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1. OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN. |
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El objeto de la presente licitación es la adquisición del servicio de grabación edición y post producción de tres capsulas audiovisuales con duración máxima de 15 minutos cada una de las cuales tienen como objeto implementar acciones de divulgación y comunicación de la ciencia desarrolladas por los /as investigadores de de la Universidad de Aysén, en las comunas de Coyhaique y Puerto Aysén, todo esto de acuerdo con las especificaciones que se detallan en el Título II de la presente Resolución.
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2. MARCO NORMATIVO. |
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Esta Licitación Pública se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N°19.886 de 2003 de Bases sobre Contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y su Reglamento , el Decreto Supremo N°661 de 2024 y por las normas legales, reglamentarias y técnicas vigentes y aplicables al momento de su publicación, por lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, documentos anexos de la propuesta, y las consultas, aclaraciones y las respuestas a ellas formuladas a través del portal www.mercadopublico.cl, la Resolución que adjudica la licitación, y la propuesta presentada por el oferente.
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3. INTERPRETACIÓN. |
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Todos los documentos mencionados en el apartado anterior formarán un todo integrado y se complementarán recíprocamente, en forma tal que se considera parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. La Universidad se reserva la facultad de interpretar tales instrumentos en caso de contradicción, considerando el principio de preeminencia, estricta sujeción de las bases, e igualdad de los oferentes.
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4. NATURALEZA Y MONTO DE LA PROPUESTA. |
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La presente licitación es de carácter público, cuyo llamado se realizará a través del portal web www.mercadopublico.cl por la Universidad de Aysén, domiciliada en Calle Lillo N°667, Coyhaique.
Existe presupuesto referencial de $12.000.000.- (doce millones de pesos) impuestos incluidos, por parte de la Universidad de Aysén para la contratación ya mencionada. Cabe señalar que se trata de contrato de servicios en los términos del art 4 del reglamento N°661 Ley de compras.
Las ofertas deben estar expresadas en moneda nacional, contemplar tanto el producto principal y sus complementarios y ajustarse al presupuesto disponible según se detalla en el título II, “Bases Técnicas”.
Aquellas ofertas que superen el presupuesto disponible serán declaradas inadmisibles.
El oferente deberá considerar en su propuesta todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, traslado, impuestos y en general, todo cuanto implique gasto para dar cumplimiento al contrato.
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5. PARTICIPANTES |
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Podrán participar en esta licitación pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que se encuentren hábiles para contratar como proveedores del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras y su Reglamento. En el evento que resulte adjudicada esta licitación a una persona jurídica extranjera, para contratar se le exigirá tener constituido domicilio en Chile. Las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras podrán participar en esta licitación celebrando un Pacto de Unión Temporal de Proveedores (UTP), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 180 y siguientes del Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. En este caso, ninguno de los integrantes de la UTP podrá registrar alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. No obstante, los antecedentes que originalmente se encuentren en otro idioma deberán ser acompañados de una traducción exacta al idioma español, en cuyo caso la traducción prevalecerá en lo que respecta a la Interpretación de la oferta salvo la documentación técnica original de fábrica la cual puede ser ingresada en inglés.
Los oferentes y/o participantes por el sólo hecho de presentar sus ofertas a la Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas Bases, eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas.
Las ofertas deben emanar de quien tenga facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos.
El acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras, y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/, sin que sea necesario constituir una sociedad.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores identificado en el anexo N° 2, deberá presentar los antecedentes de la oferta y de la contratación; subsanar solicitudes de aclaración y entregar información que pudiese requerir la Universidad.
Para suscribir el contrato cada proveedor de dicha Unión Temporal deberá encontrarse inscrito en estado hábil en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo fijado en las presentes bases, debiendo mantener tal calidad hasta el término de la vigencia del contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
5.1. Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público.
No es de carácter obligatorio que los proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, al momento de presentar sus ofertas. No obstante, en caso de resultar adjudicado, deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, publicado en el Sistema de Información de Mercado Público. Si resultare adjudicada la licitación a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo referido previamente.
Se deja establecido, además, que se exigirá que el adjudicatario se encuentre inscrito y hábil en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, durante toda la vigencia de la relación contractual con la Universidad de Aysén.
