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Bases Técnicas |
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1 Introducción
Las presentes Bases Técnicas se refieren a la licitación para el servicio de administración de los recintos recreacionales que posee la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, ubicados en Bajos de Cartagena S/N°, de la localidad de San Sebastián, en adelante “Recintos de San Sebastián” y avenida Francia N° 0281 de la localidad de El Quisco, en adelante “Recintos de El Quisco”.
2 Servicio Requerido
Para los recintos de San Sebastián y El Quisco, las características del recinto y los servicios requeridos son:
2.1 Recinto de San Sebastián
Este recinto cuenta con 12 casas de 47 Mts2 aproximadamente cada una y dos casonas no habilitadas. Además, posee una casa para el cuidador con una capacidad para 8 personas como máximo, que se asignará a la empresa que nos prestará el servicio, que incluye mobiliario básico. El terreno total del recinto mide aproximadamente 7.658 Mts2.
2.2 Recinto de El Quisco
Este recinto cuenta con 3 casas de 150 Mts2; 75 Mts2 y 45 Mts2, respectivamente. Además posee una casa para el cuidador con una capacidad para 4 personas, que será asignada a la empresa adjudicada, que contiene mobiliario básico. El terreno total del recinto mide aproximadamente 3.000 Mts2.
2.3 Características del servicio
Este servicio se debe realizar en forma permanente de lunes a domingo, desarrollando las siguientes funciones:
a) Permanecer en el recinto ejerciendo labores de vigilancia, mantención y cuidado permanente.
b) Recibir a las personas autorizadas por el Encargado SISS para usar las cabañas existentes en el recinto, nómina que le será comunicada por correo electrónico u otro medio disponible.
c) En esta recepción deberá verificar la concordancia entre la persona y la nómina enviada, además que el total de ocupantes no exceda la capacidad de cada cabaña.
d) Debe mantener un registro actualizado de los pasajeros que asistan a las cabañas.
e) Mantener a disposición de los usuarios un libro debidamente foliado, de Sugerencias y/o Reclamos, entregando al Encargado SISS cuando se le sea solicitado.
f) En la temporada de verano, vacaciones de invierno y festividades especiales (ejemplo Fiestas Patrias) el proveedor deberá preparar las cabañas cada vez que estas sean desocupadas por un pasajero y dejarlas en perfectas condiciones para el usuario que la utilice a continuación. En el resto del año se debe mantener las cabañas aseadas y ventiladas.
g) Hacer el cambio de cilindros de gas, cuando estos queden vacíos e informar inmediatamente al Encargado SISS para gestionar la reposición.
h) Recepcionar personalmente la devolución de las casas que se ocupen, revisando el inventario, el estado de sus instalaciones y la limpieza de la misma.
i) Informar oportunamente al Encargado SISS, cualquier deterioro, desperfecto o falta de aseo que haya ocasionado el usuario.
j) Impedir la entrada al recinto de personas extrañas o que no estén autorizadas para su ingreso. El no cumplimiento de esta norma, constituirá una grave falta a sus deberes y facultará a la SISS para aplicar multas o término anticipado del contrato.
k) Realizar diariamente el aseo en todo el recinto, regar y mantener jardines, esto incluye barrer, cortar pasto, podar plantas, apilar y realizar el reordenamiento de las hojas.
l) Realizar el saneamiento y sanitizado de todos los baños que poseen los recintos de forma trimestral.
m) Coordinar con Encargado SISS, la fumigación y desratización de todas las dependencias del recinto semestralmente.
n) Coordinar con Encargado SISS, la limpieza de pozo séptico en el recinto de San Sebastián de acuerdo a la capacidad del recinto.
o) Encargarse de las reparaciones menores, tales como reparación de goteras en llaves, cambio de ampolletas, tubos fluorescentes, enchufes, etc.
p) Informar al Encargado SISS de las necesidades del recinto y de las situaciones irregulares que detecte.
q) Otras actividades de similar naturaleza, previa autorización del Encargado SISS.
3 Plazos
El Servicio de aseo licitado es a partir del 01 de junio de 2021 y hasta el 31 de mayo del 2024.
