- II. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL
Para efectos de la presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como valor económico el monto total estimado del convenio, expresado en valores netos (sin impuestos), el que para la presente licitación corresponde al presupuesto estimado NETO informado en las presentes Bases, es decir $56.302.521,01.-www.mercadopublico.cl
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica válida y vinculante del oferente estará constituida por los valores unitarios informados en el Formulario N°4 Oferta Económica, debidamente completado y adjunto en el portal, los que deberán expresarse en pesos chilenos, valores netos, e incluir todos los costos directos e indirectos asociados al cumplimiento del contrato.
El monto ingresado en el portal tendrá un carácter referencial y de habilitación de la oferta económica dentro del sistema, no constituyendo por sí mismo el valor unitario adjudicado ni obligando a la Corporación a consumir la totalidad del presupuesto estimado.
En caso de discrepancia entre el monto total ingresado en el portal y los valores unitarios contenidos en el Formulario N°4, prevalecerá lo señalado en el Formulario N°4 para todos los efectos de evaluación, adjudicación, ejecución, facturación y pago.
III. MODELO DEL CONVENIO
La presente contratación corresponderá a un convenio de suministro a demanda, adjudicado a un solo oferente, para la prestación de servicios de mantención preventiva, diagnóstico técnico, mantención correctiva, reparación, instalación de repuestos, retiro y reinstalación, configuración básica, pruebas de funcionamiento y soporte técnico asociado a impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, duplicadores digitales, impresoras térmicas y demás equipos de impresión institucionales de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa.
La contratación operará mediante dos canastas y bolsa de consumo, conforme a precios unitarios adjudicados, sin que la Corporación se encuentre obligada a consumir la totalidad del monto adjudicado. El presupuesto máximo del convenio será de $67.000.000.- IVA incluido, distribuido referencialmente entre mantenciones preventivas y mantenciones correctivas, según lo establecido en las presentes Bases.
a) Canasta N°1: Mantenciones preventivas
Comprende el servicio completo de mantención preventiva de impresoras y equipos de impresión, según familia técnica y criticidad, incluyendo mano de obra, herramientas, insumos menores de limpieza, revisión, ajustes, calibración, pruebas de impresión, copiado, escaneo y conectividad, informe técnico, registro fotográfico cuando corresponda y recomendaciones de continuidad operacional. Esta canasta tendrá un monto máximo referencial de $26.800.000.- IVA incluido.
b) Canasta N°2: Mantenciones correctivas
Comprende diagnósticos, visitas técnicas, mano de obra correctiva, reparación, desarme y armado, retiro, traslado a taller, reinstalación, configuración, pruebas finales, instalación de repuestos y demás intervenciones necesarias para restablecer la operatividad de los equipos. Para efectos de evaluación económica sólo se considerará el valor de la mano de obra y servicios asociados ofertados en el Formulario N°4; los repuestos, piezas, accesorios, materiales o insumos se cotizarán durante la ejecución contractual, caso a caso, previa aprobación de la Contraparte Técnica y con cargo a la bolsa de consumo disponible. Esta canasta tendrá un monto máximo referencial de $40.200.000.- IVA incluido.
El hecho de que los materiales no formen parte del precio evaluado de la oferta no implica, en caso alguno, que se encuentren excluidos del presupuesto estimado del contrato, sino únicamente que su determinación económica y pago se efectuará durante la ejecución contractual, conforme a los requerimientos efectivos de la Corporación y a las autorizaciones otorgadas en cada Orden de Trabajo.
V. CONTENIDO DE LA OFERTA
Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.
- Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.
- Excepcionalmente, la Corporación podrá aceptar documentos suscritos con firma manuscrita escaneada (imagen), únicamente cuando se acompañen de la “Declaración Jurada de Autenticidad de Firma Manuscrita Escaneada” (Anexo N° A), cumpliendo copulativamente lo siguiente:
a) La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).
b) La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.
c) Se deberá adjuntar copia simple por ambos lados de la cédula de identidad del firmante (o documento equivalente), solo para fines de verificación de identidad y facultades.
Solicitud de original. La Corporación podrá, en cualquier etapa del proceso (incluida adjudicación y formalización), requerir la presentación del documento original en papel con firma autógrafa, o bien exigir su suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique. El incumplimiento será causal de rechazo de la oferta o de no suscripción/desistimiento de la adjudicación, según la etapa.
Alcance y no equivalencia. La aceptación excepcional de firma manuscrita escaneada no implica que ésta sea equivalente a firma electrónica para efectos de no repudio, trazabilidad o responsabilidades, siendo válida solo como mecanismo transitorio de presentación documental, sin perjuicio de las verificaciones que la Corporación estime pertinentes.
Se aceptarán documentos con firma manuscrita escaneada solo en los términos de la cláusula y su Declaración Jurada. Alternativamente, se aceptarán documentos cuya firma se encuentre autorizada ante notario (firma puesta en original ante ministro de fe), siempre que se adjunte copia íntegra escaneada del instrumento donde conste la autorización notarial, sin perjuicio de que la Corporación pueda requerir el original para cotejo.
- El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.
En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.
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I. ANEXOS ADMINISTRATIVOS
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N°
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DESCRIPCIÓN
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1.
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Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
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2.
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Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
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3.
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Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha hasta el cierre de recepción de ofertas. (F-30)
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4.
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Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
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5.
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Formulario N°5 “Datos de pago”
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6.
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En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”
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7.
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Anexo “A” Declaración jurada firma manuscrita (En caso de que aplique)
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Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):
- Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
- Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
- No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
- Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM
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Los documentos correspondientes y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.
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II. ANEXOS TÉCNICOS
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N°
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DESCRIPCIÓN
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8.
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Formulario N°3: Oferta técnica
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Competencia técnica del equipo de trabajo: CV del jefe de proyecto o técnico responsable; respaldo de capacitación, certificación, experiencia documentada o antecedentes equivalentes en mantención preventiva y correctiva de impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, equipos láser, equipos de tinta continua, duplicadores digitales, impresoras térmicas o servicios técnicos afines.
