Licitación ID: 1271359-21-LR26
C. SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 26-27
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Fecha de Cierre: 24-04-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
C. SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 26-27
Estado:
Publicada
Descripción:
La Corporacion municiapl de desarrollo social de Lampa requiere la contratacion de convenio suminitros de obras menores para los años 2026-2027, con el fin de atender las necesidades de los establecimientos educacionales, jardines infantiles y centros de salud municipales de la comuna.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LICITACIONES
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-04-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 24-03-2026 18:59:41
Fecha inicio de preguntas: 24-03-2026 23:59:00
Fecha final de preguntas: 08-04-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-04-2026 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-04-2026 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 30-04-2026 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 20-05-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
2.- Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
3.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha hasta el cierre de recepción de ofertas. (F-30)
4.- Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
5.- Formulario N°5 “Datos de pago”
6.- En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”
7.- Anexo “B” Declaración jurada firma manuscrita (En caso que aplique)
Documentos Técnicos
1.- Formulario N°3: Oferta técnica
 
2.- Certificado adhesión a mutualidad
 
3.- Certificado accidentabilidad y siniestralidad de mutualidad
 
4.- Copia del Reglamento Interno
 
5.- Copia de cartas timbradas de recepción reglamento interno por parte Inspección del Trabajo y Seremi de Salud (cuando son más de 10 trabajadores en la empresa)
 
6.- Informe de uniforme y equipamiento, junto con acreditación de Certificación Equipo de Protección Personal (EPP)
 
7.- Equipo de trabajo y capacidad operativa • CV del personal clave (supervisor/jefe de cuadrilla y maestros principales) • Certificaciones/licencias según especialidad (adjuntar respaldo): por ejemplo, competencias para trabajos eléctricos, soldadura, altura, etc.
 
8.- Modelo de cotización/valorización desagregada (formato editable): por ítem, unidad, cantidad; separando mano de obra vs materiales; indicando plazo en días corridos y rendimiento.
 
9.- Plan de seguridad/prevención estándar + Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS) (PDF).
 
10.- Formatos (plantillas), modelos tipo o, al menos, compromiso firmado de entregar: • Registro fotográfico antes/durante/después. • Bitácora / informe diario si OT dura > 3 días + carta Gantt simple. • Certificados y pruebas de especialidad (SEC/gas/hermeticidad/puesta en marcha, etc.) cuando corresponda. • Constancia de limpieza y retiro de residuos/escombros como condición de recepción.
 
11.- Capacidad económica mínima Con el objeto de resguardar la correcta ejecución del convenio y la continuidad del servicio, el oferente deberá acreditar capacidad económica mínima, presentando los siguientes antecedentes: I. Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos (SII) o Formulario 22 (F22) del último año tributario disponible. II. Uno de los siguientes documentos (alternativos): • Estados Financieros (EEFF) del último ejercicio (Balance General y Estado de Resultados), firmados por representante legal (y contador, si corresponde), o • Certificado Bancario de Capacidad Financiera, con antigüedad máxima de 90 días, que indique al menos una de estas condiciones: línea de crédito, cupo aprobado, o evaluación de comportamiento/solvencia. El oferente será declarado Hábil si, junto con presentar los documentos, acredita al menos uno de los siguientes umbrales: • Patrimonio ≥ $25.000.000 (sugerencia: aprox. 5% del monto referencial total), o • Capital de trabajo (Activo corriente – Pasivo corriente) ≥ $15.000.000, o • Ventas anuales (según Carpeta Tributaria/F22) ≥ $100.000.000, o • Línea/cupo bancario vigente ≥ $30.000.000 (si presenta certificado bancario). Nota: Los montos son “mínimos de operación” (no equivalen al monto total del convenio, porque la ejecución es a demanda por OT). En caso de UTP, los umbrales podrán acreditarse sumando los antecedentes de los integrantes, siempre que: • se presenten los documentos de cada integrante; y • se indique el % de participación y responsabilidades. La entidad se reserva el derecho de solicitar aclaraciones si existiesen inconsistencias evidentes entre los documentos presentados.
 
12.- Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
 
13.- Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
 
14.- Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
 
15.- Formulario N°8 “Declaración Simple De Subcontratación”
 
16.- Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
 
17.- Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
 
18.- Formulario N°9 “Condiciones Laborales”
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Antecedentes formales de la propuesta Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,02 2%
2 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,02 2%
3 Sustentabilidad Políticas de sustentabilidad Materias y contenidos Medio de verificación A) Inclusión laboral B) Inclusión de género C) Fomento de buenas prácticas ambientales D) CONADI Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: -Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) -Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos -Certificado ISO 14001-2015 -Certificado ISO 50001 vigente o norma chilena equivalente. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C3*0,02 2%
4 Condiciones de empleo y remuneración En este criterio deberá ser informado en el formulario n°9 y se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Ponderación TOTAL A% + B% = C5 SUBFACTOR % DETALLES a. Remuneración Bruta Mensual del equipo de trabajo (Formulario N°9) 3 RE: Remuneración evaluada RM: Remuneración máxima Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,03 El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos: • Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses, • Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período. • Contrato de trabajo o anexo vigente. • En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución. b. Tasa de empleo comunal (domicilio en Comuna de Lampa) del personal asignado a la ejecución 2 Sobre 80% = 100 puntos. Sobre 60% a 79% = 80 puntos. Sobre 40 a 59% = 60puntos. Sobre 20 a 39% = 40 puntos Sobre 10% a 19% = 20 puntos Inferior al 10% = 0 puntos. Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor Ej. 80 puntos * 0,02 Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos: • certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario; • cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna; • certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio. 5%
5 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL. Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: - En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL - En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente - Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible - No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente - La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado - Teléfono de contacto Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,3 3%
6 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3. Se evaluará la capacidad de respuesta y la garantía adicional ofrecida por el oferente. El puntaje se asignará según los plazos de respuesta ante fallas y la extensión de la garantía técnica. Se evaluará como se indica el siguiente detalle: • Evaluación por Sub-factor Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor Ej. Tiempo de garantía técnica 50 puntos * 0,10 =5% • Ponderación TOTAL A% + B% + C% + D% + E% = C6 SUBFACTOR % DETALLES Tiempo máximo de respuesta (llegada a terreno) A. Emergencia 2 ≤ 1 hora = 100 puntos. 2 horas = 50 puntos. ≥ 3 horas = 0 puntos B. Urgencia 1 ≤ 8 horas = 100 puntos. Entre 9 a 23 horas = 50 puntos. ≥ 24 horas = 0 puntos C. Normal 1 ≤ 24 horas = 100 puntos. Entre 23 a 71 horas = 50 puntos. ≥ 72 horas = 0 puntos D. Certificaciones y licencias del equipo 1 ≥80% del personal presentado cuenta con certificaciones/licencias pertinentes y vigentes. = 100 puntos 50%–79% = 70 puntos 20%–49%. = 40 puntos <20% o no acredita. = 0 puntos E. Garantía técnica 1 ≥ 24 meses. = 100 puntos. entre 13 y 23 meses. = 50 puntos. ≤ 12 meses = Inadmisible 6%
7 Precio Para efectos exclusivos de la evaluación económica, se entenderá por “Precio Evaluado” el monto total neto resultante de la valorización íntegra del itemizado oficial contenido en el Formulario N°4, calculado sobre la base de las partidas, unidades y cantidades referenciales definidas por la Corporación, aplicando a ellas los precios unitarios ofertados por cada proponente. La comparación económica de las ofertas se efectuará únicamente sobre dicho itemizado referencial común, el cual será idéntico para todos los oferentes y tendrá por objeto permitir la comparación objetiva de las propuestas, sin constituir obligación de consumo mínimo ni máximo específico por partida durante la ejecución del convenio. PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C7 = ((PM/PE) *100) * 0,80 La omisión de precios unitarios, la alteración del itemizado oficial, la modificación de partidas, unidades o cantidades referenciales, o la incorporación de condiciones que impidan la comparación homogénea de las ofertas, hará inadmisible la propuesta. Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución del contrato el pago se efectuará únicamente por los trabajos efectivamente requeridos, ejecutados y recepcionados conforme, de acuerdo con las respectivas Órdenes de Trabajo y a los precios unitarios adjudicados. 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Según CDP
Monto Total Estimado: 524421949
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: solo en caso de ser necesario, según cláusula incorporada en Bases Administrativas Generales.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 20 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JAVIERA AYALA
e-mail de responsable de pago: javiera.ayala@corporacionlampa.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 24-08-2026
Monto: 250000 Peso Chileno
Descripción: ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO $250.000 (doscientos cincuenta mil pesos) VIGENCIA Mínimo de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. GLOSA Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027” ID: 1271359-21-LR26 INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La Garantía de Seriedad de la Oferta será pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. En todo documento que se constituya como Garantía de Seriedad de la Oferta, es necesario que se indique la individualización del oferente que participa en la propuesta. En el caso de pólizas de seguro estas deberán ser pagaderas al primer requerimiento, sin liquidador, sin arbitraje y sin requerir ningún trámite adicional para su cobro. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, en cuyo caso deberá presentarse copia de dicho documento a través del portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes administrativos de la oferta. Los Oferentes deberán presentar el documento de seriedad de la oferta, en el Departamento de Abastecimiento de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, ubicada en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa, en horario de 09:00 a 12:00 horas, hasta el día final de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl. El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del Oferente, nombre y RUT de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la garantía. Copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía. Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos señalados, la oferta será declarará inadmisible.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027” ID: 1271359-21-LR26
Forma y oportunidad de restitución: La devolución se realizará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución, que dé cuenta los oferentes a quienes se les haya declarado inadmisible. Los oferentes que hubiesen obtenido el tercer o un lugar inferior en el listado decreciente, estos podrán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en el Departamento de Contabilidad de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, ubicada en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa, en días hábiles, en horario de 09:00 a 12:00 horas. La devolución de los documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción. Dicho plazo se contará desde la notificación de las mencionadas resoluciones a través del portal web de compras públicas, salvo que recurran de cualquier forma en contra de la resolución de adjudicación. Para retirar la garantía, los oferentes deberán presentar un poder simple, emitido por la empresa a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite; al momento del retiro le será exigida, además del poder en comento, su cédula de identidad. Tratándose del oferente Adjudicado o el oferente que hubiese obtenido el segundo mayor puntaje final, la restitución del documento de garantía de seriedad de la oferta se hará una vez que se encuentre aceptada por el proveedor adjudicado. Para coordinar lo anterior, deberán remitir previamente solicitud a través de correo electrónico al siguiente e-mail licitaciones@corporacionlampa.cl.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 28-04-2028
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso. ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO Igual al 5% del monto máximo referencial neto, en pesos chilenos VIGENCIA Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo GLOSA Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID: 1271359-21-LR26 “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027” INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID: 1271359-21-LR26 “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027”
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES


II. 
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL

Para efectos de la presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como valor económico el monto total estimado del convenio, expresado en valores netos (sin impuestos), el que para la presente licitación corresponde al presupuesto estimado NETO informado en las presentes Bases, es decir $440.690.713 (Cuatrocientos cuarenta millones seiscientos noventa mil setecientos trece pesos).

Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica válida y vinculante del oferente estará constituida por los valores unitarios informados en el Formulario N°4 Oferta Económica, debidamente completado y adjunto en el portal, los que deberán expresarse en pesos chilenos, valores netos, e incluir todos los costos directos e indirectos asociados al cumplimiento del contrato.

El monto ingresado en el portal tendrá un carácter referencial y de habilitación de la oferta económica dentro del sistema, no constituyendo por sí mismo el valor unitario adjudicado ni obligando a la Corporación a consumir la totalidad del presupuesto estimado.

En caso de discrepancia entre el monto total ingresado en el portal y los valores unitarios contenidos en el Formulario N°4, prevalecerá lo señalado en el Formulario N°4 para todos los efectos de evaluación, adjudicación, ejecución, facturación y pago.

  III.              MODELO DEL CONVENIO

La presente contratación corresponderá a un convenio de suministro y ejecución a demanda, en virtud del cual se adjudicarán precios unitarios referidos exclusivamente a mano de obra, servicios base y demás prestaciones expresamente contempladas en el itemizado económico de la oferta adjudicada.

Los materiales, repuestos, insumos y demás bienes que resulten necesarios para la ejecución de una determinada Orden de Trabajo no se entenderán incorporados al precio evaluado ni a los precios unitarios adjudicados, salvo que las Bases Técnicas o el itemizado oficial indiquen expresamente lo contrario respecto de una partida específica.

En consecuencia, para efectos de la evaluación y adjudicación de la licitación, el precio comparado entre oferentes corresponderá únicamente al valor de las partidas de mano de obra y servicios base contenidas en el Formulario de Oferta Económica, no formando parte de dicha comparación económica los materiales, repuestos, insumos u otros bienes asociados a la ejecución de los trabajos.

Sin perjuicio de lo anterior, los materiales, repuestos, insumos y demás bienes necesarios para la ejecución de las respectivas Órdenes de Trabajo se entenderán comprendidos dentro del presupuesto estimado total del contrato, en la medida que su adquisición, provisión, valorización y cobro hayan sido previamente autorizados por la Corporación, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases Administrativas Especiales y en las Bases Técnicas.

