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Generalidades |
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Las presentes Bases Administrativas, regirán el proceso licitatorio público denominado: “Contrato de Suministro de Material de Enseñanza de la Escuela de Odontología, de la Universidad de Talca”.
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El Mandante |
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Actuará como Mandante la Universidad de Talca, a través de la Escuela de Odontología.
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Modalidad de la licitación |
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El objetivo de esta licitación pública es seleccionar y aceptar una propuesta, que, sujetándose a los requisitos establecidos en las bases, sea la más conveniente para los intereses de la entidad convocante, salvo, que se disponga en el respectivo pliego de condiciones que se puede adjudicar a más de un oferente cuando se trata de servicios o suministros susceptibles de contratar por ítem o rubros, específicamente determinados, lo que ocurre en estas bases. Dictamen CGR Nos. 20.879/2009, 37.411 de 2012.
En este contexto, los participantes en la presente licitación podrán ofertar por Ítem, según lo indicado en las especificaciones técnicas, entendiendo que cada uno de ellos involucra costos distintos, lo que significa que se trata de suministros específicamente determinados en función de las condiciones que se oferten, lo que deberá reflejarse en lo(s) Formulario(s) Propuesta(s) Técnica y Económica que presenten los oferentes en la propuesta ingresada al sistema.
Debe entenderse, por lo tanto, que esta licitación puede ser adjudicada a uno o más oferentes por los Ítem detallados a continuación:
ÍTEM DESCRIPCIÓN CANT
1 ACRILICO CORONA 42 AUTOCURABLE, FRASCO 250 GRS. 15
2 ACRILICO MONOMERO AUTOCURABLE, FRASCO 210 CC 150
3 ACRILICO ROSADO AUTOCURABLE, FRASCO 250 GRS. 60
4 ALAMBRE DE ACERO 0,40 MM, SIMILAR O EQUIVALENTE A DENTAURUM 45
5 ALCOHOL 70 % LITRO 138
6 ALGINATO TIPO II FRAG. NORMAL X 454 GR. BOLSA 336
7 ANESTESIA LIDOCAINA AL 2% FRASCO 1,8 ML 6
8 ANESTESIA 3% MEPIVICAINA, FRASCO 1,8 ML 6
9 ARCO DE ERICH, SIMILAR O EQUIVALENTE A DENTAURUM, UNIDAD 60
10 BANDA MATRIZ 0,5 METALICA, LARGO 3 MTS. APROX. 90
11 BASE CAVITARIA VIDRIO IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI LINING LC KIT 18
12 CLORHEXIDINA 2% BOTELLA 500 ML 30
13 EDTA 17% FRASCO 10 CC 3
14 HIPOCLORITO DE SODIO 5.25%, FRASCO 1 LITRO 60
15 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 20 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
16 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 25 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
17 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 30 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
18 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 35 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
19 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 40 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
20 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 45 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
21 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 50 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
22 CONO GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 55 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
23 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 60 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 45
24 CONO GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 70 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 45
25 CONO PAPEL 25 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 60
26 CONO PAPEL 30 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
27 CONO PAPEL 35 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
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CONO PAPEL 40 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
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CONOS DE PAPEL 45-80 SIMILAR O EQUIVALENTE (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
30 CALIBRADOR DE METAL, UNIDAD 3
31 CEMENTO DE GROSSMAN, FRASCO DE 25 GRS. 45
32 OXIDO DE ZINC, FRASCO DE 60 GRS. 30
33 VIDRIO IONOMERO PARA CEMENTACION RELYX LUTING – SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M 15
34 CEPILLO DENTAL ADULTO SUPER 7 720
35 CEPILLO DENTAL NIÑO P/TEC. HIGIENE 1400
36 CERA AMARILLA, CAJA DE 20 LÁMINAS TAMAÑO ESTANDAR 60
37 CERA BAJA FUSION, MARCA KERR TAMAÑO ESTANDAR 15
38 CERA PARA CERQUILLO LISTON TAMAÑO ESTANDAR 30
39 CERA PARA INLAY, TIPO II, KERR TAMAÑO ESTANDAR 18
40 CERA ROSADA CAJA 30 UNIDADES TAMAÑO ESTANDAR 282
41 COMPUESTO DE MODELAR KERR (BOLSA 15 UNIDADES) 60
42 DISCO SOF-LEX 2380 3M ESPE (KIT 240 UNIDADES) 3
43 DISCO SOF-LEX 2381 F 3M ESPE, DIAMETRO ½” BOLSA 85 UNIDADES 3
44 DISCO SOF-LEX 2381 SF 3M ESPE DIAMETRO ½” BOLSA 85 UNIDADES 3
45 ESPEJO No. 5 CON MANGO (ESPEJO SIN AUMENTO) 270
46 ESPONJA GELITA CAJA 40 UNIDADES DE 10X10X10 MM 9
47 EUGENOL, BOTELLA 30 CC 45
48 FLUOR BARNIZ 22600 PPM, 10 ML. 18
49 FLUOR DIAMINO DE PLATA 5 ML 3
50 SELLANTE TIPO CONCISE SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M DE 6 ML 27
51 IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI II LC, RESTAURADOR 24
52 IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI IX, AUTOPOLIMERIZABLE 24
53 GOMA DIQUE 6 X 6 X 36, CAJA 18
54 GOMA DIQUE 5 X 5 X 52, CAJA 15
55 BISTURI HOJA N° 15, UNIDAD 300
56 HUINCHA LIJA METALICA (SOBRE 12 U) 30
57 KIT FRESAS INLAY/ONLAY DE 10 UNIDADES 3
58 KIT FRESAS PROTESIS FIJA POR 11 UNIDADES 3
59 LUBRICANTE PANA SPRAY, FRASCO 200 ML 30
60 MANGA P/ESTERILIZAR SIN FUELLE, ROLLO 15 CMS 6
61 MASCARILLAS KN95, UNIDAD 1000
62 MICROBRUSH (CAJA 100 UNIDADES) TAMAÑO ESTANDAR 6
63 PAPEL ARTICULAR RECTO POR 12 BLOCK TAMAÑO ESTANDAR 33
64 PARAFILM ROLLO DE 4 IN X 125 FT 3
65 PASTA DENTAL SIMILAR O EQUIVALENTE A COLGATE TOTAL 12 75 ML 180
66 PASTA DENTAL 1500 PPM DE 75 ML 36
67 PASTA DENTAL PEQUEÑA 1500 PPM 1800
68 TABLETAS REVELADORASM SANORAL DUAL TONE CAJA 20 PASTILLAS 48
69 RADIOGRAFIA KODAC ULTRA SPEED PARA ADULTOS 45
70 RESINA COMPUESTA DE FOTOCURADO ICE S.D.I CAJA DE 5 UNIDADES 30
71 RESINA INFILTRANTE ICON DMG, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-ETCH, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-DRY, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-INFILTRANTE, 6 PUNTAS VESTIBULARES, 1 LUER-LOCK-TIP 3
72 SEDA DENTAL CON CERA 50 METROS 18
73 SELLANTE DE FOTOCURADO CONCISE SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M 24
74 SIERRA METALICA FINA DERFLA DOCENA 3
75 SILICONA LIGHT BODY SWISSTEC S POTE 1 KG. 75
76 SILICONA PUTTY MASILLA SWISSTEC COLTENE , FRASCO 6 GRAMOS 222
77 SISTEMA ADHESIVO BOTELLA SINGLE BOND DE 6 GRAMOS 105
78 SUERO BOTELLA 1 LITRO 75
79 SUERO BOTELLA 10 ML 300
80 SUTURA CATGUT 3-0 70 CMS 12
81 TIRAS SOF LEX 1954 3 M ESPE, 17,7 CM X 3,9 CM KIT 30
82 VASELINA LIQUIDA LITRO 9
83 VASELINA SOLIDA, KILO 6
84 V. IONOMERO DE BASE CAVITARIA DE FOTOCUR 30
85 YESO EXTRADURO VEL-MIX, KILO 15
86 YESO PIEDRA AMARILLO, KILO 120
87 YESO ORTOPEDICO, KILO 120
88 YESO PIEDRA BLANCO, KILO 105
Si el oferente desea incorporar más de una oferta económica, la deberá subir al portal Mercado Público por separado, conservando la misma garantía por seriedad de la oferta.
Se deberá considerar cualquier modificación o aclaración efectuada por el mandante durante el periodo permitido para tales efectos, los que se realizarán única y exclusivamente por el portal Mercado Público, por lo tanto, será de responsabilidad del oferente informarse íntegramente del proceso licitatorio a través de este medio.
En caso que los insumos requeridos sea no afecto o exento de I.V.A, el oferente deberá indicar claramente en la oferta económica tal condición, considerando el valor ofertado como valor final.
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De los participantes del proceso |
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Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), ni la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley 20.393, que establece la responsabilidad penal de la personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delito de cohecho.
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De los requisitos para contratar |
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Podrán contratar en el presente proceso licitatorio aquellas personas naturales o jurídicas, que no tengan causal de inhabilidad conforme con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley Nº19.886.
La acreditación, mediante declaración jurada simple contenida en Anexo N° 3, de no estar afecto a las inhabilidades previstas en el artículo 4, inciso 1° y 6° de la ley N°19.886, establece que no podrán contratar quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años contados desde la presentación de la oferta. Asimismo, se debe considerar que ningún órgano de la Administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios, con los funcionarios directivos de la Universidad, ni las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni las sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni las sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni las sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La acreditación mediante declaración jurada simple contenida en Anexo N°3, en el caso de personas jurídicas, tampoco podrán contratar aquellas que tengan prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por condena sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas por delitos que indica la ley N° 20.393 (Declaración exigible solo tratándose de oferentes personas jurídicas) ni encontrarse condenado por el tribunal de Defensa de la libre competencia, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 letra d) del decreto ley N° 211, de 1973.
