Licitación ID: 776-9-LP23
SERVICIO DE PRODUCCIÓN DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023
Responsable de esta licitación: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DÍA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO, VIÑA DEL MAR.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la contratación de los servicios de producción integral para el correcto desarrollo de las actividades culturales del denominado “Día de los Patrimonios 2023”, a realizarse en el Palacio de la Moneda de la Presidencia de la República, sus alrededores y la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Presidencia de la República
R.U.T.:
60.000.000-4
Dirección:
Agustinas 1220, Subsuelo
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-04-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 06-04-2023 18:50:50
Fecha inicio de preguntas: 06-04-2023 19:01:00
Fecha final de preguntas: 19-04-2023 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-04-2023 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-04-2023 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-04-2023 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 09-05-2023 17:27:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Técnica al Palacio de La Moneda según Art. 13° 13-04-2023 11:00:00
Visita Técnica a la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo según Art. 13° 17-04-2023 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 12.1.1 Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente”.
2.- 12.1.2 Anexo N°2 “Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
3.- 12.1.3 Anexo Nº3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado para suscribir contrato con el Estado”.
4.- 12.1.4 Anexo N°4 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
5.- 12.1.5 Acuerdo temporal de proveedores, si correspondiese.
6.- 12.1.6 Garantía de seriedad de la oferta. (ESENCIAL)
Documentos Técnicos
1.- 12.2.1 Anexo N°5 “Lista de cumplimiento” (REFERENCIAL)
 
2.- 12.2.2 Anexo N°6 “Acreditación de experiencia” (ESENCIAL)
 
3.- 12.2.3 Anexo N°8 “Propuesta técnica y Plan de trabajo (Carta Gantt)” (ESENCIAL)
 
4.- 12.2.4 Anexo N°9 “Declaración de Políticas, Buenas Prácticas y Certificaciones”
 
Documentos Económicos
1.- 12.3.1 Anexo N°7 “Oferta económica” (ESENCIAL).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de políticas y/o programas de sustent 20.4.1 Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad (5%) Dirección Administrativa Presidencia de la República 21 Este criterio evaluará si el oferente cuenta con políticas y/o programas de sustentabilidad, para lo cual deberá adjuntar certificaciones vigentes tales como: certificación del sistema de gestión ambiental ISO 14001-2004; certificación del sistema de gestión de energía ISO 50001 y/o acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio. OPCIONES PUNTAJE El oferente presenta las siguientes certificaciones vigentes:  Certificado ISO 14001-2004  Certificado ISO 50001  Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio 100 El oferente presenta dos de las siguientes certificaciones vigentes:  Certificado ISO 14001-2004  Certificado ISO 50001  Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio 70 El oferente presenta una de las siguientes certificaciones vigentes:  Certificado ISO 14001-2004  Certificado ISO 50001  Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio 30 Proveedor no presenta certificaciones vigentes 0 Nota: NO serán considerados en este factor las declaraciones de políticas, buenas prácticas y certificaciones declarados en el Anexo N°9, que se encuentren incompletos o que no cuenten la documentación que lo acredite. Porcentaje= Puntaje x 5% 5%
2 Cumplimiento de los requisitos 20.1.1 Cumplimiento de requisitos formales (5%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla de asignación de puntaje: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 0 Porcentaje= Puntaje x 5% 5%
3 Valor neto del servicio 20.2.1 Valor neto del servicio (45%) El puntaje aplicado a la evaluación de la oferta económica será de acuerdo al menor valor neto ofertado, de acuerdo a lo declarado en el Anexo N°7, “Oferta Económica”, luego de aplicados los ponderados correspondientes para cada uno con un máximo de 100 puntos. Las ofertas restantes, tendrán un puntaje proporcional aplicando la siguiente formula: Dirección Administrativa Presidencia de la República 20 Para el cálculo de este factor, el puntaje será asignado mediante la siguiente fórmula: 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒=[𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑛𝑒𝑡𝑜 𝑚á𝑠 𝑏𝑎𝑗𝑜𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑛𝑒𝑡𝑜 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟]𝑥 100 Porcentaje = Puntaje x 45% 45%
4 Experiencia de los Oferentes 20.3.1 Experiencia del Oferente (45%) El oferente deberá acreditar su experiencia prestando servicios a instituciones públicas y/o empresas del sector privado, la cual deberá tener directa relación con la presentación de servicios de producción de eventos de similares características, entendiendo por ello, por ejemplo: Seminarios, congresos, convenciones, ferias culturales y/o eventos o fiestas artísticas culturales masivas de más de 5.000 personas, entre otros de similar naturaleza; ejecutados en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación. La declaración deberá efectuarse conforme al formato establecido en el Anexo N°6 “Experiencia del oferente”, completando todos los antecedentes que ahí se señalan: Las propuestas serán evaluadas conforme a la siguiente tabla de asignación de puntajes: OPCIONES PUNTAJE El oferente acredita diez o más eventos realizados en la materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación. 100 El oferente acredita entre siete y nueve eventos realizados en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación. 75 El oferente acredita entre cuatro y seis eventos realizados en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación. 50 El oferente acredita entre uno y tres eventos realizados en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación. 25 El oferente no ha ejecutado eventos en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación. 0 Porcentaje= Puntaje x 45% 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Patrimonio
Monto Total Estimado: 75000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mario del Carpio V.
e-mail de responsable de pago: ESEGUEL@PRESIDENCIA.CL
Nombre de responsable de contrato: Ricardo Muñoz
e-mail de responsable de contrato: rmunoz@presidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26904311-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fecha de vencimiento: 25-07-2023
Monto: 700000 Peso Chileno
Descripción: El derecho de cada oferente para participar en la presente licitación estará sujeto a la presentación de una garantía de seriedad de la oferta, caución que podrá consistir en un vale vista, boleta bancaria u otro instrumento considerado en el Reglamento de la Ley N°19.886 para este fin. El instrumento suscrito deberá ser pagadero a la vista, de carácter irrevocable y a la orden de la Presidencia de la República, RUT N°60.000.000-4, por la suma de $700.000.- (setecientos mil pesos chilenos). La glosa de la garantía deberá señalar lo siguiente: “para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación para la contratación del SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO”.
Glosa: “Garantía de Seriedad de la Oferta en licitación para la contratación del SERVICIO DE PRODUCCION GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO”.
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la garantía: El instrumento otorgado será devuelto a los oferentes, en los siguientes casos: 1. Cuando el acto administrativo que aprueba el contrato suscrito con el adjudicatario se encuentre totalmente tramitado. En este caso, las cauciones serán devueltas al oferente adjudicado y a los oferentes no adjudicados a partir de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que aprueba el contrato. Dirección Administrativa Presidencia de la República 10 2. Cuando la oferta de algún proponente haya sido declarada inadmisible, caso en el cual la caución le será devuelta a partir de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara tal situación. 3. Cuando un proponente finalmente no haya presentado su oferta, situación en la cual la caución le será devuelta a partir del tercer día hábil desde el cierre del plazo para la recepción de las ofertas. 4. Cuando la Presidencia de la República revoque y deje sin efecto el proceso licitatorio, caso en que la devolución de la garantía se verificará a partir del tercer día hábil desde la fecha en que ello sea notificado a los oferentes. La obligación de efectuar el retiro de las cauciones recae en los oferentes. La Presidencia de la República no se hará responsable de la tenencia de dichos instrumentos transcurridos sesenta (60) días posteriores al término de su vigencia. Las devoluciones se efectuarán en las dependencias del Subdepartamento de Tesorería de la Presidencia de la República, ubicada en calle Teatinos N°92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago, dentro del horario de atención, de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08:30 a 15:30 horas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fecha de vencimiento: 28-08-2023
Monto: 5 %
Descripción: Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se deberá suscribir, así como el de las obligaciones laborales y sociales que tenga para con sus trabajadores/as, el adjudicatario deberá entregar a la época de suscripción del contrato una garantía o caución, consistente en un vale vista, boleta de garantía bancaria pagadera a la vista, póliza de seguro de ejecución inmediata (que no podrá incluir cláusulas de arbitraje), depósito a plazo o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva.
Glosa: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO”.
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la Garantía: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al tomador una vez extinguidas, a entera satisfacción de la Presidencia de la República, todas las obligaciones emanadas del contrato. La caución será devuelta, previa autorización del Departamento de Abastecimiento, en el Subdepartamento de Tesorería de la Presidencia de la República, ubicado en calle Teatinos Nº92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago, dentro del horario de atención, de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08:30 a 15:30 horas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN PÚBLICA

“SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO, VIÑA DEL MAR

ARTÍCULO 1º NORMATIVA

La presente licitación se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; y, lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, comprendiendo además todos sus anexos, los cuales forman parte integrante de esta licitación para todos los efectos legales.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen de la licitación, entendiéndose que son aceptadas por éstos, por el solo hecho de formular sus ofertas.

Forman parte de esta licitación, además:

  • Los antecedentes solicitados a cada postulante;
  • Las consultas efectuadas por los oferentes y las respuestas emanadas de la Presidencia;
  • Las aclaraciones efectuadas a las presentes Bases de iniciativa de la Presidencia;
  • Las aclaraciones a las ofertas de los proponentes que solicite la Presidencia;
  • Las ofertas de los proponentes; 
  • La boleta de garantía de seriedad de la oferta;
  • La póliza de responsabilidad civil;
  • El contrato que suscriba la Presidencia de la República con el adjudicatario;
  • La boleta de fiel y oportuno cumplimiento de contrato; y
  • La orden de compra que emita la Presidencia de la República.

ARTÍCULO 2º CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Objeto: La presente licitación tiene por objeto la contratación de los servicios de producción integral para el correcto desarrollo de las actividades culturales del denominado “Día de los Patrimonios 2023”, a realizarse en el Palacio de la Moneda de la Presidencia de la República, sus alrededores y la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo.

Tipo de licitación: Licitación Pública entre 1.000 UTM y 2.000 UTM (LP).

Tipo de convocatoria: Abierta.

Moneda: Pesos chilenos.

Duración contrato: Prestación única.

Presupuesto disponible: $75.000.000.- (setenta y cinco millones de pesos), IVA incluido.

Etapas del proceso de apertura: Una etapa.

Contrato: Se requerirá suscripción de contrato.

Garantía de seriedad de la oferta: SÍ, indicada en el artículo 11° de las Bases Administrativas.

Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato: SÍ, indicada en el  artículo 27° de las Bases Administrativas.

Toma de razón por Contraloría: No está sujeta al trámite de Toma de Razón por Contraloría.

ARTÍCULO 3º ORGANISMO DEMANDANTE  

Razón social: Presidencia de La República.

R.U.T.: 60.000.000-4

Dirección: Morandé N°130

Comuna: Santiago.

Región en que se genera la licitación: Región Metropolitana de Santiago.

ARTÍCULO 4° OTROS ANTECEDENTES DE LA CONTRATACION

Nombre de responsable de pago: Mario del Carpio Varas

e-mail de responsable de pago: eseguel@presidencia.cl

Nombre de responsable de contratación: Ricardo Muñoz

e-mail de responsable de la contratación:  rmunoz@presidencia.cl

Prohibición de subcontratación: Permitida en casos particulares. (Ver artículo 40° de las Bases).

ARTÍCULO 5º ETAPAS Y PLAZOS

El llamado a esta propuesta pública se realizará a través del portal de internet www.mercadopublico.cl, y todas las comunicaciones que requiera este proceso se harán exclusivamente por ese medio.