En consecuencia, la necesidad, provisión, cantidad, valorización y autorización de dichos materiales se determinará en cada Orden de Trabajo, debiendo contar con aprobación previa y expresa de la Corporación para su adquisición y posterior cobro, con cargo al presupuesto estimado del convenio y sujeto a la disponibilidad presupuestaria correspondiente.

El hecho de que los materiales no formen parte del precio evaluado de la oferta no implica, en caso alguno, que se encuentren excluidos del presupuesto estimado del contrato, sino únicamente que su determinación económica y pago se efectuará durante la ejecución contractual, conforme a los requerimientos efectivos de la Corporación y a las autorizaciones otorgadas en cada Orden de Trabajo.

   V.     CONTENIDO DE LA OFERTA

Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.

  • Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.

  • Excepcionalmente, la Corporación podrá aceptar documentos suscritos con firma manuscrita escaneada (imagen), únicamente cuando se acompañen de la “Declaración Jurada de Autenticidad de Firma Manuscrita Escaneada” (Anexo N° A), cumpliendo copulativamente lo siguiente:

a)       La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).

b)      La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.

c)       Se deberá adjuntar copia simple por ambos lados de la cédula de identidad del firmante (o documento equivalente), solo para fines de verificación de identidad y facultades.

Solicitud de original. La Corporación podrá, en cualquier etapa del proceso (incluida adjudicación y formalización), requerir la presentación del documento original en papel con firma autógrafa, o bien exigir su suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique. El incumplimiento será causal de rechazo de la oferta o de no suscripción/desistimiento de la adjudicación, según la etapa.

Alcance y no equivalencia. La aceptación excepcional de firma manuscrita escaneada no implica que ésta sea equivalente a firma electrónica para efectos de no repudio, trazabilidad o responsabilidades, siendo válida solo como mecanismo transitorio de presentación documental, sin perjuicio de las verificaciones que la Corporación estime pertinentes.

Se aceptarán documentos con firma manuscrita escaneada solo en los términos de la cláusula y su Declaración Jurada. Alternativamente, se aceptarán documentos cuya firma se encuentre autorizada ante notario (firma puesta en original ante ministro de fe), siempre que se adjunte copia íntegra escaneada del instrumento donde conste la autorización notarial, sin perjuicio de que la Corporación pueda requerir el original para cotejo.

  • El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.

ETAPA N° 1

         I.            ANEXOS ADMINISTRATIVOS

DESCRIPCIÓN

1.

Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.

2.

Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público

3.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha hasta el cierre de recepción de ofertas. (F-30)

4.

Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”

5.

Formulario N°5 “Datos de pago”

6.

En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”

7.

Anexo “B” Declaración jurada firma manuscrita (En caso que aplique)

Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):

  • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
  • Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
  • No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
  • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM

ETAPA N° 1

Los documentos correspondientes y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.

       II.            ANEXOS TÉCNICOS

DESCRIPCIÓN

8.

Formulario N°3: Oferta técnica

Certificado adhesión a mutualidad

Certificado accidentabilidad y siniestralidad de mutualidad

Copia del Reglamento Interno

Copia de cartas timbradas de recepción reglamento interno por parte Inspección del Trabajo y Seremi de Salud (cuando son más de 10 trabajadores en la empresa)

Informe de uniforme y equipamiento, junto con acreditación de Certificación Equipo de Protección Personal (EPP)

Equipo de trabajo y capacidad operativa

  • CV del personal clave (supervisor/jefe de cuadrilla y maestros principales)
  • Certificaciones/licencias según especialidad (adjuntar respaldo): por ejemplo, competencias para trabajos eléctricos, soldadura, altura, etc.

Modelo de cotización/valorización desagregada (formato editable): por ítem, unidad, cantidad; separando mano de obra vs materiales; indicando plazo en días corridos y rendimiento.

Plan de seguridad/prevención estándar + Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS) (PDF).

Formatos (plantillas), modelos tipo o, al menos, compromiso firmado de entregar:

  • antes/durante/después.
  • si OT dura > 3 días + carta Gantt simple.
  • (SEC/gas/hermeticidad/puesta en marcha, etc.) cuando corresponda.
  • como condición de recepción.

Capacidad económica mínima

Con el objeto de resguardar la correcta ejecución del convenio y la continuidad del servicio, el oferente deberá acreditar capacidad económica mínima, presentando los siguientes antecedentes:

  1. (SII) o Formulario 22 (F22) del último año tributario disponible.
  2. de los siguientes documentos (alternativos):

  • del último ejercicio (Balance General y Estado de Resultados), firmados por representante legal (y contador, si corresponde), o

  • , con antigüedad máxima de 90 días, que indique al menos una de estas condiciones: línea de crédito, cupo aprobado, o evaluación de comportamiento/solvencia.

El oferente será declarado Hábil si, junto con presentar los documentos, acredita al menos uno de los siguientes umbrales:

  • Patrimonio$25.000.000 (sugerencia: aprox. 5% del monto referencial total), o
  • Capital de trabajo (Activo corriente – Pasivo corriente) ≥ $15.000.000, o
  • Ventas anuales (según Carpeta Tributaria/F22) ≥ $100.000.000, o
  • Línea/cupo bancario vigente$30.000.000 (si presenta certificado bancario).

Nota: Los montos son “mínimos de operación” (no equivalen al monto total del convenio, porque la ejecución es a demanda por OT).


En caso de UTP, los umbrales podrán acreditarse sumando los antecedentes de los integrantes, siempre que:

  • se presenten los documentos de cada integrante; y
  • se indique el % de participación y responsabilidades.


La entidad se reserva el derecho de solicitar aclaraciones si existiesen inconsistencias evidentes entre los documentos presentados.

9.

Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda

10.

Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.

11.

Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”

12.

Formulario N°8 “Declaración Simple De Subcontratación”

13.

Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda

14.

Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda

15.

Formulario N°9 “Condiciones Laborales”


ETAPA N°2

     III.            ANEXOS ECONÓMICO

Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos

En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.

IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.

 VI.          DE LA EVALUACION

Conforme a lo dispuesto en el Instructivo de Carácter General N° 6/2024 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), la presente convocatoria será aperturada y evaluada en DOS (2) ETAPAS, separando una primera fase de habilitación/aptitud y una segunda fase de evaluación competitiva y adjudicación.

La apertura y evaluación de las ofertas será efectuada por una Comisión Evaluadora, designada mediante acto administrativo fundado, integrada por funcionarios/as competentes según la naturaleza de la contratación, quienes deberán actuar con objetividad, transparencia, estricta sujeción a las Bases y resguardo de la libre competencia. La Comisión deberá:

  • levantar actas de cada sesión/etapa (apertura, revisión, acuerdos y decisiones);
  • Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta
  • Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas
  • Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente.
  • elaborar el/los Informe(s) de Evaluación con fundamentación suficiente;
  • proponer adjudicación o declaración de deserción cuando corresponda.

La Comisión podrá solicitar a través del Portal Mercado Público aclaraciones o antecedentes en los casos permitidos por estas Bases, sin alterar la oferta ni vulnerar la igualdad de los oferentes.


VII. DISTINCIÓN ENTRE ADMISIBILIDAD, HABILITACIÓN Y EVALUACIÓN


Para efectos de la presente licitación, el proceso de revisión de ofertas se estructurará en tres niveles claramente diferenciados:

ADMISIBILIDAD

La admisibilidad corresponde a la verificación formal de que la oferta ha sido presentada dentro de plazo y contiene los antecedentes esenciales exigidos en estas Bases.

Serán antecedentes mínimos de admisibilidad los siguientes:

a) Formulario N°1;

b) Formulario N°3;

c) Formulario N°4;

d) Formulario N°6;

y, en caso de UTP, además los antecedentes específicamente exigidos para dicha modalidad.

La omisión total o presentación incompleta de alguno de estos antecedentes esenciales dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta, cuando impida su revisión objetiva o altere la igualdad entre oferentes.

HABILITACIÓN O APTITUD

La habilitación corresponde al análisis de fondo respecto del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para ejecutar el contrato.

En esta etapa se verificará, entre otros aspectos:

a) capacidad económica mínima;

b) idoneidad técnica y operativa;

c) cumplimiento de exigencias de seguridad, laborales y previsionales;

d) demás requisitos habilitantes establecidos en las Bases.

El resultado de esta etapa será binario, calificando al oferente como:

- HÁBIL, si cumple íntegramente los requisitos mínimos; o

- NO HÁBIL, si no acredita uno o más de ellos.

Solo los oferentes admisibles y declarados hábiles pasarán a la etapa siguiente.

EVALUACIÓN COMPETITIVA

La evaluación competitiva recaerá únicamente sobre las ofertas admisibles y hábiles, y considerará exclusivamente los criterios de evaluación establecidos en estas Bases para efectos de asignar puntaje y determinar la oferta más conveniente.

ETAPA 1: APERTURA Y EVALUACIÓN DE HABILITACIÓN / APTITUD (CALIFICACIÓN)

Apertura

En la fecha y hora informadas en el Portal, se procederá a la apertura de los antecedentes técnicos y de habilitación/aptitud exigidos en estas Bases.

Objeto

En esta etapa la Comisión Evaluadora verificará, en primer término, la admisibilidad formal de la oferta, esto es, la presentación íntegra y oportuna de los antecedentes esenciales exigidos en las Bases. Luego, respecto de las ofertas admisibles, verificará el cumplimiento de los requisitos de habilitación o aptitud del oferente, tales como, capacidad económica, idoneidad técnica y demás exigencias establecidas en estas Bases.

Resultado

a)       Oferta inadmisible, cuando no se acompañen o no se encuentren completos los antecedentes esenciales de la oferta;

b)       Oferente hábil, cuando la oferta admisible cumpla los requisitos mínimos de habilitación;

c)        Oferente no hábil, cuando, siendo admisible la oferta, no se acrediten suficientemente los requisitos mínimos de habilitación.

Solo las ofertas admisibles y declaradas hábiles pasarán a la Etapa 2.

ETAPA 2: APERTURA Y EVALUACIÓN COMPETITIVA / ADJUDICACIÓN

Apertura

Solo respecto de los oferentes admisibles y declaradas hábiles en Etapa 1, se procederá a la apertura de los antecedentes evaluables de adjudicación (oferta económica y, en su caso, los demás criterios de esta etapa).

Reglas de evaluación

a)           La oferta económica será evaluada como factor de adjudicación con una ponderación no inferior al 80%.

b)          Todos los oferentes que superen la Etapa 1 participarán en la Etapa 2 en las mismas condiciones iniciales para la evaluación competitiva.

Informe Final y Propuesta

La Comisión emitirá el Informe Final de Evaluación, indicando puntajes por criterio, orden de prelación y propuesta fundada de adjudicación (o deserción), para la dictación del acto administrativo correspondiente.

 

Los resultados de cada etapa, las actas y el/los informes serán registrados/publicados conforme a las funcionalidades del Portal Mercado Público y a lo establecido en estas Bases, asegurando la trazabilidad del proceso y la debida motivación de las decisiones.


VIII. PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN


CRITERIO

PONDERACIÓN

1.

ANTECEDENTES FORMALES

2%

2.

PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

2%

3.

SUSTENTABILIDAD

2%

4.

EXPERIENCIA DEL OFERENTE

3%

5.

CONDICIONES LABORALES

5%

6.

CALIDAD TECNICA

6%

7.

OFERTA ECONÓMICA

80%

TOTAL PONDERACIÓN

100%

C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA

2%

Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.

Si Cumple = 100 puntos

No Cumple = 0 puntos                         

Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,02

C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

2%

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.  

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: 

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos        

Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,02

C3: SUSTENTABILIDAD

2%

  1. Inclusión laboral

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).

Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.

  1. Inclusión de género

El oferente es una Empresa liderada por una mujer.

Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)

  1. Fomento a empresas de menor tamaño.

El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño

El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.

  1. Fomento de buenas prácticas ambientales

La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)

https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/ 

  • Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
  • Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.

Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:

  • inclusión laboral;
  • enfoque o participación de género;
  • calidad de empresa de menor tamaño;
  • adopción de buenas prácticas ambientales.

Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia:

Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.

Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.

Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,02

C4:  EXPERENCIA DEL OFERENTE

3%

PUNTAJE

DESCRIPCIÓN

100

Acredita debidamente 5 experiencias

80

Acredita debidamente 4 experiencias

60

Acredita debidamente 3 experiencias

40

Acredita debidamente 2 experiencias

20

Acredita debidamente 1 experiencias

0

No declara o no acredita debidamente su experiencia

Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:

a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente

b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente

c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:

  • Decretos o Resolución de Adjudicación
  • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
  • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo

IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.

Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.

La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:

-     En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL

-     En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente

-     Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible

-     No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente

-     La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio

La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.

El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:

- Nombre del cliente o mandante

- Fecha de la entrega del servicio

- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación.

