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OTRAS CONSIDERACIONES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA |
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La consultoría será realizada en un plazo máximo de 165 días corridos, a partir de la aceptación de la orden de compra, posterior a la firma del contrato. Lo anterior se reflejara en la carta Gantt que oferte el oferente; No obstante, si durante la ejecución, se produjeren atrasos parciales ocasionados por causas no imputables a la empresa consultora, fuerza mayor o por caso fortuito, que no permitan cumplir con el plazo de entrega ofertado, el contratista deberá presentar a la Dirección Municipal designada como Unidad Técnica, su justificación de ampliación de plazo por escrito antes que transcurran cinco días corridos desde que se hayan producido; pasado este periodo no se aceptará justificación alguna.
La Unidad Técnica estudiará las razones invocadas por la consultora para justificar el atraso y resolverá la aceptación o el rechazo de la ampliación del plazo de ejecución de los servicios. No se aceptarán ampliaciones de plazo que no estén debidamente justificadas y aprobadas por la Unidad Técnica. La ampliación de plazo implica la modificación de contrato, el cual deberá aprobarse por el correspondiente acto administrativo.
A este plazo no le serán imputables los días que demore la contraparte técnica en la revisión de los documentos.
28. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán de cargo del proveedor que se adjudique la Propuesta, las siguientes obligaciones:
1. Ejecutar el diseño de arquitectura del proyecto : “Consultoría de diseño de Proyecto de Arquitectura, Sala Museográfica Pampa Guanaco, Comuna de Timaukel”. de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
2. Cumplir el servicio requerido con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
3. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizado por la unidad técnica.
4. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos laborales, remuneraciones, de previsión y seguridad social, u otros que le sean aplicables.
5. Emplear al máximo de cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
6. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones que le dé la Unidad Técnica. En especial, deberá entregar de conformidad al Art. N°183 – C del Código del Trabajo, copia de la documentación que le sea solicitada con la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones legales para con los trabajadores.
7. No podrá traspasar a terceros el contrato que se suscriba, ni ceder, transferir o encomendar en forma alguna a terceras partes, ninguno de los derechos u obligaciones estipulados en el contrato, con la sola excepción de los derechos derivados de las obligaciones de pago de los servicios prestados.
8.Se exige un diseño de alta calidad y pertinente al contexto cultural y climático; Lo anterior debe cumplir todos los requisitos o estándares para ser incorporados al registro de museos de la DIBAM.
29. DE LOS ESTADOS DE PAGO
El pago de la presente consultoría, quedará sujeto a la aprobación de los informes entregados por el consultor a la Unidad Técnica de la Municipalidad de Timaukel, quedando estos sujetos a la aprobación de la I.T.O. en conformidad con la dirección de Secplan o quien la Municipalidad designe como su subrogante.
Igualmente, el pago se realizará mediante cuatro estados de pago (4) que estarán sujeto a las siguientes etapas:
Con ello se procederá a efectuar recepción definitiva del proyecto de diseño de arquitectura y proyecto museográfico con tramitación de Informe de Factibilidad de Construcciones (IFC) aprobado por la entidad pertinente, y la correcta coordinación con especialidades. Recepción que será efectuada por la directora SECPLAN, o su subrogante legal, quien dispondrá de 15 días hábiles contados desde el día siguiente hábil a la recepción de la solicitud, para su realizar una revisión final a objeto de verificar si la consultora entregó el total de la documentación del proyecto. Si no existen observaciones, procederá a la recepción definitiva de la consultoría, se levantará el acta respectiva y se restituirá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
Los estados de pago serán pagados una vez cumplido con los requerimientos principales de cada una de las etapas las que deberán ser entregados mediante oficina de partes de la Ilustre Municipalidad de Timaukel o mediante correo electrónico a la I.T.O a cargo del contrato.
Todos los estados de pago deberán contar con el respaldo necesario de los hitos concluidos y con la correspondiente aprobación de los informes entregados a la Dirección de Secplan.
