9.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
9.1.1. INTRODUCCIÓN
PROCHILE, es un servicio público centralizado sometido a la dependencia del Presidente de la República, a través de la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, creada por Ley N° 21.080, y tiene como función - entre otras - promover, facilitar y colaborar con el desarrollo de las exportaciones, incluido el posicionamiento de la imagen de Chile en el exterior, ejecutar actividades de promoción y difusión tanto en Chile como en el extranjero, entre las cuales está la organización de la participación de Chile en ferias y eventos comerciales internacionales, colaborar en la promoción y difusión en el exterior del turismo y en la atracción de la inversión extranjera hacia Chile.
En el ejercicio de estas funciones, PROCHILE requiere adquirir frecuentemente pasajes aéreos nacionales e internacionales y pasajes de tren en el exterior, tanto para sus funcionarios como para personas que realizan actividades insertas en los distintos proyectos que esta Dirección ejecuta o administra.
9.1.2. OBJETO DE LA LICITACIÓN
Por lo anteriormente expuesto, PROCHILE requiere contratar a una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, en adelante “LA AGENCIA”, que preste el servicio de gestión de viajes para la compra de pasajes aéreos nacionales e internacionales y compra de pasajes de tren en el exterior, bajo la modalidad de suministro.
De manera referencial, se presenta a continuación un resumen de los pasajes aéreos adquiridos por PROCHILE durante los años 2021 y 2022, por destino y tipo de pasajes, por cantidad de pasajes y en pesos chilenos.
Cantidad de pasajes 2021:
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TIPO DE PASAJE
AÑO 2021 PESOS
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DESTINO
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CANTIDAD TKT EMITIDOS
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BUSINESS CLASS
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PREMIUM ECONOMY
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ECONOMY
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TOTAL GENERAL
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DOMÉSTICO
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10
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0
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357.233
|
889.499
|
1.246.732
|
|
TOTAL GENERAL
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|
0
|
357.233
|
889.499
|
1.246.732
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Cantidad de pasajes 2021 pagados en dólares:
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TIPO DE PASAJE
AÑO 2021 DÓLAR
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|
|
DESTINO
|
CANTIDAD TKT EMITIDOS
|
BUSINESS CLASS
|
PREMIUM ECONOMY
|
ECONOMY
|
TOTAL GENERAL
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INTERNACIONAL
|
52
|
0
|
0
|
$ 55.229,90
|
$ 55.229,90
|
|
TOTAL GENERAL
|
52
|
0
|
0
|
$ 55.229,90
|
$ 55.229,90
|
Cantidad de pasajes 2022 pesos:
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|
TIPO DE PASAJE
AÑO 2022 PESOS
|
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|
DESTINO
|
CANTIDAD TKT EMITIDOS
|
BUSINESS CLASS
|
PREMIUM ECONOMY
|
ECONOMY
|
TOTAL GENERAL
|
|
DOMÉSTICO
|
209
|
0
|
0
|
$ 64.746.485
|
$ 64.746.485
|
|
INTERNACIONAL
|
378
|
0
|
0
|
$ 531.577.105
|
$ 531.577.105
|
|
TOTAL GENERAL
|
587
|
0
|
0
|
$ 596.323.590
|
$ 596.323.590
|
Cantidad de pasajes 2022 pagados en dólares:
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TIPO DE PASAJE
AÑO 2022 DÓLAR
|
|
|
DESTINO
|
CANTIDAD TKT EMITIDOS
|
BUSINESS CLASS
|
PREMIUM ECONOMY
|
ECONOMY
|
TOTAL GENERAL
|
|
DOMÉSTICO
|
3
|
0
|
0
|
$ 938,62
|
$ 938,62
|
|
INTERNACIONAL
|
318
|
0
|
0
|
$ 7.867.297,62
|
$ 7.867.297,62
|
|
TOTAL GENERAL
|
321
|
0
|
0
|
$ 7.868.236,24
|
$ 7.868.236,24
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9.1.3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO REQUERIDO
La prestación del servicio de gestión de viajes para la compra de pasajes aéreos nacionales e internacionales y compra de pasajes de tren en el exterior será coordinado en PROCHILE por el Subdepartamento de Viajes Institucionales, de la Dirección Administrativa, en adelante “Viajes-PROCHILE”. El servicio deberá cumplir -como mínimo- con cada uno de los requerimientos que a continuación se señalan, los cuales deberán indicarse detalladamente en el Anexo N° 3 de las presentes Bases. De lo contrario, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
- Atención Personalizada:
a. Dos Ejecutivo(a)s exclusivos: Disponibles de manera permanente, de lunes a viernes, durante horario hábil, exceptuando días festivos. En caso de ausencia deberán ser reemplazados por una persona de similar expertise e idoneidad técnica o profesional.
b. Un ejecutivo(a) adicional a solicitud de ProChile: para requerimientos que impliquen alta demanda, la que será informada por Viajes-PROCHILE.
c. Un Supervisor(a): Estará a cargo de monitorear el trabajo de los ejecutivos asignados a la cuenta de PROCHILE, dando una atención preferencial a los requerimientos específicos de Viajes-PROCHILE y apoyo técnico cuando se requiera, gestionando las tareas de los ejecutivos e informes, la atención preferencial en urgencias y con líneas aéreas, entre otras.
d. Un Program Manager: Estará a cargo del envío de los Informes indicados en el numeral 9.1.10 de las presentes Bases, de monitorear el funcionamiento general de la cuenta de PROCHILE, de las contingencias, de la administración y gestión de los convenios con las aerolíneas, y sostener reuniones de trabajo con la contraparte técnica de PROCHILE, cuando le sea requerido.
Cualquier cambio definitivo del personal del Adjudicatario citado anteriormente, derivado del término de su contrato, cambio de funciones u otra circunstancia similar, deberá ser comunicado con cinco días hábiles de antelación a PROCHILE. La designación del reemplazante deberá ser aprobada por la jefatura de Viajes-PROCHILE antes de que se materialice el cambio. Asimismo, la persona propuesta por el proveedor para el reemplazo deberá mantener, como mínimo, similar idoneidad y experiencia para el cargo que la del personal a reemplazar. Los cambios temporales de personal deberán ser comunicados a PROCHILE dentro de las 24 horas de su ocurrencia.
-Cotización y reserva: LA AGENCIA debe entregar a Viajes-PROCHILE, por cada solicitud, si la ruta lo permite, tres (3) cotizaciones, con a lo menos 2 líneas aéreas, más convenientes en términos de costo y calidad. Con el objeto de evaluar la calidad de los vuelos que se cotizan, se tomará en cuenta el horario de los vuelos y la duración del mismo, de preferencia con ausencia de escalas o la menor duración de éstas. LA AGENCIA deberá reservar la opción seleccionada por PROCHILE.
-Restricciones de cada alternativa: Junto con la cotización, LA AGENCIA debe informar a Viajes-PROCHILE acerca de todas las condiciones que aplican para cada ruta, entre éstas:
a). Vacunas requeridas o recomendadas.
b). Visas que se deben tramitar.
c). Horas de escalas y tiempos de vuelo a la ida y al regreso.
d). Restricciones de cada pasaje: tales como, si permite cambios, devolución, multas, cantidad de kilos permitidos en equipaje o similares, si permite asignar asiento al momento de generar reserva o a la emisión, o al realizar check-in, o al realizar check-in presencial (códigos compartidos Codeshare).
e). Requerimientos de cuarentena y restricciones de cada destino de acuerdo a la contingencia sanitaria COVID-19 u otras de tipo sanitario que se decreten por la respectiva autoridad competente, en el caso que aplique.
-Gestión de Reservas Aéreas a pedido de PROCHILE, de acuerdo con lo que se indica a continuación:
a). Se podrá retomar más de una segunda reserva, si esto no tiene costos adicionales por parte de la línea aérea.
b). Dar alerta oportuna a PROCHILE, en caso de que existan cobros asociados al hecho de retomar una reserva. De existir cobros, éstos deberán ser cubiertos por LA AGENCIA adjudicataria ya que es la encargada de manejar en Sistema G.D.S. (Sabre Nativo o Amadeus), salvo que dichos cobros estén expresamente autorizados por la contraparte técnica de PROCHILE.
-Dar alerta oportuna antes del vencimiento de cada “pasaje no volado” dentro de los plazos que contemplen las distintas líneas aéreas, y que deberán constar en los informes mensuales que se entreguen a PROCHILE, de acuerdo a lo establecido en el 9.1.10 de estas Bases.
