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I.- BASES ADMINISTRATIVAS
- LICITANTE:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
Unidad de Compra : Seremi del Maule
RUT : 61.301.000-9
Dirección : 3 norte #980
Comuna : Talca
Región : Maule
- ENCARGADA DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:
Nombre : Patricia Rojas Sepúlveda
Cargo : Encargada Administrativa
E-mail : patricia.rojas@minagri.gob.cl
Tipo de Adquisición : Licitación Pública mayor a 100 y menor a 1.000 UTM (LE).
Tipo de Convocatoria : Abierta
Tipo de Adjudicación : Simple
Contrato : Prestación de servicios 24 meses
Moneda : Pesos chilenos
Etapas : Una etapa
Línea de servicios : Una línea
Publicidad de las Ofertas : La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región del Maule dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
- SERVICIO SOLICITADO
3.1. Nombre de la Adquisición : Servicio de aseo y mantención de oficinas para las dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región del Maule.
3.2. Objetivo de la Contratación E1O2RT9: contar con un servicio de aseo integral que permita mantener en perfecto estado de presentación las dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región del Maule, en adecuadas condiciones de higiene, limpieza y orden de los recintos.
- NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por las siguientes normas:
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento aprobado por Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, y estas Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.
Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a lo siguiente:
- Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
- Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante.
- Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Seremi de Agricultura.
- Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la Seremi de Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
- Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Seremi de Agricultura, durante el proceso de evaluación de ofertas.
- La normativa legal aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546 del Código Civil.
- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR
5.1. Antecedentes Legales
Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información, deben adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:
a) Persona Jurídica
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y documentos legales en que conste la personería de la representación, con una antigüedad no superior a 60 días corridos).
v. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).
b) Persona Natural
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
c) Personas Jurídicas Régimen Simplificado:
Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)
Los oferentes que se encuentren en estado de “hábil”, podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información y/o entregados a la Seremi a través de los canales que este informe.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP):
La UTP debe estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
Debe materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar adicionalmente el Anexo N° 6 dispuesto para ello y en caso de ser adjudicataria, al momento de contratar debe presentar el mismo documento antes mencionado donde conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente la plataforma), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración en caso de adjudicación el Art. N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.”
Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.
La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.
Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 6, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.
Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
- -El Anexo N° 6 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.
- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.
- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.
Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de la misma.
En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato.
Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
5.2. Presentación de Anexos:
Quienes oferten deben suscribir la declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 y 6, este último si corresponde, todos como obligatorios para el proceso.
Ante cualquier incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”, en los términos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886.
- PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, quien oferte se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato, si lo hubiere.
3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato respectivo, si lo hubiere.
7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
CRONOGRAMA:
a) Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes bases de licitación.
b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.
Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.
c) Visita a terreno obligatoria: Se realizará una visita a terreno de carácter obligatorio el cuarto día corrido, contados desde la publicación de las presentes bases de licitación en 3 norte #980, comuna y Ciudad de Talca.
La visita a terreno se realizará el mismo día, en dos (2) jornadas de horario diferentes, a elección del proveedor, conforme al siguiente detalle:
- Primer horario, jornada de la mañana: 10:00 hrs.
- Segundo horario, jornada de la tarde: 15:00 hrs.
La visitras tendrán una tolerancia máxima de 5 minutos, por lo que no se recibirán visitantes pasados los primeros 5 minutos de recepción.
Quienes oferten deberá haber participar de esta visita de forma obligatoria. El contacto para la coordinación será la Sra. Patricia Rojas o quien sea designado para esta función. La Seremi establecerá los protocolos correspondientes para llevar a cabo dicha visita.
d) Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación: Los proponentes podrán realizar consultas y/o aclaraciones a las bases únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl hasta las 19:00 horas del cuarto día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.
La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
e) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente contado a partir del cierre del periodo para hacer consultas.