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Informe de Disponibilidad Técnica: documento que describa equipamiento, herramientas, instrumentos y medios destinados al servicio, adjuntando imágenes o antecedentes que acrediten disponibilidad de herramientas de mantención, kits de limpieza técnica, herramientas de diagnóstico, equipos computacionales o software de soporte, EPP, medios de transporte y elementos necesarios para retiro, traslado, reparación, reinstalación y prueba de equipos.
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Plan de trabajo y cronograma preventivo referencial para levantamiento inicial, revisión de catastro, programación de mantenciones por área, atención de equipos críticos, emisión de informes técnicos y control de órdenes de trabajo.
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Procedimiento o declaración de seguridad para trabajos en establecimientos educacionales, centros de salud y dependencias administrativas, considerando identificación del personal, uso de EPP, resguardo de usuarios, funcionarios, estudiantes y pacientes, coordinación con la Contraparte Técnica, cuidado de equipos, información institucional y continuidad operacional.
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Procedimiento de retiro, manejo y disposición de residuos generados en la mantención, incluyendo piezas reemplazadas, envases, paños, residuos de tinta o tóner, rollos, etiquetas, cabezales, fusores, embalajes, componentes retirados y demás residuos asociados al servicio.
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9.
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Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
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10.
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Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
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11.
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Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
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12.
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Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
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13.
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Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
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14.
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Formulario N°8 “Condiciones Laborales”
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III. ANEXOS ECONÓMICO
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Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
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En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.
IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.
VI. DE LA EVALUACION
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por tres (3) integrantes, designados por resolución.
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:
- Funcionario(a) de la Dirección de Administración y Finanzas, Unidad de Servicios Generales, Administración Central o a quien se designe en su reemplazo.
- Funcionario(a) de la Dirección de Salud, Dirección de Educación, Infraestructura o Servicios Generales, según designación institucional.
- Un funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas
c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas
e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas
g) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los productos requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo
h) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas.
VII. PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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N°
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CRITERIO
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PONDERACIÓN
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1.
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ANTECEDENTES FORMALES
|
2%
|
|
2.
|
PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
|
2%
|
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3.
|
SUSTENTABILIDAD
|
2%
|
|
4.
|
EXPERIENCIA DEL OFERENTE
|
12%
|
|
5.
|
CONDICIONES LABORALES
|
5%
|
|
6.
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CALIDAD TECNICA
|
27%
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7.
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OFERTA ECONÓMICA
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50%
|
|
TOTAL PONDERACIÓN
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100%
|
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C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA
2%
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Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.
Si Cumple = 100 puntos
No Cumple = 0 puntos
Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,02
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|
C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
2%
|
|
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos
No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos
Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,02
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|
C3: SUSTENTABILIDAD
2%
|
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a) Inclusión laboral
|
|
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).
Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)
|
ü Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.
ü Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.
ü Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.
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|
NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.
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b) Inclusión de género
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El oferente es una Empresa liderada por una mujer.
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Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)
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c) Fomento a empresas de menor tamaño.
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El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño
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El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.
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d) Fomento de buenas prácticas ambientales
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La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables
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Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)
https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/
- Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
- Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.
|
|
Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:
- inclusión laboral;
- enfoque o participación de género;
- calidad de empresa de menor tamaño;
- adopción de buenas prácticas ambientales.
Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia:
Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.
Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.
Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,02
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C4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE
12%
|
|
PUNTAJE
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DESCRIPCIÓN
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|
100
|
Acredita debidamente 5 experiencias
|
|
80
|
Acredita debidamente 4 experiencias
|
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60
|
Acredita debidamente 3 experiencias
|
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40
|
Acredita debidamente 2 experiencias
|
|
20
|
Acredita debidamente 1 experiencias
|
|
0
|
No declara o no acredita debidamente su experiencia
|
|
Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares de mantención preventiva, mantención correctiva, reparación, soporte técnico, diagnóstico, arriendo con soporte, suministro con mantención o servicios técnicos asociados a impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, equipos láser, equipos de tinta continua, duplicadores digitales, impresoras térmicas o equipos de impresión institucionales. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:
a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente
b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente
c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:
- Decretos o Resolución de Adjudicación
- Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
- Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo
IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.
Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.
La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:
- En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL
- En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente
- Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. De no estar disponible, la experiencia no será considerada.
- No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente.
- La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio
La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.
El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:
- Nombre del cliente o mandante
- Fecha de la entrega del servicio
- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación.
- Tipo de servicio contratado
- Teléfono de contacto
Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,12
|
|
C5: CONDICIONES LABORALES
5%
|
|
En este criterio deberá ser informado en el formulario n°8 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:
• Ponderación TOTAL
A% + B% = C5
|
|
SUBFACTOR
|
%
|
DETALLES
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- Remuneración Bruta Mensual del equipo de trabajo (Formulario N°8)
|
3
|
RE: Remuneración evaluada RM: Remuneración máxima
Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,03
El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos:
- Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses,
- Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período.
- Contrato de trabajo o anexo vigente.