- Tipo de servicio contratado

- Teléfono de contacto

Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,3

C5: CONDICIONES LABORALES 

5%

En este criterio deberá ser informado en el formulario n°9 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:

•       Ponderación TOTAL

A% + B% = C5

SUBFACTOR

%

DETALLES

  1. Remuneración Bruta Mensual del equipo de trabajo (Formulario N°9)

3

RE: Remuneración evaluada      RM: Remuneración máxima

Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,03

El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos:

  • Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses,
  • Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período.
  • Contrato de trabajo o anexo vigente.
  • En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución.
  1. Tasa de empleo comunal (domicilio en Comuna de Lampa) del personal asignado a la ejecución

2

Sobre 80%

=

  100 puntos.

Sobre 60% a 79%

=

  80 puntos.

Sobre 40 a 59%

=

  60puntos.

Sobre 20 a 39%

=

40 puntos

Sobre 10% a 19%

=

20 puntos

Inferior al 10%

=

  0 puntos.

Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor

Ej.  80 puntos * 0,02

Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos:

  • certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario;
  • cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna;
  • certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio.

C6: CALIDAD TECNICA

6%

En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3. Se evaluará la capacidad de respuesta y la garantía adicional ofrecida por el oferente. El puntaje se asignará según los plazos de respuesta ante fallas y la extensión de la garantía técnica. Se evaluará como se indica el siguiente detalle:

•       Evaluación por Sub-factor

Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor

Ej.  Tiempo de garantía técnica

50 puntos * 0,10 =5%

•       Ponderación TOTAL

A% + B% + C% + D% + E% = C6

 SUBFACTOR

%

DETALLES

Tiempo máximo de respuesta (llegada a terreno)

2

≤ 1 hora

=

100 puntos.

2 horas

=

50 puntos.

3 horas

=

0 puntos

  1. Urgencia

1

≤ 8 horas

=

100 puntos.

Entre 9 a 23 horas

=

50 puntos.

≥ 24 horas

=

0 puntos

  1. Normal

1

≤ 24 horas

=

100 puntos.

Entre 23 a 71 horas

=

50 puntos.

≥ 72 horas

=

0 puntos

  1. Certificaciones y licencias del equipo

1

≥80% del personal presentado cuenta con certificaciones/licencias pertinentes y vigentes.

=

100 puntos

50%–79%

=

70 puntos

20%–49%.

=

40 puntos

<20% o no acredita.

=

0      puntos

  1. Garantía técnica

1

≥ 24 meses.

=

100 puntos.

entre 13 y 23 meses.

=

50 puntos.

≤ 12 meses

=

Inadmisible

C7: OFERTA ECONÓMICA

80%

Para efectos exclusivos de la evaluación económica, se entenderá por “Precio Evaluado” el monto total neto resultante de la valorización íntegra del itemizado oficial contenido en el Formulario N°4, calculado sobre la base de las partidas, unidades y cantidades referenciales definidas por la Corporación, aplicando a ellas los precios unitarios ofertados por cada proponente.

La comparación económica de las ofertas se efectuará únicamente sobre dicho itemizado referencial común, el cual será idéntico para todos los oferentes y tendrá por objeto permitir la comparación objetiva de las propuestas, sin constituir obligación de consumo mínimo ni máximo específico por partida durante la ejecución del convenio.

PM= Precio mínimo ofertado        PE= Precio que se evalúa

Puntaje C7 = ((PM/PE) *100) * 0,80

La omisión de precios unitarios, la alteración del itemizado oficial, la modificación de partidas, unidades o cantidades referenciales, o la incorporación de condiciones que impidan la comparación homogénea de las ofertas, hará inadmisible la propuesta.

Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución del contrato el pago se efectuará únicamente por los trabajos efectivamente requeridos, ejecutados y recepcionados conforme, de acuerdo con las respectivas Órdenes de Trabajo y a los precios unitarios adjudicados.

PUNTAJE TOTAL

Puntaje Total =   C1 x 2% + C2 x 2% + C3 x 2% + C4 x 3% + C5 x 5% + C6 x 6% + C7 x 80%

El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.

  IX.              COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES

La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.

Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.


A. Fuente de información


Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:

  • La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
  • Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.

No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.


B.Tipos de sanciones consideradas


Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:

  • Cobro de Multa
  • Cobro de Garantía
  • Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor
  • C. Tabla de descuento de puntaje

El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:

Tipo de Sanción

Descuento de Puntaje

Cobro de Multa

−2 puntos por cada multa

Cobro de Garantía

−4 puntos por cada garantía cobrada

Término anticipado por incumplimiento

−8 puntos por cada término anticipado

Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.

El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.

La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.

La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.

        X.                        MECANISMO DE DESEMPATE

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta económica.
  2. Mejor puntaje Calidad técnica
  3. Mejor puntaje Condiciones laborales
  4. Mejor puntaje Experiencia del oferente.
  5. Mejor puntaje de Sustentabilidad.
  6. Mejor puntaje programas de integridad.
  7. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
  8. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.

      XI.               GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

$250.000 (doscientos cincuenta mil pesos)

VIGENCIA

Mínimo de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

GLOSA

Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027” ID: 1271359-21-LR26

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La Garantía de Seriedad de la Oferta será pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. En todo documento que se constituya como Garantía de Seriedad de la Oferta, es necesario que se indique la individualización del oferente que participa en la propuesta. En el caso de pólizas de seguro estas deberán ser pagaderas al primer requerimiento, sin liquidador, sin arbitraje y sin requerir ningún trámite adicional para su cobro.

La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, en cuyo caso deberá presentarse copia de dicho documento a través del portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes administrativos de la oferta.

Los Oferentes deberán presentar el documento de seriedad de la oferta, en el Departamento de Abastecimiento de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, ubicada en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa, en horario de 09:00 a 12:00 horas, hasta el día final de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl.

El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del Oferente, nombre y RUT de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la garantía. Copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.

Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos señalados, la oferta será declarará inadmisible.

La devolución se realizará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución, que dé cuenta los oferentes a quienes se les haya declarado inadmisible.

Los oferentes que hubiesen obtenido el tercer o un lugar inferior en el listado decreciente, estos podrán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en el Departamento de Contabilidad de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, ubicada en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa, en días hábiles, en horario de 09:00 a 12:00 horas. La devolución de los documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción. Dicho plazo se contará desde la notificación de las mencionadas resoluciones a través del portal web de compras públicas, salvo que recurran de cualquier forma en contra de la resolución de adjudicación.

Para retirar la garantía, los oferentes deberán presentar un poder simple, emitido por la empresa a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite; al momento del retiro le será exigida, además del poder en comento, su cédula de identidad.

Tratándose del oferente Adjudicado o el oferente que hubiese obtenido el segundo mayor puntaje final, la restitución del documento de garantía de seriedad de la oferta se hará una vez que se encuentre aceptada por el proveedor adjudicado. Para coordinar lo anterior, deberán remitir previamente solicitud a través de correo    electrónico al siguiente e-mail licitaciones@corporacionlampa.cl.

CAUSALES PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

  • El oferente solicita su retiro durante el período transcurrido entre la presentación de la oferta y la suscripción del contrato.
  • Adjudicada y contratada la oferta, el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo de 48 horas contadas desde que es requerida su aceptación.
  • Adjudicada y contratada la oferta, el adjudicatario rechaza la orden de compra.
  • Una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no firma el contrato de servicios o se desiste de su oferta.
  • El oferente adjudicado no entrega la garantía definitiva de Fiel Cumplimiento de Contrato y Responsabilidad Civil, dentro de los plazos establecidos en las bases de licitación.
  • Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación (entendiéndose notificado luego de trascurridas 24 horas, desde la publicación del decreto de adjudicación en el Sistema de Información). En caso que el oferente seleccionado no se inscriba en el plazo indicado se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses de la Corporación. Lo mismo aplica en el caso de una UTP, si alguna de las empresas o personas naturales que la componen, no se inscriben en el mismo plazo señalado anteriormente.
  • La Corporación comprueba la falsedad de la información presentada, por cualquier medio fehaciente.
  • Por cualquier otra causa imputable al proponente, se haga imposible la adjudicación de la licitación o la suscripción del contrato.
  • XII. GARANTIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL

El Adjudicatario, una vez notificada la adjudicación a través del Portal Mercado Público, deberá constituir y entregar a la Corporación una Garantía de Responsabilidad Civil destinada a caucionar el pago de los daños personales y/o materiales que, con ocasión de la ejecución del contrato y/o de cada Orden de Trabajo (OT), pudieren sufrir terceros y/o la infraestructura, bienes y dependencias de la Corporación.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

Esta garantía se exigirá como condición previa a la suscripción del contrato y/o al inicio de ejecución, y deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución contractual, incluyendo ampliaciones de plazo, y por un período adicional posterior, conforme se indica.

1) Antecedentes mínimos de la garantía

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO (SUMA ASEGURADA)

La póliza deberá contemplar una suma asegurada mínima de 300 UF por evento y 1.200 UF agregado anual, o su equivalente en pesos a la fecha de emisión de la póliza, según corresponda.

VIGENCIA

Debe cubrir toda la vigencia del contrato hasta el 31-12-2027, y excederla en al menos 90 días corridos, esto es, como mínimo hasta el 31-03-2028. En caso de ejercerse la extensión del contrato hasta por 6 meses, el contratista deberá prorrogar/endosar o renovar la cobertura de modo que ésta se mantenga vigente hasta el término efectivo de dicha extensión, y en todo caso, por 90 días corridos adicionales posteriores al término efectivo.

GLOSA / IDENTIFICACIÓN

“Para garantizar Responsabilidad Civil por daños a terceros e infraestructura, licitación ID: 1271359-21-LR26 ‘CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027’

INSTRUMENTO

Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual (o instrumento equivalente aceptado por la Corporación), emitida por compañía aseguradora autorizada para operar en Chile, que permita una cobertura efectiva y oportuna de los daños cubiertos.

La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual (en adelante, la “Póliza RC”) se exigirá como condición previa a la suscripción del contrato y/o al inicio de la ejecución de las prestaciones, y deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución contractual, incluyendo eventuales prórrogas, ampliaciones y/o la extensión máxima prevista en las presentes Bases, y por un período adicional posterior conforme se indica.

CONDICIONES MÍNIMAS DE COBERTURA (OBLIGATORIAS)

La Póliza RC deberá cumplir, a lo menos, con lo siguiente:

a)      Coberturas mínimas:

                                 I.            Responsabilidad civil por daños corporales (lesiones y/o muerte) a terceros.

                               II.            Responsabilidad civil por daños materiales a bienes de terceros y/o de la Corporación, ocurridos con ocasión de la ejecución de las prestaciones (servicios/obras) y/o de las Órdenes de Trabajo/Órdenes de Compra que se emitan.

b)      Asegurados / beneficiarios:

                                  I.               El Contratista como asegurado.

                                 II.              La Corporación deberá figurar como asegurado adicional y/o beneficiario, según corresponda al instrumento (en póliza RC, usualmente “asegurado adicional”).

c)       Deducible:

                     I.            Se permite deducible solo si no impide ni limita la cobertura.

                   II.            En ningún caso el deducible podrá ser de cargo de la Corporación. Cualquier deducible será de cargo exclusivo del Contratista, quien deberá pagarlo cuando proceda, sin afectar la continuidad del servicio ni los derechos de la Corporación.

d)      No anulabilidad / continuidad de cobertura:

                                 I.            La póliza deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución.

                               II.            Cualquier modificación, término, suspensión, exclusión relevante o no pago que afecte la vigencia y/o cobertura deberá ser informado por escrito a la Corporación de inmediato.

                             III.            El Contratista deberá reponer, regularizar, prorrogar o renovar la cobertura dentro de 5 días hábiles contados desde el requerimiento de la Corporación, sin afectar la continuidad ni los derechos de la Corporación.

e)      Renovación anual obligatoria:

                     I.            Si la aseguradora emite pólizas con vigencia anual, el Contratista estará obligado a renovar anualmente la Póliza RC, manteniendo como mínimo las mismas coberturas y montos exigidos en estas Bases.

                   II.            El Contratista deberá entregar a la Corporación, a más tardar 15 días hábiles antes del vencimiento de cada anualidad, el certificado de cobertura vigente, copia de la póliza/endorso y comprobante de pago (o documento equivalente que acredite vigencia), asegurando continuidad ininterrumpida.

f)        Compatibilidad con subcontratación (si aplica):

  1. Si existiere subcontratación autorizada, el Contratista deberá asegurar que la cobertura se extienda a actuaciones de subcontratistas y su personal, manteniéndose la responsabilidad directa e integral del Contratista frente a la Corporación.

PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA Y ACTIVACIÓN DE SINIESTROS (MECANISMO OPERATIVO)

Sin perjuicio de las obligaciones legales y reglamentarias aplicables, el Contratista deberá:

a) Notificación inmediata: Informar por escrito a la Corporación (Contraparte Técnica/ITO y/o quien ésta designe) dentro de un plazo máximo de 24 horas desde que tome conocimiento de cualquier hecho que pueda constituir siniestro o generar un reclamo de tercero relacionado con la ejecución contractual.

b) Denuncia a la aseguradora: Efectuar la denuncia del siniestro ante la aseguradora dentro de los plazos de la póliza y, en todo caso, con la mayor celeridad posible, remitiendo a la Corporación copia de la denuncia y antecedentes relevantes.

c) Cooperación y antecedentes: Entregar toda la documentación, registros, informes, fotografías, declaraciones y antecedentes técnicos que se requieran para la tramitación, liquidación y/o pago del siniestro, y adoptar medidas razonables para mitigar daños y evitar su agravamiento.

d) No entorpecimiento: No podrá realizar actos u omisiones que entorpezcan, dilaten o perjudiquen la tramitación del siniestro, la liquidación y/o el pago de la indemnización.

e) Facultad de la Corporación: En su calidad de asegurado adicional y/o beneficiario, la Corporación podrá, cuando corresponda, poner en conocimiento de la aseguradora hechos constitutivos de siniestro y requerir información del estado de tramitación, sin que ello releve al Contratista de sus obligaciones.

INCUMPLIMIENTO, REPOSICIÓN Y CONSECUENCIAS

a) Falta de entrega o entrega fuera de plazo: Si el adjudicatario no entrega la Póliza RC en la forma y plazo exigidos, se le tendrá por desistido de su oferta, pudiendo la Corporación readjudicar al siguiente mejor evaluado y/o aplicar las medidas previstas en las Bases.

b) Pérdida de vigencia o insuficiencia: Si la póliza vence, se reduce, se suspende, se anula, se modifica de modo incompatible con estas Bases o pierde vigencia por cualquier causa, el Contratista deberá reponerla o prorrogarla dentro del plazo indicado por la Corporación, asegurando cobertura continua.

c) Incumplimiento grave: La falta de reposición/regularización dentro del plazo requerido, o la inexistencia de cobertura vigente durante la ejecución, constituirá incumplimiento contractual grave, habilitando a la Corporación para aplicar las medidas que correspondan, incluyendo multas, término anticipado del contrato u otras acciones, y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento cuando proceda.

CARÁCTER COMPLEMENTARIO

La Póliza RC es independiente y complementaria de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de anticipo u otras exigidas en las Bases, y su constitución no exime al Contratista de cumplir todas las obligaciones de seguridad, prevención de riesgos y resguardo de instalaciones.

CAUSALES PARA HACER VALER DERECHOS DERIVADOS DE LA PÓLIZA RC

La Corporación podrá hacer valer los derechos derivados de la Póliza RC y exigir su tramitación y activación, cuando existan o se verifiquen, entre otras, las siguientes situaciones ocurridas con ocasión de la ejecución contractual:

a) Daños corporales (lesiones y/o muerte) a terceros.

b) Daños materiales a bienes de terceros y/o de la Corporación.

c) Daños a infraestructura, instalaciones, equipamiento, recintos o bienes bajo custodia o administración de la Corporación, derivados de la ejecución de las prestaciones.

d) Cualquier otro evento cubierto por la Póliza RC asociado directa o indirectamente a la ejecución del contrato y/o de las Órdenes de Trabajo/Órdenes de Compra.

                                    XIII.            GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Igual al 5% del monto máximo referencial neto, en pesos chilenos

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo

GLOSA

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID: 1271359-21-LR26 “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027”

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.

La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.

El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.

  XIV.                   EFECTIVIDAD GARANTÍA

La caución de fiel cumplimiento se hará efectiva, unilateralmente por acto fundado y, sin necesidad de declaración judicial alguna, en el evento de producirse un incumplimiento del oferente adjudicado respecto a:

  • Incumplimiento grave o reiterado de obligaciones contractuales o de Bases Incluye, a modo ejemplar, el incumplimiento de condiciones técnicas, administrativas, de seguridad, estándares de calidad, reportabilidad, evidencias, procedimientos asociados a Órdenes de Trabajo (OT), recepción y cierre, u otras obligaciones exigidas por Bases y/o contrato.
  • Atraso injustificado en plazos de ejecución de una OT y/o del contrato Procederá cuando el atraso, imputable al contratista:


a) afecte la continuidad operacional o el normal funcionamiento de los servicios; y/o
b) no sea subsanado dentro del plazo otorgado por la Contraparte Técnica/ITO; y/o
c) exista reiteración de atrasos en distintas OT.

  • Ejecución deficiente o no conforme y no subsanada Cuando se verifiquen defectos, fallas, partidas incompletas, mala calidad, incumplimiento de normativa técnica aplicable o “no conformidades” que no sean corregidas dentro del plazo instruido por la Contraparte Técnica/ITO.

  • Abandono de faena, suspensión injustificada o negativa a ejecutar OT Incluye el abandono total o parcial, paralización no autorizada, negativa injustificada a ejecutar trabajos instruidos conforme a Bases/contrato, o retiro de dotación/equipos que impida la continuidad del servicio.

  • Término anticipado del contrato u OT por causa imputable al contratista Si se pone término anticipado por incumplimiento imputable al contratista, la Corporación podrá ejecutar la garantía para cubrir perjuicios, costos de reemplazo, y otras sumas adeudadas derivadas del incumplimiento.

  • Multas impagas o no descontadas Si el contratista no paga directamente las multas aplicadas y/o no es posible descontarlas del respectivo estado de pago, la Corporación podrá hacer efectiva la garantía por el monto necesario para solventar dichas multas, devolviendo el saldo si procediere.

  • Incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales Ante incumplimiento comprobado de obligaciones laborales y previsionales del personal del contratista y/o de sus subcontratistas, o falta de entrega de respaldos exigidos para el pago, conforme a las Bases y normativa aplicable.

  • Subcontratación no autorizada o incumplimiento asociado a subcontratistas Cuando exista subcontratación sin autorización previa, o cuando el contratista no responda por incumplimientos laborales, previsionales, técnicos o de seguridad de sus subcontratistas, afectando la correcta ejecución del contrato.

  • Falta de mantención de garantías vigentes, no prórroga o no reposición Si el contratista no prorroga la garantía cuando exista extensión de plazos u otras circunstancias que así lo exijan, o no entrega una nueva garantía/endoso a satisfacción de la Corporación dentro del plazo requerido.

  • Daños directos a bienes institucionales y costos no asumidos Cuando por causa imputable al contratista se generen daños a bienes, instalaciones o infraestructura de la Corporación y el contratista no asuma la reparación y/o reposición dentro del plazo instruido, sin perjuicio de la póliza/garantía de responsabilidad civil cuando proceda.

La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.

En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.

Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá entregar dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, luego de notificado el acto administrativo que ordena el cobro de la caución, una nueva garantía de fiel cumplimiento de la formalidad en las mismas condiciones que establece el número anterior.

                                     XV.            VIGENCIA DEL CONTRATO

El contrato que se celebre tendrá una vigencia que durará desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que formaliza la contratación hasta el fin del periodo 2027 y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.

No obstante, en caso de que al finalizar el período correspondiente a 2027 la licitación aún disponga de saldo vigente, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes involucradas.

Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

       XVI.                   VALOR DEL CONTRATO

El contrato tendrá un monto máximo referencial de $524.421.949 (quinientos veinticuatro millones cuatrocientos veintiún mil novecientos cuarenta y nueve pesos) sujeto a disponibilidad presupuestaria, según certificación correspondiente, el cual no podrá exceder los montos estimados para el período.

El monto es referencial y constituye el techo de gasto para efectos contractuales; en consecuencia, no generan obligación de consumo mínimo ni garantizan al proveedor un volumen determinado de órdenes de trabajo/compra.

El valor efectivo del contrato será la suma de los montos de cada Orden de Trabajo (OT) debidamente aprobada por la Contraparte Técnica/ITO y formalizada mediante orden de compra interna correspondiente, conforme al procedimiento de operación del convenio.

a)      Los precios unitarios adjudicados se entenderán netos, salvo que en la oferta se indique expresamente lo contrario.

b)      A los montos que correspondan se les aplicarán los impuestos vigentes (IVA u otros) según la naturaleza tributaria de la prestación y el documento tributario emitido.

c)       En caso de discrepancia entre el precio unitario ofertado/adjudicado y lo informado en la plataforma, prevalecerá lo establecido en el Formulario de Oferta Económica y/o el instrumento de adjudicación, según corresponda.

El costo de materiales e insumos necesarios para cada OT se determinará conforme al mecanismo definido en las Bases, debiendo el proveedor respaldar valores cuando corresponda (p. ej., cotizaciones comparativas), pudiendo la CMDSL optar por adquirirlos por otro mecanismo si los valores no se ajustan a mercado, sin costo adicional por instalación cuando se provean por la CMDSL, si así se establece en la OT.

No procederán cobros adicionales distintos a los expresamente aprobados en la OT y formalizados, entendiéndose incluidos en los precios unitarios todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la partida, salvo estipulación expresa en contrario en la OT o en las presentes Bases.

     XVII.                        FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato y posterior envío de la OC portal. El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.

La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:

•    Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.

•    Copia de escritura pública de constitución.

•    Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

•    Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

•    Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.

Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.

Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.

Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.

   XVIII.                        DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

        i.            INICIO DE EJECUCIÓN Y REGLA GENERAL DE FORMALIZACIÓN.


La ejecución de cualquier trabajo se iniciará únicamente una vez que exista Orden de Trabajo (OT) aprobada por la Contraparte Técnica/ITO y la contratación se encuentre formalizada mediante Orden de Compra  interna, conforme al procedimiento establecido en las presentes Bases. En consecuencia, no procederá el inicio de faenas sin formalización, salvo la excepción regulada en el numeral siguiente.

       ii.            EXCEPCIÓN POR CONTINUIDAD DEL SERVICIO: MITIGACIÓN EN EMERGENCIAS.

En casos calificados de Emergencia, y con el exclusivo objeto de ejecutar acciones mínimas de contención/mitigación para resguardar la seguridad de personas o la continuidad operacional, se permitirá iniciar dichas acciones de manera inmediata previa autorización por correo de la Contraparte Técnica/ITO. En todo caso, la OT y la formalización deberán regularizarse a la brevedad, y no podrán ejecutarse trabajos distintos a los expresamente autorizados.

Sin perjuicio de lo anterior, no se dará curso a pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe la contratación, cuando corresponda.

     iii.            ORDEN DE TRABAJO (OT) COMO INSTRUMENTO ÚNICO DE EJECUCIÓN.


Toda solicitud de prestación se gestionará mediante OT emitida por la Contraparte Técnica/Servicios Generales (o quien ésta designe), la que deberá contener, a lo menos: recinto, ubicación, descripción del requerimiento, clasificación (Emergencia/Urgencia/Normal), restricciones de acceso/horarios, antecedentes (fotografías, medidas u otros) y requerimientos de seguridad. La OT será el instrumento base para cotizar, ejecutar, controlar y recepcionar los trabajos.

     iv.            COTIZACIÓN, VALORIZACIÓN Y APROBACIÓN PREVIA.

El Contratista deberá presentar cotización desagregada por ítem, unidad y cantidad, indicando plazo de ejecución en días corridos y rendimientos, y deberá acompañar al menos dos (2) cotizaciones de materiales e insumos cuando corresponda. Para trabajos de duración superior a tres (3) días, deberá adjuntar carta Gantt simple y reportabilidad (bitácora). La ejecución quedará sujeta a la aprobación de la Contraparte Técnica/ITO.

En caso de Órdenes de Trabajo que cumplan con las condiciones para pagos por avance, la cotización deberá considerar la programación de hitos de pago, identificando partidas, porcentajes y plazos asociados, en concordancia con lo establecido en el numeral XVII.

       v.            INFORMES, AVANCE Y CONTROL.

El Contratista deberá informar a la Contraparte Técnica/ITO mediante reporte vía correo electrónico el inicio, los avances relevantes y el término de cada OT. En aquellos trabajos que superen los tres (3) días de ejecución, deberá remitir adicionalmente un informe diario breve (bitácora) por el mismo medio, consignando la dotación de personal, avances, interferencias y pendientes.

     vi.            RECEPCIÓN CONFORME, EVIDENCIAS Y CIERRE DE OT.


El cierre de cada OT requerirá Acta de Recepción provisoria (con o sin observaciones, según corresponda) y, como mínimo, registro fotográfico antes/durante/después, bitácora cuando aplique y certificados cuando corresponda (electricidad, gas, hermeticidad, puesta en marcha u otros). Sin estos antecedentes, la OT se considerará no recepcionada para efectos de conformidad y pago.

   vii.            NO CONFORMIDADES Y SUBSANACIÓN.

Si al momento de la recepción se detectan fallas, observaciones o trabajos incompletos, se dejará constancia de ello y se fijará un plazo de subsanación. La OT permanecerá en estado pendiente hasta su corrección y nueva verificación, sin perjuicio de la aplicación de multas y otras medidas contractuales si procede.

       XIX.                                         FACTURACIÓN

La(s) factura(s) deberá(n) ser emitidas conforme a las órdenes de compra interna y/o hito, conforme a los servicios efectivamente efectuados, en la cual se deberá identificar la siguiente información:

RAZÓN SOCIAL

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954-200-1

GLOSA

• Nombre del servicio.

