Licitación ID: 1057474-18-LP26
SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS POR 36 MESES
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
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Productos o servicios
1
Impresoras multifunción o multifuncionales 43 Unidad
Cod: 43212110
Multifuncional BLANCO Y NEGRO - 2 bandejas  

2
Impresoras multifunción o multifuncionales 3 Unidad
Cod: 43212110
Multifuncional COLOR - 2 bandejas  

3
Impresoras multifunción o multifuncionales 37 Unidad
Cod: 43212110
Impresora Láser monocromática  

4
Impresoras multifunción o multifuncionales 6 Unidad
Cod: 43212110
Impresora Láser digital color  

5
Impresoras multifunción o multifuncionales 3 Unidad
Cod: 43212110
Impresora Láser digital color doble carta  

6
Impresoras multifunción o multifuncionales 3 Unidad
Cod: 43212110
Plotter con escáner  

7
Impresoras multifunción o multifuncionales 2 Unidad
Cod: 43212110
Impresora etiqueta (impresión N° de inventario)  

8
Impresoras multifunción o multifuncionales 1 Unidad
Cod: 43212110
Impresora de credenciales  

9
Impresoras multifunción o multifuncionales 1 Unidad
Cod: 43212110
Servidor de Impresión  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS POR 36 MESES
Estado:
Cerrada
Descripción:
El objeto de la presente Licitación es la “SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS COSTO FIJO MÁS COSTO VARIABLE PARA EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE POR 36 MESES”,
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.608.000-8
Dirección:
Maruri 272
Comuna:
Independencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-05-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 04-05-2026 13:11:00
Fecha inicio de preguntas: 04-05-2026 14:01:00
Fecha final de preguntas: 08-05-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-05-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-05-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-05-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-06-2026 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°8.1 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
Documentos Técnicos
1.- DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°8.2 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
 
Documentos Económicos
1.- DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°8.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°11.3 LETRA a) de las Bases Admininistrativas. 8%
2 OFERTA ECONOMICA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°11.3 LETRA c) de las Bases Administrativas. 60%
3 PLAZO DE INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°11.3 LETRA d) de las Bases Admininistrativas. 10%
4 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°11.3 LETRA b) de las Bases Administrativas. 2%
5 EXPERIENCIA EN CONTRATO DE SIMILARES CARACTERÍSTIC DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA N°11.3 LETRA e) de las Bases Admininistrativas. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO DEL SSMN
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MANUEL GONZALEZ
e-mail de responsable de pago: consultaprov.ssmn@redsalud.gov.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE
Fecha de vencimiento: 26-11-2029
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N°20.238, el adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización de la contratación a más tardar a la fecha de firma del contrato una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, la cual deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada por el oferente adjudicado o mediante un tercero a nombre de éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, RUT N°61.608.000-8, por un monto del 5% del valor final neto de lo ofertado por el proveedor, y se expresará en pesos chilenos y/o Unidades de Fomento. En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo, y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°17.322, sobre normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social.
Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de contrato licitación ID: _______, y el cumplimiento de las obligaciones laborales con sus trabajadores.
Forma y oportunidad de restitución: Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos el plazo para la formalización del contrato, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
I.- BASES ADMINISTRATIVAS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA El objeto de la presente Licitación es la “SERVICIO DE ARRIENDO DE IMPRESORAS COSTO FIJO MÁS COSTO VARIABLE PARA EL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE POR 36 MESES”, según el siguiente detalle: ITEM Tipo de Impresora Cantidad 1 Multifuncional BLANCO Y NEGRO - 2 bandejas 43 2 Multifuncional COLOR - 2 bandejas 3 3 Impresora Láser monocromática 37 4 Impresora Láser digital color 6 5 Impresora Láser digital color doble carta 3 6 Plotter con escáner 3 7 Impresora etiqueta (impresión N° de inventario) 2 8 Impresora de credenciales 1 9 Servidor de Impresión 1 La presente licitación será de adjudicación simple. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones superiores o igual a 1000 y menor a 5000 UTM. PARTICIPANTES. Podrán participar en la licitación las personas naturales, jurídicas y asociaciones, chilenas y extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica a través de su inscripción en el Registro de Proveedores, con su información actualizada, según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. De acuerdo al artículo 4° de la Ley 19.886, quedarán excluidos quienes, dentro de los anteriores dos años al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracciones a los derechos fundamentales del trabajador, o haber sido condenado por los delitos concursales que establecen los artículos 463 y siguientes del Código Penal. En caso de que el oferente que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Al momento de ofertar todos los oferentes deberán estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con el respectivo Certificado emitido por Chilecompra. Así mismo, en el caso de presentarse como UTP. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores para participar. En conformidad a lo prescrito por el artículo 35 quater de la Ley 19.886, de 2003, del Ministerio de Hacienda, sobre Ley de Bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, establece una nueva prohibición, en su inciso primero al señalar que ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso primero antes citado, debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. La prohibición para suscribir contratos ya citada, se extiende, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. Por su parte, el numeral 2 del artículo 8° de la ley N° 20.393, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos que indica, establece que a estas les será aplicable la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con el Estado, la que consiste, según lo señalado en el artículo 10, en la prohibición de contratar a cualquier título con órganos o empresas del Estado o con empresas o asociaciones en que este tenga una participación mayoritaria; así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado. A su turno, la letra d) del artículo 26 del decreto ley N° 211, de 1973, preceptúa que en el caso de las conductas previstas en la letra a) de su artículo 3°, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia podrá imponer la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. No podrán participar en la presente licitación ni celebrar contrato con el Servicio de Salud Metropolitano Norte aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren inhabilitadas en los términos de lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N°21.595. Tratándose de una persona natural condenada con dicha inhabilitación, esta se extenderá asimismo a las sociedades, fundaciones o corporaciones en que participe directa o indirectamente con poder de influir en su administración, mientras mantenga dicha participación. La inhabilitación regirá a contar de la fecha en que la resolución que la disponga se encuentre ejecutoriada. Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las bases administrativas y técnicas, sus anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Quien participe de este proceso licitatorio, se entiende estar conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas, y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes. ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO Y NORMATIVA APLICABLE Los bienes se contratarán de acuerdo a lo estipulado en los siguientes documentos que formarán parte integrante de la licitación y contrato materia de aquella, de acuerdo a los documentos: Las presentes Bases Administrativas Las Bases Técnicas Formularios, Anexos: Formulario N°1: Identificación del Proponente. Formulario N°2: Declaración Jurada para ofertar para UTP. Declaración Jurada para ofertar personas naturales y/o jurídicas. Formulario N°3: Cumplimiento de especificaciones técnicas. Formulario N°4: Oferta Económica. Formulario N°5: Experiencia en contratos de similares características. Formulario N°6: Plan de implementación. Formulario N°7: Programa de Integridad. Anexo A : Calendario de la Licitación. Anexo B: Declaración Jurada de Ausencia de Conflicto de Intereses y Confidencialidad Aclaraciones por parte del Servicio de Salud Metropolitano Norte a las presentes Bases y Especificaciones Técnicas, Preguntas y respuestas a los oferentes sobre aspectos administrativos-técnicos. Consultas y respuestas respecto a la adjudicación. En general, todo documento relacionado con la licitación que emane del Servicio de Salud Metropolitano Norte, con anterioridad a la apertura de la propuesta. Oferta del o de los Oferentes con sus respectivos antecedentes. Acta de evaluación de ofertas. Resolución de Adjudicación. Orden de Compra El contrato, de ser procedente. En general, todo documento relacionado con la licitación. 