4 Obligaciones
Son obligaciones esenciales del servicio lo siguiente:
a) Cumplir íntegramente la jornada de trabajo.
b) Cuidar y mantener en perfecto estado de conservación, los bienes de la Superintendencia.
c) En caso de inasistencia de un trabajador, se deberá procurar oportunamente su reemplazo con cargo a la empresa. En caso contrario, se aplicará las multas establecidas en las Bases Administrativas. Para lo anterior se deberá mantener un libro de asistencia (registro de ingreso y salida de personal).
d) El personal se debe presentar a trabajar, cada día, en perfecto estado de aseo, manteniendo su persona y su uniforme limpios.
5 Materiales de aseo
Los materiales de aseo serán entregados por la SISS en la temporada de verano (diciembre- marzo) el resto del año, serán de cargo del proveedor adjudicado. Para los implementos entregados por la SISS, la empresa deberá llevar un control de consumo, el cual debe ser informado mensualmente al Encargado SISS. Para los materiales de cargo de la empresa, este deberá presentar las especificaciones técnicas de los productos que utilizará, como asimismo, deberá indicar el grado de concentración con que estos se aplicarán, debiendo proveer a su personal de todos los elementos de seguridad que establece la normativa legal en estos casos.
6 Detalle de oferta técnica
Debe entregar obligatoriamente una Propuesta Técnica (FORMULARIO N°2) que especifique las labores que desempeñará, las cuales debe incluir al menos lo siguiente:
• Una breve descripción del servicio ofrecido, su alcance, tiempos de respuesta normales y de emergencia y las condiciones de la prestación, que deben ser concordantes con los requerimientos expresados en las Bases Técnicas.
• Las características del equipamiento y materiales propuestos para la realización de los trabajos.
• Nombre y números de contacto de Supervisor y/o encargado del grupo para comunicación fluida.
• Servicios adicionales que agreguen valor a la propuesta, sin costos adicionales para la SISS. Si no se ofrecen, señalar expresamente que no se efectuarán.
• Remuneración, bonos, aguinaldos y otros que se paguen al personal que desempeñará los servicios contratados. Si no se ofrecen, señalar expresamente que no se entregarán.
7 Visita Obligatoria
Los proveedores interesados deberán acudir a las dependencias de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, ubicadas en:
• Recinto ubicado en bajos Cartagena S/N° de la localidad de San Sebastián – V Región. En el día y la hora indicados en la ficha de licitación pública “www.mercadopublico.cl”.
• Recinto ubicado en Avenida Francia N°0281 de la localidad de El Quisco – V Región. En el día y la hora indicados en la ficha de licitación pública “www.mercadopublico.cl”.
Si por motivos ajenos a la voluntad de la Superintendencia de Servicios Sanitarios y producto de la pandemia (encontrándose las comunas en la que se encuentran los recintos recreacionales en fase 1), la visita se realizará de forma virtual.
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Bases Administrativas |
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1. ANTECEDENTES GENERALES
ARTICULO 1: Identificación del servicio.
Las presentes Bases Administrativas, se refieren a la licitación para los Servicio de administración de recintos recreacionales de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, ubicados en Bajos de Cartagena S/N°, de la localidad de San Sebastián y avenida Francia N° 0281 de la localidad de El Quisco.
Los servicios que se contratarán se encuentran especificados en las Bases Técnicas de la licitación.
ARTICULO 2: De la publicación y tramitación a través del portal Mercado Público
El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. El proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Tales documentos estarán disponibles gratuitamente en el mencionado sitio electrónico con sus modificaciones, aclaraciones y otros, con el objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.
En caso de indisponibilidad técnica del Sistema www.mercadopublico.cl –acreditada por la Dirección de Compras Públicas–, esto es, que todas o algunas de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, la SISS podrá ejecutar el proceso o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Para ello, se deberá poner oportunamente en conocimiento de los oferentes la posibilidad de recibir en formato papel las ofertas técnicas y económicas, y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la SISS.
ARTICULO 3: Contratante
El contratante es la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en adelante la SISS, y será supervigilado e inspeccionado a través del Inspector Fiscal del contrato, que se designe para tal efecto, de la Unidad de Logística y Servicios Internos.
