de bienes fiscales. Se entenderá por negligencia inexcusable o descuido grave toda acción u omisión en que incurra algún trabajador de la empresa adjudicada que signifique una falta de diligencia mínima en el cumplimiento de sus funciones, demostrando una falta de atención elemental en la ejecución de la tareas de trabajo y que resulten en un perjuicio relevante para los bienes fiscales. En cualquiera de las circunstancias antes descritas, la Institución, podrá poner término anticipado al contrato y hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En el evento que se ponga término anticipado al contrato, el contratista estará obligado a prestar el servicio que por este acto se licita, mientras se procede a una nueva adjudicación de éste y la Superintendencia, por su parte, deberá pagarle hasta el último día en que efectivamente realizó la prestación contratada, salvo que ésta opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario, y notificado a correo electrónico informado por el proveedor.
Confidencialidad de la Información
El contratista se obliga en forma irrevocable a que toda información que éste, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que este contenida en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El contratista solo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de este Contrato y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal sólo tenga acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el respectivo contrato y, adicionalmente, para que su personal en función de la información que pudiese acceder guarde estricta confidencialidad. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la Dirección Regional. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del contratista durante la vigencia del respectivo convenio, o después de su finalización, dará lugar a la Superintendencia y/o a su Dirección Regional para entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
Modificaciones Contractuales
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo. En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en el numeral 19 “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO”, del Título II. “BASES ADMINISTRATIVA, equivalente al 5% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo. En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de los 10 días hábiles anteriores a la fecha de suscripción de la modificación de contrato, una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos establecidos en el punto 19. “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO”, del Título II. “BASES ADMINISTRATIVAS. Asimismo, se podrán disminuir los servicios solicitados en la presente licitación en su tipo y cuantía, según lo ameriten las necesidades de la Superintendencia.