Los plazos a que se hace referencia en esta licitación serán de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario. Sin embargo, si alguno de los plazos recayere en día sábado, domingo o festivo, se ha de considerar dicho plazo para el día hábil inmediatamente siguiente, en tal sentido, los hitos siguientes (en conformidad al cuadro enunciado a continuación) serán ajustados en relación al plazo del hito modificado inicialmente. La fecha de publicación en el referido portal es el plazo inicial, o día uno del presente proceso licitatorio.

A modo de ilustrar adecuadamente a los proponentes, se informan los hitos y plazos relevantes del proceso de licitación, como sigue:

Proceso

Plazo

Publicación en el portal www.mercadopublico.cl

Dentro de los tres (3) días hábiles contados desde la total tramitación de la Resolución que Aprueba el llamado a licitación pública.

Inicio del plazo para preguntas

El mismo día de publicada la licitación en el portal www.mercadopublico.cl.

Visita técnica a terreno Palacio de La Moneda

A las 11:00 horas del cuarto (4°) día hábil siguiente a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Visita técnica a terreno Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo

A las 11:00 horas del sexto (6°) día hábil siguiente a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Término del plazo de preguntas

Al octavo (8°) día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl hasta las 10:00 horas.

Publicación de respuestas

Al undécimo (11°) día hábil posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl a más tardar a las 12:00 horas.

Fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal

A las 17:00 del vigésimo (20°) día corrido, a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Apertura electrónica de las ofertas

A las 17:01 del vigésimo (20°) día corrido, a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

Adjudicación

Dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de oferta.

Suscripción del contrato

Dentro de los treinta (30) días corridos siguientes al día de la adjudicación.

Nota Importante: El plazo de Adjudicación podrá ser ampliado por la Presidencia de la República si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl, indicando las razones de la ampliación y el nuevo plazo de Adjudicación.

ARTÍCULO 6º PARTICIPANTES

Podrán participar todas las personas, naturales o jurídicas y/o uniones temporales de proveedores, que formulen sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, que tengan la necesaria capacidad técnica y financiera, y que no se encuentren inhabilitadas para contratar con el Estado conforme lo indicado en el artículo 4º de la Ley Nº19.886.

ARTÍCULO 7º PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES

Quedan excluidos de participar o de suscribir contrato en esta licitación, todas aquellas personas a quienes les afecten las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley Nº19.886.

Asimismo, existe la prohibición de suscribir contrato para todas aquellas personas que hayan sido condenadas por infracción a la Ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

Para efectos de acreditar su habilidad, los oferentes deberán suscribir una declaración jurada simple que se acompaña como Anexo Nº3 de las presentes Bases.

ARTÍCULO 8º CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES

Los oferentes solo podrán formular las consultas que estimen pertinentes a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, con plazo hasta el octavo día corrido contado desde la publicación de las Bases en el portal (hasta las 10:00 AM). Las respuestas a dichas consultas serán publicadas por la Presidencia de la República, a través del mismo medio, a más tardar a las 12:00 horas del undécimo (11°) día hábil contado desde la fecha de publicación en el portal.

No se aceptarán ni contestarán consultas planteadas por otro medio diferente al señalado, como tampoco se aceptarán aquellas consultas efectuadas fuera del plazo estipulado precedentemente.

Asimismo, a través del mismo sitio web, la Presidencia de la República podrá efectuar bajo su propia iniciativa, todas las aclaraciones que requieran las presentes Bases Administrativas o Especificaciones Técnicas, a objeto que los oferentes queden lo suficientemente informados respecto del alcance y significado de sus contenidos. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al plazo de publicación de respuestas.

La Presidencia podrá también modificar las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes que regulan esta licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones manifestadas por alguno de los oferentes, teniendo como plazo límite el vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, y entrarán en vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las aprueba, debiendo ser publicadas en el portal Mercado Público. En caso de ser necesario, deberá fijarse un nuevo plazo prudente para la presentación de las ofertas, permitiendo así que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones.

                  

En tanto está considerada la posibilidad de modificar los antecedentes que rigen la presente licitación, podrá asimismo modificarse el cronograma de este proceso, teniendo como límite hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas. La modificación del cronograma también se realizará mediante la dictación del correspondiente acto administrativo, que será publicado en el portal Mercado Público. Será responsabilidad de los oferentes estar atentos a las posibles modificaciones. Conforme al artículo 6 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, las notificaciones se entenderán realizadas luego de 24 horas transcurridas desde la publicación en el Sistema de Información del documento, acto o resolución objeto de la notificación.

ARTÍCULO 9° DE LAS OFERTAS

Las ofertas, deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl, serán de carácter irrevocable y no podrán estar sujetas a condición alguna. Será responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuada sus ofertas en el referido portal electrónico.

Deberán presentarse a través del mismo portal los antecedentes señalados en el artículo 12° de las presentes bases, conforme al formato establecido en los formularios dispuestos por la Presidencia de la República. Cualquier otro documento presentado por los proponentes y que no haya sido expresamente solicitado en estas bases o que no respete el formato exigido, quedará fuera de bases y no será considerado por la Comisión Evaluadora de las Ofertas.

En los casos de indisponibilidad técnica del Sistema de Información, se procederá de la forma dispuesta en el artículo 62, número 2, del Reglamento de la Ley N°19.886.

Las ofertas mantendrán su validez por un plazo no inferior a noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

ARTÍCULO 10º PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl  hasta las 17:00 horas del vigésimo (20°) día corrido contado desde la fecha de publicación de las Bases en el portal.

 

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado o después del día y hora dispuestos al efecto.

ARTÍCULO 11° DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LAS OFERTAS

El derecho de cada oferente para participar en la presente licitación estará sujeto a la presentación

de una garantía de seriedad de la oferta, caución que podrá consistir en un vale vista, boleta bancaria u otro instrumento considerado en el Reglamento de la Ley N°19.886 para este fin.

El instrumento suscrito deberá ser pagadero a la vista, de carácter irrevocable y a la orden de la Presidencia de la República, RUT N°60.000.000-4, por la suma de $700.000.- (setecientos mil pesos chilenos). La glosa de la garantía deberá señalar lo siguiente: “para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación para la contratación del SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO”.

La vigencia de dicho instrumento no podrá ser inferior a los noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas que se señala en las presentes Bases de Licitación

La caución que garantice la seriedad de la oferta podrá otorgarse de forma física o electrónica.

Para el caso en que se presente de forma electrónica, ésta deberá ajustarse a lo dispuesto por la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, debiendo ser enviada al correo electrónico licitaciones@presidencia.cl y adjuntándose como parte integrante de la propuesta en el portal www.mercadopublico.cl.

En caso que la garantía sea presentada en formato físico, deberá entregarse en sobre sellado en la Oficina de Partes de la Presidencia de la República, ubicada en calle Teatinos N°92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08:30 a 15:30 horas; rotulado como sigue: “Garantía de Seriedad de la Oferta en licitación para la contratación del SERVICIO DE PRODUCCION GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO”.

Con independencia de la forma en que se haga entrega de la garantía, ya sea física o electrónica, ésta deberá presentarse dentro del plazo establecido en el artículo 10° de las presentes bases. Si la garantía fuese presentada después de vencido el plazo señalado, la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible. Misma sanción se aplicará si la garantía se emite por un monto menor que el indicado, o si no cumple con cualquier otra condición que se haya señalado en este artículo.

No obstante, los errores contenidos en la glosa de la caución o aquellos referidos al plazo de vigencia de la misma, no invalidarán la oferta, concediéndose al oferente un plazo de tres días hábiles para subsanar esos errores, debiendo reemplazar la garantía por otra que cumpla con las formalidades señaladas. Si el oferente no reemplaza la caución dentro del plazo señalado, o no remite una nueva en los términos exigidos, su oferta se declarará como inadmisible.

Devolución de la garantía: El instrumento otorgado será devuelto a los oferentes, en los siguientes casos:

1.      Cuando el acto administrativo que aprueba el contrato suscrito con el adjudicatario se encuentre totalmente tramitado. En este caso, las cauciones serán devueltas al oferente adjudicado y a los oferentes no adjudicados a partir de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución que aprueba el contrato.

2.      Cuando la oferta de algún proponente haya sido declarada inadmisible, caso en el cual la caución le será devuelta a partir de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara tal situación.

3.      Cuando un proponente finalmente no haya presentado su oferta, situación en la cual la caución le será devuelta a partir del tercer día hábil desde el cierre del plazo para la recepción de las ofertas.

4.      Cuando la Presidencia de la República revoque y deje sin efecto el proceso licitatorio, caso en que la devolución de la garantía se verificará a partir del tercer día hábil desde la fecha en que ello sea notificado a los oferentes.

La obligación de efectuar el retiro de las cauciones recae en los oferentes. La Presidencia de la República no se hará responsable de la tenencia de dichos instrumentos transcurridos sesenta (60) días posteriores al término de su vigencia. Las devoluciones se efectuarán en las dependencias del Subdepartamento de Tesorería de la Presidencia de la República, ubicada en calle Teatinos N°92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago, dentro del horario de atención, de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08:30 a 15:30 horas.

 

Causales de cobro de la garantía: La caución otorgada por los oferentes podrá hacerse efectiva en los siguientes casos:

  1. Si el oferente retira su oferta antes de realizada la adjudicación de la propuesta;
  2. Si el oferente retira su oferta una vez que le haya sido adjudicada la propuesta;
  3. Si el oferente no hace entrega de los antecedentes legales para contratar dentro del plazo establecido para ello;
  4. Si el oferente incurre en falsedad en los documentos acompañados en la presentación de su oferta, o en los documentos requeridos para la suscripción del contrato;
  5. Si el oferente no otorga la garantía de fiel cumplimiento del contrato; y,
  6. Si el oferente se niega a firmar el contrato, o no lo firma dentro del plazo establecido para ello.

Extensión de la vigencia de la garantía: Cuando por la complejidad de la evaluación, o por otra razones fundadas, sea necesario extender el plazo de evaluación de las ofertas, o incluso en el evento de proceder a la readjudicación, la Presidencia de la República podrá exigir a los oferentes la extensión de la vigencia de la caución de seriedad de la oferta por hasta otros treinta (30) días corridos.

ARTÍCULO 12º ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA

Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente:

a)    Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.

b)    Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.

c)     Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.

d)    Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpeg, Excel, Power Point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre.

IMPORTANTE: Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de Licitación. De exigirse garantía de seriedad de la oferta, cada una de las ofertas deberá tener asociada su propia garantía de seriedad.

Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:

12.1      Documentos Administrativos

12.1.1    Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente”.

12.1.2    Anexo N°2 “Declaración Jurada Aceptación de Bases”.

12.1.3    Anexo Nº3 “Declaración de no encontrarse inhabilitado para suscribir contrato con el Estado”.

12.1.4    Anexo N°4 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.

12.1.5    Acuerdo temporal de proveedores, si correspondiese.

12.1.6    Garantía de seriedad de la oferta. (ESENCIAL)

12.2      Documentos Técnicos

12.2.1    Anexo N°5 “Lista de cumplimiento” (REFERENCIAL)

12.2.2    Anexo N°6 “Acreditación de experiencia(ESENCIAL)

12.2.3    Anexo N°8 “Propuesta técnica y Plan de trabajo (Carta Gantt)” (ESENCIAL)

12.2.4    Anexo N°9 “Declaración de Políticas, Buenas Prácticas y Certificaciones

12.3      Documentos Económicos

12.3.1    Anexo N°7 “Oferta económica” (ESENCIAL).

Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl

 

Las propuestas de los oferentes que no presenten u omitan en sus ofertas los antecedentes requeridos como ESENCIALES, serán declaradas inadmisibles por la Presidencia de la República, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.