ARTICULO 4: Tipo de contrato
La presente licitación, operará bajo la modalidad de contrato de suministro y prestación de servicios.
Podrán participar las empresas del rubro correspondiente, o las personas naturales que desarrollen actividades en el mismo, que demuestren contar con el equipamiento y personal técnico necesario, situación que calificará la SISS al tenor de la documentación presentada en la propuesta, que sea presentada de acuerdo a las especificaciones técnicas y administrativas señaladas en las presentes bases.
ARTICULO 5: Etapa de la Licitación
La presente licitación se realizará en una etapa, la apertura de la oferta técnica y económica, se realizarán simultáneamente en un mismo acto, a través del sistema de información Mercado Público.
ARTICULO 6: Presupuesto
El trabajo que se contrata se financiará a través de fondos provenientes del Subtítulo 22, Ítem 08, Asignación 002, correspondiente a los presupuestos SISS para los años 2021, 2022, 2023 y 2024 por un monto máximo de UF1.872.- (mil ochocientos setenta y dos unidades de fomento) IVA incluido.
Se declararan inadmisibles aquellas ofertas que superen el presupuesto máximo fijado para la licitación
ARTICULO 7: Requisitos para presentarse a la licitación
Podrán participar personas naturales y jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (en adelante, “UTP”), sean chilenas o extranjeras, que estén inscritos en www.chileproveedores.cl y que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886 (en adelante, “Ley de Compras”).
En el caso particular de las UTP, éstas deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esa forma. En dicho documento se deberá establecer, además, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la SISS, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes.
La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
ARTICULO 8: Inhabilidades
Con la finalidad de acreditar que los oferentes no se encuentran afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley de Compras, deberán acompañar conjuntamente con su oferta, la declaración jurada correspondiente al FORMULARIO N°8, firmados por el representante legal de la persona jurídica respectiva o por el oferente persona natural.
Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar una declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, sea el caso.
ARTICULO 9: Idioma
El idioma oficial de la presenta licitación será el español. Del mismo modo, el idioma oficial del contrato adjudicado será el español.
ARTICULO 10: Cómputo de plazos
Todos los plazos contenidos en las presentes bases son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. Para estos efectos, serán días hábiles todos los días, con excepción de los sábados, domingos y festivos.
En caso que un plazo expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
ARTICULO 11: Gastos
Serán de cargo del oferente todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. La SISS no será responsable en caso alguno de estos gastos, cualquiera sea la forma en que se realice el proceso o su resultado.
ARTICULO 12: Documentos que integran la licitación
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican:
a. Bases Administrativas y Bases Técnicas, con sus correspondientes anexos.
b. Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la SISS, a través de la resolución correspondiente.
c. Serie de Preguntas y Respuestas.
d. Aclaraciones.
e. Las Propuestas Técnica y Económica del o los oferentes seleccionados, que debe incluir todos los formularios solicitados.
f. Otros antecedentes o documentos indicados en las Bases Administrativas y/o Técnicas.
g. Las resoluciones que dicte la SISS sobre la materia de esta licitación.
ARTICULO 13: Aceptación de los términos de las Bases
La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.
ARTICULO 14: Interpretación de las Bases
La SISS se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo.
ARTICULO 15: Aclaraciones y modificaciones a las Bases
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta propuesta pública, podrán ser solicitadas a través de www.mercadopublico.cl hasta la fecha definida a través del Portal.
La SISS responderá estas consultas mediante documento único denominado "Serie de Preguntas, Respuestas y Aclaraciones", el que será enviado a los participantes a través del portal www.mercadopublico.cl .
Sin perjuicio de lo anterior, la SISS se reserva el derecho de emitir para todos los participantes, las Aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación y con anterioridad a la Apertura de las Ofertas. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
La SISS podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta el día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.
ARTICULO 16: Cronograma de Actividades
El proceso de Licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl.
2. PROPUESTA
ARTICULO 17: Presentación de la Propuesta
Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del Portal, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas y en los horarios indicados en el portal de Chilecompras.