• Número de OC interna y Orden de trabajo

• Breve descripción del servicio

• Hito a pagar

DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)

ID de la licitación

FOLIO

ID de la Orden de compra portal e interna

Cada Orden de Compra interna deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:

CENTRO DE COSTO

GIRO

SALUD

Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)

EDUCACIÓN

  1. Enseñanza preescolar pública.
  2. Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y Técnico profesional pública.

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Actividades de otras asociaciones N.C.P.

Una vez emitidas, deben ser enviadas en un plazo de 24 horas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl, Daniela.navarro@corporacionlampa.cl y javiera.ayala@corporacionlampa.cl financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.

La corporación tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983.

El proveedor deberá facturar según Orden de Compra interna y proporcional a los servicios y/o productos, una vez recepcionados estos de manera conforme.

    XX.                             PAGO

La facturación y pago se efectuarán, por regla general, contra recepción conforme del servicio efectivamente ejecutado, respaldado mediante Acta de Recepción provisoria sin observaciones emitida por la Contraparte Técnica/ITO y orden de compra interna, además de la documentación exigida en las Bases.

Por regla general, el pago se realizará mediante un estado de pago una vez recepcionada conforme la totalidad de los trabajos ejecutados en la respectiva Orden de Trabajo.

Sin perjuicio de lo anterior, para aquellas Órdenes de Trabajo (OT) cuyo monto sea igual o superior a los $20.000.000.- (veinte millones de pesos) y cuya ejecución supere los 45 días corridos, la CMDSL podrá autorizar pagos parciales por avance, asociados a hitos verificables, siempre que exista Orden de Compra interna emitida para la OT y se cumplan las condiciones del presente numeral.

Asimismo, para Órdenes de Trabajo (OT) de menor duración, los estados de pago por avance podrán no resultar viables, debido a los tiempos de tramitación interna de la Corporación, por lo que, en dichos casos, el pago se realizará contra recepción conforme final de la totalidad de los trabajos ejecutados.

CONDICIONES INDISPENSABLES PARA FACTURAR Y PAGAR POR HITOS

Para que proceda el pago, deberá existir, a lo menos:

DOCUMENTO / RESPALDO

PAGO TOTAL

AVANCE (HITOS)

1) Orden de Trabajo (OT) completa (emitida, con alcance, recinto, fechas, responsables)

Obligatorio

Obligatorio

2) Cotización/Valorización aprobada (desagregada por ítem, unidad, cantidad, MO vs materiales; plazo)

Obligatorio

Obligatorio

3) Orden de Compra Portal Mercado Público y orden de compra interna emitida y aceptada

Obligatorio

Obligatorio (debe

cubrir el monto

del/los hito(s))

4) Acta de Recepción provisoria sin observaciones firmada por Contraparte Técnica/ITO

Obligatorio

Obligatorio (para el último hito)

5) Acta de Recepción Parcial por Hito firmada por Contraparte Técnica/ITO

No aplica

Obligatorio (para cada hito intermedio)

6) Informe/Estado de Pago del Encargado/ITO (certifica lo ejecutado y recepcionado)

Recomendado

Obligatorio (por

cada hito, con % y

partidas)

7) Registro fotográfico antes/durante/después

Obligatorio

Obligatorio (por

cada hito, según

alcance)

8) Bitácora/Informe diario (si la OT dura > 3 días o lo exige la ITO)

Condicional

Condicional

9) Medición/Cubicación/Planilla de avance (partidas ejecutadas, cantidades, % avance, valorización)

Condicional (si

aplica por tipo de obra o discusión de cantidades)

Obligatorio (base del pago por avance)

10) Certificados y pruebas de especialidad (SEC, gas, hermeticidad, puesta en marcha, etc.)

Condicional

(según

corresponda;

normalmente

exigible al final)

Condicional (en el

hito donde quede

operativa la

especialidad; y al

final si aplica)

11) Respaldos de materiales (si proveedor suministra: facturas/guías/cotizaciones aprobadas; si CMDSL provee: acta de entrega/recepción de materiales)

Condicional

Condicional (según OT y lo pagado)

12) Constancia de limpieza y retiro de residuos/escombros (checklist/recepción)

Obligatorio

Obligatorio

(especialmente hito final; en parciales si corresponde)

13) Factura conforme a OC interna (glosa + ID licitación + folio OC + OT/hito)

Obligatorio

Obligatorio

(recomendado: una factura por hito)

14) Certificación obligaciones laborales y previsionales (F30-1 u otra equivalente)

Obligatorio

Obligatorio (en cada pago/hito, para control mensual)

15) Multas: acto que las fija y comprobante de pago o descuento aplicado

Condicional

Condicional aplica en cada estado de pago si corresponde)

16) Antecedentes de cesión/factoring, si existiere (para pagar al cesionario válido)

Obligatorio

Obligatorio

Nota: Para efectos del presente cuadro, se entenderá por “Condicional” aquellos documentos o respaldos que solo serán exigibles cuando corresponda, según la naturaleza del trabajo, el rubro/especialidad, el monto y/o el plazo de ejecución de la Orden de Trabajo (OT), o cuando así lo instruya la Contraparte Técnica/ITO.

NO SE DARÁ CURSO AL PAGO EN TANTO NO SE CUMPLA CON LA ENTREGA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ANTES INDICADA.

Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días posterior a la factura y estando los servicios y productos debidamente recepcionados sin observaciones, salvo que se presenten incongruencias en las facturas y/u otro documento.

En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.

El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.

En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.

  XXI.                             ANTICIPO POR ORDEN DE COMPRA INTERNA

El proveedor podrá solicitar un anticipo no superior al 10% del valor total de la Orden de Compra (OC) Interna (IVA incluido), siempre y cuando el monto de dicha orden sea superior a 100 UTM. La concesión de este estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria al momento del requerimiento, lo cual deberá ser consultado formalmente por el proveedor de forma previa al inicio de los trabajos, debiendo la Corporación gestionar la autorización correspondiente.

Este anticipo deberá ser garantizado mediante uno o más instrumentos financieros extendidos a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, por un monto equivalente al 100% del anticipo solicitado (IVA incluido). La vigencia de dicha garantía deberá exceder en al menos noventa (90) días corridos al plazo de ejecución establecido en la Orden de Compra Interna respectiva.

La devolución de esta garantía se efectuará dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la Recepción Conforme de la OT (según Acta de Recepción sin observaciones). Para ello, se notificará al proveedor para que efectúe el retiro en dependencias de la Corporación. De no efectuarse el retiro dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la notificación, la Corporación quedará facultada para restituir el instrumento a la institución emisora.

Al momento de cursar el Estado de Pago de la Orden de Compra Interna vinculada al anticipo, se descontará el 100% del valor de dicho anticipo (IVA incluido), procediendo la Corporación a pagar únicamente la diferencia restante para completar el valor total de la OC interna respectiva.

Finalmente, la garantía emitida por anticipo deberá presentar el siguiente contenido:

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Monto igual al 100% del anticipo solicitado (IVA incluido). (Solo para OC Internas superiores a 100 UTM).

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de ejecución de la obra establecido en la Orden de Compra Interna respectiva.

GLOSA

Para garantizar el anticipo de la Orden de Compra Interna N° [Indicar N° de OC] vinculada a la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027" ID: 1271359-21-LR26”

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista Sólo garantiza montos en UF

XXII. 
DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO

La Corporación designará una Contraparte Técnica, también denominada Inspector(a) Técnico(a) de la contratación (ITO) y/o Administrador(a) del Contrato, quien será responsable de la supervisión, coordinación y control de la correcta ejecución del contrato y de cada Orden de Trabajo (OT) emitida durante su vigencia. La identidad, datos de contacto y eventuales subrogancias de la Contraparte Técnica/ITO serán informados al contratista por escrito (correo institucional u otro medio formal).

FACULTADES Y FUNCIONES DE LA CONTRAPARTE TÉCNICA/ITO

Sin perjuicio de otras atribuciones establecidas en las presentes Bases, en las Bases Técnicas y en el contrato, corresponderá a la Contraparte Técnica/ITO, a lo menos:

a)       Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento íntegro del contrato, de las Bases y de cada OT, velando por la correcta ejecución técnica, plazos, calidad, seguridad y continuidad operacional.

b)      Verificar que los trabajos se ejecuten conforme a la buena técnica, normativa aplicable y especificaciones/estándares definidos para cada OT.

c)        Impartir instrucciones técnicas y administrativas al contratista para la adecuada ejecución de los trabajos, las que deberán constar por escrito (Bitácora, acta, minuta, correo institucional o documento equivalente).

d)      Requerir al contratista antecedentes, informes, certificaciones, registros y/o evidencias (por ejemplo: registro fotográfico, bitácora, protocolos de prueba, certificados SEC u otros que procedan), según la naturaleza de los trabajos.

e)      Controlar y registrar el avance físico y administrativo de cada OT, incluyendo modificaciones autorizadas, ampliaciones de plazo, no conformidades y medidas correctivas.

f)        Gestionar la recepción conforme (parcial por hito y/o final), dejando constancia en Acta(s) de Recepción y verificando el cumplimiento de observaciones antes de otorgar conformidad.

g)        Informar oportunamente al Departamento de Abastecimiento y a las áreas pertinentes los incumplimientos, atrasos o deficiencias, para la tramitación de multas, cobros, término anticipado u otras medidas contractuales que procedan.

h)      Validar y tramitar los antecedentes necesarios para pagos y/o hitos, verificando que la documentación exigida por Bases se encuentre completa, correcta y vigente.

  1. Autorizar y coordinar el inicio de la OT cuando corresponda (entrega de área, accesos, horarios, medidas de seguridad, etc.), evitando interferencias con el funcionamiento del recinto.
  2. Suspender o paralizar total o parcialmente trabajos de una OT mediante instrucción escrita, cuando exista riesgo para personas/bienes, incumplimiento grave de medidas de seguridad, ejecución fuera de especificación o afectación significativa de la continuidad del servicio, sin que ello genere derecho a indemnización para el contratista.

BITÁCORA


Para OT cuya duración, complejidad o riesgo lo amerite, la Contraparte Técnica/ITO podrá exigir al contratista llevar un
Bitácora (físico o digital), en el cual se registrarán, a lo menos: fecha, dotación en faena, actividades ejecutadas, avances, incidentes, instrucciones, observaciones, no conformidades, evidencias fotográficas y acuerdos. Este registro formará parte de los antecedentes de control y será insumo para recepciones, estados de pago y determinación de incumplimientos.

SUPERVISOR DEL CONTRATISTA E INTERLOCUCIÓN VÁLIDA


El contratista deberá designar un(a)
Supervisor(a)/Jefe(a) de Faena como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica/ITO para toda coordinación, instrucciones, entregables y control cuando lo amerite. Cualquier cambio de Supervisor deberá informarse por escrito a la Corporación dentro de 24 horas, indicando datos de contacto y reemplazo.

RECEPCIÓN, CONFORMIDAD Y OBSERVACIONES


La Contraparte Técnica/ITO podrá efectuar actas de recepciones
parciales (con o sin observaciones), hitos y finales, según lo establecido para cada OT. Si se detectan observaciones o no conformidades, estas se registrarán formalmente y se fijará un plazo de subsanación. Mientras no se subsanen, la OT o el hito respectivo se considerará no recepcionado conforme y no procederá el pago asociado, sin perjuicio de la aplicación de multas u otras medidas contractuales si corresponde. En OT de mayor entidad, la Corporación podrá disponer una comisión de recepción.

CARÁCTER VINCULANTE DE INSTRUCCIONES Y LÍMITES

Las instrucciones de la Contraparte Técnica/ITO serán obligatorias para el contratista, en cuanto se ajusten a las Bases y a la OT. Cualquier trabajo adicional, cambio de alcance, aumento de cantidades, modificación técnica o ampliación de plazo deberá ser previamente autorizado por la Corporación por el conducto regular y quedar respaldado mediante OT modificatoria, acta, instrucción formal o acto administrativo interno según proceda. El contratista no podrá exigir pago por trabajos ejecutados sin autorización formal.

CONTROL DE GASTOS, SALDOS Y COORDINACIÓN CON ABASTECIMIENTO, PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD

Será responsabilidad de la Contraparte Técnica/ITO/Administrador(a) del Contrato efectuar, en coordinación con las áreas pertinentes, el control del gasto y de los saldos disponibles del contrato y de cada OT, resguardando la correcta ejecución presupuestaria y contable. Para estos efectos deberá, a lo menos:

a)       Monitorear el consumo del contrato por centro de costo, OT y Orden de Compra (Portal e interna), verificando montos comprometidos y saldos disponibles.

b)      Coordinar con el Departamento de Abastecimiento la correcta emisión, trazabilidad y, en su caso, modificación de OCs/OTs, resguardando que no se ejecute ni facture fuera de la formalización aplicable.

c)       Coordinar la validación de estados de pago/hito y la aplicación de descuentos, multas u otras compensaciones que procedan.

d)      Informar oportunamente cualquier riesgo de sobregiro, insuficiencia presupuestaria, consumo acelerado de saldos o inconsistencias OT–OC–factura–recepción conforme, proponiendo medidas de control y regularización.

e)      Mantener un registro actualizado (planilla o sistema) de control financiero del contrato, disponible para auditoría interna/externa, que consolide: OT emitidas, montos aprobados, facturas asociadas, pagos cursados, multas aplicadas y saldo vigente.