En circunstancias que las respuestas a las preguntas signifiquen aclaraciones, modificaciones o complemento a las bases, estas se aprobaran mediante el respectivo acto administrativo. Si las respuestas se refieren a información expresamente consignada en el presente pliego de condiciones del proceso de licitación, se entenderán aprobadas con la publicación de estas en los términos y plazos, establecidos en este acto.
f) Plazo estimado de Evaluación: 4 días hábiles a partir de la apertura electrónica de las ofertas.
g) Fecha máxima de Adjudicación: La adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el décimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas a las 19:00 horas.
h) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas imputables o no a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
i) Formalización del contrato: el contrato se suscribirá en el plazo máximo que vence los 10 días corridos contados desde la adjudicación.
j) Contabilización de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
k) Modificaciones a las bases de licitación: La Seremi podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
- VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las propuestas deben tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.
- EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
9.1 Comisión Evaluadora:
Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as públicos de la Secretaría Regional Ministerial y en caso de ausencia de alguno de ellos de un/a funcionario/a de la Seremi de Agricultura y/o de la Subsecretaría de Agricultura.
La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.
La Seremi informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.
La comisión evaluadora declarará en la oportunidad que se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y Contrataciones, y el artículo 108 del reglamento de la misma ley N°19.886.
Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.
En el marco de la ley N° 20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.
Queda prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, y de acuerdo con lo establecido en artículo 39 del Reglamento de la ley N° 19.886, quienes oferten sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.
Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.
De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.
9.2 Criterios de evaluación
Los criterios que se utilizarán para la correcta evaluación de las ofertas y sus ponderaciones son los que se individualizan a continuación:
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Criterio de Evaluación
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Porcentaje
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|
Oferta económica
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35
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Oferta Técnica
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30
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- Experiencia de quien oferta
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20
|
|
|
10
|
|
Condiciones de empleo y remuneraciones
|
20
|
|
Inclusión laboral y/o género
|
10
|
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Programa de integridad
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2
|
|
Cumplimiento de requisitos formales
|
3
|
|
Total
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100
|
9.3 Metodología de Cálculo
- Oferta económica (35%)
Se valorará el precio ofertado, privilegiándose la oferta neta más económica. El precio debe ofertarse en moneda nacional indicando el valor neto de los servicios requeridos, completar Anexo N° 1.
- Oferta de menor monto : 100 puntos
- Segunda oferta con menor monto : 80 puntos
- Tercera oferta con menor monto : 60 puntos
- Siguientes ofertas : 50 puntos
- Oferta Técnica (30%):
La oferta técnica se evaluará a través de los siguientes subcriterios:
i) Experiencia de quien oferta (20%)
Se evaluarán la experiencia de quienes oferten en materias análogas o similares a la licitada, entendiéndose para ello contratos de aseo y mantención de edificios. Deben corresponder a contratos en el tiempo o permanentes, por ejemplo contrato por 6 meses o más. Considerando al menos los últimos 24 meses. Será requerido completar Anexo N° 4.
Se requerirá para la obtención del puntaje, la presentación de cualquiera de los siguientes documentos:
a) Carta o certificado del mandante en el que se señale expresamente el tipo de contrato desarrollado por el interesado, que indique expresamente mandante, fecha o plazo y monto.
b) Órdenes de compra en estado de aceptada y/o recepción conforme disponible en www.mercadopublico.cl, en las que se señale expresamente el tipo de servicio prestado.
c) Contratos de prestación de servicios.
El puntaje se calculará de acuerdo con lo siguiente:
Presenta y certifica 7 o más experiencias en aseo y mantención de edificios : 100 puntos
Presenta y certifica entre 4 y 6 experiencias en aseo y mantención de edificios : 70 puntos
Presenta y certifica entre 1 y 3 experiencias en aseo y mantención de edificios : 30 puntos
No presenta experiencia, no certifica o no informa : 0 puntos
ii) Servicios adicionales (10%)
Se valora la oferte que incluya servicios adicionales de la naturaleza que se indica:
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Tipos de servicio adicionales
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Frecuencia
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Servicio de reciclaje de papel y cartón con certificado de entrega en punto de reciclaje.