-Administrar y aplicar los Convenios suscritos por PROCHILE con aerolíneas, según lo descrito en el numeral 9.1.4.
-Informar en las cotizaciones que presenten a Viajes-PROCHILE, los descuentos correspondientes a los convenios que mantenga PROCHILE con las líneas aéreas.
-Poner a disposición de PROCHILE una terminal G.D.S. (al menos 3 licencias y hasta 5, sin costo adicional), que permita a los funcionarios de Viajes-PROCHILE:
a). Disponibilizar capacitaciones de actualización semestrales o anual, para el uso de G.D.S (Sabre Nativo o Amadeus) y/u otro sistema de gestión de reservas con que trabaje LA AGENCIA adjudicataria.
b). Revisar alternativas de vuelos.
c). Verificar el costo del pasaje enviado en la cotización (tarifas), por parte de LA AGENCIA adjudicataria.
-El oferente podrá proponer un “Sistema de Aprobación de Emisión de Pasajes on-line” (deseable), el que debiera incluir:
1)Autorización: Debe describir la modalidad de Visto Bueno que será necesario por parte de Viajes-PROCHILE para la emisión de pasajes.
2)Proyectos o Centro de Costo: El sistema debe permitir incorporar esta información para que a cada centro de costo le sean imputados los gastos de emisión del pasaje.
3)CDP (Certificado de Disponibilidad Presupuestaria): El sistema debe permitir incorporar el número de CDP que certifica la disponibilidad de fondos a cada pasaje emitido.
4)Responsable de la aprobación: El sistema deberá permitir incorporar el nombre del ejecutivo de Viajes-PROCHILE que ha solicitado la emisión del pasaje.
5)Formulario, Solicitud o N° de documento: El sistema deberá permitir incorporar el número del formulario de solicitud de viaje o el número de documento en el cual se solicita la emisión del pasaje.
6)Una plataforma on-line, extranet u otra herramienta, que permita visualizar la información requerida acerca de los Informes de gestión de pasajes, de acuerdo a la especificación de los campos detallados en el numeral 1 del presente literal.
-Contar con un “Sistema de Comunicaciones Online”, el que debe ser acordado con la contraparte, que permita a PROCHILE contactar a los ejecutivos asignados exclusivamente para el Servicio, de manera directa, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 9.1.3. , específicamente en la sección “Atención Personalizada” de las presentes Bases.
-Horarios de la prestación de los servicios: LA AGENCIA adjudicataria deberá garantizar la prestación de los servicios estipulados en las presentes Bases, las 24 horas del día durante todos los días del año. Para efectos de las presentes Bases, se entenderá como horario hábil el que transcurre de forma continua, de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 8:00 y las 19:00 horas. Durante el horario señalado como hábil, la atención deberá ser directa, mediante el supervisor y las/los ejecutivas/os de ventas a que se refiere el numeral 9.1.3 específicamente en la sección “Atención Personalizada”.
-Ofrecer un Servicio de Emergencia las 24 horas del día, durante los 7 días de la semana (tipo 24/7), e indicar procedimiento y vía de comunicación respectivo, incluyendo los tiempos de respuesta, conforme a los tipos de itinerarios descritos en las presentes bases.
-Disponer del Servicio de Asistencia en el Aeropuerto Internacional Comodoro Arturo Merino Benítez de Santiago, con funcionamiento permanente, tipo 24/7, esto es, las 24 horas del día, durante los 7 días de la semana, en oficina propia o en convenio con otra Agencia. Este servicio se requiere para la asistencia de pasajeros en tránsito. Sin perjuicio de lo anterior, en casos de contingencia como pandemia, este requerimiento no será exigible en caso de alteraciones en el funcionamiento del Aeropuerto por razones sanitarias.
-Tiempos de Respuesta:
1) LA AGENCIA Adjudicataria deberá acusar recibo de la respectiva petición al encargado de Viajes - PROCHILE, dentro de una hora corrida, contada desde el envío de la solicitud de itinerario.
2) Respuestas a solicitud de cotizaciones: LA AGENCIA deberá responder a los requerimientos de cotizaciones por parte de PROCHILE, dentro del tiempo ofertado, pero en ningún caso éste podrá exceder de:
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Tipo de cotización
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Plazo máximo
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Itinerario nacional o internacional simple
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3 horas corridas
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Itinerario internacional complejo de un pasajero o grupo
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5 horas corridas
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Solicitudes urgentes para itinerario nacional o internacional simple o complejo
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2 horas corridas
|
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Solicitudes urgentes para emisiones o reemisiones
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2 horas corridas.
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3) La emisión de los pasajes será mediante sistema de ticket electrónico, dentro del plazo máximo de 2 horas desde la autorización de la emisión del boleto por parte de PROCHILE.
4) Es importante mencionar que las emisiones de e-tkt en moneda USD (dólar americano) deben estar consideradas con el tipo de cambio I.A.T.A. y no con el tipo de cambio del US dólar observado por el Banco Central chileno.
9.1.4. DE LOS CONVENIOS SUSCRITOS ENTRE PROCHILE Y LAS LÍNEAS AÉREAS
PROCHILE se reserva el derecho de celebrar directamente convenios con líneas aéreas para la aplicación de descuentos y el otorgamiento de otros beneficios adicionales para la Institución. En caso de existir convenios entre PROCHILE con alguna línea aérea, la Adjudicataria deberá aplicar dichos convenios de las siguientes formas:
-Al cotizar deberá informar el descuento correspondiente, indicándose en aquellos pasajes que se emitan con los descuentos, el “Tour Code” correspondiente a cada convenio.
-Los beneficios otorgados a PROCHILE por las líneas aéreas operarán independientemente de los porcentajes de rebajas a aplicar sobre las tarifas ofrecidas por la Adjudicataria, en el marco de esta licitación.
-LA AGENCIA será informada, mediante carta, de cada convenio suscrito por ProChile.
Asimismo, durante la vigencia del contrato, LA AGENCIA podrá agregar nuevos descuentos de líneas aéreas a las propuestas al ofertar.
9.1.5. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUDES DE PASAJES Y OTROS
Todas las solicitudes de itinerarios, de emisión de pasajes y otros servicios, serán efectuadas a LA AGENCIA por los funcionarios de Viajes-PROCHILE y otros, previamente autorizados e informados. Para tales efectos, PROCHILE enviará una nómina por escrito a la Adjudicataria, con indicación de nombre y cédula de identidad de los funcionarios designados para la gestión de pasajes. Del mismo modo, PROCHILE informará a LA AGENCIA, de cualquier cambio que se produzca en dicha nómina.
PROCHILE no será responsable por los requerimientos que se tramiten por personas no autorizadas, de acuerdo al procedimiento indicado anteriormente y, por consiguiente, no pagará los costos asociados a dichos requerimientos.
Las solicitudes de itinerarios serán realizadas por funcionarios de Viajes-PROCHILE u otro, mediante un correo electrónico u otro sistema equivalente a proponer. LA AGENCIA deberá responder, mediante el envío de tres (3) alternativas de itinerario para cada ruta, cuando las hubiere, indicando la más económica en ese momento y reservando la opción seleccionada por PROCHILE.
LA AGENCIA deberá acusar recibo de la respectiva petición al encargado de Viajes-PROCHILE, dentro de una hora corrida, contada desde el envío de la solicitud de itinerario. En caso que LA AGENCIA no acuse recibo de las respectivas peticiones de servicios, se entenderá que ha recibido la solicitud, comenzando a correr los plazos para la prestación del servicio correspondiente, de acuerdo a lo contemplado en la oferta contenida en su propuesta para “Tiempos de Respuesta”. En el caso que LA AGENCIA disponga de un sistema de respuesta automática para correos electrónicos, el tiempo máximo para acusar recibo se computará a partir de la recepción de dicha respuesta automática.
9.1.6. PROCEDIMIENTOS REGULARES
Para efectos de los “tiempos de respuesta” para la entrega de cotizaciones solicitadas, debe considerarse el tipo de itinerario solicitado por PROCHILE en horario hábil por parte de LA AGENCIA adjudicataria, dependiendo del tipo de solicitud que haga PROCHILE:
-Itinerario nacional o internacional simple: Se consideran solicitudes de este tipo aquéllas que contemplen itinerarios que no implican la emisión de más de un pasaje, independiente de si el pasajero hace una o más escalas utilizando la misma línea aérea u otra que se incluya dentro de un convenio de aerolíneas del que la primera forma parte.
