Licitación ID: 1271359-114-LE25
CONSTRUCCIÓN SALA MULTIUSO ESCUELA SANTA SARA
Responsable de esta licitación: Corporación Municipal de Desarrollo Social Lampa
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Construcción Sala Multiuso Escuela Santa Sara  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN SALA MULTIUSO ESCUELA SANTA SARA
Estado:
Revocada
Descripción:
El proyecto contempla una solución de construcción tradicional para una sala de multiuso, la cual cuente con un espacio de bodega para los implementos que se utilizaran en dicha sala multiuso y un espacio amplio para poder ser utilizada con los estudiantes. Cumpliendo además con la accesibilidad universal, por ende, considera rampa con barandas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
LICITACIONES
R.U.T.:
70.954.200-1
Dirección:
Sargento aldea 898
Comuna:
Lampa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-07-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 27-06-2025 16:16:36
Fecha inicio de preguntas: 27-06-2025 20:01:00
Fecha final de preguntas: 07-07-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-07-2025 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2025 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-07-2025 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 06-08-2025 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA 04-07-2025 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Persona Natural; Acreditar en el Registro de Proveedores Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Copia de la cédula de identidad. Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)
2.- Persona jurídica; Acreditar en el Registro de Proveedores Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores. Copia de cédula de identidad del representante legal. Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta. Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta. Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)
3.- Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente”
4.- En caso de UTP, Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
5.- Formulario N°5 “Datos de pago”.
6.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)
Documentos Técnicos
1.- Formulario N° 3: Oferta técnica
 
2.-  Formulario F-30 (en caso de existir Unión Temporal de proveedores, cada empresa deberá presentar el documento solicitado)
 
3.-  Carta Gantt
 
4.-  Descripción detallada de lo ofertado
 
5.- Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda
 
6.- Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda
 
7.- Documentos que acrediten domicilio, en caso que corresponda
 
8.- Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda
 
9.- Formulario N°6 “Declaración simple de subcontratación”
 
10.- Formulario N°7 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.
 
11.- Formulario N°8” Declaración de implementación de programas de integridad”
 
Documentos Económicos
1.- Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Antecedentes formales de la propuesta Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos. Si Cumple = 100 puntos No Cumple = 0 puntos Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05 5%
2 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir ─y si resulta necesario, identificar y sancionar─ las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros. De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05 5%
3 Sustentabilidad Políticas de sustentabilidad Materias y contenidos Medio de verificación A) Inclusión laboral B) Inclusión de género C) Fomento de buenas prácticas ambientales D) CONADI Deberá presentar alguno de los siguientes documentos: -Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) -Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos -Certificado ISO 14001-2015 -Certificado ISO 50001 vigente o norma chilena equivalente. Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos. Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos. Puntaje C4*0,05 5%
4 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE DESCRIPCIÓN 100 Acredita debidamente 5 experiencias 80 Acredita debidamente 4 experiencias 60 Acredita debidamente 3 experiencias 40 Acredita debidamente 2 experiencias 20 Acredita debidamente 1 experiencias 0 No declara o no acredita debidamente su experiencia Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos: a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas: • Decretos o Resolución de Adjudicación • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL. Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3. La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente: - En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL - En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente - Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible - No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente - La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde. El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo: - Nombre del cliente o mandante - Fecha de la entrega del servicio - Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado publico y/o ID de licitación. - Tipo de servicio contratado - Teléfono de contacto Puntaje C5 = Puntaje obtenido * 0,35 35%
5 Precio PM= Precio mínimo ofertado PE= Precio que se evalúa Puntaje C6 = ((PM/PE) *100) * 0,45 45%
6 PROVEEDOR LOCAL El proponente deberá acreditar domicilio con al menos uno (1) de los documentos: (DETALLE EN BAE) 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Según CDP
Monto Total Estimado: 40000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JAVIERA AYALA
e-mail de responsable de pago: javiera.ayala@corporacionlampa.cl
Nombre de responsable de contrato: Miguel Gutiérrez
e-mail de responsable de contrato: Miguel.gutierrez@corporacionlampa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-09-923694068-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LAMPA
Fecha de vencimiento: 30-01-2026
Monto: 5 %
Descripción: Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva. La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá readjudicar el proceso. ANTECEDENTES DESCRIPCIÓN DIRIGIDA A Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT 70.954.200-1 MONTO Igual al 5% del valor total del contrato, en pesos chilenos VIGENCIA Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo GLOSA Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “Construcción Sala Multiuso Escuela Santa Sara” ID: 1271359-114-LE25 INSTRUMENTOS • Certificados de fianza • Boletas de Garantías • Vale vista • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, de acuerdo a lo señalado en el artículo denominado “Incumplimientos del proveedor” de las presentes Bases Administrativas, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “Construcción Sala Multiuso Escuela Santa Sara” ID: 1271359-114-LE25
Forma y oportunidad de restitución: La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía. El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

ü  Presentación de ofertas: Las ofertas será por la totalidad de lo solicitado en las bases técnicas, por ende, deberá ofertar la totalidad de los servicios y especificaciones técnicas solicitadas. En cuanto a la oferta económica, se deberá considerar valor unitario de cada aspecto del itemizado, junto con la sumatoria de estos costos unitarios.

ü  Evaluación: La apertura electrónica de la presente Licitación Pública se realizará en una etapa, por lo cual, en el acto de apertura se procederá a abrir la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica en una sola instancia. El Contratante efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los postulantes hayan cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas. El Contratante declarará inadmisibles las ofertas por resolución fundada, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases Administrativas incluidos aquellos casos en que habiéndose solicitado a los proponentes salvar errores, omisiones formales y/o complementar sus antecedentes, no se hubiere dado cumplimiento a lo requerido dentro del plazo indicado en la solicitud respectiva.

A su vez se realizará la evaluación económica, en la cual las propuestas de las proponentes no declaradas inadmisibles según el acápite anterior, serán evaluadas por una Comisión.

La Comisión evaluará las propuestas técnicas y económicas, sobre la base de su cumplimiento con las Bases Administrativas y Técnicas y aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos especificados.

ü  Adjudicación: La adjudicación será simple, es decir por la totalidad del servicio, conforme a lo ofertado por el proveedor adjudicado

 IV.     VISITA DE TERRENO

Se contempla la visita a terreno de carácter obligatoria a realizarse en el lugar de ejecución de la obra, la no asistencia declara la oferta del postulante como INADMISIBLE. La dirección a realizarse la obra es:

ESCUELA SANTA SARA

DIRECCION DE LA VISITA:

Camino interior S/N Santa Sara Batuco     

FECHA:

04-07-2025

HORARIO:

11:00

RESPONSABLE:

FRANCISCO BUSTAMANTE RETAMALES

CONTACTO

Francisco.bustamente@corporacionlampa.cl  

FONO:

+569 2369 4078

No se podrá atender a oferentes en horarios diferentes y/o de forma particular, debido a que esto afectaría a los principios de trasparencia e igualdad de los oferentes. Sin embargo, se flexibilizará la llegada de o los proveedores para un atraso máximo de 15 minutos. Posterior al tiempo estipulado el acta de asistencia será cerrada frente a los demás participantes. Acta que será publicada en Mercado Público en la licitación respectiva.

Además, los asistentes a la visita a terreno deberán presentar cedula de identidad y Certificado de inhabilidad para trabajar con menores de edad.

   V.     ANEXOS

Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales.

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N°19.886.

A)      ANEXOS ADMINISTRATIVOS

Persona Natural

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Copia de la cédula de identidad.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)

   Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente”

Acreditar ante la Corporación

En caso de UTP, Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”

Formulario N°5 “Datos de pago”.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)

Persona jurídica

Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.

Copia de cédula de identidad del representante legal.

Acreditar en el Registro de Proveedores

Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

Declaración jurada simple digital, disponible en el sistema de información de Mercado Público

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)

  Formulario N° 1 “Identificación completa del oferente”

Acreditar ante la Corporación

En caso de UTP, Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”

  Formulario N°5 “Datos de pago”.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación. (F-30)

Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):

  • Formulario N° 2 “Identificación unión temporal de proveedores”
  • Se deberá designar un representante de la UTP para presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.
  • No obstante, el certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) se deberá presentar de manera particular por cada proveedor que conforme la UTP.
  • Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, si procede, en caso que la compra y/o contratación sea igual o superior a 1.000 UTM.
  1. Documentos que se deben acreditar en el Registro de Proveedores

Conforme a lo anterior, los antecedentes que deben ser acreditados en el registro de proveedores, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información.

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no acredita en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se inscribiese en el Registro de Proveedores, en caso de no estar inscrito, y/o no se encuentra en estado “hábil” en dicho Registro al momento de suscribir el contrato; en definitiva, cualquier impedimento que implique la no suscripción del contrato en los plazos establecidos en estas bases , se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la entidad licitante para readjudicar la licitación.

En el caso de resultar adjudicada una UTP, deberá disponibilizar en el Registro de Proveedores la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en los casos en los que proceda, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento de la Ley 19.886.

B)      ANEXOS TÉCNICOS

Formulario N° 3: Oferta técnica

ü  Formulario F-30 (en caso de existir Unión Temporal de proveedores, cada empresa deberá presentar el documento solicitado)

ü  Carta Gantt

ü  Descripción detallada de lo ofertado

Documentos que acrediten experiencia, en caso que corresponda

Documentos que acrediten sustentabilidad, en caso que corresponda

Documentos que acrediten domicilio, en caso que corresponda

Documentos que acrediten programas de integridad, en caso que corresponda

Formulario N°6 “Declaración simple de subcontratación”

Formulario N°7 “Declaración Simple Aceptación de las condiciones de las propuestas.

Formulario N°8” Declaración de implementación de programas de integridad”

Los documentos correspondientes al Anexo técnico y Formulario N°3: oferta técnica, deben ser ingresados en el portal www.mercadopublico.cl en el ícono “antecedentes técnicos”.

C)       ANEXOS ECONÓMICO

Formulario N°4 Oferta económica, se debe indicar de forma UNITARIA los servicios ofertados, valores netos, total neto y total IVA, en pesos chilenos

En caso de haber incongruencia entre la información entregada por el proveedor a través del Formulario N°4 y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4.

