II. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL
Para efectos de la presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, el oferente deberá ingresar como valor económico el monto total estimado del convenio, expresado en valores netos (sin impuestos), el que para la presente licitación corresponde al presupuesto estimado NETO informado en las presentes Bases, es decir $440.690.713 (Cuatrocientos cuarenta millones seiscientos noventa mil setecientos trece pesos).
Sin perjuicio de lo anterior, la oferta económica válida y vinculante del oferente estará constituida por los valores unitarios informados en el Formulario N°4 Oferta Económica, debidamente completado y adjunto en el portal, los que deberán expresarse en pesos chilenos, valores netos, e incluir todos los costos directos e indirectos asociados al cumplimiento del contrato.
El monto ingresado en el portal tendrá un carácter referencial y de habilitación de la oferta económica dentro del sistema, no constituyendo por sí mismo el valor unitario adjudicado ni obligando a la Corporación a consumir la totalidad del presupuesto estimado.
En caso de discrepancia entre el monto total ingresado en el portal y los valores unitarios contenidos en el Formulario N°4, prevalecerá lo señalado en el Formulario N°4 para todos los efectos de evaluación, adjudicación, ejecución, facturación y pago.
III. MODELO DEL CONVENIO
La presente contratación corresponderá a un convenio de suministro y ejecución a demanda, en virtud del cual se adjudicarán precios unitarios referidos exclusivamente a mano de obra, servicios base y demás prestaciones expresamente contempladas en el itemizado económico de la oferta adjudicada.
Los materiales, repuestos, insumos y demás bienes que resulten necesarios para la ejecución de una determinada Orden de Trabajo no se entenderán incorporados al precio evaluado ni a los precios unitarios adjudicados, salvo que las Bases Técnicas o el itemizado oficial indiquen expresamente lo contrario respecto de una partida específica.
En consecuencia, para efectos de la evaluación y adjudicación de la licitación, el precio comparado entre oferentes corresponderá únicamente al valor de las partidas de mano de obra y servicios base contenidas en el Formulario de Oferta Económica, no formando parte de dicha comparación económica los materiales, repuestos, insumos u otros bienes asociados a la ejecución de los trabajos.
Sin perjuicio de lo anterior, los materiales, repuestos, insumos y demás bienes necesarios para la ejecución de las respectivas Órdenes de Trabajo se entenderán comprendidos dentro del presupuesto estimado total del contrato, en la medida que su adquisición, provisión, valorización y cobro hayan sido previamente autorizados por la Corporación, de conformidad con lo establecido en las presentes Bases Administrativas Especiales y en las Bases Técnicas.
En consecuencia, la necesidad, provisión, cantidad, valorización y autorización de dichos materiales se determinará en cada Orden de Trabajo, debiendo contar con aprobación previa y expresa de la Corporación para su adquisición y posterior cobro, con cargo al presupuesto estimado del convenio y sujeto a la disponibilidad presupuestaria correspondiente.
El hecho de que los materiales no formen parte del precio evaluado de la oferta no implica, en caso alguno, que se encuentren excluidos del presupuesto estimado del contrato, sino únicamente que su determinación económica y pago se efectuará durante la ejecución contractual, conforme a los requerimientos efectivos de la Corporación y a las autorizaciones otorgadas en cada Orden de Trabajo.
V. CONTENIDO DE LA OFERTA
Todos documentos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.
- Las proposiciones, declaraciones y formularios exigidos en estas bases deberán ser suscritos mediante Firma Electrónica Simple (FES) o Avanzada (FEA), conforme a Ley N°19.799 y sus normas. Se entenderá por Firma electrónica aquella emitida por prestadores acreditados o por sistemas institucionales que garanticen trazabilidad, integridad y autenticidad.
- Excepcionalmente, la Corporación podrá aceptar documentos suscritos con firma manuscrita escaneada (imagen), únicamente cuando se acompañen de la “Declaración Jurada de Autenticidad de Firma Manuscrita Escaneada” (Anexo N° A), cumpliendo copulativamente lo siguiente:
a) La declaración jurada deberá ser firmada manuscritamente en tinta sobre el documento impreso y escaneada como página completa (no se aceptará firma “pegada” o insertada como imagen recortada).
b) La declaración deberá incluir, escrita de puño y letra por el firmante: nombre completo, RUT, cargo, razón social, fecha, lugar, y un código único indicado por la Corporación para el proceso (por ejemplo: “Código: [ID licitación]-[fecha]”), el cual deberá quedar junto a la firma.
c) Se deberá adjuntar copia simple por ambos lados de la cédula de identidad del firmante (o documento equivalente), solo para fines de verificación de identidad y facultades.
Solicitud de original. La Corporación podrá, en cualquier etapa del proceso (incluida adjudicación y formalización), requerir la presentación del documento original en papel con firma autógrafa, o bien exigir su suscripción mediante firma electrónica, dentro del plazo que se indique. El incumplimiento será causal de rechazo de la oferta o de no suscripción/desistimiento de la adjudicación, según la etapa.
Alcance y no equivalencia. La aceptación excepcional de firma manuscrita escaneada no implica que ésta sea equivalente a firma electrónica para efectos de no repudio, trazabilidad o responsabilidades, siendo válida solo como mecanismo transitorio de presentación documental, sin perjuicio de las verificaciones que la Corporación estime pertinentes.
Se aceptarán documentos con firma manuscrita escaneada solo en los términos de la cláusula y su Declaración Jurada. Alternativamente, se aceptarán documentos cuya firma se encuentre autorizada ante notario (firma puesta en original ante ministro de fe), siempre que se adjunte copia íntegra escaneada del instrumento donde conste la autorización notarial, sin perjuicio de que la Corporación pueda requerir el original para cotejo.
- El Organismo podrá requerir, en cualquier momento del proceso, la verificación de la firma empleada o la presentación del soporte físico o electrónico que acredite su validez. La falta de acreditación dará lugar a la exclusión de la oferta.
En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.
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ETAPA N° 1
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I. ANEXOS ADMINISTRATIVOS
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N°
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DESCRIPCIÓN
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1.
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Copia de la cédula de identidad/ Copia de cédula de identidad del representante legal.
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2.
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Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público
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3.
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Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha hasta el cierre de recepción de ofertas. (F-30)
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4.
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Formulario N°1 “Identificación completa del oferente”
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5.
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Formulario N°5 “Datos de pago”
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6.
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En caso de UTP, Formulario N°2 “Identificación unión temporal de proveedores”
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7.
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Anexo “B” Declaración jurada firma manuscrita (En caso que aplique)
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Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):
- Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
- Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
- No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
- Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM
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ETAPA N° 1
Los documentos correspondientes y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.
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II. ANEXOS TÉCNICOS
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N°
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DESCRIPCIÓN
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8.
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Formulario N°3: Oferta técnica
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Certificado adhesión a mutualidad
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Certificado accidentabilidad y siniestralidad de mutualidad
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Copia del Reglamento Interno
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Copia de cartas timbradas de recepción reglamento interno por parte Inspección del Trabajo y Seremi de Salud (cuando son más de 10 trabajadores en la empresa)
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Informe de uniforme y equipamiento, junto con acreditación de Certificación Equipo de Protección Personal (EPP)
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Equipo de trabajo y capacidad operativa
- CV del personal clave (supervisor/jefe de cuadrilla y maestros principales)
- Certificaciones/licencias según especialidad (adjuntar respaldo): por ejemplo, competencias para trabajos eléctricos, soldadura, altura, etc.
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Modelo de cotización/valorización desagregada (formato editable): por ítem, unidad, cantidad; separando mano de obra vs materiales; indicando plazo en días corridos y rendimiento.
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Plan de seguridad/prevención estándar + Procedimientos de Trabajo Seguro (PTS) (PDF).
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Formatos (plantillas), modelos tipo o, al menos, compromiso firmado de entregar:
- antes/durante/después.
- si OT dura > 3 días + carta Gantt simple.
- (SEC/gas/hermeticidad/puesta en marcha, etc.) cuando corresponda.
- como condición de recepción.
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Capacidad económica mínima
Con el objeto de resguardar la correcta ejecución del convenio y la continuidad del servicio, el oferente deberá acreditar capacidad económica mínima, presentando los siguientes antecedentes:
- (SII) o Formulario 22 (F22) del último año tributario disponible.
- de los siguientes documentos (alternativos):
- del último ejercicio (Balance General y Estado de Resultados), firmados por representante legal (y contador, si corresponde), o
- , con antigüedad máxima de 90 días, que indique al menos una de estas condiciones: línea de crédito, cupo aprobado, o evaluación de comportamiento/solvencia.
El oferente será declarado Hábil si, junto con presentar los documentos, acredita al menos uno de los siguientes umbrales:
- Patrimonio ≥ $25.000.000 (sugerencia: aprox. 5% del monto referencial total), o
- Capital de trabajo (Activo corriente – Pasivo corriente) ≥ $15.000.000, o
- Ventas anuales (según Carpeta Tributaria/F22) ≥ $100.000.000, o
- Línea/cupo bancario vigente ≥ $30.000.000 (si presenta certificado bancario).
Nota: Los montos son “mínimos de operación” (no equivalen al monto total del convenio, porque la ejecución es a demanda por OT).
En caso de UTP, los umbrales podrán acreditarse sumando los antecedentes de los integrantes, siempre que:
- se presenten los documentos de cada integrante; y
- se indique el % de participación y responsabilidades.
La entidad se reserva el derecho de solicitar aclaraciones si existiesen inconsistencias evidentes entre los documentos presentados.
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9.
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Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
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10.
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Formulario N°6 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
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11.
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Formulario N°7 “Declaración de implementación de programas de integridad”
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12.
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Formulario N°8 “Declaración Simple De Subcontratación”
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13.
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Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
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14.
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Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
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15.
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Formulario N°9 “Condiciones Laborales”
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ETAPA N°2
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III. ANEXOS ECONÓMICO
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Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
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En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.
IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario Nº4 y Formulario Nº6 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.
VI. DE LA EVALUACION
Conforme a lo dispuesto en el Instructivo de Carácter General N° 6/2024 del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), la presente convocatoria será aperturada y evaluada en DOS (2) ETAPAS, separando una primera fase de habilitación/aptitud y una segunda fase de evaluación competitiva y adjudicación.