A su vez, el consultor deberá acompañar junto a cada solicitud de pago, la siguiente documentación:
a. Carta de solicitud de estado de pago.
b. Caratula de estado de pago según avance de proyecto
c. Carta Gantt actualizada
d. Informe de Etapa. (según estado de pago a cursar)
e. Carpeta consolidada de proyecto con todos los antecedentes de la etapa aprobada (plano de proyectos, especificaciones técnicas, presupuesto de obras y modelación 3D).
f. Factura o boleta original extendida a nombre de la I. Municipalidad de Timaukel.
g. Certificado de obligaciones laborales.
El documento de cobro (factura o boleta), deberá ser extendido a nombre de la Municipalidad de Timaukel, Rut N°69.251.600-1, indicando el Etapa, Nº de estado de pago y nombre de la consultoría; y debe ser presentando por Oficina de Partes, previa certificación de aprobación de las actividades realizadas y si correspondiere, de la etapa concluida, en el estado de pago que ingresa por la Unidad Técnica.
La factura o boleta debe ser firmada y aceptada por el Director de la Unidad Técnica, para proceder a su pago. Este pago se realizará en un plazo de 30 (treinta) días corridos.
La municipalidad podrá reclamar el contenido de la factura de acuerdo al artículo 3° de la Ley N°19.983. Si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento de su pago.
Por otra parte, no se aceptarán anticipos de ninguna naturaleza.
30. DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS
Se requiere la materialización de la : “Consultoría de diseño de Proyecto de Arquitectura, Sala Museográfica Pampa Guanaco, Comuna de Timaukel”. Lo anterior en base al cronograma estimativo que se acompaña a continuación:
En base al anterior cronograma, se definen cinco (5) entregas y los siguientes productos requeridos por cada una de ellas;
01 Etapa de Estudios Preliminares y Conceptualización (E1):
Esta etapa inicial está enfocada en la recopilación de antecedentes, la comprensión profunda del contexto (sitio, clima, cultura local) y la definición de las directrices de diseño. El Consultor deberá realizar la visita obligatoria a Pampa Guanaco y verificar el levantamiento topográfico.
El producto clave es la formalización del Modelo Conceptual que vincula la identidad local con la funcionalidad museográfica y las restricciones climáticas, junto con la propuesta de programa arquitectónico inicial y el estudio de superficies, sirviendo como fundamento para el desarrollo formal del diseño.
Entregables:
• Informe de visita a terreno y verificación de límites.
• Propuesta de Modelo Conceptual de Diseño alineado la estética arquitectónica de Tierra del Fuego.
• Presentación de la primera Propuesta de Programa Arquitectónico preliminar y estudio de superficies
• Presentación de la primera Propuesta del Guion Museográfico
Los elementos gráficos entregados en esta etapa deben dar cuenta del modelo conceptual y permitir la comprensión general del proyecto manera clara y precisa.
02 Etapa de Anteproyecto (E2):
En esta fase se materializa el diseño arquitectónico a nivel de Anteproyecto, definiendo la volumetría, la distribución espacial, la propuesta estética y las soluciones conceptuales frente a la materialidad y la estructura. El Consultor deberá integrar los hallazgos de los estudios preliminares, incluyendo un análisis de Asolamiento y Vientos, para justificar la orientación y la configuración del edificio. Esta etapa culmina con una segunda instancia de PAC para validar el diseño propuesto con la comunidad.
Entregables:
• Planimetría de Anteproyecto Arquitectura (plantas, cortes, elevaciones, emplazamiento) con definición de la Propuesta Estructural Conceptual y propuesta de materialidad definitiva.
• Borrador de Memoria Descriptiva del Proyecto: Debe incluir especificaciones resumidas de materialidades, antecedentes del modelo conceptual, nociones generales de iluminación y otros aspectos del diseño necesarios para la cabal comprensión de la propuesta.