5.2 Inhabilidades y Prohibiciones:
No podrán participar de este proceso licitatorio los proveedores respecto de los cuales se configure alguna de las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican.
En relación a las inhabilidades por condena:
a) Haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la oferta.
b) Haber sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973.
c) Haber sido condenados con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley N°20.393.
d) Aquellos proveedores cuyos dependientes o asociados, tengan alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente, que les impida realizar ofertas o ser adjudicatarios de procesos licitatorios con la Administración del Estado.
Inhabilidades por conflictos de interés:
No podrán participar en el proceso de licitación:
e) Los funcionarios directivos de la Universidad de Aysén, ni quienes se encuentren unidos a un funcionario directivo de la entidad licitante, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
f) Las sociedades de personas de las que formen parte los funcionarios directivos de la Universidad de Aysén, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
g) Las sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en que una o más de las personas indicadas en la letra b) anterior sean accionistas.
h) Las sociedades anónimas abiertas en que alguna de las personas indicadas en la letra b) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
i) Los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades anteriores.
Para estos efectos, los participantes deberán suscribir la Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar contenida en el Portal de Mercado Público.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en las presentes bases, las causales de inhabilidad para ofertar y para contratar establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada uno de sus integrantes, individualmente considerado, debiendo en consecuencia:
a) Suscribir cada uno de ellos la Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar, generada por la plataforma de Mercado Público, según se indica a continuación:
- El proveedor que presente la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, deberá firmar en línea la Declaración disponible en el portal www.mercadopublico.cl
- Los demás integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán suscribir la Declaración que se acompaña como Anexo N° 3-A de estas Bases, debiendo acompañar las respectivas declaraciones al momento de presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl
b) Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso de resultar adjudicada, deberá presentar los antecedentes que correspondan, para suscribir el contrato.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá decidir si continuará el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
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6. CALENDARIO DE LA LICITACIÓN. |
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Las etapas de la presente Licitación estarán de acuerdo al calendario informado a través del portal Mercado Público. El plazo mínimo entre el llamado y la recepción de ofertas será de 10 días corridos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del reglamento de la ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para adquisición de bienes de simple y objetiva especificación, cuyo monto de adquisición sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM.
(ver cuadro en bases adjuntas)
Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal www.mercadopublico.cl y se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el mismo el respectivo acto o resolución objeto de la notificación. Cuando se modifiquen los plazos establecidos en las bases de licitación, la institución mandante realizará el acto administrativo que apruebe dichas modificaciones, ingresando el documento al sistema de información de compras y contratación, para conocimiento de todos los oferentes interesados. Los plazos establecidos en las presentes bases, son de días corridos. Excepto si expresamente se indica que son días hábiles. Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos. Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes, o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 hrs. Si en el último día del plazo de publicación de la licitación no se hubieren recibido ofertas, hasta 30 minutos antes del cierre del proceso, según el horario fijado en la ficha electrónica, la Universidad podrá extender el plazo de publicación y recepción de ofertas hasta en 5 días corridos adicionales, con la finalidad de disminuir las probabilidades de que este proceso sea declarado desierto. La modificación se efectuara mediante acto administrativo fundado y será informada mediante comunicación en el portal de compras públicas.
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7. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES. |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 45 N°3 del Decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, los oferentes podrán realizar consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias a través del sistema de información, por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl,dentro de los plazos fijados para este efecto en el Calendario de la Licitación, indicados en la ficha de licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la entidad licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886 sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. La Universidad de Aysén podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 48 horas antes del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán que forman parte integral de las bases de licitación. De ser necesario la Universidad de Aysén otorgará un nuevo plazo para la presentación de las propuestas, lo que también será informado oportunamente en el sitio www.mercadopublico.cl. El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el punto 4 de las bases de licitación, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación en caso de que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado.