ARTÍCULO 13° VISITA TÉCNICA A TERRENO

Los proveedores interesados en participar en esta licitación deberán concurrir a dos (2) visitas técnicas a terreno, de carácter obligatorio, a realizarse, una en el Palacio de La Moneda, ciudad de Santiago, y una en la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, ciudad de Viña del Mar, conforme a lo que se indica a continuación:

Visita Técnica al Palacio de La Moneda: Se realizará a las 11:00 horas (con una espera máxima de 15 minutos) del cuarto (4°) día hábil contado desde la fecha de la publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl, y para ello, los proponentes deberán concurrir hasta las dependencias del Palacio de La Moneda, ubicada en calle Morandé N°130, Subsuelo de la Plaza de la Constitución, comuna de Santiago.

Visita Técnica a la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo: Se realizará a las 11:00 horas (con una espera máxima de 15 minutos) del sexto (6°) día hábil contado desde la fecha de la publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl, y para ello, los proponentes deberán concurrir hasta las dependencias de la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, ubicada en calle Callao N°398, Viña Del Mar, Región de Valparaíso.

No obstante lo anterior, y para efectos de una acertada interpretación en el cómputo del plazo de la visita técnica a terreno, la Presidencia de la República publicará en el portal www.mercadopublico.cl el día específico en la que se llevará a cabo la referida visita.

Asimismo, en caso de presentarse alguna situación no prevista, que haga imposible o dificulte de manera considerable la realización de la visita técnica, o en caso de realizarse el mismo día en el Palacio de La Moneda o bien, en la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, según corresponda, algún evento que impida el acceso de personal externo a dicho recinto, la Presidencia de la República podrá fijar una nueva fecha y hora para la realización de la visita técnica, lo que comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl y por correo electrónico a quienes hayan agendado sus visitas.

Para agendar su visita, los proponentes deberán remitir la solicitud al correo electrónico licitaciones@presidencia.cl, identificando el nombre o ID de la licitación, haciendo expresa referencia al nombre y RUT del oferente y de quienes asistan en su representación.

Todas las consultas que los oferentes requieran efectuar en razón de la visita, se deberán canalizar obligatoriamente a través del foro que el portal www.mercadopublico.cl tiene a disposición para ello. Lo anterior, dentro del plazo establecido en el artículo 5º de las presentes bases y de conformidad a lo establecido en el artículo 8° de las mismas.

De la visita se levantará un acta, la que deberá contener la identidad de los visitantes y del oferente que representan; las firmas de éstos y de los funcionarios encargados de la visita técnica; junto con cualquier otro antecedente pertinente que surja apropósito de la visita en cuestión.

Las propuestas de aquellos proveedores que no hayan asistido a la visita técnica a terreno, serán declaradas inadmisibles.

ARTÍCULO 14° PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES

 

Se podrán solicitar antecedentes con posterioridad al cierre de la licitación, siempre y cuando no altere el principio de igualdad de los oferentes, con excepción de los declarados como ESENCIALES por la Presidencia de la República, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12° “Antecedentes para incluir en la Oferta”.

En esta circunstancia se procederá a evaluar el artículo N°12.1.1, 12.1.2, 12.1.3, 12.4, 12.1.5, 12.2.1 y 12.2.4 de las bases administrativas a excepción de los documentos declarados como esenciales. 

Asimismo, se aplicará a las presentes bases, lo previsto en el inciso segundo del artículo 40 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que dispone lo siguiente: “La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, esta posibilidad deberá estar contemplada en las Bases de Licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de Información”.

Con todo, los proponentes podrán presentar, dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes en los términos del inciso segundo del citado artículo, que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.

Sin perjuicio de lo anterior, si el oferente no adjunta uno o más de los documentos requeridos antes del cierre de la oferta, ni con anterioridad al vencimiento del plazo extraordinario de 48 horas para documentos no esenciales, la Presidencia de la República, en función de los principios de eficiencia y eficacia de los recursos utilizados para este proceso de compras, podrá, siempre y cuando esta omisión no afecte el éxito del proceso licitatorio, declarar inadmisible la oferta en cuestión.

ARTÍCULO 15° PACTO DE INTEGRIDAD

 

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

14  

15  

16  

15.1   El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

15.2   El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

15.3   El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

15.4   El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

15.5   El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivasen.

15.6   El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

15.7   El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

15.8   El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

15.9   El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario que tenga información respecto de la licitación, si no es a través del sistema establecido en el portal www.mercadopublico.cl

ARTÍCULO 16º APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura de las ofertas se realizará a través del portal Mercado Público en una etapa, por un/a profesional del Departamento de Abastecimiento. En dicho acto se revisará que los documentos requeridos hayan sido adjuntados y acompañados en la forma establecida en las Bases Administrativas, dándose cumplimiento al artículo 20° “Criterios de Evaluación”, numeral 20.1. “Cumplimiento de los Requisitos Formales”, del presente documento.

En el acto de apertura, las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl serán declaradas inadmisibles, salvo que exista una indisponibilidad técnica del portal, en cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 62, número 2, del Reglamento de Compras Públicas. Asimismo, serán declaradas inadmisibles en el acto de apertura las ofertas ingresadas mediante el portal que no contengan una propuesta técnica y/o económica, o a la que falte algún documento esencial y que no pueda solicitarse vía foro inverso.

Se dejará constancia al momento de la apertura (a través del acta correspondiente) de la recepción u omisión de los antecedentes generales del proponente.

ARTÍCULO 17° COMISIÓN EVALUADORA

De conformidad a lo establecido por la Resolución Exenta Nº2139, de 2015, de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, que aprueba el procedimiento de la Comisión Evaluadora de Ofertas, modificada por la Resolución Exenta N°545, de 2022, del mismo origen, la evaluación de las ofertas la realizará una Comisión integrada por los/as siguientes funcionarios/as:

a)         Jefatura del Departamento Jurídico o a quien ésta designe.

b)         Jefatura del Departamento de Abastecimiento.

c)         Jefatura del Departamento de Arquitectura y Patrimonio, o quien desempeñe dichas funciones.

d)         Un/a Profesional del Departamento de Arquitectura y Patrimonio.

e)         Coordinador/a de Programación y Logística de la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo.

f)          Un/a Analista de la Sección de Compras a cargo del proceso de licitación, quien actuará como secretario/a de actas.

Se deja constancia que, por razones de buen servicio, la comisión podrá sesionar en ausencia de alguno de los integrantes que sean designados, siempre que exista quórum simple para sesionar o, en su defecto, asista el subrogante al cargo en cuestión.

Además, participará el/la analista de la Sección de compras del Departamento de Abastecimiento que se encuentra a cargo de la licitación, quien actuará como secretario de acta y tendrá derecho a voz.

Atendido lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento de la Ley N°19.886, la Presidencia de la República podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en la presente licitación, decisión que se materializará mediante una resolución fundada. La opinión técnica que emitan los expertos que se designen para el efecto previsto en este párrafo, deberá constar en un documento que se anexará al Acta de la Comisión Evaluadora.

La Comisión Evaluadora podrá mantener contacto con los proveedores sólo para los efectos señalados en el artículo 39 del Reglamento de la Ley N°19.886.

Se hace presente que la Ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios, establece como sujetos pasivos a los miembros de la Comisión Evaluadora, los que tendrán que dar estricto cumplimiento a las restricciones de la citada ley.

ARTÍCULO 18º SOLICITUD DE ACLARACIONES

La Presidencia de la República podrá solicitar, a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a las ofertas presentadas o complementación de alguna información, pero en caso alguno mediante estas solicitudes se podrá alterar el contenido de las ofertas presentadas o el precio de la misma, ni transgredir el principio de igualdad de oferentes o el de estricta sujeción a las Bases.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud será informada a los demás oferentes a través del sistema de información establecido en el portal Mercado público para el efecto.

Asimismo, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El oferente dispondrá del plazo fatal de tres días corridos para la corrección de estas omisiones, contados desde el requerimiento, el que se informará a través del sistema www.mercadopublico.cl. Será criterio de evaluación el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignándose menor puntaje a aquellos que no cumplieron dentro del plazo para presentación de las ofertas con todo lo requerido. Por esta vía no podrán solicitarse documentos esenciales sujetos a evaluación.

Sin perjuicio de lo anterior, si el oferente no adjunta uno o más de los documentos requeridos antes del cierre de la oferta, ni con anterioridad al vencimiento del plazo extraordinario de 48 horas establecido para el caso de aquellos documentos definidos como no esenciales, la Presidencia de la República, en función de los principios de eficiencia y eficacia de los recursos utilizados para este proceso de compras, podrá, siempre y cuando esta omisión no afecte el éxito del proceso licitatorio, declarar inadmisible la oferta en cuestión.

ARTÍCULO 19º EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La evaluación se realizará exclusivamente con la documentación aportada por cada oferente en la forma prevista en estas bases, haciendo aplicación de cada uno de los criterios de evaluación y requisitos de admisibilidad de la oferta que se indican en las presentes bases y sus anexos. No se evaluará documentación presentada extemporáneamente o ingresada por otros medios no previstos en las bases de licitación.

El resultado que obtenga el oferente por aplicación de cada criterio de evaluación corresponderá al que se obtiene de ponderar el puntaje obtenido en el mismo, por el porcentaje indicado para el correspondiente criterio, calculado con un decimal.

El puntaje final corresponderá a la suma de los puntajes ponderados obtenidos en cada criterio.

La oferta que logre en la respectiva evaluación el mayor puntaje será considerada como la más conveniente a los intereses de la Presidencia de la República, lo que no implica necesariamente que ella corresponda a la oferta económica de menor precio.

Concluida la evaluación se elaborará el “Acta de Evaluación”, que dará cuenta de los resultados de ésta, con independencia de las sesiones que se hayan llevado a cabo para concluir el proceso.

 

Dicha acta será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora, y en ella se consignará la propuesta definitiva que será remitida a la Directora Administrativa de la Presidencia de la República, constando los fundamentos para una determinada conclusión, sea ésta la proposición de adjudicación de la licitación a un determinado oferente, la proposición de inadmisibilidad de una determinada oferta, o la proposición de declaración de la licitación como desierta.

También se deberá dejar constancia en el acta, de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando las omisiones, vicios o defectos por los cuales no se evalúan.