La apertura y evaluación de las ofertas será efectuada por una Comisión Evaluadora, designada mediante acto administrativo fundado, integrada por funcionarios/as competentes según la naturaleza de la contratación, quienes deberán actuar con objetividad, transparencia, estricta sujeción a las Bases y resguardo de la libre competencia. La Comisión deberá:
- levantar actas de cada sesión/etapa (apertura, revisión, acuerdos y decisiones);
- Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta
- Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas
- Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente.
- elaborar el/los Informe(s) de Evaluación con fundamentación suficiente;
- proponer adjudicación o declaración de deserción cuando corresponda.
La Comisión podrá solicitar a través del Portal Mercado Público aclaraciones o antecedentes en los casos permitidos por estas Bases, sin alterar la oferta ni vulnerar la igualdad de los oferentes.
VII. DISTINCIÓN ENTRE ADMISIBILIDAD, HABILITACIÓN Y EVALUACIÓN
Para efectos de la presente licitación, el proceso de revisión de ofertas se estructurará en tres niveles claramente diferenciados:
ADMISIBILIDAD
La admisibilidad corresponde a la verificación formal de que la oferta ha sido presentada dentro de plazo y contiene los antecedentes esenciales exigidos en estas Bases.
Serán antecedentes mínimos de admisibilidad los siguientes:
a) Formulario N°1;
b) Formulario N°3;
c) Formulario N°4;
d) Formulario N°6;
y, en caso de UTP, además los antecedentes específicamente exigidos para dicha modalidad.
La omisión total o presentación incompleta de alguno de estos antecedentes esenciales dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta, cuando impida su revisión objetiva o altere la igualdad entre oferentes.
HABILITACIÓN O APTITUD
La habilitación corresponde al análisis de fondo respecto del cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para ejecutar el contrato.
En esta etapa se verificará, entre otros aspectos:
a) capacidad económica mínima;
b) idoneidad técnica y operativa;
c) cumplimiento de exigencias de seguridad, laborales y previsionales;
d) demás requisitos habilitantes establecidos en las Bases.
El resultado de esta etapa será binario, calificando al oferente como:
- HÁBIL, si cumple íntegramente los requisitos mínimos; o
- NO HÁBIL, si no acredita uno o más de ellos.
Solo los oferentes admisibles y declarados hábiles pasarán a la etapa siguiente.
EVALUACIÓN COMPETITIVA
La evaluación competitiva recaerá únicamente sobre las ofertas admisibles y hábiles, y considerará exclusivamente los criterios de evaluación establecidos en estas Bases para efectos de asignar puntaje y determinar la oferta más conveniente.
ETAPA 1: APERTURA Y EVALUACIÓN DE HABILITACIÓN / APTITUD (CALIFICACIÓN)
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Apertura
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En la fecha y hora informadas en el Portal, se procederá a la apertura de los antecedentes técnicos y de habilitación/aptitud exigidos en estas Bases.
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Objeto
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En esta etapa la Comisión Evaluadora verificará, en primer término, la admisibilidad formal de la oferta, esto es, la presentación íntegra y oportuna de los antecedentes esenciales exigidos en las Bases. Luego, respecto de las ofertas admisibles, verificará el cumplimiento de los requisitos de habilitación o aptitud del oferente, tales como, capacidad económica, idoneidad técnica y demás exigencias establecidas en estas Bases.
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Resultado
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a) Oferta inadmisible, cuando no se acompañen o no se encuentren completos los antecedentes esenciales de la oferta;
b) Oferente hábil, cuando la oferta admisible cumpla los requisitos mínimos de habilitación;
c) Oferente no hábil, cuando, siendo admisible la oferta, no se acrediten suficientemente los requisitos mínimos de habilitación.
Solo las ofertas admisibles y declaradas hábiles pasarán a la Etapa 2.
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ETAPA 2: APERTURA Y EVALUACIÓN COMPETITIVA / ADJUDICACIÓN
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Apertura
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Solo respecto de los oferentes admisibles y declaradas hábiles en Etapa 1, se procederá a la apertura de los antecedentes evaluables de adjudicación (oferta económica y, en su caso, los demás criterios de esta etapa).
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Reglas de evaluación
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a) La oferta económica será evaluada como factor de adjudicación con una ponderación no inferior al 80%.
b) Todos los oferentes que superen la Etapa 1 participarán en la Etapa 2 en las mismas condiciones iniciales para la evaluación competitiva.
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Informe Final y Propuesta
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La Comisión emitirá el Informe Final de Evaluación, indicando puntajes por criterio, orden de prelación y propuesta fundada de adjudicación (o deserción), para la dictación del acto administrativo correspondiente.
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Los resultados de cada etapa, las actas y el/los informes serán registrados/publicados conforme a las funcionalidades del Portal Mercado Público y a lo establecido en estas Bases, asegurando la trazabilidad del proceso y la debida motivación de las decisiones.
VIII. PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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N°
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CRITERIO
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PONDERACIÓN
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1.
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ANTECEDENTES FORMALES
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2%
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2.
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PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
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2%
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3.
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SUSTENTABILIDAD
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2%
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4.
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EXPERIENCIA DEL OFERENTE
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3%
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5.
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CONDICIONES LABORALES
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5%
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6.
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CALIDAD TECNICA
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6%
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7.
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OFERTA ECONÓMICA
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80%
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TOTAL PONDERACIÓN
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100%
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C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA
2%
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Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.
Si Cumple = 100 puntos
No Cumple = 0 puntos
Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,02
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C2: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD
2%
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Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.
Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos
No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos
Puntaje C2= Puntaje obtenido *0,02
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C3: SUSTENTABILIDAD
2%
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- Inclusión laboral
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El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.
El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).
Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)
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ü Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.
ü Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.
ü Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.
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NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.
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- Inclusión de género
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El oferente es una Empresa liderada por una mujer.
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Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)
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- Fomento a empresas de menor tamaño.
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El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño
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El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.
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- Fomento de buenas prácticas ambientales
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La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables
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Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente)
https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/
- Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
- Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl.
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Se evaluará si el oferente acredita, mediante al menos un medio de verificación válido, el cumplimiento de una o más de las siguientes condiciones:
- inclusión laboral;
- enfoque o participación de género;
- calidad de empresa de menor tamaño;
- adopción de buenas prácticas ambientales.
Para efectos de este criterio, las condiciones antes señaladas tendrán el carácter de alternativas, no siendo acumulables entre sí. En consecuencia:
Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.
Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.
Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,02
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C4: EXPERENCIA DEL OFERENTE
3%
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PUNTAJE
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DESCRIPCIÓN
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100
|
Acredita debidamente 5 experiencias
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80
|
Acredita debidamente 4 experiencias
|
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60
|
Acredita debidamente 3 experiencias
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40
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Acredita debidamente 2 experiencias
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20
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Acredita debidamente 1 experiencias
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0
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No declara o no acredita debidamente su experiencia
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Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:
a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente
b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente
c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:
- Decretos o Resolución de Adjudicación
- Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
- Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo
IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.
Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.
La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:
- En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL
- En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente
- Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible
- No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente
- La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio
La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.
El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:
- Nombre del cliente o mandante
- Fecha de la entrega del servicio
- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado público y/o ID de licitación.
- Tipo de servicio contratado
- Teléfono de contacto
Puntaje C4 = Puntaje obtenido * 0,3
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C5: CONDICIONES LABORALES
5%
|
|
En este criterio deberá ser informado en el formulario n°9 y se evaluará como se indica el siguiente detalle:
• Ponderación TOTAL
A% + B% = C5
|
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SUBFACTOR
|
%
|
DETALLES
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- Remuneración Bruta Mensual del equipo de trabajo (Formulario N°9)
|
3
|
RE: Remuneración evaluada RM: Remuneración máxima
Puntaje = ((RE/RM) *100) * 0,03
El oferente deberá acompañar respecto del personal individualizado para la ejecución del contrato, cualquiera de estos:
- Liquidaciones de remuneración de los últimos tres meses,
- Comprobantes de cotizaciones previsionales pagadas del mismo período.
- Contrato de trabajo o anexo vigente.
- En caso de personal que aún no se encuentre contratado al momento de ofertar, podrá acompañarse compromiso formal suscrito por el representante legal, indicando cargo, jornada, remuneración bruta mensual y condiciones ofrecidas, sin perjuicio de la obligación del adjudicatario de acreditar la contratación efectiva al inicio de la ejecución.
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- Tasa de empleo comunal (domicilio en Comuna de Lampa) del personal asignado a la ejecución
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2
|
Sobre 80%
|
=
|
100 puntos.
|
|
Sobre 60% a 79%
|
=
|
80 puntos.
|
|
Sobre 40 a 59%
|
=
|
60puntos.
|
|
Sobre 20 a 39%
|
=
|
40 puntos
|
|
Sobre 10% a 19%
|
=
|
20 puntos
|
|
Inferior al 10%
|
=
|
0 puntos.
|
|
Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor
Ej. 80 puntos * 0,02
Documento que acredite domicilio en la comuna de Lampa, respecto de cada trabajador computado para este subfactor. Puede ser cualquiera de estos:
- certificado de residencia emitido por Junta de Vecinos, Municipalidad o notario;
- cartola o certificado del Registro Social de Hogares, si consigna comuna;
- certificado emitido por la AFP, Isapre/Fonasa, banco o institución oficial que registre domicilio.
|
|
C6: CALIDAD TECNICA
6%
|
|
En este criterio deberá ser informado en el Formulario N°3. Se evaluará la capacidad de respuesta y la garantía adicional ofrecida por el oferente. El puntaje se asignará según los plazos de respuesta ante fallas y la extensión de la garantía técnica. Se evaluará como se indica el siguiente detalle:
• Evaluación por Sub-factor
Puntos obtenidos * porcentaje de sub-factor
Ej. Tiempo de garantía técnica
50 puntos * 0,10 =5%
• Ponderación TOTAL
A% + B% + C% + D% + E% = C6
|
|
SUBFACTOR
|
%
|
DETALLES
|
|
Tiempo máximo de respuesta (llegada a terreno)
|
-
|
2
|
≤ 1 hora
|
=
|
100 puntos.
|
|
2 horas
|
=
|
50 puntos.
|
|
≥ 3 horas
|
=
|
0 puntos
|
- Urgencia
|
1
|
≤ 8 horas
|
=
|
100 puntos.
|
|
Entre 9 a 23 horas
|
=
|
50 puntos.
|
|
≥ 24 horas
|
=
|
0 puntos
|
- Normal
|
1
|
≤ 24 horas
|
=
|
100 puntos.
|
|
Entre 23 a 71 horas
|
=
|
50 puntos.
|
|
≥ 72 horas
|
=
|
0 puntos
|
- Certificaciones y licencias del equipo
|
1
|
≥80% del personal presentado cuenta con certificaciones/licencias pertinentes y vigentes.
|
=
|
100 puntos
|
|
50%–79%
|
=
|
70 puntos
|
|
20%–49%.
|
=
|
40 puntos
|
|
<20% o no acredita.
|
=
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0 puntos
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- Garantía técnica
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1
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≥ 24 meses.