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8. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS . |
Los participantes deberán contemplar en su propuesta todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación, de acuerdo con los Anexos cuya presentación se exige en esta licitación. Así cada oferta deberá estar conformada por: (ver cuadro en bases adjuntas)
Cada oferente deberá presentar su propuesta a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos que en tal sitio electrónico se establezcan para ello, conforme al calendario aprobado en las presentes bases, y ajustándose a los formatos de los Anexos en él publicados. No se aceptarán propuestas que sean presentadas de otro modo, salvo en los casos de indisponibilidad del sistema previstos en el artículo 115 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. La omisión en la presentación de uno o más de los anexos obligatorios, así como del instrumento que garantice la seriedad de la oferta dará lugar a la declaración de inadmisibilidad de la propuesta de acuerdo con el artículo 9 de la Ley N°19.886.
8.1 ANEXOS ADMINISTRATIVOS
8.1.1 Identificación del Oferente y Declaración Jurada
El oferente participante deberá adjuntar, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en la carpeta digital “Anexos administrativos” el Anexo administrativo N°1, que corresponde a su individualización. Además, deberá suscribir la declaración jurada de "Requisitos para ofertar" que se le solicita en forma automática, al momento de ofertar, a través del portal www.mercadopublico.cl con el ID de la presente licitación, que da cuenta de su habilidad para contratar con el Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 4 de la ley 19.886 de 2003 y 8 N°2 y 10 N°2 de la Ley 20.393 de 2009, y artículo 33 de la Ley 21.595.
En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el oferente que presenta la oferta a través del portal deberá cumplir con lo señalado en el párrafo anterior, en tanto, el resto de los integrantes de la UTP, con la finalidad de acreditar que no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades para contratar con el Estado, deberán acompañar conjuntamente con la oferta las declaraciones juradas correspondiente a los Anexos N°1 y N°2, suscritas por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso de persona jurídica o persona natural. Los integrantes de la UTP determinarán, al momento de la presentación de su oferta, que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, conforme al Artículo 181 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas.
8.1.2 Documentos Adicionales:
Tratándose de personas jurídicas, deberán adjuntar a su propuesta alguno de los siguientes documentos:
1.- Copia del documento en que conste el otorgamiento de poder para representar al oferente, el cual no deberá tener una antigüedad superior a tres años, contados desde la fecha del cierre para la recepción de ofertas.
2.-Copia del Certificado de vigencia del poder, el cual no deberá tener una antigüedad superior a seis meses contados desde la fecha del cierre para la recepción de ofertas.
Tratándose de personas naturales se deberá adjuntar documento que acredite iniciación de actividades en el rubro que permita la ejecución del contrato a que da origen el presente proceso licitatorio.
La documentación señalada deberá ser ingresada en el plazo de recepción de ofertas, salvo que se encuentre disponible, a la fecha de la apertura electrónica, como documento acreditado en el Registro Electrónico Oficial y cumpla con las exigencias detalladas respecto a fecha de su emisión.
8.2 ANEXOS TÉCNICOS
El oferente deberá adjuntar a su propuesta, en la carpeta digital “anexos técnicos”, el Anexo N°3 “Especificaciones técnicas de los reportajes – documentales audiovisuales”, en que precise el servicio ofertado que permita verificar el cumplimiento de los requisitos detallados en el Título II Bases Técnicas, con toda la información requerida y adjuntar los respaldos correspondientes. Asimismo, se requerirá que el oferente adjunte de manera obligatoria:
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Ficha técnica o cotización que detalle el servicio ofertado.
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Carta Gantt.
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Anexo N°4 experiencia del oferente.
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Acreditación de la antigüedad del oferente. Se indica a modo de ejemplo documento en donde acredite el inicio de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos contratos celebrados por el oferente, con el respectivo dato de contacto del receptor del servicio)
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Anexo N°5 “Certificado de experiencia ”
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Anexo N°6 “Declaración Jurada existencia Programa de Integridad y Compliance”
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Anexo N°7 “Compromiso de confidencialidad ”
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Anexo N°8 “Oferta económica”
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Los respectivos documentos de respaldo
A la propuesta se deberá también adjuntar el Anexo N°6, que corresponde a una declaración jurada sobre si el oferente cuenta con programa de integridad o compliance conocido por sus trabajadoras y trabajadores. En caso afirmativo, deberá adjuntar el programa como el respaldo que acredite que este fue informado a su personal.