                             XXIII.               PROHIBICIONES

Con la finalidad de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo, contaminación ambiental y enfermedades profesionales en las obras, faenas o servicios, es responsabilidad del empleador (contratista o subcontratista) prohibir a sus trabajadores lo siguiente:

PROHIBICIÓN

1.

Asistir al trabajo bajo la influencia del alcohol y/o drogas

2.

En el trabajo, en todas las obras y/o faenas de la Corporación de Lampa consumir bebidas alcohólicas y / drogas

3.

Ingerir alimentos o bebidas en lugares no autorizados

4.

Fumar al interior de las instalaciones dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, declarados como zonas libres de humo

5.

Ingresar a las áreas de trabajo sin sus elementos o equipos de protección personal correspondiente

6.

Realizar trabajos o actividades en faenas no autorizadas por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

7.

Reemplazar sin autorización de la Corporación a otro trabajador en actividades y trabajos para los cuales no ha sido capacitado y/o entrenado, y del cual no se tienen los documentos de carácter legal

8.

Operar, revisar o reparar equipos electromecánicos, eléctricos u otros, sin estar autorizado previamente por su jefe directo

9.

Trabajar y/o intervenir instalaciones energizadas

10.

Conducir vehículos o maquinarias al interior de las instalaciones, sin poseer licencia vigente, o sin la clase adecuada del vehículo o maquinaria

11.

Hacer uso de equipos, maquinarias y/o herramientas, que presenten condiciones de riesgos para el usuario o terceros (que se encuentren en mal estado, le falte alguna protección o que no se encuentren debidamente señalizadas)

12.

Operar o manejar equipos sin haber sido previamente instruido, calificado y autorizado por su empleador directo, expresamente para ello

13.

Abandonar equipos sin comprobar que se encuentre asegurada la detención del motor, incluyendo desconexiones, frenos, etc.

14.

Efectuar instalaciones eléctricas de carácter provisorio o reforzar la capacidad de fusibles de las instalaciones eléctricas

15.

Retirar o modificar dispositivos de seguridad de máquinas o equipos

16.

Subir al techo de las instalaciones o realizar trabajos en altura, sin la autorización escrita por parte de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

17.

Trabajar en altura sin considerar procedimientos seguros para hacerlo y sin contar con equipos auxiliares de seguridad tales como: cuerdas de vida, arnés de seguridad u otros elementos que eviten y/o amortigüen caídas probables y riesgos asociados

18.

Ingresar a estanques, contenedores o depósitos, que contengan residuos de combustibles inflamables, productos tóxicos, o falta de aire respirable, sin los equipos adecuados

19.

Indicar o ejecutar faenas en las que no se hayan tomado todas las medidas de seguridad para proteger la integridad de los trabajadores y/o sin la autorización del prevencionista de la Corporación a cargo de las instalaciones

20.

Resistirse a participar en los simulacros programados o no por la Corporación, como preparación para hacer frente a una emergencia

21.

Resistirse a evacuar el lugar de trabajo ante la instrucción de hacerlo frente a una emergencia detectada

22.

Negarse a colaborar en la investigación de un accidente o esconder información sobre condiciones peligrosas que puedan ocasionar un accidente

23.

Suscribir directamente contratos entre contratistas y subcontratistas, sin previa autorización de la Corporación

24.

No informar a la Corporación sobre condiciones que impliquen riesgo para el medio ambiente, la seguridad y salud de los trabajadores o la ocurrencia de cualquier accidente de trabajo, ambiental o el diagnóstico de cualquier enfermedad profesional

25.

Quedará prohibido fotografiar a las y los estudiantes cuando se realicen trabajos al interior de un establecimiento educacional

26.

Quedará prohibido usar los baños de las y los alumnos

27.

Intervenir redes de datos o sistemas CCTV sin autorización de la Contraparte Técnica/ITO.

28.

Realizar configuraciones de red o CCTV sin validación previa.

29.

Provocar interrupciones en la red o sistemas CCTV por acciones no coordinadas.

30.

Acceder o divulgar información o imágenes de sistemas CCTV sin autorización.


XXIV. 
INCUMPLIMIENTOS

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.


DESCRIPCIÓN

1.

Falta de credencial de identificación del personal

2.

Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.

3.

Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.

4.

Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecuniarios.

5.

Emitir más de una factura por mes, sin previamente anular la ya emitida.

6.

Factorizar sin previa notificación a la Corporación.


B. GRAVES

INCUMPLIMIENTO

MULTA

1.

Extraviar o adulterar la bitácora de obra en los casos que el ITO lo determine o para obras superiores a 3 días

0.3% de la orden de compra por evento

2.

No enviar en la fecha estipulada, el registro de profesional responsables de la ejecución de los trabajos al ITO en el caso de cambio de personal o por motivos de subcontratación

   0.7% de la orden de compra por evento

3.

No mantener el lugar de trabajo limpio o no respetar los puntos asignados asociados a escombros u otros materiales de desechos, Abandono o acopio de materiales, basura o escombros en la vía pública, sin autorización, o no retiro periódico de los mismos

0.2% de la orden de compra por evento

4.

No dar respuesta a los requerimientos de información solicitados por el ITO del contrato, por medio de las bitácoras, o vía mail donde quede constancia escrita en un plazo a definir por el ITO

1% de la orden de compra por evento

5.

Residente de los trabajos no asiste al lugar de los trabajos o a las reuniones según lo establecido en las bitácoras por el ITO, o vía mail donde quede constancia escrita

0.5% de la orden de compra por evento

6.

No dar respuestas a las consultas realizadas en plazo definido, para la totalidad de los profesionales requeridos según lo establecido en las bitácoras de servicio por el ITO o vía mail donde quede constancia escrita

0.5% de la orden de compra por evento

7.

Deficiencia en los trabajos ejecutados o materiales empleados en incumplimiento de bases y/o especificaciones técnicas

1% de la orden de compra por evento

8.

No dar cumplimiento al plazo total de la ejecución de los trabajos

0.3% de la orden de compra por evento

9.

No dar cumplimiento a la programación de los trabajos

0.3% de la orden de compra de la orden de compra por evento

10.

No dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO con plazo de ejecución

0.3% de la orden de compra por evento

11.

No dar cumplimiento a las observaciones o requerimientos para la recepción de los trabajos requeridas por el ITO o la comisión receptora en los plazos definidos

0.5% de la orden de compra por evento

12.

Suspensión de los trabajos por causas imputables al contratista

1% de la orden de compra por evento

13.

No permitir el ingreso al lugar de trabajo a miembros de la Inspección Técnica o de las visitas de monitoreo

0.5% de la orden de compra por evento

14.

Personal drogado y/o bebido, comportamiento inadecuado hacia el público en general o hacia el personal municipal por parte de los trabajadores de la empresa o sus subcontratistas, encendido de fogatas y consumo de alimentos fuera del área definida para aquello

1% de la orden de compra por evento

15.

No instalar letrero de trabajos en el lugar indicado por el ITO

0.3% de la orden de compra por evento

16.

No subsanar observaciones de la recepción dentro de plazo

0.5% de la orden de compra por evento

17.

Falta de elementos de protección personal en trabajadores y/o uniforme y equipamiento acorde a las tareas que ejercen.   

0.7% de la orden de compra por evento

18.

Incurrir en alguna de las faltas establecidas en el punto denominado Prohibiciones

1% de la orden de compra por evento

19.

Incumplimiento de plazo máximo para inicio de las obras, una vez enviada la Orden de Compra Interna vía correo electrónico

0.3% de la orden de compra por evento

20.

Multa por no cumplir con el rendimiento declarado en itemizado al momento de presentar la cotización.

0.1% de la orden de compra por evento

21.

Trabajo en altura sin arnés, falta de protecciones en excavaciones o personal sin EPP

1,5% de la OC por evento

22.

Provocar cortes de agua, luz o gas en CESFAM o Colegios por negligencia o falta de planos de instalaciones existentes.

2% de la OC por evento

23.

No acudir a la reparación de una falla técnica o vicio oculto dentro del plazo de garantía ofertado (12, 24 o 48 hrs) una vez notificado formalmente por el ITO vía mail.

1% de la OC por cada día de atraso

24.

Cometer la misma falta leve (ej. falta de credencial o facturación errónea) por tercera vez consecutiva.

0.5% de la OC por evento

25.

Detectar mediante ITO que los materiales instalados no corresponden a la marca o calidad especificada en el presupuesto.

2% de la OC + obligación de reemplazo

26.

No aceptación de la Orden de Compra (OC) en el Sistema de Información (Mercado Público) dentro de las 48 horas hábiles desde su envío.

0.5% de la orden de compra por cada día de atraso.

27.

No retiro de instalaciones provisorias, herramientas, escalas, andamios o señalética una vez informada la terminación de los trabajos al ITO.

0.2% de la orden de compra por cada día de permanencia no autorizada.

28.

No acreditar el pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales de los trabajadores destinados a la obra (Certificado F30-1 o planillas) al momento del estado de pago.

1% de la orden de compra por evento y retención del pago.

29.

Provocar daños a la infraestructura existente, mobiliario o equipos del recinto (vidrios, redes de datos, cañerías) por negligencia en la ejecución.

1% de la OC por evento (sin perjuicio de la reparación obligatoria a costo del contratista).

30.

Ingreso de personal a los recintos sin registro previo en portería o sistema de control definido por el ITO (Control de acceso y seguridad).

0.2% de la orden de compra por cada trabajador no registrado.

31.

Subcontratación no informada/no autorizada, o que exceda el límite del 40% del monto adjudicado establecido en las Bases.

4 UTM por evento.

32.

Modificar la subcontratación (cambio de empresa o de alcance de los trabajos) sin notificación ni aprobación previa del ITO.

2 UTM por evento.

33.

Ocultar subcontratos o negarse a entregar los antecedentes legales/previsionales de las empresas subcontratadas.

6 UTM por evento.

34.

Presencia de trabajadores subcontratados no registrados en la nómina aprobada por la Corporación al inicio de la obra.

1 UTM por cada trabajador detectado.

35.

Subcontratar con proveedores inhábiles en el Registro de Proveedores de Mercado Público o que tengan deudas previsionales vigentes.

5 UTM por evento.

36.

Ingreso de subcontratistas no declarados en el Formulario N°11 de la oferta, o que no hayan sido autorizados posteriormente por escrito por la Corporación.

5 UTM por cada empresa no informada.

37.

Configuración deficiente o incorrecta de sistemas de red o CCTV, que impida su correcto funcionamiento, conectividad o acceso remoto, o que no cumpla con las condiciones técnicas definidas en la OT.

1% de la orden de compra por evento

38.

No entregar respaldo técnico de la intervención en redes de datos, informática o CCTV, cuando la OT lo exija, incluyendo esquema de conexión, puertos intervenidos, direccionamiento, respaldos de configuración, credenciales institucionales resguardadas según instrucción, resultados de pruebas, certificaciones o registro fotográfico.

0,5% de la orden de compra por evento

39.

Ejecutar cambios en redes de datos, switches, routers, racks, patch panel, puntos de red, CCTV o equipamiento informático sin dejar respaldada la configuración anterior o sin plan de reversa, cuando ello sea exigible por la naturaleza de la intervención.

1% de la orden de compra por evento

40

No restituir el funcionamiento de la red, conectividad, CCTV o sistema informático intervenido dentro del plazo instruido por la Contraparte Técnica/ITO.

1% de la orden de compra por cada día de atraso

41

Instalar, conectar o utilizar equipos, accesorios, componentes, software, licencias o dispositivos distintos a los autorizados en la OT o en la cotización aprobada.

1% de la orden de compra por evento, sin perjuicio de su retiro o reemplazo

42

Manipular credenciales, claves, usuarios, accesos remotos, almacenamiento, grabaciones o configuraciones sensibles sin autorización expresa de la Contraparte Técnica/ITO o sin observancia de las instrucciones institucionales de seguridad.

4 UTM por evento, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles o penales que procedan

43

Conectar dispositivos no autorizados a la red institucional o dejar habilitados accesos, puertos, cuentas o servicios no informados a la Corporación.

2 UTM por evento

44.

No concurrir dentro del tiempo de respuesta comprometido para contingencias de informática, conectividad, CCTV o comunicaciones clasificadas como Emergencia o Urgencia.