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100 puntos.
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entre 13 y 23 meses.
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50 puntos.
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≤ 12 meses
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Inadmisible
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C7: OFERTA ECONÓMICA
80%
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Para efectos exclusivos de la evaluación económica, se entenderá por “Precio Evaluado” el monto total neto resultante de la valorización íntegra del itemizado oficial contenido en el Formulario N°4, calculado sobre la base de las partidas, unidades y cantidades referenciales definidas por la Corporación, aplicando a ellas los precios unitarios ofertados por cada proponente.
La comparación económica de las ofertas se efectuará únicamente sobre dicho itemizado referencial común, el cual será idéntico para todos los oferentes y tendrá por objeto permitir la comparación objetiva de las propuestas, sin constituir obligación de consumo mínimo ni máximo específico por partida durante la ejecución del convenio.
PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa
Puntaje C7 = ((PM/PE) *100) * 0,80
La omisión de precios unitarios, la alteración del itemizado oficial, la modificación de partidas, unidades o cantidades referenciales, o la incorporación de condiciones que impidan la comparación homogénea de las ofertas, hará inadmisible la propuesta.
Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución del contrato el pago se efectuará únicamente por los trabajos efectivamente requeridos, ejecutados y recepcionados conforme, de acuerdo con las respectivas Órdenes de Trabajo y a los precios unitarios adjudicados.
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PUNTAJE TOTAL
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Puntaje Total = C1 x 2% + C2 x 2% + C3 x 2% + C4 x 3% + C5 x 5% + C6 x 6% + C7 x 80%
El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.
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IX. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES
La evaluación del Comportamiento Contractual tiene por objeto resguardar el correcto uso de recursos públicos, privilegiando a proveedores con conductas contractuales satisfactorias y penalizando significativamente a aquellos que registren incumplimientos reiterados o graves en contratos anteriores con organismos públicos.
Este criterio se aplicará como factor de descuento directo del puntaje total obtenido por el oferente, afectando la ponderación final y, por tanto, su posición en el ranking de adjudicación.
A. Fuente de información
Para evaluar este criterio, la Comisión Evaluadora considerará exclusivamente:
- La información contenida en el Historial de Comportamiento Contractual del proveedor disponible en la Plataforma ChileProveedores,
- Correspondiente a los últimos veinticuatro (24) meses, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
No se admitirán descargos, aclaraciones ni antecedentes distintos a los registrados oficialmente en dicha plataforma.
B.Tipos de sanciones consideradas
Se considerarán las siguientes sanciones contractuales debidamente registradas:
- Cobro de Multa
- Cobro de Garantía
- Término Anticipado del Contrato por incumplimiento imputable al proveedor
- C. Tabla de descuento de puntaje
El puntaje obtenido por el oferente será afectado por sanciones previas según el siguiente criterio:
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Tipo de Sanción
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Descuento de Puntaje
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Cobro de Multa
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−2 puntos por cada multa
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Cobro de Garantía
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−4 puntos por cada garantía cobrada
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Término anticipado por incumplimiento
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−8 puntos por cada término anticipado
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Los descuentos serán acumulativos, aplicándose por cada sanción registrada, independiente del órgano contratante que la haya aplicado.
El descuento máximo que podrá aplicarse por Comportamiento Contractual será de hasta 20 puntos del puntaje total de evaluación.
La existencia de dos o más términos anticipados o cobros reiterados de garantías dentro del período evaluado podrá ser considerada por la Comisión Evaluadora como antecedente suficiente para calificar la conducta del proveedor como deficiente, justificando fundadamente su no adjudicación, por riesgo para la correcta ejecución del contrato.
La sola presentación de una oferta implica que el proveedor conoce, acepta y se somete expresamente al presente criterio de evaluación y a los efectos derivados de la información registrada en su historial contractual oficial.
X. MECANISMO DE DESEMPATE
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica.
- Mejor puntaje Calidad técnica
- Mejor puntaje Condiciones laborales
- Mejor puntaje Experiencia del oferente.
- Mejor puntaje de Sustentabilidad.
- Mejor puntaje programas de integridad.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
- Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.
XI. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
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ANTECEDENTES
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DESCRIPCIÓN
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DIRIGIDA A
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954.200-1
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MONTO
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$250.000 (doscientos cincuenta mil pesos)
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VIGENCIA
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Mínimo de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
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GLOSA
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Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027” ID: 1271359-21-LR26
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INSTRUMENTOS
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- Certificados de fianza
- Boletas de Garantías
- Vale vista
- Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
- Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
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La Garantía de Seriedad de la Oferta será pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. En todo documento que se constituya como Garantía de Seriedad de la Oferta, es necesario que se indique la individualización del oferente que participa en la propuesta. En el caso de pólizas de seguro estas deberán ser pagaderas al primer requerimiento, sin liquidador, sin arbitraje y sin requerir ningún trámite adicional para su cobro.
La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, en cuyo caso deberá presentarse copia de dicho documento a través del portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes administrativos de la oferta.
Los Oferentes deberán presentar el documento de seriedad de la oferta, en el Departamento de Abastecimiento de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, ubicada en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa, en horario de 09:00 a 12:00 horas, hasta el día final de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal www.mercadopublico.cl.
El receptor de la garantía procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en la que deberá constar el nombre de la licitación, el nombre del Oferente, nombre y RUT de la persona que entregó la garantía y la fecha y hora de presentación de la garantía. Copia de dicha acta deberá entregarse a la persona que hizo entrega de la garantía.
Si no se presenta el documento de garantía de seriedad de la oferta, o si su presentación es extemporánea, o no estuviera extendida en los términos señalados, la oferta será declarará inadmisible.
La devolución se realizará dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución, que dé cuenta los oferentes a quienes se les haya declarado inadmisible.
Los oferentes que hubiesen obtenido el tercer o un lugar inferior en el listado decreciente, estos podrán retirar sus documentos de garantía de seriedad de la oferta en el Departamento de Contabilidad de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, ubicada en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa, en días hábiles, en horario de 09:00 a 12:00 horas. La devolución de los documentos de garantía se hará por medio del endoso correspondiente, en caso que sean endosables, o con la leyenda al dorso “Devuelta al tomador”, en caso contrario. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción. Dicho plazo se contará desde la notificación de las mencionadas resoluciones a través del portal web de compras públicas, salvo que recurran de cualquier forma en contra de la resolución de adjudicación.
Para retirar la garantía, los oferentes deberán presentar un poder simple, emitido por la empresa a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite; al momento del retiro le será exigida, además del poder en comento, su cédula de identidad.
Tratándose del oferente Adjudicado o el oferente que hubiese obtenido el segundo mayor puntaje final, la restitución del documento de garantía de seriedad de la oferta se hará una vez que se encuentre aceptada por el proveedor adjudicado. Para coordinar lo anterior, deberán remitir previamente solicitud a través de correo electrónico al siguiente e-mail licitaciones@corporacionlampa.cl.
CAUSALES PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
- El oferente solicita su retiro durante el período transcurrido entre la presentación de la oferta y la suscripción del contrato.
- Adjudicada y contratada la oferta, el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo de 48 horas contadas desde que es requerida su aceptación.
- Adjudicada y contratada la oferta, el adjudicatario rechaza la orden de compra.
- Una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no firma el contrato de servicios o se desiste de su oferta.
- El oferente adjudicado no entrega la garantía definitiva de Fiel Cumplimiento de Contrato y Responsabilidad Civil, dentro de los plazos establecidos en las bases de licitación.
- Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 07 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación (entendiéndose notificado luego de trascurridas 24 horas, desde la publicación del decreto de adjudicación en el Sistema de Información). En caso que el oferente seleccionado no se inscriba en el plazo indicado se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses de la Corporación. Lo mismo aplica en el caso de una UTP, si alguna de las empresas o personas naturales que la componen, no se inscriben en el mismo plazo señalado anteriormente.
- La Corporación comprueba la falsedad de la información presentada, por cualquier medio fehaciente.
- Por cualquier otra causa imputable al proponente, se haga imposible la adjudicación de la licitación o la suscripción del contrato.
- XII. GARANTIA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
El Adjudicatario, una vez notificada la adjudicación a través del Portal Mercado Público, deberá constituir y entregar a la Corporación una Garantía de Responsabilidad Civil destinada a caucionar el pago de los daños personales y/o materiales que, con ocasión de la ejecución del contrato y/o de cada Orden de Trabajo (OT), pudieren sufrir terceros y/o la infraestructura, bienes y dependencias de la Corporación.
La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
Esta garantía se exigirá como condición previa a la suscripción del contrato y/o al inicio de ejecución, y deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución contractual, incluyendo ampliaciones de plazo, y por un período adicional posterior, conforme se indica.
1) Antecedentes mínimos de la garantía
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ANTECEDENTES
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DESCRIPCIÓN
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DIRIGIDA A
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954.200-1
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MONTO (SUMA ASEGURADA)
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La póliza deberá contemplar una suma asegurada mínima de 300 UF por evento y 1.200 UF agregado anual, o su equivalente en pesos a la fecha de emisión de la póliza, según corresponda.
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VIGENCIA
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Debe cubrir toda la vigencia del contrato hasta el 31-12-2027, y excederla en al menos 90 días corridos, esto es, como mínimo hasta el 31-03-2028. En caso de ejercerse la extensión del contrato hasta por 6 meses, el contratista deberá prorrogar/endosar o renovar la cobertura de modo que ésta se mantenga vigente hasta el término efectivo de dicha extensión, y en todo caso, por 90 días corridos adicionales posteriores al término efectivo.
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GLOSA / IDENTIFICACIÓN
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“Para garantizar Responsabilidad Civil por daños a terceros e infraestructura, licitación ID: 1271359-21-LR26 ‘CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027’
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INSTRUMENTO
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Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual (o instrumento equivalente aceptado por la Corporación), emitida por compañía aseguradora autorizada para operar en Chile, que permita una cobertura efectiva y oportuna de los daños cubiertos.