-Itinerario internacional complejo: Se consideran solicitudes de este tipo, aquéllas que contemplen itinerarios en que el pasajero deberá utilizar más de un pasaje, al momento de hacer una o varias conexiones para llegar a su destino final.
Asimismo, para efectos del “tiempo de respuesta” se considerarán solicitudes de este tipo, aquéllas en que la cotización sea para un grupo de 10 o más personas.
-Solicitudes urgentes: Estas solicitudes serán calificadas como tales por la jefatura correspondiente y se coordinarán por el equipo de Viajes-PROCHILE, pudiendo ser de dos tipos:
- Para itinerario nacional o internacional simple o complejo.
- Para emisiones o reemisiones urgentes.
-LA AGENCIA deberá dar prioridad a los viajes según las fechas del vuelo, lo que será indicado por Viajes-PROCHILE u otro funcionario previamente autorizado e informado a LA AGENCIA, o de acuerdo a las urgencias, calificadas como tales, por la jefatura correspondiente.
9.1.7. PROCEDIMIENTOS EXCEPCIONALES - URGENCIAS EN HORARIO INHÁBIL
Estos procedimientos corresponderán a solicitudes urgentes que se realicen en días feriados, durante el fin de semana o de lunes a viernes, antes de las 08:00 horas o después de las 19:00 horas, De acuerdo a las siguientes dos situaciones:
-Para las solicitudes de este tipo, el Oferente deberá indicar el procedimiento y vía de comunicación que tendrá disponible para ellas, considerando lo expresado en el Numeral 9.1.3, específicamente en la sección ”Contar con un Sistema de Comunicaciones Online” y en los tiempos de respuesta.
-El oferente podrá incluir en su oferta un Ejecutivo Adicional con experiencia en el rubro, para atención en período de alta demanda, lo cual será evaluado. Los períodos de alta demanda serán calificados como tales por la jefatura de la unidad de Viajes-PROCHILE y serán comunicados a LA AGENCIA, con una anticipación mínima de 24 horas.
-LA AGENCIA Adjudicataria, deberá gestionar todos los Reintegros por pasajes no utilizados o cancelación de vuelos, en el menor plazo posible desde la devolución de parte de las líneas aéreas, informando las gestiones realizadas en el "Informe de Gestión Mensual”, requerido en el numeral 9.1.10.
9.1.8. EMISIÓN Y ENTREGA DE LOS PASAJES REQUERIDOS
Los pasajes deberán ser puestos a disposición del ejecutivo de Viajes-PROCHILE y jefatura correspondiente, mediante el sistema de ticket electrónico, con copia al correo electrónico de Viajes-PROCHILE (viajesprochile@prochile.gob.cl), dentro de un plazo máximo de 2 horas corridas, contado desde la autorización de la emisión del pasaje.
Serán de cargo de LA AGENCIA todos los gastos por concepto de gestiones de emisión y entrega de pasajes.
9.1.9. SOPORTE MÍNIMO REQUERIDO
LA AGENCIA adjudicataria deberá contar con un “Sistema de Comunicaciones online”, que permita contactar en forma simultánea, rápida y eficientemente a los ejecutivos de atención personalizada para PROCHILE.
Asimismo, deberá contar con un “Sistema Informático” que reporte informes de gestión de pasajes, que refleje las transacciones realizadas según lo establecido en los servicios requeridos, indicados en el numeral 9.1.10. de las presentes Bases de Licitación.
9.1.10. INFORMES
LA AGENCIA adjudicataria deberá proporcionar, de manera digital, los siguientes informes, los cuales a lo menos deberán contener la siguiente información:
-Reporte de Gestión de Pasajes (Sistema Informático):
a) Informe on-line de pasajes emitidos que incorpore los campos especificados a continuación, siempre disponible en el sistema:
-Pasaje Nacional / Internacional
-Tipo de clase (económica y ejecutiva)
- N° de Proyecto
- Fondo de Financiamiento
- CDP (Certificado de Disponibilidad Presupuestaria)
- N° Formulario
- Memorándum o documento
- Funcionario o externo quien realiza el viaje.
- RUT del pasajero/a.
- Nombre del pasajero/a.
- Ejecutivo de Viajes ProChile.
- Monto en pesos o en dólares
- Valorización de todos los pasajes emitidos, cotizados con 60, 20 y 7 días de antelación al inicio del viaje, en ambas monedas
- Horas de vuelo
- Escalas
- Cumple o no, la política de Viajes (si/no)
- Días de antelación al vuelo, desde la emisión
- N° de Factura y moneda de facturación.
- N° Orden de Compra
- Millaje
b) Informe de tickets emitidos, para efectuar el pago respectivo, la agencia adjudicataria deberá entregar un informe de tickets emitidos, de acuerdo a lo definido en el numeral 9.16 de las presentes Bases. Para este efecto, al inicio del contrato se realizará una reunión con la contraparte técnica de PROCHILE, definiendo el contenido y la periodicidad de éste, con opciones de que sea semanal, quincenal y/o mensual.
c) Informe de Gestión Mensual que contenga los pasajes del período respectivo (informe de gestión de pasajes), que indique los pasajes o tramos utilizados y no utilizados, estado de gestión de reintegros pendientes con sus respectivas notas de crédito y comprobante de transferencia de fondos, las millas institucionales generadas por los viajes de los funcionarios y beneficiarios, para efectos de gestionar canje de pasajes aéreos, las millas institucionales generadas por dichos viajes, para efectos de gestionar canje de pasajes aéreos.
9.1.11. ENCARGADO DEL CONTRATO
LA AGENCIA designará, por escrito y dentro de los 10 días corridos contados desde la entrada en vigor del respectivo contrato, a la persona que actuará como “Encargado del Contrato”, como también a su reemplazante, en caso de ausencia. Esta persona será quien represente a LA AGENCIA, de manera permanente, ante PROCHILE, por lo que deberá estar siempre disponible para una comunicación rápida y fluida con los funcionarios de Viajes-PROCHILE.
9.1.12. MODALIDAD DE LA UTILIZACIÓN DEL CONTRATO
Se hace presente que PROCHILE utilizará el servicio de acuerdo a sus necesidades específicas, no adquiriendo LA AGENCIA adjudicataria exclusividad en la prestación del servicio a PROCHILE.
Por lo tanto, PROCHILE quedará facultada para recurrir a otro proveedor si la tarifa o las condiciones de vuelo publicadas por la línea aérea e informadas por LA AGENCIA resultan más gravosas para el Servicio, que aquellas informadas por el otro proveedor o LA AGENCIA no puede cumplir definitivamente con la entrega de los itinerarios dentro del plazo establecido en la respectiva solicitud.
Lo anterior, en ningún caso, será considerado como una infracción de contrato por parte de PROCHILE, ni generará ningún tipo de responsabilidad ni obligación de indemnizar a LA AGENCIA adjudicataria de este proceso de licitación.
Asimismo, PROCHILE no estará obligada a utilizar la totalidad del monto estimado, ya que los servicios se irán solicitando a LA AGENCIA de acuerdo a las necesidades que se presenten durante la vigencia del contrato.
9.1.13. CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
La propuesta técnica y económica deberá ser presentada por medios electrónicos mediante el portal www.mercadopublico.cl y contener lo siguiente:
ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente
Se debe entregar la información requerida en el Anexo N° 1 definida como obligatoria, los campos opcionales podrán omitirse. Si la información requerida en el Anexo N° 1 se encuentra disponible en el Registro de Proveedores, se considerará como presentada por el oferente.
De no incluirse el mencionado Anexo N° 1, o si dicha información no está disponible en el Registro de Proveedores, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada.
ANEXO N° 2: Formulario Oferta Económica
Los oferentes deberán completar el Anexo N°2, señalando en forma escrita en dólares de los Estados Unidos de América, el monto de los FEE que cobrará LA AGENCIA a PROCHILE, por la compra de pasajes aéreos en: Rutas Nacionales; Rutas Sudamérica o Continental; Rutas Resto del Mundo o Intercontinental; Canje de Pasaje; Canje de Millaje institucional; Reemisión de Pasaje; Devolución de Pasaje emitido; Por Grupo (Formato en Anexo N°2, “Formulario Oferta Económica”, Título “MONTO FEE”).