ARTÍCULO 20° CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La ponderación total final de cada proponente se obtendrá mediante la sumatoria de los porcentajes parciales obtenidos producto de los criterios de evaluación que se indican a continuación:

Factor

Criterio de evaluación

Ponderación

Administrativo

Cumplimiento requisitos formales

5%

Económico

Valor neto del servicio

45%

Técnico

Experiencia del oferente

45%

Sustentabilidad

Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad

5%

 

19       

20       

21       

20.1      FACTOR ADMINISTRATIVO

20.1.1  Cumplimiento de requisitos formales (5%):

Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla de asignación de puntaje:

FACTOR A EVALUAR

PUNTAJE

La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

100

La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

0

Porcentaje= Puntaje x 5%

20.2      FACTOR ECONÓMICO

20.2.1  Valor neto del servicio (45%)

El puntaje aplicado a la evaluación de la oferta económica será de acuerdo al menor valor neto ofertado, de acuerdo a lo declarado en el Anexo N°7, “Oferta Económica”, luego de aplicados los ponderados correspondientes para cada uno con un máximo de 100 puntos. Las ofertas restantes, tendrán un puntaje proporcional aplicando la siguiente formula:

Para el cálculo de este factor, el puntaje será asignado mediante la siguiente fórmula:

Porcentaje = Puntaje x 45%

20.3      Factor Técnico

20.3.1  Experiencia del Oferente (45%)

El oferente deberá acreditar su experiencia prestando servicios a instituciones públicas y/o empresas del sector privado, la cual deberá tener directa relación con la presentación de servicios de producción de eventos de similares características, entendiendo por ello, por ejemplo: Seminarios, congresos, convenciones, ferias culturales y/o eventos o fiestas artísticas culturales masivas de más de 5.000 personas, entre otros de similar naturaleza; ejecutados en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación. La declaración deberá efectuarse conforme al formato establecido en el Anexo N°6 “Experiencia del oferente”, completando todos los antecedentes que ahí se señalan:

Las propuestas serán evaluadas conforme a la siguiente tabla de asignación de puntajes:

OPCIONES

PUNTAJE

El oferente acredita diez o más eventos realizados en la materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

100

El oferente acredita entre siete y nueve eventos realizados en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

75

El oferente acredita entre cuatro y seis eventos realizados en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

50

El oferente acredita entre uno y tres eventos realizados en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

25

El oferente no ha ejecutado eventos en materia o similar en los últimos tres años a partir de la fecha de publicación de la licitación.

0

Porcentaje= Puntaje x 45%

20.4      Factor sustentabilidad

20.4.1  Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad (5%)

Este criterio evaluará si el oferente cuenta con políticas y/o programas de sustentabilidad, para lo cual deberá adjuntar certificaciones vigentes tales como: certificación del sistema de gestión ambiental ISO 14001-2004; certificación del sistema de gestión de energía ISO 50001 y/o acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio.

OPCIONES

PUNTAJE

El oferente presenta las siguientes certificaciones vigentes:

  • Certificado ISO 14001-2004
  • Certificado ISO 50001
  • Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio

100

El oferente presenta dos de las siguientes certificaciones vigentes:

  • Certificado ISO 14001-2004
  • Certificado ISO 50001
  • Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio

70

El oferente presenta una de las siguientes certificaciones vigentes:

  • Certificado ISO 14001-2004
  • Certificado ISO 50001
  • Acuerdo de reciclaje de desechos electrónicos, de papel o vidrio

30

Proveedor no presenta certificaciones vigentes

0

Nota: NO serán considerados en este factor las declaraciones de políticas, buenas prácticas y certificaciones declarados en el Anexo N°9, que se encuentren incompletos o que no cuenten la documentación que lo acredite.

Porcentaje= Puntaje x 5%

ARTÍCULO 21° RESOLUCIÓN DE EMPATES

De resultar un empate en la asignación de puntajes totales, se recurrirá a las siguientes fórmulas para determinar al adjudicatario de la licitación, en estricto orden de prelación:

  1. En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta económica”.
  2. Si aplicando la fórmula anterior, persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente”.
  3. Si aplicando la fórmula anterior, persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de políticas y/o programas de sustentabilidad”.
  4. Si aplicado el mecanismo de desempate antes mencionado, éste persistiera, será seleccionada la oferta que hubiera ingresado primero por el portal www.mercadopublico.cl, lo cual será confirmado por medio del comprobante de oferta que se encuentra disponible desde el acto de apertura.

ARTÍCULO 22º DE LA ADJUDICACIÓN

La Presidencia de la República aceptará la oferta más ventajosa para sus intereses, adjudicando al oferente que hubiese obtenido el puntaje más alto luego de la aplicación de los criterios de evaluación correspondientes, y, en caso que fuere necesario, a quien obtuviere el puntaje más alto por aplicación de las fórmulas de desempate indicadas en el artículo precedente. Lo señalado deberá realizarse a través de la dictación de una resolución de adjudicación, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

La Presidencia de la República contará con un plazo de 30 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para realizar la adjudicación. Con todo, el plazo de adjudicación podrá ser ampliado por este organismo si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl, indicando las razones de la ampliación y avisando el nuevo plazo (inciso segundo del artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886).

La notificación de la adjudicación se realizará a través del referido portal de Mercado Público, y se entenderá formalmente practicada transcurridas 24 horas desde su publicación en el mismo, de conformidad a lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de la Ley N°19.886.

Del Mecanismo de Consulta de la Adjudicación: Conforme a lo establecido en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886, en caso de que los oferentes posean inquietudes con respecto a la adjudicación, deberán realizar sus consultas en el formulario de reclamos del portal de Mercado Público, en el cual Presidencia emitirá sus respuestas por el mismo medio dentro de los dos días hábiles siguientes de presentada la consulta.

ARTÍCULO 23° DE LA DECLARACIÓN DE INADMISIBILIDAD DE OFERTAS Y DE LICITACIÓN DESIERTA

La Presidencia de la República se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes Bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y las presentes Bases administrativas.

En caso que no se presenten ofertas, o cuando ninguna de ellas resulte conveniente a sus intereses, la Presidencia podrá declarar desierta la presente licitación.

Las declaraciones mencionadas en el presente artículo deberán efectuarse a través de Resolución fundada, la que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl.

ARTÍCULO 24° DE LA READJUDICACIÓN

La Presidencia de la República podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo al puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, realizando el cobro de la garantía de seriedad de la oferta respectiva, en los siguientes casos:

  1. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro de los 7 días corridos una vez enviada por el portal a Mercado Público, por causas atribuibles al adjudicatario.
  2. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo indicado para ello.
  3. Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
  4. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro de las condiciones establecidas.
  5. Si el adjudicatario no acredita los requisitos para contratar con la Presidencia de la República.
  6. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N°19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.

ARTÍCULO 25° REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO

25.1   Persona natural

25.1.1    Encontrarse hábil en Mercado Público.

25.1.2    Otorgamiento de fotocopia de cédula de identidad por ambos lados.

25.1.3    Declaración jurada acreditando que no incurre en ninguna de las inhabilidades y prohibiciones previstas en el artículo 4 de la Ley 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

25.2   Unión temporal de proveedores

25.2.1    Encontrarse hábiles en Mercado Público todos los integrantes de la unión temporal.

25.2.2    Otorgamiento de fotocopia de la cédula de identidad o RUT de las empresas, de todos los integrantes.

25.2.3    Documento que dé cuenta del acuerdo, en las condiciones que establece el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.

25.2.4    Declaración jurada del representante o apoderado común acreditando que no se encuentra afecto a la inhabilidad del artículo 4, inciso sexto, de la Ley N°19.886, en el cual se establece que “ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

25.3   Persona jurídica

25.3.1    Encontrarse hábil en Mercado Público.

25.3.2    Otorgamiento de fotocopia de RUT de la Empresa.

25.3.3    Declaración jurada del representante legal acreditando que no se encuentra afecto a la inhabilidad del artículo 4, inciso sexto, de la Ley N°19.886, en el cual se establece que “ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco (…).”

25.3.4    Certificado de Vigencia de la Sociedad, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de adjudicación.

25.3.5    Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente legal que acredite la referida vigencia.

ARTÍCULO 26° DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

La contratación deberá perfeccionarse a través de la suscripción de un contrato, el cual será redactado en su oportunidad por el Departamento Jurídico de la Presidencia de la República, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación que se realice en el portal www.mercadopublico.cl, pudiendo incorporar en éste las cláusulas que considere necesarias para resguardar los intereses de la Presidencia de la República, procurando guardar congruencia con lo establecido en las presentes Bases.

Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá presentar, dentro de los 3 días siguientes a la notificación de la adjudicación y, en cualquier caso, antes de vencido el plazo establecido para su suscripción, los siguientes documentos:

Tratándose de cualquier tipo de oferente:

  1. Certificado de antecedentes laborales y previsionales, extendido por la Dirección del Trabajo, obtenido dentro de los 30 días anteriores al acto de apertura de las ofertas;
  2. Copia simple del RUT del oferente.

Tratándose de persona jurídica, deberá presentar, además:

  1. Copia de escritura de constitución de la sociedad, y sus modificaciones, si las hubiere; y aquella en que conste la personería de sus representantes legales;
  2. Certificado de vigencia de la empresa extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con antigüedad máxima de 60 días corridos anteriores a la fecha de apertura de las ofertas;
  3. Certificado de poder vigente del representante legal de la empresa, extendido por el Conservador de Bienes Raíces o la institución que corresponda, con antigüedad máxima de 60 días corridos anteriores a la fecha de apertura de las ofertas.

En cualquier caso, se podrá consultar el estado de la habilitación que tenga el oferente en el portal www.mercadopublico.cl, a objeto de contrastar el cumplimiento de los factores que esto acredite conforme al artículo 81 del Reglamento de la Ley N°19.886.

El oferente adjudicado deberá hacer entrega de una garantía de fiel cumplimiento del contrato, previo a la suscripción del mismo, conforme a las condiciones que se establecen en el artículo siguiente de las presentes Bases.

Asimismo, deberá hacer entrega de una copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil exigida en el punto V. de las Especificaciones Técnicas.

La suscripción del contrato quedará supeditada a la remisión que haga el adjudicatario de toda la documentación legal y administrativa que le sea exigida, incluyendo la garantía antes mencionada.

La propuesta de contrato definitivo le será entregada al oferente para su revisión, quien tendrá desde ese momento un plazo de tres (3) días hábiles para suscribirlo y remitirlo a la Presidencia de la República. El plazo mencionado podrá ser extendido prudencialmente en caso que existan reparos al mismo, o en caso que se requieran aclaraciones al mismo, por una única vez.

Con todo, el plazo máximo para la suscripción del contrato será de cinco días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo original.

ARTÍCULO 27° GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se deberá suscribir, así como el de las obligaciones laborales y sociales que tenga para con sus trabajadores/as, el adjudicatario deberá entregar a la época de suscripción del contrato una garantía o caución, consistente en un vale vista, boleta de garantía bancaria pagadera a la vista, póliza de seguro de ejecución inmediata (que no podrá incluir cláusulas de arbitraje), depósito a plazo o cualquier otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva.

Este instrumento deberá ser tomado por el oferente o un tercero a su nombre, ser pagadero a la vista, de carácter irrevocable, y a la orden de la Presidencia de la República, RUT N°60.000.000-4, por un monto equivalente al 5% del monto total del contrato, expresado en pesos chilenos (o Unidad de Fomento con el valor del día de la entrega en caso de tratarse de una póliza de seguro).

La glosa del documento, cuando corresponda según la naturaleza del mismo, deberá señalar: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO.

Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, la institución financiera o aseguradora, en su caso, deberá contar con las autorizaciones para operar en Chile, y la realización o ejecución de la garantía que permita el cobro rápido y expedito de la misma.

La vigencia de la referida garantía deberá extenderse por lo menos hasta los noventa (90) días corridos posteriores al término del contrato. La fecha de vencimiento de la garantía será informada por la Presidencia de la República al oferente adjudicado.