IMPORTANTE: Todos los anexos deberán ser completados conforme a los formatos adjuntos. Sin embargo, solo el Formulario N°1, Formulario N°3, Formulario N°4 y Formulario N°7 serán considerados como requisito de admisibilidad, esto quiere decir de no ser adjuntados y completados en totalidad la oferta será declarada inadmisible. Para el Formulario N°2, este solo es obligatorio en caso de existir una unión temporal de proveedores.

 VI.          DE LA EVALUACIÓN

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por tres (3) integrantes, designados por resolución.

La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:

 

  1. Encargado (a) de la Unidad de Infraestructura o quien designe en su representación.
  2. Un funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento
  3. Un funcionario(a) de la Unidad de Infraestructura

Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:

a)       Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta

b)      Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas

c)       Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente

d)      Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas

e)      Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras

f)        Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas

g)       Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los productos requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo

h)      Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas

    VII.     PAUTA Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN

  • SINTESIS

CRITERIO

PONDERACIÓN

1.

Antecedentes formales

5%

2.

Proveedor Local

5%

3.

Programas de Integridad

5%

4.

Sustentabilidad

5%

5.

Experiencia del Oferente

35%

6.

Oferta Económica

45%

TOTAL PONDERACIÓN

100%

C1: ANTECEDENTES FORMALES DE LA PROPUESTA

5%

Se evaluará el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, junto con todos los antecedentes requeridos.

Si Cumple = 100 puntos

No Cumple = 0 puntos                         

Puntaje C1= Puntaje obtenido *0,05

C2: PROVEEDOR LOCAL

5%

El proponente deberá acreditar domicilio con al menos uno (1) de los siguientes documentos:

Persona Natural

Certificado de residencia

Acreditar ante la Corporación

Factura servicios básicos (como luz, agua o gas) que esté a nombre de la empresa y tenga la dirección del domicilio, y que tenga, y que no tenga más de dos (2) meses de antigüedad

Persona Jurídica

Certificado de inscripción en el Registro de Comercio que acredite la existencia de la empresa y su domicilio

Factura servicios básicos (como luz, agua o gas) que esté a nombre de la empresa y tenga la dirección del domicilio, y que tenga, y que no tenga más de dos (2) meses de antigüedad

Patente municipal

Sólo Unión Temporal de Proveedores (UTP):

  • El apoderado designado integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello.

Este factor será ponderado conforme a la siguiente tabla:

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Detalles

COMUNAL (LAMPA)

100

Puntaje C2= Puntaje obtenido * 0,05

PROVINCIA CHACABUCO

50

FUERA DE LA PROVINCIA

0

C3: PROGRAMAS DE INTEGRIDAD

5%

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Esta debe ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.  

Cada oferente deberá entregar respaldos que permitan verificar que el programa de integridad es conocido por el personal y/o trabajadores/as, tales como: Un comunicado interno, mail masivo, nómina firmada, entre otros.

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente: 

Posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 100 puntos

No posee un programa de integridad que sea conocido por su personal = 0 puntos        

Puntaje C3= Puntaje obtenido *0,05

C4: SUSTENTABILIDAD

5%

  1. Inclusión laboral

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

El proveedor dispone de políticas de inclusión laboral a personas de la tercera edad activa (mujer mayor de 60 años y hombre mayor de 65 años).

Proveedor dispone de políticas de inclusión laboral de personas con nacionalidad chilena pertenecientes a culturas indígenas (CONADI)

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones actualizado y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador adulto mayor, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

ü  Adjuntar certificado de cotizaciones previsionales, certificado de Acreditación de la Calidad Indígena y contrato de trabajo de carácter indefinido de al menos un trabajador que cumpla con ello, con antigüedad igual o mayor a 3 meses y copia de carnet de identidad del trabajador/a.

NOTA: Al adjuntar el carnet favor ocultar Nº de documento. Cabe mencionar que no es necesario adjuntar ambas caras.

  1. Inclusión de género

El oferente es una Empresa liderada por una mujer.

Se comprobará en el registro de proveedores (Sello Empresa mujer)

  1. Fomento a empresas de menor tamaño.

El oferente es categorizado como empresa de menor tamaño

El proveedor deberá adjuntar documento que acredite el tamaño de su empresa, mediante consulta de la situación tributaria de terceros en el sitio web del servicio de impuestos internos.

  1. Fomento de buenas prácticas ambientales

La empresa fomenta las prácticas empresariales ambientalmente sustentables

Deberá presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Registro de inscripción en Huella Chile (Ministerio del Medio Ambiente) https://huellachile.mma.gob.cl/ organizaciones-registradas/   
  • Certificado de reciclaje de residuos no peligrosos, emitido por alguno de los destinatarios autorizados según el LISTADO DE DESTINATARIOS AUTORIZADOS DE RESIDUOS NO PELIGROSOS: https://seremi13.redsalud.gob.cl/wrdprss_minsal/wp-content/uploads/2025/05/LISTADO-DESTINATARIOS-DE-RESIDUOS-NO-PELIGROSOS-AL-28.02.202.pdf
  • Certificado o documento que acredite sello APL, el cual se obtiene con los pasos descritos en: https://www.ascc.cl/pagina/sello_apl

Oferente adjunta al menos un medio de verificación= 100 puntos.

Oferente no adjunta ningún medio de verificación= 0 puntos.

Puntaje C4= Puntaje obtenido *0,05

C5:  EXPERENCIA DEL OFERENTE

35%

PUNTAJE

DESCRIPCIÓN

100

Acredita debidamente 5 experiencias

80

Acredita debidamente 4 experiencias

60

Acredita debidamente 3 experiencias

40

Acredita debidamente 2 experiencias

20

Acredita debidamente 1 experiencias

0

No declara o no acredita debidamente su experiencia

Este criterio evaluará la experiencia del oferente en servicios similares, con contratos ejecutados o en ejecución, desde el año 2019 en adelante. Cada una de las “experiencias” informada en Formulario N°3 respectivo, deberá ser acreditada a través de alguno de los siguientes documentos:

a) Certificados emitidos por el mandante a nombre del oferente

b) Copia de contratos suscritos entre el mandante y el oferente

c) Se aceptarán, además, para acreditar experiencias con Instituciones Públicas:

  • Decretos o Resolución de Adjudicación
  • Actas o Decretos de Recepción Provisoria o Definitiva
  • Órdenes de Compra emitidas a través del portal www.mercadopublico.cl, considerándose válidas aquellas que se encuentren en estado “aceptada” o con “recepción conforme”, en dicha plataforma. Estas deberán ser individualizadas con su ID en el Formulario respectivo

IMPORTANTE: EN CASO DE UTP, EN EL FORMULARIO N°3 PUNTO II. EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES, SE DEBERÁ ACREDITAR AL MENOS CINCO (5) EXPERIENCIAS ENTRE LA TOTALIDAD DE LOS PROVEEDORES QUE INTEGRAN DICHA UNIÓN TEMPORAL.

Para obtener el puntaje máximo en el criterio "EXPERIENCIA", basta con que declare y acredite debidamente 5 contratos en servicios similares. En caso de declarar más, la comisión evaluadora sólo se limitará a revisar las 5 primeras experiencias declaradas. Cabe señalar que solo se evaluaran los antecedentes detallados en el Formulario N°3.

La Corporación podrá determinar si los documentos presentados por los oferentes cumplen con los contenidos y requisitos definidos en el presente punto. Al respecto se deberá tener presente lo siguiente:

-     En caso de tratarse de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL), la experiencia de su titular, en calidad de persona natural, se computará como experiencia de la EIRL

-     En caso de tratarse de una “Unión Temporal de Proveedores”, la experiencia que se contabilizará será la que sumen todos sus integrantes individualmente, para ello, cada uno de los integrantes deberá completar, firmar y adjuntar dentro de los anexos técnicos, el presente formulario y los documentos que acrediten dicha experiencia, de acuerdo a lo indicado precedentemente

-     Toda la documentación que respalde la información indicada en el presente formulario deberá ser adjuntada a la oferta respectiva. n él no esté disponible

-     No serán consideradas aquellas experiencias donde se hubiese terminado anticipadamente el contrato por causas imputables al oferente

-     La empresa que no tenga experiencia, que no acredite la información o que no adjunte el anexo correspondiente con sus respectivos respaldos, obtendrá 0 puntos en este criterio

La Corporación podrá comprobar la veracidad y correcta ejecución del servicio declarado en la documentación presentada, como asimismo de tomar las acciones legales correspondientes en caso de comprobar su falsedad, por lo que se debe hacer presente que el oferente que entregue información falsa será sancionado con la marginación del proceso y el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde.

El documento o antecedente para acreditar la Experiencia, deberá tener como mínimo:

- Nombre del cliente o mandante

- Fecha de la entrega del servicio

- Monto contratado, y en caso que aplique número de OC de portal mercado publico y/o ID de licitación.

- Tipo de servicio contratado

- Teléfono de contacto

Puntaje C5 = Puntaje obtenido * 0,35

C6: OFERTA ECONÓMICA

45%

PM= Precio mínimo ofertado        PE= Precio que se evalúa

Puntaje C6 = ((PM/PE) *100) * 0,45

PUNTAJE TOTAL

Puntaje Total =   C1 x 5% + C2 x 5% + C3 x 5% + C4 x 5% + C5 x 35% + C6 x 45%

El puntaje total, corresponderá a la suma de todos los criterios de evaluación, y se adjudicará la oferta que posea el mayor puntaje total.

  VIII.          COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DE LOS PROVEEDORES

La evaluación al Comportamiento Contractual tiene por objeto descontar puntaje, respecto del total obtenido, aplicando la Pauta de Evaluación de los Criterios definidos para la presente licitación. Para definir el Tipo de Sanción, será considerada la información proporcionada por el Historial de Comportamiento Contractual de la Plataforma Chile Proveedores de los últimos 24 meses contados desde la fecha de apertura.