- En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución.
|
- Tasa de empleo comunal (domicilio en Comuna de Lampa) del personal asignado a la ejecución
|
2
|
Sobre 80%
|
=
|
100 puntos.
|
|
Sobre 60% a 79%
|
=
|
80 puntos.
|
|
Sobre 40 a 59%
|
=
|
60puntos.
|
|
Sobre 20 a 39%
|
=
|
40 puntos
|
|
Sobre 10% a 19%
|
=
|
20 puntos
|
|
Inferior al 10%
|
=
|
0 puntos.
|
|
Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor
Ej. 80 puntos * 0,02
Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos:
- certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario;
- cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna;
- certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio.
|
|
C6: CALIDAD TECNICA
27%
|
|
En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3. Se evaluará la capacidad de respuesta y la garantía adicional ofrecida por el oferente. El puntaje se asignará según los plazos de respuesta ante fallas y la extensión de la garantía técnica. Se evaluará como se indica el siguiente detalle:
• Evaluación por Sub-factor
Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor
Ej. Tiempo de garantía técnica
50 puntos * 0,09
• Ponderación TOTAL
1% (A% + B% + C% + D% + E% + F% ) + 2% + 3% = C6
|
|
SUBFACTOR
|
%
|
DETALLES
|
|
1. TIEMPOS DE RESPUESTA
|
- Plazo diagnóstico mantenciónes correctivas
|
4
|
Hasta o inferior a 24 horas hábiles
|
=
|
100 puntos.
|
|
Más de 24 y hasta 48 horas hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
Más de 48 y hasta 60 horas hábiles
|
=
|
60 puntos
|
|
Más de 60 y hasta 72 horas hábiles
|
=
|
40 puntos
|
|
Más de 72 horas hábiles
|
=
|
inadmisible
|
- Plazo diagnóstico mantenciónes correctivas prioritarias
|
4
|
Hasta o inferior a 8 horas hábiles
|
=
|
100 puntos
|
|
Más de 8 y hasta 12 horas hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
Más de 12 y hasta 18 horas hábiles
|
=
|
60 puntos
|
|
Más de 18 y hasta 24 horas hábiles
|
=
|
40 puntos
|
|
Más de 24 horas hábiles
|
=
|
inadmisible
|
- Plazo de entrega de valorización/cotización correctiva
|
4
|
Hasta 24 horas hábiles desde el diagnóstico
|
=
|
100 puntos
|
|
Más de 24 y hasta 48 horas hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
Más de 48 y hasta 72 horas hábiles
|
=
|
40 puntos
|
|
Más de 72 horas hábiles
|
=
|
0 puntos
|
|
D. Plazo de entrega de equipo de respaldo
|
4
|
Hasta 1 día hábil desde la intervención
|
=
|
100 puntos
|
|
Más de 1 y hasta 2 días hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
Más de 2 y hasta 3 días hábiles
|
=
|
60 puntos
|
|
Más de 3 días hábiles
|
=
|
0 puntos
|
|
E. Plazo de entrega de informe técnico
|
3
|
Hasta 1 día hábil desde la intervención
|
=
|
100 puntos
|
|
Más de 1 y hasta 2 días hábiles
|
=
|
80 puntos
|
|
Más de 2 y hasta 3 días hábiles
|
=
|
40 puntos
|
|
Más de 3 días hábiles
|
=
|
0 puntos
|
|
2. Garantía técnica para mantenciones correctivas
|
4
|
180 días corridos o más
|
=
|
100 puntos
|
|
150 a 179 días corridos
|
=
|
80 puntos
|
|
120 a 149 días corridos
|
=
|
60 puntos
|
|
90 a 119 días corridos
|
=
|
40 puntos
|
|
Menos de 90 días corridos
|
=
|
inadmisible
|
|
3. Garantía técnica para mantenciones preventivas
|
4
|
180 días corridos o más
|
=
|
100 puntos
|
|
150 a 179 días corridos
|
=
|
80 puntos
|
|
120 a 149 días corridos
|
=
|
60 puntos
|
|
90 a 119 días corridos
|
=
|
40 puntos
|
|
Menos de 90 días corridos
|
=
|
inadmisible
|
|
C7: OFERTA ECONÓMICA
50%
|
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Para efectos exclusivos de la evaluación económica, se entenderá por Precio Evaluado el valor neto resultante de la valorización del Formulario N°4: Oferta Económica, conforme a los precios unitarios ofertados por el proveedor para cada una de las canastas establecidas en las presentes Bases.
La evaluación económica se efectuará únicamente sobre los valores unitarios netos informados en el Formulario N°4, los cuales deberán incluir todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta prestación del servicio, tales como mano de obra, herramientas, equipos de diagnóstico, insumos menores, costos operacionales, traslados cuando corresponda, gastos generales y utilidad del oferente.
PM = Precio mínimo ofertado PE = Precio que se evalúa
Puntaje C7 = ((PM/PE) * 100) * 0,50
La omisión de precios unitarios, la alteración del itemizado oficial, la modificación de partidas, unidades o cantidades referenciales, o la incorporación de condiciones que impidan la comparación homogénea de las ofertas, hará inadmisible la propuesta.
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PUNTAJE TOTAL
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Puntaje Total = C1 + C2 + C3 + C4 + C5 + C6 + C7
El puntaje total corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación ya ponderados, y se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje total.
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VIII. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES
La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.
Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.
A. Fuente de información
Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:
- La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
- Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.
B. Tipos de sanciones consideradas
Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:
- Cobro de Multa
- Cobro de Garantía
- Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor
- C. Tabla de descuento de puntaje
El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:
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Tipo de Sanción
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Descuento de Puntaje
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Cobro de Multa
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−2 puntos por cada multa
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Cobro de Garantía
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−4 puntos por cada garantía cobrada
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Término anticipado por incumplimiento
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−8 puntos por cada término anticipado
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Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.
El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.
La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.
La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.
IX. MECANISMO DE DESEMPATE
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica.
- Mejor puntaje Calidad técnica
- Mejor puntaje Experiencia del oferente.
- Mejor puntaje Condiciones laborales
- Mejor puntaje de Sustentabilidad.
- Mejor puntaje programas de integridad.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
- Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.
X. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.
La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.
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ANTECEDENTES
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DESCRIPCIÓN
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DIRIGIDA A
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954.200-1
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MONTO
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Igual al 5% del monto máximo referencial neto, en pesos chilenos
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VIGENCIA
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Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo
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GLOSA
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID 1271359-64-LE26 CONVENIO DE SUMINISTRO PARA MANTENCIÓN PREVENTIVA, CORRECTIVA, DIAGNÓSTICO TÉCNICO Y REPARACIÓN DE IMPRESORAS Y EQUIPOS DE IMPRESIÓN PERÍODO 2026-2027
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INSTRUMENTOS
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- Certificados de fianza
- Boletas de Garantías
- Vale vista
- Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
- Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
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La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.