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Semestral
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Servicio de Sanitización de baños
Cabe hacer presente que los productos utilizados deben ser los certificados y/o normados por la Seremi de Salud o autoridad sanitaria competente
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Mensual
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Otro servicio adicional propuesto por quien oferte, sólo se considerará para ser evaluado si indica el objetivo del servicio y la frecuencia.
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Indicar frecuencia
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El subcriterio de servicios adicionales se calculará a partir de los datos que quien oferte declare en el Anexo N° 5.
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Subcriterio
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Factor
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Puntaje
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Servicios adicionales
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Quien oferta declara ofrecer servicios adicionales
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Declara 3 o más servicios adicionales relevantes en la materia licitada.
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100
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Declara 2 servicios adicionales relevantes en la materia licitada.
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80
|
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Declara 1 servicios adicionales relevantes en la materia licitada.
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50
|
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No declara servicios adicionales relevantes en la materia licitada.
|
0
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iii) Condiciones de empleo y remuneraciones (20%)
Se valorará a quien oferte y cumpla con mejores condiciones de empleo y remuneraciones para sus trabajadores/as, para ello se requiere completar la información en el Anexo N° 2.
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Condiciones de empleo y remuneraciones
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Quien oferta declara:
a) Nivel de remuneraciones sobre el sueldo mínimo, es igual o superior al 5%, debe indicar en la declaración jurada cuál es la política en esta materia.
b) Reajusta las remuneraciones de sus trabajadores/as, debe indicar la modalidad de reajuste.
c) Duración de los contratos: El 70% del personal de su empresa cuenta con contratos indefinidos.
d) Convenios con Cajas de Compensación o similares, debidamente acreditados con certificados vigentes, emitidos en el año 2025.
e) Política de capacitación para quienes prestan los servicios a la empresa o persona, acompañar documente que dé cuenta que quien oferta cuenta con una política interna, ej. Manual de capacitación interno, Reglamento de capacitación interno, nómina de las últimas capacitaciones realizadas (año 2019-2024), al menos señalando al personal capacitado, nombre del curso, horas y asistencia.
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Quien oferta debe presentar una declaración jurada, para cada caso, que dé cuenta del cumplimiento de cada una las materias que se consultan en las letras a), b) y c).
Para las letras d) y e), la acreditación serán con los documentos que se indican en el factor
Para todos los casos que los documentos a presentar impliquen la denominación de personas, debe omitirse o censurarse los datos personales.
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Cálculo del puntaje:
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Subcriterio
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Factor
|
Puntaje
|
|
Condiciones de empleo y remuneraciones
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Declara y acredita cumplir con todos las materias indicadas para el subcriterio (a, b, c, d y e).
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100
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Declara y acredita cumplir con al menos cuatro de las materias indicadas para el subcriterio.
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80
|
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Declara y acredita cumplir con al menos tres de las materias indicadas para el subcriterio.
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60
|
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Declara y acredita cumplir con al menos dos de las materias indicadas para el subcriterio.
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30
|
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Declara y acredita cumplir con al menos una de las materias indicadas para el subcriterio.
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10
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Declara que no cumple con ninguna de las materias indicadas en el subcriterio o no presenta o no acompaña el respaldo de la acreditación conforme al medio de verificación exigido.
|
0
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iv) Inclusión laboral y/o género (10%):
Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).
Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:
- Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.
- Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.
- Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral.
El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 3:
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Factores de inclusión
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Materias y contenidos
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Medio de verificación
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Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios
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Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias. ***
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**; y
2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.
Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país debidamente legalizados en Chile.
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Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores, empresas mayores deben cumplir con el requisito legal del 1%).
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Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.***
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1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**;
2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad.
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Mujeres trabajadoras****
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1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.
2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.
3-Quien oferta demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
4-Quien oferta considera al menos una mujer como integrante del equipo de trabajo permanente para el proyecto.
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Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.
3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa (debe incluir todas las faenas o todos los certificados por faenas del RUT).
4. Debe indicarse expresamente en la oferta técnica al momento de presentar el equipo de trabajo, singularizando a la integrante mujer.
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**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.