Los participantes tendrán la obligación de estar atentos al proceso licitatorio a través del Portal Mercado Público, ya que es allí donde la Universidad informará de todas las actuaciones, requerimientos u otros.
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Otros Antecedentes para ser Contratado |
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En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde que la resolución que aprueba el acta de adjudicación y adjudica la presente licitación sea publicada en la plataforma de Mercado Público.
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Unión Temporal de proveedores |
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Podrán participar dos o más proveedores que se unen para efectos de participar en el proceso de contratación, denominado “Unión Temporal de Proveedores”, debiendo establecer en el documento que formalice la unión, a lo menos la solidaridad entre las partes, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Talca, y el nombramiento de un representante legal común con poderes suficientes para efectuar todo acto legal.
Por tratarse de la contratación de la prestación de un servicio inferior a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, sin que sea necesario constituir una sociedad. Este documento formará parte de los antecedentes legales para poder ofertar.
Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores. En el caso que el adjudicatario resulte ser una unión temporal de proveedores, debe encontrarse hábil para contratar con el Estado, lo que deberá ser verificado en el sistema, emitiéndose o presentando el certificado de estado de inscripción en el Registro de Proveedores correspondiente.
Al momento de la presentación de las ofertas y salvo indicación contraria o explícita, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, sumado a sesenta (60) días corridos adicionales.
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Documentos Integrantes |
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La relación contractual que se genere entre la Universidad de Talca y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
- Ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento
- Bases administrativas, técnicas y sus anexos.
- Las consultas, respuestas y las aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases.
- Las modificaciones a las bases, si las hubiese.
- Las ofertas administrativas, técnicas y económicas.
- La Resolución Universitaria de adjudicación.
- La orden de compra
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico y ante cualquier discrepancia entre estos, prevalecerá ese orden de precedencia.
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Modificaciones a las Bases |
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La Universidad podrá modificar las Bases Administrativas, Anexos, Formularios y demás antecedentes técnicos que rigen la licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, informando debidamente de ello a todos los oferentes a través del portal Mercado Público. Dichas modificaciones serán formalizadas mediante el respectivo acto administrativo, sujeto a las mismas formalidades que el que apruebe las presentes bases.
Será responsabilidad de los oferentes informarse de estas modificaciones a través del Portal Mercado Público.
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Conocimiento y Aceptación de las Bases |
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El sólo hecho de participar, en cualquier forma, en la presente Licitación Pública, implicará el conocimiento y aceptación íntegra y obligatoria de todos los procedimientos, requisitos y términos de las Bases administrativas, técnicas y del proceso licitatorio en general.
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Idioma |
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Español
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Computo de los Plazos |
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Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
En caso que el plazo expire en días sábados, domingos o festivos se extenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente.
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Horario de funcionamiento de la institución |
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La jornada de trabajo general de la Universidad es de lunes a jueves desde las 08:30 horas hasta las 17:00 horas y el día viernes desde 08:30 horas hasta las 15:30 horas. Es importante precisar que estos horarios podrían sufrir variaciones, fruto de caso fortuito o fuerza mayor, las que serán oportunamente informadas a través de la página web de la Universidad.
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Soporte de los documentos |
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Soporte digital, excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por la ley de compras y su reglamento.
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Obligación de Reserva y Confidencialidad |
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Los oferentes y adjudicatarios deberán guardar estricta reserva y confidencialidad respecto de toda información que no sea de dominio público referida a la Licitación efectuada en conformidad a las presentes Bases.
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los bienes o servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como su personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los bienes o servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Universidad de Talca el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la Universidad de Talca entable en su contra las acciones judiciales que correspondan.
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Prohibiciones |
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Queda prohibido realizar cualquier tipo de gestión o pagos directamente o a través de terceros, ajenos a las diligencias contempladas en el procedimiento regular de la licitación con el fin de adjudicarse la contratación de los bienes, obras, servicios u otros.
Las autoridades y funcionarios, así como, los contratados a honorarios en el caso en que excepcionalmente les corresponda participar en este procedimiento de contratación, deberán abstenerse de participar cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, N° 6, de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Serie de Consultas y Respuestas |
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Las consultas respecto a la Licitación se deberán hacer solamente a través del Portal Mercado Público, desde la fecha de publicación de las bases señalado en el numeral 3 de las presentes bases.
Las consultas deberán ser planteadas en forma concreta y precisa, y deben ser pertinentes al proceso licitatorio.
Las respuestas a las consultas se publicarán en el portal Mercado Público en la fecha señalada en el numeral 3 de las presentes bases.
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Cierre de la Licitación |
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El cierre de la propuesta, en el portal Mercado Público, será en la fecha señalada en el numeral 3 de las presentes bases.
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Vigencia de la Oferta |
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Las ofertas tendrán vigencia desde su fecha de presentación y hasta el cumplimiento íntegro del plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta. Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que su vigencia es la señalada precedentemente.
En circunstancias excepcionales, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que extiendan el periodo de vigencia de sus ofertas. Tanto la solicitud como las respuestas, deberán ser hechas por escrito y en caso de aceptación el oferente dentro del plazo de 4 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de extensión de la oferta, deberá renovar la vigencia del documento de seriedad de la oferta o adjuntar uno nuevo, por el mismo monto que el anterior, por el lapso de tiempo equivalente al de la extensión del periodo de vigencia de la oferta. La sola presentación del nuevo documento de garantía de seriedad de la oferta significará que el oferente extiende el periodo de vigencia de la misma.
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Garantía de Seriedad de la Oferta |
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Los oferentes de la presente licitación, deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante uno de los siguientes documentos, mencionándose a modo de ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Póliza de Seguro Electrónica a favor de organismos públicos u otros que aseguren su cobro de manera rápida y efectiva, siempre que sean a la vista e irrevocables, pagadera a primer requerimiento, a nombre de la Universidad de Talca, por la suma de $ 200.000.- (doscientos mil pesos chilenos), y cuyo vencimiento será de 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
La glosa del documento debe indicar que garantiza la Seriedad de la Oferta de: “Contrato de Suministro de Material de Enseñanza de la Escuela de Odontología, de la Universidad de Talca”. En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.
La Garantía por Seriedad de la Oferta deberá ser entregada en sobre cerrado dirigido a Universidad de Talca, Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración, Jefa Departamento de Gestión de Compras. Este sobre además deberá estar caratulado indicando expresamente Licitación Pública: “Contrato de Suministro de Material de Enseñanza de la Escuela de Odontología, de la Universidad de Talca”, y razón social del oferente. Hora de cierre de recepción del sobre: 12:00 horas del día lunes 27 de febrero de 2023.
La entrega de este documento se debe realizar en cualquiera de las siguientes direcciones:
- En Talca, Oficina de Partes, ubicado en calle 2 Norte Nº 685, teléfono de referencia 71-2200147.
- Casilla 747 y 721 Correos de Chile.
- En Santiago, calle Santa Elena N° 2222, comuna de San Joaquín, teléfono de referencia 2-24148327.
- En Santiago, calle Quebec 415, comuna de Providencia, teléfono de referencia 2-22091010.
- En Talca, Departamento de Gestión de Compras, ubicado en calle Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex 1 Poniente) N°1141, teléfono de referencia 71-2418938.
- En el Campus Curicó, Secretaría de la Facultad de Ingeniería, Camino a Los Niches Km 1, teléfono de referencia 75- 2201702.
- En Linares, Secretaria del Campus Linares, María Auxiliadora N° 380, teléfono de referencia 71-2418989.
- En Santa Cruz, Secretaría del Campus Colchagua, Avenida Ramón Sanfurgo N° 980, teléfono de referencia 72-2825330
En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una Garantía Electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplicará la regla anteriormente señalada, respecto a la entrega física y deberá ser presentada adjunto a la oferta en el portal de Mercado Publico.
Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de la Seriedad de la Oferta será rechazada por la Universidad por no ajustarse a los términos de las presentes Bases.
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Devolución de Garantía por Seriedad de la Oferta |
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Se hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a través del Departamento de Tesorería de la Universidad, quien para lo cual necesitará la autorización del Departamento de Gestión de Compras de la Universidad, cuyo teléfono de referencia 71-2200193 y correo electrónico es: maximo.osorio@utalca.cl
La devolución de las garantías para los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación.
En el evento de poder re-adjudicar al segundo mejor evaluado, el plazo de la devolución de la garantía de seriedad de la oferta se extenderá respecto de los oferentes no adjudicados, en diez días hábiles contados desde la notificación de la re-adjudicación, acorde con lo dispuesto por el artículo 43 del reglamento de la ley de compras públicas.
En el caso del oferente adjudicado, esta garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
En el caso de garantizarse la seriedad de la oferta con una garantía de seguro electrónica, por la naturaleza del instrumento no se aplican las reglas respecto a la devolución antes señalada, toda vez que, al contar la Garantía con una fecha de vencimiento, no requiere ser devuelta al proveedor.
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Causales de cobro de garantía de seriedad de la oferta |
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La Universidad podrá hacer efectiva la garantía descrita en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el oferente se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, o modifica unilateralmente cualquiera de las condiciones que constituyen la oferta original durante el período de vigencia de la misma.
b) Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.
c) Si el contratista no acepta la orden de compra, dentro del plazo establecido.
d) Si el contratista no entrega en forma oportuna la garantía de fiel cumplimiento de contrato (esto es 14 días corridos posteriores a la fecha de adjudicación).
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en estas Bases.
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Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato |
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El adjudicatario deberá garantizar el contrato, presentando una garantía que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y a primer requerimiento, expresada en pesos chilenos y con la glosa exigible respecto de los instrumentos que admiten la incorporación de estas, mencionándose a modo de ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de fianza, Depósito a la vista, a favor de organismos públicos a nombre de la Universidad de Talca, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato impuestos incluidos y su vencimiento será el plazo del contrato más 60 días hábiles.