El instrumento de garantía deberá ser entregado en la Oficina de Partes de la Presidencia de la República, ubicada en calle Teatinos Nº92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación que sea hecha en el portal www.mercadopublico.cl, en sobre cerrado dirigido al encargado del proceso de licitación, rotulándolo con el nombre de la licitación: SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DIA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO”.

Para el caso de cauciones emitidas digitalmente, estas se podrán enviar por correo a licitaciones@presidencia.cl, documento que será revisado por el Departamento Jurídico de la Presidencia de la República para verificar su validez y contenido.

Si el oferente adjudicado no hace entrega de la garantía dentro del plazo indicado anteriormente, la Presidencia de la República dejará sin efecto la adjudicación y podrá aplicar la readjudicación en conformidad a lo establecido en el artículo 24º de las presentes bases administrativas.

Las cauciones de fiel cumplimiento de contrato podrán sustituirse transcurrido un año de vigencia del mismo, por otra de menor valor, considerando los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución, pero siempre respetando el porcentaje del 5% del valor total del saldo a ejecutar del contrato y con una vigencia de a lo menos hasta los noventa (90) días corridos posteriores al término del contrato.

Devolución de la Garantía: La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al tomador una vez extinguidas, a entera satisfacción de la Presidencia de la República, todas las obligaciones emanadas del contrato. La caución será devuelta, previa autorización del Departamento de Abastecimiento, en el Subdepartamento de Tesorería de la Presidencia de la República, ubicado en calle Teatinos Nº92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago, dentro del horario de atención, de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 horas y viernes de 08:30 a 15:30 horas.

Causales de cobro de garantía: La Presidencia de la República podrá hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato si el Contratista incurre en alguna de las causales de término anticipado del contrato, indicadas en el artículo 34º de las presentes Bases Administrativas, salvo las indicadas en las letras d), l) del punto 34.2, y se someterá al procedimiento establecido en el artículo 35° de este instrumento referida al procedimiento ante incumplimientos.

Además, la Presidencia de la República podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, para hacer efectivos los pagos por obligaciones laborales y sociales de los/as trabajadores/as y las multas, según lo establecido en el artículo 35º de las presentes bases de licitación. En tal caso y siempre que no se ponga término al contrato, se devolverá el excedente al contratista una vez acreditado que ha presentado una nueva garantía por el mismo monto y plazo de aquella que se hizo efectiva, gestión que deberá realizar dentro de los 5 días siguientes a su ejecución. La no renovación de la garantía dentro del plazo indicado, será causal para poner término al contrato, aplicándose en tal caso el total de la garantía ya ejecutada.

Procedimiento de cobro de garantía. El cobro de la garantía será solicitado por el administrador de contrato una vez haya finalizada la sustanciación del procedimiento de cobro de multas o de término anticipado del contrato. Mismos términos se aplicarán con el procedimiento de pago de las obligaciones laborales o sociales pendientes con los trabajadores.

ARTÍCULO 28° DE LA DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Las prestaciones objeto del contrato que sea suscrito en virtud del presente proceso licitatorio, se ejecutarán única y exclusivamente en las fechas señaladas para la realización del evento en el Palacio de La Moneda y la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, sin posibilidad de postergación, debiendo considerarse además un periodo para el montaje y desmontaje de estructuras y el traslado e instalación de elementos, aspectos los cuales determinarán su total extensión. Con todo, el pago por los servicios podrá ser efectuado sólo una vez haya sido totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba.

Tratándose de una prestación única, no se contempla la posibilidad de renovación.

ARTÍCULO 29° RELACIÓN ENTRE EL CONTRATISTA Y LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

El Contratista se comunicará formalmente con el Administrador de contrato o a quien éste designe, mediante correo electrónico, el cual será el único medio de comunicación oficial entre ellos, debiendo siempre, tanto el Administrador de Contrato como el contratista, “tomar conocimiento” o responder el correo electrónico acusando recibo, sin perjuicio que podrán contactarse vía telefónica de forma complementaria.

Toda comunicación entre el contratista y la Presidencia de la República se canalizará a través de el Administrador de Contrato, el cual deberá velar directamente por la correcta supervisión y ejecución de la contratación.

El Administrador de contrato deberá realizar las observaciones y aumentos de plazos que estime pertinentes, así como proponer la sanción los atrasos, deficiencias o incumplimientos, conforme a las bases administrativas de la contratación.

Por su parte, el adjudicatario deberá designar una Contraparte Técnica, correspondiendo ésta al(a la) productor(a) técnico del evento, la cual tendrá contacto directo con el Administrador de Contrato de la Presidencia de la República, a efectos de realizar las necesarias coordinaciones para llevar a cabo de forma adecuada el evento.

Procurarán las partes llevar a cabo tantas reuniones de coordinación como sean necesarias para el correcto desarrollo del proyecto.

ARTÍCULO 30° DEL MONTO DE LA CONTRATACION Y FORMA DE PAGO

El monto de la contratación será la suma total declarada por el proveedor que resulte adjudicado, conforme al valor ofertado en el Anexo N°7 “Oferta Económica”, más impuestos, en caso que corresponda.

Con todo, el monto de la contratación no podrá exceder el presupuesto estimado, de acuerdo a lo indicado en el artículo 2° precedente. En este caso, la oferta del proveedor será declarada inadmisible. La Presidencia de la República se reserva el derecho de desestimar aquellas propuestas que representen un excesivo gasto de recursos económicos.

La Presidencia de la República pagará al adjudicatario, contra factura (1) debidamente emitida por el total del servicio contratado, de acuerdo al monto ofertado en el Anexo N°7 “Anexo Económico”.

El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o instrumento tributario de cobro, previa certificación por parte de la Presidencia de la República de la recepción conforme de los servicios contratados, de acuerdo a lo establecido por la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de factura, modificada por la Ley N°21.131.

El adjudicatario tendrá un plazo de 3 días hábiles para presentar la factura, contados desde la certificación que haga la Presidencia de la recepción conforme de los servicios en el portal www.mercadopublico.cl. La factura deberá extenderse a nombre de la Presidencia de la República, RUT N°60.000.000-4, y presentarse en la Oficina de Partes de la Dirección Administrativa, ubicada en calle Teatinos N°92, piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago. Tratándose de facturación electrónica, las facturas deberán ser enviadas al correo facturación@presidencia.cl

La recepción conforme del servicio, solo podrá otorgarse previo visto bueno que haga el/la administrador/a de contrato o a quien ésta designe para tales efectos, conforme lo establecido en la Especificaciones Técnicas.

La Presidencia de La Republica tendrá un plazo de 8 (ocho) días corridos siguientes a su recepción para reclamar en contra del contenido de la factura o de la de la falta total o parcial de la entrega de los bienes adquiridos, conforme al procedimiento establecido en el artículo 3° N°2 de la Ley Nº19.983.

El Administrador del contrato verificará, además, el monto facturado considerando los precios según el contrato.

En caso de presentarse alguna diferencia entre la factura emitida y la orden de compra, el Administrador de Contrato deberá solicitar al proveedor la emisión de una Nota de Crédito o Nota de Débito, según corresponda, para procesar oportunamente el pago por el suministro correspondiente.

La Empresa deberá aceptar la orden de compra que se emita a través del Portal Mercado Público y facturar asociando el ID de la orden de compra en la respectiva factura.

La solicitud de pago deberá acompañar los siguientes documentos:

a)            Factura extendida a nombre de la Presidencia de La República (RUT:60.000.000-4), indicando en su contenido ID de la Orden de Compra respectiva.

b)            Si es factura es electrónica colocar en el Folio (801) el número de Orden de Compra asociada a la licitación. Ejemplo: 776-XXX-SE23

c)             Orden de Compra de Mercado Publico aceptada por el proveedor.

d)            Certificado o acta de recepción conforme de la prestación del servicio por parte de la Presidencia de la República, extendida por la Administradora de Contrato.

e)            En caso de factoring se debe adjuntar fotocopia del certificado de cesión de factura ante notario.

f)             Adjuntar comprobante de pago de los valores que correspondan por concepto de multas, si las hubiere.

Para el primer pago, se deberá adjuntar, además de la factura correspondiente, documento vigente emitido por una institución (por ejemplo, la Dirección del Trabajo) o empresa, que acredite fehacientemente que el adjudicado no registra reclamos ni denuncias por incumplimiento de obligaciones laborales ni previsionales pendientes.

ARTÍCULO 31° MODIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

En caso sea necesario, la Presidencia de la República podrá modificar los servicios prestados, aumentándolos por un monto que no podrá ser superior al 30% del valor total del contrato, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases. En el caso de aumentar los servicios y, por ende, el precio y/o su plazo, la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato deberá también aumentarse en proporción al monto de la modificación que se suscriba.

En caso de aumento, los valores a considerar serán aquellos ofertados en el Anexo N°7 “Oferta Económica”, salvo que las nuevas prestaciones no se encuentren comprendidas en ella, debiendo realizarse una nueva cotización.

Los aumentos o disminuciones deberán contar con la aprobación de la Administradora de contrato y la autorización de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República. Para el caso, las modificaciones no tendrán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

ARTÍCULO 32° OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

La principal obligación del contratista será dar estricto cumplimiento a lo encomendado en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, al igual que prestar todos los servicios requeridos durante la ejecución de la presente contratación, acorde a lo detallado en las Especificaciones técnicas.

Asimismo, serán obligaciones del Contratista, entre otras, las siguientes:

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32.1      Dar oportuno y debido cumplimiento a las obligaciones contractuales adquiridas y a todas las obligaciones establecidas, entendiéndose incluidos en él las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Anexos, Aclaraciones y Respuestas si las hubo y la oferta presentada.

32.2      Deberá adoptar las medidas conducentes para permitir el libre acceso de la Administradora de Contrato a los datos, información u otras actividades que se realicen en el marco de su supervisión, sin restricciones.

32.3      Mantener patente comercial vigente durante todo el período de la Contratación.

32.4      El Adjudicatario debe responder ante el Departamento de Arquitectura y Patrimonio, no sólo de sus propias acciones, sino también del hecho de los que estuvieren bajo su cuidado y responsabilidad de las personas que hubieren contratado.

32.5      El Adjudicatario queda obligado a tomar las medidas y precauciones necesarias para evitar daños a las personas y a la propiedad pública y privada durante la ejecución de la contratación y responderá por todos los perjuicios que cause con motivo, ocasión u omisión del cumplimiento de la Contratación.

32.6      Es obligación del Adjudicatario dar fiel cumplimiento a todas las normas legales vigentes en materia de accidentes de trabajo, sin que la Presidencia de la República deba responder por los accidentes que sufran los trabajadores que ocupe el Adjudicatario durante la ejecución de la contratación, quien queda obligado a tomar las precauciones necesarias para reducir los riesgos de accidentes. Será también obligación del Adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar a la Administradora del Contrato de los hechos ocurridos, haciendo entrega, cuando corresponda, de tales denuncias, de acuerdo a la Resolución Exenta N°1402, de 2018, de la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, que deroga Reglamento de Seguridad para empresas Contratistas y sub Contratistas, aprobado por Resolución Exenta N°4525, de 2013 y aprueba nuevo texto.

32.7      Los salarios, sueldos o emolumentos de cualquier naturaleza que se paguen a su personal no podrán ser inferiores a la remuneración mínima vigente (de acuerdo al salario y horario establecido) y serán de cargo exclusivo del Contratista, al igual que las imposiciones previsionales que correspondan.