***Se entenderá cumplido el requisito si quien oferte al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.
**** Para el factor de inclusión mujeres trabajadoras podrá cumplirse con una o más materias, pero sólo se otorgará puntaje por factor específico.
Asignación de puntaje:
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Subcriterio
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Factores
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Puntaje
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Política de Inclusión Laboral y/o de género
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Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.
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100
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Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.
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70
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No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género.
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0
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- Programa de integridad (2%)
Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el/a proveedor/a y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.
Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.
Con ese fin, el oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:
- Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);
- Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).
Se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores.
Cálculo del puntaje:
Cuenta con programa de integridad 100 puntos
No cuenta con programa de integridad 0 puntos.
En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio.
En caso de ofertar en UTP todos sus integrantes deben contar con “Programa de Integridad” en los términos descritos en el presente criterio de evaluación, a fin de obtener el máximo puntaje.
- Cumplimiento de Requisitos formales (3%)
Corresponde al cumplimiento en la correcta presentación de la oferta en términos formales respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:
1) Presentación de Administrativos y Anexos técnicos según formatos.
2) Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
3) Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.
La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación de quien oferta, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.
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Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)
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Puntaje
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Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.
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100
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicional a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferta responde en el plazo que se indica.
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50
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Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.
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50
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No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y/o no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.
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0
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9.4 Puntaje Mínimo de Adjudicación:
Se adjudicará la licitación a quien obtenga el mayor puntaje ponderado a los criterios de evaluación, no obstante, dicho puntaje ponderado debe ser igual o superior al 65%.
En caso de que ningún proponte alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en los términos previstos en el numeral 14 de las presentes bases.
9.5 Mecanismo para dirimir empates:
En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta Técnica”.
- En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta económica”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Experiencia de quien oferte”.
- De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio del criterio “inclusión laboral y/o género”.
- Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Programa de Integridad”.
- De mantenerse el empate, corresponderá aplicar el subcriterio de “Cumplimiento de requisitos formales”.
- En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.
9.6 Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de Licitación
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
10. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN:
La Seremi exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Seremi lo estime necesario, podrá:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los/as proveedores/as, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.
Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deben ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.
Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.
La Seremi no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor/a, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Seremi para rechazar las ofertas.
11. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Quien participe debe ingresar su oferta técnica y económica a través de los Anexos adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral precedente.
12. COSTOS:
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de que su oferta no sea rechazada, desestimada o no considerada por la Seremi.
13. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS:
La Seremi se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas en la apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a quienes oferten a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el Acto de apertura de ofertas, aquellas propuestas que:
- Excedan el presupuesto máximo disponible.
- No presenten el Anexo N° 6, para UTP, si procede.
- No presenten Anexo N° 1
- No participe de la visita a terreno de carácter obligatoria.
- No presente propuesta técnica, señalando a lo menos: cantidad de personal, cantidad de horas, insumos que incluye la prestación, metodología de trabajo, etc.
Con todo la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de evaluación de ofertas.
14. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN / DESERCIÓN:
Adjudicación: se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus respectivos ponderadores.
Notificación: la Seremi informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
Re-adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, pierde la habilidad en el registro de proveedores, la Seremi dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien se adjudique facultará a la Seremi de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la comisión evaluadora.
Declaración de Desierta: la Seremi podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley 19.886.
Consultas y reclamos: Quien/es tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN
La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.
16. CONTRATO:
La Seremi suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique para la contratación en cuestión, previa acreditación de su inscripción en e Registro Oficial de Proveedores del Estado y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la Seremi.
La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
No podrán contratar con la Seremi quienes tengan:
- Condenas por delitos de cohecho o financiamiento del terrorismo
- Condenas por lavado de activos
- Delitos concursales establecidos en el Código Penal y delitos establecidos en el Código Tributario
- Condenas por incumplimiento contractual derivado de culpa o falta de diligencia.
- Registre condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador
- Registre deudas previsionales o de salud con sus trabajadores dependientes en los últimos dos años
- Tenga deudas tributarias por más de 500 UTM en el último año o entre 200 y 500 UTM en los últimos dos años.