ANEXO N° 3: Formulario Oferta Técnica
Presentación escrita de acuerdo al Anexo Nº 3. La propuesta deberá considerar los siguientes ítems:
Ítem N°1. Descripción del Servicio Requerido: El oferente debe describir, al menos, los siguientes elementos que componen su oferta (formato libre): atención personalizada, cotización y reserva, restricciones de cada alternativa, gestión de reservas, dar alerta oportuna antes del vencimiento de cada pasaje no volado, informar en las cotizaciones sobre descuentos de convenios con líneas aéreas, administrar y aplicar los convenios de PROCHILE con aerolíneas, según lo descrito en el numeral 9.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Ítem N°2. Tiempos de respuesta para cotizaciones: Señalar los plazos teniendo en cuenta lo siguiente:
• En el caso de solicitudes Itinerario nacional o internacional simple no podrán superar las 3 horas;
• En el caso de solicitudes Itinerario internacional complejo no podrán superar las 5 horas;
• En el caso de solicitudes urgentes para itinerario nacional o internacional simple o complejo no podrán superar 2 horas, al igual que las solicitudes para reemisiones o emisiones urgentes.
Las ofertas que no cumplan con este punto no serán evaluadas. Además, deberá describir (formato libre) el servicio de emergencia.
Ítem N°3. Experiencia del Oferente (AGENCIA): Señalar un listado con un máximo de cinco (5) clientes corporativos en la prestación de servicios similares a los licitados, entre los años 2018 y 2023 inclusive, adjuntando a su oferta los documentos que lo acrediten. Dichos clientes corporativos deberán tener una facturación con el oferente, por venta de pasajes aéreos nacionales e internacionales u otros servicios similares del rubro, por una suma total anual por cliente corporativo, igual o superior a $500.000.000.- (quinientos millones de pesos).
Cada prestación de servicios deberá ser acreditada mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: una copia íntegra del contrato respectivo, o bien, de una carta o certificado emitido por el respectivo Cliente. Estos documentos deben contener, a lo menos, la siguiente información: nombre del cliente, año de ejecución, monto anual facturado y una breve descripción del mismo.
No se evaluará aquella información que no haya sido respaldada mediante la documentación solicitada. Sin embargo, en el caso que los servicios hayan sido prestados a la ex DIRECON, de la cual PROCHILE es su sucesora y continuadora legal, o a PROCHILE, no será necesario que se adjunten documentos de acreditación.
En el evento de que se incluyan más de cinco (5) servicios similares al solicitado, PROCHILE sólo evaluará los primeros cinco (5) que se anoten en el listado del numeral III. “Experiencia Oferente”, del Anexo Nº 3 “Formulario Oferta Técnica”.
Ítem N°4. Experiencia del Personal de LA AGENCIA asignado a PROCHILE: Indicar el nombre, los años de experiencia en el rubro y la formación técnica o profesional del Supervisor, y de los tres (3) Ejecutivas/os de venta asignados para responder a las solicitudes de PROCHILE y del Program Manager. Para cada caso, el oferente deberá adjuntar a su propuesta el Currículum Vitae (formato libre), con copia simple de los certificados que acrediten la formación técnica o profesional con la que cuenten (Formato en Anexo N°3, IV “Personal de LA AGENCIA asignado a PROCHILE”).
9.2.- REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley N° 19.886, su Reglamento y las presentes Bases, las cuales son obligatorias para los que participen en la licitación y se entenderá que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
Los derechos y obligaciones de la Adjudicataria se regirán por los siguientes documentos, los cuales forman un todo integrado y armónico, sin perjuicio de la preeminencia de las presentes Bases en su interpretación:
• Ley N°19.886 y su Reglamento.
• Bases, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases, si las hubiere.
• Contrato que suscriba PROCHILE con la Adjudicataria.
• Oferta de la Adjudicataria y aclaraciones a la misma.
• Órdenes de Compra que emita PROCHILE.
9.3.- PLAZOS
Los participantes deberán dar cumplimiento a los plazos que se establecen en estas Bases. Para los efectos de la presente Licitación, salvo que se disponga expresamente otra cosa, los plazos se entenderán de días corridos. Si el plazo vence en día sábado, domingo o festivo, se entenderá automáticamente prorrogado hasta el día hábil siguiente, sin necesidad de comunicación o resolución alguna.
9.4.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES
Quienes presenten ofertas en esta licitación deberán, para efectos de dar cumplimiento a las obligaciones del contrato, fijar su domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia, lo que quedará establecido en el convenio correspondiente con el Adjudicatario de la contratación.
9.5.- VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Desde la fecha de cierre del plazo para presentar las ofertas, los proponentes quedarán obligados a mantener vigentes e invariables sus propuestas técnica - económicas por un plazo de sesenta (60) días corridos.
9.6.- COSTO DE PRESENTACION DE LA OFERTA
Los costos relacionados con la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no asistiéndole a PROCHILE responsabilidad alguna en tal materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
9.7.- ACLARACIONES
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3. “Etapas y Plazos”, de las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). PROCHILE pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3. “Etapas y Plazos”.
9.8.- MODIFICACIONES A LAS BASES
PROCHILE podrá modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. En caso de realizarse una modificación antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, dicho plazo deberá ampliarse en no menos de 5 días, con el objeto de que los Proveedores interesados puedan conocer las modificaciones hechas y adecuar su oferta.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y serán aprobadas por resolución de PROCHILE.
9.9.- PRESENTACIÓN OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los proponentes deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los Formularios dispuestos por PROCHILE, en idioma español y sólo aquellas ofertas de los proponentes enviadas oportunamente.
Deberá completar la Ficha Electrónica de la Oferta, indicando las Condiciones Generales de la Oferta allí requeridas. Respecto de la oferta económica, la propuesta deberá indicarse en dólares, con todos los impuestos incluidos. Para estos efectos los oferentes deberán realizar lo siguiente:
• Habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1137689-7-LE23. Presionar el Botón “Buscar”.
• Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertar” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”
• Se abrirá una página con el Paso 1: “Completar Nombre de la Oferta”. Completar el nombre de la oferta y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.
• Paso 2: “Completar oferta económica”, en el campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, de 1 dólar, que no será evaluado, ya que su oferta económica quedará plasmada en el Anexo N° 2 denominado Formulario de Oferta Económica. Luego, presionar sobre el botón “siguiente”.
• Paso 3: “Ingresar Documentación Anexa”, Proceder a ingresar la totalidad de los anexos solicitados en las bases: Anexo N° 1 “Formulario Datos del Oferente”, Anexo N° 2 “Formulario Oferta Económica” y Anexo N° 3 “Formulario Oferta Técnica”. Una vez completada la carga de los anexos, presionar el Botón “Siguiente”.
• Paso 4: “Confirmar e ingresar oferta”, deberá confirmar el ingreso de su propuesta. Una vez presionado el botón “Ingresar Oferta” se desplegará un comprobante de ingreso, pudiendo imprimir y finalizar el proceso.
9.10.- APERTURA
La apertura se efectuará, a través del “Sistema de Información”, en un solo acto, por un funcionario del Departamento de Compras de la Dirección Administrativa de ProChile.
El funcionario del Departamento de Compras revisará y verificará el cumplimiento de los antecedentes indicados en el numeral 4. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA, y dejará constancia del o los oferentes que no cumplan dichos requisitos mínimos exigidos en las presentes bases, lo cual quedará reflejada en la apertura electrónica. Esta acta será de conocimiento de los participantes.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, PROCHILE podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
PROCHILE declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 4.- “Antecedentes para incluir en la oferta”.
9.11.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
La evaluación de las ofertas será realizada en una etapa. Sólo se evaluarán aquellas ofertas que cumplan con los requisitos mínimos para ofertar.
La evaluación será realizada por una Comisión Evaluadora integrada por tres funcionarios de la Dirección General de Promoción de Exportaciones. Los integrantes de la Comisión evaluarán en conjunto las propuestas.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
• Evaluar las ofertas técnicas y económicas presentadas, realizando las verificaciones respectivas cuando corresponda.
• Resolver si las ofertas presentadas por cada proponente se ajustan a las especificaciones que forman parte de las Bases de Licitación. En caso de que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla.
• Solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
• Elaborar un Acta de Evaluación en la que dejará constancia, por orden decreciente, de la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas. Además, dejará constancia de las propuestas rechazadas y sus razones y, en general, sobre cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar.