32.8      El Contratista debe dar estricto cumplimiento a lo prescrito en la Ley N°16.744 de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

32.9      El representante del Contratista deberá estar ubicable durante las 24 horas del día y durante todos los días de la duración del contrato, para lo cual registrará su nombre, dirección, teléfono celular y correo electrónico en el Departamento de Arquitectura y Patrimonio, para ser llamado ante cualquier eventualidad.

32.10   El Adjudicatario no podrá eximirse de cumplir las obligaciones contractuales adquiridas por el hecho de que su personal se declare en huelga. En tal caso, el Contratista debe arbitrar oportunamente las medidas para que las labores se continúen efectuando oportunamente conforme a lo contratado.

32.11   Todos los derechos, impuestos, imposiciones previsionales y cualquier otro gasto directo o indirecto referente a esta contratación, serán de cargo del Adjudicatario.

32.12   El Adjudicatario deberá entregar a la Presidencia de la República, una nómina del personal contratado para la ejecución del servicio, la que mantendrá permanentemente

ARTÍCULO 33° EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR

La Presidencia de la República podrá cursar multas en conformidad al siguiente detalle:

INCUMPLIMIENTO

MULTA

Incumplimiento injustificado del plan de trabajo: Se entenderá que existe un incumplimiento injustificado en el plan de trabajo, cuando el oferente no de cabal cumplimiento a los plazos para montaje y desmontaje establecidos en la carta Gantt presentada, por causas imputables a su propia omisión o negligencia. La multa se aplicará a contar del minuto 31, transcurrido desde la hora indicada por el oferente para la realización de la labor retrasada.

3 UF por cada media hora (30 minutos) de retraso, por un máximo de 180 minutos.

Incumplimiento a las normas de prevención de riesgos: En caso que se advierta que cualquiera de los trabajadores del adjudicatario (propios o subcontratados) efectúe sus labores sin los adecuados elementos de protección personal, o bien, vulnerando las normas de seguridad o procedimientos de trabajo seguro. Se aplicará la multa hasta una vez por trabajador.

0.5 UF por evento.

Inoperatividad de Baños Químicos: En caso que la totalidad de los baños químicos se encuentren inoperativos, cualquiera sea la razón para ello, por un plazo mayor a 30 minutos, impidiendo su uso durante la ejecución del evento. La multa se aplicará a contar del minuto 31, y cada 15 minutos, hasta que la situación sea resuelta.

1 UF por cada 15 minutos de indisponibilidad.

El valor de la Unidad de Fomento a considerar será el correspondiente al del día de pago de la multa. Con todo, el monto máximo acumulado por aplicación de multas al adjudicatario no podrá superar el 20% del valor total del contrato, por cuanto la vulneración de este límite máximo configura un incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, siendo ello una causal de término anticipado del contrato.

ARTÍCULO 34° DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN

En caso de incumplimiento grave de las obligaciones por parte del adjudicatario, la Presidencia de la República podrá poner término anticipado a la contratación, de forma inmediata, administrativamente, conforme al procedimiento previsto en el artículo 35° de las presentes Bases, salvo el caso establecido en las letras d) y h) del punto 34.2 del presente artículo, en que se pondrá término anticipado al contrato de forma inmediata mediante Resolución Exenta de este Servicio.

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34.1   Serán consideradas como casos de incumplimiento grave las siguientes circunstancias o conductas del adjudicatario:

a)    Superación del monto máximo acumulado de multas, correspondiente a un 20% del valor total del contrato.

b)    Transgresión de la cláusula de confidencialidad establecida en el artículo 39° de las presentes Bases, por parte del adjudicatario.

c)     Incumplimiento de uno o más de los compromisos adquiridos por el adjudicatario en virtud del Pacto de Integridad establecido en el artículo 15° de las presentes Bases.

d)    Si el Contratista interrumpiera total o parcialmente la prestación de los servicios que son objeto de esta licitación sin causa justificada.

e)    Retraso en la instalación de los elementos necesarios para la ejecución del evento, sin causa justificada, por un tiempo que haga presumir fundadamente que no se podrá llevar a cabo el evento en el horario programado.

34.2   La Presidencia también podrá poner término anticipado al contrato en los siguientes casos:

a)    Estado de notoria insolvencia y/o tener la empresa la calidad de deudora en alguno de los procedimientos de la Ley N°20.720, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, a juicio exclusivo de la Presidencia de la República.

b)    Si existe orden de ejecución y embargo decretada por un Tribunal de la República, de todo o parte de los bienes del adjudicatario.

c)     Si el adjudicatario ha cedido y/o traspasado todo o parte de sus bienes en favor de sus acreedores.

d)    Por exigirlo el interés público y/o seguridad nacional.

e)    Si el adjudicatario no acata las órdenes e instrucciones que se le den de acuerdo a lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Aclaraciones, y eventuales modificaciones.

f)     Si el adjudicatario no cumpliera las instrucciones de la Administradora de Contrato, sin causa justificada y de manera constante, que signifique perjuicio real y cierto para la Presidencia de la República.

g)    Incumplimiento en las especificaciones técnicas: Si la empresa adjudicada no cumple con las especificaciones técnicas ofertadas al momento de la ejecución del servicio.

h)    Si el adjudicatario no cumple, en forma reiterada o flagrante, con las obligaciones previstas en las bases administrativas y en la oferta presentada.

i)      Incumplimiento de las observaciones formuladas por la Administradora de Contrato.

j)     Cualquier otra situación o circunstancia de responsabilidad del Contratista que signifique un perjuicio para la Presidencia de la República.

En cualquier caso, las partes podrán poner término anticipado al contrato por mutuo acuerdo. En este escenario, si alguna de las partes decide poner término al contrato, deberá comunicar a la otra, mediante carta certificada con a lo menos 10 días hábiles de anticipación a la fecha que se desea poner término al contrato.

ARTÍCULO 35° PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES

Detectada una situación que amerite la aplicación de término anticipado del contrato y/o la aplicación de multas, el Administrador del Contrato notificará al Proveedor, por carta certificada o correo electrónico señalado por el proveedor para estos fines, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, cuando corresponda.

A contar de la notificación de la comunicación precedente, el Proveedor tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Efectuados los descargos o vencido el plazo sin presentarlos, la Presidencia dictará la resolución o acto administrativo resolviendo sobre la infracción cometida.

Si el Proveedor hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la Presidencia podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo fundado, notificándose de ello a la empresa, personalmente a través de su representante legal, por carta certificada, o correo electrónico señalado por el proveedor para efectos de notificación.

Todo lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 2° del capítulo IV de la Ley N°19.880, disposiciones que se aplicarán en subsidio al procedimiento establecido en el presente artículo.

Cuando la sanción consista en la aplicación de multas, éstas deberán pagarse mediante transferencia electrónica o vale vista a nombre de la Presidencia de la República, dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha en que se encuentre ejecutoriada la resolución o acto administrativo que ordene su aplicación, o bien, desde que se encuentre ejecutoriada la resolución o acto administrativo que rechaza los descargos presentados.

ARTÍCULO 36° DE LA ADMINISTRADORA DE CONTRATO

La Jefatura del Departamento de Arquitectura y Patrimonio, o a quien ésta/e designe, actuará como Administradora del Contrato y Contraparte Técnica, con las facultades, obligaciones, atribuciones y responsabilidades que se establezcan a través de las presentes Bases.

Para todos los efectos, el/la Administrador/a de Contrato será el/la funcionario/a encargado/a de velar directamente por la correcta ejecución de la contratación licitada de acuerdo a estos instrumentos. Lo anterior quedará establecido en la Resolución Exenta que adjudique la presente licitación.

En caso de ausencia de el/la Administrador/a de Contrato, la titular deberá designar a su reemplazante, de forma que esta figura se encuentre presente en todo momento durante la vigencia del contrato. En caso de indisponibilidad de la titular, será el/la Jefe/a del Departamento de Abastecimiento quien designe al reemplazante.

El adjudicatario deberá informar al/la Administrador/a de Contrato un correo electrónico y un número de teléfono de contacto. De los correos electrónicos enviados, ambas partes deberán acusar recibo.

ARTÍCULO 37° OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRADORA DE CONTRATO

37.1                Serán obligaciones de la Administradora de contrato, las siguientes:

37.1.1       Conocer los documentos que rigen la licitación.

37.1.2       Cumplir el rol que se le encomienda en el procedimiento de aplicación de multas.

37.1.3       Realizar las notificaciones que se le encomiendan en el procedimiento ante incumplimientos. 

37.1.4       Realizar el control de los servicios licitados.

37.1.5       Propender el pago oportuno de los servicios, en la forma y plazos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas.

37.1.6       Requerir toda la documentación que estime pertinente para resguardar la buena ejecución de la contratación.

37.1.7       Llevar el registro de todas las actuaciones vinculadas al contrato en el libro Manifold, o en otra plataforma que sirva para dicho fin.

37.2                Serán atribuciones de la Administradora de Contrato, las siguientes:

37.2.1       Solicitar al adjudicatario, en los plazos y forma que indique, información relativa al personal y al equipo que utilice, gozando de amplias atribuciones con el objeto de resguardar los intereses de la Presidencia de la República.

37.2.2       Exigir la separación de cualquier trabajador por insubordinación, desórdenes u otros motivos que a juicio de éste afecten negativamente a los intereses de la Presidencia de la República, quedando siempre responsable el adjudicatario de los vicios o abusos que haya podido cometer la persona separada.

37.2.3       Requerir al adjudicatario la presentación de certificados u otros documentos, que estime convenientes.

ARTÍCULO 38º DE LA CESIÓN DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES

Atendida la naturaleza de la contratación y la importancia de la misma, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que derivan de la presente licitación.

Sin perjuicio de lo anterior, éste sí podrá ceder o transferir las facturas, recurriendo al procedimiento establecido en Ley Nº19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de factura.

ARTÍCULO 39° CONFIDENCIALIDAD

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40  

39.1   Confidencialidad o no divulgación: La empresa adjudicada -a través de su personal propio o aquel que subcontrate parcialmente- se obliga a mantener estricta reserva y confidencialidad de la información, en cualquiera de sus formatos, a los que tuviese acceso con ocasión o a propósito de la prestación de los servicios contratados en virtud de lo estipulado en estas bases, mientras dicha información no sea de carácter público de acuerdo a la Ley, así como también, a no utilizar en beneficio propio o de terceros los activos de información que la Presidencia de la República le proporcione para el ejercicio de sus actividades, dado que es de propiedad exclusiva de esta Entidad y, en consecuencia, no podrá ser usado para ningún otro fin que no esté contemplado en el presente documento o en el contrato. Por su parte, la Presidencia de la República velará por la reserva y confidencialidad de la información personal de los empleados de la empresa a los que tuviera acceso autorizado la Institución.

39.2   Cumplimiento de Políticas de Seguridad de la Información. La empresa contratada declara conocer y aceptar las definiciones establecidas en la Política General de Seguridad de la Información y el grupo de Políticas específicas vigentes en materias de Seguridad de la Información de la Presidencia de la República, según sea aplicable. Asimismo, la empresa se compromete a comunicar internamente a sus empleados el texto y alcance de dichas Políticas.

La inobservancia de las obligaciones señaladas en el presente artículo, dará derecho a la Presidencia de la República a poner término anticipado al contrato adjudicado, sin derecho a indemnización alguna, con independencia de las acciones legales que pudiera impetrar para hacer efectiva las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar como consecuencia de tal incumplimiento.