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La póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual (en adelante, la “Póliza RC”) se exigirá como condición previa a la suscripción del contrato y/o al inicio de la ejecución de las prestaciones, y deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución contractual, incluyendo eventuales prórrogas, ampliaciones y/o la extensión máxima prevista en las presentes Bases, y por un período adicional posterior conforme se indica.
CONDICIONES MÍNIMAS DE COBERTURA (OBLIGATORIAS)
La Póliza RC deberá cumplir, a lo menos, con lo siguiente:
a) Coberturas mínimas:
I. Responsabilidad civil por daños corporales (lesiones y/o muerte) a terceros.
II. Responsabilidad civil por daños materiales a bienes de terceros y/o de la Corporación, ocurridos con ocasión de la ejecución de las prestaciones (servicios/obras) y/o de las Órdenes de Trabajo/Órdenes de Compra que se emitan.
b) Asegurados / beneficiarios:
I. El Contratista como asegurado.
II. La Corporación deberá figurar como asegurado adicional y/o beneficiario, según corresponda al instrumento (en póliza RC, usualmente “asegurado adicional”).
c) Deducible:
I. Se permite deducible solo si no impide ni limita la cobertura.
II. En ningún caso el deducible podrá ser de cargo de la Corporación. Cualquier deducible será de cargo exclusivo del Contratista, quien deberá pagarlo cuando proceda, sin afectar la continuidad del servicio ni los derechos de la Corporación.
d) No anulabilidad / continuidad de cobertura:
I. La póliza deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución.
II. Cualquier modificación, término, suspensión, exclusión relevante o no pago que afecte la vigencia y/o cobertura deberá ser informado por escrito a la Corporación de inmediato.
III. El Contratista deberá reponer, regularizar, prorrogar o renovar la cobertura dentro de 5 días hábiles contados desde el requerimiento de la Corporación, sin afectar la continuidad ni los derechos de la Corporación.
e) Renovación anual obligatoria:
I. Si la aseguradora emite pólizas con vigencia anual, el Contratista estará obligado a renovar anualmente la Póliza RC, manteniendo como mínimo las mismas coberturas y montos exigidos en estas Bases.
II. El Contratista deberá entregar a la Corporación, a más tardar 15 días hábiles antes del vencimiento de cada anualidad, el certificado de cobertura vigente, copia de la póliza/endorso y comprobante de pago (o documento equivalente que acredite vigencia), asegurando continuidad ininterrumpida.
f) Compatibilidad con subcontratación (si aplica):
- Si existiere subcontratación autorizada, el Contratista deberá asegurar que la cobertura se extienda a actuaciones de subcontratistas y su personal, manteniéndose la responsabilidad directa e integral del Contratista frente a la Corporación.
PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA Y ACTIVACIÓN DE SINIESTROS (MECANISMO OPERATIVO)
Sin perjuicio de las obligaciones legales y reglamentarias aplicables, el Contratista deberá:
a) Notificación inmediata: Informar por escrito a la Corporación (Contraparte Técnica/ITO y/o quien ésta designe) dentro de un plazo máximo de 24 horas desde que tome conocimiento de cualquier hecho que pueda constituir siniestro o generar un reclamo de tercero relacionado con la ejecución contractual.
b) Denuncia a la aseguradora: Efectuar la denuncia del siniestro ante la aseguradora dentro de los plazos de la póliza y, en todo caso, con la mayor celeridad posible, remitiendo a la Corporación copia de la denuncia y antecedentes relevantes.
c) Cooperación y antecedentes: Entregar toda la documentación, registros, informes, fotografías, declaraciones y antecedentes técnicos que se requieran para la tramitación, liquidación y/o pago del siniestro, y adoptar medidas razonables para mitigar daños y evitar su agravamiento.
d) No entorpecimiento: No podrá realizar actos u omisiones que entorpezcan, dilaten o perjudiquen la tramitación del siniestro, la liquidación y/o el pago de la indemnización.
e) Facultad de la Corporación: En su calidad de asegurado adicional y/o beneficiario, la Corporación podrá, cuando corresponda, poner en conocimiento de la aseguradora hechos constitutivos de siniestro y requerir información del estado de tramitación, sin que ello releve al Contratista de sus obligaciones.
INCUMPLIMIENTO, REPOSICIÓN Y CONSECUENCIAS
a) Falta de entrega o entrega fuera de plazo: Si el adjudicatario no entrega la Póliza RC en la forma y plazo exigidos, se le tendrá por desistido de su oferta, pudiendo la Corporación readjudicar al siguiente mejor evaluado y/o aplicar las medidas previstas en las Bases.
b) Pérdida de vigencia o insuficiencia: Si la póliza vence, se reduce, se suspende, se anula, se modifica de modo incompatible con estas Bases o pierde vigencia por cualquier causa, el Contratista deberá reponerla o prorrogarla dentro del plazo indicado por la Corporación, asegurando cobertura continua.
c) Incumplimiento grave: La falta de reposición/regularización dentro del plazo requerido, o la inexistencia de cobertura vigente durante la ejecución, constituirá incumplimiento contractual grave, habilitando a la Corporación para aplicar las medidas que correspondan, incluyendo multas, término anticipado del contrato u otras acciones, y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento cuando proceda.
CARÁCTER COMPLEMENTARIO
La Póliza RC es independiente y complementaria de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de anticipo u otras exigidas en las Bases, y su constitución no exime al Contratista de cumplir todas las obligaciones de seguridad, prevención de riesgos y resguardo de instalaciones.
CAUSALES PARA HACER VALER DERECHOS DERIVADOS DE LA PÓLIZA RC
La Corporación podrá hacer valer los derechos derivados de la Póliza RC y exigir su tramitación y activación, cuando existan o se verifiquen, entre otras, las siguientes situaciones ocurridas con ocasión de la ejecución contractual:
a) Daños corporales (lesiones y/o muerte) a terceros.
b) Daños materiales a bienes de terceros y/o de la Corporación.
c) Daños a infraestructura, instalaciones, equipamiento, recintos o bienes bajo custodia o administración de la Corporación, derivados de la ejecución de las prestaciones.
d) Cualquier otro evento cubierto por la Póliza RC asociado directa o indirectamente a la ejecución del contrato y/o de las Órdenes de Trabajo/Órdenes de Compra.
XIII. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.
La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 03 días hábiles desde la notificación de la adjudicación.
En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá re adjudicar el proceso.
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ANTECEDENTES
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DESCRIPCIÓN
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DIRIGIDA A
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954.200-1
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MONTO
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Igual al 5% del monto máximo referencial neto, en pesos chilenos
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VIGENCIA
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Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo
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GLOSA
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: ID: 1271359-21-LR26 “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027”
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INSTRUMENTOS
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- Certificados de fianza
- Boletas de Garantías
- Vale vista
- Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
- Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
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La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.
El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
XIV. EFECTIVIDAD GARANTÍA
La caución de fiel cumplimiento se hará efectiva, unilateralmente por acto fundado y, sin necesidad de declaración judicial alguna, en el evento de producirse un incumplimiento del oferente adjudicado respecto a:
- Incumplimiento grave o reiterado de obligaciones contractuales o de Bases Incluye, a modo ejemplar, el incumplimiento de condiciones técnicas, administrativas, de seguridad, estándares de calidad, reportabilidad, evidencias, procedimientos asociados a Órdenes de Trabajo (OT), recepción y cierre, u otras obligaciones exigidas por Bases y/o contrato.
- Atraso injustificado en plazos de ejecución de una OT y/o del contrato Procederá cuando el atraso, imputable al contratista:
a) afecte la continuidad operacional o el normal funcionamiento de los servicios; y/o
b) no sea subsanado dentro del plazo otorgado por la Contraparte Técnica/ITO; y/o
c) exista reiteración de atrasos en distintas OT.
- Ejecución deficiente o no conforme y no subsanada Cuando se verifiquen defectos, fallas, partidas incompletas, mala calidad, incumplimiento de normativa técnica aplicable o “no conformidades” que no sean corregidas dentro del plazo instruido por la Contraparte Técnica/ITO.
- Abandono de faena, suspensión injustificada o negativa a ejecutar OT Incluye el abandono total o parcial, paralización no autorizada, negativa injustificada a ejecutar trabajos instruidos conforme a Bases/contrato, o retiro de dotación/equipos que impida la continuidad del servicio.
- Término anticipado del contrato u OT por causa imputable al contratista Si se pone término anticipado por incumplimiento imputable al contratista, la Corporación podrá ejecutar la garantía para cubrir perjuicios, costos de reemplazo, y otras sumas adeudadas derivadas del incumplimiento.
- Multas impagas o no descontadas Si el contratista no paga directamente las multas aplicadas y/o no es posible descontarlas del respectivo estado de pago, la Corporación podrá hacer efectiva la garantía por el monto necesario para solventar dichas multas, devolviendo el saldo si procediere.
- Incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales Ante incumplimiento comprobado de obligaciones laborales y previsionales del personal del contratista y/o de sus subcontratistas, o falta de entrega de respaldos exigidos para el pago, conforme a las Bases y normativa aplicable.
- Subcontratación no autorizada o incumplimiento asociado a subcontratistas Cuando exista subcontratación sin autorización previa, o cuando el contratista no responda por incumplimientos laborales, previsionales, técnicos o de seguridad de sus subcontratistas, afectando la correcta ejecución del contrato.
- Falta de mantención de garantías vigentes, no prórroga o no reposición Si el contratista no prorroga la garantía cuando exista extensión de plazos u otras circunstancias que así lo exijan, o no entrega una nueva garantía/endoso a satisfacción de la Corporación dentro del plazo requerido.
- Daños directos a bienes institucionales y costos no asumidos Cuando por causa imputable al contratista se generen daños a bienes, instalaciones o infraestructura de la Corporación y el contratista no asuma la reparación y/o reposición dentro del plazo instruido, sin perjuicio de la póliza/garantía de responsabilidad civil cuando proceda.
La garantía deberá ser prorrogada por el oferente adjudicado cuando exista extensión en los plazos de la entrega de los bienes o servicios adquiridos u otras circunstancias que se le informen. Dicha prorroga será requerida por la corporación quedando obligado el oferente adjudicado a endosar su garantía o emitir una nueva a satisfacción de esta corporación, la que deberá ser entregada dentro del término de 5 (cinco) días hábiles una vez sea solicitada por la entidad, siendo obligación del oferente adjudicado mantener vigente su garantía durante la vigencia de la formalidad.