• La Comisión Evaluadora podrá durante la evaluación, a través del Departamento de Compras, solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas. Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado. La Comisión Evaluadora no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo. Asimismo, permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dicha documentación se haya producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) para la corrección de estas omisiones. Vencido este plazo, la Comisión Evaluadora revisará la información entregada, aceptando o rechazando las certificaciones o antecedentes presentados, informando de todo ello en el portal www.mercadopublico.cl; lo cual será evaluado según lo señalado en los criterios de evaluación.
En caso de solicitar aclaraciones los oferentes para responder deberán seguir los siguientes pasos:
1) Paso 1, habiendo ingresado al Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y tras digitar el “Usuario” y “Clave”; En el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 1137689-7-LE23. Presionar el Botón “Buscar”.
2) Paso 2, seleccionar la opción ofertas en la columna “Acciones”.
3) Paso 3, en opciones seleccionar “Foro Inverso”.
4) Paso 4, ingresar la respuesta a la consulta y anexar la documentación requerida, en caso de solicitarse, y finalmente enviarla.
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y puntajes:
-Propuesta Técnica – 70%
-Propuesta Económica – 30%
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CRITERIOS A EVALUAR
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Puntaje
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- PROPUESTA TÉCNICA
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100 punto
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A.1. Tiempos de respuesta (numeral 9.1.3)
i. Itinerario nacional o internacional simple.
ii. Itinerario internacional complejo de un pasajero o grupo.
iii. Solicitudes urgentes para Itinerario nacional o internacional; simple o complejo;
iv. Solicitudes urgentes para emisiones o reemisiones.
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40 pts.
10 pts.
10 pts.
10 pts.
10 pts.
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A.2. Experiencia y preparación técnica del Equipo de Trabajo:
i. Del Supervisor a cargo de la cuenta PROCHILE
ii. De los tres ejecutivos asignados a PROCHILE
iii. Del Program Manager
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30 pts.
5 pts.
10 pts.
15 pts.
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A.3. Experiencia del Oferente (Agencia)
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20 pts.
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A.4. Criterios Sustentables
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5 pts.
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A.5. Cumplimiento de Documentación
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5 pts.
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A.6. Comportamiento Contractual Anterior
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Resta puntos
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B.PROPUESTA ECONÓMICA
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100 punto
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B.1. Monto de FEE por compra pasaje:
i.FEE pasajes Nacionales o Doméstico.
ii.FEE pasajes Sudamérica o Continental.
iii.FEE pasajes Resto del Mundo o Intercontinental.
iv.FEE por Canje de Pasaje.
v.FEE por Reemisión de Pasaje
v.FEE por Devolución Pasaje Emitido.
vi.FEE por Canje de Millaje Institucional.
vii.FEE por Grupo (diez o más personas).
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15 pts.
15 pts.
25 pts.
5 pts.
15 pts.
10 pts.
5 pts.
10 pts.
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A. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (70%)
El puntaje de la Propuesta Técnica de cada oferente se obtendrá de la suma de los puntajes parciales obtenidos en cada uno de los factores de evaluación considerados. El máximo puntaje a obtener en la evaluación de la Propuesta Técnica es de cien (100) puntos.
A.1. Evaluación del criterio Tiempos de respuesta (45 puntos)
Este factor se evaluará en base a los tiempos de respuesta que indique el oferente en su propuesta para atender los requerimientos de PROCHILE según los respectivos itinerarios. El tiempo de respuesta en horas corridas se contará desde el “acuse de recibo” de la solicitud de PROCHILE por parte del Adjudicatario o transcurrido una hora sin que éste se haya efectuado. Para estos efectos, aplicarán las siguientes tablas de puntajes:
i) Itinerario nacional o internacional simple (10 punto).
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Puntaje
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Justificación
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10 punto
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Igual o menor a 1 hora corrida
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5 puntos
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Mayor a 1 hora y menor o igual a 3 horas corridas
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ii) Itinerario internacional complejo (10 punto).
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Puntaje
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Justificación
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10 punto
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Igual o menor a 3 horas corridas
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5 puntos
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Mayor a 3 horas y menor o igual a 5 horas corridas
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iii) Solicitudes urgentes para Itinerario nacional o internacional simple o complejo (10 punto).
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Puntaje
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Justificación
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10 punto
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Igual o menor a 1 hora corrida
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5 puntos
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Mayor a 1 hora y menor o igual a 2 horas corridas
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iv) Solicitudes urgentes para reemisiones o emisiones (10 punto).
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Puntaje
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Justificación
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10 punto
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Igual o menor a 1 hora corrida
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5 puntos
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Mayor a 1 hora y menor o igual a 2 horas corridas
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A.2. Evaluación del criterio Experiencia y preparación técnica del Equipo de Trabajo (30 punto)
Para la evaluación de este criterio es necesario que cada oferente adjunte a su propuesta el Currículum Vitae (formato libre) de: i) Supervisor a cargo de la cuenta PROCHILE, ii) tres Ejecutivos/as de Venta y iii) Program Manager, con copia simple de los certificados que acrediten su preparación técnica o profesional, emitidos por entidades que no sean el oferente o algún funcionario del oferente.
La evaluación de este criterio tomará en cuenta factores académicos y experiencia:
i) Del Supervisor a cargo de la cuenta (5 puntos)
Este factor reflejará la evaluación de la información entregada por el oferente acerca de la persona que se asignará como Supervisor de la cuenta PROCHILE, como resultado de la suma del puntaje obtenido, de acuerdo a las siguientes dos tablas:
Experiencia Laboral:
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Puntaje
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Justificación
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3 puntos
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10 o más años de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas, desarrollo en cargos o funciones específicas sobre gestión de viajes, gestión y compra de pasajes, servicio al cliente, etc.
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1,5 puntos
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Entre 8 y menos de 10 años de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas, desarrollo en cargos o funciones específicas sobre gestión de viajes, compra de pasajes, servicio al cliente, etc.
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1 punto
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Entre 5 y menos de 8 años de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas, desarrollo en cargos o funciones específicas sobre gestión de viajes, compra de pasajes, servicio al cliente, etc.
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0 punto
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Menos de 5 años de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas o no entrega información que la acredite.
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Preparación Profesional o Técnica:
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Puntaje
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Justificación
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2 puntos
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Estudios profesionales o técnicos en el área del turismo y al menos 2 cursos en construcción de tarifas aéreas, sistemas de distribución de reservas o sistema de emisión y reemisión (ticketing).
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1 punto
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Estudios profesionales o técnicos en el área del turismo y ha realizado un curso en construcción de tarifas aéreas, sistemas de distribución de reservas o sistema de emisión y reemisión (ticketing).
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0 punto
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No se entrega información o no acredita estudios profesionales ni técnicos requeridos.
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ii) De los tres Ejecutivos/as de Ventas (10 punto)
Se evaluarán los antecedentes de cada uno de los tres Ejecutivos, en lo que respecta a su experiencia laboral y profesional y/o técnica, de acuerdo a las dos tablas que se indican a continuación. Se sumarán los resultados individuales obtenidos por cada ejecutivo y el puntaje final será el promedio que resulte de dividir dicha sumatoria por tres.
Experiencia Laboral:
|
Puntaje
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Justificación
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6 puntos
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6 años o más de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas, desarrollo en cargos o funciones específicas sobre gestión de viajes, compra de pasajes, servicio al cliente, etc.
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4 puntos
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3 años y menos de 6 años de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas, desarrollo en cargos o funciones específicas sobre gestión de viajes, compra de pasajes, servicio al cliente, etc.
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2 puntos
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Menos de 3 años de experiencia laboral en agencias de turismo o líneas aéreas, desarrollo en cargos o funciones específicas sobre gestión de viajes, compra de pasajes, servicio al cliente, etc.
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0 punto
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No se entrega información o no acredita experiencia laboral requerida.
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Preparación Profesional o Técnica:
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Puntaje
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Justificación
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4 puntos
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Ha realizado al menos dos (2) cursos en construcción de tarifas aéreas, sistemas de distribución de reservas o sistema de emisión y reemisión (ticketing).
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2 puntos
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Ha realizado un (1) curso en construcción de tarifas aéreas, sistemas de distribución de reservas o sistema de emisión y reemisión (ticketing).
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0 punto
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No se entrega información o no acredita capacitaciones requeridas.