Para estos efectos, se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
En el mismo sentido a la propuesta se deberá adjuntar el anexo N°7 “Compromiso de confidencialidad”, el que igualmente corresponde a una declaración jurada en el cual el oferente deberá suscribir, en conocimiento de que en contexto de la ejecución del contrato no divulgará información de la Universidad a terceros en el sentido de que el referido anexo indica .
8.3 ANEXO ECONÓMICO
El oferente deberá adjuntar en la carpeta digital “Anexo Económico” el Anexo Nº8 correspondiente a la “propuesta económica”, debiendo considerar para su presentación todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato.
Las ofertas deben estar expresadas en pesos chilenos y no podrán superar el presupuesto máximo disponible, IVA incluido.
Aquellas ofertas que no den cumplimiento a lo señalado serán declaradas inadmisibles.
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9. APERTURA DE LAS PROPUESTAS. |
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La apertura de las propuestas presentadas por los oferentes se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora que en este se establezca, y se verificará que los oferentes hayan cumplido con los siguientes requisitos mínimos:
Adjuntar a su propuesta los documentos de “identificación del oferente” (Anexo N°1) y “Declaración jurada” (Anexo N°2 cuando corresponda)
Adjuntar los Anexos “Experiencia del oferente” (N°4) “Declaración Programa de integridad y compliance” (Anexo N°6) Y propuesta con el detalle del servicio ofertado.
Adjuntar anexo N°8 “oferta económica”, ajustándose al presupuesto disponible indicado en el numeral 4.
Previo a la evaluación de las ofertas, se realizará un análisis de éstas, rechazando de plano aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos de admisibilidad señalados precedentemente, dando lugar a la declaración de inadmisibilidad de la propuesta de acuerdo con el artículo 9 de la Ley 19.886.
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10. POSIBILIDAD DE SOLICITAR ACLARACIONES O SUBSANAR ERRORES U OMISIONES FORMALES |
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Si durante la etapa de apertura o evaluación de las ofertas, se detecta la existencia de un error u omisión formal en la presentación de la propuesta, o la omisión en la presentación de algún antecedente solicitado, la Universidad podrá solicitar al proveedor que corrija o que adjunte el documento faltante, a través del mecanismo de foro inverso del portal www.mercadopublico.cl, otorgándole un plazo de 48 horas, a contar de la referida solicitud, siempre que ello no le confiera a tal oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. En este último caso, se aplicará en su evaluación lo dispuesto en el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
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11. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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De conformidad con el artículo 54 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas, se efectuará la evaluación de las ofertas que cumplan los requisitos admisibilidad y recomendará a la autoridad de la Institución que corresponda la adjudicación de la oferta más conveniente a los intereses de la Universidad y que haya cumplido los requisitos establecidos en estas bases de licitación y rechazara las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases de licitación. La evaluación de las ofertas admisibles será realizada por una Comisión de Evaluación conformada por las siguientes personas: - Mario Saldivia Álvarez. coordinador extensión universitaria - Jeimy Fontecha Jiménez. coordinadora comunicaciones Universidad de Aysén - Hayley Duran Bocaz. Coordinadora unidad de genero e inclusión En caso de ausencia de alguno de los miembros titulares de la Comisión Evaluadora, será reemplazado por doña Fernanda Martínez Vásquez, profesional unidad de adquisiciones.
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12. ACTA DE EVALUACIÓN Y CUADRO COMPARATIVO. |
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Para la evaluación de las propuestas la Comisión de Evaluación elaborará y suscribirá un acta y/o informe de evaluación de las ofertas, en la cual se consignará lo siguiente: a. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. b. Las ofertas que deban ser declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiendo especificar los requisitos incumplidos. c. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas. d. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. e. La proposición de adjudicación. Asimismo, se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre las ofertas evaluadas, el cual estará dado por el puntaje total que obtenga cada uno de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación. Cada integrante de la Comisión Evaluadora suscribirá la declaración a que alude el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886.