Los proveedores podrán presentar más de una oferta, en este caso, se entenderá como válida la última oferta presentada por el proveedor.
Cada una de las ofertas, deberán cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases, siendo evaluadas individualmente.
Serán rechazadas las propuestas que no contengan todos los antecedentes solicitados, que estén condicionadas y/o que contengan enmiendas o irregularidades que alteren la claridad de la propuesta, todo esto a juicio de la Comisión de Evaluación (en adelante la Comisión).
ARTICULO 18: Contenido de las propuestas
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos, con hojas numeradas e índice. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación.
ARTICULO 19: Antecedentes Administrativos
Cada oferente deberá acompañar los siguientes antecedentes, según corresponda:
Oferente Persona Natural - Identificación según Formulario N°6
- Copia simple de cédula de identidad
- Declaración jurada, según Formulario N°7, suscrita por el oferente.
- Nombre y currículum resumido (Formulario N° 3) de la personas que ocupan el cargo de supervisor de las distintas localidades licitadas.
- Personas que desarrollarán el servicio (Formulario N° 2).
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
Oferente no es persona Natural
- Identificación según Formulario N°4.
- Copia cédula de identidad del representante.
- Copia simple del RUT de la empresa.
- Nombre y currículum resumido (Formulario N° 3) de la personas que ocupan el cargo de supervisor de las distintas localidades licitadas.
- Personas que desarrollarán el servicio (Formulario N° 2).
- Declaración jurada, según Formulario N°7, suscrita por el oferente.
Cuando el oferente sea una UTP, aquél deberá presentar un formulario por cada integrante de la UTP, suscritos por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante según, sea el caso.
- Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
ARTICULO 20: Oferta técnica
Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes ofertados, en todos sus aspectos esenciales.
A. Antecedentes técnicos.
A.1. Calidad de la Oferta Técnica: Son los servicios ofertados por los proveedores interesados en participar en la licitación, de acuerdo a lo establecidos en las Bases Técnicas (FORMULARIO Nº 2). Se deben detallar claramente los servicios adicionales ofertados, que se refiere a prestaciones que no estén considerados en las bases técnicas y agreguen valor a la propuesta.
A.2. Experiencia del oferente en el rubro: Experiencia en contratos similares al presente (FORMULARIO Nº 1) desarrollada en los últimos 8 años, detallando los principales clientes y adjuntando documentos que respalden el contrato. El puntaje máximo se considerará a partir del contrato más antiguo y con una vigencia mínima de 2 años continuos (debe adjuntar orden de compra y/o factura inicial y final).
A.3. Remuneración del personal: Remuneración bruta promedio del personal que desempeñará las labores de recepción y mantención de los recintos. En caso que se oferten remuneraciones distintas para cada recinto, se considerará el promedio de ambas para la evaluación. (detallar en FORMULARIO N° 2).
A.4. Bonos o beneficios del personal: Bonos que se paguen al personal que desempeñará las labores de recepción y mantención de los recintos, que sobrepasen los $10.000 individualmente y que sean adicionales a la remuneración bruta mensual (detallar en FORMULARIO N° 2).
B. Serie de “Preguntas y Respuestas”
A que se refiere el Artículo 15 de las presentes Bases.
C. Detalle de otra información que el oferente considere relevante
ARTICULO 21: Oferta Económica
Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio.
Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional y corresponderán a la suma de todos los grupos ofertados a valor neto, es decir, sin contemplar impuestos (sin IVA).
Adicionalmente, en el plazo establecido en el calendario de la licitación, se deberá subir al portal Mercado Público el FORMULARIO N° 5, el que contendrá la oferta económica expresada tanto en cifras (U.F) como en palabras, incluyendo cualquier clase de impuesto u otro arancel que el oferente deba pagar (con IVA).
Se considerarán incluidos en la oferta económica todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales.
3. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
ARTICULO 22: Apertura de la oferta
La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma publicado en el portal www.chilecompras.cl, en un acto.
Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas.
Los interesados se obligan a mantener vigentes sus ofertas por un plazo de 60 días corridos, a contar de la fecha de cierre de presentación de las ofertas.