3.1 Reglas de Interpretación En caso de existir discrepancia entre los documentos de la licitación y el contrato, se dirimirá de acuerdo el siguiente orden de prelación, sin perjuicio de la interpretación armónica a que se debe propender: Oferta del proponente y sus aclaraciones Las aclaraciones a los antecedentes de la licitación. Las respuestas a consultas realizadas por oferentes en la licitación. Las bases técnicas. Las presentes bases administrativas, formularios y anexos. Contrato debidamente tramitado o su orden de compra, según corresponda. La Resolución de adjudicación y sus modificaciones. Toda la documentación de la presente licitación se deberá considerar complementaria y en ningún caso excluyente y en caso de que alguno de los documentos sea contradictorio, se atenderá siempre al orden de interpretación antes indicado. La regulación de la presente licitación estará constituida por la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y el D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley Nº 19.886. DFL Nº1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. DFL. Nº 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado. La Ley Nº 19.653, sobre Probidad Administrativa aplicable de los órganos de la Administración del Estado. La Ley Nº 20.238, que asegura la protección de los trabajadores y la libre competencia en la provisión de bienes y servicios a la administración pública. Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN El Servicio se reserva el derecho de modificar las bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes bases de licitación. En este caso, habrá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo correspondiente. En el mismo acto, establecerá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO Los antecedentes legales para poder ser contratado, solo se requerirán respecto del adjudicatario y en caso que la documentación que se indica en el punto 14 de las presentes bases no se encuentre acreditada y disponible en el portal www.mercadopublico.cl (con la vigencia indicada, en los casos que corresponda), el adjudicatario deberá, en forma previa a la formalización de la contratación, presentarla en Subdepartamento de Abastecimiento, ubicada en calle Maruri N°272, Oficina N°548, Piso 5, comuna de Independencia, entre las 09:00 y las 16:00 horas o enviarla al correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. PREGUNTAS, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES Las preguntas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán efectuarse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras, haciendo referencia explícita al punto de las Bases o documentos que la integran que motiva la consulta, hasta la fecha y hora indicada en el Calendario de la licitación. Las respuestas serán también publicadas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos. En cuanto a las aclaraciones, estas se publicarán en el mismo portal, hecho que las partes aceptan y entienden ser parte integrante de las bases de licitación, sin perjuicio de su formalización a través de un acto administrativo, cuando corresponda. Se deja constancia que solo se recibirán las consultas formuladas a través de los medios señalados, estando descartado cualquier otro tipo de comunicación entre los oferentes y el Servicio. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Dentro del plazo señalado en el Anexo A, los proveedores interesados deberán presentar sus ofertas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Las ofertas deberán formularse conforme lo exigen las presentes bases administrativas y técnicas, formularios, anexos y lo dispuesto en la Ley 19.886 y su Reglamento. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio de Salud Metropolitano Norte podrá recibir más de una oferta por el mismo proveedor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento 661 del 2024, las cuales se ajustarán a los mecanismos de evaluación estipulados en las presentes Bases de Licitación. 7.1 APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en este se establezca de acuerdo al calendario señalado en las presentes bases administrativas (Anexo A). En esta instancia, el Subdepartamento de Abastecimiento procederá a realizar la apertura electrónica de las ofertas en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en una etapa, lo que quedará reflejado en el Acta de Apertura Electrónica, en la cual verificará a través de una revisión formal, la presentación de aquella documentación exigida para participar en esta licitación, los cuales se detallan a continuación: Formulario N° 2: Declaración Jurada para ofertar para UTP, si correspondiere. Declaración Jurada online para personas naturales y/o jurídicas, obtenida en el portal www.mercadopublico.cl Formulario N° 3: Cumplimiento de especificaciones técnicas. Formulario N° 4: Oferta Económica. Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior no obsta a que, por cualquier error u omisión de fondo, así como por la presentación de información no fidedigna, alterada, falsificada o maliciosamente incompleta, que se constate en el posterior proceso de evaluación de las ofertas, se desestime aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas bases. Asimismo, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o, si habiéndose presentado, estas no resultaren convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos, la declaración deberá ser por acto administrativo fundado. 7.2 Vigencia de la oferta. La oferta deberá mantenerse vigente como mínimo durante 120 días corridos a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 13.1 de las presentes bases. CONTENIDO DE LA OFERTA El proponente deberá ingresar su oferta completa, adjuntando todos y cada uno de los antecedentes solicitados al portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el calendario de la presente licitación. Documentos que acompañan la oferta: La propuesta deberá incluir los siguientes documentos digitalizados, todos ellos ingresados al Portal www.mercadopublico.cl, en formato MS Word o PDF u otro compatible. Antecedentes Administrativos: Deberán anexarse en formato digital, como “anexo administrativo” en el campo que para el efecto dispone el portal y se entenderán por tales: Formulario N°1: Identificación del Proponente. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores, deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada, de acuerdo al formulario adjunto N° 1 de estas bases, y además deberá conforme a los artículos 180 y siguientes del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, acompañar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para el efecto de participar en un proceso de compra, el acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 unidades tributarias mensuales, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. En ambos casos el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma debiendo pactar la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Declaración jurada online Persona Natural o Jurídica: Los oferentes deberán presentar la declaración, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. Formulario Nº2: Declaración jurada para ofertar para UTP: Declaración jurada simple, suscrita por el oferente, y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso de que corresponda. Formulario N°7: Programa de Integridad. El oferente debe declarar si cuenta o no con programa de integridad y que los mismos son efectivamente conocidos y aplicados por su personal, lo que será evaluado de acuerdo a lo establecido en el correspondiente criterio de evaluación. Para justificar la declaración, el proveedor debe adjuntar el documento que acredite lo solicitado (en formato pdf). 8.2 Antecedentes Técnicos. Formulario N°3: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas. El oferente deberá detallar las especificaciones técnicas de los servicios ofrecidos, debiendo cumplir, como mínimo, con los requisitos obligatorios establecidos en el presente formulario. Para acreditar dicho cumplimiento, deberá adjuntar los medios de verificación correspondientes, tales como catálogos, fichas técnicas, brochure, cartas de compromiso u otros documentos similares. Formulario N°5 Experiencia en contratos de similares características. La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través del formulario N° 5. Los contratos declarados deben corresponder a Servicio de Arriendo de Impresoras prestados a instituciones públicas o privadas, durante los últimos 5 años hacia atrás contados a partir de la publicación de esta licitación. Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, y deberá coincidir con lo informado en el formulario. Solo se permitirá 1 (un) documento por contrato. De incluir más de un documento proveniente del mismo proceso de contratación, solo se considerará un documento. En caso de que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°5, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación, sin perjuicio de los establecido en el numeral 7 de la presente bases de licitación. Formulario N°6 Plan de Implementación: El oferente deberá indicar en días hábiles administrativos (de lunes a viernes) el plazo que considera para habilitar los diferentes servicios solicitados, el que no podrá superar los 60 días hábiles desde la firma del acta de inicio de servicio, que marcará el inicio de la implementación, y los tiempos de indisponibilidad de servicio al momento de habilitarlos hasta la firma de Acta de Recepción conforme de la implementación. El proponente deberá incluir una carta Gantt detallada de los plazos Implementaciones. Describiendo que la fecha de recepción conforme máxima es el del 20 agosto del 2026. Pasado esta fecha se considerará multa. En consecuencia, si el plazo ofertado por el proponente, contado desde el Acta de Inicio de la Implementación, excediere el día 20 de agosto de 2026, deberá ajustar su carta Gantt a fin de asegurar que la implementación sea recibida conforme, a más tardar, en dicha fecha. ITEM Tipo de Impresora Cantidad Fecha límite impresoras instaladas y Recepcionadas Conforme Cumple/ No Cumple 1 Multifuncional BLANCO Y NEGRO - 2 bandejas 43 20 Agosto 2026 2 Multifuncional COLOR - 2 bandejas 3 20 Agosto 2026 3 Impresora Láser monocromática 37 20 Agosto 2026 4 Impresora Láser digital color 6 20 Agosto 2026 5 Impresora Láser digital color doble carta 3 20 Agosto 2026 6 Plotter con escáner 3 20 Agosto 2026 7 Impresora etiqueta (impresión N° de inventario) 2 20 Agosto 2026 8 Impresora de credenciales 1 20 Agosto 2026 9 Servidor de Impresión 1 20 Agosto 2026 8.3 Oferta Económica (Completo) El proponente deberá anexar en formato digital como “anexo económico” en el campo que para el efecto dispone el portal, y se entenderá por tal: Formulario N° 4: Oferta Económica. La oferta económica será ingresada en el portal de mercado público considerando todos los costos, gastos inherentes a la adquisición y/o servicio licitado. El oferente ingresará como oferta económica al portal el PRECIO TOTAL NETO, además debe indicar si se encuentra exento o afecto al IVA, conforme consta en el formulario respectivo. Los valores deben expresarse en dólares americanos y deben ser únicos y definitivos, para todo el periodo del contrato. Se entenderá incluido en este valor todo gasto asociado al servicio de arriendo de impresoras, incluido si correspondiere la capacitación, uso de equipo audiovisual, equipos de soporte, o cualesquiera otros si procedieran. El precio del contrato será reajustado conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, cada 12 meses efectivamente cumplidos desde la fecha de inicio del servicio, aplicándose el reajuste a contar del mes siguiente a aquel en que se cumpla dicho período, y sucesivamente por iguales intervalos. Ante diferencias entre el valor estipulado en los antecedentes escritos adjuntos y lo ingresado como oferta económica en el portal www.mercadopublico.cl, primarán los primeros valores, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación. VISITA A TERRENO No aplica a la presente licitación. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES De conformidad a lo establecido en el artículo 56 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la comisión evaluadora, podrá solicitar a los oferentes, a través de la funcionalidad disponible en el portal web www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, lo que será evaluado de acuerdo al criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, siempre que no sean requisitos de admisibilidad, en cuyo caso será declarada inadmisible, según corresponda, conforme a lo prevenido en el punto 7° de estas Bases. A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas bases para recibir ofertas. En caso de ofertar una Unión Temporal de Proveedores y estar afecto alguno(s) de sus integrantes a las inhabilidades previstas en el artículo 35 quater de la ley N° 19.886, dentro del mismo plazo antes indicado, esta deberá informar sólo a través del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo prevenido en los artículos 180 y siguientes del Decreto Supremo N° 661 si continuará en el proceso de licitación con los restantes integrantes no inhábiles o se desiste. En caso de no responder dentro del citado plazo, se tendrá por desistida. El requerimiento, por parte del Servicio se hará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el campo que para el efecto dispone el portal. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 9 del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información. De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, la presentación en la forma y dentro del plazo de los antecedentes solicitados en virtud de este punto, será considerada al momento de la evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”, indicado en el punto 11.3 de estas bases. En el evento que los antecedentes requeridos por el Servicio conforme a este punto, no fuesen presentados en tiempo y forma por el oferente, aquel será evaluado con 0 puntos en el ítem respectivo, según se establece en el punto 11.3 de las presentes bases. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Conforme a lo prevenido en el artículo 51 del Decreto Supremo N° 661, el acto de la apertura se efectuará en una etapa a través del Sistema de Información, en el día y hora establecido en el calendario de la Licitación (Anexo A). Sólo serán consideradas como ofertas validas aquellas que cumplan con los requisitos de admisibilidad previstos en las presentes bases. Los oferentes tendrán un plazo de 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas, para formular observaciones a la apertura, sólo mediante el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, las cuales serán respondidas en un solo documento a través del sistema de información mediante documento suscrito por el Subdepartamento de Abastecimiento dentro de plazo previsto en el Anexo A. Cualquier observación que no fuere presentada a través del sistema de información, se tendrá por no presentada y por tanto no será respondida. Comisión de Evaluación de las Ofertas Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora, conformada por los funcionarios del Servicio que a continuación se mencionan o quienes les subroguen o reemplacen, en relación a cada uno de los ítems de la presente licitación: TITULARES NOMBRE RUT CALIDAD JURÍDICA CARGO 1 Luis Jiménez Henríquez 11.330.014-0 Contrata Jefe del Subdepartamento de Informática 2 Pamela Camilla Gómez 12.622.233-5 Contrata Jefe de Desarrollo y Análisis 3 Cristian Aravena Bobadilla 16.411.666-2 Contrata Jefe de Implementación y Procesos En caso de ausencia de alguno de los titulares, podrán ser subrogados por cualquiera de los siguientes funcionarios: SUBROGANTES NOMBRE RUT CALIDAD JURÍDICA CARGO 1 Fredy Sánchez Sierra 23.835.238-k Contrata Profesional del Subdepartamento de Informática 2 Carlos Concha Guajardo 18.546.708-2 Contrata Profesional del Subdepartamento de Informática 3 Carlos Morales Duarte 19.670.981-9 Contrata Profesional del Subdepartamento de Informática La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad, y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, elaborando un informe que contendrá, al menos, los contenidos mínimos dispuestos en el artículo 57 del Reglamento de la ley N°19.886, esto es: 1) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; 2) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del reglamento.; 3)La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio; 4) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación; 5) La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. De considerarse necesario, la comisión Evaluadora, requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Durante el estudio y evaluación de las propuestas, NO se aceptarán entrevistas personales, ni documentos adicionales a los ya entregados o correcciones de los mismos, según lo señalado en el párrafo anterior. La información no fidedigna, alterada, falsificada o maliciosamente incompleta entregada por los oferentes en los documentos anexos u otra que la Comisión requiera, será causal de inadmisibilidad de la oferta y cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si se hubiere exigido en la presente licitación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos a la presente propuesta. De conformidad con lo previsto en el artículo 4 Nº7 de la ley 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión. Según lo previsto en el artículo 35 nonies de la Ley 19.886 “Toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. La Comisión Evaluadora elaborará un Informe, incluyendo un Cuadro Comparativo de Ofertas, con los puntajes, de acuerdo a los criterios establecidos en la Pauta de Evaluación, el que será remitido al Director del Servicio con la propuesta de adjudicación. Evaluación de las ofertas y pauta de Evaluación: La evaluación de las ofertas será en una etapa: Evaluación de Admisibilidad: La Comisión mediante acta suscrita por todos sus integrantes, elaborará un cuadro donde señalará aquellas ofertas que se consideran admisibles, conforme a las presentes bases y cuáles no, respecto de estas últimas, deberá indicar fundadamente el motivo de la inadmisibilidad. Se podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando: En caso de no acompañarse la oferta económica que contempla el formulario N°4. En caso de no acompañarse el cumplimiento de especificaciones técnicas que contempla el Formulario N°3. Ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, conforme a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento 661 de 2024. Oferta presentada por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño, conforme a lo establecido en el artículo 182 del Reglamento 661 de 2024. Cualquier otra causal de inadmisibilidad establecida expresamente en las presentes Bases de Licitación. La decisión respectiva deberá ser mediante resolución fundada y publicada en el portal www.mercadopublico. Evaluación Técnica de las Ofertas La comisión evaluadora deberá analizar el cumplimiento de lo expuesto por los oferentes en el “Formulario N°3: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas” ingresados en su oferta y los antecedentes acompañados que sustentan, dando cumplimiento a la totalidad de las especificaciones técnicas requeridas. El oferente deberá detallar, las especificaciones técnicas del Servicio que se está ofreciendo, debiendo considerar como mínimo los requisitos obligatorios solicitados a través de este formulario. Para efectivamente validar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, el oferente será responsable de adjuntar los antecedentes de respaldo de la información declarada en el formulario N°3. En caso de detectarse la omisión, inconsistencias relativas a la información indicada o incumplimiento a las especificaciones técnicas obligatorias para la presente licitación, la oferta será declarada inadmisible. Con todo, conforme al punto 10 de las presentes bases, dichas omisiones o inconsistencias podrán aclararse mediante Foro Inverso, siempre que se trate de errores u omisiones formales cuya subsanación no altere la oferta técnica presentada ni le otorgue una ventaja indebida al oferente, resguardando los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes. En caso de no subsanarse en dicho contexto y dentro de los plazos establecidos, la oferta será declarada inadmisible. La decisión respectiva deberá ser mediante resolución fundada y publicada en el portal www.mercadopublico. Evaluación de Ofertas Admisibles: Respecto de aquellas ofertas que fuesen declaradas admisibles, la Comisión Evaluadora analizará las ofertas y formulará un ranking en que propondrá al Director la adjudicación de la propuesta, de acuerdo a los siguientes criterios y ponderaciones: N° CRITERIO PONDERACIÓN EN % a) CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 8% b) PROGRAMAS DE INTEGRIDAD 2% c) OFERTA ECONOMICA 60% c.1) COSTO FIJO (CF) (60%) c.2) COSTO VARIABLE (CV) (40%) d) PLAZO DE INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN 10% e) EXPERIENCIA EN CONTRATO DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS 20% TOTAL 100% Criterios de Evaluación A continuación, se presenta la pauta de evaluación que será utilizada por la comisión evaluadora: Criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales” (el puntaje se deberá ponderar al 8%) Para la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, se asignará 100 Puntos a la oferta que cumpla con presentar durante el periodo de publicación de la licitación, la totalidad de la documentación necesaria para realizar la evaluación, es decir, todo documento solicitado en las bases de licitación. EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO PUNTAJE Cumple dentro del plazo con la entrega de todos los formularios y documentos requeridos en las presentes bases. 100 Cumple con la entrega de todos los formularios y documentos solicitados por foro inverso. 50 No cumple con todo lo requerido dentro del plazo para la presentación de oferta, ni en la solicitud por foro inverso. 0 La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 8)/100) Criterio de evaluación “Programas de Integridad” (el puntaje se deberá ponderar al 2%) Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente cuenta o no con un programa de integridad que sea conocido y aplicado por su personal, lo cual deberá ser declarado en el formulario N°7. Para estos efectos, se entiende por programas de integridad, cualquier sistema de gestión destinado a prevenir y, si es necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que se dan en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: DESCRIPCIÓN DE CRITERIO PUNTAJE Cuenta con un programa de integridad que sea conocido y aplicado por su personal. 100 No cuenta con un programa de integridad que sea conocido y aplicado por su personal. 0 La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 2)/100) Medio de verificación: En el caso que el oferente indique que cuenta o no con un programa de integridad que sea conocido y aplicado por su personal, deberá individualizarlo en el formulario N° 7 y adjuntar copia simple del documento que acredite lo solicitado. Si el oferente indica que cuenta con dicho programa, pero no adjunta el documento, será evaluado con puntaje 0. Criterio de evaluación “Oferta Económica” (el puntaje se deberá ponderar al 60%) Este criterio será evaluado según lo indicado en el Formulario N°4, indicando en este el “Precio costo fijo neto” y “Precio costo variable neto”. Medio de verificación: Formulario N°4. La ponderación porcentual del criterio de evaluación oferta económica se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Ponderación % Oferta Económica =(((Ponderación CF+Ponderación CV) x 60)/100) Las ponderaciones de Costo Fijo y Costo Variable se determinarán de la siguiente manera: Evaluación subcriterio Costo Fijo (CF) (60%) Puntaje CF =((Min Precio CF entre Oferentes)/(Precio CF Oferente i))*100 Donde “Min Precio CF entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio costo fijo entre oferentes y el “Precio CF Oferente i” corresponde al precio costo fijo del oferente a evaluar. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas obtendrán puntajes de forma proporcional tras la aplicación de la fórmula antes indicada. La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Ponderación % CF =((Puntaje CF x 60)/100) Evaluación subcriterio Costo Variable (CV) (40%) Puntaje CV =((Min Precio CV entre Oferentes)/(Precio CV Oferente i))*100 Donde “Min Precio CV entre Oferentes”, corresponde al mínimo precio costo variable entre oferentes y el “Precio CV Oferente i” corresponde al precio costo variable del oferente a evaluar. Quien ofrezca el menor precio obtendrá 100 puntos y las siguientes ofertas obtendrán puntajes de forma proporcional tras la aplicación de la fórmula antes indicada. La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Ponderación % CV =((Puntaje CV x 40)/100) Criterio de evaluación “Plazo de Instalación e Implementación” (el puntaje se deberá ponderar al 10%) La comisión evaluadora analizará el plazo de instalación e implementación que presenten las ofertas en días hábiles, otorgándole puntaje al oferente de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje =((Plazo menor)/(Plazo evaluado))*100 La ponderación porcentual se obtendrá aplicando la siguiente fórmula: Ponderación % =((Puntaje x 10)/100) El plazo deberá expresarse en días hábiles, cuyo plazo no podrá superar los 60 días hábiles. Se considerará como plazo de Instalación e Implementación el tiempo transcurrido desde la firma del acta de inicio de implementación hasta la emisión del acta de Recepción Conforme de Instalación de los equipos. La recepción conforme de instalación de los equipos deberá estar como máximo para el día 20 de agosto 2026. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, la empresa adjudicada no pudiera cumplir con los plazos precedentemente estipulados por causas de fuerza mayor calificadas por el SSMN, podrá solicitar por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, una prórroga, la que podrá ser aceptada, rechazada o rebajada por el Servicio. Medio de verificación: Formulario N°6. Criterio de evaluación “Experiencia en contratos de similares características” (el puntaje se deberá ponderar al 20%) La cantidad de contratos deberá ser acreditada a través de este formulario. Los contratos declarados deben corresponder a servicio de arriendo de impresoras prestados a instituciones públicas o privadas, durante los últimos 5 años hacia atrás contados a partir de la publicación de esta licitación. Para efectivamente validar los contratos informados se deberá adjuntar cualquier documento que dé veracidad de lo contratado, tales como; órdenes de compra de Mercado Público, contratos, certificados de clientes, y deberá coincidir con lo informado en el formulario. Solo se permitirá 1 (un) documento por contrato. De incluir más de un documento proveniente del mismo proceso de contratación, solo se considerará un documento. En caso de que el oferente no adjunte los antecedentes de respaldo, o adjunte alguno que no corresponda con lo descrito en el formulario N°5, se entenderá que no tiene experiencia o no se considerará valido en la evaluación. Para evaluar el presente criterio se aplicará lo siguiente: Cantidad de contratos similares. PUNTOS MEDIO DE VERIFICACIÓN La empresa acredita haber ejecutado cinco (5) o más contratos de similares características a empresa o instituciones públicas o privadas. 100 Mediante Formulario N° 5 “Experiencia del oferente en contratos de similares características” La empresa acredita haber ejecutado entre dos (2) y cuatro (4) contratos de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 60 La empresa no acredita o acredita haber ejecutado un (1) contrato de similares características a empresas o institucionales públicas o privadas. 0 La ponderación porcentual del ítem se obtendrá aplicando la siguiente fórmula en base al puntaje obtenido según tabla: Ponderación % =((Puntaje x 20)/100) Medio de verificación: Formulario N°5. Oferta riesgosa o Temeraria En caso de existir ofertas que puedan ser calificadas como temerarias o riesgosas, la comisión deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta, para lo cual deberá, con arreglo al artículo 61 del Reglamento: a) Solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de 3 (tres) días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios. b) La Comisión Evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de (5) cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible. c) Si la Comisión Evaluadora considera que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente, si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato, o si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia, propondrá declarar inadmisible la oferta. d) Si la Comisión Evaluadora considera que la justificación presentada por el Proveedor es suficiente, deberá declararlo así en su informe y en tal caso se requerirá que aquel entregue garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos previstos en el numeral 12.3 de las presentes bases. TOTAL, PUNTAJE DE EVALUACIÓN: a) +b) +c) +d) +e) El puntaje total se expresará en número entero, aproximando a la unidad la parte fraccionaria que iguale o exceda de 0,5; y se descartará cuando sea menor. La Comisión de Evaluación elaborará un Cuadro con los puntajes obtenidos por cada criterio y proponente, el que se incluirá en su Informe y se publicará en www.mercadopublico, al momento de adjudicar. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. En caso de persistir el empate, se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Plazo de entrega”. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. GARANTÍAS Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Deberán ser extendidas en forma nominativa a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, ser pagaderas a la vista e irrevocables. 12.1 Garantía de Seriedad de Oferta: No aplica garantía de seriedad de la oferta, considerando el monto de la licitación. 12.2 Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento del contrato Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas de la contratación y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, según lo ordena la Ley N°20.238, el adjudicatario deberá presentar, antes de la formalización de la contratación a más tardar a la fecha de firma del contrato una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar, la cual deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, asegurando el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, tomada por el oferente adjudicado o mediante un tercero a nombre de éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo, a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte, RUT N°61.608.000-8, por un monto del 5% del valor final neto de lo ofertado por el proveedor, y se expresará en pesos chilenos y/o Unidades de Fomento. En caso que la garantía esté constituida por una póliza de seguro, además, deberá ser emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, y deberá cubrir, el importe por el incumplimiento de las multas contempladas en las presentes bases y del contrato respectivo, y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°17.322, sobre normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social. Vigencia: Esta garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles, posteriores al término del contrato y quedará en poder del Servicio, mientras dure el período de vigencia. Glosa: Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento de contrato licitación ID: _______, y el cumplimiento de las obligaciones laborales con sus trabajadores. Lugar de entrega: El documento de garantía deberá entregarse en el Subdepartamento de Abastecimiento del SSMN (Maruri N°272, piso 5, oficina 548, comuna de Independencia) en sobre cerrado. Horario de 09.00 a 16.00 horas. En los casos en que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía en formato electrónico deberá ser enviada por el oferente adjudicado a través del correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gob.cl. El sobre que contiene la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato deberá ser rotulado con la Leyenda: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato Licitación Pública ID ………………”. “Proponente”: __________________________________________ (Razón Social del oferente) Dirigido a: Subdepartamento de Abastecimiento del Servicio de Salud Metropolitano Norte. Este último remitirá dentro de segundo día hábil mediante correo electrónico copia escaneada a las oficinas de Asesoría Jurídica y documento original a través de Memorándum a la Unidad de Tesorería para su custodia. La Unidad de Tesorería debe autentificar el documento con la entidad emisora (bancos, aseguradoras, etc.) e informar al Subdepartamento de Abastecimiento, que en caso de falta de legitimidad informará al Referente técnico. Al término del período de la Garantía, el Servicio hará devolución de ésta al proveedor adjudicado, luego de constatar que todos los compromisos contractuales fueron cumplidos. Para esto, el Referente técnico debe informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto al contrato y bases de licitación. La Unidad de Tesorería notificará a proveedor para retiro del documento, en caso de que no se ejecute el retiro, o en su defecto el documento se encuentre vencido, deberá enviar mediante carta, a la entidad emisora. En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, el Servicio estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Si transcurridos el plazo para la formalización del contrato, el proveedor no presentase la garantía mencionada, el Servicio se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación o proceder a la readjudicación del servicio al proveedor que le sigue en puntaje de acuerdo con lo indicado en el acta de evaluación respectiva. 12.3 Oferta Temeraria, garantía de fiel y oportuno cumplimiento Se solicitará un aumento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento cuando la oferta del adjudicatario se determine como riesgosa o temeraria, es decir, cuando el precio de la oferta esté significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato, se podrá adjudicar pidiendo una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, correspondiente al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. 12.4 Sustitución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento El adjudicatario podrá sustituir la garantía de fiel y oportuno cumplimiento cada doce (12) meses de ejecución del contrato, con el objeto de ajustar su monto al saldo insoluto vigente, siempre que el nuevo instrumento mantenga una cobertura equivalente al cinco por ciento (5%) del saldo insoluto del contrato a la fecha de la sustitución. La sustitución deberá efectuarse de manera tal que no exista interrupción en la cobertura, debiendo la nueva garantía encontrarse vigente antes del vencimiento de la anterior. En caso de modificaciones contractuales que impliquen aumento del monto del contrato, el adjudicatario deberá mantener o adecuar la garantía vigente de modo que ésta cubra el cinco por ciento (5%) del nuevo saldo insoluto. Si el instrumento vigente no cumpliere con dicho porcentaje, deberá ser sustituido o complementado para asegurar el cumplimiento de esta exigencia. DE LA ADJUDICACIÓN La modalidad de la presente licitación es mediante adjudicación simple. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, por Ítems, mediante resolución fundada del Director del Servicio, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. La oferta se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos precedentemente, dentro del plazo señalado en Anexo A. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el Anexo A de las presentes bases administrativas, el Servicio informará en el Sistema de Información, a través de acto totalmente tramitado, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Servicio no adjudicare en el tiempo indicado, informará de esta circunstancia, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. Asimismo, podrá ser prorrogado en el caso de determinarse si se trata de ofertas riesgosas o temerarias conforme al artículo 61 del reglamento de la ley N°19.886. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Anexo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del reglamento de la ley Nº 19.886. Desistimiento de las ofertas En caso de que, el proveedor no entregara garantía de fiel cumplimiento, no firmara el respectivo contrato o no aceptara la orden de compra, según corresponda, se entenderá que ha desistido de su oferta, lo que dotará al Servicio de la facultad de readjudicar dentro del plazo de 120 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Mecanismo de resolución de consultas respecto de la adjudicación. Los oferentes podrán realizar consultas respecto del proceso de adjudicación hasta 2 días hábiles contados desde la fecha de adjudicación realizada en el portal Mercado Público, única y exclusivamente a través de comunicación dirigida a correo electrónico abastecimiento.ssmn@redsalud.gov.cl. Facultad de Readjudicar. El SSMN podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. No proporcionare los antecedentes necesarios para formalizar la contratación según lo previsto en el punto N°14 de las presentes bases. No suscribiere el contrato dentro del plazo previsto en el punto N°14 de estas bases. No se encontrare hábil en el Registro Electrónico Proveedores de Mercado Público, a la época de la formalización de la contratación, según lo señalado en el punto N°14 de estas bases. No entregare la garantía de fiel cumplimiento de la contratación según lo indicado en el punto N°12.2 de estas bases. 