Se considerará:

-      Cobro de Multa: Se descontará 1 punto

-      Cobro de Garantía: Se descontarán 2 puntos

-      Término anticipado por Incumplimiento de Contrato: Se descontarán 5 puntos

Cada puntaje indicado en la Tabla precedente se deberá considerar por cada tipo de sanción que presente el proveedor, es decir, en caso de presentar más de una sanción en los últimos 24 meses, el puntaje se irá restando hasta un máximo de 15 puntos.

Notas:

-      Para el Tipo de Sanción cobro multa, la disminución de puntaje a partir de la 1ra multa sancionada y en lo sucesivo por cada multa sancionada.

-      Para el Tipo de Sanción cobro garantía, la disminución de puntaje a partir de la 1ra garantía cobrada y en lo sucesivo por cada garantía cobrada.

-      Para el Tipo de Sanción Termino anticipado contrato, la disminución de puntaje a partir del 1er Término y en lo sucesivo por cada término sancionado.

         IX.       MECANISMO DE DESEMPATE

En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:

  1. Mejor puntaje Oferta económica
  2. Mejor puntaje Experiencia del oferente
  3. Mejor puntaje de Sustentabilidad
  4. Mejor puntaje proveedor local
  5. Mejor puntaje programas de integridad
  6. Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales
  7. Oferente que ingreso primero la oferta a través de Mercado Público.

    X.          DEL CONTRATO

El contrato será de ejecución en el tiempo, hasta la recepción final de la obra.


XI. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN


La contratación se formalizará mediante el envío y posterior aceptación de la Orden de Compra de los servicios adjudicados a través del Portal Mercado Público.

La Orden de compra será enviada una vez entregadas las boletas de garantías de Responsabilidad Civil y Fiel Cumplimiento del contrato.

Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá aceptar la Orden de Compra hasta 48 horas (equivalente a 2 días hábiles) desde su envío en el Portal Mercado Público, de lo contrario la Corporación podrá readjudicar la licitación y cobrar la multa correspondiente. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, la Corporación podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.

  XII.            GARANTÍAS

1)      GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL

El adjudicatario, una vez notificada la adjudicación a través del Portal Mercado Público, y, correo electrónico por el Departamento de Abastecimiento, en un plazo máximo de 3 días hábiles, deberá presentar en el Departamento de Abastecimiento, a fin de garantizar los daños provocados a terceros o a la infraestructura, con vigencia hasta el término del contrato.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo estipulado, desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá readjudicar el proceso.

Si los daños provocados superan el monto de la garantía, el contratista deberá hacerse cargo de la reposición correspondiente al saldo no cubierto por la caución, pudiendo la Corporación imputarlos a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

10% del monto adjudicado.

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo

GLOSA

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “CONSTRUCCIÓN SALA MULTIUSO ESCUELA SANTA SARA” ID: 1271359-114-LE25

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La Corporación hará devolución de la Garantía una vez cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.

2)      GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Una vez notificado el oferente seleccionado, este deberá presentar, una garantía por el fiel y oportuno cumplimento del contrato que asegure su pago de manera rápida y efectiva.

La garantía debe ser enviada dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la adjudicación. En caso de no realizar entrega de la garantía en los tiempos estipulados, la corporación podrá readjudicar el proceso.

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Igual al 5% del valor total del contrato, en pesos chilenos

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de vigencia del contrato respectivo

GLOSA

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la licitación: “Construcción Sala Multiuso Escuela Santa SaraID: 1271359-114-LE25

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que, en conjunto, representen el monto a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.

Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso, la Corporación podrá adjudicar al Oferente que según el Acta Final de Evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.

En caso de incumplimiento de las obligaciones indicadas en el contrato, de acuerdo a lo señalado en el artículo denominado “Incumplimientos del proveedor” de las presentes Bases Administrativas, imputable al Adjudicado, y siempre que este no pague directamente las multas establecidas o éstas no sean descontadas del respectivo estado de pago, la Corporación hará efectiva esta garantía, y devolverá el saldo respectivo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.

La Corporación hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, una vez recibidos conforme los servicios, cumplido a satisfacción el contrato y transcurrido el plazo de noventa días a que hace alusión el párrafo primero de este punto. Para ello, la contraparte técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación, informando de ello al Departamento de Contabilidad solicitándole la devolución del documento de garantía.

El Departamento de Contabilidad procederá a devolver este documento dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud efectuada por la contraparte técnica del contrato. La devolución del documento de garantía se hará mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso que no lo sea, y se entregará directamente al representante legal del Proveedor o Contratante, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción pertinente.

v  CAUSALES PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá hacerse efectiva por cualquier incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato, por lo que la Corporación, estará facultada para hacer efectivo el cobro de esta garantía administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.

  • Si dentro del plazo que indique la Comisión de Recepción Provisoria, el contratista no subsanare los defectos de construcción que presente la obra y que le son imputables, la Unidad Técnica procederá a la liquidación del contrato con cargo.
  • Si ocurre alguna de las causales señaladas en el Punto “Liquidación por Causas Imputables al Contratista”, de las presentes bases administrativas Generales.
  • Si el contratista no cumple con las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, conforme a lo señalado en el Decreto Ley Nº18.620, de 1987, artículo 10.

Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la Corporación puedan ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o término de contrato; en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la Garantía será compatible con esta última.

3)      GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.

Para caucionar la correcta ejecución de las obras, el contratista deberá presentar un documento de garantía bajo las siguientes indicaciones

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Igual al 3% del valor total del contrato, en pesos chilenos

VIGENCIA

El documento de garantía por correcta ejecución de las obras tendrá un plazo de validez de 420 días contados desde la fecha del Acta de Recepción Provisoria de la obra, sin observaciones y como requisito previo a la presentación del último estado de pago.

GLOSA

Para garantizar correcta ejecución de las obras de la licitación: “CONSTRUCCIÓN SALA MULTIUSO ESCUELA SANTA SARA” ID: 1271359-114-LE25

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantía
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF

Transcurrido, como mínimo, un plazo de 365 días corridos desde el Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones y previa verificación por la unidad técnica del buen estado de conservación de las obras y posterior emisión del Acta de Recepción Definitiva sin Observaciones, la garantía le será devuelta al contratista a su solicitud, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso 3.

v  CAUSALES PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA

Si dentro del plazo que indique la Comisión de Recepción Definitiva de las obras, el contratista no subsanare los defectos de construcción que presenta la obra y que son imputables, la Unidad Técnica procederá a la liquidación del contrato con cargo.

       XIII.          FACTURACIÓN

Cada Orden de Compra o contrato deberá ser facturado de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro y financiamiento según corresponda:

CENTRO DE COSTO

GIRO

EDUCACIÓN

Enseñanza primaria, secundaria científico humanista y técnico profesional pública

Cabe destacar que las facturas deberán ajustarse a los estados de pagos estipulados en las presentes bases.

Las facturas deberán ser enviadas a facturacion@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl y javiera.ayala@corporacionlampa.cl indicado el número de Orden de Compra y financiamiento una vez realizado el servicio o despachados los productos.

       XIV.          PAGO

La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa pagará los servicios correspondientes en estados de pago, de acuerdo con el avance efectivamente ejecutado de los trabajos, previo visto bueno del ITO del contrato. Para los pagos de las partidas que sean consideradas globales, el valor global será pagado de acuerdo al estado de avance.

 

A la solicitud de pago, se deberá acompañar, al menos, la documentación que a continuación se indica:

a)       Resumen del estado de pago y el estado de pago según avance.

b)      Certificado que indique la recepción conforme de los servicios requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación.

c)       Set de fotografías que reflejen el avance de las obras.

d)      Es obligatorio que una vez enviada la orden de compra se envíe los datos de pago a facturacion@corporacionlampa.cl

e)      La (s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa.

f)        Cualquier otro antecedente que el ITO considere relevante para poder cursar el pago, siempre que sean solicitados en forma previa y con ocasión de un rechazo.

g)       Comprobante de Pago de multas, en caso que corresponda.

h)      Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales conforme a lo dispuesto en la ley 20.123 de Subcontratación, emitido por la Inspección del Trabajo o Instituciones competentes, acreditando el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, del mes anterior (F30-1).

Con posterioridad a la entrega de la documentación, la factura será solicitada por el ITO mediante correo electrónico al administrador del contrato. Una vez realizado lo anterior, la  Mandataria se encontrará habilitada para emitir la factura, de acuerdo con la normativa legal vigente, deberá remitirla al ITO con copia a los correos electrónicos adquisiciones@corporacionlampa.cl y miguel.gutierrez@corporacionlampa.cl .

 

En caso de existir multas ejecutoriadas pendientes de pago, éstas podrán ser descontadas del correspondiente estado de pago. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa la Corporación a la contratista y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de obligación cumplida por la Mandataria.

Los montos de los pagos se adecuarán de la siguiente manera:

  1. PRIMER PAGO: La primera transferencia de recursos corresponderá, como máximo, al 30% de avance en la ejecución física de las obras del proyecto previa recepción conforme DEL ITO respectivo.
  2. SEGUNDO PAGO: La segunda transferencia de recursos corresponderá, como máximo, al 60% de avance en la ejecución física de las obras del proyecto previa recepción conforme DEL ITO respectivo.
  3. TERCER PAGO: La tercera transferencia de recursos corresponderá al 100% de avance en la ejecución física de las obras del proyecto previa recepción conforme DELITO respectivo.

            XVI.I.       ANTICIPO

 El proveedor podrá solicitar un anticipo no superior al 10% del valor del contrato. Siempre y cuando que exista la disponibilidad presupuestaria para tales efectos, lo que deberá ser consultado de forma previa a la ejecución de la obra correspondiente, por parte del proveedor a la Corporación y este último gestionar la autorización.

Este anticipo deberá ser garantizado mediante uno o más instrumentos financieros a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, por un monto igual al 100% del anticipo solicitado, y cuya vigencia debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de ejecución de la obra correspondiente.

La devolución de esta garantía se efectuará dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la fecha de ejecución total de la obra. Para ello, se notificará al proveedor, dejando constancia por escrito de este acto, para que efectúe el retiro de la garantía en dependencias de la Corporación, de no efectuar el retiro dentro de los siguientes treinta (30) días corridos desde la notificación, la Corporación se encuentra facultada para restituir dicha garantía a la Institución Financiera emisora del instrumento en garantía.

