Licitación ID: 662237-30-LE23
Curso diseño y plan. estratégica perspect. género
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Programas o cursos no diplomados a distancia 1 Unidad
Cod: 86111504
Curso de Diseño y Planificación Estratégica con Perspectiva de Género  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Curso diseño y plan. estratégica perspect. género
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, en adelante SENDA, requiere realizar un proceso de licitación para la contratación del curso de Diseño y Planificación estratégica con perspectiva de género.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SENDA NACIONAL
R.U.T.:
61.980.170-9
Dirección:
Agustinas 1235, piso 9
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-08-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 11-08-2023 16:52:18
Fecha inicio de preguntas: 11-08-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 16-08-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-08-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-08-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-08-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 26-09-2023 10:47:29
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Previo a la evaluación de las ofertas técnica y económica, la División Jurídica de SENDA revisará que los oferentes hayan dado cumplimiento a la entrega de la declaración jurada del Anexo N°1, emitiendo un informe que dé cuenta de ello. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA revisará el registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados por delitos concursales establecidos en el código penal. En caso de tratarse de una unión temporal de proveedores, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener todas las menciones indicadas en el inciso primero del artículo 67 bis del Decreto Supremo Nº250, de Hacienda, de 2004. En este contexto, en caso de que el oferente sea una unión temporal de proveedores, este Servicio Nacional examinará que ella hubiere presentado el documento en el cual se formaliza la unión temporal de proveedores, donde deberá estipularse, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En caso de que a alguno de los integrantes de la unión temporal le afecte una causal de inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, aquella unión deberá, dentro del plazo de 5 días hábiles, a contar de la publicación de dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, informar por escrito en la oficina de partes de SENDA, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desiste de su participación en el proceso.
Documentos Técnicos
1.- La propuesta técnica deberá ingresarse como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. Para ello, el oferente deberá completar con la información exigida en el Anexo N°2 de las bases, con lo siguiente: 1) Curriculum vitae in institucional. Se podrá incluir una breve presentación de la trayectoria de aquella. Experiencia en la ejecución de servicios similares a los requeridos. Se deberá acreditar a través de órdenes de compras, si no se acredita mediante este medio de verificación será declarado inadmisible. 2) Curriculum vitae de cada integrante (que participará en el curso). Estudios básicos, pre- post grado. Experiencia relacionada con el cargo a desempeñar en este proyecto. Cargo y funciones a desempeñar en este proyecto o curso. Se deberá acreditar con documentos y certificados pertinentes a la formación y experiencia del RR.HH. 3) Plan de trabajo que indique: objetivos generales y específicos del programa de capacitación; propuesta de contenidos del programa, desarrollando las unidades temáticas, los contenidos y el tiempo destinado a cada uno de ellos; metodología de enseñanza a utilizar; metodología de evaluación de los participantes y de la capacitación. La propuesta técnica deberá cumplir con todos los requisitos y especificaciones indicadas en las presentes bases, de lo contrario la propuesta quedará fuera de la presente licitación, siendo su oferta declarada inadmisible por no cumplir con un requisito establecido en las presentes bases y no será objeto de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- La oferta económica deberá ingresarse en el Anexo N°3 como archivo adjunto en el sitio www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados, serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, 9 variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado con posterioridad a la Propuesta o durante su cumplimiento. Se reitera, que para la ejecución del servicio que por medio de las presentes bases se licita, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, ha dispuesto un monto máximo de $ 10.000.000.- impuestos incluidos. Las propuestas que superen el monto máximo de la oferta quedarán inadmisibles. Los oferentes que no presenten propuesta económica, o bien presentándola, ésta no cumpla con lo señalado en las presentes Bases, quedarán fuera del presente proceso de licitación y, por consiguiente, sus propuestas no serán objeto de evaluación, y deberán ser declaradas inadmisibles. SENDA declarará inadmisibles las ofertas que excedan el presupuesto disponible. Se deja expresa constancia que, es responsabilidad exclusiva del oferente, considerar dentro del monto bruto máximo ofertado, los eventuales impuestos a los que pudiera verse afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios licitados.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica 12.3.2 Evaluación de Ofertas Económicas 30%
2 Oferta técnica De acuerdo a 12.3.1 Evaluación de la oferta técnica 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 32 Horas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería
e-mail de responsable de pago: tesoreria@senda.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Maheba Machu Mondino
e-mail de responsable de contrato: maheba.machu@senda.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-5100813-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Mecanismo de desempate
