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Resolución de Empates |
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En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 2;
2° Criterio 3;
3° Criterio 1;
4º Criterio 4.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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mediante correo electrónico dirigido a marysol.azocar@mop.gov.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes de la oferta administrativa, técnica y/o económica, facultará a la DGA a excluir de la licitación al oferente, declarándose, por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases Administrativas.
No obstante lo anterior, la DGA podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar, a través del Sistema de Información, a cualquier oferente, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la DGA. Se deja presente que las solicitudes de aclaración o subsanación son una prerrogativa que en ningún caso es obligatoria para los evaluadores, y sólo podrá subsanarse o aclararse por los proponentes lo solicitado, esto en atención a los principios que deben resguardar quienes evalúan. En este caso, se aplicarán las reglas de evaluación, conforme a lo dispuesto en el numeral XII de la Apertura y Evaluación de las Ofertas. Dicha solicitud se informará al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.chileproveedores.cl.
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BASES TÉCNICAS |
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1.- INTRODUCCIÓN
La Dirección General de Aguas (DGA), de acuerdo a las disposiciones establecidas en el art. 129, bis 3, del Código de Aguas, es el organismo del Estado encargado de establecer y operar la red de estaciones de control de calidad, cantidad y niveles de las aguas tanto superficiales como subterráneas. Por lo tanto, es el organismo encargado de operar y mantener el Servicio Hidrométrico Nacional.
Este servicio cuenta con una red de control de calidad de lagos, la cual se compone de 51 lagos, desde la región Metropolitana hasta la región de Aysén. Esta red tiene como objetivo monitorear el estado trófico de estos sistemas a través del análisis de nutrientes desde el punto de vista preventivo.
Además, están vigentes la Norma Secundaria de Calidad Ambiental del lago Llanquihue DS MINSEGPRES N° 122/2009 y la Norma Secundaria de Calidad Ambiental del lago Villarrica DS N° 19/2013, las cuales establecen entre sus parámetros de control el nitrógeno total y nitrógeno amoniacal, siendo responsabilidad de la DGA el monitoreo de esta norma.
Actualmente, el Laboratorio Ambiental de la DGA no puede realizar el análisis de ciertos parámetros, debido al aumento en el número de muestras y la dificultad de implementar nuevas técnicas de análisis, es por esta razón que se debe externalizar el análisis de nitrógeno total y nitrógeno amoniacal.
2.- OBJETIVO
Disponer de información del parámetro nitrógeno total y nitrógeno amoniacal, en cumplimiento con las especificaciones señaladas en las bases administrativas y técnicas.
3.- DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La DGA anualmente efectúa un monitoreo de calidad de aguas con el fin de obtener información sobre la calidad del agua existente en lagos y ríos a lo largo del país.
a) Aspectos Generales
La presente licitación busca adquirir informes de análisis de nitrógeno total, de un total aproximado de 400 (cuatrocientas) muestras de aguas que corresponden al monitoreo de la campaña de lagos que realiza la DGA. Estas muestras serán enviadas gradualmente con la siguiente información: punto de monitoreo, fecha y hora de la toma de muestra y tipo de preservación.
b) Especificaciones técnicas.
La metodología requerida para el análisis de nitrógeno total pueden ser las siguientes:
1. NITRÓGENO TOTAL
A. Nitrógeno Total = Nitrógeno Kjeldahl + Nitrato + Nitrito.
Metodologías requeridas por analito son:
a. Nitrato.
La metodología requerida para el análisis de Nitrato pueden ser las siguientes:
• Cadmium reduction Method; Estándar Method –NO3 E
• Automated Cadmium Reduction Method; Standar Method 4500-NO3 F
• Cadmium reduction flow Injection Method; Standard Methods 4500-NO3 I
• 4110 Determination of Anions by Ion Chromatography.
b. NKT.
La metodología requerida para el análisis de NKT puede ser la siguiente:
• SM 450 Norg B-C NH3 F
c. Nitrito.
La metodología requerida para el análisis pueden ser las siguientes:
• HAch Method 8507, USEPA Approved.
• Colorimetric Method; Standard Method 4500-NO2 B
• 4110 Determination of Anions By Ion Chromatography.
Los límites de detección a cumplir son menor o igual a:
LD: NO3= 0,003 mg/L.
LD: NKT= 0,001 mg/L
LD: NO2= 0,001 mg/L.