En el caso de que la garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónicas y Servicios de Certificados de dicha firma.
La glosa del documento debe indicar que garantiza el fiel cumplimiento de contrato de la licitación: “Contrato de Suministro de Material de Enseñanza de la Escuela de Odontología, de la Universidad de Talca”.
Esta garantía deberá ser entregada 14 días corridos posteriores a la fecha de adjudicación, momento a partir del cual la Universidad tendrá un plazo de 10 días, para hacer devolución de la Garantía por Seriedad de la Oferta, al oferente adjudicatario.
La Universidad está facultada dentro del tiempo que dura la garantía de fiel cumplimiento de contrato, a ejecutar la garantía, en el caso de incumplimiento en lo señalado en la propuesta u oferta técnica.
En el caso de hacerse efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato imputando su monto para hacer efectivas sanciones, el contratante afectado deberá reponer dentro de diez días hábiles esta garantía manteniendo siempre su monto y vigencia original.
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Devolución de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato |
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La garantía de fiel cumplimiento de contrato será devuelta luego de transcurridos sesenta días hábiles después de finalizado el contrato y no encontrándose observaciones respecto del correcto cumplimiento de las obligaciones asumidas por el proveedor y siempre que no se formulare ningún tipo de observación, por parte del Director Escuela de Odontología o representante por él designado.
La devolución debe ser solicitada al e-mail j.valdes@utalca.cl correspondiente al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, quien gestionará la devolución previo conformidad del Director de la Escuela de Odontología o representante por el designado, acerca del correcto cumplimiento por parte del proveedor adjudicado de todos los compromisos que derivan del contrato y, en caso de no existir observaciones, el Departamento de Gestión de Pago a Proveedores autorizará la devolución, y solicitará al Departamento de Tesorería, perteneciente a la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad, que proceda a su devolución.
La Universidad está facultada dentro del tiempo que dura la garantía de fiel cumplimiento de contrato, a hacer uso de ella, en el caso de incumplimiento en lo señalado en la propuesta u oferta técnica.
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Causales de la modificación de la garantía |
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El contratista tendrá la obligación de mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato, si hubiese alguna modificación de monto y plazo de este.
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Causales de Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato |
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La garantía de fiel cumplimiento de contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna por parte de la Universidad en los siguientes casos:
a) Que no sea realizado el cambio de aquellos insumos que no cumplan con lo requerido o que presenten defectos de fábrica y no sea reemplazado por otro que cumpla con todos los requerimientos indicados en las bases técnicas.
b) Que los insumos requeridos no puedan ser utilizados para los fines requeridos por estar vencidos.
c) Incumplimiento desde el punto de vista económico, cuando el proveedor adjudicado no respeta el precio en su oferta económica.
d) Si el proveedor adjudicado cae en causal de término anticipado del contrato.
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Normas de Presentación de las Ofertas |
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Todos los antecedentes se deben ceñirse a los formatos entregados en los anexos correspondientes a las presentes bases y ser enviados a través del portal www.mercadopúblico.cl, por lo tanto, no se recibirán ofertas en formato, lugar, fecha y hora distintos a los señalados en las presentes bases
El oferente deberá ingresar su oferta administrativa, oferta técnica y oferta económica, adjuntando los anexos y antecedentes solicitados en la cláusula 4, “Instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes bases, en el portal www.mercadopúblico.cl, ambiente privado del proveedor, específicamente en los módulos habilitados en el sistema para cada materia.
Debe entenderse, por lo tanto, que esta licitación puede ser adjudicada a uno o más oferentes por los Ítem detallados a continuación:
ÍTEM DESCRIPCIÓN CANT
1 ACRILICO CORONA 42 AUTOCURABLE, FRASCO 250 GRS. 15
2 ACRILICO MONOMERO AUTOCURABLE, FRASCO 210 CC 150
3 ACRILICO ROSADO AUTOCURABLE, FRASCO 250 GRS. 60
4 ALAMBRE DE ACERO 0,40 MM, SIMILAR O EQUIVALENTE A DENTAURUM 45
5 ALCOHOL 70 % LITRO 138
6 ALGINATO TIPO II FRAG. NORMAL X 454 GR. BOLSA 336
7 ANESTESIA LIDOCAINA AL 2% FRASCO 1,8 ML 6
8 ANESTESIA 3% MEPIVICAINA, FRASCO 1,8 ML 6
9 ARCO DE ERICH, SIMILAR O EQUIVALENTE A DENTAURUM, UNIDAD 60
10 BANDA MATRIZ 0,5 METALICA, LARGO 3 MTS. APROX. 90
11 BASE CAVITARIA VIDRIO IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI LINING LC KIT 18
12 CLORHEXIDINA 2% BOTELLA 500 ML 30
13 EDTA 17% FRASCO 10 CC 3
14 HIPOCLORITO DE SODIO 5.25%, FRASCO 1 LITRO 60
15 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 20 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
16 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 25 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
17 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 30 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
18 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 35 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
19 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 40 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
20 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 45 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 90
21 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 50 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
22 CONO GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 55 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 60
23 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 60 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 45
24 CONO GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 70 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS) 45
25 CONO PAPEL 25 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 60
26 CONO PAPEL 30 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
27 CONO PAPEL 35 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
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CONO PAPEL 40 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
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CONOS DE PAPEL 45-80 SIMILAR O EQUIVALENTE (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS) 90
30 CALIBRADOR DE METAL, UNIDAD 3
31 CEMENTO DE GROSSMAN, FRASCO DE 25 GRS. 45
32 OXIDO DE ZINC, FRASCO DE 60 GRS. 30
33 VIDRIO IONOMERO PARA CEMENTACION RELYX LUTING – SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M 15
34 CEPILLO DENTAL ADULTO SUPER 7 720
35 CEPILLO DENTAL NIÑO P/TEC. HIGIENE 1400
36 CERA AMARILLA, CAJA DE 20 LÁMINAS TAMAÑO ESTANDAR 60
37 CERA BAJA FUSION, MARCA KERR TAMAÑO ESTANDAR 15
38 CERA PARA CERQUILLO LISTON TAMAÑO ESTANDAR 30
39 CERA PARA INLAY, TIPO II, KERR TAMAÑO ESTANDAR 18
40 CERA ROSADA CAJA 30 UNIDADES TAMAÑO ESTANDAR 282
41 COMPUESTO DE MODELAR KERR (BOLSA 15 UNIDADES) 60
42 DISCO SOF-LEX 2380 3M ESPE (KIT 240 UNIDADES) 3
43 DISCO SOF-LEX 2381 F 3M ESPE, DIAMETRO ½” BOLSA 85 UNIDADES 3
44 DISCO SOF-LEX 2381 SF 3M ESPE DIAMETRO ½” BOLSA 85 UNIDADES 3
45 ESPEJO No. 5 CON MANGO (ESPEJO SIN AUMENTO) 270
46 ESPONJA GELITA CAJA 40 UNIDADES DE 10X10X10 MM 9
47 EUGENOL, BOTELLA 30 CC 45
48 FLUOR BARNIZ 22600 PPM, 10 ML. 18
49 FLUOR DIAMINO DE PLATA 5 ML 3
50 SELLANTE TIPO CONCISE SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M DE 6 ML 27
51 IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI II LC, RESTAURADOR 24
52 IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI IX, AUTOPOLIMERIZABLE 24
53 GOMA DIQUE 6 X 6 X 36, CAJA 18
54 GOMA DIQUE 5 X 5 X 52, CAJA 15
55 BISTURI HOJA N° 15, UNIDAD 300
56 HUINCHA LIJA METALICA (SOBRE 12 U) 30
57 KIT FRESAS INLAY/ONLAY DE 10 UNIDADES 3
58 KIT FRESAS PROTESIS FIJA POR 11 UNIDADES 3
59 LUBRICANTE PANA SPRAY, FRASCO 200 ML 30
60 MANGA P/ESTERILIZAR SIN FUELLE, ROLLO 15 CMS 6
61 MASCARILLAS KN95, UNIDAD 1000
62 MICROBRUSH (CAJA 100 UNIDADES) TAMAÑO ESTANDAR 6
63 PAPEL ARTICULAR RECTO POR 12 BLOCK TAMAÑO ESTANDAR 33
64 PARAFILM ROLLO DE 4 IN X 125 FT 3
65 PASTA DENTAL SIMILAR O EQUIVALENTE A COLGATE TOTAL 12 75 ML 180
66 PASTA DENTAL 1500 PPM DE 75 ML 36
67 PASTA DENTAL PEQUEÑA 1500 PPM 1800
68 TABLETAS REVELADORASM SANORAL DUAL TONE CAJA 20 PASTILLAS 48
69 RADIOGRAFIA KODAC ULTRA SPEED PARA ADULTOS 45
70 RESINA COMPUESTA DE FOTOCURADO ICE S.D.I CAJA DE 5 UNIDADES 30
71 RESINA INFILTRANTE ICON DMG, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-ETCH, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-DRY, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-INFILTRANTE, 6 PUNTAS VESTIBULARES, 1 LUER-LOCK-TIP 3
72 SEDA DENTAL CON CERA 50 METROS 18
73 SELLANTE DE FOTOCURADO CONCISE SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M 24
74 SIERRA METALICA FINA DERFLA DOCENA 3
75 SILICONA LIGHT BODY SWISSTEC S POTE 1 KG. 75
76 SILICONA PUTTY MASILLA SWISSTEC COLTENE , FRASCO 6 GRAMOS 222
77 SISTEMA ADHESIVO BOTELLA SINGLE BOND DE 6 GRAMOS 105
78 SUERO BOTELLA 1 LITRO 75
79 SUERO BOTELLA 10 ML 300
80 SUTURA CATGUT 3-0 70 CMS 12
81 TIRAS SOF LEX 1954 3 M ESPE, 17,7 CM X 3,9 CM KIT 30
82 VASELINA LIQUIDA LITRO 9
83 VASELINA SOLIDA, KILO 6
84 V. IONOMERO DE BASE CAVITARIA DE FOTOCUR 30
85 YESO EXTRADURO VEL-MIX, KILO 15
86 YESO PIEDRA AMARILLO, KILO 120
87 YESO ORTOPEDICO, KILO 120
88 YESO PIEDRA BLANCO, KILO 105
En este sentido, todos los antecedentes solicitados, deberán subirse al portal www.mercadopúblico.cl en archivos individuales (en cualquier formato: doc, pdf, ppt, tif, gif, jpg, etc.) los cuales estarán identificados con el nombre de lo que contienen, de tal forma que se pueda saber fácilmente a qué corresponde, y deberán presentarse en el mismo orden que se indica en el numeral 4.
