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1. Aspectos que los oferentes deben considerar |
a) El oferente debe ser persona Natural o Jurídica que emita facturas (Contribuyente de 1º Categoría) o UTP Unión Temporal de Proveedores. El adjudicatario del proceso se deberá encontrar Hábil en Chileproveedores. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor de la unión se deberá encontrar habilitado.
b) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la propuesta si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Modificar la fecha de adjudicación.
- Cancelar la Orden de Compra
- Revocar la contratación.
- Modificar cantidades a adquirir
- No adjudicar todas las líneas publicadas.
c) Se entenderá que el proponente acepta todas las condiciones estipuladas en la presente contratación por el solo hecho de ofertar.
d) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
e) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores. Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
f) En la evaluación solo se considerarán las ofertas recibidas que cumplan con las bases y las especificaciones técnicas requeridas.
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2. Forma de pago |
1)Se procederá al pago vía transferencia electrónica, contra entrega de Factura en Oficina de Partes de la Municipalidad o envío de esta al mail facturacion@nacimiento.cl, dentro de los siguientes 30 días corridos.
La Factura deberá ser emitida una vez entregada la totalidad de los productos, previa recepción conforme del Departamento solicitante.
En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública.
La transferencia electrónica se realizará a la Cuenta Bancaria de la Razón Social Adjudicataria del proceso licitatorio.
2)En caso de que el proveedor no entregue la totalidad o parte de los productos o servicios, o si la factura contiene errores, la Municipalidad se reserva el derecho de reclamarla ante el Servicio de Impuestos Internos. En tal situación, el proveedor deberá emitir la correspondiente nota de crédito para anular la factura reclamada y proceder con la emisión de una nueva factura corregida, si corresponde.
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3. Cancelación de la orden de compra |
La Orden de compra podrá ser cancelada en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo entre el Proveedor y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.
c) Incumplimiento del plazo de entrega de los productos / plazo de ejecución del servicios.
d) Los productos no corresponden a lo ofertado a través del Portal www.mercadopublico.cl
e)El proveedor desiste de firmar el contrato, si hubiere, o aceptar la orden de compra
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4. Readjudicación |
La Municipalidad podrá cancelar la Orden de Compra y junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en los casos señalados en el punto 9.3 de las presentes bases.
La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio. La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente licitación.
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5. Resolución de empates |
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En el evento de producirse un empate, entre dos o más oferentes, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales, considerando el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación que tiene una mayor ponderación. Si el empate persiste, se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, según la siguiente mayor ponderación.
Finalmente, en caso de continuar el empate, se adjudicará la propuesta que ingresó primero en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registrados en éste.
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6. Multas |
Por incumplimiento, la municipalidad podrá aplicar las siguientes multas:
1.- Por incumplimiento del plazo de ejecución : 5% por día de atraso.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN Y APELACIÓN DE MULTAS
a) APLICACIÓN:
*La aplicación de la multa se hará administrativamente, descontándose del pago respectivo
*La multa se calculará sobre el valor neto de la Orden de Compra y no podrá exceder el 30% del total del contrato u orden de Compra
* Si ocurriera un caso fortuito o de fuerza mayor, el proveedor deberá comunicar inmediatamente por escrito al correo electrónico licitacionesdaf@nacimiento.cl la imposibilidad de cumplir con el plazo ofertado.
b) APELACIÓN:
*Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico, otorgándoles un plazo de 3 días hábiles para que presente su apelación al señor Alcalde, vía carta ingresada al correo electrónico fabiola.castro@nacimiento.cl. Dicha apelación deberá indicar de forma explícita la causal a la que hace referencia su apelación, los fundamentos y antecedentes que la respaldan.
*Las apelaciones que se basen en fuerza mayor o caso fortuito solo serán admitidas si la comunicación del hecho se realizó conforme a lo dispuesto anteriormente, en el punto a) APLICACIÓN.
*El proveedor recibirá un correo electrónico con el resultado del análisis de la apelación y el Decreto Alcaldicio que aprueba o rechaza la solicitud.
c) RECURSO DE REPOSICIÓN:
El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La Municipalidad tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado, lo cual será formalizado a través de un nuevo Decreto Alcaldicio.
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7. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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8. Contrato |
La prestación del servicio se formalizará mediante la Orden de Compra que hará las veces de Contrato por tratarse de una adquisición menor a 100 UTM (Art. 117 del Decreto N°661-2024), dicha orden deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado.
En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, y el proveedor no cumple con las obligaciones contraídas en el plazo ofertado, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
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9. Condiciones de entrega: |
PLAZOS: El oferente deberá indicar el plazo de ejecución en días corridos y comenzará a regir desde la fecha del Acta de Entrega de Terreno realizada por la Unidad Técnica, que será la Unidad de Informática Municipal, a través de su Encargado..
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA: La visita a terreno será de carácter obligatorio para las distintas unidades municipales como; SECPLAN, Seguridad Publica, Juzgado Pólicia Local, Dirección de Transito y Departamento de Asistencia Social, y así el oferente pueda conocer las instalaciones existentes y el trazado de instalación del cable multipar.
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10.Adjudicación y resolución de consultas respecto de ella |
Se adjudicará al oferente con el mayor puntaje en la línea de producto, en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio, el que será publicado en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitado.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a través del correo electrónico licitacionesdaf@nacimiento.cl La Municipalidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
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