En el pago total de la obra, se descontará el porcentaje correspondiente al valor del anticipo, de tal modo de restituir el valor del mismo.

Finalmente, la garantía emitida por anticipo deberá presentar el siguiente contenido:

ANTECEDENTES

DESCRIPCIÓN

DIRIGIDA A

Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

RUT

70.954.200-1

MONTO

Monto igual al 100% del anticipo solicitado

VIGENCIA

Debe exceder en al menos 90 días corridos al plazo de ejecución de la obra

GLOSA

Para garantizar el anticipo de la licitación CONSTRUCCIÓN SALA MULTIUSO ESCUELA SANTA SARA” ID: 1271359-114-LE25

INSTRUMENTOS

  • Certificados de fianza
  • Boletas de Garantías
  • Vale vista
  • Póliza de garantía a primer requerimiento y a la vista. Sólo garantiza montos en UF
  • Póliza de garantía electrónica a primer requerimiento y a la vista Sólo garantiza montos en UF

                                     XV.            DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO

v  INSPECTOR TÉCNICO DE OBRAS (I.T.O.)

La Unidad Técnica, que representa al mandatario en la ejecución de la obra será representada ante el contratista por el Inspector Técnico de Obras (I.T.O.), quien realizará una inspección diaria de la misma y deberá, entre otras funciones:

a)       Determinar la fecha de entrega de terreno, que podrá realizarse hasta 5 días corridos, contados desde la formalización de la contratación.

b)      Velar por la correcta ejecución del proyecto ciñéndose estrictamente a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Planos, Estudios y demás antecedentes de licitación.

c)       Formular las observaciones que le merezca la ejecución de las mismas, la calidad de los suministros u otros aspectos.

d)      Interpretar los planos y especificaciones del proyecto.

e)      Requerir el cumplimiento de medidas de seguridad.

f)        Controlar el cumplimiento de las normas laborales.

g)       Controlar el correcto cumplimiento de la programación de obras del proyecto.

h)       Informar al mandante y mandatario, a través de la unidad técnica acerca del cumplimiento del contrato.

i)        Cautelar la vigencia de las garantías. Durante la ejecución el ITO deberá tener control de los plazos de vencimiento de las garantías en caución.

j)        Tramitar las modificaciones del contrato, que estén plenamente justificadas, de acuerdo a los criterios de caso fortuito o fuerza mayor.

k)       Certificar que los trabajos o servicios estén correctamente ejecutados. Se debe adjuntar, además, los informes, certificaciones, cartillas, fichas técnicas y todo lo que corresponda a las partidas a pagar.

l)        Tramitar estados de pago, aprobar facturas, si corresponde.

m)    Dejar constancia de cumplimiento e incumplimientos en el Libro de Obras, y/o en el medio de comunicación formal establecidos en las bases administrativas o en el contrato.

n)      Tramitar Aumento o Disminución de Contratos.

  • o)      Verificar que previo a tramitar un aumento de contrato, que implique mayores gastos, exista disponibilidad presupuestaria y que las Bases lo permitan.

p)      En consecuencia, la inspección técnica de obras estará facultada para rechazar materiales llegados a la obra, suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las especificaciones técnicas y/o planos del proyecto, exigir ensayes de materiales cuando le merezca duda la calidad de las obras, o cuando a su juicio sean necesarios. En este caso, los costos que irroguen tales ensayes serán de cargo del contratista.

Se deja expresa constancia que la labor de inspección no constituye en ningún caso, dirección ni aprobación parcial o total en la ejecución de obras por parte de la Corporación.

Los funcionarios que la Corporación designe para ejecutar la inspección técnica de obras, no podrán, en caso alguno autorizar cambios de proyectos, siendo su función informar a la autoridad competente que el mandante designe respecto al grado de cumplimiento del contrato por parte del contratista. En consecuencia, si dichos funcionarios infringieren esta norma, toda modificación ejecutada por el contratista será de su exclusiva responsabilidad, aplicándose las sanciones pertinentes.

  La Inspección Técnica de obras podrá exigir la separación de cualquier subcontratista o trabajador del contratista, como si también de los profesionales que presten servicios a la empresa encargada de la ejecución de la obra, por no acatar órdenes expresas de la inspección técnica, insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado, quedando siempre responsable el contratista de los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada.

                                   XVI.            PROHIBICIONES

Con la finalidad de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo, contaminación ambiental y enfermedades profesionales en las obras, faenas o servicios, es responsabilidad del empleador (contratista o subcontratista) prohibir a sus trabajadores lo siguiente:

PROHIBICIÓN

1.

Asistir al trabajo bajo la influencia del alcohol y/o drogas

2.

En el trabajo, en todas las obras y/o faenas de la Corporación de Lampa consumir bebidas alcohólicas y / drogas

3.

Ingerir alimentos o bebidas en lugares no autorizados

4.

Fumar al interior de las instalaciones dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, declarados como zonas libres de humo

5.

Ingresar a las áreas de trabajo sin sus elementos o equipos de protección personal correspondiente

6.

Realizar trabajos o actividades en faenas no autorizadas por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

7.

Reemplazar sin autorización de la Corporación a otro trabajador en actividades y trabajos para los cuales no ha sido capacitado y/o entrenado, y del cual no se tienen los documentos de carácter legal

8.

Operar, revisar o reparar equipos electromecánicos, eléctricos u otros, sin estar autorizado previamente por su jefe directo

9.

Trabajar y/o intervenir instalaciones energizadas

10.

Conducir vehículos o maquinarias al interior de las instalaciones, sin poseer licencia vigente, o sin la clase adecuada del vehículo o maquinaria

11.

Hacer uso de equipos, maquinarias y/o herramientas, que presenten condiciones de riesgos para el usuario o terceros (que se encuentren en mal estado, le falte alguna protección o que no se encuentren debidamente señalizadas)

12.

Operar o manejar equipos sin haber sido previamente instruido, calificado y autorizado por su empleador directo, expresamente para ello

13.

Abandonar equipos sin comprobar que se encuentre asegurada la detención del motor, incluyendo desconexiones, frenos, etc.

14.

Efectuar instalaciones eléctricas de carácter provisorio o reforzar la capacidad de fusibles de las instalaciones eléctricas

15.

Retirar o modificar dispositivos de seguridad de máquinas o equipos

16.

Subir al techo de las instalaciones o realizar trabajos en altura, sin la autorización escrita por parte de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa

17.

Trabajar en altura sin considerar procedimientos seguros para hacerlo y sin contar con equipos auxiliares de seguridad tales como: cuerdas de vida, arnés de seguridad u otros elementos que eviten y/o amortigüen caídas probables y riesgos asociados

18.

Ingresar a estanques, contenedores o depósitos, que contengan residuos de combustibles inflamables, productos tóxicos, o falta de aire respirable, sin los equipos adecuados

19.

Indicar o ejecutar faenas en las que no se hayan tomado todas las medidas de seguridad para proteger la integridad de los trabajadores y/o sin la autorización del prevencionista de la Corporación a cargo de las instalaciones

20.

Resistirse a participar en los simulacros programados o no por la Corporación, como preparación para hacer frente a una emergencia

21.

Resistirse a evacuar el lugar de trabajo ante la instrucción de hacerlo frente a una emergencia detectada

22.

Negarse a colaborar en la investigación de un accidente o esconder información sobre condiciones peligrosas que puedan ocasionar un accidente

23.

Suscribir directamente contratos entre contratistas y subcontratistas, sin previa autorización de la Corporación

24.

No informar a la Corporación sobre condiciones que impliquen riesgo para el medio ambiente, la seguridad y salud de los trabajadores o la ocurrencia de cualquier accidente de trabajo, ambiental o el diagnóstico de cualquier enfermedad profesional

25.

Quedará prohibido fotografiar a las y los estudiantes cuando se realicen trabajos al interior de un establecimiento educacional

26.

Quedará prohibido usar los baños de las y los alumnos

                                 XVII.            MULTAS

v  INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR

Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará a la Corporación para aplicar una o más sanciones que se indican, las cuales deberán ser proporcional al monto del contrato. En función de la infracción cometida por el adjudicatario se le aplicaran las siguientes sanciones:

DESCRIPCIÓN

MONTO

1

No entregar en la oportunidad estipulada, extraviar o adulterar el libro de obras

1 UTM por evento

2

No firmar el acta de entrega de terreno, en la fecha estipulada

0,5 UTM por día

3

No enviar en la fecha estipulada, el registro de profesional responsables de la ejecución de los trabajos al ITO

0,5  UTM por día

4

No mantener el lugar de trabajo limpio o no respetar los puntos asignados asociados a escombros u otros materiales de desechos, Abandono o acopio de materiales, basura o escombros en la vía pública, sin autorización, o no retiro periódico de los mismos

1 UTM por evento

5

No dar respuesta a los requerimientos de información solicitados por el ITO del contrato, por medio del libro de obras, o vía mail donde quede constancia escrita en un plazo a definir por el ITO

1 UTM por evento

6

Residente de los trabajos no asiste al lugar de los trabajos o a las reuniones según lo establecido en el libro de obras por el ITO, o vía mail donde quede constancia escrita

1 UTM por evento

7

No dar respuestas a las consultas realizadas en plazo definido, para la totalidad de los profesionales requeridos según lo establecido en el libro de servicio por el ITO o vía mail donde quede constancia escrita

1 UTM por día

8

Deficiencia en los trabajos ejecutados o materiales empleados en incumplimiento de bases y/o especificaciones técnicas

1 UTM por cada partida

9

No dar cumplimiento al plazo total de la ejecución de los trabajos

1 UTM por día

10

No dar cumplimiento a la programación de los trabajos

1 UTM por día

11

No dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el ITO con plazo de ejecución

0,5 UTM por día

12

No dar cumplimiento a las observaciones o requerimientos para la recepción provisoria de los trabajos requeridas por el ITO o la comisión receptora en los plazos definidos

1 UTM por día

13

No concurrir a los trabajos de emergencia relacionados con los trabajos, o bien, concurrir tardíamente a éstos

2 UTM por evento

14

Suspensión de los trabajos por causas imputables al contratista

1 UTM por día

15

No permitir el ingreso al lugar de trabajo a miembros de la Inspección Técnica o de las visitas de monitoreo

1 UTM por evento

16

Personal drogado y/o bebido, comportamiento inadecuado hacia el público en general o hacia el personal municipal por parte de los trabajadores de la empresa o sus subcontratistas, encendido de fogatas y consumo de alimentos fuera del área definida para aquello

3 UTM por evento

17

No instalar letrero de trabajos en el lugar indicado por el ITO

0,5 UTM por evento

18

No subsanar observaciones de la final dentro de plazo

1 UTM por día

19

Falta de elementos de protección personal en trabajadores

1 UTM por evento

20

Ingreso a las Dependencias personal inhabilitado para trabajar con menores y/o que no cuente con el Certificado de inhabilidad para trabajar con menores de edad

3 UTM por evento

21

Atraso de aceptación de la Orden de Compra: corresponde a la sanción, cuando el proveedor no de cumplimiento a la aceptación de la Orden de Compra en el plazo estipulado (48 horas desde su envío)

0,5 UTM por día de atraso

22

Infringir cualquiera de las prohibiciones dispuestas en las presentes bases

1.5 UTM por evento.

Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10% del monto del contrato son:

  • Incurrir en falsedad en el cobro de los servicios.