En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente adjudicado deberá entregar dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, luego de notificado el acto administrativo que ordena el cobro de la caución, una nueva garantía de fiel cumplimiento de la formalidad en las mismas condiciones que establece el número anterior.
XV. VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato que se celebre tendrá una vigencia que durará desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que formaliza la contratación hasta el fin del periodo 2027 y/o hasta el término de los recursos asignados al proceso, lo que ocurra primero.
No obstante, en caso de que al finalizar el período correspondiente a 2027 la licitación aún disponga de saldo vigente, se podrá extender la vigencia del contrato por un período adicional de hasta seis (6) meses, previa aprobación mutua entre las partes involucradas.
Ante razones de buen funcionamiento de los servicios públicos se podrá dar inicio anticipadamente a la ejecución contractual, sin perjuicio de lo anterior, no se procederá ningún pago hasta la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
XVI. VALOR DEL CONTRATO
El contrato tendrá un monto máximo referencial de $524.421.949 (quinientos veinticuatro millones cuatrocientos veintiún mil novecientos cuarenta y nueve pesos) sujeto a disponibilidad presupuestaria, según certificación correspondiente, el cual no podrá exceder los montos estimados para el período.
El monto es referencial y constituye el techo de gasto para efectos contractuales; en consecuencia, no generan obligación de consumo mínimo ni garantizan al proveedor un volumen determinado de órdenes de trabajo/compra.
El valor efectivo del contrato será la suma de los montos de cada Orden de Trabajo (OT) debidamente aprobada por la Contraparte Técnica/ITO y formalizada mediante orden de compra interna correspondiente, conforme al procedimiento de operación del convenio.
a) Los precios unitarios adjudicados se entenderán netos, salvo que en la oferta se indique expresamente lo contrario.
b) A los montos que correspondan se les aplicarán los impuestos vigentes (IVA u otros) según la naturaleza tributaria de la prestación y el documento tributario emitido.
c) En caso de discrepancia entre el precio unitario ofertado/adjudicado y lo informado en la plataforma, prevalecerá lo establecido en el Formulario de Oferta Económica y/o el instrumento de adjudicación, según corresponda.
El costo de materiales e insumos necesarios para cada OT se determinará conforme al mecanismo definido en las Bases, debiendo el proveedor respaldar valores cuando corresponda (p. ej., cotizaciones comparativas), pudiendo la CMDSL optar por adquirirlos por otro mecanismo si los valores no se ajustan a mercado, sin costo adicional por instalación cuando se provean por la CMDSL, si así se establece en la OT.
No procederán cobros adicionales distintos a los expresamente aprobados en la OT y formalizados, entendiéndose incluidos en los precios unitarios todos los costos directos e indirectos necesarios para la correcta ejecución de la partida, salvo estipulación expresa en contrario en la OT o en las presentes Bases.
XVII. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La contratación se realizará mediante la suscripción de contrato y posterior envío de la OC portal. El adjudicatario deberá suscribir, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.
La Unidad de Asesoría Jurídica será la responsable de la redacción del contrato, para lo cual solicitará toda la documentación requerida, tales como:
• Fotocopia de RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal.
• Copia de escritura pública de constitución.
• Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.
• Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.
• Copia de escritura pública donde conste el representante legal o apoderado con facultades suficientes para concurrir a la licitación y suscribir el contrato correspondiente, con certificado de vigencia actualizado.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá solicitar adicionalmente, toda aquella documentación que estime necesaria para la redacción del contrato.
Las boletas de garantías solicitadas para la ejecución de contrato deberán ser entregadas de forma previa a la suscripción del contrato.
Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
XVIII. DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
i. INICIO DE EJECUCIÓN Y REGLA GENERAL DE FORMALIZACIÓN.
La ejecución de cualquier trabajo se iniciará únicamente una vez que exista Orden de Trabajo (OT) aprobada por la Contraparte Técnica/ITO y la contratación se encuentre formalizada mediante Orden de Compra interna, conforme al procedimiento establecido en las presentes Bases. En consecuencia, no procederá el inicio de faenas sin formalización, salvo la excepción regulada en el numeral siguiente.
ii. EXCEPCIÓN POR CONTINUIDAD DEL SERVICIO: MITIGACIÓN EN EMERGENCIAS.
En casos calificados de Emergencia, y con el exclusivo objeto de ejecutar acciones mínimas de contención/mitigación para resguardar la seguridad de personas o la continuidad operacional, se permitirá iniciar dichas acciones de manera inmediata previa autorización por correo de la Contraparte Técnica/ITO. En todo caso, la OT y la formalización deberán regularizarse a la brevedad, y no podrán ejecutarse trabajos distintos a los expresamente autorizados.
Sin perjuicio de lo anterior, no se dará curso a pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe la contratación, cuando corresponda.
iii. ORDEN DE TRABAJO (OT) COMO INSTRUMENTO ÚNICO DE EJECUCIÓN.
Toda solicitud de prestación se gestionará mediante OT emitida por la Contraparte Técnica/Servicios Generales (o quien ésta designe), la que deberá contener, a lo menos: recinto, ubicación, descripción del requerimiento, clasificación (Emergencia/Urgencia/Normal), restricciones de acceso/horarios, antecedentes (fotografías, medidas u otros) y requerimientos de seguridad. La OT será el instrumento base para cotizar, ejecutar, controlar y recepcionar los trabajos.
iv. COTIZACIÓN, VALORIZACIÓN Y APROBACIÓN PREVIA.
El Contratista deberá presentar cotización desagregada por ítem, unidad y cantidad, indicando plazo de ejecución en días corridos y rendimientos, y deberá acompañar al menos dos (2) cotizaciones de materiales e insumos cuando corresponda. Para trabajos de duración superior a tres (3) días, deberá adjuntar carta Gantt simple y reportabilidad (bitácora). La ejecución quedará sujeta a la aprobación de la Contraparte Técnica/ITO.
En caso de Órdenes de Trabajo que cumplan con las condiciones para pagos por avance, la cotización deberá considerar la programación de hitos de pago, identificando partidas, porcentajes y plazos asociados, en concordancia con lo establecido en el numeral XVII.
v. INFORMES, AVANCE Y CONTROL.
El Contratista deberá informar a la Contraparte Técnica/ITO mediante reporte vía correo electrónico el inicio, los avances relevantes y el término de cada OT. En aquellos trabajos que superen los tres (3) días de ejecución, deberá remitir adicionalmente un informe diario breve (bitácora) por el mismo medio, consignando la dotación de personal, avances, interferencias y pendientes.
vi. RECEPCIÓN CONFORME, EVIDENCIAS Y CIERRE DE OT.
El cierre de cada OT requerirá Acta de Recepción provisoria (con o sin observaciones, según corresponda) y, como mínimo, registro fotográfico antes/durante/después, bitácora cuando aplique y certificados cuando corresponda (electricidad, gas, hermeticidad, puesta en marcha u otros). Sin estos antecedentes, la OT se considerará no recepcionada para efectos de conformidad y pago.
vii. NO CONFORMIDADES Y SUBSANACIÓN.
Si al momento de la recepción se detectan fallas, observaciones o trabajos incompletos, se dejará constancia de ello y se fijará un plazo de subsanación. La OT permanecerá en estado pendiente hasta su corrección y nueva verificación, sin perjuicio de la aplicación de multas y otras medidas contractuales si procede.
XIX. FACTURACIÓN
La(s) factura(s) deberá(n) ser emitidas conforme a las órdenes de compra interna y/o hito, conforme a los servicios efectivamente efectuados, en la cual se deberá identificar la siguiente información:
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RAZÓN SOCIAL
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954-200-1
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GLOSA
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• Nombre del servicio.
• Número de OC interna y Orden de trabajo
• Breve descripción del servicio
• Hito a pagar
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DOC. REFERENCIA (CAMPO 801)
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ID de la licitación
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FOLIO
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ID de la Orden de compra portal e interna
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Cada Orden de Compra interna deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda:
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CENTRO DE COSTO
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GIRO
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SALUD
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Actividades de centros de salud municipalizados (Servicios de salud pública)
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EDUCACIÓN
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- Enseñanza preescolar pública.
- Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y Técnico profesional pública.
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL
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Actividades de otras asociaciones N.C.P.
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Una vez emitidas, deben ser enviadas en un plazo de 24 horas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl, Daniela.navarro@corporacionlampa.cl y javiera.ayala@corporacionlampa.cl financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.
La corporación tendrá el plazo de 8 días corridos para reclamar del contenido de la factura según Artículo 3 número 2 de la Ley Nº 19.983.
El proveedor deberá facturar según Orden de Compra interna y proporcional a los servicios y/o productos, una vez recepcionados estos de manera conforme.
XX. PAGO
La facturación y pago se efectuarán, por regla general, contra recepción conforme del servicio efectivamente ejecutado, respaldado mediante Acta de Recepción provisoria sin observaciones emitida por la Contraparte Técnica/ITO y orden de compra interna, además de la documentación exigida en las Bases.
Por regla general, el pago se realizará mediante un estado de pago una vez recepcionada conforme la totalidad de los trabajos ejecutados en la respectiva Orden de Trabajo.
Sin perjuicio de lo anterior, para aquellas Órdenes de Trabajo (OT) cuyo monto sea igual o superior a los $20.000.000.- (veinte millones de pesos) y cuya ejecución supere los 45 días corridos, la CMDSL podrá autorizar pagos parciales por avance, asociados a hitos verificables, siempre que exista Orden de Compra interna emitida para la OT y se cumplan las condiciones del presente numeral.
Asimismo, para Órdenes de Trabajo (OT) de menor duración, los estados de pago por avance podrán no resultar viables, debido a los tiempos de tramitación interna de la Corporación, por lo que, en dichos casos, el pago se realizará contra recepción conforme final de la totalidad de los trabajos ejecutados.