ARTICULO 23: Comisión evaluadora
La Superintendencia de Servicios Sanitarios designará por Resolución, a los profesionales que constituirán dicha Comisión.
Teniendo en cuenta lo establecido en la Res. Ex. Nº 237 B del 13 de abril de 2020 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que aprueba la directiva N°34 de recomendaciones sobre contratación pública para órganos compradores, con motivo de la pandemia del virus COVID-19, esta Superintendencia establece que la Comisión podrán sesionar de manera remota, utilizando las herramientas tecnológicas que estimen pertinentes (videoconferencias, correo electrónico, Webex u otras).
Asimismo, las actas de evaluación pueden suscribirse mediante cualquier modalidad de firma electrónica simple.
ARTICULO 24: Aclaraciones solicitadas a los oferentes
La SISS podrá pedir a los licitantes, después de la recepción de las Propuestas Técnicas, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el oferente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.
Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
ARTICULO 25: Errores u omisiones detectados durante la evaluación
La SISS podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal de www.mercadopublico.cl
La SISS podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán presentar los antecedentes omitidos o hacer las rectificaciones que sean procedentes para salvar errores u omisiones formales dentro de las 48 horas siguientes al requerimiento efectuado por la SISS, el que se informará a través del portal de www.mercadopublico.cl
ARTICULO 26: Criterios de Evaluación de las Propuestas
Las ofertas recibidas serán evaluadas mediante un Acta de Evaluación. La Comisión analizará las ofertas presentadas de acuerdo a lo dispuesto en estas Bases y en las Especificaciones Técnicas, en consideración al interés público comprometido, procediendo a emitir un informe de adjudicación que recomendará la adjudicación de la oferta más conveniente para los intereses de la institución, considerando los siguientes parámetros:
Criterio Porcentaje
a) Oferta Técnica 60%
b) Oferta Económica 35%
c) Correcta presentación de la oferta 5%
a) Evaluación de la Propuesta Técnica:
La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a la siguiente tabla,
Criterio Sub-Criterio Fórmula de Cálculo
Oferta Técnica
60% de la calificación total Calidad de la Oferta técnica
30%
Puntaje Descripción
100 Excelente: Cumple con lo solicitado y oferta 3 o más servicios adicionales.
70 Suficiente: Cumple con lo solicitado
30 Insuficiente: Cumple en forma parcial con lo solicitado.
0 Deficiente: No cumple con lo solicitado. No presenta información.
Nota: Como servicios adicionales, se refiere a prestaciones que oferte el proveedor interesado, que no estén considerados en las bases técnicas y agreguen valor a la propuesta.
Experiencia del oferente en el rubro
30%
Puntaje Años de experiencia
100 Más de 6 años
80 Entre 4 y 6 años inclusive
50 Menos de 4 años
0 Sin antecedentes
Nota: Forma de verificación: Órdenes de Compra y/o Facturas.
Remuneraciones del personal
25%
Puntaje Descripción
100 Informa remuneración bruta mensual mayor a $380.000.-
80 Informa remuneración bruta mensual mayor o igual a $350.000 y menor o igual a $380.000.-
50 Informa remuneración bruta mensual mayor o igual a $300.000 y menor a $350.000.-
0 Sin antecedentes
Bonos o beneficios del personal
15%
Puntaje Descripción
100 Vacaciones + Fiestas Patrias + Navidad
90 Fiestas Patrias + Navidad
70 Alimentación + Navidad
40 Otros bonos
0 No informa
Nota: Se considerarán como bono, los que sobrepasen el valor de $10.000 de forma individual y sean adicionales a la remuneración bruta mensual informada.
Para todos los valores que corresponda, los puntajes serán redondeados según el siguiente criterio: al entero o decimal inferior, cuando el decimal o centesimal fluctúe entre 1 y 4, y al entero o decimal superior, en los casos en que el valor decimal o centesimal fluctúe entre 5 y 9.
b) Evaluación de la propuesta económica:
Se evaluará el precio ofertado para otorgar el servicio durante 12 meses, a través de la siguiente fórmula:
Criterio Puntaje
Oferta Económica
35% de la calificación total Precio Mínimo Ofertado / Precio de la Oferta) X 100
Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible para la contratación del “Servicio De Administración De Recintos Recreacionales De La Superintendencia De Servicios Sanitarios” serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación.