El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
XI. EFECTIVIDAD GARANTÍA
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato podrá hacerse efectiva, total o parcialmente, por la Corporación, en forma administrativa y mediante acto fundado, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial previa, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le imponen las presentes Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, la oferta adjudicada, el contrato y los requerimientos formalizados durante su ejecución.
Para los efectos precedentes, se entenderá que el incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto, tardío o parcial de las obligaciones del adjudicatario.
Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, la Corporación podrá hacer efectiva la garantía en los siguientes casos:
a) Termino anticipado del contrato, imputable al proveedor.
b) Incumplimiento grave o reiterado.
c) Cobro improcedente de materiales, repuestos, insumos o accesorios, cuando éstos no hayan sido previamente cotizados, revisados y autorizados por la Contraparte Técnica, o cuando los valores cobrados no se ajusten a lo aprobado.
d) Daños causados a las impresoras y equipos de impresión, instalaciónes o bienes de la Corporación, cuando éstos sean imputables al adjudicatario por mala ejecución, negligencia, manipulación incorrecta, falta de resguardo o cualquier otra causa atribuible a su actuación, y no sean reparados o asumidos íntegramente por éste dentro del plazo instruido.
e) Multas impagas o no descontadas, cuando el adjudicatario no pague directamente las multas aplicadas o no sea posible descontarlas del respectivo estado de pago, caso en el cual la garantía podrá hacerse efectiva por el monto necesario para cubrirlas.
f) Incumplimiento comprobado de obligaciones laborales y sociales respecto del personal del adjudicatario, o falta de entrega de los antecedentes exigidos para acreditar su cumplimiento, de conformidad con la normativa vigente y lo establecido en las presentes Bases.
La efectividad de la garantía será compatible con la aplicación de multas, con el rechazo de cobros improcedentes, con la obligación de subsanar el incumplimiento y, cuando proceda, con el término anticipado del contrato y el ejercicio de las demás acciones que correspondan.
En caso de cobro total o parcial de la garantía, el adjudicatario deberá reponerla o reemplazarla por otra de igual monto y condiciones, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contado desde la notificación del acto administrativo que disponga su cobro.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, tratándose de esta contratación de servicios, asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, y deberá mantenerse vigente hasta, a lo menos, sesenta (60) días hábiles después de culminado el contrato, o por el plazo superior que establezcan las presentes Bases.
La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.
XII. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se celebre tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y/o desde la aceptación de la Orden de Compra en el Portal Mercado Público, según corresponda, o hasta el agotamiento de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.
No obstante, en caso de que al finalizar el período contractual la licitación aún disponga de saldo vigente y se mantenga la necesidad institucional, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes y dictación del acto administrativo que corresponda, sin aumentar el monto total adjudicado.
Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
XIII. VALOR DEL CONTRATO
El contrato tendrá un monto máximo referencial de $67.000.000.- IVA incluido, sujeto a disponibilidad presupuestaria, según certificación correspondiente. Dicho monto constituye el límite máximo de gasto del convenio y no implica obligación de consumo total por parte de la Corporación.
Dicho monto constituye el presupuesto estimado total del convenio y comprende, en su conjunto:
a) Canasta N°1: servicios de mantención preventiva, revisión, limpieza técnica, ajustes, calibración, pruebas de funcionamiento, emisión de informes técnicos y demás actividades preventivas exigidas en las Bases Técnicas.
b) Canasta N°2: servicios de mantención correctiva, diagnóstico, visitas técnicas, mano de obra, reparación, retiro, traslado, reinstalación, instalación de repuestos, configuración, pruebas finales y cotización de repuestos, piezas, materiales o insumos necesarios para restablecer la operatividad del equipo.
c) Los repuestos, piezas, materiales, insumos, componentes y accesorios asociados a mantenciones correctivas sólo serán pagados cuando hayan sido previamente cotizados, revisados, aprobados por la Contraparte Técnica y formalizados conforme al procedimiento establecido en las Bases.
La Orden de Compra emitida en el Portal Mercado Público se cursará incorporando dos líneas diferenciadas, las cuales conforman el valor máximo indicado precedentemente:
a) Canasta N°1 - Mantenciones Preventivas: corresponde al monto máximo referencial de $26.800.000 IVA incluido ($22.521.008 neto referencial), destinado a financiar las mantenciones preventivas programadas o solicitadas por la Corporación, según catastro, criticidad, disponibilidad presupuestaria y precios unitarios adjudicados.
b) Canasta N°2 - Mantenciones Correctivas y bolsa de consumo: corresponde al monto máximo referencial de $40.200.000 IVA incluido ($33.781.513 neto referencial), destinado a financiar diagnósticos, mano de obra correctiva, traslados, reinstalaciones, instalación de repuestos y los repuestos, piezas, materiales o insumos previamente cotizados y aprobados durante la ejecución contractual.
Tope máximo y no obligación de consumo: ambas canastas constituyen topes máximos referenciales y no implican obligación de consumo por parte de la Corporación, ni generan derecho del proveedor a exigir ejecución mínima, pago de saldos no utilizados, indemnizaciones, compensaciones ni reajustes por ausencia de requerimientos. Se pagará únicamente lo efectivamente ejecutado, recepcionado conforme y aprobado, con cargo al saldo disponible de la canasta respectiva.
XIV. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se formalizará mediante la suscripción del contrato respectivo y el posterior envío de la Orden de Compra a través del Portal Mercado Público.