Previa suscripción del contrato el oferente debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios.
Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la Seremi de Agricultura no tendrá participación alguna.
Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Seremi de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.
En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la Seremi de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.
Si quien se adjudique no firmare el contrato por causa imputable a él en el plazo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente licitación pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la Seremi, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.
La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la Seremi de Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.
i. Antecedentes legales para ser contratado:
Quien se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el sistema de información, en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.
A.- Persona jurídica:
- Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.
- Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.
- Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
B.- Persona Natural:
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.
- Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
C.- Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar:
- Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores/as.
16.1. Inicio del servicio y plazo del contrato:
El contrato entrará en vigor a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y la emisión de la orden de compra, y se extenderá por el plazo de 24 meses.
16.2. Forma de pago:
Una vez recibido conforme los servicios mensuales por parte de la Seremi de Agricultura, quien preste el servicio debe emitir la factura, de acuerdo con el detalle de la Orden de Compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
La factura debe ser emitida de la siguiente forma:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT : 61.301.000-9
Dirección : 3 norte #980, Talca
Glosa : Referencia a la orden de compra.
Giro : Servicio Público
La factura será pagada en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.
El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”.
La Seremi de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Seremi para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).
16.3. Factoring:
En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el/la proveedor/a.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
Tratándose de cesión electrónica el/la proveedor/a debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.
16.4. Incumplimientos y Multas:
La Seremi estará facultada para aplicar multas cada vez que el adjudicatario no proporcione los servicios convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta, póliza contratada o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa y serán pagadas por el/la proveedor/a en los términos que establezca la resolución que las aplique.
A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la prestación de los servicios contratados:
16.4.1. Causales de incumplimiento:
Incumplimiento
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Multa
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1. Inasistencia diaria del personal, sin ser reemplazado. Se entenderá por inasistencia la falta o ausencia del personal mayor al 50% del tiempo previsto para su jornada.
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1 UF por cada día hábil de inasistencia, con un tope máximo de 3 días hábiles, plazo en el que se hará efectivo el cobro de la garantía y se procederá al término anticipado del contrato.
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2. Retrasos reiterados del personal en la hora de ingreso, sin justificación.
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1 UF por personal que retrasa su hora de ingreso sin justificación. La multa se cobrará si al cierre de cada mes se han generado más de 10 retrasos.
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3. No proporcionar al personal materiales y equipos de aseo de acuerdo con lo indicado en su oferta, sanción por evento.
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1 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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4. No realizar alguna de las labores previstas en el contrato en la forma y frecuencia que se indique.
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1 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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5. No proporcionar al personal uniformes completo, zapatos de seguridad (de acuerdo con lo señalado en las bases técnicas), según sea a la naturaleza de sus funciones, sanción por evento.
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1 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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6. Extravío de especies y/o destrucción, comprobándose la responsabilidad de quien presta el servicio, además de la restitución inmediata del bien.
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5 UF por evento, con un tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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7. No informar oportunamente la subcontratación del servicio, esto es, con al menos 5 días hábiles anteriores a la fecha de formalizarse la subcontratación.
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5 UF por cada día hábil en que no se informe de la subcontratación para la aprobación de la contraparte técnica.
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- Quien preste el servicio no mantenga vigente alguna condición de empleo, remuneración o inclusión que hubiera declarado como parte de su oferta, las que deben mantenerse vigente durante todo el contrato, pudiendo ser mejoradas, pero nunca eliminadas o rebajadas.
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3 UF por evento por trabajador, con tope de 3 eventos durante la vigencia del contrato.
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- Que los trabajos sean entregados de manera incompleta o insatisfactoria, según justificación fundada por parte de la contraparte técnica y en caso de que habiéndose requerido formalmente su subsanación no sea resuelta en los plazos indicados por la Subsecretaría, los que serán 3 días hábiles.
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2 UF por evento, con tope de 5 eventos durante la vigencia del contrato.
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- No dar cumplimiento a las obligaciones laborales con sus trabajadores: pago de remuneraciones, pago de leyes sociales, bonificaciones u otros comprometidos en sus contratos.