• Guion Curatorial y Narrativo: Documento que define los temas, subtemas y el relato de la sala (basado en los hitos de la Ruta Y-85: Selk'nam, Glaciología, Ganadería, etc.)
• Zonificación Museográfica: Plano que indique la ubicación preliminar de vitrinas, muros de murales y estaciones digitales.
• Esquema de Conectividad y Automatización: Diagrama conceptual que identifique los puntos de acceso automatizados y la ubicación de los nodos tecnológicos (pantallas, sensores, altavoces).
03 Etapa de Proyecto de Arquitectura y Museografía (E3):
Esta fase se centra en el desarrollo del diseño de arquitectura a nivel de Proyecto de Ejecución, generando todos los detalles necesarios para la correcta licitación de las futuras ingenierías y la construcción de la obra. El Consultor debe producir la Planimetría a escala final, la Memoria de Arquitectura, las Especificaciones Técnicas y las Cubicaciones, asegurando la coherencia entre todos los documentos y la coordinación de las previsiones para las especialidades.
Entregables Mínimos:
• Planimetría de Arquitectura Completa: Set de planos a escalas adecuadas (1:50, 1:20 y detalles 1:5/1:10) que incluyan: Emplazamiento georreferenciado, Plantas de Arquitectura, Elevaciones con tratamiento de fachadas, Cortes generales y escantillones técnicos. Debe incorporar detalles constructivos de encuentros críticos para evitar puentes térmicos y cuadros de superficies. Debe considerar el desarrollo de la accesibilidad universal, su planimetría y el cumplimiento estricto de la normativa de Accesibilidad Universal según los requerimientos establecidos en la Ley 20.422 y lo normado en la OGUC referente al tema.
• Memoria de Arquitectura: Documento descriptivo y justificativo del proyecto que detalle el partido general, la interpretación de la Guía de Diseño Étnico Selk’nam y las estrategias de diseño bioclimático aplicadas. Debe incluir la memoria de superficies y considerar criterios de progresividad para una posible futura ampliación.
• Especificaciones Técnicas de Arquitectura Completas: Texto detallado por partidas, desde obras preliminares hasta terminaciones. Debe especificar rigurosamente el sistema de Panel Nervado, los estándares de aislación térmica, el tipo de carpinterías (ventanas dobles), y los sellos de hermeticidad. Incluye las especificaciones de materiales museográficos (revestimientos, pinturas especiales y terminaciones de mobiliario fijo).
• Presupuesto Oficial de Arquitectura y Cubicaciones Detalladas: Planillas de cubicación por ítem y presupuesto detallado desglosado en materiales, mano de obra y leyes sociales. El presupuesto debe estar ajustado a la realidad de costos de zona extrema (fletes, logística de transporte y montaje).
• Proyecto Museográfico Completo: Guion Curatorial y Narrativo Museográfico. Planimetrías, cubicaciones, presupuesto y toda la documentación necesaria para la correcta ejecución posterior del proyecto Museográfico.
• Maqueta Digital (Recorrido Virtual): Modelo tridimensional fotorrealista y video de alta resolución (mínimo 2 minutos de duración) que permita realizar un recorrido virtual por el interior y exterior del edificio. Debe mostrar la espacialidad de las salas, la visualización de los contenidos en las pantallas LED, la iluminación museográfica y la integración del proyecto con el paisaje circundante de la pampa.
04 Tramitación IFC (Informe de Factibilidad para Construcciones) (E4):
Dado que el predio de Pampa Guanaco se ubica en un sector rural, el Consultor deberá gestionar el Informe de Factibilidad para Construcciones (IFC) ante el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).
La tramitación del IFC es un requisito crucial para obtener la autorización de cambio de uso de suelo para fines no agrícolas y deberá ser presentado con los antecedentes de la propiedad del predio y el Anteproyecto de Arquitectura aprobado. El Consultor debe iniciar esta gestión sectorial y entregar a la Unidad Técnica el documento de recepción conforme, ya que el IFC es indispensable para continuar con las etapas posteriores de especialidades y la solicitud del Permiso de Edificación.