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13. PAUTA DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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Las propuestas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes porcentajes: (ver cuadro en bases adjuntas)
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14. DETALLE DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN: |
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14.1 EVALUACIÓN ECONÓMICA (ver cuadro en bases adjuntas
14.2 PLAZO DE ENTREGA (ver cuadro en bases adjuntas)
14.3 DOMICILIO DE LA EMPRESA (ver cuadro en bases adjuntas)
14.4 EXPERIENCIA DEL OFERENTE (ver cuadro en bases adjuntas)
Para acreditar la experiencia declarada en el anexo correspondiente, el oferente deberá adjuntar los comprobantes los certificados emitidos por las empresas o instituciones a las que se prestaron servicios en los últimos 3 años computados desde la fecha de cierre para la presentación de las ofertas, señalando el periodo del contrato (Inicio y Termino), el nombre, cargo y teléfono y correo electrónico del responsable de la información.
14.5 CRITERIO DE GENERO (ver cuadro en bases adjuntas)
14.6 PROGRAMA DE INTEGRIDAD O COMPLIANCE
Para efectos de la evaluación, se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará conforme con lo siguiente ): (ver cuadro en bases adjuntas)
14.7 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: (ver cuadro en bases adjuntas)
En virtud de lo establecido en el artículo N°56 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Universidad podrá solicitar a través del Portal www.mercadopublico.cl que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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15. RESOLUCIÓN DE EMPATES. |
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En caso de que exista un empate entre dos o más propuestas, la Universidad escogerá aquella que haya obtenido más puntos según el siguiente orden:
La primera variable es “Propuesta económica”
La segunda variable es “Experiencia del oferente”
La tercera variable para considerar es “Criterio Genero”.
La cuarta variable “Programa de integridad o compliance”
Si luego de aplicar los anteriores criterios persistiere el empate (en el ponderado general como particular), se elegirá a la propuesta que haya presentado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, conforme a lo indicado en el comprobante de ingreso de oferta
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16. ADJUDICACIÓN. |
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La Universidad de Aysén adjudicará la propuesta que, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases, haya obtenido el mayor puntaje, no encontrándose en caso alguno obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. La adjudicación se efectuará mediante Resolución Exenta de esta Corporación y será notificada al adjudicatario y demás oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento de la Ley Nº19.886, si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello.
En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas (www.chileproveedores.cl) deberá hacerlo en el plazo para suscribir el contrato, debiendo tener a dicha fecha la calidad de “hábil” para contratar con la administración. ello sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 4 de la Ley N°19.886.
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17. READJUDICACIÓN. |
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Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, que haya obtenido el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta, en el caso de que el oferente inicialmente adjudicado: Se desistió de su oferta. No presenta el certificado de inscripción en el Registro de Proveedores, a más tardar dentro de 5 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl. Por no aceptar la orden de compra en el plazo establecido en las presentes bases, por causas imputables al adjudicatario. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la formalización de la contratación. Retraso en el plazo de entrega mayor a 10 días, sin previa justificación. Se readjudicará al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo máximo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime declarar desierta la presente licitación
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18. DEL CONTRATO. |
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18.1 Formalización del contrato
Atendido a que el servicio que se requiere se encuentra suficientemente detallado en las bases técnicas pudiendo catalogarse de simple y objetiva especificación y que el monto disponible para la contratación es inferior a 1.000 UTM, la contratación se formalizara mediante la aceptación por parte del oferente adjudicado de la orden de compra emitida por la institución. Según lo establece el artículo N°117 del reglamento de la Ley de compras La orden de compra deberá ser aceptada dentro del plazo de 5 días hábiles, contado desde su emisión por la universidad. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo señalado, se entenderá que se desiste de la propuesta, caso en el cual la Universidad podrá disponer una nueva adjudicación conforme a lo señalado en el numeral anterior. 