13.4 Revocación del llamado El Servicio de Salud Metropolitano Norte se reserva el derecho de revocar en cualquier momento hasta antes de la adjudicación de la propuesta, el presente llamado a licitación, por razones de interés del Servicio o de disponibilidad presupuestaria, mediante la Publicación de la Resolución correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. Si el llamado fuere revocado los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución totalmente tramitada que adjudica el proceso de licitación. Para la suscripción del contrato el Servicio emitirá la resolución totalmente tramitada de adjudicación, la que será publicada a través del portal de mercado público y se tendrá por notificada al proveedor luego de 24 horas transcurridas desde su publicación en el sistema de información. Si transcurrido el plazo de 20 días hábiles desde que la adjudicación se entiende notificada, el proveedor adjudicado no suscribe el contrato, ni ha hecho entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y la demás documentación solicitada, se entenderá por desistido de su oferta, por consiguiente, el SSMN está facultado para adjudicar la propuesta al oferente que haya ocupado el segundo lugar de la selección, según el informe de Adjudicación emitido por la comisión de evaluación. Formarán parte integrante del contrato los siguientes documentos que no se adjuntan y que se consideran conocidos por los proponentes: Leyes de la República, Normas Técnicas, Leyes Laborales y de Previsión Social. También forman parte del contrato y se adjuntan a él los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica; en caso de existir discrepancia entre ellos: Bases Administrativas. Bases Técnicas. Serie de Preguntas y Respuestas. Aclaraciones de las Ofertas. Propuesta del Oferente. Todos los documentos mencionados precedentemente y aquellos que se incorporen dentro del proceso de licitación y adjudicación, formarán parte integrante del contrato derivado de la adjudicación de la propuesta. Documentación a presentar: Documentos para Persona Natural: Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados. Documentos para Persona Jurídica (Incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada): Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del o los representante (s) legal (es). Copia simple de escritura pública en el que conste el poder de su(s) representante(s). Inscripción, con certificado de vigencia, del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. Las Sociedades que se acojan a la Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales, deberán presentar: Certificado de Estatuto Actualizado y, Certificado de vigencia, ambos emanados del Registro de Empresas y Sociedades, administrado por el Ministerio de Economía Fomento y Turismo, con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de su presentación. Certificado de antecedentes laborales y previsionales, con una antigüedad no mayor a seis meses, contados hacia atrás, desde la fecha de presentación de la oferta. En el evento que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años. Cabe destacar que, los documentos señalados en los numerales ii. Y iii. Los otorga el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces en donde se inscribió la sociedad. Se deja constancia que las copias de documentos en las que un Notario Público certifica que son copia fiel de otro documento, no cumplen con la certificación de vigencia solicitada. En caso de Fundaciones o Corporaciones: Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados del representante legal. Copia simple de Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. Copia simple del Decreto que otorga la personalidad jurídica, si correspondiere. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de la solicitud. Documentos para Persona Jurídica Extranjera: Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. Deberá designar domicilio en Chile. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. Documentos para U.T.P. Deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta, sin que sea necesario constituir una sociedad. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta, sin que sea necesario constituir una sociedad. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. Los proveedores deberán establecerse en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio de Salud Metropolitano Norte, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Además, cada uno de los proveedores deberá cumplir los requisitos individualmente indicados, según corresponda. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en Chile. El contrato, tendrá, a lo menos, las siguientes estipulaciones: Individualización del proveedor; Individualización de los servicios materia del contrato. Precio; Plazo de duración; Garantías; Causales de término anticipado; Fijación de domicilio convencional de las partes en la comuna y ciudad de Santiago para prorrogar la competencia de sus Tribunales Ordinarios; Declaración que indique los antecedentes que forman parte integrante del contrato, esto es; las bases administrativas y técnicas y sus anexos, las consultas, aclaraciones y respuestas, las modificaciones a las bases si las hubiere, la oferta respectiva, además de todo otro antecedente que expresamente se contemple para su debida ejecución; Declaración que todos los gastos e impuestos que se puedan generar a causa o con ocasión de la celebración del contrato, serán de cargo exclusivo del proveedor; Declaración que el contrato no podrá ser cedido por el proveedor bajo ningún respecto. La infracción de esta prohibición dará derecho al Servicio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Declaración en el sentido que el contrato suscrito no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen; Declaración que el proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o la propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese proveedor a propósito del convenio; Los medios para acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y la oportunidad en que ellos serán requeridos. Declaración que entre el Servicio y el personal dependiente, contratado o subcontratado del proveedor no existe ningún tipo de vínculo, ni legal, ni laboral ni funcionario. Declaración que el contratista deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afectará al contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, en cualquier calidad, que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria, incluso después de la expiración del contrato. El contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento a las presentes Bases. Declaración que el Servicio se reserva el derecho de rechazar los servicios entregados por deficiencias y/o por no corresponder a lo solicitado. En este caso, éste se considera como no entregado para todos los efectos legales incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. Declaración que el proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de ellos. VIGENCIA El contrato tendrá una vigencia de 36 meses contados desde que el acto administrativo que la apruebe esté totalmente tramitado y notificado mediante su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad con el artículo 9° del Reglamento de la Ley N°19.886, esto es, luego de transcurridas 24 horas desde la publicación en el portal del acto administrativo aprobatorio de la contratación. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, la ejecución del contrato podrá iniciarse desde la suscripción del Acta de Inicio de Servicios, en la cual se dejará constancia de la fecha efectiva de inicio. En tal caso, los plazos de ejecución se computarán desde dicha fecha. Sin embargo, no procederá pago alguno mientras no se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que aprueba el contrato. El envío de la(s) orden(es) de compra se realizará una vez se cuente con la Resolución totalmente tramitada que aprueba el Contrato. PRECIO El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntos en la licitación, más los impuestos correspondientes. El precio del contrato será reajustado conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, cada 12 meses efectivamente cumplidos desde la fecha de inicio del servicio, aplicándose el reajuste a contar del mes siguiente a aquel en que se cumpla dicho período, y sucesivamente por iguales intervalos. ANTICIPOS No aplica a la presente licitación. FORMA DE PAGO El pago se efectuará de forma mensual, por mes vencido, y se realizará de acuerdo a los servicios efectivamente prestados previa documento de “Recepción Conforme” de acuerdo al formulario N°6 en la entrega de equipamiento en las 2 etapas, la cual deberá ser emitida por el Referente Técnico. Con todo, el pago correspondiente al primer mes de servicio se efectuará una vez suscrita el Acta de Recepción Conforme de la implementación y transcurrido un mes de operación efectiva del servicio. La fecha de emisión de la factura/boleta de honorario según corresponda debe ser posterior a la Orden de Compra, y deberá ser emitida toda vez que los productos y/o servicios fueron entregados en conformidad por el proveedor, debiendo este, además, acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con los trabajadores, (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo. Dicho pago se deberá efectuar en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura, emitida en conformidad a la Orden de Compra, y verificada o no la cesión de factura, la cual deberá ser notificada al área de finanzas de este Servicio de Salud, al correo anar.tapia@redsalud.gob.cl. El proveedor deberá entregar su factura conforme a lo siguiente: Nombre: Servicio de Salud Metropolitano Norte Rut: 61.608.000-8 Dirección: Maruri N°272 Comuna: Independencia Ciudad: Santiago La orden de compra debe estar en estado “Aceptada” en el portal www.mercadopublico.cl. Al momento de generar la factura electrónica deberá considerar la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com Debe emitir Documento tributario electrónico (DTE) a crédito, el proveedor debe registrar en forma obligatoria N° de Orden de Compra, en campo de referencia, y tener código (campo 801/802), en caso de no cumplir casilla de intercambio (dipresrecepcion@custodium.com) y registro de OC, DTE será rechazado. La factura una vez validada y devengada se ingresará al proceso de pago con el cual cuente la institución al momento (proceso de pago centralizado por la Tesorería General de la Republica o transferencia directa por parte del Servicio de Salud). En caso de que el pago sea vía TGR, las consultas de pago podrán realizar a través del sitio web disponible de la Tesorería General de la Republica www.tgr.cl. En módulo “Consulta de pago Proveedores del Estado”. DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE SERVICIOS El adjudicatario deberá hacer la entrega de los servicios convenidos, de acuerdo a las especificaciones técnicas, bases del presente proceso y contrato u orden de compra, junto a una orden de trabajo, cuya copia quedará en poder del proveedor. La orden de trabajo deberá ser firmada y timbrada por El (La) Referente Técnico o su subrogancia según corresponda, dando conformidad al servicio prestado. Si con posterioridad a la adjudicación de la licitación, el adjudicatario no pudiera