Sin perjuicio de lo anterior, la ejecución específica de cada mantención preventiva o correctiva se formalizará operativamente mediante la correspondiente Orden de Compra interna, emitida según requerimiento de la Corporación, en la cual se individualizará, a lo menos, el establecimiento, equipo, tipo de mantención, alcance del servicio y monto autorizado.
En consecuencia, el contrato y la Orden de Compra Portal constituirán la formalización general del convenio, mientras que las Órdenes de Compra internas serán el instrumento de gestión y control de cada requerimiento particular que se ejecute durante la vigencia contractual.
La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:
- Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.
- Copia de escritura pública de constitución.
- Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.
- Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.
- Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.
Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.
Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
XV. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a demanda, conforme a los requerimientos que formule la Corporación durante su vigencia, y comprenderá tanto mantenciones preventivas programadas como mantenciones correctivas de impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, duplicadores digitales, impresoras térmicas y demás equipos de impresión ubicados en establecimientos educacionales, centros de salud y dependencias administradas por la Corporación que sean informadas por la Contraparte Técnica.
Cada mantención correctiva que se requiera ejecutar deberá ser previamente solicitada y autorizada por la Contraparte Técnica y se formalizará mediante la emisión de una Orden de Compra Interna, como documento habilitante de ejecución y facturación.
Dicha Orden de Compra Interna deberá indicar, a lo menos: identificación del equipo, diagnóstico o motivo, alcance del servicio, fecha de ejecución y monto a imputar, y servirá para el control del saldo disponible de la canasta.
XVI. FACTURACIÓN
La facturación será por servicios efectivamente ejecutados, recepcionados conforme y aprobados por la Contraparte Técnica/Administrador del Contrato, ajustándose estrictamente a las presentes Bases, a la Orden de Compra emitida en el Portal Mercado Público y a los documentos habilitantes que correspondan según el tipo de prestación.
La Orden de Compra del Portal Mercado Público se emitirá por líneas, por lo que el proveedor deberá facturar distinguiendo claramente el origen de los cobros:
a) Mantenciones Preventivas (canasta/bolsa de consumo): La factura podrá emitirse conforme a la periodicidad y cantidad predefinidas en Bases y al monto fijado en el Formulario Económico adjudicado, una vez verificada la ejecución y recepción conforme del período respectivo. No requerirá Orden de Compra Interna.
b) Mantenciones Correctivas (canasta/bolsa de consumo): La factura solo podrá emitirse respecto de mantenciones correctivas previamente autorizadas y formalizadas mediante Orden de Compra Interna, y siempre contra recepción conforme de la prestación. La Línea N°2 opera como monto máximo referencial (canasta), sin obligación de consumo, por lo que solo se pagará lo efectivamente ejecutado y aprobado, rebajándose del saldo de la canasta.
La(s) factura(s) deberá(n) venir emitida con la siguiente información:
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RAZÓN SOCIAL
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954-200-1
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GLOSA
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nombre del servicio;
número de Orden de Compra interna;
identificación del equipo o dependencia intervenida;
tipo de mantención ejecutada, esto es, preventiva o correctiva;
breve descripción del servicio efectuado.
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DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)
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ID de la licitación
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FOLIO
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ID de la Orden de compra portal e interna
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En el caso de mantenciones preventivas, la facturación comprenderá el valor total del servicio ejecutado, incluyendo mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas incorporados en la prestación.
En el caso de mantenciones correctivas, la factura deberá distinguir expresamente:
a) el valor de la mano de obra, conforme al precio adjudicado; y
b) el valor de los materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios aprobados para el respectivo requerimiento, cuando corresponda.
No podrán facturarse materiales o repuestos de mantenciones correctivas que no cuenten con autorización previa de la Contraparte Técnica.
Cada Orden de Compra interna deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:
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CENTRO DE COSTO
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GIRO
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SALUD
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Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)
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EDUCACIÓN
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- Enseñanza preescolar pública.
- Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y Técnico profesional pública.
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL
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Actividades de otras asociaciones N.C.P.
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Una vez emitidas, deben ser enviadas en un plazo de 24 horas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl, Daniela.navarro@corporacionlampa.cl y javiera.ayala@corporacionlampa.cl financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.
La corporación tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983.
El proveedor deberá facturar según Orden de Compra interna y proporcional a los servicios y/o productos, una vez recepcionados estos de manera conforme.
- PAGO
El pago se efectuará contra recepción conforme de los servicios efectivamente ejecutados, previa emisión de la correspondiente Orden de Compra interna y presentación de la documentación de respaldo exigida en las Bases.
Cada mantención preventiva o correctiva será pagada conforme al requerimiento efectivamente ejecutado y recepcionado, según la respectiva Orden de Compra interna.
El pago quedará sujeto a la recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica y a la entrega, por parte del adjudicatario, de la documentación de respaldo que corresponda según la naturaleza del cobro, a lo menos:
- CONTRATISTA
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Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, del mes anterior (F30-1).
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Acta o registro de servicio efectuado, con identificación de establecimiento, dependencia y equipo de impresión intervenido.
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Informe técnico de la intervención realizada, incluyendo diagnóstico, actividades, mediciones cuando correspondan, observaciones y recomendaciones.
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Registro fotográfico del estado inicial, trabajos ejecutados y estado final de la intervención.
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Registro de pruebas de funcionamiento, impresión, copiado, escaneo, conectividad, contador o antecedentes técnicos equivalentes, cuando corresponda.
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Comprobante de pago de multas, ejecutoriadas si las hubiese.
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La(s) factura(s) respectiva(s).
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- ENCARGADO DEL CONTRATO
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Memorándum con breve descripción del pago
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Certificado que indique la recepción conforme de los servicios y la(s) factura(s) respectiva(s) al pago.
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Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago.
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NO SE DARÁ CURSO AL PAGO EN TANTO NO SE CUMPLA CON LA ENTREGA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ANTES INDICADA.
Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días posterior a la factura y estando los servicios y productos debidamente recepcionados sin observaciones, salvo que se presenten incongruencias en las facturas y/u otro documento.