Ante la ocurrencia de un empate en el mayor puntaje final técnico-económico, entre dos o más oferentes, se seleccionará a aquel, de acuerdo a la siguiente secuencia: 1. En primer lugar, a aquel proponente que haya obtenido mayor puntaje en la propuesta técnica. 2. En segundo lugar, se seleccionará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en la propuesta económica. 3. En tercer lugar, se seleccionará a aquel que obtenga el mayor puntaje en los subcriterios de evaluación de la oferta técnica, analizados uno a uno, en el siguiente orden: i. Equipo docente especialista en Diseño y Planificación Estratégica con Perspectiva de Género. ii. Experiencia en la realización de proyectos con similares características a lo solicitado. iii. Experiencia promedio del equipo de trabajo (se excluye el equipo docente especialista en Diseño y Planificación Estratégica con Perspectiva de Género) en actividades de formación dirigidas a población adulta en modalidad presencial o virtual. iv. Ajuste de la propuesta a los requisitos técnicos planteados en las bases. v. Propuesta de metodología. vi. Finalmente, si aplicados todos los criterios anteriores se mantuviere el empate, será adjudicada al primero que haya presentado su oferta en el portal. Una vez finalizado el proceso de evaluación, la comisión levantará un acta de evaluación en la que deberá dejar constancia de las actuaciones efectuadas en el desempeño de sus funciones. Cómo mínimo, el acta mencionada deberá contener la siguiente información:  Listado de las ofertas evaluadas por la comisión.  Los puntajes asignados a cada oferta según los criterios establecidos en las bases.  Las consideraciones que hubieren motivado la descalificación de ofertas y que la Comisión estime conveniente consignar.  El nombre, cargo y firma de los funcionarios que participaron en la evaluación.
Rechazo de las ofertas
SENDA declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases. Declarará desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes para los intereses del SENDA. En cualquiera de dichos casos, la declaración deberá realizarse mediante acto administrativo fundado.
Selección para la adjudicación
El proponente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación, será seleccionado. 18 Para estos efectos, se procederá a la adjudicación mediante acto administrativo fundado del SENDA, debidamente notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes, a través del sistema de información de compras públicas. en dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación y el puntaje que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. La notificación de la adjudicación, tanto al oferente adjudicado como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o en su defecto, se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Adjudicación
La adjudicación se realizará dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas informado a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica la presente licitación. Se entiende que presentó la mejor propuesta quien obtenga la nota final más alta entre los oferentes, según los criterios de evaluación señalados en el título 12.3 de estas bases de licitación. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA, a través de acto administrativo fundado, totalmente tramitado, podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y del nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. La adjudicación de la presente licitación pública se hará a través del correspondiente acto administrativo y será publicado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica la presente licitación, una vez que el mismo se encuentre totalmente tramitado.
Consultas a la adjudicación
En caso de que los oferentes, una vez adjudicada la presente licitación pública, quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con SENDA, al correo compras@senda.gob.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta y junto con ello, las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos, a través del portal www.mercadopublico.cl en el ID que identifica a la presente licitación.
Causales para dejar sin efecto la adjudicación
SENDA dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, por las siguientes causales: 19 1. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el título 20. 2. Si el oferente adjudicado no entregare en tiempo y forma los documentos señalados en el título 21.1 de las presentes bases. 3. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal al SENDA, se desistiera de su oferta. 4. Si el oferente adjudicado se negare a aceptar la orden de compra dentro del plazo de 48 horas. De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, SENDA adjudicará al oferente que, según el acta de evaluación final, hubiere obtenido el siguiente mayor puntaje final técnico-económico, si dicha oferta es conveniente para los intereses del SENDA, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
Readjudicación
En el caso que el adjudicatario se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado, que se desista de su oferta o incurra en cualquier otra causal que impida suscribir el contrato respectivo, se adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses del SENDA, o bien se declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Contratación
La contratación se perfeccionará con la aceptación de la respectiva orden de compras conforme al artículo 63 Ley 19.886, dentro de los 15 días hábiles desde la notificación de la resolución que adjudica. El adjudicado deberá acompañar la documentación requerida de estas bases, dentro del plazo máximo de 5 días corridos contados desde la fecha en que sea informada la adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl. Si el adjudicado no acompañara dicha documentación en el plazo señalado o no aceptará la respectiva orden de compra dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA, a menos que el retraso se deba a una causa imputable a SENDA, adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación haya obtenido el siguiente mejor puntaje final o declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado
Inhabilidades para contratar
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las siguientes inhabilidades: 1. Las personas naturales que sean funcionarios directivos del SENDA o que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) 20 del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2. Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos del SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575; ni tampoco aquellas sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. 3. Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica. Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades indicadas, SENDA adjudicará la licitación a aquel oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final de las ofertas técnica y económica. Lo anterior, siempre y cuando la oferta sea conveniente para los intereses del SENDA, o se declarare desierta la licitación, todo a través del correspondiente acto administrativo fundado.