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iii) Del Program Manager (10 punto)
Este factor reflejará la evaluación de la información entregada por el oferente acerca de la persona que se asignará como Program Manager, según la nota final que resulte de la suma del puntaje obtenido de acuerdo a cada una de las dos tablas siguientes.
Experiencia Laboral:
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Puntaje
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Justificación
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10 punto
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5 o más años de experiencia laboral en funciones de monitoreo, administración y gestión de las cuentas de clientes de agencias de turismo o líneas aéreas.
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5 puntos
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Entre 3 y menos de 5 años de experiencia laboral en funciones de monitoreo, administración y gestión de las cuentas de clientes de agencias de turismo o líneas aéreas.
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3 puntos
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Entre 2 y menos de 3 años de experiencia laboral en funciones de monitoreo, administración y gestión de las cuentas de clientes de agencias de turismo o líneas aéreas.
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0 punto
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No entrega información o no acredita experiencia requerida.
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Preparación Profesional o Técnica:
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Puntaje
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Justificación
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5 puntos
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Estudios profesionales o técnicos en administración de empresas o similar.
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0 punto
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No entrega información o no acredita estudios profesionales ni técnicos en administración de empresas o similar.
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A.3. Evaluación del criterio Experiencia de LA AGENCIA (20 punto)
Para la evaluación de este criterio se considerará la experiencia de LA AGENCIA en la prestación de servicios similares a los licitados, con cinco (5) clientes corporativos, relevantes, desde entre los años 2018 a 2023 inclusive. Dichos clientes deberán tener una facturación con el oferente por venta de pasajes aéreos nacionales e internacionales, u otros servicios similares del rubro, por una suma anual por cliente corporativo, igual o superior a $500.000.000.- (trecientos millones de pesos), debidamente acreditada.
Serán consideradas para la evaluación no más de 5 prestaciones similares.
Para contabilizar las prestaciones indicadas por el oferente, cada prestación de servicios deberá ser acreditada mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos: una copia íntegra del contrato respectivo, o bien, de una carta o certificado emitido por el respectivo Cliente. Estos documentos deben contener, a lo menos, la siguiente información: nombre del cliente, año de ejecución, monto anual facturado y una breve descripción del mismo. Sin embargo, en el caso que los servicios hayan sido prestados a PROCHILE o a DIRECON, no será necesario que se adjunten documentos de acreditación.
Para la evaluación de este criterio, se aplicará el siguiente cuadro:
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Puntaje
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Justificación
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20 punto
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5 prestaciones con clientes corporativos.
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15 puntos
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4 prestaciones con clientes corporativos.
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10 punto
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3 o 2 prestaciones con clientes corporativos.
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5 puntos
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1 cliente corporativo.
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0 punto
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No se entrega información o no acredita prestaciones.
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A.4 Criterios sustentables (5 puntos)
Los oferentes deberán acreditar si cumplen o no con criterios sustentables que a continuación se señalan:
-Sello Empresa Mujer: En el caso de que el proveedor sea una persona natural, la única condición necesaria es ser mujer y en el caso de que el proveedor sea una persona jurídica, éste cumple con dos condiciones: (1) el 50% de la propiedad de la empresa corresponde a una o más mujeres y (2) el representante legal o gerente general es mujer (descripción obtenida en el Registro de Proveedores).
-Contratación de personas con discapacidad: El oferente deberá señalar, si cuenta con personas con discapacidad dentro de la empresa, para acreditar este hecho deberá adjuntar contrato de trabajo vigente firmado por ambas partes junto con la credencial de discapacidad correspondiente o certificado de discapacidad.
-Contar Sello de Calidad emitido por Sernatur: El oferente deberá señalar, si cuenta con algunos de los sellos de calidad o sustentabilidad turística, adjuntando el certificado respectivo.
-Contratación de empleo joven (18 a 24 años): El oferente deberá demostrar mediante la presentación de un certificado de la AFP donde se encuentra afiliado el/la joven, que no ha tenido cotizaciones en los últimos seis meses, además de su contrato de trabajo y certificado de nacimiento para la verificación de información.
Para la evaluación de este criterio los oferentes informarán conforme al numeral V. del Anexo N°3.
La propuesta se calificará de acuerdo a la siguiente tabla de notas:
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Puntaje
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Justificación
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5 puntos
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Acredita 4 iniciativas sustentables
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3 puntos
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Acredita entre 2 y 3 iniciativas sustentables
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1 punto
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Acredita 1 iniciativa sustentable
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0 punto
|
No se entrega información o no acredita
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A.5. Evaluación del criterio Cumplimiento de Documentación (5 pts.)
La evaluación de este factor se realizará en base a si la totalidad de los antecedentes fueron o no entregados por el oferente al momento de la apertura.
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Puntaje
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Justificación
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5 puntos
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Entrega todos los antecedentes en la propuesta antes del término del plazo para recepción de ofertas
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0 punto
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No entrega todos los antecedentes en la propuesta antes del término del plazo adicional para recepción de ofertas
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A.6. Comportamiento Contractual Anterior
Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses móviles, considerando el Comportamiento Base de la fecha de cierre de presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público.
En caso que las sanciones hayan sido aplicadas por PROCHILE o DIRECON, se realizará el descuento señalado en la tabla anterior, aun cuando no se encuentre publicado en el Registro de Proveedores, para lo cual, esta entidad indicará en el acta de evaluación los actos administrativos respectivos que dieron origen a la sanción derivada de algún incumplimiento.
Este criterio restará puntaje al resultado total obtenido en la propuesta técnica, a aquellos proveedores que tienen un mal comportamiento contractual, de acuerdo a la siguiente tabla:
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Sanción
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Pérdida de puntaje por sanción
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Registra algún término anticipado de contrato o cobro de garantía
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-20
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Registra alguna Multa y amonestación
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-15
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La pérdida de puntaje se aplicará independiente de la cantidad de sanciones aplicadas que posea el oferente. Si el oferente registra ambos tipos de sanciones, se descontarán -35 puntos al resultado obtenido en la propuesta técnica.
B. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (30%):
Para la evaluación de este factor, se tendrá en cuenta la nota promedio de los costos de los FEE que el oferente cobre por la emisión, canje de pasajes y reemisión de pasajes, devolución de pasajes emitidos, canje de millaje institucional, fee por grupo, que el oferente haya incluido en el título “MONTOS FEE”, del Anexo N°2 de su propuesta, según el siguiente promedio ponderado:
Nota oferente = Nota Fee Nacional o Doméstico x 15% + Nota Fee Sudamérica o Continental x 15% + Nota Fee Resto del Mundo o Intercontinental x 25% + Nota Fee por Canje de Pasaje x 5% + Nota Fee por Reemisión x 15% + Nota Fee por Devolución x 10% + Nota Fee por Canje de Millaje institucional x 5% + Nota Fee por Grupo x 10%
El puntaje de cada oferente, por cada concepto de Fee se calculará aplicando la siguiente fórmula:
Nota Oferente: Valor Fee de la oferta de menor Fee x 100
Valor Fee de la oferta que se analiza
Nota Final (Evaluación Técnica y Económica)
La oferta mejor evaluada será aquella que obtenga el mayor puntaje que resulte de la suma ponderada en la Propuesta Técnica y en la Propuesta Económica, esto es:
PF= 0,7 x PT + 0,3 x PE
Dónde:
PF: Puntaje Final
PT: Puntaje de la Propuesta Técnica (Si procede, se restará puntaje de la propuesta técnica, de acuerdo a lo obtenido por el oferente en el subcriterio “comportamiento contractual anterior” (ver 9.11 literal A.5.)
PE: Puntaje de la Propuesta Económica
En caso que dos o más oferentes obtuvieren el mismo puntaje final, se aplicarán los siguientes criterios de desempate, en orden de precedencia, si es que éste persistiere:
• Mayor puntaje total obtenido en el criterio “Tiempos de Respuesta”;
• Mayor puntaje total obtenido en el criterio “Experiencia y preparación técnica del Equipo de Trabajo”;
• Mayor puntaje total obtenido en el criterio “Experiencia del Oferente (Agencia)”;
• Mayor puntaje total obtenido en el criterio “FEE pasajes Resto del Mundo o Intercontinental”; y
• Mayor puntaje total obtenido en el criterio “Criterios Sustentables”
9.12.- ADJUDICACIÓN
Terminada la evaluación, y en la medida que sea conveniente para los intereses del Servicio, se aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en estas Bases.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que incluirá las declaraciones de inadmisibilidad correspondientes.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el numeral 3. “Etapas y plazos”, PROCHILE informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
PROCHILE podrá además declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones se efectuarán por resolución fundada. Los proponentes cuyas ofertas hayan sido rechazadas no tendrán derecho a solicitar indemnización alguna por este hecho.