05 Coordinación de Especialidades (E5)
Esta fase tiene como objetivo la integración técnica y espacial de todas las especialidades con el diseño de arquitectura y la propuesta museográfica.
El Consultor asumirá el rol de Coordinador General, liderando la armonización de las siguientes especialidades:
• Instalaciones Básicas: Electricidad, calefacción, agua potable y alcantarillado.
• Tecnología: Domótica e integración de sistemas inteligentes.
El objetivo es la detección de Interferencias para asegurar la inexistencia de conflictos físicos o normativos entre los trazados de las distintas especialidades (por ejemplo, evitar que ductos de calefacción interfieran con el montaje museográfico u otras instalaciones.
Para la materialización de las 5 etapas propuestas, el Municipio proveerá de toda la información requerida para el levantamiento de documentación, así como también proveerá una topografía base
31. UNIDAD TÉCNICA
La Unidad Técnica, será ejercida por la directora de la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Villa Cameron s/n.
Serán de responsabilidad de la Unidad Técnica, e I.T.O. designado, las siguientes funciones:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la prestación de los servicios comprometidos en estas bases de licitación.
b) Certificar la conformidad del contrato para autorizar el respectivo pago de los servicios, a fin de cumplir con los plazos administrativos estipulados en las presentes bases.
c) En caso de incumplimiento del contrato por parte del oferente adjudicado, informará y acompañará los antecedentes mediante informe fundado, y procederá a la aplicación de multas, describiendo el incumplimiento y la multa a aplicar, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 34 de las bases administrativas de la presente licitación.
d) Las demás que correspondan a las bases técnicas y las que se le encomienden en el contrato a suscribir con el oferente adjudicado.
32. TRASPASO DEL CONTRATO
El oferente adjudicado NO podrá traspasar a terceros el contrato que suscriba, ni ceder, transferir o encomendar en forma alguna a terceras partes, ninguno de los derechos u obligaciones estipulados en el contrato, con la sola excepción de los derechos derivados de las obligaciones de pago de los servicios prestados.
33. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetas los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuera su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencias en el proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes, y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
34. MULTAS
El incumplimiento en la prestación del servicio por parte de la consultora u oferente, dará lugar a la aplicación de multas, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden, en especial el de hacer efectivas las garantías que tenga constituida el oferente adjudicado.
Dichas multas no se aplicarán si el atraso o incumplimiento se produce por caso fortuito o fuerza mayor, en cuyo caso, la municipalidad podrá ampliar el plazo para la ejecución del trabajo, de acuerdo al contrato vigente, si fuese necesario.
Las causales que ameritarán la aplicación de multas al contratista, son las siguientes:
CAUSAL MULTA
ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE ACTIVIDADES Y/O ENTREGA DE PRODUCTOS (POR MAS DE 10 DÍAS) CONFORME A CARTA GANTT OFERTADA. 1 UTM POR CADA DÍA DE ATRASO
ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS INFORMES DE CIERRE DE ETAPA, CONFORME A CARTA GANTT OFERTADA. 0,5 UTM POR CADA DÍA DE ATRASO
ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS INSTRUCCIONES FUNDADAS IMPARTIDAS POR LA UNIDAD TÉCNICA EN FORMA ESCRITA. 0,25 UTM POR CADA DÍA DE ATRASO
ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DEL PLAZO OTORGADO POR LA UNIDAD TÉCNICA, PARA CORREGIR OBSERVACIONES INFORMADAS. 0,25 UTM POR CADA DÍA DE ATRASO
Se considera el valor de la UTM del mes que se notifique la resolución final de aplicación de la multa.
Detectada la situación que amerite la aplicación de multa, se realizará el procedimiento de aplicación de sanciones establecido en las presentes Bases Administrativas. Una vez notificado de la aplicación de multa, conforme al proceso respectivo, el contratista deberá pagarla en Tesorería Municipal, en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles. En todo caso, cuando sea pertinente, la Municipalidad de Timaukel, estará facultada para deducir la multa notificada del pago del servicio.