  • Otras faltas que atenten, directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de usuarios o funcionarios que impliquen: afectación del buen funcionamiento de los establecimientos en la atención de sus usuarios beneficiarios; que impliquen condiciones sanitarias deficientes; o que obstruyan la atención y calidad del servicio de atención de los establecimientos.

                               XVIII.             EJECUCIÓN

1)      PRE-INGRESO

a)      Una vez adjudicada la licitación, el Departamento de Abastecimiento deberá notificar vía correo electrónico a la Unidad de Prevención de Riesgos y Unidad de Infraestructura, ID de licitación, descripción de las obras, proveedor adjudicado y datos de contacto.

b)      La Unidad de Prevención de Riesgos tomará contacto con el encargado de la empresa contratista y solicitará los siguientes documentos:

                         I.             Documentos Empresa:

ü  Certificado adhesión a mutualidad

ü  Certificado accidentabilidad y siniestralidad de mutualidad

ü  Copia del Reglamento Interno

ü  Copia de cartas timbradas de recepción reglamento interno por parte Inspección del Trabajo y Seremi de Salud (cuando son más de 10 trabajadores en la empresa)

ü  Certificación EPP

ü  Contar con Libro de Asistencia para firma de trabajadores

ü  Certificado de Antecedentes Laborales F-30 - Certificado Pago de Cotizaciones Previsionales F 30-1

ü  Recepción del Reglamento Especial de Contratistas y Subcontratistas Corporación Desarrollo Social Educación y Salud Municipal Lampa

                    II.               Documentos Trabajadores (por cada trabajador):

ü  Copias Contrato de Trabajo vigentes

ü  Anexos de traslado indicando: "el trabajador (nombre del trabajador) prestará servicios en Corporación Desarrollo Social Municipal de Lampa

ü  Copia Cédula de Identidad

ü  Copia de registro Charla inducción ODI

ü  Copia de registro Entrega de Reglamento Interno

ü  Copia de registro Entrega de EPP

ü  Copia visa de trabajo estampada o permiso de trabajo (en caso de extranjeros)

ü  Copia exámenes de altura física (en caso de realizar trabajos en altura sobre 1,80 metros)

ü  Copia licencia de conducir vigente (en caso de ser operador maquinaria)

ü  Certificado de inhabilidades para trabajar con menores de edad

                  III.               Documentos Maquinarias:

ü  Padrón

ü  Permiso de circulación

ü  Seguro Obligatorio

ü  Certificado de Gases

ü  Certificado Revisión Técnica

ü  Mantención actualizada

Una vez enviada la documentación por parte del contratista, la Unidad de Prevención de Riesgo, dará el visto bueno (vía correo electrónico) a la Unidad de Infraestructura para gestionar la entrega a terreno.

c)       La entrega de terreno se podrá efectuar una vez firmado el contrato y/o aceptada la orden de compra en el Portal Mercado Público. Una vez formalizados los actos administrativos. No obstante, el plazo estará condicionado a solicitud y necesidad del ITO.

d)      El inspector técnico a cargo de las obras correspondiente a la Unidad de Infraestructura, coordinará con la empresa, el día y horario tentativo para la entrega de terreno, una vez confirmada la fecha, se notificará vía correo electrónico al Departamento de Abastecimiento, Unidad de Control y Unidad de Prevención, la información pactada.

2)      ENTREGA DE TERRENO

La Unidad Técnica procederá a entregar el terreno al proponente adjudicado, previo acuerdo entre ambos, existiendo un plazo de 5 días corridos, contados desde la formalización del contrato.

El acta de entrega de terreno deberá contener a lo menos la siguiente información:

  • Fecha de inicio de la obra
  • Fecha de término de la obra
  • Nombre de la empresa constructora
  • Nombre del residente de la obra
  • Contacto del residente de la obra
  • Nombre del ITO
  • Nombre del AITO
  • Monto Contratado
  • Plazo de ejecución
  • Fecha en que se realizará la reunión de puesta en marcha del proyecto.
  • Profesionales patrocinantes (Arquitectos, Revisores, etc.)

Esta acta deberá ser firmada por el dueño de la empresa o quien actué en su representación, debidamente acreditado mediante documento notarial; el Residente de la Obra, El AITO y El ITO.

El ITO del contrato derivará mediante correo electrónico a camila.maldonado@corporaciónlampa.cl la respectiva acta, la cual será cargada en el Portal Mercado Público, en la correspondiente ficha del contrato.

3)      DE LA INSTALACIÓN DE FAENAS Y LETRERO DE OBRAS

Se debe considerar, la instalación de letreros indicativo de faenas y letreros de obras, a fin de que se informe al público, que se están ejecutando trabajos. Las especificaciones y antecedentes, como imágenes y leyendas de los letreros se entregarán por parte del Inspector técnico a la fecha de firma de entrega de terreno.

4)      RECEPCIÓN PROVISORIA

Dentro del plazo de ejecución de la obra estipulada en el contrato, el contratista deberá solicitar por escrito a la Unidad Técnica la Recepción Provisoria de la Obra.

Se procederá a dicha recepción dentro de los 7 días corridos siguientes a la petición. El Inspector del Contrato se constituirá en la obra el objeto de verificar el estado en el que se encuentra la ejecución de las obras y confirmar si procede la recepción provisoria de las mismas o en su defecto dejará constancia en el libro de obras, indicando que el contratista quedará sujeto a la aplicación de multas por incumplimiento en el plazo de ejecución u otros motivos. Al momento de efectuar la recepción provisoria, se levantará un acta que deberá ser firmada por el contratista y el inspector del contrato, donde se consignarán, además, todas las multas aplicadas durante la ejecución de las obras.

Si en el acto de recepción se encontrarán observaciones, se levantará un Acta de Recepción con Observaciones, donde se registrarán éstas y se otorgará un plazo prudencial, a criterio del ITO, para poder subsanar dichas observaciones, el que no podrá exceder de 15 días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha de recepción con observaciones. De no cumplirse la solución a las observaciones en el plazo indicado se cursarán las multas respectivas. Si el contratista cumple con el plazo establecido para solucionar las observaciones, se efectuará la recepción provisoria con la fecha correspondiente al termino de las obras.

Si al término del plazo para la ejecución de las obras, los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad a las Bases o Especificaciones Técnicas y otras normas, no se dará curso a la recepción provisoria y el contratista deberá ejecutar a su costo, los trabajos o reparaciones, siendo causal de multa según lo establecido en las bases de licitación. Tales defectos deberán señalarse en el acta respectiva. Una vez subsanados los defectos indicados por el inspector del contrato, se deberá efectuar la recepción provisoria, fijándose como fecha de término de las obras, la de recepción de los trabajos, cursando las multas correspondientes. En ningún caso el contratista se podrá excusar de su responsabilidad por los trabajos defectuosos.

El contratista tendrá un plazo de 05 días corridos contados desde la fecha definitiva de recepción provisoria para formular por escrito al mandante cualquier reclamo respecto de la recepción, aplicación de multas, cancelación de estados de pago y otros. En caso de no hacerlo, se entenderá por no presentado sin derecho a apelación posterior.

Antes de la recepción de las obras, el contratista realizará la limpieza que abarquen los trabajos, los empréstitos, así como de los terrenos que haya ocupado para realizar la faena, de modo de restablecer la accesibilidad y habitabilidad en el asentamiento y el sector en que se ubica.

La recepción provisoria será aprobada por Acto Administrativo, el que además dispondrá la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, previa entrega de la garantía de correcta ejecución de la obra.

5)      RECEPCIÓN DEFINITIVA

La recepción definitiva se efectuará en la misma forma y con las solemnidades de la recepción provisoria, un año calendario después de la fecha de emisión de la resolución que la aprueba, a petición del contratista.

La Corporación podrá actuar de oficio y realizar la recepción definitiva sin presencia o participación del contratista. Pero, en caso de existir observaciones, se deberán remitir todos los antecedentes a éste.

Si en el lapso intermedio ocurriera en la obra cualquier desperfecto derivado de los defectos de la construcción, imputable al contratista, este deberá repararlo a su costa, en el plazo que determine la unidad técnica. En caso que no se realicen las reparaciones en los plazos establecidos se procederá a la liquidación y cobro de la garantía por concepto de correcta ejecución de la obra.

Aprobada la recepción definitiva, se procederá a la liquidación final del contrato por parte de la unidad técnica, y cumplidas estas formalidades se devolverá al contratista la garantía por correcta ejecución de las obras, la formulación del proceso de liquidación será de cargo de la Unidad técnica.