18.2 Vigencia del contrato El contrato a que quede origen la presente licitación comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra y se mantendrá vigente hasta la entrega y aprobación de cada uno de los productos requeridos para los cual cuyo plazo no podrá exceder los 4 meses desde la adjudicación. Durante dicho periodo asumirá como administrador del contrato el requirente responsable de la Dirección General de Vínculos de la Universidad de Aysén el que tendrá las siguientes funciones y responsabilidades; a) Verificar y fiscalizar la correcta ejecución y recepción de los servicios requeridos durante la ejecución del presente contrato y su vigencia b) Fiscalizar el estricto cumplimiento del servicio y proponer la aplicación de multas, notificando la infracción o incumplimiento, recibiendo los descargos si se presentaren y emitiendo su opinión sobre estos c) Suscribir un acta de inicio de prestación de los servicios y termino de estos. d) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la gestión del servicio. 18.3 Forma de pago La Universidad emitirá una orden de compra al adjudicatario, por el valor total del contrato, siendo el pago en tres cuotas correspondiente a cada producto terminado y aprobado lo anterior, previo registro en el Sistema de Información de prestación del servicio, y su recepción conforme por parte del encargado de ejecución del proyecto previa certificación. En el caso de la UTP, será el representante de esta indicando en el documento de constitución, quien deberá emitir factura respectiva para cursar los pagos que generen en la ejecución del contrato. 18.4 Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato En razón del monto disponible para la contratación y lo dispuesto en el artículo N° 52 del reglamento de ley de compras no se exigirá a los oferentes presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. 18.5 Notificaciones El adjudicatario autoriza a la Universidad para notificar a su(s) correo(s) electrónico(s) indicado(s) en el anexo N°1, u otro indicado en forma previa a la suscripción del contrato, todas las decisiones o resoluciones que adopte en relación con la presente contratación, incluyendo, pero sin limitarse a ello, a avisos de término anticipado, y/o aplicación de multas. 18.6 De las obligaciones del proveedor en materia laboral. El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores (as) y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el contratista, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
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19. MULTAS. |
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La Universidad aplicará multas al proveedor por infracciones a las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y la oferta adjudicada, en el evento de ocurrir cualquiera de las situaciones que a continuación se señala: a) El proveedor retrasa injustificadamente el inicio de la ejecución de la propuesta creativa según se establece en las bases técnicas. 0,3 UTM por cada semana de atraso de inicio previo requerimiento con un tope de 2 semanas corridas. b) El proveedor no concurre a requerimientos en caso de emergencia 2 UTM por evento con tope de 10 días corridos. c) Retraso injustificado en la entrega de presentación final y distribución .0,5 UTM por cada dia de atraso con tope de 10 días corridos. Las multas en su conjunto tendrán un tope del 5 % del valor total del contrato, y si sobrepasaren ese porcentaje, encontrándose ejecutoriada la resolución que aplica la sanción, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo con las normas pertinentes. El valor de la UTM será la del mes en que el administrador del contrato notifique por medio de correo electrónico del incumplimiento que origina la multa al adjudicatario, de acuerdo con el procedimiento que se detalla a continuación. Una vez constatada una falta que amerite la aplicación de una multa, el administrador del contrato comunicará tal situación al adjudicatario por medio de correo electrónico, para que éste efectúe los descargos respectivos dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde recibida la comunicación. El proveedor deberá presentar sus descargos por escrito, junto con los antecedentes que sustenten sus alegaciones, mediante correo electrónico dirigido a la contraparte administrativa de la Universidad. Una vez recibidos los descargos, o transcurrido el plazo para su presentación la Universidad decidirá en definitiva si procede o no la aplicación de la multa. La resolución que aplica las multas se notificará mediante correo electrónico, indicando la causa y el monto de esta, y podrá reclamarse de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Ley Nº19.880. Las multas se harán efectivas con cargo al pago que se encuentre pendiente, y si este monto no fuere suficiente para cubrir el total de la multa, el proveedor podrá pagarlas directamente a la institución, y en caso de que ello no ocurra se podrá perseguir judicialmente su cobro de acuerdo a las normas pertinentes.
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20. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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El contrato podrá terminarse anticipadamente por las causales consignadas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de dicha Ley.
Se entenderá por incumplimiento grave los siguientes casos:
En caso de que el proveedor no acepte una orden de compra en el plazo de 24 horas desde su emisión a través del sistema de información.
El proveedor no realice la ejecución del plan de producción audiovisual dentro de los plazos ofertados, ello sin perjuicio de las multas que correspondan.
Exista retraso en la entrega de Presentar final y verificadores de distribución por más de 5 dias consecutivos. Una vez vencido el plazo de ejecución del servicio.
En caso de que el contratista haya sido objeto de la aplicación de multas, y cuyo monto total de tales sanciones alcanza el 5% del valor total del contrato.
En caso de infracción al contenido del anexo N°7 “Compromiso de confidencialidad”
En caso de verificarse alguna de las causales antes anotadas, se iniciará un procedimiento de termino anticipado del contrato, el que deberá ajustarse a lo establecido para la aplicación de multas, indicado en el numeral anterior.