La no presentación de los documentos solicitados con carácter obligatorio descritos en el numeral 4), haber incurrido en algunas de las causales de inhabilidad mencionadas en artículo 5) acápite “En relación a las inhabilidades” numerales del 1) al 4), así como no entregar la garantía de seriedad de la oferta según los términos descritos en el artículo 8) numeral 8.1) “Garantía de seriedad de la oferta”, dejará al proponente fuera de bases y por lo tanto impedido de adjudicarse la licitación.
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley N°18.575, que consagra para la contratación pública el principio de libre concurrencia y lo ordenado en el artículo 13 de la ley N° 19.880, Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia de la propuesta de un oferente solo en la medida en que se constate que realmente la omisión tipificada cause desmedro a los derechos de la Universidad, reste transparencia al proceso o rompa el principio de igualdad de los licitantes, de manera tal que la conducta infractora privilegie a uno de ellos en perjuicio de los demás, esto es, signifique una ventaja indebida a su favor.
En consecuencia, no operarán como causal para no evaluar una oferta presentada en esta licitación pública, aquellos errores que revisten un carácter formal y no constituyen un error esencial que afecte la validez de la oferta, especialmente si no guardan relación con aspectos objeto de evaluación.
En el caso que no se presenten ofertas o que el total de las ofertas fueran declaradas inadmisibles por no cumplimiento de bases, se procederá a realizar un nuevo proceso de compras, conforme lo normado en la ley N° 19.886 y su reglamento.
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Apertura de la Propuesta |
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La apertura electrónica de las ofertas se realizará en un acto formal privado (sin la presencia de oferentes), que se llevará a efecto el día señalado en el numeral 3 de las presentes bases, en las dependencias del Departamento de Gestión de Compras de la Universidad, ubicado en Calle Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex 1 Poniente) N° 1141, Talca, a través del Portal Mercado Público o reunión mediante videoconferencia vía zoom.
El Comité de Apertura estará integrado por los siguientes funcionarios de la Universidad de Talca:
- Representante del Departamento de Gestión de Compras, quien estará a cargo de operar el sistema Mercado Público.
- El Director Escuela de Odontología o representante por él designado.
- Encargado de Control de Contratos del Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, quien actuará como ministro de fe.
Una vez recibidas las ofertas a través del portal Mercado Público, el Comité procederá a abrir los archivos ingresados por cada uno de los Oferentes, revisando que en ellos se encuentre la documentación exigida y que cumpla con los requisitos previstos en los documentos de la Licitación.
En este contexto, la Universidad, a través del Representante del Departamento de Gestión de Compras, se reserva el derecho de solicitar, en el periodo de evaluación, si a su juicio exclusivo es necesario, antecedentes que permitan aclarar determinadas propuestas, para lo cual el oferente dispondrá de dos días hábiles desde que se le haga la solicitud. Lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 40 del reglamento de la ley Nº 19.886.
Finalmente, se levantará un Acta de Apertura de las Ofertas, en la cual se dejará constancia de los principales antecedentes contenidos en las ofertas, del precio de cada oferta y de la completitud de las propuestas.
La referida acta de apertura será firmada por el Comité de Apertura y en ella se registrarán los alcances u observaciones que se originen.
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Evaluación de las ofertas |
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El Comité de Evaluación procederá a confeccionar el informe de evaluación conforme a los factores, ponderaciones y escala de notas señaladas en las presentes bases.
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Sobre los Miembros del Comité de Evaluación |
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El Director de Tecnologías de la Información o representante por el designado, será el encargado de solicitar oportunamente al representante del Rector que la licitación sea puesta en tabla de sesión del Comité.
La Universidad de Talca, deja establecido que queda estrictamente prohibido que los miembros del Comité de Evaluación del proceso licitatorio, acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión.
Todo esto bajo el marco legal de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado.
El Comité de Evaluación estará integrado por:
- Representante del Rector o subrogante por el designado.
- Vicerrector de Gestión Económica y Administración o en su defecto el Director de Finanzas o en su representación el Jefe de Presupuestos o representante por este último designado.
- El Director Escuela de Odontología o representante por el designado.
- Jefa del Departamento de Gestión de Compras o su subrogante, quien actuará como ministro de fe.
El Director Escuela de Odontología o representante por él designado, será el encargado de citar oportunamente a la reunión de este Comité.
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Contenido mínimo del Acta de Evaluación |
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Informe de la Comisión de Evaluación, conforme lo normado en el artículo 40 bis del Reglamento de la ley N°19.886, deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
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Evaluación y Adjudicación de las ofertas |
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La Universidad dispondrá de un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde la apertura de las ofertas, para adjudicar la licitación, de acuerdo a las propuestas, y los factores consignados en el número 6 de estas bases.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad legal para declarar desierto el proceso o inadmisibles las ofertas.
Las ofertas, serán evaluadas de acuerdo a los factores y ponderaciones establecidas en el numeral 6 de las presentes bases.
Durante la etapa de evaluación, el Comité de Evaluación, podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes, con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial podrá requerir información de los contactos indicados por los propios oferentes.
El Comité de Evaluación emitirá un acta, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando las calificaciones que hayan obtenido los respectivos oferentes, que culminará con una recomendación para la autoridad encargada de adoptar la decisión.
En tal contexto, la autoridad máxima de la institución ponderará la recomendación efectuada por el Comité de Evaluación, procederá conforme a la normativa de compras públicas a dictar el acto administrativo correspondiente.
La Universidad adjudicará la licitación a uno o más oferentes, que presenten la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus respectivas ponderaciones y escala de calificaciones establecidas en las presentes bases.
Cuando el monto de la oferta económica proporcionada por un oferente sea inferior al 50% del valor informado por el oferente que siga su orden de prelación, el Director Escuela de Odontología o representante por el designado, deberá informar que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, por lo que la Universidad podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a esta propuesta mediante resolución fundada, que solicite al adjudicatario una ampliación del valor de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, hasta por la diferencia del precio de la oferta que siga en el orden ya señalado.
La Universidad no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en estas Bases administrativas, técnicas y anexos.
Asimismo, no podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con organismos de la Administración del Estado, como ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
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Criterios de Desempate |
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En el caso de producirse empates entre los oferentes mejor evaluados, para efectos de adjudicar la licitación, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
1.- Segundo decimal en la nota final
2.- Mayor nota de la oferta precio
3.- Mayor nota de la oferta calidad técnica de los insumos
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Resolución de empates |
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Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
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Comunicación de Resultados |
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La Universidad de Talca notificará su decisión sobre esta licitación a todos los oferentes a través del portal Mercado Público, entendiéndose notificada mediante la publicación del acto administrativo que apruebe el acta de adjudicación y autorice la adjudicación, conforme lo normado en el acápite 3 de las presentes bases administrativas.
Para los efectos antes indicados, el Director Escuela de Odontología o representante por él designado deberá informar al Departamento de Gestión de Compras de los resultados de la adjudicación.
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Cumplimiento del Plazo de Adjudicación |
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En el caso que la Universidad no pueda adjudicar dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades, por razones técnicas o de fuerza mayor, deberá informar las razones que justifican el incumplimiento a través del portal Mercado Público e indicar un nuevo plazo para adjudicar conforme a lo establecido en el artículo 41 del reglamento de la ley N° 19.886.
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Celebración del Contrato |
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El oferente que resulte seleccionado deberá formalizar su oferta con la Universidad mediante la suscripción de un contrato, el cual deberá firmar dentro de un plazo de treinta días hábiles, desde que el acta de adjudicación fuese incorporada en el Portal Mercado Público y haciendo entrega previamente de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
La vigencia del contrato comenzará a regir a partir de la notificación del acto administrativo totalmente tramitado que lo apruebe, el que estará sujeto a las mismas formalidades que el que apruebe las presentes bases administrativas, técnicas y anexos.
La Universidad se reserva la facultad de readjudicar aquella oferta que siga en puntaje al primer adjudicado, para el caso, que este último desista de suscribir el contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato en cualquier momento por razones de buen servicio que más adelante se describen. En este evento, el Representante legal de la Universidad, podrá manifestar su voluntad de ponerle término mediante carta certificada con 30 días de anticipación.
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Modificación del contrato |
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Se podrá modificar el contrato con el fin de llevar a un mejor término el servicio contratado, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la ley N° 19.886 y 77, del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba su Reglamento.
En virtud de las causales señaladas, podrán introducirse modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones introducidas podrán significar una variación en el precio del contrato, de hasta un 30% del precio total, I.V.A incluido.
La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
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Causales para declarar Inadmisibles las ofertas y/o desierta la licitación |
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La Universidad podrá declarar desierta la licitación por las siguientes causales:
- Que la oferta no resulte conveniente para los intereses de la Universidad.
- Que no se presenten ofertas.
La existencia de la primera causal para declarar desierta la licitación será calificada exclusivamente por el Comité de Evaluación. Esta declaración deberá ser efectuada en un Acta del Comité de Evaluación, que deberá ser publicada en el Portal Mercado Público. Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria
Por su parte, en el caso que no se presenten ofertas, una vez que el portal Mercado Público automáticamente declare desierto el proceso, la Universidad podrá efectuar un nuevo proceso de compras.