cumplir con los plazos ofertados por causas de fuerza mayor, podrá solicitar una prórroga de plazo de entrega y/o implementación, por escrito y con anterioridad a la fecha de vencimiento del plazo original, adjuntando los antecedentes que justifiquen la solicitud, la cual además deberá ser analizada mediante un informe técnico emanado del Referente Técnico respectivo, quien deberá señalar si concurren o no condiciones para acoger tal solicitud, el cual no será vinculante para la entidad licitante, la cual podrá aceptar total o parcialmente, o rechazar tal solicitud. Tal determinación será notificada a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Sistema de Información. Acogida parcialmente o derechamente rechazada la solicitud de prórroga de plazo, deberá el Referente Técnico requerir a la Dirección de Servicio, la aplicación de multas y/o término de contrato, justificando su solicitud con informe técnico siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 27 de las presentes bases. El servicio de Salud Metropolitano Norte se reserva el derecho de efectuar ajustes menores en la distribución de equipos señalados. La distribución definitiva será acordada durante la etapa de implementación con la empresa que resulte adjudicada. Calidad de los servicios ofrecidos El Referente Técnico del Servicio pondrá especial énfasis en el control de calidad de los servicios para que coincidan con lo ofertado y las bases respectivas, en caso de no ser así, dará origen al rechazo de los mismos y se tendrán por no recepcionados. Para dicho propósito, deberá informar por email a la contraparte técnica y podrá ser motivo de multas y/o término del contrato. REFERENTE TECNICO Actuará como referente técnico Don Luis Jiménez Henríquez, Jefe del Subdepartamento de Informática o quien subrogue o se designe del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Para tales efectos, el Referente Técnico tendrá las siguientes facultades y obligaciones: Dar recepción conforme de los servicios entregados, y respecto de aquellos que no sean aptos conforme a lo previsto en las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, requerir su reemplazo y entrega respectiva. Instruir al proveedor, acreditar el estado de cotizaciones y/o remuneraciones del personal conforme a lo prevenido en las bases. Emitir en forma oportuna los informes que correspondan con ocasión de la subcontratación de servicios, solicitud de prórroga de plazo de entrega, aplicación de multas y/o término anticipado de contrato. Impartir instrucciones al proveedor, mediante directrices, órdenes y/o requerimientos destinados a obtener un mejor y estricto cumplimiento de los objetivos de la contratación. Informar oportunamente al Servicio y al oferente adjudicado la necesidad de hacer efectiva la facultad de aumento de contrato prevista en las bases. Requerir a los establecimientos y/o unidades receptoras de servicios, que verifiquen que aquellos cumplen con los estándares técnicos dispuestos en las bases. Verificar el correcto cumplimiento del contrato, cumplimiento de las obligaciones del oferente adjudicado y la vigencia de las garantías respectivas. Informar a la Unidad de Tesorería, según razones fundadas, se establezca que adjudicatario haya dado cumplimiento estricto a la contratación y bases de licitación, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Impartir instrucciones formales al proveedor, que aseguren el correcto cumplimiento administrativo del contrato. Será responsabilidad del referente técnico, firmar diariamente el documento o guía presentada por el adjudicatario, como constancias de la prestación efectiva del servicio por usuario en cada jornada. El referente técnico deberá verificar el registro mensual del servicio presentado por el adjudicatario, asegurándose de que se encuentre debidamente respaldado por los registros diarios previamente firmados. Verificar la entrega de la póliza de seguro de los equipos electrónicos vigentes. Solicitar, revisar y validar la entrega del plan definitivo de implementación y puesta en marcha. Solicitar y validar la entrega de informes mensuales de acuerdo a lo solicitado en la cláusula N°5 de las Bases Técnicas. Verificar durante la vigencia del contrato, que se cumpla con lo solicitado las Bases Técnicas. Informar fundadamente a la Unidad de Tesorería sobre el cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario, para efectos de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento. PRESUPUESTO Para la presente contratación, el Servicio de Salud Metropolitano Norte cuenta con un presupuesto estimado de $315.000.000.- (Trescientos quince millones de pesos) impuestos incluidos. PROHIBICIÓN DE CESIÓN Y FACULTAD DE LA ENTIDAD LICITANTE DE CELEBRAR CONTRATO CON OTROS PROVEEDORES. El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones del contrato. En caso de incumplimiento el Servicio podrá poner término anticipado al contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común. Se deja constancia que la adjudicación no significará impedimento para que el Servicio pueda celebrar otros contratos de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen. CLAUSULA DE RESPONSABILIDAD El proveedor liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de subcontratos de prestación de servicios, consecuencias de la aplicación de leyes laborales, transgresiones de derechos de patente, licencia, marca registrada o diseños industriales u otros, como consecuencia de la ejecución del Contrato. CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad de todos los antecedentes e información del Servicio de Salud Metropolitano Norte que conozca con motivo del contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados al contrato en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio podrá terminar anticipadamente el contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en caso de que corresponda, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes. OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICATARIO Serán obligaciones del Oferente Adjudicado, sin perjuicio de aquellas que emanen de la naturaleza del contrato, las siguientes: Prestar los servicios adjudicados dentro del plazo ofertado, en la dirección informada en la Orden de Compra o la indicada por el Referente técnico. Observar las indicaciones del Referente Técnico en cuanto a lugar y fecha de entrega, calidad de los servicios según corresponda. Guardar el deber de confidencialidad dispuesto en las bases. Observar la prohibición de cesión de contrato. Librar de toda responsabilidad al Servicio de Salud Metropolitano Norte, conforme a lo prevenido en las bases. Observar que los servicios cumplan con las bases técnicas y estándares de calidad durante la totalidad del contrato. Acreditar haber pagado, en caso de existir, la totalidad de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, mediante exhibición de certificados de previred, planillas de cotizaciones, finiquitos, liquidaciones de sueldo y/o cualesquiera otros documentos que acrediten tal cumplimiento. Cumplir con las obligaciones en materia de higiene y seguridad tanto respecto de sus trabajadores directos como subcontratados. Contar con capacidad suficiente en caso de hacerse efectiva la facultad de aumento de contrato prevista en las presentes bases. En caso de inhabilidad sobreviniente conforme a lo previsto en la ley N°19.886 y su reglamento, informar dentro de quinto día hábil al Referente Técnico, contado desde que se encontraré a firme el hecho que la genera. Realizar la entrega del plan definitivo de implementación y puesta en marcha de los equipos de acuerdo a lo indicado en las Bases Técnicas. Realizar la entrega de informes mensuales de acuerdo a las condiciones solicitadas en la cláusulas N°5 de las Bases Técnicas. No poder hacer uso y/o transferencias de la información que obtenga en virtud del contrato, sino sólo para los efectos señalados en él. Todas las demás que emanen de la naturaleza del contrato y las presentes bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas y aclaraciones del proceso concursal. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere. El oferente manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. MULTAS El Servicio de Salud Metropolitano Norte, mediante el acto administrativo respectivo, y previo procedimiento descrito en este punto, podrá aplicar las multas que a continuación se indican. N° INCUMPLIMIENTO VALOR DE LA MULTA 1 Incumplimiento de instrucciones y/o requerimientos del referente técnico, de acuerdo a lo previsto en las Bases 0,2% del valor total del contrato, por evento constatado por el RT. 2 Atraso en el plazo de resolución de incidentes de acuerdo a los plazos indicados en las Bases Técnicas cláusula N°7. 0,2% del valor total del contrato, por cada día hábil de atraso. 3 Retraso en la entrega de insumos de acuerdo a los plazos indicados en la cláusula N°3 de las Bases Técnicas. 0,2% del valor total del contrato, por cada evento de incumplimiento. 4 Si los servicios adjudicados no se entregan en las fechas, forma, calidad, cantidad y/o lugar contenido en la oferta económica y/o aquel acordado entre el proveedor y referente técnico, según corresponda. 0,5% del valor total del contrato, por cada evento de incumplimiento. 5 Atraso en el plazo de implementación de los equipos de acuerdo a lo ofertado por el proveedor. 0,5% del valor total del contrato, por día hábil de retraso. 6 Atraso en la recepción del equipamiento de acuerdo a lo informado por el oferente en su propuesta. 