No obstante, lo anterior, son causales de término anticipado del contrato, en el caso específico de la UTP, las siguientes:
La constatación de que los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes permitentes a la fiscalía nacional Económica.
Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquier de sus miembros.
Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
La disolución de la UTP.
Una vez constatada una falta que amerite el término anticipado del contrato, se seguirá el procedimiento establecido en el numeral 18 de las presentes bases, para la aplicación de multas.
La resolución que pone termino al contrato podrá reclamarse de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Ley N°19.880.
Adicionalmente, se pondrá termino anticipadamente en el evento de producirse la situación prevista en el inciso segundo del artículo 33 de la ley 21.595 de delitos económicos, así como también en el caso al proveedor se le imponga la pena de inhabilitación para contratar con el Estado prevista en los artículos 8 y 10 de la ley N°20.393.
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II. BASES TÉCNICAS |
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1. OBJETO
El objeto del llamado a licitación es llevar a cabo la contratación de servicios especializados de realización audiovisual que incluyan grabación, edición y post producción, para la elaboración de materiales en formato de reportaje o documental, los cuales resalten el trabajo académico de la universidad de Aysén. Esta iniciativa se encuentra alineada con el objetivo estratégico 1 del proyecto URY 2393. El cual es contribuir a la democratización del acceso al conocimiento científico generado en la Universidad de Aysén en las comunas de Coyhaique y Aysén.
1.2 DESCRIPCIÓN
1.3 Especificaciones del servicio.
a) PRODUCCION Y GRABACION; Objetivo; Realizar las grabaciones en terreno, capturando material de alta calidad con los académicos /as y entornos representativos la cual trae incorporada las siguientes tareas:
- Logística de producción; Coordinar el equipo técnico, equipo de grabación y gestionar permisos de acceso si son necesarios.
- Plan de rodaje; Crear un plan de rodaje con cronograma detallado, ajustado a la disponibilidad de los académico/as y condiciones de los entornos de grabación.
- Ejecutar grabaciones; Realizar entrevistas, tomas de apoyo y escenas que reflejen los temas definidos.
- Resultado; Material audiovisual grabado y organizado listo para etapa de edición.
b) EDICION y POST PRODUCCION; Objetivo; Editar y dar cohesión narrativa a cada reportaje /documental, aplicando efectos visuales, gráficos, y ajustes de color y sonido se le incluyen las siguientes tareas;
- Edición Narrativa: Organizar y cortar las grabaciones para construir una narrativa clara y atractiva , siguiendo los guiones .
- Incorporación de gráficos: Agregar gráficos informativos y elementos visuales que ayuden a explicar temas complejos de manera accesible.
- Corrección de color y mezcla de sonido: Aplicar ajustes de color y realizar la mezcla de sonido para un acabado profesional.
- Revisión y aprobación: Presentar un primer corte para revisión y recibir comentarios de los departamentos o académicos /as involucrados, hacer ajustes y preparar la versión final.
- Resultado: Reportajes / documentales terminados, en alta calidad y listos para ser compartidos.
c) CREACION DE TEASERS DE CADA CAPITULO A MODO DE EJEMPLO;
- Inicio Impactante (0-5) seg en el siguiente formato; “¿Sabías que (tema relevante) ?, en el próximo capitulo, descubre como (Académico /a) esta cambiando (Campo de estudio) en Aysén.”. con visual de breve clip intrigante del tema o entrevista
- Presentación rápida del contenido (5-15 seg); “Acompáñanos a conocer su trabajo en (área de investigación) y los desafíos que enfrentan”. Con visual de imágenes rápidas de la investigación o actividad destacada.
- Llamado a la acción (15-30 seg); “No te lo pierdas, estrena este (dia y hora) en (plataforma) ¡Descúbrelo!, con visual de títulos con la fecha y plataforma, música en crescendo.
d) PRESENTACION FINAL Y DISTRIBUCION; Objetivo; Compartir los materiales finalizados y coordinarlos para su distribución en las plataformas de la universidad. Comprendiéndose;
-Revisión final; Realizar una última revisión con los académicos /as y departamentos para asegurar que los reportajes cumplan los objetivos.