Finalmente, la Universidad declarará inadmisibles las ofertas cuando no cumplan con los requisitos esenciales contemplados en las bases de licitación, debiendo en tal caso especificar en el informe de la comisión evaluadora los requisitos incumplidos, o cuando el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone la Universidad
Lo anterior, se formalizará con la dictación de la respectiva Resolución Universitaria.
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Nuevo Proceso de Compras |
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En caso de declararse desierto el proceso o las ofertas inadmisibles, la Universidad procederá conforme lo normado en la ley N° 19.886 y su reglamento. La fecha del nuevo proceso será determinada por el Director Escuela de Odontología o representante por el designado.
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Readjudicación |
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La Universidad podrá dejar sin efecto la adjudicación dentro de los 60 días siguientes desde la publicación de la adjudicación original, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en calificaciones, siempre que el oferente se encuentre hábil para contratar con el Estado al momento de adjudicar y así sucesivamente, en los casos que se señalan a continuación, a menos que, de acuerdo a los intereses corporativos, se estime conveniente declarar desierta la licitación:
1. Si al adjudicatario le sobreviene algunas de las inhabilidades previstas en la Ley N° 19.886 o en la ley N°20.393, en el período que media entre el cierre del plazo para la presentación de las ofertas y la adjudicación.
2. En caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores y algunos de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad, la Unión Temporal de Proveedores deberá informar inmediatamente por escrito, dentro del plazo de dos días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la Unión Temporal de Proveedores debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo indicado, o el integrante retirado es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
3. Si el adjudicatario se desistiere de suscribir el contrato a que se refieren estas bases o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la celebración del referido documento, particularmente no hacer entrega oportuna de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la Universidad podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
4. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
5. Cuando el oferente adjudicado no se inscriba en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado en el plazo establecido en las Bases de Licitación (número 5.)
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Entrega de los insumos |
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La entrega de los insumos se realizará en las dependencias de la Escuela de Odontología, ubicada en Avda. Lircay S/N, Talca. El Director Escuela de Odontología o representante por él designado llevará a cabo el proceso de recepción provisoria de los insumos, ocasión en la que se levantará el acta respectiva.
El oferente deberá entregar toda la documentación adicional necesaria que acompaña a la totalidad de los insumos detallados en su oferta.
En dicha ocasión deberá entregar también los certificados y documentos que acrediten las garantías de los insumos.
Una vez recibido por el o los encargado(s) de este proceso o por la o las persona(s) que sean designadas a tales efectos, se procederá a realizar las pruebas de aceptación de los insumos.
Las pruebas de aceptación, estarán constituidas por:
1. Verificación que los insumos requeridos sean provistos sin daño, sin uso, sellados, con sus rotulados, embalaje original y respondan a las características, marcas y procedencia ofertada.
2. Verificación de los certificados de calidad, en el caso de ser solicitados y garantías entregadas por el proveedor.
Se devolverá los insumos que presenten deficiencias de calidad, o vencidos, lo que impida que sean utilizados para el fin que fueron adquiridos. El oferente deberá estar dispuesto a reemplazar los insumos en un plazo inferior a 15 días corridos, considerándose como atraso el período posterior en días corridos que tarden en ser repuestos, lo cual implicará multas estipuladas en estas bases.
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Contraparte técnica e inspección técnica de la adquisición |
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La contraparte técnica de la Universidad, será el funcionario designado para estos efectos por el Director Escuela de Odontología o representante por el designado, quien realizará al menos, las siguientes funciones:
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
- Fiscalizar que la adquisición de los insumos se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
- Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones. Para el cumplimiento de lo anterior, el funcionario designado por el Director Escuela de Odontología o representante por él designado, gozará de amplias atribuciones con el objeto de resguardar los intereses de la Corporación.
- Velar por la correcta adquisición de los insumos, informando mediante oficio al Departamento de Gestión de Pago a Proveedores, en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
- Dar visto bueno y recepción conforme a la adquisición de los insumos.
El adjudicatario deberá someterse exclusivamente a las órdenes impartidas por el Director Escuela de Odontología o representante por el designado, quien las impartirá en forma verbal y/o por escrito, de acuerdo a los términos del contrato.
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Forma de Pago |
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Se realizará un único estado de pago una vez que sean recepcionados y se verifique la calidad de los insumos. La conformidad estará a cargo del Director Escuela de Odontología o representante por él designado. Esto implica pasar por todas las etapas indicadas en el número entrega y aceptación de los insumos. Se establece un plazo máximo de pago de 30 días, desde el momento de la recepción conforme.
El Director Escuela de Odontología o representante por él designado, revisará el estado de pago y procederá a su aprobación o rechazo, dentro de los 5 días hábiles siguientes a contar de la fecha de su presentación. En caso de rechazo, el plazo se contará desde la fecha de presentación del pago reformulado, corregidas las observaciones a satisfacción de la Unidad requirente
Una vez que el Director Escuela de Odontología o representante por él designado, recepcione conforme la factura, la enviará al Departamento de Gestión de Pagos a Proveedores. Esta última gestionará el pago ante el Departamento de Tesorería si no existiesen observaciones al respecto, en caso contrario, solicitará todos los antecedentes faltantes exigibles para el pago, a quien corresponda.
La factura debe ser emitida a nombre de la Universidad de Talca RUT. N° 70.885.500-6, dirección: Calle Cardenal Raúl Silva Henríquez (ex 1 Poniente) N°1141, Talca, con giro: Enseñanza Superior en Universidades y debe ser enviada a la brevedad a la Escuela de Odontología, Universidad de Talca, ubicado en Avda. Lircay S/N, Talca, para dar curso al proceso de gestión de pago.
La Universidad dispondrá de un plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura, para proceder a su pago. Se deja claramente establecido que durante el mes de febrero la Universidad no realiza pagos, por motivo del receso universitario.
En esta instancia se observará si procede cobro de multas, las que serán descontadas del estado de pago o de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, será el representante indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
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Plazo de Ejecución |
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El plazo máximo para la entrega de los insumos será el ofertado por el oferente adjudicado y se contará a partir de la aceptación de la orden de compra.
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Multas |
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1.- Se aplicará una multa de un 1% (uno por ciento) sobre el monto total del insumo no provisto por cada día de atraso en la entrega, en los siguientes casos:
a). - Vencido el plazo de entrega, las multas se cursarán desde el primer día de atraso. En caso que el período de atraso supere los 15 días corridos, la Universidad de Talca podrá poner término anticipado al contrato, sin que ello dé derecho al oferente para exigir indemnización alguna.
b).- Por atraso en el cambio o reposición de los insumos adjudicados, en caso que éste presente problemas de funcionamiento y fuese necesario su cambio o reposición, este plazo será de 15 días corridos desde que se produce la notificación. Las multas se cursarán a partir del día 16, si estas superaran los 20 días y los insumos no han sido reemplazados, la Universidad podrá dar término anticipado al contrato y procederá a liquidar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que ello dé derecho al oferente para exigir indemnización alguna.
2.- Se aplicará una multa de 1 U.F, en el caso que la factura sea cedida a factoring y la comunicación no sea informada a la Universidad en un plazo de 2 días hábiles, por parte del oferente adjudicado. El incurrir en esta causal de multa más de cinco veces durante la ejecución del contrato, será causal de término anticipado de contrato.
La Unidad de Fomento será aquella vigente al día en que se dicte la Resolución que aplica la multa.
El monto total de las multas aplicadas conforme a los numerales 1, letra a) y numeral 2 precedentes, no podrán exceder en un 10% sobre el monto total del contrato y en un 5% sobre el monto total del contrato cuando se aplique multas conforme a la letra b) del numeral 1.
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Procedimiento de aplicación y reclamo de multas |
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Cualquier multa que se aplique, será informada a través de email o carta certificada al contratista, por parte del Director Escuela de Odontología.
Se podrá alegar como causal de exculpación o inaplicabilidad de la multa el acaecimiento de circunstancias constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor, el proveedor deberá acreditar con un informe el hecho o circunstancia que califica como caso fortuito o fuerza mayor. Se entenderá por caso fortuito o fuerza mayor, lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”
El Director Escuela de Odontología o representante por él designado decidirá sobre la aplicación de las multas en los casos en que se configurare alguna de las casuales anteriormente indicadas. En la eventualidad de que existieren dudas respecto de la aplicación de la sanción para un caso en particular, se podrá solicitar un informe previo a la Dirección de Asuntos Jurídicos.
La decisión sobre la aplicación de la multa será comunicada al adjudicatario infractor, por email o carta certificada.
El adjudicatario podrá impugnar la decisión que impone la multa, mediante un recurso de reposición, dentro de los 5 días hábiles siguientes, contados desde la fecha de su comunicación personal o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta. El recurso de reposición se interpondrá ante el Director Escuela de Odontología.
Se entenderá también que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario afectado informó en su oferta. Para los efectos de impugnar la aplicación de las multas, el afectado deberá acompañar los antecedentes que acrediten la causal de exculpación o que aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento, de conformidad con lo indicado precedentemente.
De la decisión del Director Escuela de Odontología, podrá interponerse recurso jerárquico, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto, ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración, autoridad que resolverá dentro del quinto día y sin ulterior recurso.
Para todos los efectos se entiende que la comunicación es personal si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informo en su oferta.
La Universidad podrá hacer efectivo el pago de las multas en el estado de pago único, si el afectado no acredita el pago en conformidad con lo señalado en los párrafos precedentes.