                                    XIX.            DISPOSICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y/O CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA

 

La Sección de Prevención de Riesgos laborales de la Corporación, en lo que corresponda, será el encargado de vigilar el cumplimiento por parte del contratista o subcontratista si corresponde, de la normativa relativa a lo dispuesto por el artículo 66 bis de la ley 16.744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y el artículo 3° del Decreto Supremo 594 de 1999 del Ministerio de Salud, durante la ejecución del contrato.

  • Decreto Supremo Nº 40º Art. 11º. La contratación del Prevencionista será a tiempo completo o parcial de acuerdo a lo contemplado en el Decreto Nº 110º y Art. 10º Art. 11º contemplados en el Decreto Supremo Nº 40.

  • Deberán cumplir con el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 40º con la obligación de informar de manera oportuna y conveniente a todos sus trabajadores de los riesgos que entrañan sus labores y medidas preventivas.

  • El Art. 67º de la Ley Nº 16.744, indica la obligación de mantener al día los reglamentos de higiene y seguridad en el trabajo.

  • El Art. 68 de la Ley Nº 16.744, señala que la empresa deberá proporcionar a los trabajadores, los equipos e implementación de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor. Existen diferentes clasificaciones, la más sencilla es aquella que considera partes del cuerpo que protegen, tanto para enfermedades como para accidentes. Protectores de cabeza, protectores de extremidades superiores, protectores de extremidades inferiores, tronco.

  • El Decreto Supremo Nº 54 de la Ley 16.744, establece que en toda empresa o faena en que trabajen más de 25 personas organizarse Comités Paritarios de Higiene y seguridad.

  • En faena se contará con el libro de Prevención de Riesgos, donde la Unidad Técnica de la Corporación podrá dejar anotaciones para superar las anomalías detectadas y/o informe de inspección. Verificación de Charlas de 5 Minutos y Constitución del comité paritario si lo amerita.

  • La Unidad Técnica efectuará fiscalización, considerando lo anterior, el manejo de materiales, superficies de trabajo, orden y aseo, máquinas y equipos, control de riesgo, señalética de obra y viales, protecciones, riesgos eléctricos, almacenamiento de combustible, líquidos inflables, corte y soldadura, extintores, andamios, acta derecho a saber, capacitaciones, condiciones y acciones subestándar.

  • El Mandante exige el cumplimiento del Decreto Supremo N°594, que aprueba el cumplimiento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. El incumplimiento de la normativa por parte de la empresa estará afecto a multa, según lo dispuesto por el Código Sanitario, Código del trabajo y Código civil. La Unidad Técnica mediante registro fotográfico e informe notificara a la institución correspondiente para la toma de las acciones pertinentes.

  • En faenas que representen alto riesgo según corresponda, el Prevencionista deberá estar presente en obra/faena, como excavaciones, entibaciones, demoliciones, carga y descarga de escombros etc., y cada vez que sea requerido por el ITO.

                                     XX.             SUBCONTRATACIÓN

El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el Proveedor adjudicado.

Los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores.

No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:

v  Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del contratista.

v  Si excede el cuarenta por ciento del monto total del contrato.

v  Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.

v  Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras.

La empresa adjudicada deberá notificar por escrito a adquisiciones@corporacionlampa.cl, cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios.

En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos de las presentes bases.

BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES


    
II.             
BIENES Y/O SERVICIOS A CONTRATAR

La información se encuentra contenida en “BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, TECNICAS Y ANEXOS” de la presente licitación.

Importante: La evaluación y adjudicación se realizará por la totalidad de los servicios solicitados. Junto a ello, las ofertas deberán contemplar todas las especificaciones técnicas de los servicios solicitados, de lo contrario serán declaradas inadmisibles.

       III.              REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan con las siguientes disposiciones:

  1. Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten idoneidad técnica y financiera, y que se encuentren inscritas con su información actualizada en el “Registro de Proveedores”, en estado hábil.
  2. No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad al Artículo N°4 de Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  3. No haber incurrido en alguna inhabilidad establecida en Artículo N° 35 quáter de la Ley N° 19.886 Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de servicios.
  4. No situarse en alguna de las circunstancias indicadas en el Artículo N° 154 del Decreto N° 661 y Articulo N° 35 septies de la Ley N° 19.886.

      IV.              INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

  1. Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las bases Administrativas Especiales. Asimismo, deben verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los Formularios y/o anexos solicitados.
  2. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
  3. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) el acuerdo en que conste la unión deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, deberá materializarse mediante el Formulario N° 2, en el cual deberán individualizar a cada miembro y designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto
  4. El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas.

 

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de los puntos III Y IV de las presentes bases, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.       

   V.              PRESENTACIÓN DE OFERTAS FUERA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN

En el caso que existan circunstancias que impida presentar la respectiva oferta del bien y/o servicio en el portal www.mercadopublico.cl, se aceptará la presentación de las ofertas vía presencial y/o correo electrónico.

Ante dificultades, los proveedores deberán notificar la situación antes del cierre de recepción de ofertas al correo electrónico licitaciones@corporacionlampa.cl. De acuerdo a lo anterior, aquellos proveedores que no cumplan con la notificación vía correo electrónico, su oferta no será recepcionada.

Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Compras, se aceptarán ofertas fuera del sistema de compras y contratación, en las siguientes circunstancias:

  1. Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor, no sea posible efectuar, por un período mayor a veinticuatro horas continuas, los procesos de compras a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, como por ejemplo en caso de catástrofe, contingencia, emergencia climática u otro similar.

  1. Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. Dicha circunstancia deberá ser ratificada por la Dirección de ChileCompra mediante el certificado de indisponibilidad, el cual deberá ser solicitado por el oferente.

El certificado deberá ser solicitado dentro de las veinticuatro horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contado desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de su oferta fuera del Sistema de Información.

Además, se podrán presentar ofertas o antecedentes fuera del portal, previo al cierre de las ofertas, en los siguientes casos:

  1. En el caso de las garantías, planos, antecedentes legales, muestras y demás antecedentes que no estén disponibles en formato digital o electrónico, podrán enviarse de manera física.
  2. Tratándose de contrataciones relativas a materias calificadas por disposición legal como de naturaleza secreta, reservada o confidencial.

La postulación podrá realizarse de manera física o vía correo electrónico a licitaciones@corporacionlampa.cl, en el cual deberán entregar:

  1. Toda la documentación solicitada para esta licitación, como, por ejemplo, formularios, anexos y/o certificados.  Todos los documentos adjuntos deberán tener fecha de emisión hasta antes de la fecha de recepción de ofertas de licitación, como es el caso de garantías o certificados si corresponde.
  2. Certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, en caso que corresponda.

En caso de entrega física, deberá realizarse mediante la entrega de un sobre sellado en las dependencias de la Corporación de Desarrollo Social, ubicada en Sargento Aldea Nº 898, Lampa.

Sin perjuicio de lo señalado, se publicarán en el Sistema de Información todos los antecedentes de los procedimientos de contratación y de ejecución contractual que lleven a cabo. La fundamentación de la realización de procedimientos de contratación o ejecución contractual fuera del Sistema de Información deberá constar en una resolución fundada, sea la misma que autoriza la suscripción del contrato u otra previa

      VI.              INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES

El proveedor deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores) para ofertar de manera efectiva. De la misma manera aplicará tratándose adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores. En caso de que al momento de adjudicar se encuentre(n) sin información se extenderá un plazo máximo de 02 días corridos.

Para subsanar esto, en caso que el(los) proveedor(es) se encuentre(n) inhabilitado(s), la oferta será declarada inadmisible, y se podrá readjudicar.

    VII.            FORO Y PREGUNTAS

Las consultas deberán formularse por escrito a través de la página www.mercadopublico.cl en los plazos establecidos, Link "FORO" durante la fecha y hora que se señala en el portal. Estas consultas serán respondidas por esa misma vía a través de Resolución Fundada, al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta, dentro de los plazos estipulados.

a)     La corporación se reserva el derecho de no responder la totalidad o parte de las consultas si no las considera pertinentes al desarrollo de este proceso.

b)     El oferente adjudicado no podrá condicionar ninguna aclaración o modificación de las Bases Administrativas o Técnicas, si ella no ha sido materia de la serie de preguntas y respuestas efectuadas dentro del plazo antes dicho.

c)      Si habiéndose realizado consultas complejas que dificulten dar respuesta dentro de los plazos establecidos o impliquen la revisión de los antecedentes del Itemizado, se extenderá el plazo de respuestas.


VIII. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta, existiendo la posibilidad de re-adjudicación.

En el caso del adjudicado, las condiciones comerciales ofrecidas se mantendrán vigentes hasta el total cumplimiento de la entrega de lo requerido, o por el periodo de duración del contrato, salvo que exista alguna modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en las Bases de Licitación.

  IX.              SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS

La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

v  ACLARACIONES DE OFERTA

Las aclaraciones podrán realizarse durante la apertura de la propuesta, así como también durante el proceso de evaluación de acuerdo a lo establecido. Siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

v  Si ninguno de los oferentes cumple con la presentación de toda la documentación exigida.

v  Aquellos casos en que existan errores que no inciden en el proceso (falta de firma en la documentación, vigencia de algún documento presentado, etc.), independiente de que el resto de los oferentes hayan cumplido con las formalidades.

v  Solución, errores, omisiones formales o que mejoren aspectos particulares de la oferta.

v  Asimismo, podrá solicitar a los oferentes, las aclaraciones y antecedentes que considera pertinentes para una mejor evaluación de las ofertas y que no favorezca en puntaje a éste.

Se otorgará un plazo de 25 horas con un máximo de 48 horas para aquellos errores de forma y para la omisión de documentos, para que el oferente subsane su situación, si este periodo contempla feriados y fines de semanas el plazo se postergará para el día hábil siguiente. Transcurrido el plazo otorgado en las bases y cuando se trate de la falta de documentos que resulten relevantes para el proceso de evaluación sin que el oferente los haya subsanado, la oferta será declarada inadmisible.

Las aclaraciones de información solicitadas o entregadas como complemento, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las bases.

    X.            REVOCACIÓN O SUSPENSIÓN

Se procederá a Revocar la licitación cuando exista una causa justificada que afecte el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Y puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante mediante resolución o acto administrativo y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.