9.13.- DEJAR SIN EFECTO LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación será dejada sin efecto por resolución fundada en los siguientes casos:
1). Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación;
2). Si el oferente no acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato al momento de suscribirlo;
3.) Si el Adjudicatario no acredita encontrarse hábil en el Registro de Proveedores que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la suscripción del Contrato;
4). Si el Adjudicatario no adjunta la totalidad de la documentación exigida para la firma del Contrato dentro del plazo fijado para este fin en la Resolución Adjudicataria;
5). Si el Adjudicatario no devuelve firmado el Contrato dentro del plazo fijado en el numeral 9.14.- “Condiciones contractuales”;
6). Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, que de no existir no se habría adjudicado la Licitación a éste.
En tales casos PROCHILE podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar la licitación al segundo proponente mejor evaluado, y así sucesivamente, conforme el orden de las propuestas consignado en el Acta de Evaluación, o declarar desierta la licitación si estima que el resto de las ofertas presentadas no resultan convenientes para los intereses del Servicio.
9.14.- CONDICIONES CONTRACTUALES
Dentro del plazo de quince (15) días hábiles contado desde la publicación de la resolución adjudicataria en el “Sistema de Información” (www.mercadopublico.cl) y siempre que el adjudicatario haya acompañado la documentación legal respectiva, PROCHILE elaborará y gestionará la firma del contrato por el oferente adjudicatario, debiendo éste devolverlo suscrito en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contado desde la fecha en que se le solicite la suscripción. Si no se suscribiera dentro de este término, PROCHILE podrá dejar sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se adjudicó al proveedor.
Junto con la devolución del contrato firmado y la Declaración Jurada, conforme al Anexo N° 4 (A, B, C o D, según corresponda), el Adjudicatario deberá entregar el documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, que además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores.
Para la elaboración del contrato, el adjudicatario deberá remitir a PROCHILE los siguientes Antecedentes Legales:
1.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Natural (chilena o extranjera):
-Declaración jurada, según formato anexo N° 4-A, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886.
-Cédula de identidad del Adjudicatario.
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por el apoderado representante de la UTP.
2.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica con fines de lucro:
-Copia de la documentación en que consten los poderes del representante legal de la persona jurídica, con facultades para celebrar contratos de la naturaleza de la presente licitación, con certificación de vigencia, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
-Copia de Inscripción de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales completas emitida por el Conservador de Comercio correspondiente, de fecha no superior a 60 días anteriores a la fecha de adjudicación, con certificación de vigencia.
-Copia de la Escritura Pública de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones sociales, si correspondiere.
-Fotocopia simple de la publicación del extracto de escritura de constitución de la persona jurídica en el Diario Oficial y de las modificaciones, si correspondiere.
-Fotocopia simple de las inscripciones de las modificaciones realizadas por la persona jurídica, en el Conservador de Comercio respectivo, si las hubiere.
-Declaración jurada, según formato anexo N° 4-B, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa adjudicataria.
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por el apoderado representante de la UTP.
3.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica sin fines de lucro:
-Copia de la escritura pública que contenga los estatutos de la persona jurídica o del acta Constitutiva aprobatoria de los Estatutos.
-Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto del Ministerio que otorgó personalidad jurídica.
-Certificado de vigencia con indicación del representante legal, emitido por el organismo oficial competente, de una fecha no superior a 60 días anteriores a la de su presentación.
-Declaración jurada, según formato anexo N° 4-C, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886.
-Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes señalados en el presente listado deberán ser presentados por el apoderado representante de la UTP.
4.- En caso de que el adjudicatario sea una Persona Jurídica Extranjera:
-Declaración jurada, según formato anexo N° 4-D, que acredite que no se encuentra afectado por alguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4 de la Ley 19.886 y que identifique los principales socios o accionistas de la empresa contratista.
-Documentos que acrediten su existencia legal, como asimismo, las facultades del o los representantes legales de éste. Además de lo anterior, deberá remitir los datos que permitan individualizar a su o sus representantes legales facultados para suscribir el contrato correspondiente (nacionalidad, número de documento de identificación), como también, los nombres de sus socios o de sus principales accionistas.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario, quien deberá remitirlos dentro del plazo fijado en la correspondiente adjudicación, que en ningún caso podrá ser inferior a 5 días hábiles.
El Adjudicatario sólo deberá remitir a PROCHILE aquellos antecedentes que no estén en el Registro de Proveedores. En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo previsto para la suscripción del contrato.
En el caso que se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el acuerdo en que conste la Unión Temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
9.15.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
En caso de que se presentaren situaciones emergentes no consideradas en el contrato, ambas partes de común acuerdo podrán efectuar modificaciones a éste, en la medida que no impliquen variaciones en el precio acordado relacionadas con las siguientes materias:
1. Cambio en el contenido de los informes.
2. Modificación en la periodicidad de entrega de los informes solicitados.
9.16.- DEL PAGO
PROCHILE pagará a LA AGENCIA el FEE por compra, más IVA, por cada pasaje emitido, además de los FEE por reemisión y/o devolución de pasajes respectivamente y los FEE por canje de millaje institucional, canje de pasajes, o por grupo, cuando corresponda, y reembolsará a la Dirección General de Promoción de Exportaciones, el valor del pasaje correspondiente. Lo anterior sin perjuicio de los descuentos o beneficios otorgados por cada línea aérea.
El pago será en dólar estadounidense o moneda nacional según corresponda.
•Cada pago se realizará contra las órdenes de compra emitidas en el portal www.mercadopublico.cl y aceptadas por LA AGENCIA adjudicataria, según "Informe de tickets emitidos” señalado en el numeral 9.1.10. de estas bases en la periodicidad acordada con la contraparte técnica de ProChile.
•Los pagos se realizarán en un plazo máximo de 30 días, siguientes a la recepción de la respectiva Factura, y siempre que cuente con aprobación de Viajes-PROCHILE. Este plazo máximo se establece en función del alto volumen de transacciones relacionadas con esta contratación.
•Las facturas electrónicas deberán ser emitidas a nombre de: DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES (en caso contrario no se podrá proceder al pago y el documento será devuelto).
•Lo anterior, señalando como “Giro”: ACTIVIDADES DE LAS ADMINISTRACIÓN PUBLICA EN GENERAL y como “Dirección”: Teatinos N°180, Santiago.
•Las facturas electrónicas deben ser enviadas a los correos electrónicos: 62000680-7@prd.inbox.febos.cl, dipresrecepcion@custodium.com previo al pago.
•Cada pago está sujeto a que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato que se celebre entre las partes y aceptadas las Órdenes de Compra a través de www.mercadopublico.cl.
La facturación deberá detallar por separado en su glosa, el costo del pasaje y costo del fee por compra, como el costo de los fee por canje, por reemisión, por devolución de pasajes, por canje de millaje institucional o por grupo, cuando corresponda. Por cada emisión de pasajes, se generará una factura que deberá señalar el nombre del pasajero, el destino, el número de pasaje, además de datos relativos a la reserva presupuestaria y el proyecto, que serán registrados por PROCHILE en el sistema informático pertinente.
El costo de los pasajes de rutas nacionales, incluido el FEE, deberán ser facturadas en moneda nacional (de acuerdo al tipo de cambio de la fecha de facturación) y el costo de los pasajes de las rutas aéreas internacionales, incluido el FEE, deberán ser facturadas en moneda dólar estadounidense.
La frecuencia mínima de recepción de facturas en PROCHILE será, a través, del sistema de facturación electrónica administrado por el Departamento de Finanzas.
El pago podrá efectuarse a través de transferencia electrónica en moneda nacional y dólar americano, para lo cual el proponente Adjudicatario deberá informar el banco, número de cuenta y demás datos que sean necesarios para transferir los fondos.
Las notas de crédito que se generen con ocasión de devolución de pasajes, previa revisión y aceptación de la contraparte en Viajes-PROCHILE, deberán ser remitidas a la brevedad a la institución, durante el mes siguiente al de la emisión del pasaje, con el detalle del pasaje y factura asociada a la nota de crédito, además del comprobante de transferencia de fondos, que restituye a PROCHILE el valor del referido crédito.