En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.
El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
XVIII. DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO
La inspección y supervisión técnica del contrato corresponderá a la Contraparte Técnica designada por la Corporación, la que, para estos efectos, será ejercida por la Dirección de Administración y Finanzas, Unidad de Servicios Generales o por el funcionario que la Corporación designe formalmente, sin perjuicio de la coordinación con las Direcciones de Educación, Salud, Administración Central y los establecimientos respectivos.
La Contraparte Técnica tendrá a su cargo la supervisión, coordinación, control y fiscalización de la correcta ejecución del contrato, velando porque los servicios de mantención preventiva y correctiva de impresoras y equipos de impresión se presten en estricta conformidad con las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, contrato, Órdenes de Trabajo internas y demás antecedentes de la licitación.
Serán funciones de la Contraparte Técnica, a lo menos, las siguientes:
a) Supervisar y fiscalizar el cumplimiento íntegro de las obligaciones del adjudicatario durante toda la vigencia contractual.
b) Coordinar y programar, según requerimiento institucional, la ejecución de las mantenciones preventivas y correctivas de las impresoras y equipos de impresión comprendidas en la contratación, conforme a las necesidades de Salud, Educación, jardines infantiles/salas cuna y demás dependencias administradas por la Corporación.
c) Emitir, gestionar o validar las respectivas Órdenes de Compra internas que formalicen cada requerimiento específico, individualizando, a lo menos, la dependencia, equipo, tipo de mantención, alcance del servicio y monto autorizado, cuando corresponda.
d) Verificar que las mantenciones preventivas se ejecuten de forma completa, incluyendo la totalidad de las actividades mínimas exigidas en las Bases Técnicas, así como la provisión por parte del proveedor de la mano de obra, materiales, insumos, consumibles y herramientas necesarias para su correcta ejecución.
e) Verificar que las mantenciones correctivas se ejecuten conforme al diagnóstico informado, controlando que la mano de obra corresponda a lo adjudicado y que los materiales, repuestos, insumos, componentes o accesorios requeridos hayan sido previamente cotizados, desglosados y sometidos a su revisión y visto bueno, cuando corresponda.
f) Revisar y pronunciarse sobre la pertinencia técnica y económica de los materiales y/o repuestos propuestos para mantenciones correctivas, debiendo exigir que éstos se ajusten a valores de mercado y a lo establecido en las Bases. Para tal efecto, podrá requerir al proveedor los respaldos, cotizaciones y antecedentes técnicos que estime necesarios.
g) Controlar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta establecidos en las Bases Técnicas, tanto en cuanto al tiempo de llegada como a la solución provisoria exigible, dejando constancia de cualquier atraso o incumplimiento.
h) Verificar en terreno, o mediante los medios de respaldo técnico correspondientes, la correcta ejecución de cada intervención, comprobando el estado del equipo antes, durante y después del servicio, así como su condición operativa final.
i) Revisar, validar u observar la documentación técnica que debe entregar el adjudicatario por cada visita, mantención o atención correctiva, la que deberá comprender, a lo menos: acta o registro de servicio efectuado, informe técnico de la intervención realizada, registro fotográfico de los trabajos ejecutados cuando corresponda, pruebas de impresión, copiado, escaneo, conectividad y estado operativo final del equipo.
j) Verificar que el informe técnico contenga, a lo menos, la fecha de atención, dependencia, identificación del equipo intervenido, diagnóstico, trabajos realizados, observaciones, recomendaciones y estado operativo final del equipo.
k) Otorgar, rechazar u observar la recepción conforme de cada servicio ejecutado, dejando constancia formal de las observaciones detectadas y del plazo otorgado al adjudicatario para su subsanación.
l) Mantener control y registro de las mantenciones efectuadas, fallas detectadas, requerimientos pendientes, observaciones formuladas, subsanaciones exigidas, tiempos de respuesta, garantías vigentes y estado general de ejecución del contrato.
m) Requerir la corrección, reparación o subsanación de fallas, deficiencias, omisiones o trabajos mal ejecutados, especialmente cuando se trate de prestaciones cubiertas por la garantía mínima del servicio, sin costo adicional para la Corporación.
n) Verificar que los repuestos y accesorios utilizados sean originales de la marca correspondiente o, en caso de autorizarse una alternativa, que ésta cumpla con las condiciones técnicas exigidas en las Bases.
o) Velar por que el adjudicatario adopte todas las medidas de seguridad necesarias durante la ejecución de los servicios, resguardando la integridad de las personas, de terceros, de los equipos intervenidos, de la infraestructura y de la información institucional, así como el correcto cumplimiento de las instrucciones de acceso y seguridad aplicables en cada dependencia.
p) Informar formal y oportunamente al Departamento de Abastecimiento todo incumplimiento detectado que pueda dar lugar a la aplicación de multas, cobro de garantías, término anticipado del contrato u otras medidas contempladas en las bases y en el contrato, acompañando los antecedentes de respaldo respectivos.
q) Revisar y validar los antecedentes necesarios para cursar cada pago, verificando que exista correspondencia entre la Orden de Compra interna, el servicio efectivamente ejecutado, la recepción conforme emitida y la documentación de respaldo exigida en las Bases.
r) Emitir o tramitar los certificados, memorándums, informes u otros antecedentes que resulten necesarios para acreditar la correcta ejecución del servicio y la procedencia del pago correspondiente.
s) Mantener coordinación permanente con el Departamento de Abastecimiento y con las demás unidades competentes de la Corporación, para la adecuada administración técnica y contractual del convenio.
La Contraparte Técnica no estará facultada para alterar por sí sola las condiciones esenciales de la contratación, modificar precios adjudicados, autorizar prestaciones ajenas al objeto del contrato ni comprometer gasto fuera de los mecanismos formales establecidos, correspondiendo dichas materias a la autoridad y unidades competentes, conforme a la normativa vigente y a las presentes Bases.