Para las ofertas que no sobrepasen el presupuesto, este criterio se evaluará de la siguiente forma (Completar información contenida en el Formulario N° 5 de estas bases):
1.- Valor total mensual neto del servicio
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): El menor precio ofertado por los oferentes
c) Correcta presentación de la oferta:
Está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por la SISS. Este criterio representa un máximo de 100 puntos, y se obtendrá presentando la documentación requerida tanto en las bases administrativas, como en las bases técnicas. La asignación de puntajes se efectuará de acuerdo a lo siguiente:
Correcta presentación de la oferta
5% de la calificación total Puntaje Documentos requeridos en la oferta
100 La SISS no requiere antecedentes o certificaciones adicionales.
50 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente los presente dentro del plazo.
0 La SISS requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo.
ARTICULO 27: Mecanismo de solución en caso de empates
En caso de empate, se adjudicará la propuesta que obtenga mayor puntaje en el ítem Técnico, si este persiste, el que haya obtenido mayor puntaje en el ítem Económico, así sucesivamente con los ítems de mayor puntaje que son: Calidad de la Oferta Técnica, Experiencia en el Sector Público, Experiencia en el Rubro, en ese orden.
ARTICULO 28: Adjudicación
La Adjudicación se hará por Resolución de la SISS, sobre la base del Acta de Adjudicación elaborada por la Comisión Evaluadora.
ARTICULO 29: Readjudicación
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el artículo 41, inciso final, del reglamento de la ley N° 19.886.
Si el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la SISS podrá dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
ARTICULO 30: Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción.
La SISS declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Además, la SISS declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses.
En todo caso, las declaraciones de la SISS se efectuarán siempre mediante resolución fundada.
ARTICULO 31: Comunicación de resultados de la licitación y consultas sobre la adjudicación.
Se comunicará el resultado de la licitación a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de 3 días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al Inspector Fiscal señalado en la resolución de adjudicación.
Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior.
4. CONTRATO
ARTICULO 32: Del Contrato
Efectuada la adjudicación de la propuesta, se dará lugar al contrato, materia de estas bases. Formarán parte integrante del contrato los documentos indicados en el Artículo 12 de las presentes bases. El oferente que resulte adjudicado deberá entregar los siguientes documentos:
a) Certificado de vigencia de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio.
b) Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, emitido por el Registro de Comercio.
ARTICULO 33: Perfeccionamiento y vigencia del contrato
El oferente al que se le adjudique la licitación deberá suscribir el contrato de suministro y servicios con la SISS dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Si notificado el adjudicatario de la tramitación de la resolución de adjudicación, no suscribiere el contrato dentro del plazo que se indica, la Superintendencia podrá dejar sin efecto la adjudicación. Dicha situación no le dará derecho al adjudicatario a solicitar indemnización alguna.
ARTICULO 34: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
El adjudicatario deberá constituir una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, mediante cualquier instrumento que asegure su cobro, siempre que este sea pagadero a la vista y tenga el carácter de irrevocable, tales como, certificado de fianza, vale vista, boleta bancaria pagadera a la vista o póliza de seguro de ejecución inmediata, en este último caso, deberá constar en el documento que la póliza se encuentra completamente pagada.
La garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Adjudicación realizada en el portal de ChileCompra, mediante carta dirigida al Jefe de la Unidad de Logística y Servicios Internos y entregada en la Oficina de Partes de la SISS, y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Monto 5% del valor total del contrato expresado en pesos chilenos
Plazo de Vigencia No inferior al plazo contractual, más 90 días corridos
Beneficiario Superintendencia de Servicios Sanitarios
Glosa “Garantiza el fiel cumplimiento de la contratación denominada “servicio de administración de recintos recreacionales de la Superintendencia de Servicios Sanitarios” y las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores.”
Si el adjudicatario no constituye debidamente la garantía dentro del plazo señalado la SISS estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, sin que se devengue ningún tipo de indemnización.