Durante la vigencia del procedimiento y hasta el pago efectivo de la multa, la afectada deberá mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
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Termino Anticipado del Contrato |
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La Universidad podrá poner término en forma anticipada al contrato por las siguientes causales:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
b. Por acaecimiento de caso fortuito o de fuerza mayor que imposibiliten la ejecución del contrato.
c. Si el proveedor fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o si tratándose de una sociedad, lo fuese uno de sus socios, o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de los miembros del Directorio o el Gerente.
d. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieron impagos durante más de 60 días o no fueron debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
e. Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
f. Por el no cumplimiento de lo establecido en la oferta adjudicada y/o lo estipulado en el contrato, como, por ejemplo; que los insumos no cumplan con las condiciones establecidas en la oferta. -
g. Si se acredita que el oferente faltó a la verdad en la declaración jurada simple correspondiente al Anexo Nº 2 y N° 3.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la Universidad para poner término anticipado al contrato y cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, las siguientes acciones cuya ocurrencia será siempre certificada por el Director Escuela de Odontología o representante por el designado:
h. Cuando hayan pasado 15 días corridos, desde el plazo máximo de entrega que el oferente presentó en su oferta, y no han sido recibidos conforme.
i. Habiéndose cumplido los 20 días de plazo para la reposición o cambio de los insumos y estos no han sido recibidos en conformidad.
j. Por incorporar cobros injustificados en la factura por el suministro provisto y materia de la orden de compra aceptada.
k. Si el adjudicatario despacha a la Universidad, insumos de segunda mano, con deterioro evidente, en condiciones deficientes o con evidencias de haber sido utilizados anteriormente.
l. Si el total de multas aplicadas conforme al numeral 1, letra a) y numeral 2 precedentes, excede en 10% el monto total del contrato y excede en un 5% sobre el monto total del contrato, respecto de la aplicación del numeral 1, letra b).
m. Si las multas aplicadas en el numeral 2 supera la cantidad de 5 veces.
Sin perjuicio de lo anterior, serán además causales de termino anticipado, respecto de la Unión Temporal de Proveedores:
1. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de esta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
3. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unidad Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
4. Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Universidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
En caso de terminar anticipadamente el contrato, la Universidad se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el artículo 8° letra b) de la ley N° 19.886 en armonía con lo previsto en el artículo 10° numeral 2 del Reglamento de la Ley citada a llamar a una nueva licitación pública para la adquisición del equipamiento o bien calificar la compra como indispensable y recurrir al trato directo.
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Procedimiento para el término anticipado del contrato |
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Para proceder con el término anticipado del contrato, el Director Escuela de Odontología o representante por el designado emitirá un informe fundado donde se detalle los incumplimientos respecto a los insumos por parte del proveedor.
El Director Escuela de Odontología o representante por el designado, resolverá dentro de un plazo de cinco días si los incumplimientos son causales del término del contrato. Para dichos efectos, podrá consultar a la Dirección de Asuntos Jurídicos, si lo estima pertinente.
Con el visto bueno del Director Escuela de Odontología y de la Dirección de Asuntos Jurídicos, si fuere solicitado, se gestionará la confección de una resolución universitaria que sancione el término anticipado del contrato, acto administrativo que será notificado personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada a la adjudicataria afectada.
Contra esta resolución, el proveedor podrá interponer un recurso de reposición y jerárquico en subsidio, ante el Director Escuela de Odontología o representante por el designado dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de lo resuelto o a contar del tercer día siguiente a la fecha de recepción de la carta certificada correspondiente al domicilio informado en la oferta, alegando otro todo tipo de circunstancias que, en su concepto, le liberen o aminoren su responsabilidad frente al incumplimiento.
Si la reposición fuera desestimada, se elevarán los antecedentes ante el Vicerrector de Gestión Económica y Administración, quien resolverá fundadamente dentro del quinto día y sin ulterior recurso. La resolución señalada será notificada personalmente, por correo electrónico o mediante carta certificada, a la adjudicataria afectada.
Para todos los efectos se entiende que la notificación es personal, si ella es enviada a la dirección electrónica que el adjudicatario informó en su oferta.
A partir de la copia de la resolución universitaria que resuelva el término anticipado del contrato, el Director Escuela de Odontología o representante por el designado procederá a la confección de la liquidación del contrato, la que previo visto bueno del Vicerrector de Gestión Económica y Administración, deberá ser sancionada mediante una resolución universitaria fundada y publicada en el Sistema de Información del Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su total tramitación. Este acto administrativo también será notificado al proveedor.
Con todo, deberá remitirse a la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta casa de estudios, copia de la resolución que ordena el término anticipado del contrato así como de aquella que aprueba la liquidación del contrato, para conocimiento y fines pertinentes.
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Domicilio, Competencia y Legislación Aplicable |
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Para todos los efectos legales, las partes fijarán su domicilio en la ciudad de Talca y se someterán expresamente a la legislación chilena y a la jurisdicción de sus tribunales ordinarios de justicia
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Normativa Supletoria |
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Sin perjuicio de lo señalado en las presentes Bases, el proceso licitatorio se regirá además, por lo prescrito en la ley Nº 19.886 y su Reglamento.
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Derechos y Obligaciones |
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Los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente Licitación serán intransferibles.
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Procedimiento para Uso de Factoring |
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La Universidad de Talca autoriza a sus proveedores de bienes y servicios para ceder, mediante el uso de FACTORING, derechos a percibir el pago de facturas emitidas contra las órdenes de compra y contratos, siempre que se cumplan con las exigencias definidas en la ley N°19.983, en especial la oportunidad y formalidad de notificación, según se indica:
a) El proveedor o contratista debe informar con antelación y por escrito si efectuará o no cesión de los créditos contenidos en las facturas que emanen del Contrato u Orden de Compra, indicando el nombre de la o las empresas de factoring con las cuales operará en cada oportunidad en que efectúa la cesión de créditos contenidos en las facturas. En aquellos pagos acordados a 30 días se entenderá oportuna aquella información realizada al menos con 15 días de anticipación a la fecha de pago, mientras en los pagos acordados con plazos menores a 30 días, se entenderá oportuno aquel aviso realizado con al menos 10 días de anticipación a la fecha de pago.
b) La Universidad de Talca se reserva el derecho de reclamar contra el contenido de la factura, en el plazo máximo de 8 días corridos contados desde su presentación, para los efectos del número 2 del artículo 3° de la ley N°19.983.
c) Toda cesión del crédito contenido en una factura debe ser notificada a la UNIVERSIDAD DE TALCA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.983, o en conformidad a lo establecido en los artículos 1.901 y siguientes del Código Civil, a objeto que pueda disponerse el pago al cesionario o ejercer, en su caso, los derechos que le otorga la Ley.
d) Además, la factura debe haber sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención "cedible", y en la misma debe constar el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con la información y formalidades que se indicarán en la respectiva orden de compra o contrato.”
Para que proceda la cesión del crédito, se requiere:
a) Que la factura haya sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención “cedible", y
b) Que en la misma conste el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con indicación de la Unidad y el lugar de recibo, así como la fecha de la entrega de los bienes o de la prestación del servicio, además de estar dirigida a nombre la UNIVERSIDAD DE TALCA, Rol Único Tributario Nº 70.885.500-6, estableciendo como domicilio o dirección de destino, la indicada en este contrato para el envío de las facturas.
Además, debe incluir la identificación del funcionario que recibe el bien o servicio, más la firma de este último.
En caso que en la copia de la factura no conste el recibo mencionado, sólo será cedible cuando se acompañe una copia de la guía o guías de despacho emitida o emitidas de conformidad a la ley, en las que conste el recibo correspondiente. Para estos efectos, el emisor de la guía o guías de despacho deberá extender una copia adicional a las que la ley exige, con la mención “cedible con su factura”.
La falta de oportunidad en la comunicación por parte de la Empresa, Proveedor o Contratista, según sea el caso, la hará responsable, ante la Universidad de Talca, de cualquier gasto, pagos, costo y costas que ello pudiera significar para la Universidad de Talca, sumas que serán descontadas del contrato u orden de compra, o de cualquiera garantía (Boleta Bancaria, retención o depósito) u obligación de pago que la Universidad de Talca tenga con el contratista o proveedor. Del mismo modo, dicha falta de comunicación constituirá causal de incumplimiento contractual calificado de grave, el cual será sancionado en la forma descrita en estas Bases y el contrato respectivo.
Cualquier situación que altere el sistema de pagos convenido entre las partes, o cualquier materia referente a la oportunidad de notificación legal sobre el cesionario del crédito, deberá estar coordinada previa y directamente con la Vicerrectoría de Gestión Económica y Administración de la Universidad de Talca, a fin de permitir adoptar las medidas administrativas de control, de pago o de resguardo que sean procedentes, en cumplimiento de la Ley.
Respecto de la cesión de facturas electrónicas, ésta podrá efectuarse sólo si se ha dado cumplimiento previo de los requisitos que establece la Ley y su Reglamento, especialmente en lo referente a la inscripción de la transferencia del crédito mediante la incorporación de dichas operaciones en el Registro Electrónico de Cesión de Créditos, disponible en la Oficina Virtual del SII en Internet. La Universidad de Talca rechazará de plano la cesión de créditos contenidos en facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo dispuesto precedentemente, sin ulterior responsabilidad y sin perjuicio de las demás medidas que puedan aplicarse respecto de los proveedores o empresas contratistas que se aparten del procedimiento legal para la cesión de los créditos contenidos en estos instrumentos electrónicos.”
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Estándares de Probidad |
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Los adjudicados que presenten los servicios en la Universidad de Talca deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato de bienes y servicios, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Situaciones No Previstas |
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Toda situación no prevista o que resultare dudosa en su alcance o efectos, vinculada a las presentes bases será resuelta por la Universidad, quien está facultada para integrar los vacíos de las Bases, buscando el sentido que más se ajuste al espíritu de ellas. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
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Descripción del bien |
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El detalle de las bases técnicas del equipamiento a ser adquirido se encuentra descrito en Bases técnicas para Proceso Licitatorio Público: “Contrato de Suministro de Material de Enseñanza de la Escuela de Odontología, de la Universidad de Talca”.