XIX. PROHIBICIONES
Con la finalidad de resguardar la seguridad de las personas, la continuidad operativa de los establecimientos, la integridad de la infraestructura intervenida y la correcta ejecución del contrato, el adjudicatario deberá prohibir expresamente a su personal y a cualquier subcontratista autorizado incurrir en las siguientes conductas durante la ejecución de los servicios:
- Asistir o permanecer en las dependencias de la Corporación bajo la influencia del alcohol, drogas o sustancias estupefacientes.
- Consumir alcohol, drogas o fumar en zonas no habilitadas o al interior de dependencias de la Corporación, en contravención a la normativa vigente.
- Ingresar o ejecutar trabajos sin portar y utilizar correctamente los elementos de protección personal exigidos para la labor a desarrollar.
- Ejecutar trabajos sin haber adoptado previamente las medidas de seguridad correspondientes, o sin ajustarse a procedimientos de trabajo seguro.
- Intervenir impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, duplicadores digitales, impresoras térmicas, equipos informáticos asociados, configuraciones de red, firmware, drivers, piezas, repuestos o accesorios sin autorización de la Contraparte Técnica y sin cumplir las exigencias técnicas y de seguridad aplicables.
- Realizar actualizaciones de firmware, cambios de configuración, retiros de equipos, traslados a taller, conexiones provisorias, pruebas o intervenciones que puedan afectar la conectividad, la calidad de impresión, el escaneo, el copiado, la operación en red o la continuidad del servicio, sin coordinación previa con la Contraparte Técnica.
- Efectuar adaptaciones, reparaciones improvisadas, puentes, modificaciones eléctricas, electrónicas, mecánicas o de software no autorizadas que puedan generar riesgo eléctrico, pérdida de garantía, bloqueo de insumos, incompatibilidad de drivers o falla operacional.
- Manipular piezas, partes, repuestos, cartuchos, depósitos, tóner, tinta, fusores, cabezales, rodillos, bandejas, sensores, placas, embalajes, residuos o componentes retirados sin adoptar los resguardos técnicos, ambientales, sanitarios y de seguridad correspondientes.
- Provocar daños a equipos, computadores, redes, puntos eléctricos, mobiliario, equipos clínicos, material educativo u otras instalaciones, o abandonar residuos, repuestos, embalajes o componentes retirados sin su debido retiro y disposición conforme a la normativa aplicable.
- Utilizar herramientas, equipos, instrumentos de medición o elementos de trabajo en mal estado, sin calibración cuando corresponda, o que no resulten idóneos para la intervención requerida.
- Operar, revisar o reparar equipos sin contar con personal capacitado, certificado o técnicamente competente para la labor encomendada.
- Ejecutar trabajos distintos de los autorizados, alterar el alcance del requerimiento o incorporar repuestos, insumos, componentes o accesorios no aprobados previamente por la Contraparte Técnica, cuando dicha autorización sea exigible conforme a las Bases.
- Retirar piezas, partes, componentes, accesorios o materiales pertenecientes a los equipos o a la Corporación sin autorización formal de la Contraparte Técnica.
- Sustituir repuestos o componentes por otros de calidad inferior, incompatibles, usados o no autorizados, o instalar elementos que no se ajusten a las condiciones técnicas aprobadas.
- Abandonar trabajos iniciados, suspender injustificadamente la ejecución del servicio o retirarse del recinto sin informar a la Contraparte Técnica cuando ello afecte la continuidad o seguridad de la prestación.
- Obstaculizar el acceso de la Contraparte Técnica a los lugares de trabajo, impedir la fiscalización, ocultar información o negarse a entregar antecedentes, registros, informes, evidencias fotográficas u otros respaldos exigidos por las Bases.
- Alterar, omitir o falsear información en informes técnicos, registros de servicio, registros fotográficos, cotizaciones, documentos de respaldo, pruebas de impresión, copiado, escaneo, conectividad o cualquier antecedente relacionado con la ejecución contractual.
- Ejecutar trabajos en condiciones inseguras para el personal del contratista, funcionarios, usuarios o terceros, o sin adoptar medidas de aislamiento, señalización y control del área intervenida.
- Generar interrupciones evitables en la operación de los establecimientos por acciones no coordinadas, negligentes o contrarias a las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica.
- Mantener conductas impropias, agresivas, irrespetuosas o reñidas con la debida probidad hacia funcionarios, usuarios o terceros en el contexto de la ejecución del servicio.
- Subcontratar o permitir el ingreso de terceros para ejecutar prestaciones vinculadas al contrato sin autorización previa, cuando ésta sea exigible conforme a las Bases.
- Incumplir las instrucciones técnicas y de seguridad impartidas formalmente por la Contraparte Técnica, especialmente aquellas destinadas a corregir condiciones de riesgo, subsanar observaciones o resguardar la operatividad de los equipos.
- Dejar el área de trabajo en condiciones deficientes de orden, limpieza o seguridad una vez terminada la intervención.
- Realizar cualquier acción u omisión que ponga en riesgo la integridad de las personas, la infraestructura del recinto, la operatividad de los equipos de impresión, la información institucional o la continuidad operativa del establecimiento.
El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones precedentes constituirá infracción contractual y podrá dar lugar a la aplicación de las medidas, multas o demás sanciones establecidas en las presentes Bases y en el contrato, sin perjuicio de las demás acciones que correspondan.
XX. INCUMPLIMIENTOS
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.
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N°
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DESCRIPCIÓN
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1.
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Falta de credencial de identificación del personal
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2.
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Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.
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3.
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Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.
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4.
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Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecuniarios.
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5.
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Emitir más de una factura por servicio, sin previamente anular la ya emitida.
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6.
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Factorizar sin previa notificación a la Corporación.