Documentación requerida para emitir la orden de compra
El o la oferente, deberán presentar las declaraciones juradas con la información requerida, según corresponda, las cuales se encuentran en el Anexo N°1 de las presentes bases. 21.1 Para todos los oferentes 1. Certificado de inscripción y habilidad, del registro de contratistas y proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. 2. Certificado vigente de antecedentes laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales con sus actuales trabajadores y con los contratados en los últimos dos años. 3. Declaración jurada indicando lo siguiente (según el caso): a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con 21 trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a ………………………………. En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. SENDA exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones adeudadas. 4. Declaración jurada que indique: 1. Oferente no es funcionario directivo de SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2. Oferente, declara que no es gerente, administrador, representante o director de sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 3. No ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211, de 1973. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la entidad contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 21.2 Documentos específicos en caso de sociedades 1) Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente. 2) Copia de Inscripción con vigencia de la sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los 22 casos de Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado vigencia, emitido por la entidad competente. 3) Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda. 4) Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad. 5) Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes legales. Los documentos indicados en los numerales 2 y 3 los otorga el Conservador de Bienes Raíces y de Comercio correspondiente al domicilio en que se inscribió la sociedad. 6) Declaración jurada que indique lo siguiente: a. La entidad que represento no está afecta a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso sexto, de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios3 . b. La entidad que representa, no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA o una persona que esté unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en comanditas por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital. 21.3 Documentos específicos en caso de sociedades fundaciones o corporaciones 1) En entidades constituidas conforme al Decreto N° 110, de 1979 del Ministerio de Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública. 2) En entidades constituidas conforme a la Ley N° 20.500 Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil. 3 Se exceptúan de declarar lo requerido en la letra a) de la declaración jurada, las universidades, corporaciones o fundaciones. 23 3) Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. 4) Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda. 5) Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso que existiere y todas las escrituras públicas insertar en ellos, y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo. 6) Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 7) Certificado de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. 8) Declaración jurada indicado en el 7) del título anterior. Finalmente, para ambos casos, en necesario adjuntar documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir contratos. 21.4 Documentos para persona jurídica extranjera 1) Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. 2) Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes bases. 3) Deberá designar domicilio en Chile. 4) Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº 18.046. 24 21.5 Unión temporal de proveedores En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada una de las personas que la integran deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos anteriores, según sea el caso. Con todo, se hace presente, que no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
El precio y el pago
El servicio de suministro contratado, se pagará contra la realización efectiva del curso y la aprobación del informe final, haciendo entrega por parte del oferente de la correspondiente boleta o factura extendida a nombre del Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, RUT N°61.980.170-9, debidamente visada por la jefatura del Área de gestión y desarrollo de personas y encargada de Unidad de género responsables de la administración y contraparte técnica del curso, dentro de los 30 días desde que sea recibida.
Recepción conforme
En forma conjunta con la entrega de cada factura o boleta, el prestador del servicio deberá presentar los documentos de cobro (factura o boleta mensual) los cuales deberán extenderse a nombre del Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol, RUT N°61.980.170-9, dirección Agustinas N°1235, piso 2, Santiago, región metropolitana. El documento respectivo deberá ser enviado a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com. Finalmente, el o los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez aceptada la orden de compra por parte del proveedor, y se haga entrega por parte del contratista el documento tributario correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en la Ley Nº19.983. Asimismo, las partes acuerdan que el Servicio Nacional podrá reclamar del contenido de la factura dentro de 8 días corridos desde su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro medio fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
Del incumplimiento del contrato