B. Nitrógeno Total = Método directo Standar Methods for examination of water and wate water 23th edition 4500N-C
El límite de detección a cumplir debe ser menor o igual a 0.035 mg/l. Las ofertas que no cumplan con este requisito quedarán automáticamente descartadas.
2. NITRÓGENO DE AMONIO.
Metodologías requeridas para nitrógeno de amonio son:
• Método Nessler. Hach Method 8038 USEPA
• Phenate Method; Estándar Method 4500-NH3 F.
• Automated Phenate Methods; 4500-NH3 G
Flow Injection Analysis; Estándar Method 4500-NH3 H
El límite de detección a cumplir es:
• LD: 0,02mg/l expresado como N-NH4
Envío de las muestras tomadas por DGA:
• A la fecha existe una minuta técnica, la N°41/2020 (Anexo A), en la cual está definida la programación de las campañas de lagos de todo el año 2020. Anexo A será subido al portal www.mercadopublico.cl en archivo separado
• Según la programación establecida, se enviará un set de muestras al proveedor, el cual deberá entregar un certificado de análisis de dichas muestras a través de correo electrónico en un plazo máximo de 15 días hábiles desde el día de recepción de éstas por parte del proveedor.
• Además, se deberá entregar un archivo con el consolidado de las muestras de cada etapa afecta a pago en una planilla Excel.
• El pago será por la cantidad total de las muestras efectivamente analizadas.
El objetivo de obtener la concentración de nitrógeno total es determinar la condición trófica de los cuerpos de agua, para este caso es fundamental que el límite de detección sea menor a 0.035 mg/lt.
Condición trófica Fósforo total (ug/l) Nitrógeno total (ug/l) Clorofila “a” (ug/l) Color
Oligotrofía 100 > 1.200 > 25
Criterios y valores de clasificación de la condición trófica para lagos y embalses (Smith et al. 1999)
c) Requerimientos adicionales
El oferente deberá proveer las botellas de análisis, icepack y cajas de transporte, las cuales deberán ser entregadas al Laboratorio Ambiental de la DGA en forma previa al monitoreo. En el caso de ser enviadas muestras en cajas de transportes de propiedad de la DGA, éstos deben ser devueltos al laboratorio ambiental.
Todos los resultados obtenidos por el laboratorio externo ,en cada una de las etapas, deben ser enviados en una planilla Excel por medio magnético al Inspector Fiscal del Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos para ser revisados, validados y posteriormente publicados en el Banco Nacional de Datos, base de datos oficial de la DGA.
Anexo B: Planilla de informe de resultados que será subido al portal www.mercadopublico.cl en archivo separado.
Es importante mencionar que el número de decimales a utilizar en el resultado de los datos analíticos debe tener estricta relación con el límite de detección informado por el laboratorio adjudicado. Además, los resultados analíticos deben ser expresados en una única unidad de medición en el tiempo, expresándola claramente en la planilla del anexo B.
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PLAZO DE ENTREGA |
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El oferente tendrá hasta el 27 de noviembre del 2020 y 14 de Mayo de 2021, para entregar al Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos de la DGA cada una de las etapas consolidadas en la planilla excel solicitada, adjuntando copia de los correspondientes certificados de análisis. Estas entregas se deberán realizar en la Oficina de Partes de la DGA, ubicada en Morandé 59, piso 8.
No obstante, el plazo para entregar los certificados de análisis (resultado de análisis por campaña de monitoreo) de las muestras efectivamente analizadas correspondiente a la red de lagos monitoreados por la DGA, será como máximo de 15 días hábiles a contar de la fecha de recepción de las muestras en el laboratorio externo. Esta entrega será a través de correo electrónico dirigido a la inspección fiscal.
El siguiente cuadro indica los productos que deberá entregar el Contratista relacionados con cada Etapa:
ETAPA Servicios o Productos Asociados a cada Etapa Plazo de entrega Pago Total asociado a la Etapa *
ETAPA I Resultados de los análisis del total de muestras ingresadas al laboratorio hasta el 30 de octubre de 2020, más copia digital de los informes de ensayo. 27 de noviembre 2020 Proporcional al número de muestras analizadas
ETAPA II Resultados de los análisis del total de muestras ingresadas al laboratorio hasta el 22 de Abril de 2021, más copia digital de los informes de ensayo. 14 de Mayo de 2021
Proporcional al número de muestras analizadas
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