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B. GRAVES
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N°
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Incumplimiento
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Multa
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1
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No cumplir el tiempo máximo de llegada comprometido para atender una mantención correctiva o contingencia, según el tipo de dependencia.
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0,5% de la OC interna afectada por cada evento
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2
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No cumplir el plazo máximo para entregar una solución provisoria que permita restablecer temporalmente la operatividad del equipo o adoptar una contingencia técnica adecuada.
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1% de la OC interna afectada por cada evento
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3
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Ejecutar de forma incompleta una mantención preventiva, omitiendo actividades mínimas exigidas en las Bases Técnicas, tales como revisiones, limpieza técnica, ajustes, calibración, pruebas de impresión, copiado, escaneo, conectividad, registro fotográfico cuando corresponda o informe técnico.
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1% de la OC interna afectada por cada evento
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4
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No entregar acta o registro de servicio efectuado, informe técnico, registro fotográfico cuando corresponda o registro de pruebas de impresión, copiado, escaneo, conectividad y estado operativo final, impidiendo verificar correctamente la prestación ejecutada.
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0,7% de la OC interna afectada por cada evento
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5
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No subsanar dentro del plazo instruido por la Contraparte Técnica las observaciones formuladas respecto de trabajos mal ejecutados, partidas incompletas o deficiencias detectadas en la recepción del servicio.
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1% de la OC interna afectada por cada evento
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6
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Instalar o utilizar repuestos, insumos, componentes o accesorios sin autorización previa, cuando ésta sea exigible, o sin ajustarse a la cotización aprobada.
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1% de la OC interna afectada por cada evento
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7
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Cobrar materiales, repuestos o insumos que no hayan sido previamente autorizados por la Contraparte Técnica o que no se ajusten a valores de mercado aprobados.
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1% de la OC interna afectada, sin perjuicio del rechazo del cobro
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8
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Utilizar repuestos no originales o alternativos no autorizados, o instalar componentes incompatibles o de calidad inferior a la aprobada.
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1,5% de la OC interna afectada por cada evento
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9
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Incumplir las instrucciones formales impartidas por la Contraparte Técnica en materias técnicas, operativas o de seguridad, dentro del plazo otorgado.
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0,7% de la OC interna afectada por cada evento
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10
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No adoptar las medidas de seguridad exigibles para la ejecución del servicio, incluyendo falta de EPP, ausencia de procedimientos de trabajo seguro o intervención sin resguardos del área, cuando ello no haya generado daño efectivo.
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1% de la OC interna afectada por cada evento
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11
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Provocar interrupciones evitables, fallas adicionales, daños a equipos, pérdida de configuraciones, afectación a la conectividad, bloqueo de impresión o afectación a la operación institucional por acciones negligentes, imprudentes o contrarias a la buena técnica, siempre que no constituyan incumplimiento gravísimo.
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1,5% de la OC interna afectada por cada evento
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12
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No corregir, dentro del plazo que fije la Contraparte Técnica, fallas atribuibles a una deficiente mantención o reparación ejecutada por el proveedor y cubiertas por la garantía del servicio.
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1% de la OC interna afectada por cada evento
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Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:
- Abandonar injustificadamente un trabajo iniciado o suspender unilateralmente la ejecución de una mantención, afectando la continuidad operacional del establecimiento.
- Intervenir equipos de impresión, configuraciones de red, firmware, drivers, repuestos, piezas o componentes sin autorización o sin cumplir los procedimientos técnicos y de seguridad aplicables, poniendo en riesgo a personas, terceros, infraestructura, información institucional o continuidad operacional.
- Provocar daños a impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, duplicadores, impresoras térmicas, computadores, red institucional, infraestructura del establecimiento o bienes de la Corporación por ejecución deficiente, negligencia o incumplimiento de procedimientos técnicos.
- Falsear, adulterar u omitir maliciosamente información en informes técnicos, registros de servicio, cotizaciones, respaldos fotográficos, pruebas de impresión, copiado, escaneo, conectividad u otros antecedentes contractuales.
- Reincidir en un incumplimiento grave ya sancionado en dos o más ocasiones durante la vigencia contractual.
- Negarse injustificadamente a atender una contingencia o requerimiento debidamente emitido por la Contraparte Técnica.
- Incumplir la obligación de corregir sin costo adicional fallas imputables a trabajos defectuosos dentro del período de garantía, cuando ello afecte la operatividad del equipo o la continuidad del servicio.
- Subcontratar, ceder o transferir total o parcialmente la ejecución del contrato en contravención a lo dispuesto en las Bases.
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- Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.
XXI. PERSONAL DEL PROVEEDOR
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
XXII. DE LOS SERVICIOS
El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.
Además, el proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases
XXIII. ELEMENTOS NO OPERATIVOS O DADOS DE BAJA
En caso de que se determine que una impresora, multifuncional, fotocopiadora, duplicador digital, impresora térmica u otro equipo de impresión no puede ser técnicamente reparado, por inexistencia de repuestos, daño estructural, incompatibilidad técnica, obsolescencia o inviabilidad económica, deberá clasificarse como equipo no operativo o con recomendación de baja técnica. Para este caso se procederá de la siguiente manera:
- Se generará un informe emitido por la empresa indicando fecha, causa de la baja, nombre del técnico responsable y empresa que emite dicho informe.
XXIV. ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN DE EQUIPOS AL CATASTRO REFERENCIAL
En caso de que durante el levantamiento inicial o la ejecución contractual se detecten impresoras, multifuncionales, fotocopiadoras, duplicadores digitales, impresoras térmicas u otros equipos de impresión no incluidos en el catastro referencial, o se incorporen nuevos equipos durante la vigencia del contrato, éstos podrán ser incorporados al catastro del convenio mediante informe de la Contraparte Técnica, siempre que la intervención se ajuste al objeto contractual, a los precios unitarios adjudicados y exista saldo disponible. La actualización del catastro no otorgará por sí sola derecho a cobro.
XXV. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Corporación. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.