1.4 Especificaciones técnicas de los reportajes -documentales audiovisuales.
a) RESOLUCION DE VIDEO; 4K (Ultra HD) – Con una resolución de 3840 x 2160 pixeles, 4K es ideal para asegurar alta calidad y detalles nítidos, especialmente útil para proyectos de difusión en pantalla grande o de alta definición.
b) FORMATO DE VIDEO ;(Códec):H.262- Este codec es ampliamente compatible y mantiene un equilibrio entre calidad y tamaño de archivo , ideal para la mayoría de los proyectos de entrega final y transmisión en línea.
c) RELACION DE ASPECTO: 16:9 (Widescreen)- Es el formato estándar en video digital, compatible con pantallas de televisión y plataformas en línea, brindando una experiencia visual completa y familiar para la audiencia.
- Formato de Archivo: MP4-Compatible con la mayoría de dispositivos y plataformas de video, este formato es el mejor para la entrega final ya que mantiene una buena calidad de imagen con un tamaño de archivo.
- Frecuencia de cuadros (FPS): 24 fps-Esta frecuencia es estándar para contenido digital y proporciona una apariencia fluida en la mayoría de situaciones, formato cine.
- Espacio de Color: Rec.709-Este espacio de color es estándar en HD y garantiza que el color sea adecuado para visualización en pantallas convencionales sin necesidad de equipos especializados.
- Audio: Stereo (2 canales) -Adecuada para la mayoría de las producciones audiovisuales, permite buena calidad de audio sin requerir configuraciones avanzadas, ideal para entrevistas reportajes y documentales.
1.5 Formato de entrega.
Todo el material audiovisual utilizado en la grabación debe entregarse a la Universidad de Aysén en un disco duro garantizando el resguardo y la disponibilidad de los archivos originales. La entrega debe incluir:
a) Material de Video en bruto; Todas las grabaciones sin editar realizadas durante el proceso de producción, en la resolución original y en el formato nativo de la cámara utilizada.
b) Música; Archivos de música utilizados en la edición, tanto aquellos con licencia comercial como música de fondo. Es esencial incluir la documentación o licencias que acrediten su uso legal.
c)Graficas y elementos visuales: Archivos de diseño gráfico, logos transiciones y cualquier elemento visual incorporado en el proyecto en su formato editable y en alte resolución (por ejemplo, archivos en .psd.ai.png)
d)Otros recursos de edición: Cualquier efecto sonoro, ilustración y recurso de postproducción, junto con sus respectivos derechos de uso si aplica.
Los videos y todo lo relacionado a imágenes del trabajo audiovisual, serán de propiedad intelectual y física de la Universidad de Aysén, y solo la Universidad de Aysén tendrá todos los derechos de las piezas audiovisuales, podrá la productora exhibir el material audiovisual previa autorización de la Universidad de Aysén y con reconocimiento de derechos a la institución.
1.6 Plazo de entrega.
El plazo para el desarrollo y entrega del material audiovisual contenido en tres capítulos serán de 4 meses desde la aceptación de Orden de Compra.
III-ALCANCES DE LA CONTRATACIÓN
El proveedor adjudicado deberá entregar Carta Gantt con el detalle de las Actividades a realizar durante la ejecución del contrato.
Todos los costos de ejecución del contrato serán de cargo del oferente.
La propuesta económica debe ser presentada en moneda nacional y debe incluir todos los gastos asociados a la realización de las producciones audiovisuales y la totalidad de los productos requeridos.
El oferente debe tener un acabado conocimiento del territorio de la región de Aysén, debido a que deberá trasladarse entre distintas localidades según los requerimientos propios del proyecto.
Se priorizará en la evaluación a empresas con domicilio en la región de Aysén.
El proveedor adjudicado deberá tomar todas las medidas necesarias para la seguridad para su personal y contar con todas las herramientas y equipos para la correcta ejecución del contrato.
El proveedor adjudicado deberá ejecutar el contrato de buena fe, y ajustarse en la ejecución a las especificaciones de la contratación establecida en las presentes bases.
El proveedor debe utilizar los logos institucionales de acuerdo a la Normativa descrita por la Universidad de Aysén.
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