Con relación al estado de Licitación “suspendida”, permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días, y posteriormente, seguir con el curso normal de una licitación y procede cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenan esta medida pudiendo asignarse el estado desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.

  XI.          INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN

La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas cuando éstas no se ajusten a los requerimientos señalados en las bases, la ley o el reglamento.

 Además, se podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.

Esta declaración se hará a través de acto administrativo o resolución fundada, y no dará derecho a indemnización a los oferentes. Las causas que pueden llevar a esta declaración son:

û  La falta de publicación de la oferta en el Sistema de Información Mercado Público, a menos que haya una indisponibilidad del sistema.

û  Ofertas publicadas con valores de $1.

û  No presentar las garantías solicitadas en las bases.

û  Cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. Sin perjuicio de lo anterior, la corporación podrá considerar para efectos de la evaluación, la oferta más conveniente.

û  No adjuntar, modificar o presentar de forma incompleta los Anexos técnicos y/o económicos.

û  Conforme a las bases, en caso de haber incongruencias entre la información entregada por el proveedor en el Anexo económico y la información del Portal Mercado Público, primará lo indicado en el Formulario N°4, sin embargo, si el anexo mencionado también presenta incongruencias, será causa de inadmisibilidad de la oferta.

û  Si las fichas técnicas o la información entregada respecto al producto son ilegible, incongruente y/o carecen de la información y especificaciones básicas solicitadas.

û  La omisión de documentos administrativos o técnicos esenciales que conducen a la inelegibilidad de la oferta y, por ende, a su exclusión según las pautas de las bases de licitación.

û  Ofertas que no cumplan con las pautas de postulación según tipo de adjudicación, como la no oferta de todos los insumos de una canasta o producto.

û  Ofertas presentadas que superan el presupuesto disponible indicado y que no se dispongan de los recursos financieros suficientes para aceptarla. En otras palabras, solo se admitirá la oferta que, al exceder el presupuesto, la corporación tenga los recursos económicos necesarios.

û  Si el precio unitario ofertado no resulta conveniente para la adquisición en base a la comparación del costo en el mercado.

û  No cumplir con la asistencia a la visita a terreno o entrega de muestra cuando se indique su carácter obligatorio.

  XII.            OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS

La Corporación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trate de ofertas riesgosas o temerarias. 

Una oferta será declarada riesgosa o temeraria cuando cumpla con alguna de las siguientes condicionantes:

  • Si el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras ofertas propuestas. Para esto, quien o quienes estén a cargo de la revisión de la oferta consideraran el cálculo del promedio de las ofertas no consideradas temerarias, se calculará el cociente entre la oferta previamente considerada temeraria y el promedio de las otras cuando el valor sea igual o inferior al 0,40 esta será considerada temeraria. Esto conforme a la siguiente formula:

Promedio =

Sumatoria de los precios totales no considerados temerarios

Cantidad de oferentes no considerados temerarios

Formula final =

Precio total de la oferta considerada temeraria

Promedio

  • Si la oferta es menor al 50% del presupuesto estimado/disponible.

  • Si el precio ofertado está 50% por debajo de los precios del mercado.

  • Si la ponderación final obtenida en el acta de evaluación es igual o inferior a un 50%

Asimismo, las ofertas podrán ser rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

Sin embargo, La corporación estará facultada para evaluar las ofertas riesgosas mediante la solicitud de información a través del sistema a él o los oferentes:

  1. Antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. La cual deberá ser adjuntada al portal en un plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la solicitud de los antecedentes.

  1. La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

  1. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato

En caso de ser adjudicada la oferta, el oferente deberá realizar aumento o presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto resultante entre la diferencia del precio ofertado y el precio ofertado por el proveedor que sigue en la calificación económica.

En caso que la licitación solo reciba una oferta el oferente deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la cual deberá corresponder al 5% del valor neto del monto adjudicado.

       XIII.     SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

La Comisión de Evaluadora queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que pueda surgir en relación con el acto de apertura, etapas previas a la evaluación contempladas en las Bases (tales como demostración de los productos, visita a terreno u otros análogos) o de evaluación de las ofertas, en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases, todas las cuales deberán ser resueltas procurando el correcto, transparente, imparcial y eficiente desarrollo de la licitación y resguardando la debida armonía que en tal proceder debe existir entre los principios de estricta sujeción a las Bases con los de razonabilidad e interés público. En ningún caso el ejercicio de esta facultad podrá importar una modificación a lo establecido en las Bases.

Durante la ejecución cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración al secretario/a General o al Director/a de Administración y Finanzas, según corresponda, previo informe Técnico emitido por la Contraparte.

       XIV.              DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA

El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá, posteriormente, a su adjudicación mediante acto administrativo fundado de la Corporación, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información de Compras Públicas.

La notificación de la adjudicación, tanto al/los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.

Si el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, Re-adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado. Dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.

Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento.

    XV.         CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN

Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica licitaciones@corporacionlampa.cl y camila.maldonado@corporacionlampa.cl.

  XVI.         FACTORING

La Corporación cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el Artículo 127 del Decreto N° 661 que Aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, “siempre y cuando se les notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones pendientes”.

En relación a la Ley 19.983, que “regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura”; operaciones con Factoring, se establece que una vez firmado el contrato o durante la ejecución de del contrato y en la eventualidad que el contratista ceda el crédito a un Factoring, el contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de Factorizar.

El contratista deberá comunicar previa a la emisión de la factura, la intención de factorizar al correo adquisiciones@corporacionlampa.cl. El contratista sólo podrá factorizar, facturas con glosas recepcionadas por la unidad técnica siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes.

En todo lo no previsto se regirá por lo estipulado en la Ley N. º 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la Factura.

Si la empresa contratista no cumple con lo solicitado en este punto, será causal de liquidación del contrato con cargo a la empresa.

     XVII.     DERECHO DE RETENCIÓN

Conforme al Artículo N°4 de la Ley 19.886, en caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Para lo anterior el proveedor deberá enviar a adquisiciones@corporacionlampa.cl los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 183-C Inciso Tercero del Código del Trabajo, el derecho de retención es aquél que le permite a la empresa principal retener de los pagos que debe efectuar a los contratistas que no acrediten el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales, los montos por los cuales es responsable y pagar por subrogación al trabajador o institución previsional acreedora. El mismo derecho tienen los contratistas respecto de sus subcontratistas.

Si la empresa no logra acreditar el pago al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato y/o sobrepasa los seis meses, la Corporación estará facultada para retener cualquier estado de pago. No obstante, se otorgará un plazo de 5 días hábiles adicionales para acreditar el pago, de no ser así, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, y se realizará el cobro de la Boleta de Fiel cumplimiento con la finalidad de liquidar los saldos insolutos de sus obligaciones laborales y previsionales.

   XVIII.     ACUMULACIÓN DE MULTAS

Las multas ejecutoriadas no podrán superar el 30% del valor del contrato o la orden de compra. En caso de que las multas acumuladas superen el porcentaje, la Corporación podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen.

       XIX.     PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MEDIDAS SANCIONATORIAS

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte de la Corporación, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de una carta de notificación mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, en caso de contar con Ficha de Contrato al tratarse de convenio suministros o contrataciones de ejecución en el tiempo.

A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá cinco (5) días hábiles para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, los que podrá ingresar directamente a través de la Ficha de Contrato si aplica, o bien remitirlos al correo electrónico tamara.rodriguezorporacionlampa.cl con copia a  licitaciones@corporacionlampa.cl.

Una vez recibido los descargos, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días hábiles para determinar si aplica la sanción de forma completa, parcial o se descarta de manera completa. Para ello, se realizará una comisión de análisis y evaluación de descargos, compuesta por el Departamento de Abastecimiento, Unidad de Control y Dirección de Administración y Finanzas, conforme a resultados obtenidos en dicha comisión, se dictará el respectivo acto administrativo fundado, aplicando en caso que corresponda la medida sancionatoria y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha situación.

No obstante, el proveedor tendrá un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para interponer un recurso de reposición o jerárquico con el fin de solicitar una revisión de la medida sancionatoria, esto basado en argumentos de hecho o derecho, los que podrá remitirlos al correo electrónico tamara.rodriguez@corporacionlampa.cl y fpardo@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl y a licitaciones@corporacionlampa.cl

Vencido el plazo, y si no se presentará recurso de reposición o jerárquico, la Corporación ratificará el acto administrativo fundado inicial, la cual será notificada al adjudicatario, mediante correo del proveedor descrito en su oferta, y/o conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, en caso de contar con Ficha.

Sin embargo, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición o jerárquico en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinara mediante acto administrativo fundado.

Estos actos administrativos fundados serán publicadas y notificadas electrónicamente, a través de correo electrónico, y en el módulo de gestión de contratos, en caso de contar con Ficha de Contrato, y en la ficha del proveedor, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio, correo electrónico y convenio respectivo.

Las notificaciones de los actos administrativos antes referidos, que deban practicarse por medio de correo electrónico serán dirigidas a la casilla o dirección que el oferente adjudicado indique al momento de la postulación para estos efectos, el cual deberá procurar mantener operativa.

En caso de adquisiciones simples, que no impliquen la gestión de contratos, la resolución de multa será publicada solo en el módulo “Ficha del proveedor” sección Comportamiento del proveedor en el portal mercado público.

El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la orden de compra correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar o mediante el cobro de la o las boletas de garantía.


XX. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La entidad contratante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario.

a)      LIQUIDACIÓN POR DECISIÓN DEL MANDATARIO

Por caso fortuito o fuerza mayor de la Corporación, podrá dar término anticipado al contrato. Además, cuando no haya fondos disponibles para llevarlas adelante, o cuando así lo aconsejan sus necesidades.

El aviso de término deberá ser comunicado por escrito al contratista con una anticipación mínima de 20 días corridos.

Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a pagar a éste las sumas por concepto de:

v  Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida, unidad o fracción, de acuerdo al presupuesto ponderado.