CONDICIONES INDISPENSABLES PARA FACTURAR Y PAGAR POR HITOS
Para que proceda el pago, deberá existir, a lo menos:
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DOCUMENTO / RESPALDO
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PAGO TOTAL
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AVANCE (HITOS)
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1) Orden de Trabajo (OT) completa (emitida, con alcance, recinto, fechas, responsables)
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Obligatorio
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Obligatorio
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2) Cotización/Valorización aprobada (desagregada por ítem, unidad, cantidad, MO vs materiales; plazo)
|
Obligatorio
|
Obligatorio
|
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3) Orden de Compra Portal Mercado Público y orden de compra interna emitida y aceptada
|
Obligatorio
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Obligatorio (debe
cubrir el monto
del/los hito(s))
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4) Acta de Recepción provisoria sin observaciones firmada por Contraparte Técnica/ITO
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Obligatorio
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Obligatorio (para el último hito)
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5) Acta de Recepción Parcial por Hito firmada por Contraparte Técnica/ITO
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No aplica
|
Obligatorio (para cada hito intermedio)
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6) Informe/Estado de Pago del Encargado/ITO (certifica lo ejecutado y recepcionado)
|
Recomendado
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Obligatorio (por
cada hito, con % y
partidas)
|
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7) Registro fotográfico antes/durante/después
|
Obligatorio
|
Obligatorio (por
cada hito, según
alcance)
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8) Bitácora/Informe diario (si la OT dura > 3 días o lo exige la ITO)
|
Condicional
|
Condicional
|
|
9) Medición/Cubicación/Planilla de avance (partidas ejecutadas, cantidades, % avance, valorización)
|
Condicional (si
aplica por tipo de obra o discusión de cantidades)
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Obligatorio (base del pago por avance)
|
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10) Certificados y pruebas de especialidad (SEC, gas, hermeticidad, puesta en marcha, etc.)
|
Condicional
(según
corresponda;
normalmente
exigible al final)
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Condicional (en el
hito donde quede
operativa la
especialidad; y al
final si aplica)
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11) Respaldos de materiales (si proveedor suministra: facturas/guías/cotizaciones aprobadas; si CMDSL provee: acta de entrega/recepción de materiales)
|
Condicional
|
Condicional (según OT y lo pagado)
|
|
12) Constancia de limpieza y retiro de residuos/escombros (checklist/recepción)
|
Obligatorio
|
Obligatorio
(especialmente hito final; en parciales si corresponde)
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13) Factura conforme a OC interna (glosa + ID licitación + folio OC + OT/hito)
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Obligatorio
|
Obligatorio
(recomendado: una factura por hito)
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14) Certificación obligaciones laborales y previsionales (F30-1 u otra equivalente)
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Obligatorio
|
Obligatorio (en cada pago/hito, para control mensual)
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15) Multas: acto que las fija y comprobante de pago o descuento aplicado
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Condicional
|
Condicional aplica en cada estado de pago si corresponde)
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|
16) Antecedentes de cesión/factoring, si existiere (para pagar al cesionario válido)
|
Obligatorio
|
Obligatorio
|
Nota: Para efectos del presente cuadro, se entenderá por “Condicional” aquellos documentos o respaldos que solo serán exigibles cuando corresponda, según la naturaleza del trabajo, el rubro/especialidad, el monto y/o el plazo de ejecución de la Orden de Trabajo (OT), o cuando así lo instruya la Contraparte Técnica/ITO.
NO SE DARÁ CURSO AL PAGO EN TANTO NO SE CUMPLA CON LA ENTREGA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN ANTES INDICADA.
Para que pueda realizarse el pago, la orden de compra deberá estar debidamente emitida y estar aceptada por quien haya sido contratado. La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días posterior a la factura y estando los servicios y productos debidamente recepcionados sin observaciones, salvo que se presenten incongruencias en las facturas y/u otro documento.
En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato factoring, éste deberá notificar a la corporación dentro de las 48 horas siguientes a su celebración, para efectos del pago oportuno.
El pago se efectuará a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente.
XXI. ANTICIPO POR ORDEN DE COMPRA INTERNA
El proveedor podrá solicitar un anticipo no superior al 10% del valor total de la Orden de Compra (OC) Interna (IVA incluido), siempre y cuando el monto de dicha orden sea superior a 100 UTM. La concesión de este estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria al momento del requerimiento, lo cual deberá ser consultado formalmente por el proveedor de forma previa al inicio de los trabajos, debiendo la Corporación gestionar la autorización correspondiente.
Este anticipo deberá ser garantizado mediante uno o más instrumentos financieros extendidos a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, por un monto equivalente al 100% del anticipo solicitado (IVA incluido). La vigencia de dicha garantía deberá exceder en al menos noventa (90) días corridos al plazo de ejecución establecido en la Orden de Compra Interna respectiva.
La devolución de esta garantía se efectuará dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la Recepción Conforme de la OT (según Acta de Recepción sin observaciones). Para ello, se notificará al proveedor para que efectúe el retiro en dependencias de la Corporación. De no efectuarse el retiro dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la notificación, la Corporación quedará facultada para restituir el instrumento a la institución emisora.
Al momento de cursar el Estado de Pago de la Orden de Compra Interna vinculada al anticipo, se descontará el 100% del valor de dicho anticipo (IVA incluido), procediendo la Corporación a pagar únicamente la diferencia restante para completar el valor total de la OC interna respectiva.
Finalmente, la garantía emitida por anticipo deberá presentar el siguiente contenido:
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ANTECEDENTES
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DESCRIPCIÓN
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DIRIGIDA A
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Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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RUT
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70.954.200-1
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MONTO
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Monto igual al 100% del anticipo solicitado (IVA incluido). (Solo para OC Internas superiores a 100 UTM).
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VIGENCIA
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Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de ejecución de la obra establecido en la Orden de Compra Interna respectiva.
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GLOSA
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Para garantizar el anticipo de la Orden de Compra Interna N° [Indicar N° de OC] vinculada a la licitación: “CONVENIO DE SUMINISTRO DE SERVICIOS DE OBRAS MENORES 2026-2027" ID: 1271359-21-LR26”
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INSTRUMENTOS
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- Certificados de fianza
- Boletas de Garantías
- Vale vista
- Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
- Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista Sólo garantiza montos en UF
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XXII. DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO
La Corporación designará una Contraparte Técnica, también denominada Inspector(a) Técnico(a) de la contratación (ITO) y/o Administrador(a) del Contrato, quien será responsable de la supervisión, coordinación y control de la correcta ejecución del contrato y de cada Orden de Trabajo (OT) emitida durante su vigencia. La identidad, datos de contacto y eventuales subrogancias de la Contraparte Técnica/ITO serán informados al contratista por escrito (correo institucional u otro medio formal).
FACULTADES Y FUNCIONES DE LA CONTRAPARTE TÉCNICA/ITO
Sin perjuicio de otras atribuciones establecidas en las presentes Bases, en las Bases Técnicas y en el contrato, corresponderá a la Contraparte Técnica/ITO, a lo menos:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento íntegro del contrato, de las Bases y de cada OT, velando por la correcta ejecución técnica, plazos, calidad, seguridad y continuidad operacional.
b) Verificar que los trabajos se ejecuten conforme a la buena técnica, normativa aplicable y especificaciones/estándares definidos para cada OT.
c) Impartir instrucciones técnicas y administrativas al contratista para la adecuada ejecución de los trabajos, las que deberán constar por escrito (Bitácora, acta, minuta, correo institucional o documento equivalente).
d) Requerir al contratista antecedentes, informes, certificaciones, registros y/o evidencias (por ejemplo: registro fotográfico, bitácora, protocolos de prueba, certificados SEC u otros que procedan), según la naturaleza de los trabajos.
e) Controlar y registrar el avance físico y administrativo de cada OT, incluyendo modificaciones autorizadas, ampliaciones de plazo, no conformidades y medidas correctivas.
f) Gestionar la recepción conforme (parcial por hito y/o final), dejando constancia en Acta(s) de Recepción y verificando el cumplimiento de observaciones antes de otorgar conformidad.
g) Informar oportunamente al Departamento de Abastecimiento y a las áreas pertinentes los incumplimientos, atrasos o deficiencias, para la tramitación de multas, cobros, término anticipado u otras medidas contractuales que procedan.
h) Validar y tramitar los antecedentes necesarios para pagos y/o hitos, verificando que la documentación exigida por Bases se encuentre completa, correcta y vigente.
- Autorizar y coordinar el inicio de la OT cuando corresponda (entrega de área, accesos, horarios, medidas de seguridad, etc.), evitando interferencias con el funcionamiento del recinto.
- Suspender o paralizar total o parcialmente trabajos de una OT mediante instrucción escrita, cuando exista riesgo para personas/bienes, incumplimiento grave de medidas de seguridad, ejecución fuera de especificación o afectación significativa de la continuidad del servicio, sin que ello genere derecho a indemnización para el contratista.
BITÁCORA
Para OT cuya duración, complejidad o riesgo lo amerite, la Contraparte Técnica/ITO podrá exigir al contratista llevar un Bitácora (físico o digital), en el cual se registrarán, a lo menos: fecha, dotación en faena, actividades ejecutadas, avances, incidentes, instrucciones, observaciones, no conformidades, evidencias fotográficas y acuerdos. Este registro formará parte de los antecedentes de control y será insumo para recepciones, estados de pago y determinación de incumplimientos.
SUPERVISOR DEL CONTRATISTA E INTERLOCUCIÓN VÁLIDA
El contratista deberá designar un(a) Supervisor(a)/Jefe(a) de Faena como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica/ITO para toda coordinación, instrucciones, entregables y control cuando lo amerite. Cualquier cambio de Supervisor deberá informarse por escrito a la Corporación dentro de 24 horas, indicando datos de contacto y reemplazo.
RECEPCIÓN, CONFORMIDAD Y OBSERVACIONES
La Contraparte Técnica/ITO podrá efectuar actas de recepciones parciales (con o sin observaciones), hitos y finales, según lo establecido para cada OT. Si se detectan observaciones o no conformidades, estas se registrarán formalmente y se fijará un plazo de subsanación. Mientras no se subsanen, la OT o el hito respectivo se considerará no recepcionado conforme y no procederá el pago asociado, sin perjuicio de la aplicación de multas u otras medidas contractuales si corresponde. En OT de mayor entidad, la Corporación podrá disponer una comisión de recepción.
CARÁCTER VINCULANTE DE INSTRUCCIONES Y LÍMITES
Las instrucciones de la Contraparte Técnica/ITO serán obligatorias para el contratista, en cuanto se ajusten a las Bases y a la OT. Cualquier trabajo adicional, cambio de alcance, aumento de cantidades, modificación técnica o ampliación de plazo deberá ser previamente autorizado por la Corporación por el conducto regular y quedar respaldado mediante OT modificatoria, acta, instrucción formal o acto administrativo interno según proceda. El contratista no podrá exigir pago por trabajos ejecutados sin autorización formal.