Ítem 1 ACRILICO CORONA 42 AUTOCURABLE, FRASCO 250 GRS.
Código 42152410
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 2 ACRILICO MONOMERO AUTOCURABLE, FRASCO 210 CC
Código 42152410
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 3 ACRILICO ROSADO AUTOCURABLE, FRASCO 250 GRS.
Código 42152410
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 4 ALAMBRE DE ACERO, 0,40 MM SIMILAR O EQUIVALENTE A DENTAURUM
Código 42152410
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 5 ALCOHOL 70% LITRO
Código 51102710
Unidad MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS / MEDICAMENTOS ANTI INFECCIOSOS / ANTISEPTICOS
Descripción ANTISEPTICOS BASADOS EN ALCOHOL O ACETONA
Item 6 ALGINATO TIPO II FRAG. NORMAL X 454 GR. BOLSA
Código 42152410
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción MATERIALES DE IMPRESIÓN ALGINATOS DENTALES
Item 7 ANESTESIA LIDOCAINA AL 2% FRASCO 1,8 ML
Código 51142904
Unidad MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS /MEDICAMENTOS PARA EL SISTEMA NERVIOSO CENTRAL / FARMACOS ANESTESICOS, COMPLEMENTOS RELACIONADOS Y ANALEPTICOS
Descripción LIDOCAINA (ANESTESIA)
Item 8 ANESTESIA 3% MEPIVICAINA, FRASCO 1,8 ML
Código 42151681
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción SETS DE ANESTESIA ODONTOLOGICA O ACCESORIOS
Item 9 ARCO DE ERICH, SIMILAR O EQUIVALENTE A DENTAURUM, UNIDAD
Código 42151601
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción ACCESORIOS O PIEZAS DE REPUESTO PARA INSTRUMENTOS DENTALES
Item 10 BANDA MATRIZ 0,5 METALICA, LARGO 3 MTS, APROX.
Código 42151602
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES
Descripción BANDAS PARA MATRIZ DENTAL
Item 11 BASE CAVITARIA VIDRIO IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI LINING LC KIT
Código 42152461
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción COMPUESTOS DE RECUBRIMIENTO PARA MODELOS DENTALES
Item 12 CLORHEXIDINA 2% BOTELLA 500 ML
Código 51102710
Unidad MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS / MEDICAMENTOS ANTI INFECCIOSOS / ANTISEPTICOS
Descripción ANTISEPTICOS BASADOS EN ALCOHOL O ACETONA
Item 13 EDTA 17% FRASCO, 10 CC
Código 42152461
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 14 HIPOCLORITO DE SODIO 5,25%, FRASCO 1 LITRO
Código 42281604
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / PRODUCTOS PARA LA ESTERILIZACION MEDICA / SOLUCIONES DE DESINFECTANTES Y ESTERILIZACION EN FRIO
Descripción DESINFECTANTES DE LA SUPERFICIE MÉDICA
Item 15 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 20 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 16 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 25 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 17 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 30 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 18 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 35 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 19 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 40 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 20 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 45 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 21 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 50 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 22 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 55 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 23 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE MAILLEFER 60 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 24 CONOS DE GUTAPERCHA SIMILAR O EQUIVALENTE A MAILLEFER 70 (CAJA 6 FRASCOS 120 CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 25 CONO PAPEL 25 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 26 CONO PAPEL 30 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 27 CONO PAPEL 35 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 28 CONO PAPEL 40 (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 29 CONOS PAPEL 45-80 SIMILAR O EQUIVALENTE A MAILLEFER (CAJA DE 6 FRASCOS DE CONOS)
Código 42151815
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción CONOS PARA TORNOS Y PULIDORES ODONTOLÓGICOS
Item 30 CALIBRADOR DE METAL, UNIDAD
Código 41113647
Unidad EQUIPAMIENTO PARA LABORATORIOS / INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y EXPERIMENTACION /INSTRUMENTOS DE MEDICION ELECTRICA
Descripción CALIBRADOR O SIMULADOR DE FRECUENCIA
Item 31 CEMENTO DE GROSSMAN, FRASCO DE 25 GRS.
Código 30201903
Unidad ARTICULOS PARA ESTRUCTURAS, OBRAS Y CONSTRUCCIONES / ESTRUCTURAS PREFABRICADAS / COSNTRUCCIONES MEDICAS PREFABRICADAS
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 32 OXIDO DE ZINC, FRASCO DE 60 GRS.
Código 42152443
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CEMENTOS DE OXIDO DE ZINC Y SIN EUGENOL
Item 33 VIDRIO IONOMERO PARA CEMENTACION RELYX LUTING-SIMILAR O EQUIVALENTE 3M
Código 30201903
Unidad ARTICULOS PARA ESTRUCTURAS, OBRAS Y CONSTRUCCIONES / ESTRUCTURAS PREFABRICADAS / CONSTRUCCIONES MEDICAS PREFABRICADAS
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 34 CEPILLO DENTAL ADULTO SUPER 7
Código 53131503
Unidad ROPA, MALETAS Y PRODUCTOS DE ASEO PERSONAL /ARTICULOS DE BAÑO O TOCADOR / ARTICULOS DENTALES
Descripción CEPILLOS DE DIENTES
Item 35 CEPILLO DENTAL NIÑO P/TEC. HIGIENE
Código 53131503
Unidad ROPA, MALETAS Y PRODUCTOS DE ASEO PERSONAL /ARTICULOS DE BAÑO O TOCADOR / ARTICULOS DENTALES
Descripción CEPILLOS DE DIENTES
Item 36 CERA AMARILLA, CAJA DE 20 LAMINAS TAMAÑO ESTANDAR
Código 42152420
Unidad EQUIPAMIENTOS Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CERAS DE FUNDICION PARA INCRUSTADO DENTAL
Item 37 CERA BAJA FUSION, SIMILAR O EQUIVALENTE A MARCA KERR TAMAÑO ESTANDAR
Código 42152420
Unidad EQUIPAMIENTOS Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CERAS DE FUNDICION PARA INCRUSTADO DENTAL
Item 38 CERA PARA CERQUILLO LISTON TAMAÑO ESTANDAR
Código 42152420
Unidad EQUIPAMIENTOS Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CERAS DE FUNDICION PARA INCRUSTADO DENTAL
Item 39 CERA PARA INLAY, TIPO II, KERR TAMAÑO ESTANDAR
Código 42152420
Unidad EQUIPAMIENTOS Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CERAS DE FUNDICION PARA INCRUSTADO DENTAL
Item 40 CERA ROSADA CAJA 30 UNIDADES TAMAÑO ESTANDAR
Código 42152420
Unidad EQUIPAMIENTOS Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CERAS DE FUNDICION PARA INCRUSTADO DENTAL
Item 41 COMPUESTO DE MODELAR SIMILAR O EQUIVALENTE A MARCA KERR (BOLSA 15 UNIDADES)
Código 42151604
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS /INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción UTILES DE COLOCACION DE COMPUESTOS
Item 42 DISCO SOF-LEX 2380 SIMILAR O EQUIVALENTE 3M ESPE (KIT 240 UNIDADES)
Código 4215664
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS /INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción DISCOS CORTADORES O SEPARADORES DENTALES
Item 43 DISCO SOF-LEX 2381 SIMILAR O EQUIVALENTE F 3M ESPE, DIAMETRO ½ “BOLSA 85 UNIDADES
Código 4215664
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS /INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción DISCOS CORTADORES O SEPARADORES DENTALES
Item 44 DISCO SOF-LEX 2381 SIMILAR O EQUIVALENTE SF 3M ESPE DIAMETRO ½ “BOLSA 85 UNIDADES
Código 4215664
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS /INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción DISCOS CORTADORES O SEPARADORES DENTALES
Item 45 ESPEJO N°5 CON MANGO ( ESPEJO SIN AUMENTO)
Código 42151627
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES
Descripción ESPEJOS O MANGOS DE ESPEJOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Item 46 ESPONJA GELITA CAJA 40 UNIDADES DE 10 X 10 X 10 MM
Código 42311601
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS PARA EL CUIDADO DE LAS HERIDAS / AGENTES HEMOSTATICOS TÓPICOS EXOGENOS
Descripción ESPONJAS DE GELATINA ABSORBIBLE
Item 47 EUGENOL, BOTELLA 30 CC
Código 42152443
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción CEMENTOS DE OXIDO DE ZINC Y SIN EUGENOL
Item 48 FLUOR BARNIZ 22600 PPM, 10 ML
Código 4215504
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / SUMINISTROS Y EQUIPOS DE ODONTOLOGÍA COSMETICA
Descripción BARNIZ DENTAL
Item 49 FLUOR DIAMINO DE PLATA 5 ML
Código 42151630
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción INSTRUMENTOS DE COLOCACION DENTAL
Item 50 SELLANTE TIPO CONCISE SIMILAR O EQUIVALENTE 3M DE 6 ML
Código 42152423
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción SELLADORES DE ORIFICIOS O FISURAS DENTALES
Item 51 IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI II LC, RESTAURADOR
Código 42151601
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS /INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción ACCESORIOS O PIEZAS DE REPUESTO PARA INSTRUMENTOS DENTALES
Item 52 IONOMERO SIMILAR O EQUIVALENTE A GC FUJI IX, AUTOPOLIMERIZABLE
Código 42151601
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS /INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción ACCESORIOS O PIEZAS DE REPUESTO PARA INSTRUMENTOS DENTALES
Item 53 GOMA DIQUE 6 X 6 X 36, CAJA
Código 42152503
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / SUMINISTROS DENTALES GENERALES
Descripción SUMINISTROS DE DIQUE DENTAL
Item 54 GOMA DIQUE 5 X 5 X 52, CAJA
Código 42152503
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / SUMINISTROS DENTALES GENERALES
Descripción SUMINISTROS DE DIQUE DENTAL
Item 55 BISTURI HOJA N° 15, UNIDAD
Código 41122407
Unidad EQUIPAMIENTO PARA LABORATORIOS / SUMINISTROS PARA LABORATORIOS / INSTRUMENTOS DE LABORATORIO
Descripción BISTURIES DE LABORATORIO
Item 56 HUINCHA LIJA METALICA (SOBRE 12 U)
Código 30201903
Unidad ARTICULOS PARA ESTRUCTURAS, OBRAS Y CONSTRUCCIONES / ESTRUCTURAS PREFABRICADAS / CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS / CONSTRUCCIONES MEDICAS PREFABRICADAS
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 57 KIT FRESAS INLAY/ONLAY DE 10 UNIDADES
Código 42152503
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / SUMINISTROS DENTALES GENERALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 58 KIT FRESAS PROTESIS FIJA POR 11 UNIDADES
Código 42152503
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / SUMINISTROS DENTALES GENERALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 59 LUBRICANTE PANA SPRAY, FRASCO 200 ML
Código 42151681
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción SETS DE ANESTESIA ODONTOLÓGICA O ACCESORIOS
Item 60 MANGA PARA ESTERILIZAR SIN FUELLE, ROLLO DE 15 CMS.