En caso de que la garantía deba hacerse efectiva durante el contrato esta deberá ser renovada por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde que se hizo efectiva por el plazo que falte para el término real del contrato más 90 días corridos. El no cumplimiento de esta obligación dará derecho a la SISS para terminar anticipadamente el contrato sin derecho a indemnización.
La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato será devuelta 30 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento.
ARTICULO 35: De la Ejecución y Plazo del Servicio
El servicio tendrá una vigencia de 36 meses a partir del 01 de junio de 2021.
El servicio se ejecutará en los plazos y términos ofertados en la Propuesta Técnica, en concordancia con las actividades y plazos señalados en las Bases Técnicas de la licitación.
Todos los plazos de días a que se haga mención se entenderán de días corridos, salvo cuando se indique algo diferente en forma expresa. Si el vencimiento de un plazo corresponde a un día sábado, domingo o festivo, éste se entenderá cumplido el primer día hábil siguiente.
ARTICULO 36: Modificación del contrato
Los servicios sólo podrán ser modificados durante su ejecución unilateralmente por la SISS o por ambas partes de mutuo acuerdo. Las modificaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el trabajo contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.
En caso que las modificaciones representen un aumento de los servicios, el monto de éstos deberá ser igual a los del contrato primitivo, en los ítems individualizados en dicho contrato. En los nuevos servicios, se establecerá su monto de común acuerdo. Dicho aumento no podrá exceder en un 30% del monto originalmente pactado.
Cualquiera modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva Resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.
5. PAGOS
ARTICULO 37: Informes de resultado
Los pagos se harán efectivos, sólo una vez dictado y tramitado el acto administrativo que aprueba la celebración del contrato o la resolución de adjudicación, según sea el caso.
La SISS realizará pagos mensuales en relación al trabajo realizado y el cumplimiento de los plazos. Para ello se dividirá el costo total del ítem adjudicado por el número de meses del servicio y ello constituirá la cuota mensual en UF a cancelar. No obstante, se deberá considerar lo señalado en el artículo sobre Multas y Sanciones.
Se deberá considerar la Unidad de Fomento (U.F.) correspondiente al día primero de cada mes.
Para proceder al pago, es previo y necesario que el Inspector Fiscal vise y apruebe el servicio prestado, siempre y cuando la SISS no haya suspendido la ejecución del contrato.
Una vez aprobado y ejecutado el servicio, el adjudicatario deberá presentar la factura o Boleta de Servicios, conjuntamente con un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales (cuando proceda), el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a la fecha del pago. Tratándose de una UTP, el certificado deberá ser presentado por cada integrante.
Visados y aprobados los informes y la boleta o factura, se realizará el pago dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a prestado el servicio.
La factura debe emitirse una vez prestado el servicio, remitirlo al correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com junto al XML y contra recepción conforme por parte del inspector fiscal y aceptada la orden de compra a través del sistema.
ARTICULO 38: Reajustes
El contrato no contempla reajuste, dado que al ser un contrato estipulado en unidades de fomento ya tiene implícito el reajuste mensualmente.
No se procederá hacer otro tipo modificaciones en los valores, por lo que se pide a los proveedores proyectar bien sus costos y beneficios a recibir.
6. EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
ARTICULO 39: Administración y Fiscalización de su cumplimiento
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, la SISS designará un Inspector Fiscal en la resolución que adjudique la licitación, con las siguientes facultades y responsabilidades:
a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato.
b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
c) Revisar y aprobar el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar.
d) Certificar la recepción, a entera satisfacción de la SISS, de los servicios.
e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio.