0,5% de la orden de compra por cada hora de atraso, con tope de 3% por evento

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:

  • Abandono de las labores contratadas.
  • Negativa a trabajar sin falta justificada en los servicios convenidos en el contrato.
  • Faltas que atenten con la información confidencial de los usuarios/as de la plataforma
  • Entrega de productos con vencimiento cumplidos.
  • Utilización de personal no calificado en servicios de mantención.
  • Actos, omisiones o imprudencia que afecten a la seguridad de los pacientes, funcionarios, a sus trabajadores o al funcionamiento de los centros.
  • Conductas indebidas y graves del contratista y sus trabajadores, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra algún funcionario u otro trabajador, injurias contra la corporación, conducta inmoral que afecte a la corporación.
  • Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra
  • Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
  • Incurrir en falsedad en el cobro de los productos.
  • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.

                                        XXV.     PERSONAL DEL PROVEEDOR

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.

La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

   XXVI.                   DE LOS SERVICIOS

El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.

Además, el proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases

 XXVII.                   SUBCONTRATACIÓN

Todo subcontrato deberá ser informado y aprobado previamente por la Corporación. Ningún subcontratista podrá iniciar actividades, ingresar a recintos, ejecutar faenas, suministrar cuadrillas o prestar servicios asociados a Órdenes de Trabajo (OT) sin autorización previa y escrita de la Unidad Técnica/Contraparte Técnica/Administrador(a) del Contrato.

REGLAS GENERALES

La subcontratación será siempre parcial, permitida únicamente respecto de partidas o actividades específicas propias de obras menores (por ejemplo: electricidad, gas, soldadura, techumbre, pintura, cerámicos, obras sanitarias, demoliciones, retiro de escombros u otras de similar naturaleza), sin que ello libere al proveedor adjudicado de su responsabilidad integral por la ejecución de cada OT y del contrato.

La subcontratación no podrá exceder el 40% del monto total adjudicado (o del monto máximo del convenio, según corresponda), debiendo mantenerse dentro de los límites declarados y aprobados por la Corporación.

No será admisible subcontratar con proveedores que:

a)       se encuentren inhábiles en el Registro de Proveedores; y/o

b)      estén afectos a incompatibilidades o inhabilidades para contratar con la Entidad conforme a la normativa vigente; y/o

c)       no se encuentren inscritos y hábiles en el Portal Mercado Público.

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN: ANTECEDENTES MÍNIMOS

Para solicitar autorización de subcontratación, el proveedor deberá presentar por escrito, a lo menos, los siguientes antecedentes:

a)       Identificación completa del subcontratista (razón social, RUT, domicilio, representante legal y datos de contacto).

b)      Identificación de la(s) OT asociada(s) y descripción precisa de las prestaciones/partidas a subcontratar, indicando alcances, responsabilidades, plazos y lugar de ejecución.

c)       Acreditación de competencias técnicas del subcontratista para la partida a ejecutar (certificaciones, habilitaciones, licencias o permisos que correspondan, según la especialidad).

d)      Antecedentes laborales y previsionales del personal involucrado, cuando la Corporación lo requiera, para resguardar el cumplimiento de obligaciones legales (por ejemplo, certificados o formularios que acrediten cumplimiento, según proceda).

e)      Compromiso de cumplimiento de normas de seguridad y prevención de riesgos, resguardo del recinto, señalización, control de accesos, orden y aseo, y retiro/gestión de residuos y escombros, conforme a las Bases, BT y normativa aplicable.

f)        Declaración o formulario de subcontratación exigido en las Bases (si aplica), debidamente firmado, o su actualización cuando se incorporen nuevos subcontratistas durante la ejecución.

FACULTAD DE RECHAZAR O REVOCAR

La Corporación podrá rechazar o revocar la autorización de subcontratación cuando ello afecte la calidad, continuidad, seguridad de la faena, coordinación con el recinto, o el cumplimiento de obligaciones contractuales, técnicas, laborales y previsionales. En caso de cambio de subcontratista, el proveedor deberá solicitar nueva autorización y acreditar previamente que el tercero propuesto cumple con todos los requisitos exigidos en las Bases.

RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR PRINCIPAL

La subcontratación no libera al proveedor adjudicado de ninguna de sus obligaciones. El proveedor será responsable directo por los actos, omisiones, incumplimientos, daños, multas y obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores y del personal del subcontratista que participe en la ejecución del contrato y/o de las OT, manteniéndose la responsabilidad integral frente a la Corporación.

Lo anterior incluye expresamente cualquier intervención en redes de datos o sistemas de seguridad, así como eventuales fallas, interrupciones o afectaciones derivadas de dichas labores.

SUBCONTRATACIÓN NO AUTORIZADA (INCUMPLIMIENTO)

La subcontratación sin autorización previa y escrita, o el inicio de actividades del subcontratista sin dicha autorización, constituirá incumplimiento contractual grave. En tal caso, la Corporación podrá:

a)       ordenar el cese inmediato de la participación del subcontratista no autorizado;

b)      aplicar las multas y/o sanciones previstas en las Bases y el contrato;

c)       hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, cuando proceda; y

d)      evaluar el término anticipado del contrato y/o de la OT por causa imputable al proveedor, según la gravedad y efectos del incumplimiento.

EFECTOS EN SEGUROS Y GARANTÍAS

Cuando el contrato exija póliza o garantía de responsabilidad civil u otras coberturas, el proveedor deberá asegurar que la ejecución por subcontratistas no excluya ni limite la cobertura, manteniendo íntegra su responsabilidad frente a la Corporación.

BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES

      I.              BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR

La información se encuentra contenida en “BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y ANEXOS” de la presente licitación.

Importante: La evaluación y adjudicación se realizará por la totalidad de los servicios solicitados. Junto a ello, las ofertas deberán contemplar todas las especificaciones técnicas de los servicios solicitados, de lo contrario serán declaradas inadmisibles.

         II.              REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan con las siguientes disposiciones:

  1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten idoneidad técnica y financiera, y que se encuentren inscritas con su información actualizada en el “Registro de Proveedores”, en estado hábil.
  2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad al Artículo N°4 de Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  3. No haber incurrido en alguna inhabilidad establecida en Artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  4. No situarse en alguna de las circunstancias indicadas en el Artículo N° 154 del Decreto N° 661 y Articulo N° 35 septies de la Ley N° 19.886.

       III.              INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

  1. www.mercadopublico.cl. incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las bases Administrativas Especiales. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los Formularios y/o anexos solicitados.
  2. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
  3. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) el acuerdo en que conste la unión deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá materializarse mediante el Formulario N° 2, en el cual deberán individualizar a cada miembro y designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto
  4. El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas.

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de los puntos III Y IV de las presentes bases, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.       

 IV.              PRESENTACIÓN DE OFERTAS FUERA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN

En el caso que existan circunstancias que impida presentar la respectiva oferta del bien y/o servicio en el portal www.mercadopublico.cl, se aceptará la presentación de las ofertas vía presencial y/o correo electrónico.

Ante dificultades, los proveedores deberán notificar la situación antes del cierre de recepción de ofertas al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl. De acuerdo a lo anterior, aquellos proveedores que no cumplan con la notificación vía correo electrónico, su oferta no será recepcionada.

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, se aceptarán ofertas fuera del sistema de compras y contratación, en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, como por ejemplo en caso de catástrofe, contingencia, emergencia climática u otro similar.

  1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de ChileCompra mediante el certificado de indisponibilidad, el cual deberá ser solicitado por el oferente.

El certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de su oferta fuera del Sistema de Información.

Además, se podrán presentar ofertas o antecedentes fuera del portal, previo al cierre de las ofertas, en los siguientes casos:

  1. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse de manera física.
  2. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.

La postulación podrá realizarse de manera física o vía correo electrónico a licitaciones@corporacionlampa.cl, en el cual deberán entregar:

  1. Toda la documentación solicitada para esta licitación, como, por ejemplo, formularios, anexos y/o certificados.  Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
  2. Certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, en caso que corresponda.

En caso de entrega física, deberá realizarse mediante la entrega de un sobre sellado en las dependencias de la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa.

Sin perjuicio de lo señalado, se publicarán en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa

        V.              INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

El proveedor deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores) para ofertar de manera efectiva. De la misma manera aplicará tratándose adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores. En caso de que al momento de adjudicar se encuentre(n) sin información se extenderá un plazo máximo de 02 días corridos.

Para subsanar esto, en caso que el(los) proveedor(es) se encuentre(n) inhabilitado(s), la oferta será declarada inadmisible, y se podrá readjudicar.

      VI.            FORO Y PREGUNTAS

Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados.

a)     La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso.

b)     El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho.

c)      Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas.


VII. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación.

En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.


VIII. SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

v  ACLARACIONES DE OFERTA

Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

  • Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.

  • Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.

v  Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.

v  Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste.

Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible.

Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.

  IX.            REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN

Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.

Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.

    X.          INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento.

 Además, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.

Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:

û  La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.

û  Ofertas publicadas con valores de $1.

û  No presentar las garantías solicitadas en las bases.

û  Cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior, la corporación podrá considerar para efectos de la evaluación, la oferta más conveniente.

û  No adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos técnicos y/o económicos.

û  Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo económico y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.

û  Si las fichas técnicas o la información entregada respecto al producto son ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones básicas solicitadas.

û  La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.

û  Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la no oferta de todos los insumos de una canasta o producto.

û  Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios.

û  Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.

û  No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio.

    XI.            OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias. 

Una oferta será declarada riesgosa o temeraria cuando cumpla con alguna de las siguientes condicionantes:

  • Si el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas. Para esto, quien o quienes estén a cargo de la revisión de la oferta consideraran el cálculo del promedio de las ofertas no consideradas temerarias, se calculará el cociente entre la oferta previamente considerada temeraria y el promedio de las otras cuando el valor sea igual o inferior al 0,40 esta será considerada temeraria. Esto conforme a la siguiente formula:

Promedio =

Sumatoria de los precios totales no considerados temerarios

Cantidad de oferentes no considerados temerarios

Formula final =

Precio total de la oferta considerada temeraria

Promedio

  • Si la oferta es menor al 50% del presupuesto estimado/disponible.

  • Si el precio ofertado está 50% por debajo de los precios del mercado.

  • Si la ponderación final obtenida en el acta de evaluación es igual o inferior a un 50%

Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Sin embargo, La corporación estará facultada para evaluar las ofertas riesgosas mediante la solicitud de información a través del sistema a él o los oferentes:

  1. Antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes.

  1. La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

  1. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato

En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento o presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.

En caso que la licitación solo reciba una oferta el oferente deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto del monto adjudicado.

         XII.     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases.

Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.

       XIII.              DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.

La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Si el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, Re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento.

  XIV.         CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica licitaciones@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.

    XV.         FACTORING

La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el Artículo 127 del Decreto N° 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, “siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.

En relación a la Ley 19.983, que “regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”; operaciones con Factoring, se establece que una vez firmado el contrato o durante la ejecución de del contrato y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un Factoring, el contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de Factorizar.

El contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de factorizar al correo adquisiciones@corporacionlampa.cl. El contratista sólo podrá factorizar, facturas con glosas recepcionadas por la unidad técnica siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura.

Si la empresa contratista no cumple con lo solicitado en este punto, será causal de liquidación del contrato con cargo a la empresa.

       XVI.     DERECHO DE RETENCIÓN

Conforme al Artículo N°4 de la Ley 19.886, en caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Para lo anterior el proveedor deberá enviar a adquisiciones@corporacionlampa.cl los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. El mismo derecho tienen los contratistas respecto de sus subcontratistas.

Si la empresa no logra acreditar el pago al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato y/o sobrepasa los seis meses, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago. No obstante, se otorgará un plazo de 5 días hábiles adicionales para acreditar el pago, de no ser así, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, y se realizará el cobro de la Boleta de Fiel cumplimiento con la finalidad de liquidar los saldos insolutos de sus obligaciones laborales y previsionales.

     XVII.     ACUMULACIÓN DE MULTAS

Las multas ejecutoriadas no podrán superar el 30% del valor del contrato o la orden de compra. En caso de que las multas acumuladas superen el porcentaje, la Corporación podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen.

   XVIII.     PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MEDIDAS SANCIONATORIAS

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte de la Corporación, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, en caso de contar con Ficha de Contrato al tratarse de convenio suministros o contrataciones de ejecución en el tiempo.

A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través de la Ficha de Contrato si aplica, o bien remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl con copia a  licitaciones@corporacionlampa.cl.

Una vez recibido los descargos, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles para determinar si aplica la sanción de forma completa, parcial o se descarta de manera completa. Para ello, se realizará una comisión de análisis y evaluación de descargos, compuesta por el Departamento de Abastecimiento, Unidad de Control y Dirección de Administración y Finanzas, conforme a resultados obtenidos en dicha comisión, se dictará el respectivo acto administrativo fundado, aplicando en caso que corresponda la medida sancionatoria y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha situación.

No obstante, el proveedor tendrá un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para interponer un recurso de reposición o jerárquico con el fin de solicitar una revisión de la medida sancionatoria, esto basado en argumentos de hecho o derecho, los que podrá remitirlos al correo electrónico contratos@corporacionlampa.cl y fpardo@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl y a licitaciones@corporacionlampa.cl

Vencido el plazo, y si no se presentará recurso de reposición o jerárquico, la Corporación ratificará el acto administrativo fundado inicial, la cual será notificada al adjudicatario, mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, en caso de contar con Ficha.

