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Resolución de Empates |
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En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que
hayan obtenido el mismo puntaje en la evaluación final, quedando más de uno en condición de resultar adjudicado, la
Comisión Evaluadora optará por aquella oferta que señale el precio más conveniente para este Servicio. En segundo
lugar, se optará por quien haya obtenido mejor puntuación en el criterio técnico en su conjunto. De persistir el empate,
se adjudicará al oferente que haya ingresado primero la oferta en el portal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Si el adjudicatario se desistiere de la contratación o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos
en las presentes bases, el Servicio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al
oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados
desde la publicación de la adjudicación original, siempre y cuando la orden de compra no se hubiese sido aceptada por
parte del Proveedor una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las
normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades
profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus
respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago
oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización,
beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o
integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Durante la vigencia del respectivo contrato el proveedor deberá acreditar que no registra saldos insolutos de
obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
En consecuencia, el Servicio podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime
necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus
actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto
de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la
totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las
prestaciones, con un máximo de seis meses.
Esta entidad exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor
dará derecho a terminar la relación contractual, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 8.9 de las presentes bases,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Se deja expresa constancia que la contratación no significará en caso alguno que el proveedor, sus trabajadores o
integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo
alguno de subordinación o dependencia de ellos con el Servicio.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u
omisiones formales en que hayan incurrido, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se
afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Asimismo, la Comisión
Evaluadora tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan
omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Lo anterior, conforme con lo
establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley 19.886. La subsanación de errores u omisiones formales y
solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos se debe informar al resto de los oferentes a través del sistema
mercadopublico.cl.
Para la subsanación de errores u omisiones formales y presentación de certificaciones o antecedentes omitidos se
otorgará un plazo impostergable de 24 horas, contadas desde la comunicación al oferente por parte del Servicio en
el “Foro inverso” de la respectiva ficha electrónica de mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente el sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los oferentes.
De no subsanar los errores u omisiones formales o de no presentar las certificaciones y antecedentes omitidos, las
ofertas serán declaradas inadmisibles.
No serán parte del presente literal la documentación obligatoria a acompañar en la oferta hasta el cierre de recepción
de ofertas, a saber:
Anexo N°1 – Oferta Económica, Precio
Anexo N°6 – Oferta Técnica, Plazo de entrega
Anexo N°8 – Formulario Datos del Oferente
Anexo N°9 – Declaración Jurada de Independencia de la Oferta
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Pacto de integridad |
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1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el
proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y
especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de
sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de esta.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad principio de buena fe, moral, buenas
costumbres y transparencia en el proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases
de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases Administrativas y
Técnicas, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna, en términos técnicos y económicos ajustados al mercado, que aseguren la posibilidad de cumplir
con la misma en las condiciones ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en
general, todas las personas con que este o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la
licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
El oferente no podrá comunicarse con el funcionario responsable o cualquier funcionario del Servicio que tenga
información respecto de la licitación, si no es a través del Sistema de Información.
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