0,5% del valor total del contrato, por día hábil de retraso. *Evento: aquel hecho incumplido y constatado por el Referente Técnico (RT). ** Los incumplimientos y/o fallas serán comunicados por el Referente Técnico mediante correo electrónico fijado por el proveedor en el Sistema de Información, conforme a lo estipulado en el artículo 140 del reglamento 661 de 2024, dejando constancia de lo comunicado al proveedor en sus registros. Asimismo, tratándose de aquella multa contemplada en el numeral 1, el proveedor tendrá un plazo de 48 horas contadas desde la comunicación por parte del RT, para dar respuesta y cumplir con la instrucción y/o requerimiento. Con todo, la suma total de las multas no deberá sobrepasar el 20% del valor del contrato, y de producirse ello, el Servicio podrá disponer el término anticipado del contrato. Procedimiento de aplicación de multas: El Referente Técnico deberá emitir un informe y remitirlo al subdepartamento de abastecimiento del Servicio, donde se dé cuenta detallada de los hechos constitutivos de incumplimiento objeto de aplicación de multa y se indique el monto de la sanción, en virtud del cual el subdepartamento de abastecimiento notificará al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Sistema de Información, conforme a lo estipulado en el artículo 140 del reglamento 661 de 2024, teniendo el proveedor la opción de presentar, a través del mismo medio, sus descargos ante la imputación del incumplimiento, en un plazo máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha de la notificación anteriormente mencionada. Los descargos serán evaluados por el Servicio, quien definirá si corresponde acogerlos o rechazarlos, en un plazo máximo de 5 días hábiles a contar de la recepción de los descargos. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas, o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, la sanción por el valor total o parcial informado por el Referente Técnico, o la determinación de no aplicarla, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl , tanto en el proceso de licitación como en la respectiva orden de compra y en la ficha del proveedor en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl), además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que el éste registre en el Formulario Nº1. Cabe mencionar que todo acto administrativo puede ser objeto de los recursos que establece la Ley N.º 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, por lo que la Resolución que aplique la multa podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto (5°) día hábil de notificada. El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro del décimo (10°) día hábil desde notificada la Resolución que la aplicare. La empresa sancionada deberá pagar la multa en Cuenta Corriente N° 9399356 del banco Estado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Norte Rut: 61.608.000-8, enviando comprobante de pago a claudia.chavezburgos@redsalud.gob.cl, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha en que se notifique la presente resolución. En caso de no efectuarse el pago de la multa dentro del plazo señalado precedentemente, el Servicio de Salud Metropolitano Norte iniciará las acciones correspondientes para el cobro de la misma. Asimismo, podrá hacerse efectivo el pago mediante descuento, directamente del estado de pago y/o de la garantía de fiel cumplimiento. En caso de hacerse efectivo el cobro del instrumento de garantía, el oferente adjudicado deberá entregar una nueva Garantía, de igual monto y características, dentro de los 5 días hábiles siguientes al cobro de la anterior. Bajo sanción de poner término anticipado de la contratación. Con todo, las multas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos. Sin perjuicio de lo anterior, el SSMN no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado, en caso de que se adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de multa. MODIFICACIONES CONTRACTUALES De acuerdo a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, en relación al artículo 129 del Decreto 661 de 2024, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo. En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, siempre que la entidad cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el proveedor deberá presentar a la fecha de suscripción de la modificación de contrato, una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos. En estos casos, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución―si dicha caución fue exigida―, la que deberá ajustarse a lo establecido en el punto 12.4 de las presentes bases. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato podrá terminarse anticipadamente, previa resolución fundada del Director del Servicio, y sin forma de juicio, por las siguientes causales: La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del D.S 661 de 2024. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del D.S 661 de 2024. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Por haber alcanzado el tope de multas según se indica en las presentes bases. Por no acreditar, previo informe del Referente Técnico y Ordinario o correo electrónico dirigido al domicilio o casilla del adjudicatario, otorgando plazo para tal efecto, el pago de los saldos insolutos de remuneraciones y/o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o contratados en los últimos dos años. Por no existir disponibilidad de presupuesto en el año 2026. Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación y/o en el contrato. Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al proveedor las siguientes: Si es sometido a procedimiento de Liquidación Forzosa, solicita su Liquidación, o inicia gestiones de Acuerdo de Reorganización Judicial y/o Extrajudicial con sus acreedores. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores. Si se disuelve y procede a su liquidación. Por infracción al deber de confidencialidad y/o prohibición de cesión y subcontratación con terceros, cuando proceda según lo dispuesto en estas bases. Si el proveedor o alguno de los socios del proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente. Si los productos no son entregados transcurrido un plazo igual o superior a 10 días hábiles desde la fecha en que debía hacerse. Si existen defectos de calidad en los bienes entregados o por no corresponder a las Especificaciones Técnicas. En este caso, estos se consideran como no entregados para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor en incumplimiento del contrato respectivo. Incumplimiento a las obligaciones comprendidas en bases administrativas, técnicas, anexos, respuestas, oferta y aclaraciones del proceso concursal, calificado como grave en forma fundada, por informe de Referente Técnico remitido a la Dirección del Servicio. Para declarar el término del contrato, se seguirá el siguiente procedimiento: El Referente Técnico deberá emitir un informe al Subdepartamento de Abastecimiento, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la solicitud de término, en virtud del cual se notificará al proveedor a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Sistema de Información, conforme a lo estipulado en el artículo 140 del reglamento 661 de 2024, en el cual se informará del hecho de haber sido requerido el término del contrato. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para formular sus descargos ante el Director del Servicio, debiendo acompañar los antecedentes en que justifique sus defensas. Si no emite descargos a la decisión de declarar el término del contrato o en caso que el proveedor se allanare expresamente, o de ser desestimadas sus alegaciones y defensas, deberá formalizarse mediante Resolución de la Dirección del Servicio, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, y además será notificada al oferente adjudicado a través del correo electrónico que éste haya registrado en el Sistema de Información, conforme a lo estipulado en el artículo 140 del reglamento 661 de 2024. La Resolución que declare el término del contrato podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880, dentro de quinto día hábil de notificada. En caso de declararse el término anticipado del contrato, el Servicio podrá aplicar multas contempladas en las presentes Bases. SUBCONTRATACIÓN DE SERVICIOS El Adjudicatario podrá subcontratar parcialmente los servicios, sin perjuicio de su responsabilidad en el cumplimiento del contrato, en virtud lo establecido en el artículo 128 del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que cause el adjudicatario, sus dependientes y subcontratistas, en conformidad a la ley. Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. El adjudicatario deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el adjudicatario deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el artículo 128 del reglamento de la Ley N°19.886. En todo caso será el proveedor adjudicado, responsable de todas las obligaciones contraídas con el Servicio. En virtud del contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista, debiendo acreditar que no registra saldos insolutos de cotizaciones de seguridad social ni remuneraciones y/o indemnizaciones, mediante certificados de la Inspección del Trabajo actualizados, planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud, finiquitos y demás que al efecto y oportunidad le sean requeridos por el referente técnico CONSTANCIA Se deja expresa constancia que todas y cada uno de los artículos contenidos en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, se entienden incorporadas sin necesidad de Mención expresa en las correspondientes Órdenes de Compra que se emitan al Adjudicatario y éste se hace responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derive. DOMICILIO En el Contrato, el proveedor deberá constituir domicilio en la ciudad de Santiago de Chile para todos los efectos legales. Las diferencias que se pudieran originar entre el Proveedor y el Servicio de Salud Metropolitano Norte serán dirimidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio fijado por las partes, en caso de no producirse acuerdos directos entre las parte.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.