ARTÍCULO 40º DE LA SUBCONTRATACIÓN

El adjudicatario deberá ejecutar los servicios contratados con personal propio. Sin perjuicio de lo indicado, podrá el adjudicatario concertar la subcontratación parcial de éstos, en caso que fuere necesario o conveniente, lo que será evaluado y determinado por la Administradora de Contrato en base a los antecedentes que le sean proveídos. La autorización para la subcontratación solo podrá otorgarla la Administradora de Contrato, y deberá ser por escrito. En cualquier caso, el adjudicatario será siempre responsable por el cabal y oportuno cumplimiento del contrato.

Al subcontratista le serán aplicables las mismas causales de inhabilidades, prohibiciones e incompatibilidades que al adjudicatario, conforme lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886.

ARTÍCULO 41° PERSONAL DEL CONTRATISTA

El personal con el que cuente el Contratista para la ejecución del servicio contratado estará subordinado a él, en sus relaciones laborales y de trabajo y no tendrá vínculo contractual alguno con la Presidencia de la República.

ARTÍCULO 42° CONDICIONES Y ACCIDENTES DEL TRABAJO

El adjudicatario estará obligado a suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos de protección personal que sean necesario para la ejecución de sus labores.

Será obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales en conformidad con las disposiciones legales sobre la materia, debiendo informar al Prevencionista de Riesgos de la Presidencia de la República la ocurrencia de cualquier hecho de esta naturaleza, haciendo entrega de la denuncia, cuando corresponda. Asimismo, el Adjudicatario deberá disponer del reemplazo de la persona que hubiere sufrido el siniestro, según lo determine el Prevencionista de Riesgos de la Presidencia de la República.

ARTÍCULO 43° OBLIGACIONES LEGALES

El Adjudicatario queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la legislación complementaria de dicho cuerpo legal en las relaciones con sus trabajadores, en especial de las normas relativas a Seguridad Social vigentes.

ARTÍCULO 44° OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a todo lo señalado en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos y aclaraciones.

ARTÍCULO 45° ANTICIPO

La contratación no contempla anticipo.

ARTÍCULO 46° REAJUSTES

La contratación no contemplará ninguna clase de reajuste.

ARTÍCULO 47° DE LAS CESIONES DE CRÉDITO O FACTORING

En caso de celebrar el Adjudicatario un contrato de factoring, éste deberá notificar de ello a la Presidencia de la República y a la unidad requirente (Departamento de Arquitectura y Patrimonio), dentro de las 48 horas siguientes a su celebración. Asimismo, la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura. La Presidencia de la República no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes del Adjudicatario.

Para efectos del pago, éste se regirá conforme a las presentes Bases y normativa aplicable, debiendo cumplirse las formalidades y el procedimiento establecido al efecto en el artículo 7° de la Ley N°19.983, y lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley N°19.886, disposición que regula la transferencia del factoring.

La Presidencia de la República tendrá un plazo de 8 (ocho) días corridos desde su recepción, para objetar el contenido de la factura, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° N°2 de la Ley N°19.983, o para reclamar por la integridad de la notificación del factoring.

El documento de pago deberá ser retirado personalmente desde las dependencias de la Presidencia de la República por personas que exhiban poder suficiente, siendo requisito la entrega de la cuarta copia de la factura.

ARTÍCULO 48° CONDICIONES ESPECIALES

a)    En caso que el Adjudicatario considere que una orden se encuentra fuera de los términos y condiciones de la contratación, comunicará esta situación por escrito a la Administradora de contrato, quien resolverá dentro de las 48 horas siguientes.

b)    Cualquier discordancia entre las bases electrónicas y las bases adjuntas, prevalecerán las cláusulas y condiciones de éstas últimas.

ARTÍCULO 49° DOCUMENTOS QUE RIGEN LA LICITACIÓN

La presente propuesta se rige por todos los documentos que más adelante se señalan y en caso de discrepancia entre unos y otros, se establece el siguiente orden de prelación:

  • Doc. Nº 1: Bases Administrativas y sus Aclaraciones.
  • Doc. Nº 2: Bases Técnicas y Aclaraciones.
  • Doc. Nº 3: Respuesta a las consultas.
  • Doc. Nº 4: Resolución de Adjudicación.
  • Doc. Nº 5: Oferta del proponente.
  • Doc. N° 6: Contrato que suscriban las partes.
  • Doc. N° 7: Orden de Compra.

ARTÍCULO 50° DEL FRAUDE Y LA CORRUPCIÓN

En el evento que se comprobare que el adjudicatario o diversos oferentes han incurrido en “prácticas corruptas”, “prácticas fraudulentas” o “prácticas colusorias” sea con respecto al proceso de selección o con respecto a la adjudicación, el mandante rechazará de plano la propuesta o la adjudicación o pondrá término a la contratación anticipadamente, sin indemnización para el Contratista, sin necesidad de resolución judicial previa.

Para estos efectos, se entenderá por “práctica corrupta” todo ofrecimiento, suministro o aceptación o solicitud de cualquier cosa de valor con el fin de influir en la actuación de un funcionario en el proceso de selección o en la ejecución de la contratación.

Por “práctica fraudulenta” toda tergiversación con el fin de influir en la ejecución de un contrato en perjuicio del mandante, y por “práctica colusoria”; sea con anterioridad o con posterioridad a la presentación de las ofertas, a los acuerdos entre consultores con el propósito de establecer precios a niveles artificiales y no competitivos, y en general, a la ejecución de cualquiera de las conductas previstas en la letra a) del artículo 3° del Decreto Ley N°211, de 1973, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado ha sido fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que tengan como efecto el privar al mandante de las ventajas de la competencia libre y abierta. 

Sin perjuicio de lo anterior, la Presidencia de la República se reserva el derecho de ejercer las acciones legales correspondientes por daños y perjuicios que le puedan ser provocados a causa de estas prácticas.

ARTÍCULO 51° JURISDICCIÓN

Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de la Contratación Pública.

Las cuestiones de interpretación y aplicación de la presente contratación que se susciten en la ejecución de la misma serán resueltas de común acuerdo por las partes o en su defecto, sometidas a los Tribunales de Justicia, fijando como domicilio la ciudad de Santiago.

ARTÍCULO 52° DAÑOS A LA PROPIEDAD

El adjudicatario deberá, a sus propias expensas, reparar cualquier daño a la propiedad de otras personas y responderá por la conservación de cualquier otra dependencia de los edificios que pudieran resultar afectados por sus operaciones (tanto, el Palacio de La Moneda como la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo).

En caso que se produzcan daños por los servicios prestados, las reparaciones serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.


ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

 

SERVICIO DE PRODUCCIÓN GENERAL PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES DEL DÍA DE LOS PATRIMONIOS 2023, EN EL PALACIO DE LA MONEDA Y LA RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO, VIÑA DEL MAR

I.      SOLICITUD

La Presidencia de la República, a través del Departamento de Arquitectura y Patrimonio, requiere la contratación de los servicios de producción general para las actividades que se desarrollarán en el Palacio de La Moneda y en la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, en el marco del Día de los Patrimonios 2023.

El Palacio de La Moneda participará en el día de los Patrimonios los días 27 y 28 de mayo de 2023; mientras que la Residencia Presidencial Palacio Presidencial Cerro Castillo lo hará exclusivamente el día 28 de mayo de 2023.

II.    OBJETIVO

La licitación tiene como objetivo adjudicar la contratación de los servicios de producción integral para el desarrollo de las actividades culturales que se llevarán a cabo por la Presidencia de la República en el día de los Patrimonios 2023, para lo cual se espera un público aproximado de 10.000 personas en el Palacio de La Moneda, considerando ambos días; y 5.000 personas en la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo.

III.  REQUERIMIENTOS GENERALES - PROPUESTA TÉCNICA

La propuesta técnica que presente el oferente, que podrá realizar en formato libre, deberá incluir y desarrollar cada uno de los puntos descritos a continuación, los cuales serán considerados como requisitos mínimos:

PRODUCCIÓN ARTISTICA

FICHAS TÉCNICAS

PALACIO DE LA MONEDA

RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO

Se requiere dar cumplimiento a todos los requerimientos especificados por cada agrupación cultural, social, y/o artística invitada.

Desde la Presidencia se emitirán las fichas técnicas y detalle de los requerimientos para su cumplimiento, con al menos, dos semanas de anticipación a la fecha del evento. Se adjunta ficha técnica 2022 de Orfeón de Carabineros de Chile, a modo de referencia.

Se requiere dar cumplimiento a todos los requerimientos especificados por cada agrupación cultural, social, y/o artística invitada.

Desde la Presidencia se emitirán las fichas técnicas y detalle de los requerimientos para su cumplimiento, con al menos, dos semanas de anticipación a la fecha del evento. Se adjunta ficha técnica 2022 de Orfeón de Carabineros de Chile, a modo de referencia.

PRODUCCION TÉCNICA

ESCENARIO

PALACIO DE LA MONEDA

RESIDENCIA PRESIDENCIAL PALACIO CERRO CASTILLO

Tarima de 10mts x 6mts x 80cms, de aluminio para interiores y exteriores, provista de tablero contrachapado fenólico 100% madera de abedul, con acabado antideslizante. La tarima debe contemplar la instalación de una escalera en uno de sus costados y de una rampa en el otro.

Tarima de madera 10mts x 6mts (aproximados), para instalar en el óvalo (sobre pasto).

Debe considerar descarga de estructura tierra, se debe implementar estructura certificada por pesos de carga de audio e iluminación. 

AUDIO

El sistema de audio debe ser técnicamente capaz de cumplir con todas las fichas técnicas de los artistas del espectáculo, y además debe asegurar una potencia en PA suficiente para un público de mil personas al aire libre.

Se deben incluir 2 torres de delay, y sistema de monitoreo que cumpla con la ficha técnica del evento en el escenario de la Plaza de la Constitución.

El oferente deberá presentar ficha técnica con el detalle de los equipos propuestos. Debe considerar un operador de audio para monitores y sala.

Dos sistemas de audio que sean capaces de cumplir con las fichas técnicas de los artistas del espectáculo, y que aseguren una potencia en PA suficiente para un público aproximado de quinientas personas al aire libre.

Este sistema de audio será instalado en la tarima de madera en el óvalo.

El oferente deberá presentar ficha técnica con el detalle de los equipos propuestos. Debe considerar un operador de audio para monitores y sala.

ILUMINACIÓN

Se requiere instalar un puente truss en torre de elevación de 12mts x 4mts, con al menos 14 focos led y 4 cabezas perimetrales. 

Los tableros deben cumplir con la normativa técnica de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (en adelante “SEC”).

NO SE REQUIERE.

ENERGÍA Y DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA

Se deben implementar 2 generadores, de 60 KVA cada uno, exclusivamente para iluminación.

Adicionalmente se requiere implementar 1 generador, de 100 KVA para amplificación de recepciones.

Todos los tableros y distribución de energía deben cumplir con las exigencias de la SEC y demás normativas técnicas vigentes.

Se debe proveer un sistema de distribución eléctrica para el escenario principal en Plaza de la Constitución, y para cada punto de acceso en las filas (6 puntos).

*Área de generadores debe estar protegida por un cierre perimetral, así como los cables deben estar protegidos con pasa cables, de acuerdo a la normativa vigente.

Se deben certificar los puntos de energía por especialista antes de entregar el servicio.

NO SE REQUIERE.