CONTROL DE GASTOS, SALDOS Y COORDINACIÓN CON ABASTECIMIENTO, PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD
Será responsabilidad de la Contraparte Técnica/ITO/Administrador(a) del Contrato efectuar, en coordinación con las áreas pertinentes, el control del gasto y de los saldos disponibles del contrato y de cada OT, resguardando la correcta ejecución presupuestaria y contable. Para estos efectos deberá, a lo menos:
a) Monitorear el consumo del contrato por centro de costo, OT y Orden de Compra (Portal e interna), verificando montos comprometidos y saldos disponibles.
b) Coordinar con el Departamento de Abastecimiento la correcta emisión, trazabilidad y, en su caso, modificación de OCs/OTs, resguardando que no se ejecute ni facture fuera de la formalización aplicable.
c) Coordinar la validación de estados de pago/hito y la aplicación de descuentos, multas u otras compensaciones que procedan.
d) Informar oportunamente cualquier riesgo de sobregiro, insuficiencia presupuestaria, consumo acelerado de saldos o inconsistencias OT–OC–factura–recepción conforme, proponiendo medidas de control y regularización.
e) Mantener un registro actualizado (planilla o sistema) de control financiero del contrato, disponible para auditoría interna/externa, que consolide: OT emitidas, montos aprobados, facturas asociadas, pagos cursados, multas aplicadas y saldo vigente.
XXIII. PROHIBICIONES
Con la finalidad de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo, contaminación ambiental y enfermedades profesionales en las obras, faenas o servicios, es responsabilidad del empleador (contratista o subcontratista) prohibir a sus trabajadores lo siguiente:
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N°
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PROHIBICIÓN
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1.
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Asistir al trabajo bajo la influencia del alcohol y/o drogas
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2.
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En el trabajo, en todas las obras y/o faenas de la Corporación de Lampa consumir bebidas alcohólicas y / drogas
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3.
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Ingerir alimentos o bebidas en lugares no autorizados
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4.
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Fumar al interior de las instalaciones dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, declarados como zonas libres de humo
|
|
5.
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Ingresar a las áreas de trabajo sin sus elementos o equipos de protección personal correspondiente
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6.
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Realizar trabajos o actividades en faenas no autorizadas por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
|
|
7.
|
Reemplazar sin autorización de la Corporación a otro trabajador en actividades y trabajos para los cuales no ha sido capacitado y/o entrenado, y del cual no se tienen los documentos de carácter legal
|
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8.
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Operar, revisar o reparar equipos electromecánicos, eléctricos u otros, sin estar autorizado previamente por su jefe directo
|
|
9.
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Trabajar y/o intervenir instalaciones energizadas
|
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10.
|
Conducir vehículos o maquinarias al interior de las instalaciones, sin poseer licencia vigente, o sin la clase adecuada del vehículo o maquinaria
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|
11.
|
Hacer uso de equipos, maquinarias y/o herramientas, que presenten condiciones de riesgos para el usuario o terceros (que se encuentren en mal estado, le falte alguna protección o que no se encuentren debidamente señalizadas)
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12.
|
Operar o manejar equipos sin haber sido previamente instruido, calificado y autorizado por su empleador directo, expresamente para ello
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|
13.
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Abandonar equipos sin comprobar que se encuentre asegurada la detención del motor, incluyendo desconexiones, frenos, etc.
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|
14.
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Efectuar instalaciones eléctricas de carácter provisorio o reforzar la capacidad de fusibles de las instalaciones eléctricas
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15.
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Retirar o modificar dispositivos de seguridad de máquinas o equipos
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16.
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Subir al techo de las instalaciones o realizar trabajos en altura, sin la autorización escrita por parte de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa
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17.
|
Trabajar en altura sin considerar procedimientos seguros para hacerlo y sin contar con equipos auxiliares de seguridad tales como: cuerdas de vida, arnés de seguridad u otros elementos que eviten y/o amortigüen caídas probables y riesgos asociados
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18.
|
Ingresar a estanques, contenedores o depósitos, que contengan residuos de combustibles inflamables, productos tóxicos, o falta de aire respirable, sin los equipos adecuados
|
|
19.
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Indicar o ejecutar faenas en las que no se hayan tomado todas las medidas de seguridad para proteger la integridad de los trabajadores y/o sin la autorización del prevencionista de la Corporación a cargo de las instalaciones
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20.
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Resistirse a participar en los simulacros programados o no por la Corporación, como preparación para hacer frente a una emergencia
|
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21.
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Resistirse a evacuar el lugar de trabajo ante la instrucción de hacerlo frente a una emergencia detectada
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22.
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Negarse a colaborar en la investigación de un accidente o esconder información sobre condiciones peligrosas que puedan ocasionar un accidente
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23.
|
Suscribir directamente contratos entre contratistas y subcontratistas, sin previa autorización de la Corporación
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24.
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No informar a la Corporación sobre condiciones que impliquen riesgo para el medio ambiente, la seguridad y salud de los trabajadores o la ocurrencia de cualquier accidente de trabajo, ambiental o el diagnóstico de cualquier enfermedad profesional
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25.
|
Quedará prohibido fotografiar a las y los estudiantes cuando se realicen trabajos al interior de un establecimiento educacional
|
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26.
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Quedará prohibido usar los baños de las y los alumnos
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27.
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Intervenir redes de datos o sistemas CCTV sin autorización de la Contraparte Técnica/ITO.
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28.
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Realizar configuraciones de red o CCTV sin validación previa.
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29.
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Provocar interrupciones en la red o sistemas CCTV por acciones no coordinadas.
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30.
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Acceder o divulgar información o imágenes de sistemas CCTV sin autorización.
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XXIV. INCUMPLIMIENTOS
Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato.
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N°
|
DESCRIPCIÓN
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1.
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Falta de credencial de identificación del personal
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2.
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Emisión de facturas fuera del plazo y condiciones estipuladas en las presentes bases.
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3.
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Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función.
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4.
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Cualquier falta y/o incumplimiento de carácter menor cometida por el prestador y/o sus funcionarios, que no origina riesgos a las personas, ni daños a los bienes de la corporación o a su imagen y que no esté afecta a cobros pecuniarios.
|
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5.
|
Emitir más de una factura por mes, sin previamente anular la ya emitida.
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6.
|
Factorizar sin previa notificación a la Corporación.
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B. GRAVES
|
N°
|
INCUMPLIMIENTO
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MULTA
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1.
|
Extraviar o adulterar la bitácora de obra en los casos que el ITO lo determine o para obras superiores a 3 días
|
0.3% de la orden de compra por evento
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2.
|
No enviar en la fecha estipulada, el registro de profesional responsables de la ejecución de los trabajos al ITO en el caso de cambio de personal o por motivos de subcontratación
|
0.7% de la orden de compra por evento
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|
3.
|
No mantener el lugar de trabajo limpio o no respetar los puntos asignados asociados a escombros u otros materiales de desechos, Abandono o acopio de materiales, basura o escombros en la vía pública, sin autorización, o no retiro periódico de los mismos
|
0.2% de la orden de compra por evento
|
|
4.
|
No dar respuesta a los requerimientos de información solicitados por el ITO del contrato, por medio de las bitácoras, o vía mail donde quede constancia escrita en un plazo a definir por el ITO
|
1% de la orden de compra por evento
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|
5.
|
Residente de los trabajos no asiste al lugar de los trabajos o a las reuniones según lo establecido en las bitácoras por el ITO, o vía mail donde quede constancia escrita
|
0.5% de la orden de compra por evento
|
|
6.
|
No dar respuestas a las consultas realizadas en plazo definido, para la totalidad de los profesionales requeridos según lo establecido en las bitácoras de servicio por el ITO o vía mail donde quede constancia escrita
|
0.5% de la orden de compra por evento
|
|
7.
|
Deficiencia en los trabajos ejecutados o materiales empleados en incumplimiento de bases y/o especificaciones técnicas
|
1% de la orden de compra por evento
|
|
8.
|
No dar cumplimiento al plazo total de la ejecución de los trabajos
|
0.3% de la orden de compra por evento
|
|
9.
|
No dar cumplimiento a la programación de los trabajos
|
0.3% de la orden de compra de la orden de compra por evento
|
|
10.
|
No dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO con plazo de ejecución
|
0.3% de la orden de compra por evento
|
|
11.
|
No dar cumplimiento a las observaciones o requerimientos para la recepción de los trabajos requeridas por el ITO o la comisión receptora en los plazos definidos
|
0.5% de la orden de compra por evento
|
|
12.
|
Suspensión de los trabajos por causas imputables al contratista
|
1% de la orden de compra por evento
|
|
13.
|
No permitir el ingreso al lugar de trabajo a miembros de la Inspección Técnica o de las visitas de monitoreo
|
0.5% de la orden de compra por evento
|
|
14.
|
Personal drogado y/o bebido, comportamiento inadecuado hacia el público en general o hacia el personal municipal por parte de los trabajadores de la empresa o sus subcontratistas, encendido de fogatas y consumo de alimentos fuera del área definida para aquello
|
1% de la orden de compra por evento
|
|
15.
|
No instalar letrero de trabajos en el lugar indicado por el ITO
|
0.3% de la orden de compra por evento
|
|
16.
|
No subsanar observaciones de la recepción dentro de plazo
|
0.5% de la orden de compra por evento
|
|
17.
|
Falta de elementos de protección personal en trabajadores y/o uniforme y equipamiento acorde a las tareas que ejercen.
|
0.7% de la orden de compra por evento
|
|
18.
|
Incurrir en alguna de las faltas establecidas en el punto denominado Prohibiciones
|
1% de la orden de compra por evento
|
|
19.
|
Incumplimiento de plazo máximo para inicio de las obras, una vez enviada la Orden de Compra Interna vía correo electrónico
|
0.3% de la orden de compra por evento
|
|
20.
|
Multa por no cumplir con el rendimiento declarado en itemizado al momento de presentar la cotización.
|
0.1% de la orden de compra por evento
|
|
21.
|
Trabajo en altura sin arnés, falta de protecciones en excavaciones o personal sin EPP
|
1,5% de la OC por evento
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22.
|
Provocar cortes de agua, luz o gas en CESFAM o Colegios por negligencia o falta de planos de instalaciones existentes.
|
2% de la OC por evento
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23.
|
No acudir a la reparación de una falla técnica o vicio oculto dentro del plazo de garantía ofertado (12, 24 o 48 hrs) una vez notificado formalmente por el ITO vía mail.
|
1% de la OC por cada día de atraso
|
|
24.
|
Cometer la misma falta leve (ej. falta de credencial o facturación errónea) por tercera vez consecutiva.
|
0.5% de la OC por evento
|
|
25.
|
Detectar mediante ITO que los materiales instalados no corresponden a la marca o calidad especificada en el presupuesto.
|
2% de la OC + obligación de reemplazo
|
|
26.
|
No aceptación de la Orden de Compra (OC) en el Sistema de Información (Mercado Público) dentro de las 48 horas hábiles desde su envío.
|
0.5% de la orden de compra por cada día de atraso.
|
|
27.
|
No retiro de instalaciones provisorias, herramientas, escalas, andamios o señalética una vez informada la terminación de los trabajos al ITO.
|
0.2% de la orden de compra por cada día de permanencia no autorizada.