Multas En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de licitación, en el contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio contratado, SENDA podrá aplicar multas a la entidad, en los términos que a continuación se indican: a) En caso que la entidad no cumpla con el plazo fijado por bases y ajustado, en la primera reunión con entidad adjudicataria, para la ejecución del curso, se le aplicará una multa de 1,5 U.T.M. por cada día de retraso, con un tope de 12 días, en cuyo caso, transcurrido el plazo indicado, se abordará conforme a las normas del término anticipado de contrato. De concurrir un caso fortuito o fuerza mayor, la entidad deberá comunicarlo a más tardar, a las 12:00 horas del mismo día en que debió haberse iniciado los servicios. b) En caso de no ejecutar los servicios contratados de acuerdo al cronograma establecido, se le aplicará a la entidad una multa de 1,5 U.T.M. por cada día de inactividad con un tope de 12 días, en cuyo caso, se abordará conforme a la letra a) del párrafo anterior. c) Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, tales como, no cumplir con lo presentado en la propuesta técnica. Con todo, el monto máximo de las multas aplicadas, no podrá exceder del 10% del monto total del contrato. En caso de llegar al monto antes indicado, SENDA podrá poner término anticipado al mismo. Procedimiento de aplicación de multas SENDA notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la falta que se ha detectado, los antecedentes que dan cuenta de ello y la multa a la que da lugar la infracción. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se realizarán mediante correo electrónico registrado en la presentación de la oferta. El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan las multas o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las multas que correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. Si se han presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente. De lo resuelto, se notificará al contratista por carta certificada. 26 El contratista podrá, entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme. El contratista podrá pagar la multa directamente dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que resuelva el procedimiento de aplicación de multa o en su defecto que resuelva la Reposición, por cualquiera de los siguientes medios: I. Emisión de cheque nominativo y cruzado, a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, enviándolo por oficio o entregándolo directamente a la Unidad de Tesorería ubicada en calle Agustinas 1235, piso 2, comuna de Santiago. La Unidad de Tesorería extenderá el respectivo recibo de ingresos. II. Emisión de cheque, en los mismos términos del número anterior, pudiendo proceder a depositar el documento en la cuenta corriente número 9003100 de Banco Estado, realizando el respectivo endoso al reverso, enviando copia del respectivo comprobante a la Unidad de Tesorería, ubicada en calle Agustinas 1235, piso 9, comuna de Santiago. III. Transferencia electrónica a la cuenta corriente señalada en punto dos, invocando el RUT del Servicio, 61.980.170-9 e informando al correo electrónico tesoreria@senda.gob.cl. IV. Si el proveedor no paga la multa dentro del plazo establecido, el SENDA estará facultado para dar termino anticipado al contrato. 24.2 Del término anticipado de contrato a) Por concurrir el tope máximo asignado por concepto de multas impuestas al prestador, conforme a las letras a y b) del, párrafo Multas. b) Reorganización o liquidación concursal del contratante, a menos que se caucione suficientemente un eventual incumplimiento contractual. c) Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra o fallecimiento del contratante en caso de persona natural. d) Por causa de interés público. e) Por exigirlo la seguridad nacional. 27 f) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista, siempre y cuando ello no se deba acaso fortuito o fuerza mayor. g) Si el contratista que al momento de contratar registraba saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, no dio cumplimiento a la obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el contrato. h) Si se constata que el contratista presentó o adulteró algún tipo de documento, o su contenido, ya sea al momento de ofertar, de la formalización de la contratación o durante la ejecución de los servicios. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieren corresponder. La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su modificación deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar, dentro de las 24 horas de totalmente tramitada. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el Servicio Nacional pueda ejercer para exigir la correspondiente indemnización de los perjuicios. Resciliación: El presente convenio podrá terminar por mutuo acuerdo de las partes, debiendo suscribirse a tal efecto y por razones fundadas, el respectivo acuerdo resciliatorio, el que posteriormente deberá ser aprobado mediante acto administrativo de SENDA. Procedimiento de término anticipado de contrato SENDA notificará por escrito al contratista los hechos y circunstancias que constituyen la causal de término que se ha detectado y los antecedentes que dan cuenta de ello. Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento se realizarán mediante correo electrónico registrado en la presentación de la oferta. El contratista dispondrá de cinco días hábiles contados desde que se le haya notificado, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor que demuestren que no ha tenido responsabilidad en los hechos que originan la causal, o que desvirtúen los antecedentes con los que cuenta el Servicio. Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por acreditada la causal de término anticipado dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol. 28 Si se han presentado descargos oportunamente, SENDA dispondrá de cinco días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea rechazándolos o acogiéndolos. De lo resuelto, se dictará el correspondiente acto administrativo. El contratista podrá entre otros recursos establecidos en la Ley N°19.880, presentar recurso de reposición ante el Jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre, quien dispondrá por su parte de cinco días hábiles, contados desde la recepción del recurso, para resolver si lo acoge total o parcialmente. Si el contratista no presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, el término quedará firme.
Modificación de la contratación
Si, con posterioridad a la contratación, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, estima necesario realizar modificaciones en sus requerimientos de servicio, en cuanto a la calidad o cuantía de los mismos, las que por su magnitud representen un esfuerzo significativo para el adjudicatario, se evaluará y propondrá al mismo, la eventual modificación de la contratación, incluyendo las prestaciones y precio, no pudiendo exceder éste último del 30% al originalmente propuesto. Toda modificación de la contratación deberá ser aprobada mediante el correspondiente acto administrativo, totalmente tramitado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.