El monto total de las multas que se cobren, tendrán como tope máximo el equivalente al 10% del monto contratado.
35. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá ser terminado anticipadamente por las siguientes razones:
1. Por resciliación o mutuo acuerdo entre las contratantes.
2. Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4. Registrar saldos insolutos de las remuneraciones o las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5. Por liquidación o término de la sociedad, sea por extinción o absorción de la razón social, en el caso de que el contratista sea una persona jurídica.
6. Por disolución de la unión temporal de proveedores, y si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de esta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
7. Reiterado incumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del oferente adjudicado con sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el oferente adjudicado no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley N°20.123.
8. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva, en caso de una persona jurídica, sus miembros, directores, socios o representantes; o tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de sus integrantes.
9. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones.
10. Ocultar información importante para la ejecución del contrato, que afecte a cualquier miembro de la UTP.
11. Inhabilidad sobreviviente de algunos de los integrantes de la UTP, en la medida que no pueda continuar ejecutando el contrato con los demás miembros, en los mismos términos adjudicados.
12. Aplicación de multas superior al 10% del monto contratado.
La Resolución/Decreto que disponga el término anticipado del contrato será fundada, lo que será debidamente comunicado al contratista. Detectada una situación que amerite el término del contrato (con exclusión del mutuo acuerdo), se realizará conforme al procedimiento de aplicación de sanciones establecido en las presentes bases administrativas.
Resuelto el término anticipado del contrato, no operará indemnización alguna para el contratista, debiendo la Municipalidad de Timaukel concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encuentren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
36. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de multas, cobro de garantía de fiel cumplimiento y término anticipado del contrato (se excluye situación de mutuo acuerdo).
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de la garantía de fiel cumplimiento o término anticipado del contrato, la Unidad Técnica del respectivo contrato, notificará inmediatamente de ello al contratista, por escrito, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior y en el caso de la aplicación de multas y cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento, el contratista tendrá un plazo de 2 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante la Unidad Técnica del correspondiente contrato; y de 5 días hábiles para el término anticipado del contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada.
Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Unidad Técnica tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde la recepción del descargo del contratista, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, para la aplicación de multas y cobro de la garantía de Fiel Cumplimiento y de diez días hábiles para el término anticipado del contrato.
En caso de rechazo total o parcial de los descargos del respectivo contratista, la sanción que se aplique deberá formalizarse a través de una resolución fundada, en la cual deberá además pronunciarse sobre los descargos presentados.
Toda resolución fundada, se notificará al respectivo contratista por escrito, y se publicará oportunamente en el sistema de información electrónico. Cabe señalar que a estos actos administrativos, le son aplicables los recursos de impugnación estipulados en la Ley N°19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
37. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Para proceder a la liquidación del contrato y devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, el adjudicado deberá remitir a la Unidad Técnica de la municipalidad, la documentación que se detalla más adelante, con el objeto de que el municipio pueda hacer efectivos sus derechos de información, retención o pago por subrogación y eventuales responsabilidades solidarias o subsidiarias de las obligaciones patrimoniales de la empresa oferente adjudicada, respecto de sus trabajadores, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, conforme a lo dispuesto en el Art. N°183 letras a), b), c) y d) del Código del Trabajo:
a) Copia de las tres últimas liquidaciones de sueldo de todos los trabajadores con firma de recepción conforme.
b) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales otorgados por la Dirección del Trabajo.
c) En su caso, copia de cartas de aviso de término de relación laboral con sus trabajadores, que hubieren sido desvinculados. Asimismo, copia de los finiquitos de trabajo firmados y ratificados ante la Dirección de Trabajo, respecto de tales empleados.
El plazo establecido para presentar esta documentación será de 30 días hábiles de terminado el contrato. Por otra parte, cada vez que se desvincule algún trabajador, también se optará por este proceso.
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