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|
28.
|
No acreditar el pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales de los trabajadores destinados a la obra (Certificado F30-1 o planillas) al momento del estado de pago.
|
1% de la orden de compra por evento y retención del pago.
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29.
|
Provocar daños a la infraestructura existente, mobiliario o equipos del recinto (vidrios, redes de datos, cañerías) por negligencia en la ejecución.
|
1% de la OC por evento (sin perjuicio de la reparación obligatoria a costo del contratista).
|
|
30.
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Ingreso de personal a los recintos sin registro previo en portería o sistema de control definido por el ITO (Control de acceso y seguridad).
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0.2% de la orden de compra por cada trabajador no registrado.
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31.
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Subcontratación no informada/no autorizada, o que exceda el límite del 40% del monto adjudicado establecido en las Bases.
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4 UTM por evento.
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32.
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Modificar la subcontratación (cambio de empresa o de alcance de los trabajos) sin notificación ni aprobación previa del ITO.
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2 UTM por evento.
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33.
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Ocultar subcontratos o negarse a entregar los antecedentes legales/previsionales de las empresas subcontratadas.
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6 UTM por evento.
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34.
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Presencia de trabajadores subcontratados no registrados en la nómina aprobada por la Corporación al inicio de la obra.
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1 UTM por cada trabajador detectado.
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35.
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Subcontratar con proveedores inhábiles en el Registro de Proveedores de Mercado Público o que tengan deudas previsionales vigentes.
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5 UTM por evento.
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36.
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Ingreso de subcontratistas no declarados en el Formulario N°11 de la oferta, o que no hayan sido autorizados posteriormente por escrito por la Corporación.
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5 UTM por cada empresa no informada.
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37.
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Configuración deficiente o incorrecta de sistemas de red o CCTV, que impida su correcto funcionamiento, conectividad o acceso remoto, o que no cumpla con las condiciones técnicas definidas en la OT.
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1% de la orden de compra por evento
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38.
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No entregar respaldo técnico de la intervención en redes de datos, informática o CCTV, cuando la OT lo exija, incluyendo esquema de conexión, puertos intervenidos, direccionamiento, respaldos de configuración, credenciales institucionales resguardadas según instrucción, resultados de pruebas, certificaciones o registro fotográfico.
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0,5% de la orden de compra por evento
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39.
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Ejecutar cambios en redes de datos, switches, routers, racks, patch panel, puntos de red, CCTV o equipamiento informático sin dejar respaldada la configuración anterior o sin plan de reversa, cuando ello sea exigible por la naturaleza de la intervención.
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1% de la orden de compra por evento
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40
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No restituir el funcionamiento de la red, conectividad, CCTV o sistema informático intervenido dentro del plazo instruido por la Contraparte Técnica/ITO.
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1% de la orden de compra por cada día de atraso
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41
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Instalar, conectar o utilizar equipos, accesorios, componentes, software, licencias o dispositivos distintos a los autorizados en la OT o en la cotización aprobada.
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1% de la orden de compra por evento, sin perjuicio de su retiro o reemplazo
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42
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Manipular credenciales, claves, usuarios, accesos remotos, almacenamiento, grabaciones o configuraciones sensibles sin autorización expresa de la Contraparte Técnica/ITO o sin observancia de las instrucciones institucionales de seguridad.
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4 UTM por evento, sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles o penales que procedan
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43
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Conectar dispositivos no autorizados a la red institucional o dejar habilitados accesos, puertos, cuentas o servicios no informados a la Corporación.
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2 UTM por evento
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44.
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No concurrir dentro del tiempo de respuesta comprometido para contingencias de informática, conectividad, CCTV o comunicaciones clasificadas como Emergencia o Urgencia.
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0,5% de la orden de compra por cada hora de atraso, con tope de 3% por evento
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Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 8 UTM son:
- Abandono de las labores contratadas.
- Negativa a trabajar sin falta justificada en los servicios convenidos en el contrato.
- Faltas que atenten con la información confidencial de los usuarios/as de la plataforma
- Entrega de productos con vencimiento cumplidos.
- Utilización de personal no calificado en servicios de mantención.
- Actos, omisiones o imprudencia que afecten a la seguridad de los pacientes, funcionarios, a sus trabajadores o al funcionamiento de los centros.
- Conductas indebidas y graves del contratista y sus trabajadores, tales como falta de probidad, acoso sexual, maltrato físico contra algún funcionario u otro trabajador, injurias contra la corporación, conducta inmoral que afecte a la corporación.
- Incumplimiento de la totalidad de lo requerido en la orden de compra
- Rechazo total de los productos por no ajustarse a las especificaciones técnicas.
- Incurrir en falsedad en el cobro de los productos.
- Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.
XXV. PERSONAL DEL PROVEEDOR
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la CORPORACIÓN de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
XXVI. DE LOS SERVICIOS
El proveedor deberá prestar el servicio con su propio personal, materiales, y todo instrumento que permita dar continuidad operativa y cumplir con las obligaciones contraídas.
Además, el proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases
XXVII. SUBCONTRATACIÓN
Todo subcontrato deberá ser informado y aprobado previamente por la Corporación. Ningún subcontratista podrá iniciar actividades, ingresar a recintos, ejecutar faenas, suministrar cuadrillas o prestar servicios asociados a Órdenes de Trabajo (OT) sin autorización previa y escrita de la Unidad Técnica/Contraparte Técnica/Administrador(a) del Contrato.
REGLAS GENERALES
La subcontratación será siempre parcial, permitida únicamente respecto de partidas o actividades específicas propias de obras menores (por ejemplo: electricidad, gas, soldadura, techumbre, pintura, cerámicos, obras sanitarias, demoliciones, retiro de escombros u otras de similar naturaleza), sin que ello libere al proveedor adjudicado de su responsabilidad integral por la ejecución de cada OT y del contrato.
La subcontratación no podrá exceder el 40% del monto total adjudicado (o del monto máximo del convenio, según corresponda), debiendo mantenerse dentro de los límites declarados y aprobados por la Corporación.
No será admisible subcontratar con proveedores que:
a) se encuentren inhábiles en el Registro de Proveedores; y/o
b) estén afectos a incompatibilidades o inhabilidades para contratar con la Entidad conforme a la normativa vigente; y/o
c) no se encuentren inscritos y hábiles en el Portal Mercado Público.
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN: ANTECEDENTES MÍNIMOS
Para solicitar autorización de subcontratación, el proveedor deberá presentar por escrito, a lo menos, los siguientes antecedentes:
a) Identificación completa del subcontratista (razón social, RUT, domicilio, representante legal y datos de contacto).
b) Identificación de la(s) OT asociada(s) y descripción precisa de las prestaciones/partidas a subcontratar, indicando alcances, responsabilidades, plazos y lugar de ejecución.
c) Acreditación de competencias técnicas del subcontratista para la partida a ejecutar (certificaciones, habilitaciones, licencias o permisos que correspondan, según la especialidad).
d) Antecedentes laborales y previsionales del personal involucrado, cuando la Corporación lo requiera, para resguardar el cumplimiento de obligaciones legales (por ejemplo, certificados o formularios que acrediten cumplimiento, según proceda).
e) Compromiso de cumplimiento de normas de seguridad y prevención de riesgos, resguardo del recinto, señalización, control de accesos, orden y aseo, y retiro/gestión de residuos y escombros, conforme a las Bases, BT y normativa aplicable.
f) Declaración o formulario de subcontratación exigido en las Bases (si aplica), debidamente firmado, o su actualización cuando se incorporen nuevos subcontratistas durante la ejecución.
FACULTAD DE RECHAZAR O REVOCAR
La Corporación podrá rechazar o revocar la autorización de subcontratación cuando ello afecte la calidad, continuidad, seguridad de la faena, coordinación con el recinto, o el cumplimiento de obligaciones contractuales, técnicas, laborales y previsionales. En caso de cambio de subcontratista, el proveedor deberá solicitar nueva autorización y acreditar previamente que el tercero propuesto cumple con todos los requisitos exigidos en las Bases.
RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR PRINCIPAL
La subcontratación no libera al proveedor adjudicado de ninguna de sus obligaciones. El proveedor será responsable directo por los actos, omisiones, incumplimientos, daños, multas y obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores y del personal del subcontratista que participe en la ejecución del contrato y/o de las OT, manteniéndose la responsabilidad integral frente a la Corporación.
Lo anterior incluye expresamente cualquier intervención en redes de datos o sistemas de seguridad, así como eventuales fallas, interrupciones o afectaciones derivadas de dichas labores.
SUBCONTRATACIÓN NO AUTORIZADA (INCUMPLIMIENTO)
La subcontratación sin autorización previa y escrita, o el inicio de actividades del subcontratista sin dicha autorización, constituirá incumplimiento contractual grave. En tal caso, la Corporación podrá:
a) ordenar el cese inmediato de la participación del subcontratista no autorizado;
b) aplicar las multas y/o sanciones previstas en las Bases y el contrato;
c) hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, cuando proceda; y
d) evaluar el término anticipado del contrato y/o de la OT por causa imputable al proveedor, según la gravedad y efectos del incumplimiento.
EFECTOS EN SEGUROS Y GARANTÍAS
Cuando el contrato exija póliza o garantía de responsabilidad civil u otras coberturas, el proveedor deberá asegurar que la ejecución por subcontratistas no excluya ni limite la cobertura, manteniendo íntegra su responsabilidad frente a la Corporación.