SERVICIO DE ALIMENTACIÓN Y PUNTOS DE HIDRATACIÓN

Se requiere servicio de alimentación para 500 artistas durante los 2 días de actividades, en formato “box lunch”, que no requiera refrigeración.

Se requiere contar con puntos de hidratación considerando el público estimado que asistirá al evento.

Se requiere servicio de alimentación para 100 artistas, en formato box lunch, que no requiera refrigeración.

Se requiere contar con puntos de hidratación considerando el público estimado que asistirá al evento.

SILLAS, MESAS Y MOBILIARIO

Se deben implementar camarines provisorios para artistas, con mobiliario incluido.

Se requieren 100 sillas para público en escenario de la Plaza de la Constitución, y 50 sillas disponibles para artistas sobre el escenario.

Se requieren 100 sillas para público en escenario de óvalo y 30 sillas para los artistas.

CARPAS

Se requiere contar con la implementación de 3 carpas, de acuerdo con las siguientes características:

  • Una (1) Carpa Guardarropía: carpa blanca, de media agua, de 15mts x 4mts x 3 mts.

  • Una (1) Carpa Recepción: carpa blanca, de media agua, de 18mts x 5 mts x 3mts, con 6 subdivisiones en su interior.

  • Una (1) Carpa para camarines y backstage: carpa blanca, a media agua, de 12mts x 4mts x 3mts en su punto más alto, con separación en la mitad (2 espacios independientes).

Se requiere contar con la implementación de 4 toldos, de 2 mts x 4 mts, según la siguiente distribución:

  • Un (1) toldo para guardarropía.

  • Dos (2) toldos para registro de personas

  • Un (1) toldo para número musical en la terraza.

CLIMATIZACIÓN

Implementación de 6 estufas de exterior a gas, para carpa de recepción, contemplando todo el suministro de gas necesario para que funcionen durante las 2 jornadas completas.

NO SE REQUIERE.

SEGURIDAD

Se requieren 2 escáneres de rayos X, para poder habilitar los 6 puntos de control y acceso.

Se requiere considerar personal idóneo y suficiente para resguardar el escenario desde el momento de su montaje.

Se requieren 2 arcos detectores de metales para el control de acceso de personas.

Se requieren 2 escáneres de rayos X, para poder habilitar los 2 puntos de control y acceso.

ACREDITACIÓN

Se requiere producir 300 (trescientas) credenciales para identificar al staff y los/as voluntarios/as del equipo de la Presidencia. El diseño gráfico estará a cargo de la Presidencia.

NO SE REQUIERE.

SEPARADORES DE FILA

Deberán proveerse separadores de fila, para delimitar un área de 20mts x 30mts en la cual se desarrollarán presentaciones que forman parte de la programación.

*El área técnica estará situada a un costado del escenario y debe estar forrada en su totalidad por tela negra que mantenga una adecuada presentación, la que será validada por la Presidencia de la República.

Deberán proveerse separadores de fila para el acceso principal, y delimitación de un área lineal aproximada de 40 mts.

BAÑOS QUÍMICOS

Se debe implementar 1 zona de baños químicos en el sector de las filas, incluyendo baños para público con movilidad reducida.

Los baños deben ser de tipo tráiler, con 6 cubículos para mujeres, 4 cubículos para hombres y 2 cubículos para personas con movilidad reducida.

Los baños químicos deberán estar cubiertos por mantenciones de aseo y deben incluir insumos de aseo.

Se debe considerar los permisos municipales necesarios.

Se debe implementar 1 zona de baños químicos en el sector de las filas, incluyendo baños para público con movilidad reducida. 

Los baños deben ser de tipo tráiler, con 2 cubículos para mujeres y 2 cubículos para hombres y 1 cubículo para personas con movilidad reducida.

La capacidad de descarga debe ser acorde al público esperado, por lo tanto, los baños no deberán quedar inhabilitados durante la ejecución del evento.

Los baños químicos deberán estar cubiertos por mantenciones de aseo y deben incluir insumos de aseo.

SILLAS DE RUEDAS         

Se requiere contar con 3 sillas de ruedas, 1 pediátrica y 2 de adultos.

Se requiere contar con 2 sillas de ruedas, 1 pediátrica y 1 de adultos.

SEÑALÉTICAS

Se requiere diseñar e imprimir, montar y desmontar, las siguientes señaléticas, de acuerdo a las indicaciones entregadas por Presidencia, y previo visto bueno de la misma:

  • 20 señaléticas a color para la fila, en diversas dimensiones (4 grandes de 100cms x 80cms, 6 medianas de 80cms x 50cms, 10 pequeñas de 60cms x 40cms), con sus respectivos soportes.
  • 20 señaléticas a color para el interior del Palacio, de 60cms x 40cms, con sus respectivos soportes y/o solución de montaje.
  • 20 señaléticas a color para el interior del Palacio, de 20cms x 15 cms, con sus respectivos soportes y/o solución de montaje.

Se requiere diseñar e imprimir, montar y desmontar las siguientes señaléticas, de acuerdo a indicaciones entregadas por Presidencia y previa visación de la misma:

  • 10 señaléticas a color para exterior, de 60cms x 40cms, con sus respectivos soportes y/o solución de montaje.

  • 10 señaléticas a color para exterior, de 50cms x 30cms, con sus respectivos soportes y/o solución de montaje.

ENTREGABLES

Se requiere imprimir 10.000 marcadores de libro para entregar al público visitante. Las características del marcador son las siguientes:

-          20 cms x 6 cms.

-          Gramaje mínimo 250 gramos.

-          Papel reciclado.

-          Impresión a 1 color.

-          Impresión por tiro y retiro.

Se requiere imprimir 5.000 marcadores de libro para entregar al público visitante. Las características del marcador son las siguientes:

-          20 cms x 6 cms.

-          Gramaje mínimo 250 gramos.

-          Papel reciclado.

-          Impresión a 1 color.

-          Impresión por tiro y retiro.

RECICLAJE

Se debe implementar 1 punto de reciclaje para basura del público, que incluya cartones y papeles, latas y plásticos.

Se debe implementar 1 punto de reciclaje para basura del público, que incluya cartones y papeles, latas y plásticos.

ASEO

Se requiere implementar 8 basureros grandes en la zona de filas y en la Plaza de la Constitución.

Se debe considerar personal para realizar mantenciones periódicas del aseo durante las 2 jornadas.

La empresa adjudicataria se hará responsable de la limpieza de toda la zona abarcada por la actividad al término de la misma, siendo validado por la contra parte de la Presidencia.

Se requiere implementar 2 basureros grandes en la zona de filas.

Se debe considerar personal de aseo para realizar mantenciones durante la jornada.

La empresa adjudicataria se hará responsable de la limpieza de toda la zona abarcada por la actividad al término de la misma, siendo validado por la contra parte de la Presidencia.

ARREGLOS FLORALES

Se requieren 60 arreglos florales de tamaño mediano (entre 25 y 35 cms. de altura, y entre 10 y 12 cms. de diámetro) para la ornamentación de los salones del Palacio de La Moneda. Los arreglos deben estar listos para montar en los floreros de la Presidencia.

Los arreglos deben considerar, al menos 3 tipos de flores distintas y 1 follaje, previa validación.

Se requieren 10 arreglos florales de tamaño mediano (entre 25 y 35 cms. de altura, y entre 10 y 12 cms. de diámetro) para la ornamentación de los salones de la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo. Los arreglos deben estar listos para montar en los floreros de la Presidencia. 

Los arreglos deben considerar, al menos 3 tipos de flores distintas y 1 follaje, previa validación.

PERMISOS

Se requiere la gestión de permisos municipales y de otras instituciones, que sean necesarios para la realización del evento, en su totalidad: Baños, Aseo, Eléctrico y aquellos que por la naturaleza del evento se requieran.

Se requiere la gestión de permisos municipales y de otras instituciones, que sean necesarios para la realización del evento, en su totalidad: Baños, Aseo, Eléctrico y aquellos que por la naturaleza del evento se requieran.

Las ofertas que no incluyan los aspectos técnicos mínimos indicados anteriormente, serán declaradas como técnicamente inadmisibles.

IV.   OTROS ASPECTOS DE PRODUCCIÓN

Será responsabilidad y cargo del contratista preparar, presentar, tramitar y obtener todos los permisos o autorizaciones que se requiera para la prestación de los servicios y el desarrollo de los eventos. Asimismo, será responsabilidad del contratista obtener las certificaciones que conforme las exigencias legales vigentes se requieran para la aprobación de los servicios. El contratista mantendrá indemne a la Presidencia de la República por las consecuencias de cualquier naturaleza que se deriven de la no obtención oportuna de dichas autorizaciones y/o del incumplimiento de las normas y exigencias legales que regulen este tipo de servicio.

V.     SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

La empresa adjudicataria deberá contratar a su cargo un seguro de responsabilidad civil con el fin de cubrir cualquier daño material y/o corporal producido a terceros con ocasión de la prestación de los servicios cuya contratación se licita.

El monto de la cobertura de este seguro no podrá ser inferior a las 5.000.- UF (cinco mil unidades de fomento).

La/s póliza/s contratadas, dependiendo del plazo máximo de cobertura que otorgue la compañía de seguros, deberá/n tener una vigencia que asegure la cobertura por la total duración del contrato, aumentada en 90 días corridos.

Todo riesgo que no se encuentre cubierto debido a atrasos en la contratación del seguro, insuficiencia en la cobertura de las pólizas o demora en el pago de las primas, será de total responsabilidad del contratista, debiendo este último cubrir las diferencias que existieren.

Asimismo, será de cargo del contratista efectuar los reembolsos de las eventuales indemnizaciones que la Presidencia estuviere obligada a pagar por hechos imputables a éste

VI.   PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO (CARTA GANTT)

           

El oferente deberá presentar un documento del tipo “Carta Gantt”, el cual deberá incorporar y detallar cada una de las actividades relevantes a desarrollar en la ejecución del servicio, desde el montaje e instalación hasta el completo desmontaje de las estructuras, señalando de forma expresa sus tiempos de ejecución.

Se deja constancia de que la adjudicación de su oferta no significa la aprobación de la carta Gantt tal como fue presentada en el proceso de licitación.

VII. LAYOUTS

El oferente deberá elaborar y entregar el layout completo del evento, tanto para el Palacio de La Moneda (incluyendo la Plaza de la Constitución) como para la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, de acuerdo a las Visita Técnica efectuada. Deberá considerar interior y exterior del Palacio de La Moneda y de la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo. El layout se deberá entregar con al menos dos semanas de anticipación a la realización del evento, para su visación por la Administradora de Contrato.

Se adjuntan Layouts referenciales para el desarrollo de la propuesta.

VIII.              PREVENCIÓN DE RIESGOS  

El adjudicatario deberá gestionar la contratación de una empresa especializada en la prevención de riesgos, que preste asesoría en la implementación de un evento masivo, siendo capaz de ejecutar los trámites de T1. Deberá asimismo implementar toda la señalética necesaria para un evento de las características señaladas. La empresa deberá presentar su plan de prevención de riesgos a la Presidencia de la República y mantener coordinación con sus prevencionistas de riesgos.

IX.      ASESORÍA EN GESTIÓN CULTURAL

Se debe proporcionar asesoría en materia de gestión cultural para el desarrollo de las jornadas en ambos Palacios, que considere retroalimentación respecto al programa desarrollado por la Presidencia de la República.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.