9.17.- CONTRAPARTE TÉCNICA
Actuará como contraparte técnica en PROCHILE, el/la Jefe/a del Subdepartamento de Viajes Institucionales a quien le corresponderá gestionar el contrato, la coordinación, supervisión y control del fiel cumplimiento de lo contratado, la aprobación de los servicios que se estipulen en el contrato y las garantías asociadas. En caso de ausencia o impedimento, será la correspondiente jefatura quien designará al reemplazante.
9.18.- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor una vez que se encuentre notificada y totalmente tramitada la Resolución de PROCHILE que lo apruebe, y se extenderá por el período de 24 meses o hasta que PROCHILE haya pagado la suma total de USD 50.000 (cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América), impuestos incluidos, evento que acontezca primero.
9.19.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El Contrato podrá terminarse anticipadamente por PROCHILE sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Adjudicatario, entendiéndose por tal la aplicación de cinco o más multas o sanciones.
c. Estado de notoria insolvencia del Adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Por la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que hagan imposible o dificulte significativamente la prestación de los servicios de la manera en que fueron contratados.
f. Por la incapacidad de la Adjudicataria para seguir adelante con la ejecución del Contrato, derivada de problemas internos, como en caso de huelga de sus trabajadores, entre otros.
g. Si los representantes o el personal dependiente de la Adjudicataria cometen actos de fraude, corrupción, soborno y extorsión.
h. No renovación o reposición de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, según lo dispuesto en el párrafo final del numeral 8. de las presentes Bases.
i. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del Contrato, con un máximo de seis meses.
j. Si los documentos presentados por el Adjudicatario hubiesen inducido a un error esencial del Servicio, ya sea durante el proceso de Licitación o durante la vigencia del Contrato.
k. En caso de no existir disponibilidad presupuestaria en el año respectivo.
En el caso en que se configure alguna causal de término anticipado del contrato que sea imputable al adjudicatario, será utilizado el mismo procedimiento para la aplicación de sanciones descrito en el numeral 9.20. “SANCIONES” de las presentes Bases, en aquellas secciones que corresponda.
Se dictará una resolución fundada disponiendo el término anticipado de la contratación, la cual se pronunciará sobre el alcance de la terminación, la fecha a partir de la cual ésta entrará en vigor y los descargos efectuados, si existieren. El referido acto administrativo será impugnable por la Adjudicataria, por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con las disposiciones de la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Una vez dictada la correspondiente resolución fundada, esta deberá publicarse en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
PROCHILE deberá cobrar la Garantía de fiel cumplimiento del contrato en caso de término anticipado del contrato, salvo en el caso de las causales señaladas en los literales a), d), e) y k) indicadas precedentemente.
9.20.- SANCIONES
LA AGENCIA será sancionado por PROCHILE con el pago de multas, en los siguientes casos, por faltas cometidas durante la prestación del servicio contratado, entendiendo como tales, las siguientes:
• Incumplimiento en los Tiempos de Respuesta a los requerimientos Institucionales, de acuerdo a lo ofertado por el proveedor y a lo establecido en las Bases de Licitación.
•Presentación de cotizaciones, reservas o emisiones o reemisiones incompletas o con errores, en lo relativo a la ruta, los horarios solicitados u otros.
•No informar de las restricciones que incluye cada ruta o tarifa, al entregar las cotizaciones. Por ejemplo: vacunas, visas, tiempo límite de emisión, escalas, horas de vuelo, posibilidad de asignación de asiento u otras similares.
•Cualquier modificación en las reservas tomadas, sin autorización de PROCHILE.
•Incumplimiento en el plazo de entrega de los Informes de Gestión (Ver 9.1.10).
•Falta de respuesta por parte de la línea exclusiva para PROCHILE, por más de dos (2) horas. Entendiéndose por tal el no dar respuesta a comunicaciones realizadas por el equipo de Viajes-PROCHILE (Ver 9.1.9).
•Falta de respuesta del Servicio de Urgencia propuesto (Ver 9.1.7).
•No cumplir con el servicio de Asistencia en Aeropuerto Internacional Comodoro Arturo Merino Benítez de Santiago. (Ver 9.1.3).
•Indisponibilidad de la plataforma de información en línea, por más de 24 horas.
•No disponer de ejecutivo adicional, en tiempos de alta demanda.
•Poner los pasajes a disposición del encargado correspondiente de PROCHILE, mediante el sistema de ticket o pasaje electrónico, con copia al correo electrónico de Viajes-PROCHILE (viajesprochile@prochile.gob.cl), en un plazo mayor a 2 horas de haber autorizado la emisión del boleto (Ver 9.1.8).
•No dar aviso a PROCHILE del reemplazo temporal de personal, dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho.
•No efectuar el canje de millaje institucional o de pasajes a solicitud de PROCHILE.
•En caso que la Agencia efectúe un cambio definitivo de alguno de los Ejecutivos de Ventas Exclusivos, Program Manager y del Supervisor asignado a PROCHILE, sin autorización previa de la Contraparte Técnica de PROCHILE.
La multa se aplicará por cada tres infracciones señaladas anteriormente. Cada multa será de un monto 5 UTM, con un tope de cinco multas durante la vigencia total del contrato.
Las multas NO se aplicarán si el evento se produce por caso fortuito o fuerza mayor.
Si PROCHILE considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al adjudicatario, mediante carta certificada, con copia a los correos electrónicos informados en su cotización, indicando el monto y fundamento de la misma. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles a contar de la comunicación para formular descargos, los que podrán realizarse mediante carta certificada o bien, mediante correo electrónico dirigido a la Contraparte Técnica de PROCHILE. El correo electrónico, con los descargos debe ser remitido por el representante legal individualizado en la postulación, o con facultades para representarlo.
Con el mérito de los descargos o transcurrido el plazo aludido sin que éstos se hubiesen formulado, PROCHILE resolverá sobre el particular mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes, remitiéndole al adjudicatario, copia del acto administrativo pertinente.
Sin perjuicio de lo anterior, el referido acto administrativo será impugnable por la adjudicataria por la vía de la interposición del correspondiente recurso de reposición y/o jerárquico, acorde con disposiciones a la Ley N° 19.880.
En caso de que se determine la procedencia de la aplicación de la multa conforme al procedimiento anterior, el adjudicatario deberá pagar directamente la multa mediante Vale Vista Bancario u otro instrumento financiero equivalente en el mercado local, emitido a nombre de la Dirección General de Promoción de Exportaciones, en un plazo no superior a 10 días contados desde su notificación. De no efectuarse el pago dentro del plazo señalado, o bien, así lo solicite el adjudicatario, PROCHILE quedará facultado para descontar el monto de la multa de la facturación pendiente de pago y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento. En todo caso, de devengarse multas su pago no exonera al adjudicatario del cumplimiento de la obligación principal.
9.21.- APLICACIÓN DEL PAGO A OBLIGACIONES PENDIENTES CON LOS TRABAJADORES (Sólo respecto de las personas naturales con domicilio en Chile y las personas jurídicas chilenas)
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2º de la Ley Nº 19.886, modificada en este punto por la Ley Nº 20.238, la Adjudicataria que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
PROCHILE, previo al pago de los servicios contratados, exigirá que la Adjudicataria proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del oferente contratado dará derecho a PROCHILE a hacer efectiva la boleta de garantía prevista en el numeral 8.- “Garantías requeridas” y a poner término anticipado al contrato, pudiendo llamarse a una nueva Licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
9.22.- CONFIDENCIALIDAD
El personal de LA AGENCIA que realice las tareas objeto de esta licitación, estará obligado a guardar estricta reserva o confidencialidad sobre los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la misma, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con un banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo, según lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley 19.628.
Asimismo, LA AGENCIA quedará obligado a guardar absoluta reserva y confidencialidad acerca de la información de PROCHILE a que pueda tener acceso en razón de la ejecución del contrato. Esta obligación recaerá, además, en las personas que le presten servicios, permanentes o no y a cualquier título, asumiendo el adjudicatario la responsabilidad por el cumplimiento de dicha obligación.
LA AGENCIA no podrá divulgar, en todo o parte, la información y material que le sea proporcionado por PROCHILE para la realización del servicio de procesamiento y gestión de los archivos de PROCHILE.