Código 42281523
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / PRODUCTOS PARA LA ESTERILIZACION MÉDICA / EQUIPOS Y ACCESORIOS DE ESTERILIZACIÓN MÉDICA / EQUIPOS Y ACCESORIOS DE ESTERILIZADORES Y AUTOCLAVES
Descripción FILTRO DE MANGAS DE ESTERILIZACIÓN
Item 61 MASCARILLA KN95, UNIDAD
Código 42131606
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS / VESTUARIO CLÍNICO 7 VESTUARIO PARA EL PERSONAL MÉDICO Y ARTICULOS RELACIONADOS
Descripción MASCARILLAS DE AISLAMIENTO O QUIRÓFANO PARA EL PERSONAL SANITARIO
Item 62 MICROBRUSH (CAJA 100 UNIDADES) TAMAÑO ESTANDAR
Código 4215660
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / INSTRUMENTOS Y DISPOSITIVOS DENTALES Y DE SUB ESPECIALIDAD
Descripción APLICADORES O ABSORBENTES ODONTOLÓGICOS
Item 63 PAPEL ARTICULAR RECTO POR 12 BLOCK TAMAÑO ESTANDAR
Código 42294904
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / PRODUCTOS QUIRURGICOS 7 INSTRUMENTOS ENDOSCOPICOS, SUMINISTROS, ACCESORIOS Y PRODUCTOS RELACIONADOS
Descripción CORREAS O BLOQUES DE MORDER ENDOSCÓPICOS
Item 64 PARAFILM ROLLO DE 4 IN X 125 FT
Código 41115806
Unidad EQUIPAMIENTO PARA LABORATORIOS / INSTRUMENTOS DE MEDIDA Y EXPERIMENTACIÓN / ANALIZADORES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS CLINICOS Y DE DIAGNOSTICO
Descripción ACCESORIOS O SUMINISTROS DE ANALIZADORES DE GASES SANGUÍNEOS
Item 65 PASTA DENTAL SIMILAR O EQUIVALENTE A COLGATE TOTAL 12,75 ML
Código 53131502
Unidad ROPA, MALETAS Y PRODUCTOS DE ASEO PERSONAL / ARTICULOS DE BAÑO O TOCADOR / ARTICULOS DENTALES
Descripción PASTA DE DIENTES
Item 66 PASTA DENTAL 1500 PPM DE 75 ML
Código 53131502
Unidad ROPA, MALETAS Y PRODUCTOS DE ASEO PERSONAL / ARTICULOS DE BAÑO O TOCADOR / ARTICULOS DENTALES
Descripción PASTA DE DIENTES
Item 67 PASTA DENTAL PEQUEÑA 1500 PPM
Código 53131502
Unidad ROPA, MALETAS Y PRODUCTOS DE ASEO PERSONAL / ARTICULOS DE BAÑO O TOCADOR / ARTICULOS DENTALES
Descripción PASTA DE DIENTES
Item 68 TABLETAS REVELADORAS SANORAL DUAL TONE CAJA 20 PASTILLAS
Código 42152429
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción MATERIALES ELASTOMÉRICOS PARA IMPRESIÓN DENTAL
Item 69 RADIOGRAFIA KODAC ULTRA SPEED PARA ADULTOS
Código 42152010
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / EQUIPO PARA SUMINISTROS PARA IMÁGENES DENTALES
Descripción PELICULA DE RADIOLOGÍA DENTAL
Item 70 RESINA COMPUESTA DE FOTOCURADO ICE S.D.I, CAJA DE 5 UNIDADES
Código 42152425
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción RESINAS DE BASE PARA DENTADURAS
Item 71 RESINA INFILTRANTE SIMILAR O EQUIVALENTE ICON DMG, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-ETCH, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-DRY, 1 JERINGA DE 0,45 ML ICON-INFILTRANTE, 6 PUNTAS VESTIBULARES, 1 LUER-LOCK-TIP
Código 42152425
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción RESINAS DE BASE PARA DENTADURAS
Item 72 SEDA DENTAL CON CERA, 50 METROS
Código 53131504
Unidad ROPA, MALETAS Y PRODUCTOS DE ASEO PERSONAL / ARTICULOS DE BAÑO O TOCADOR / ARTICULOS DENTALES
Descripción HILO DENTAL
Item 73 SELLANTE DE FOTOCURADO CONCISE SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M
Código 42152423
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS /MATERIALES DENTALES
Descripción SELLADORES DE ORIFICIOS O FISURAS DENTALES
Item 74 SIERRA METALICA FINA DERFLA DOCENA
Código 42291604
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / PRODUCTOS QUIRURGICOS / INSTRUMENTOS QUIRURGICOS DE CORTE, TRAMPAS Y PRODUCTOS RELACIONADOS
Descripción SIERRAS DE MANO, SEGUETAS O MANGOS DE SIERRA QUIRÚRGICOS PARA HUESOS
Item 75 SILICONA LIGHT BODY SWISSTEC S, POTE 1 KG
Código 42152429
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS /EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS /MATERIALES DENTALES
Descripción MATERIALES ELASTOMERICOS PARA IMPRESIÓN DENTAL
Item 76 SILICONA PUTTY MASILLA SWISSTEC COLTENE, FRASCO 6 GRAMOSACRILICO ROSADO AUTOCURABLE, FRASCO
Código 42152429
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS /MATERIALES DENTALES
Descripción MATERIALES ELASTOMERICOS PARA IMPRESIÓN DENTAL
Item 77 SISTEMA ADHESIVO BOTELLA SINGLE BOND DE 6 GRAMOS
Código 42152457
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MÉDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción KITS DE CEMENTADO DENTAL
Item 78 SUERO BOTELLA 1 LITRO
Código 41104115
Unidad EQUIPAMIENTO PARA LABORATORIOS / EQUIPOS E INSUMOS PARA LABORATORIO / CONTENEDORES PARA ESPECIMENES DE LABORATORIOS / CONTENEDORES DE PARA ESPECIMENES DE LABORATORIO
Descripción CONTENEDORES DE RECOGIDA CON FILTRO DE SUERO
Item 79 SUERO BOTELLA 10 ML
Código 41104115
Unidad EQUIPAMIENTO PARA LABORATORIOS / EQUIPOS E INSUMOS PARA LABORATORIO / CONTENEDORES PARA ESPECIMENES DE LABORATORIOS / CONTENEDORES DE PARA ESPECIMENES DE LABORATORIO
Descripción CONTENEDORES DE RECOGIDA CON FILTRO DE SUERO
Item 80 SUTURA CATGUT 3-0, 70 CMS
Código 42312201
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / PRODUCTOS PARA EL CUIDADO DE HERIDAS / SUTURA Y PRODUCTSO RELACIONADOS
Descripción SUTURA
Item 81 TIRAS SOF LEX 1954 SIMILAR O EQUIVALENTE A 3M ESPE, 17,7 CM X 3,9 CM KIT
Código 42151806
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLÓGICOS / RELLENOS Y ACABADOS DENTALES Y SUMINISTROS PARA PULIR
Descripción TIRAS DENTALES DE ACABADO O PULIDO
Item 82 VASELINA LIQUIDA LITRO
Código 51171630
Unidad MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS / MEDICAMENTOS PARA EL SISTEMA GASTROINTESTINAL / LAXANTES
Descripción ACEITE MINERAL
Item 83 VASELINA SOLIDA, KILO
Código 51171630
Unidad MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS / MEDICAMENTOS PARA EL SISTEMA GASTROINTESTINAL / LAXANTES
Descripción ACEITE MINERAL
Item 84 V. IONOMERO DE BASE CAVITATARIA DE FOTOCUR
Código 42152457
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción KITS DE CEMENTADO DENTAL
Item 85 YESO EXTRADURO VEL-MIC, KILO
Código 42152457
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 86 YESO PIEDRA AMARILLO, KILO
Código 42152457
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 87 YESO ORTOPEDICO, KILO
Código 42152457
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
Item 88 YESO PIEDRA BLANCO, KILO
Código 42152457
Unidad EQUIPAMIENTO Y SUMINISTROS MEDICOS / EQUIPOS Y SUMINISTROS ODONTOLOGICOS / MATERIALES DENTALES
Descripción UNIDADES DENTALES
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Ingreso de Anexos |
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1.- Anexo Nº 1:“Presentación del oferente”
2.- Anexo Nº 2:“Declaración Jurada simple”
3.- Anexo Nº 3:“Declaración Jurada simple sobre inhabilidades”
4.- Anexo Nº 4:“Antecedentes Legales”
5.- Anexo Nº 5: “Características de los insumos”
6.- Anexo Nº 6: “Garantías”
7.- Anexo Nº 7:“Oferta económica”
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