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2 UF por evento, por trabajador, con tope de 3 eventos durante la vigencia del contrato.
Debiendo quien preste el servicio cumplir con un acuerdo de pago entre las partes.
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- No entregar respuesta ante requerimientos administrativos en un plazo de 3 días hábiles
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1 UF por día hábil de retraso en la entrega de respuestas a temas administrativos, tales como:
- Facturación (cesión de factoring)
- habilidad
- Certificado de leyes sociales
- Coordinación de reuniones.
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La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.
16.4.2. Procedimiento de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento la Seremi lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.
Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.
Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán informados en el Sistema de Información de Compras.
Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.
16.5. Término anticipado del contrato:
La Seremi podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:
continuación se indica:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:
2.1 La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.
2.2 Aplicación de 3 multas durante la vigencia del contrato.
2.3 Incumplir con las obligaciones legales de la contratación.
- Unilateralmente, quien preste el servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con sus trabajadores, por más de un mes. En dicho caso la Subsecretaría activará el procedimiento de cobro de la garantía para pagar las deudas que corresponda.
- Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.
- Unilateralmente, si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.
- Unilateralmente, si la modificación de la Unión Temporal de Proveedores afecta el cumplimiento adecuado de las obligaciones asumidas, o si se transgrede la solidaridad comprometida entre los integrantes.
- No dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Seremi en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
- Y todas las otras causales previstas en el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.
En este caso, la Seremi debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.
16.6. Supervisión del contrato:
La Seremi de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato a suscribir, en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a de la misma Seremi.
Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y detallan las siguientes:
- Supervisar, controlar y resolver las situaciones técnicas que se produzcan durante el contrato, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las bases técnicas.
- Llevar el control de los aspectos técnicos y administrativos que se deriven de la prestación del servicio.
- Informar al Encargado/a Administrativo/a y al Departamento de Compras y Contrataciones, mediante memorándum, sobre la procedencia de la aplicación de las multas y/o sanciones que se estipulen en el contrato, según corresponda, explicitando claramente el motivo del incumplimiento y el cálculo de la penalidad.
- Otorgar la recepción conforme de los servicios.
- Aprobar el cambio de un integrante del equipo técnico de quien preste el servicio.
La referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por quien preste el servicio, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.
La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de éste.
16.7. Subcontratación:
La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Subsecretaría, con la debida antelación, esto es, con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación. La Subsecretaría se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
16.8. Modificación o prórroga del contrato
La contratación podrá ser modificado y/o prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 10 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 30% del monto total presupuestado para la contratación.
La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.
Del mismo modo, la Subsecretaría podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.
Lo anterior en los términos previstos en el N° 1 del artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886
17. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:
Ni quien preste el servicio ni la Seremi están exentos de responsabilidad en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales, debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto el artículo 45 del Código Civil.
En caso de que quien preste el servicio se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Seremi, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Seremi de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione el/la proveedor/a y/o aquellos que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste el servicio aceptar la extensión del contrato, las garantías y los términos y condiciones de las presentes bases.
18. CONFIDENCIALIDAD:
Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, el adjudicatario guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera de la Seremi. Toda información que sea revelada o haya sido revelada por la Seremi al adjudicatario, sus asesores o empleados, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no a la Seremi, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores, empleados dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación a la Seremi, tendrá carácter de confidencial. La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba el adjudicatario de parte de la Seremi.
Con todo, esta confidencialidad se referirá a:
- No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios a la Seremi.
- Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a la Seremi.
- No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que la Seremi lo autorice en forma previa y por escrito.
- La Seremi tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
- Tomar todas las medidas necesarias para que la información confidencial mantenga ese carácter, evitando situaciones y actos que puedan producir un perjuicio para la Seremi.
Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la Seremi y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la Seremi, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.
19. CESIÓN DEL CONTRATO:
Quien oferte no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, de acuerdo con lo consignado en el artículo 126 del Reglamento de la Ley 19.886, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.