Sin embargo, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición o jerárquico en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante acto administrativo fundado.

Estos actos administrativos fundados serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través de correo electrónico, y en el módulo de gestión de contratos, en caso de contar con Ficha de Contrato, y en la ficha del proveedor, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio, correo electrónico y convenio respectivo.

Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidas a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa.

En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa será publicada solo en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado público.

El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar o mediante el cobro de la o las boletas de garantía.


XIX. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La entidad contratante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.

a)      LIQUIDACIÓN POR DECISIÓN DEL MANDATARIO

Por caso fortuito o fuerza mayor de la Corporación, podrá dar término anticipado al contrato. Además, cuando no haya fondos disponibles para llevarlas adelante, o cuando así lo aconsejan sus necesidades.

El aviso de término deberá ser comunicado por escrito al contratista con una anticipación mínima de 20 días corridos.

Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a pagar a éste las sumas por concepto de:

v  Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida, unidad o fracción, de acuerdo al presupuesto ponderado.

Para el cobro de estas cantidades, el contratista cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido.

b)      LIQUIDACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA

La corporación podrá poner término anticipado al contrato, por causas imputables al contratista, en los siguientes casos:

v  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

v  Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del proveedor.

v  El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las Bases y este contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

v  Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

v  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.

v  Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes los documentos de garantía y/o la póliza de seguros correspondiente, y ha excedido el periodo otorgado para el pago de multas por estos conceptos.

v  No acatar órdenes expresas de la Inspección Técnica, insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave. debidamente comprobado y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles.

v  En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

v  Si el contratista es declarado en quiebra.

v  Si el contratista es declarado como imputado por una causa civil o penal.

v  Incumplir lo señalado en bases administrativas punto “Factoring”.

v  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

v  Si el proveedor no puede cumplir con su obligación de suministro de los productos debido a la cancelación de la licencia del producto o de la autorización para su comercialización o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el producto o no cuente con el mismo.

v  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

v  Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas.

v  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad compradora, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

v  En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de tres meses.

v  En caso que el proveedor no entregue los documentos solicitados por la unidad de prevención de riesgo de la corporación.

v  En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

v  En caso de que inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado.

En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación, mutuo acuerdo o fallecimiento, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

XX.            DEL PRECIO, DERECHOS E IMPUESTOS

El precio que pagará el organismo contratante por los servicios encomendados al contratista será Conforme a lo indicado por el contratista en el Formulario N° 4 Oferta económica para éstos.

Se deja constancia que la oferta económica adjudicada no estará sujeta a condiciones de reajustes bajo ningún fundamento. De esta manera, se establece que, salvo los impuestos que procedan, no procederá el pago de ningún tipo de cobro adicional al que no sea exclusivamente el pago de los servicios consumidos. Por lo tanto, para mayor claridad, todos los costos asociados a la prestación de los servicios encomendados y/o cualquier otro gasto que deba incurrir el proveedor para dar cabal cumplimiento a las responsabilidades y obligaciones contraídas por éste al momento de participar de esta licitación, resultar adjudicado y finalmente contratado por parte de la entidad contratante, deberán ser asumidos exclusivamente por el adjudicatario y no podrán ser traspasados a organismo contratante bajo ningún tipo de mecanismo.

Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualquier otro que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste y no podrán ser descontados o cobrados, del presupuesto entregado por la entidad contratante para la ejecución del contrato (por ejemplo, no podrán ser cobrados como “gastos administrativos”); lo anterior, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.

  XXI.          MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas Generales, bases administrativas especiales, técnicas y anexos, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra.

Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas.

La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.

XXII. 
     AUMENTO Y DISMINUCIÓN

La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.

   XXIII.     MODIFICACIÓN DE OBRAS

La Corporación podrá ordenar, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, la modificación de las obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales inicialmente no considerados. En caso de requerir un aumento de las obras previstas en las partidas que componen el presupuesto de la obra, se mantendrá el precio de los ítems cotizados y en el caso de requerir obras nuevas o extraordinarias deberán convenirse previamente con el contratista los precios respectivos.

Asimismo, en todos los casos en que ocurra una modificación del proyecto contratado originalmente, producto de aumentos y/o disminuciones de obras y/u obras extraordinarias, el mandatario y el contratista deberán formalizar esta modificación mediante los procesos administrativos correspondientes; es decir, suscripción de Resolución Fundada, OC portal Mercado Publico (en casos que corresponda) y presentación de nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato o prórroga de ésta, si corresponde.

La nueva garantía o el documento de prórroga de ésta, deberá tener cobertura desde la firma notarial de la modificación de contrato (independiente de su fecha de emisión).

La demora en la tramitación para aceptar esta clase de variantes o modificaciones podrá dar lugar a un aumento del plazo de ejecución de los trabajos, quedando sujeto a lo propuesto por la Unidad Técnica y contando con la respectiva autorización del Jefe de la Unidad de Infraestructura.

   XXIV.     FORMALIZACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CONTRATO

El ITO del contrato deberá solicitar vía memorándum al Departamento de Abastecimiento la modificación del contrato, en la cual deberá especificar:

  • Presupuesto refundido. En caso de aumento y/o disminuciones de obras, se deberá modificar exclusivamente las cantidades de obras (cubicaciones) y acorde a ello los totales.
  • Si se tratase de obras extraordinarias, éstas se deberán agregar al presupuesto a los precios unitarios convenidos.
  • Nueva programación de las obras en caso que proceda.

El Departamento de abastecimiento gestionara el o los nuevo(s) documento(s) de garantía por fiel cumplimiento del contrato, considerando el nuevo monto global y plazo, si corresponde. Junto con la Resolución que aprueba dicha modificación. En caso de modificaciones que signifique un aumento del presupuesto se emitirá la Orden de compra correspondiente. Una vez realizado, se derivarán los antecedentes a la Unidad jurídica con la finalidad de gestionar el Anexo de contrato respectivo.

     XXV.   AMPLIACIÓN DE PLAZO, CAUSALES QUE LO JUSTIFICAN

La Unidad Técnica podrá aumentar el plazo de ejecución de obras en caso de fuerza mayor, modificación de contrato, problemas administrativos comprobadamente ajenos al contratista, una situación climática de emergencia, comprobada por organismo competente, o catástrofe nacional o local (respaldado por ONEMI), u otra situación que afecte en forma irrecuperable el avance de la obra y que sea demostrada adecuada y oportunamente a la Unidad Técnica.

En caso de producirse un atraso en la recepción de estas obras por parte de otros organismos y/o empresas de servicios básicos, producto de la demora en la obtención de las recepciones, el contratista deberá solicitar con la debida anticipación a la ITO, el aumento de plazo por este concepto.

Lo señalado, no dará derecho al contratista a ser indemnizado por el mandante, ni implicará variaciones en el monto total contratado, siendo siempre estas modificaciones de mutuo acuerdo entre el contratista y el mandatario.

En caso que el contratista requiera solicitar aumento del plazo para la ejecución de las obras, deberá hacerlo por escrito a la Inspección Técnica, con un plazo no menor a 10 días corridos de antelación al término del contrato.

Las solicitudes de aumentos de plazo contractuales serán autorizadas exclusivamente por la unidad técnica. Posteriormente y en un plazo no mayor a 05 días hábiles de autorizado el nuevo plazo, se deberán enviar al Departamento de Abastecimiento un memorándum con un informe respecto al aumento de plazo junto con los documentos de respaldo que así lo acrediten.

        XXVI.     DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Será responsabilidad exclusiva del contratista, la correcta ejecución de las obras contratadas, el resguardo y la calidad de los materiales empleados en ésta, de conformidad con lo establecido en las bases, oferta presentada e instrucciones del Inspector de Contrato; esta responsabilidad se extiende desde la notificación de la adjudicación hasta la recepción definitiva del contrato. En este sentido, el contratista se obliga a rehacer sin costo alguno para la Corporación y en un plazo breve cualquier trabajo mal ejecutado o incompleto sin que ello se considere un aumento o disminución del contrato.

Será responsabilidad exclusiva del contratista mantener en el lugar de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores que en ella se desempeñen, desde la entrega de terreno y durante la ejecución de las obras.

Con el objeto de delimitar responsabilidades relacionadas al estado de recepción y cómo se entrega el terreno, el contratista deberá registrar en video o fotografía digital, las distintas zonas de trabajo previo a su ejecución, dejando constancia en el libro de obras y enviando al correo electrónico del Inspector de Contrato. En caso contrario, cualquier reclamo sobre menoscabo que afecte el terreno entregado, deberá ser resuelto por el contratista a su costo.

El contratista deberá considerar la colocación de señalética indicativa de la instalación de faenas y obra, con el fin que se informe a la comunidad que se están realizando los trabajos.

 XXVII.     RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO

El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.


XXVIII. PERSONAL DEL PROVEEDOR

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.

   XXIX.     EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES

La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la Corporación de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

     XXX.     RENOVACIÓN DE GARANTÍAS

El contratista siempre deberá mantener vigente los documentos de garantía, hasta que se cumplan las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas para que se proceda a su devolución.

Para renovar la vigencia de las garantías está permitido presentar un nuevo documento de garantía con una vigencia mayor que reemplace al documento de garantía existente, o un certificado emitido por la entidad que emitió el documento de garantía existente que certifique la nueva vigencia de este documento de garantía, ambas opciones en caso de aumento de plazo contractual.

   XXXI.     PRÓRROGA DE CONTRATO

Para todos los efectos de las presentes bases, se entenderá por prórroga la extensión excepcional, transitoria y no renovable del plazo de vigencia del contrato originalmente suscrito, manteniéndose íntegramente las condiciones técnicas, económicas y jurídicas pactadas, sin dar origen a un nuevo período contractual ni a un nuevo contrato.

En conformidad con la Ley N°19.886, modificada por la normativa vigente, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, la Corporación podrá prorrogar el contrato, por una sola vez y hasta por un plazo máximo de seis (6) meses, únicamente cuando dicha extensión resulte indispensable para asegurar la continuidad del servicio mientras se desarrolla o se concluye un nuevo procedimiento de contratación.


La prórroga operará exclusivamente bajo las siguientes condiciones y etapas:

  1. Deberá disponerse con anterioridad al vencimiento del contrato vigente, encontrándose expresamente prohibida su aplicación retroactiva.

  1. Dictación de una resolución fundada, que acredite la necesidad de continuidad del servicio, la inexistencia de una alternativa contractual inmediata y la evaluación favorable del proveedor.

  1. No podrán modificarse precios, alcances, niveles de servicio ni demás condiciones del contrato original.

  1. Garantía de Fiel Cumplimiento: El proveedor deberá mantener, ampliar o adecuar la garantía vigente, de forma tal que ésta cubra íntegramente el período prorrogado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, en los mismos montos, condiciones y modalidades exigidas originalmente.

La prórroga no constituirá renovación, no generará derechos adquiridos ni expectativas legítimas a favor del proveedor y no podrá utilizarse como mecanismo ordinario de extensión contractual, de conformidad con los criterios reiterados de la Contraloría General de la República.

 XXXII.          RENOVACIÓN DEL CONTRATO

Para los efectos de estas bases, se entenderá por renovación la habilitación de un nuevo período contractual, derivado del mismo procedimiento concursal, cuya aplicación no es automática y se encuentra sujeta a una decisión expresa de la Corporación.

De conformidad con la Ley N°19.886 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N°661, el contrato podrá ser renovado por un período adicional de hasta doce (12) meses, siempre que dicha facultad se encuentre expresamente contemplada en las presentes bases y que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente y en el contrato.


La renovación se aplicará conforme a las siguientes condiciones:

  1. Oportunidad: La decisión de renovación deberá adoptarse antes del término del contrato vigente.

  1. Evaluación previa: La renovación estará condicionada a una evaluación técnica, administrativa y financiera favorable del proveedor, acreditando el cumplimiento íntegro de sus obligaciones contractuales.

  1. Fundamentación: Requerirá la dictación de una resolución fundada, que justifique la conveniencia institucional de la renovación, la eficiencia del contrato y la continuidad del servicio.

  1. Disponibilidad presupuestaria: Será requisito indispensable contar con disponibilidad presupuestaria para el período a renovar.

  1. Garantía de Fiel Cumplimiento: Previo al inicio del período renovado, el proveedor deberá renovar, sustituir o constituir una nueva garantía de fiel cumplimiento, que cubra la totalidad del período renovado y se extienda, a lo menos, hasta 90 días hábiles posteriores a su término, conforme a las exigencias de las presentes bases.

La renovación no otorgará derechos adquiridos, no operará de forma automática y no podrá ejecutarse si no se cumple íntegramente el procedimiento descrito, en resguardo de los principios de competencia, eficiencia, transparencia y estricta sujeción a las bases, conforme al marco regulatorio de las compras públicas y a la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República.


XXXIII. PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

v  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

v  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

v  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

v  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

v  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.


XXXIV. ANTECEDENTES FINALES

Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.

Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato.

En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas Generales y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas.

Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.