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1.-
Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales o jurídicas, así como las uniones temporales de proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, y que no se encuentren afectos a una o más de las inhabilidades contempladas por la ley, según lo siguiente:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas.
• No ser funcionario directivo de la Subsecretaría de Servicios Sociales; ni ser cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive de algún funcionario directivo de este Ministerio; ni ser sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.
Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada que deben presentar los oferentes, conforme a los anexos administrativos N° 2, 3 o 4 de estas bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades del Ministerio de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto mantiene la Dirección del Trabajo u otro organismo competente.
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar dicha declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, sea el caso.
4.1.1. Regulación para Unión Temporal de Proveedores
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, se trata de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), la cual deberá formalizarse mediante escritura pública como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. En dicho documento se deberá establecer la solidaridad entre los integrantes de esa Unión respecto de todas las obligaciones que se generen con el Ministerio a través de la Subsecretaría, se deberá indicar la modalidad de la facturación, y se deberá nombrar un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Asimismo, el documento que formalice el acuerdo de conformar una UTP deberá establecer un plazo para su duración que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado y la de su eventual prórroga en caso de que las presentes Bases así lo dispongan.
La UTP que no acredite al momento de contratar que no se ha formalizado de la manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al antes citado, no dará cumplimiento a las presentes Bases.
En caso de que la oferta presentada por una UTP le sea adjudicada por la Subsecretaría, cada uno de los integrantes de la misma deberá cumplir con el requisito de inscripción en el Registro de Proveedores para efectos de suscribir el contrato respectivo, en el plazo establecido en el punto 5.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Los integrantes de una UTP se entienden ingresar una oferta común, la que no se les adjudicará parcialmente a cada uno de ellos, sino a la UTP en su conjunto.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato en caso de serles adjudicada la licitación, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. En caso de desistimiento, esto deberá ser comunicado por escrito a la Subsecretaría y podrá dar lugar a hacer efectivas las garantías y acciones correspondientes por retractación de la oferta, no suscripción del contrato o su término anticipado, según corresponda.
Con todo, la Subsecretaría, en el caso que adjudique una licitación a una UTP y una o más de sus integrantes quede inhabilitada con posterioridad a ello, en caso que la evaluación de las condiciones o atributos de la o las entidad/es inhabilitada/s haya sido determinante para la adjudicación (como podría ser por su experiencia en el rubro a licitar, integrantes de su equipo de trabajo, evaluaciones anteriores como proveedor, entre otras razones) se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación en mérito a esa inhabilitación y readjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.
Se procederá de igual forma como la señalada en el párrafo anterior, en caso de que uno o más de los integrantes de una UTP desistan de su participación en ella con posterioridad a la adjudicación y antes de la suscripción del contrato y su participación haya sido determinante en conferirle a la UTP una mejor evaluación de su oferta.
En caso de que las inhabilitaciones o desistimientos de los integrantes de una UTP se produzcan con posterioridad a la suscripción del contrato adjudicado y éstas impliquen una variación sustancial de las capacidades de la UTP adjudicada para cumplir en debida forma las obligaciones del contrato, la Subsecretaría se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, haciendo efectivas las garantías que se encuentren vigentes.
4.2. Instrucciones para presentación de ofertas
a) Presentar ofertas en el portal i) Obligatorio.
ii) La presentación de las ofertas y otros antecedentes exigidos conforme a las presentes bases, implica la aceptación del proponente respecto de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las mismas, sin necesidad de aclaración expresa.
iii) Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente, el proponente perderá todas las garantías (de haberlas), además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose el Ministerio el derecho a declarar inadmisible la oferta, dejar sin efecto la adjudicación o bien a poner término al contrato, según corresponda.
iv) Los gastos en que incurra el proponente como consecuencia de la presentación de la oferta serán de su cargo, sin derecho a reembolso.
v) La oferta, en su estructuración debe poder permitir a la comisión evaluadora abordar todos y cada uno de los factores en evaluación.
vi) Se sugiere a los participantes adoptar todas las medidas conducentes para ingresar con la suficiente anticipación sus propuestas en el portal www.mercadopublico.cl, ya que la Subsecretaría no administra los recursos informáticos de ese portal ni tiene facultades para anular, modificar o corregir en modo alguno errores derivados del ingreso de los datos al sitio precitado.
vii) Si dos o más oferentes se unen para el efecto de participar en un proceso de compra deberán indicarlo en el Anexo N° 1, además deberán adjuntar los documentos que correspondan de acuerdo con lo indicado en el artículo 67° bis, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y el Punto N° 4.1.1 de las presentes Bases Administrativas.
b) Anexos administrativos Los oferentes deberán publicar en el portal www.mercadopublico.cl, los Anexos Administrativos 1 y 2, 3 ó 4, según corresponda, debidamente firmados por el proponente o su representante legal.
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), aquél deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscritos por el representante legal del integrante o por éste según, sea el caso.
Anexo Administrativo N° 5: Declaración jurada simple persona jurídica y su representante legal de que no tiene prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado como consecuencia de la aplicación de la pena establecida en el artículo 10 de la Ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica y delitos de cohecho que indica y en la letra d) del artículo 26 del D.L. 211 de 1973
La declaración del anexo N° 5, sólo debe ser presentada por el oferente que resulte adjudicado.
Nota 1: La omisión de los Anexos Administrativos N° 1 y 2, 3 ó 4, según corresponda, en la apertura provocará que la oferta sea declarada inadmisible y, en consecuencia, dicha propuesta no será evaluada.
c) Antecedentes Económicos Oferta económica.
Los oferentes deberán ingresar su propuesta económica en el portal www.mercadopublico.cl.
i).- El precio de la oferta económica se expresará en pesos (valor neto), conforme al Anexo N° 8: Oferta Económica.
ii).- El oferente indicará el régimen tributario al cual se encuentra afecto o bien si todo o parte de sus servicios están exentos de determinado impuesto.
iii).- La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicado en el portal.
Nota 2: Si en la apertura se ha omitido el Anexo N° 8 en el portal www.mercadopublico.cl, la oferta será declarada inadmisible y, por tanto, no será evaluada.
d) Antecedentes Técnicos Oferta técnica (Anexos N° 6, 7 y 9)
Los oferentes deberán ingresar su propuesta técnica en el sistema de información, adjuntando un archivo en el portal www.mercadopublico.cl, en que se indiquen las características del servicio, considerando el detalle entregado en las bases técnicas, además de los Anexos respectivos.
Nota 3: Si en la apertura se han omitido los Anexos N° 6, 7 y 9 o los documentos que componen la oferta técnica, la oferta será declarada inadmisible, y por tanto, no será evaluada.
e) Forma de entrega de antecedentes Todos serán entregados en idioma español y en formato digital en http://www.mercadopublico.cl
4.3. Apertura
El acto de la apertura se efectuará a través de http://www.mercadopublico.cl, liberándose automáticamente las ofertas en el día conforme estas bases. Por tanto, no se efectuarán aperturas en las dependencias de la Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de Antofagasta, salvo los casos señalados en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886, y así se comunique por el portal.
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