ARTICULO 40: Multas y otras sanciones
En función de la gravedad de la infracción cometida por el adjudicatario, se le aplicarán las siguientes sanciones:
a) Amonestación: la amonestación procederá ante una falta menor al contrato por parte del oferente. Se dejará constancia por escrito y el documento será firmado por ambas partes. La amonestación no estará afecta a sanciones pecuniarias, salvo que se acumulen más de dos amonestaciones en el periodo de un mes, en cuyo caso se aplicará una multa menos grave.
b) Multa: El rango de la multa será determinado por el Inspector Fiscal del contrato, mediante resolución fundada y en mérito de los antecedentes que haya recabado, de entre las siguientes opciones:
b.1 Incumplimiento leve: Importa una sanción de multa de 2 UTM, la cual se aplicará por incumplimiento o falta de diligencia de las obligaciones contraídas que no implique riesgos a las personas o daño a los bienes de la SISS o a su imagen.
b.2 Incumplimiento menos grave: Importa una sanción de multa de 5 UTM, la cual se aplicará por incumplimientos que impliquen riesgo a las personas o bienes de la SISS, pero que sea susceptible de corrección.
b.3 Incumplimiento grave: Importan el término anticipado del contrato.
El valor total acumulado de las multas no podrá exceder el 10% del valor del contrato, incluyendo sus modificaciones. En caso de excederse del 10% señalado, la SISS podrá poner término anticipado al contrato.
ARTICULO 41: Responsabilidad del adjudicatario
El adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los servicios que entregue, de modo que cualquier error que signifique perjuicio para la SISS, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la empresa adjudicataria los representantes legales asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción.
ARTICULO 42: Término anticipado del contrato
Podrá ponerse término anticipado al contrato en los siguientes casos:
Causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al contrato.
b) Por incumplimiento grave por parte del proveedor, de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, aquellas que inciden en la prosecución de la contratación, como el atraso en la observancia de los plazos fijados para ejecutar el objeto principal del contrato, la inobservancia de las especificaciones técnicas, que los informes entregados no cumplan con los estándares requeridos y/o lo señalado por el adjudicatario en su oferta, etcétera.
c) Acumular más del 10% del valor del contrato en multas.
d) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
g) Por infracción a las reglas de la subcontratación. En especial, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley N° 20.123, referido a la simulación de contratos de trabajo a través de terceros.
h) Por decisión unilateral de la SISS. La SISS pondrá término anticipado al contrato, cuando razones de servicio así lo aconsejen.
i) En el caso de UTP, son causales de término anticipado del contrato las siguientes:
h.1) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
h.2) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
h.3) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
h.4) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
h.5) Disolución de la UTP.
j) Por las demás causales establecidas en la Ley N°19.886 y su reglamento.
Indemnizaciones
Las causales señaladas en los literales a), b), c), d), e), f) y h) no darán derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.
Tratándose de la causal prevista en el literal g), la SISS pagará al adjudicatario, a título de indemnización completa de la respectiva etapa, el valor del trabajo realizado hasta el día siguiente hábil de la fecha de envío de dicha carta certificada. El valor del trabajo realizado se determinará como un porcentaje del monto de la etapa durante la cual se determina el término anticipado del contrato, donde:
I : Monto a pagar por indemnización
Nf : Número de días transcurridos desde la fecha de aprobación de la etapa anterior
Np : Número de días de plazo total de la etapa
M : Monto a pagar por la etapa completa
Los plazos y montos correspondientes serán los considerados en la Resolución que aprueba el contrato y sus modificaciones posteriores.
Notificación de término anticipado
Se notificará mediante carta certificada a la dirección que el adjudicatario señale al presentar su oferta.
ARTICULO 43: Procedimiento en caso de incumplimiento
En caso de verificarse un incumplimiento grave por parte del proveedor de una o más de las obligaciones establecidas en las Bases o en el Contrato, dará lugar a la evaluación de los antecedentes por el inspector fiscal de la contratación, quien determinará la necesidad de la apertura de un procedimiento breve y sumario para la eventual aplicación de una sanción. En dicho procedimiento, se dará traslado al proveedor quien será notificado de la apertura del proceso mediante carta certificada y tendrá 5 días hábiles para presentar por escrito sus descargos. Las sanciones dispuestas para estos efectos podrán ser la aplicación de multa, el cobro de la garantía de fiel cumplimiento o el término anticipado del contrato. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.
ARTICULO 44: Prórroga de la competencia
En caso de discrepancias que se produjeren entre la SISS y el adjudicatario que según la legislación vigente no sean de competencia del Tribunal de Contratación Pública, serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
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