Para el cobro de estas cantidades, el contratista cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido.

b)      LIQUIDACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONTRATISTA

La corporación podrá poner término anticipado al contrato, por causas imputables al contratista, en los siguientes casos:

v  Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

v  Por fallecimiento o incapacidad sobreviniente del proveedor.

v  El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las Bases y este contrato, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad contratante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

v  Si el contratista se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

v  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley N° 19.886. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter de la Ley N° 19.886.

v  Si el contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes los documentos de garantía y/o la póliza de seguros correspondiente, y ha excedido el periodo otorgado para el pago de multas por estos conceptos.

v  No acatar órdenes expresas de la Inspección Técnica, insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave. debidamente comprobado y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles.

v  En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la Corporación, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

v  Si el contratista es declarado en quiebra.

v  Si el contratista es declarado como imputado por una causa civil o penal.

v  Incumplir lo señalado en bases administrativas punto “Factoring”.

v  Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

v  Si el proveedor no puede cumplir con su obligación de suministro de los productos debido a la cancelación de la licencia del producto o de la autorización para su comercialización o por cualquier otra circunstancia por la cual ya no pueda comercializar el producto o no cuente con el mismo.

v  Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

v  Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas.

v  La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad compradora, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

v  En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total contratado o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en un período de tres meses.

v  En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

v  En caso de que inhabiliten al proveedor para contratar con el Estado.

En todos los casos señalados, a excepción de la resciliación, mutuo acuerdo o fallecimiento, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

XXI.            DEL PRECIO, DERECHOS E IMPUESTOS

El precio que pagará el organismo contratante por los servicios encomendados al contratista será Conforme a lo indicado por el contratista en el Formulario N° 4 Oferta económica para éstos.

Se deja constancia que la oferta económica adjudicada no estará sujeta a condiciones de reajustes bajo ningún fundamento. De esta manera, se establece que, salvo los impuestos que procedan, no procederá el pago de ningún tipo de cobro adicional al que no sea exclusivamente el pago de los servicios consumidos. Por lo tanto, para mayor claridad, todos los costos asociados a la prestación de los servicios encomendados y/o cualquier otro gasto que deba incurrir el proveedor para dar cabal cumplimiento a las responsabilidades y obligaciones contraídas por éste al momento de participar de esta licitación, resultar adjudicado y finalmente contratado por parte de la entidad contratante, deberán ser asumidos exclusivamente por el adjudicatario y no podrán ser traspasados a organismo contratante bajo ningún tipo de mecanismo.

Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualquier otro que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste y no podrán ser descontados o cobrados, del presupuesto entregado por la entidad contratante para la ejecución del contrato (por ejemplo, no podrán ser cobrados como “gastos administrativos”); lo anterior, salvo que la regulación específica de tales gastos o impuestos disponga otra cosa.


XXII. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La Corporación se reserva la facultad de introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas Generales, bases administrativas especiales, técnicas y anexos, sea por iniciativa propia. o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de compra.

Estas modificaciones se realizarían hasta antes de la fecha de cierre de recepción de las ofertas, las que deberán ser aprobadas por el correspondiente acto administrativo y cumplir con las formalidades respectivas.

La Corporación comunicará oportunamente el contenido de estas modificaciones a los oferentes por medio del portal www.mercadopublico.cl, las cuales podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, de prórrogas, suspensiones de plazo o de cualquier otra índole, que pudiesen ser relevantes para el desarrollo de la licitación y posterior adjudicación.


XXIII. AUMENTO Y DISMINUCIÓN

La Corporación podrá ordenar al proveedor que amplíe hasta en un 30% o disminuya hasta en un 50% el valor total del contrato u orden de compra impuesto incluido, lo cual será notificado a través de la respectiva Orden de Compra o la Resolución Exenta que lo autorice a través del Portal Mercado Público.

   XXIV.     MODIFICACIÓN DE OBRAS

La Corporación podrá ordenar, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, la modificación de las obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales inicialmente no considerados. En caso de requerir un aumento de las obras previstas en las partidas que componen el presupuesto de la obra, se mantendrá el precio de los ítems cotizados y en el caso de requerir obras nuevas o extraordinarias deberán convenirse previamente con el contratista los precios respectivos.

Asimismo, en todos los casos en que ocurra una modificación del proyecto contratado originalmente, producto de aumentos y/o disminuciones de obras y/u obras extraordinarias, el mandatario y el contratista deberán formalizar esta modificación mediante los procesos administrativos correspondientes; es decir, suscripción de Resolución Fundada, OC portal Mercado Publico (en casos que corresponda) y presentación de nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato o prórroga de ésta, si corresponde.

La nueva garantía o el documento de prórroga de ésta, deberá tener cobertura desde la firma notarial de la modificación de contrato (independiente de su fecha de emisión).

La demora en la tramitación para aceptar esta clase de variantes o modificaciones podrá dar lugar a un aumento del plazo de ejecución de los trabajos, quedando sujeto a lo propuesto por la Unidad Técnica y contando con la respectiva autorización del Jefe de la Unidad de Infraestructura.

     XXV.     FORMALIZACIÓN DE MODIFICACIÓN DE CONTRATO

El ITO del contrato deberá solicitar vía memorándum al Departamento de Abastecimiento la modificación del contrato, en la cual deberá especificar:

  • Presupuesto refundido. En caso de aumento y/o disminuciones de obras, se deberá modificar exclusivamente las cantidades de obras (cubicaciones) y acorde a ello los totales.
  • Si se tratase de obras extraordinarias, éstas se deberán agregar al presupuesto a los precios unitarios convenidos.
  • Nueva programación de las obras en caso que proceda.

El Departamento de abastecimiento gestionara el o los nuevo(s) documento(s) de garantía por fiel cumplimiento del contrato, considerando el nuevo monto global y plazo, si corresponde. Junto con la Resolución que aprueba dicha modificación. En caso de modificaciones que signifique un aumento del presupuesto se emitirá la Orden de compra correspondiente. Una vez realizado, se derivarán los antecedentes a la Unidad jurídica con la finalidad de gestionar el Anexo de contrato respectivo.

   XXVI.   AMPLIACIÓN DE PLAZO, CAUSALES QUE LO JUSTIFICAN

La Unidad Técnica podrá aumentar el plazo de ejecución de obras en caso de fuerza mayor, modificación de contrato, problemas administrativos comprobadamente ajenos al contratista, una situación climática de emergencia, comprobada por organismo competente, o catástrofe nacional o local (respaldado por ONEMI), u otra situación que afecte en forma irrecuperable el avance de la obra y que sea demostrada adecuada y oportunamente a la Unidad Técnica.

En caso de producirse un atraso en la recepción de estas obras por parte de otros organismos y/o empresas de servicios básicos, producto de la demora en la obtención de las recepciones, el contratista deberá solicitar con la debida anticipación a la ITO, el aumento de plazo por este concepto.

Lo señalado, no dará derecho al contratista a ser indemnizado por el mandante, ni implicará variaciones en el monto total contratado, siendo siempre estas modificaciones de mutuo acuerdo entre el contratista y el mandatario.

En caso que el contratista requiera solicitar aumento del plazo para la ejecución de las obras, deberá hacerlo por escrito a la Inspección Técnica, con un plazo no menor a 10 días corridos de antelación al término del contrato.

Las solicitudes de aumentos de plazo contractuales serán autorizadas exclusivamente por la unidad técnica. Posteriormente y en un plazo no mayor a 05 días hábiles de autorizado el nuevo plazo, se deberán enviar al Departamento de Abastecimiento un memorándum con un informe respecto al aumento de plazo junto con los documentos de respaldo que así lo acrediten.

      XXVII.     DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Será responsabilidad exclusiva del contratista, la correcta ejecución de las obras contratadas, el resguardo y la calidad de los materiales empleados en ésta, de conformidad con lo establecido en las bases, oferta presentada e instrucciones del Inspector de Contrato; esta responsabilidad se extiende desde la notificación de la adjudicación hasta la recepción definitiva del contrato. En este sentido, el contratista se obliga a rehacer sin costo alguno para la Corporación y en un plazo breve cualquier trabajo mal ejecutado o incompleto sin que ello se considere un aumento o disminución del contrato.

Será responsabilidad exclusiva del contratista mantener en el lugar de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores que en ella se desempeñen, desde la entrega de terreno y durante la ejecución de las obras.

Con el objeto de delimitar responsabilidades relacionadas al estado de recepción y cómo se entrega el terreno, el contratista deberá registrar en video o fotografía digital, las distintas zonas de trabajo previo a su ejecución, dejando constancia en el libro de obras y enviando al correo electrónico del Inspector de Contrato. En caso contrario, cualquier reclamo sobre menoscabo que afecte el terreno entregado, deberá ser resuelto por el contratista a su costo.

El contratista deberá considerar la colocación de señalética indicativa de la instalación de faenas y obra, con el fin que se informe a la comunidad que se están realizando los trabajos.


XXVIII. RESPOSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO

El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a tercero o a sus bienes, cualquier sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.

   XXIX.   PERSONAL DEL PROVEEDOR

El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia, por lo cual, el proveedor contratado será el único responsable frente a la Corporación de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.

     XXX.     EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES

La Corporación no será responsable, ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del proveedor, contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera a la Corporación de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.

   XXXI.     RENOVACIÓN DE GARANTÍAS

El contratista siempre deberá mantener vigente los documentos de garantía, hasta que se cumplan las condiciones establecidas en las presentes Bases Administrativas para que se proceda a su devolución.

Para renovar la vigencia de las garantías está permitido presentar un nuevo documento de garantía con una vigencia mayor que reemplace al documento de garantía existente, o un certificado emitido por la entidad que emitió el documento de garantía existente que certifique la nueva vigencia de este documento de garantía, ambas opciones en caso de aumento de plazo contractual.

 

 XXXII.     PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

v  El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

v  El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

v  El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

v  El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.

v  El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.


XXXIII. ANTECEDENTES FINALES

Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.

Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato.

En caso de existir discordancia entre lo indicado en las Bases Administrativas Generales y la Ficha Electrónica de la Licitación, primará lo informado en las Bases Administrativas.

Finalmente, los servicios y sistemas ofertados se deberán ajustar y/o asimilar a la calidad técnica del modelo tipo indicado o características señaladas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.

La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.